BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXX Martes 5 de abril de 2005
Número 4.414
S U M A R I O
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
818.- Bases Reguladoras del concurso del cartel anunciador de las Fiestas Patronales 2005.
819.- Bases Reguladoras para la elección de la Reina de las Fiestas Patronales 2005.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
829.- Notificación a D.ª Candelaria Gutiérrez Pacios, en expediente sancionador por infracción de tráfico.
830.- Notificación a D.ª M.ª del Carmen Benítez Salmerón, en expediente 12486/99 (135/96) del Area de Menores
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Instituto de Mayores y Serv. Sociales
822.- Notificación a D.ª Fatoma Mohamed Rahamani y a D.ª M.ª Dolores Gaspar Expósito, en expedientes 51/122/J/92 y 51/105/I/93, respectivamente.
823.- Notificación a D.ª Fatoma Ahmed Chairi, en expediente 51/696/I/91.
824.- Notificación a D. Ángel Garrido López, a D.ª Carmen Gutiérrez Asensio y a D. Abdelhuahid Mohamed Mohamed, en expedientes 51/1008798-M/2003, 51/1009512-M/2005 y 51/1007693-M/99, respectivamente.
825.- Notificación a D.ª Fatima Mohamed Amar, en expediente 51/1009379-M/2004.
826.- Notificación a D.ª Mina Mohamed Ahmed, en expediente 51/1009526-M/2005.
827.- Notificación a D.ª M.ª Pilar García González, en expediente 51/157/I/2004.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seg. Social de Ceuta
820.- U.R.E.- Notificación a D.ª Marta María Fernández Arroyo, relativa a embargo de bienes inmuebles.
821.- U.R.E.- Notificación a D.ª María Elena Viso Gómez, relativa a embargo de bienes inmuebles.
831.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, relativas a deudas a la Seguridad Social.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
Dependencia de Agricultura y Pesca
828.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
B. O. C. CE. - 4.414 Martes 5 de abril de 2005
I N F O R M A C I O N
PALACIO DE LA ASAMBLEA: Plaza de Africa s/n. - Telf. 956 52 82 00
- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.
- Registro General e Información Horario de 9 a 14 y de 16 a 18 h.
- Día 3 de mayo Horario de 9 a 13 h.
- Fiestas Patronales Horario de 10 a 13 h.
- Días 24 y 31 de diciembre Horario de 9 a 13 h.
Telf. 956 52 83 15 - Fax 956 52 83 14
SERVICIOS FISCALES: C/. Padilla (Edificio Ceuta-Center)
- Importación Telf. 956 52 82 95. Horario de 8 a 2 y de 4 a 7 h.
- I.P.S.I. Telf. 956 52 82 86. Horario de 8 a 3 y de 4 a 6 h.
SERVICIOS SOCIALES: Juan de Juanes s/n. - Telfs. 956 50 46 52 - 956 50 46 53. Horario de 10 a 14 h.
BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 956 51 30 74. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.
LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 956 51 42 28
FESTEJOS: C/. Tte. José Olmo, 2 - Telf. 956 51 06 54
JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 956 51 88 44
POLICIA LOCAL: Avda. de España s/n. - Telfs. 956 52 82 31 - 956 52 82 32
BOMBEROS: Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 956 52 83 55 - 956 52 82 13
INTERNET: http://www.ceuta.es
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
818.- BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DEL CARTEL ANUNCIADOR DE LAS FIESTAS PATRONALES DEL AÑO 2005
PRIMERA.- PARTICIPANTES.
Podrán participar en el concurso cuantos artistas y diseñadores estén interesados en el mismo, individualmente o en equipo.
SEGUNDA.- TEMA, CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS, ROTULACIÓN Y LEMA.
A.- TEMA.
El asunto de las obras deberá tener en cuenta la fiesta que tratan de anunciar: FERIA DE CEUTA.
Los trabajos han de ser originales e inéditos, no habiendo sido presentados en otros concursos y sus autores serán responsables, ante la Consejería de Educación y Cultura y frente a terceros del cumplimiento de lo establecido en esta bases.
B.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS.
Serán de concepción técnicas libres, siempre que sea posible su reproducción.
Los carteles se presentarán montados a sangre sobre cartón pluma de 1 cm. De espesor, como mínimo, sin cristal protector ni marco. Su formato será vertical y tamaño 50 cm. X 70 cm.
Los autores que opten por realizar sus obras mediante sistemas informáticos, deberán aportar una reproducción a color con las medidas y demás características anteriormente indicadas, así como el correspondiente soporte magnético con todos los ficheros necesarios para la obtención de fotolitos, una ficha técnica de los procedimientos empleados, incluyendo las fuentes utilizadas y, si fuera el caso, los originales de las imágenes digitalizadas en su formato tif u jpg.
C.- ROTULACIÓN.
Los carteles contendrán la siguiente leyenda:
Título: FIESTAS PATRONALES DE CEUTA
Subtítulo: en Honor de Santa María de Africa
En todos los carteles constará la fecha: del 30 de julio al 6 de Agosto, además del siguiente texto: «Ciudad Autónoma de Ceuta».
No se admitirán los trabajos que contengan erratas en su rotulación.
D.- LEMA.
En la parte trasera de los trabajos figurará un lema que servirá para preservar la identidad del autor hasta el fallo del Jurado.
Cada concursante deberá presentar como máximo dos trabajos, con un lema diferente para cada uno de ellos.
TERCERA.- PLAZO.
El plazo de presentación de los trabajos será desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria del concurso en el B.O.C.CE. hasta el viernes, 24 de Junio a las 13:00 horas.
CUARTA.- PRESENTACIÓN.
Los trabajos se presentarán, o enviarán debidamente embalados, a la Viceconsejería de Festejos de la Ciudad Autónoma de Ceuta, adscrita a la Consejería de Educación y Cultura, sita en Teniente Olmo 2, 3.ª planta, en días hábiles de 9,00 a 14,00 horas, donde se expedirá, en su caso, recibo acreditativo de su presentación.
En un sobre cerrado se incluirá el nombre y apellidos del autor de los trabajos, domicilio/s y teléfono/s y una declaración firmada indicando que el trabajo es original e inédito.
En el exterior del sobre indicado, aparecerá, en letras mayúsculas, el mismo lema que figure en la obra presentada, sin constar alusión alguna que permita identificar al concursante, siendo causa de exclusión del concurso el incumplimiento de esta norma.
En las obras enviadas por correo o agencia de transportes se hará constar el día y hora de su entrega, sin que exista mención alguna del remitente.
Finalizado el plazo de presentación, la Consejería de Educación y Cultura y, en su nombre, el Viceconsejero de Festejos, dictará resolución, declarando aprobada la lista de los trabajos presentados a Concurso dentro del plazo fijado.
QUINTA.- JURADO.
La selección y concesión de los premios del concurso, se realizará a propuesta de un Jurado nombrado a tal efecto, que estará integrado por un número de miembros no inferior a tres ni superior a cinco, presidido por el Viceconsejero de Festejos de la Ciudad Autónoma de Ceuta, que designará al resto de entre artistas y diseñadores de reconocido prestigio, así como Medios de Comunicación, de tal forma que quede garantizada la idoneidad, objetividad e independencia de los miembros del Jurado. Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el de la Corporación o persona en quien delegue.
El Jurado se constituirá y reunirá una vez que se haga pública la lista de los carteles presentados, al objeto de emitir su fallo. En primer lugar, comprobará una a una todas las obras presentadas para verificar el efectivo cumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases y, en consecuencia, pronunciarse sobre su admisión definitiva.
El Jurado, para formular su propuesta de concesión de premios, valorará, además de la concepción, su calidad gráfica o plástica, su eficacia anunciadora o informativa y sus condiciones de reproducción.
El Jurado podrá declarar desierto uno o más premios en el caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúnan los méritos suficientes para ser premiados.
Las decisiones del Jurado serán en todo caso inapelables. Los concursantes, por el mero hecho de participar en este concurso, renuncian expresamente al ejercicio de todo tipo de reclamaciones contra las resoluciones de aquel.
6. El Jurado elevará al órgano competente la propuesta de premios que corresponda otorgar.
7. La decisión del Jurado se hará pública, junto con los nombres de las personas que lo compongan, sin perjuicio de la correspondiente notificación a los ganadores del concurso.
8. El Jurado queda facultado para resolver las dudas o discrepancias que puedan surgir de las presentes Bases.
SEXTA.- SELECCIÓN PREVIA.
Una vez adoptado el fallo, el Jurado realizará una selección de las obras presentadas y admitidas a concurso, con las que la Ciudad Autónoma de Ceuta celebrará una exposición que será anunciada previamente, en el lugar y fecha que determine.
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Los concursantes que deseen mantener su anonimato en la indicada exposición, lo manifestarán expresamente
así en los datos que se adjuntan en el interior de la plica cerrada.
SÉPTIMA.- PREMIOS.
Se establece un único premio de:
1.000 euros y placa conmemorativa.
OCTAVA.- TRABAJO PREMIADOS.
Los trabajos premiados quedarán en propiedad en exclusiva de la Ciudad Autónoma de Ceuta, pudiendo ser reproducidos para anunciar las fiestas que tratan de anunciar y hacer de ellos un uso promocional de las mismas que estime conveniente, con mención de su autor o autores y la condición de trabajo premiado en este concurso.
NOVENA.- TRABAJOS NO PREMIADOS.
Los trabajos no premiados podrán ser recogidos o reclamados a portes debidos previa solicitud de sus autores, una vez resuelto el concurso y realizada la exposición pública de los mismos, dentro de los 30 días siguientes a la finalización de dicha exposición.
Si en el plazo indicado no se hubieren retirado, que entenderá que sus autores renuncian a su propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta, quien podrá destruirlos o darles el destino que considere más conveniente u oportuno, que podrá incluir su edición o impresión.
DÉCIMA.- PUBLICIDAD.
La convocatoria y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, y en el Tablón de Edictos de esta Corporación Municipal. La convocatoria se anunciará también en los medios de comunicación.
Los sucesivos anuncios relativos al concurso se publicarán únicamente en el Tablón de Edictos.
UNDÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en el concurso, implica el conocimiento y aceptación de todos los concursantes de las presentes bases; renunciando expresamente a cualquier tipo de reclamación.
Ceuta, 10 de marzo de 2005.- EL VICECONSEJERO DE FESTEJOS.- Fdo.: Juan Carlos García Bernardo.
819.- BASES PARA LA ELECCIÓN DE LA REINA DE LAS FIESTAS PATRONALES DE CEUTA 2005.
1.- Se establecen tres categorías para la elección, según certificación de los presidentes sobre los datos de las candidatas:
a) Reina Infantil de 7 a 10 años cumplidos antes del 15 de julio.
b) Reina Juvenil de 1 a 14 años cumplidos antes del 15 de julio.
c) Reina de 15 a 18 años cumplidos antes del 15 de julio.
2.- Podrán optar a la elección, aquellas candidatas que previamente, hayan sido elegidas en sus respectivas barriadas, centros y asociaciones.
3.- No se admitirán a concurso ninguna candidata que no cumpla el anterior punto, eliminándose en esta edición el procedimiento libre y responsabilizándose a los propios Presidentes participantes, de la veracidad de los datos aportados por las candidatas.
4.- El plazo de inscripción para participar finalizará el viernes, 15 de julio.
5.- La elección tendrá lugar el próximo 23 de julio (sábado) a partir de las 21,30 horas y en el Escenario Central de la Feria (en caso de cambios en la ubicación, éstos deberán hacerse públicos a través de los medios de comunicación locales).
6.- El vestuario que llevarán las candidatas, será el siguiente en dos pases:
Categoría infantil - Traje corto y otro de tipo rociero.
Otras categorías - Traje largo y otro de tipo rociero.
7.- Los ensayos generales tendrán lugar los días jueves 21 y viernes 22, a partir de las 20,30 horas en el escenario designado para el evento.
8.- El Jurado estará compuesto por las siguientes personas:
Viceconsejero de Festejos: Con voz y sin voto.
Representantes del Movimiento Vecinal que presenten candidatas: Con voz y Voto.
Los Secretarios de la Consejería: Sin voz ni voto.
9.- Los premios otorgados por la Organización serán:
Un único premio de 600 euros para cada categoría.
10.- La Viceconsejería de Festejos otorgará además premio de banda y honores. Así como otros detalles menores a todas las candidatas.
11.- En caso de existir empate, las candidatas sujetas al mismo, volverán a repetir el último pase.
12.- Las candidatas que tengan el honor de ser elegidas como Reinas deberán ataviarse para la Cabalgata con traje rociero blanco.
13.- El fallo del Jurado será inapelable.
NOTA: Estas bases y sus revisiones pertinentes son competencia exclusiva de la Viceconsejería de Festejos, quien en cualquier caso, las concensuará, en colaboración directa, con la Junta Directiva de la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos.
Ceuta, 10 de marzo de 2005.- EL VICECONSEJERO DE FESTEJOS.- Fdo.: Juan Carlos García Bernardo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seg. Social de Ceuta
820.- El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Ceuta.
Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra la deudora D.ª MARTA MARÍA FERNÁNDEZ ARROYO, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en BDA. BENZÚ, 22, se procedió con fecha 05-10-2004 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.
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Martes 5 de abril de 2005 B. O. C. CE. - 4.414 820
Ceuta, a 16 de marzo de 2005.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra la apremiada D.ª MARTA MARÍA FERNÁNDEZ ARROYO, con D.N.I. 45073203-B, y su cónyuge D. JESÚS AYALA RAMÍREZ, con D.N.I. 45072743-B, por débitos contraídos para con la Seguridad Social, con fecha 05-10-2004 se ha dictado el acto cuya copia literal se adjunta.
Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes a la destinataria, en su condición de interesada, expido la presente cédula de notificación.
Se adjunta TVA 501
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por la interesada, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaíga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, a 16 de marzo de 2005.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS
QUE AFECTAN AL EXPEDIENTE EJECUTIVO EN CURSO (TVA-801)
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra la deudora de referencia, por débitos contraídos para con la Seguridad Social, con fecha 05-10-2004 se ha dictado el acto cuya copia literal se adjunta.
Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes a la destinataria, en su condición de interesada, expido la presente cédula de notificación.
Otras observaciones, en su caso:
Se adjunta TVA 501: Diligencia de Embargo de Bienes Inmuebles.
Número documento: 51 01 501 04 000516424.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por la interesada, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaíga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1. del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta a 5 de octubre de 2004.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501)
Diligencia: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra al deudora de referencia D.ª MARTA MARÍA FERNÁNDEZ ARROYO, con D.N.I. 45.073.203-B, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas a la misma las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:
N.º Providencia Período Régimen
51 00 010121330 05 1999 / 06 1999 0521
51 00 010184479 07 1999 / 12 1999 0521
51 00 010388381 03 2000 / 06 2000 0521
51 01 010098976 07 2000 / 12 2000 0521
51 01 010310154 01 2001 / 03 2001 0521
51 01 010507487 06 2001 / 06 2001 0521
51 01 010376539 04 2001 / 04 2001 0521
51 02 010082282 08 2001 / 10 2001 0521
51 02 010137654 11 2001 / 11 2001 0521
51 01 010587010 07 2001 / 07 2001 0521
51 01 010420692 05 2001 / 05 2001 0521
51 00 010408488 01 2000 / 02 2000 0521
51 03 010489560 04 2003 / 04 2003 0521
51 03 010583025 06 2003 / 06 2003 0521
51 03 010529875 05 2003 / 05 2003 0521
51 03 010648295 07 2003 / 07 2003 0521
51 03 010709226 08 2003 / 08 2003 0521
51 04 010025555 09 2003 / 09 2003 0521
IMPORTE DEUDA:
Principal: 7.367,74 euros
Recargo: 2.295,01 euros
Intereses: 0,00 euros
Costas devengadas: 0,00 euros
Costas e intereses presupuestados: 120,00 euros
TOTAL DÉBITOS: 9.782,75 euros
No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a la deudora que se describen en la RELACIÓN adjunta.
Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades de la deudora en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad antes reseñada.
Los bienes serán tasados por esta Unidad
de Recaudación Ejecutiva, por las personas o
colaboradores que se indican en el citado Reglamento
de Recaudación, a
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efectos de la posible venta en pública subasta de los
mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que
servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por
parte de la apremiada. Si no estuviese conforme la deudora
con la tasación fijada, podrá presentar valoración
contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de
quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de
la valoración inicial efectuada por los órganos de
recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre
ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la
diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los
valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del
20 por ciento de la menor, se estimará como valor de
los bienes, el de la tasación más alta. En caso contrario,
la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los
Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos,
la designación de otro perito tasador, que deberá
realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días
desde su designación. Dicha valoración, que será
la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida
entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá
para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110
y 111 del mencionado Reglamento.
Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
Ceuta, a 5 de octubre de 2004.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS
DEUDOR: D.ª MARTA MARÍA FERNÁNDEZ ARROYO.
FINCA NÚMERO: 01
DATOS FINCA URBANA
DESCRIPCIÓN FINCA: VIVIENDA EN CARRETERA DE BENZÚ NÚMERO 22.
TIPO VIA: CR NOMBRE VIA: BENZÚ N.º VIA: 22, COD-POST: 51004, COD-MUNI.: 51004
DATOS REGISTRO
Nº REG. CE
DESCRIPCIÓN AMPLIADA
FINCA NO INSCRITA, EN CARRETERA DE BENZÚ, N.º 22
REFERENCIA CATASTRAL: 6075085TE8757S0001QJ.
Ceuta, a 5 de octubre de 2004.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
821.- El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Ceuta.
Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra la deudora D.ª MARÍA ELENA VISO GÓMEZ, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle RAMPA DE ABASTOS, 3-2-A, se procedió con fecha 05-10-2004 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.
Ceuta, a 16 de marzo de 2005.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS QUE AFECTAN AL EXPEDIENTE EJECUTIVO EN CURSO (TVA-801)
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra la apremiada D.ª MARÍA ELENA VISO GÓMEZ, por débitos contraídos para con la Seguridad Social, con fecha 05-10-2004 se ha dictado el acto cuya copia literal se adjunta.
Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes a la destinataria, en su condición de interesada, expido la presente cédula de notificación.
OTRAS OBSERVACIONES, en su caso:
Se adjunta TVA 501: DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.
Número de Documento: 51 01 501 04 000516626
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por la interesada, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E., del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaíga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1, del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, a 5 de octubre de 2004.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501)
Diligencia: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra la deudora de referencia D.ª MARÍA ELENA VISO GÓMEZ, con D.N.I. 45.042.416-K, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas a la misma las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:
N.º Providencia Período Régimen
51 98 010244375 01 1998 / 06 1998 0521
51 98 010111508 12 1997 / 12 1997 0521
51 99 010127348 07 1998 / 07 1998 0521
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N.º Providencia Período Régimen
51 01 010094229 07 2000 / 12 2000 0521
51 02 010135533 11 2001 / 11 2001 0521
51 02 010079454 09 2001 / 10 2001 0521
51 02 010184336 12 2001 / 12 2001 0521
51 02 010284164 01 2002 / 02 2002 0521
51 02 010360754 03 2002 / 03 2002 0521
51 02 010412587 04 2002 / 04 2002 0521
51 03 010008196 08 2002 / 08 2002 0521
51 02 010513227 05 2002 / 06 2002 0521
51 02 010543741 07 2002 / 07 2002 0521
51 03 010140865 10 2002 / 10 2002 0521
51 03 010185628 11 2002 / 11 2002 0521
51 03 010304048 01 2003 / 01 2003 0521
51 03 010267975 12 2002 / 12 2002 0521
51 03 010410344 02 2003 / 02 2003 0521
51 88 000057501 09 1984 / 12 1984 0521
51 89 000053888 01 1985 / 12 1985 0521
51 89 000128963 01 1986 / 12 1986 0521
51 89 000129064 01 1987 / 12 1987 0521
51 89 000129165 01 1988 / 12 1988 0521
51 89 000129266 01 1989 / 01 1989 0521
51 91 000213085 06 1989 / 12 1989 0521
51 93 000149182 01 1990 / 12 1990 0521
51 94 000098689 01 1991 / 12 1391 0521
51 94 000200440 01 1992 / 06 1992 0521
51 03 010435000 03 2003 / 03 2003 0521
51 03 010075288 09 2002 / 09 2002 0521
51 04 010149130 12 2003 / 12 2003 0521
51 04 010113158 11 2003 / 11 2003 0521
51 04 010226124 04 2003 / 09 2003 0521
51 04 010226225 01 2004 / 04 2004 0521
51 04 010097600 10 2003 / 10 003 0521
IMPORTE DEUDA:
Principal: 17.143,26 euros
Recargo: 4.793,28 euros
Intereses: 0,00 euros
Costas devengadas: 3,13 euros
Costas e intereses presupuestados: 120,00 euros
TOTAL DÉBITOS: 22.059,67 euros
No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a la deudora que se describen en la RELACIÓN adjunta.
Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades de la deudora en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad antes reseñada.
Los bienes serán tasados por esta Unidad
de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores
que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a
efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en
caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar
el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del
apremiado. Si no estuviese conforme la deudora con la tasación
fijada, podrá presentar valoración
contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar
desde el siguiente al de la notificación de la valoración
inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus
colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se
aplicará
la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas,
consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de
los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se
estimará como valor de los bienes, el de la tasación más alta. En
caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará
de los Colegios o asociaciones profesionales o
mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que
deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince
días desde su designación. Dicha valoración, que será
la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida
entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para
fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111
del mencionado Reglamento.
Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre la finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
Ceuta, a 5 de octubre de 2004.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS
DEUDOR: D.ª MARÍA ELENA VISO GÓMEZ.
FINCA NUMERO: 01
DATOS FINCA URBANA
DESCRIPCION FINCA: VIVIENDA EN CALLE RAMPA DE ABASTOS NÚMERO 3, ESC. 1-3.º-A.
TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: RAMPA DE ABASTOS N.º VIA: 3, ESCALERA: 1, PISO: 3, PUERTA A, COD-POST: 51001, COD-MINI: 51101
DATOS REGISTRO
Nº REG. CE
DESCRIPCION AMPLIADA
VIVIENDA EN CALLE RAMPA DE ABASTOS NÚM. 3, ESCALERA 1 - 3- A.
REFERENCIA CATASTRAL: 2345005TE9724N0006AO.
Ceuta, a 5 de octubre de 2004.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Instituto de Mayores y Serv. Sociales
822.- La Dirección Provincial del IMSERSO de Ceuta, en la tramitación de los expedientes indicados a continuación, ha intentado notificar las resoluciones indicadas a continuación, sin que se hayan podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del 14).
895
822 B. O. C. CE. - 4.414 Martes 5 de abril de 2005
EXPEDIENTES APELLIDOS Y NOMBRE
51/122/J/1992 MOHAMED RAHAMANI, Fatoma
51/105/I/1993 GASPAR EXPÓSITO, M.ª Dolores
Se advierte a los interesados que podrán interponer reclamación previa a la vía judicial social, ante esta Dirección Provincial, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (B.O.E. del 11).
Ceuta, a 14 de marzo de 2005.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
823.- La Dirección Provincial del IMSERSO de Ceuta, en la tramitación del expediente indicado a continuación, ha intentado notificar la resolución indicada a continuación, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del 14).
EXPEDIENTE APELLIDOS Y NOMBRE
51/696/I/1991 AHMED CHAIRI, Fatoma
Se advierte a la interesada que podrá interponer reclamación previa a la vía judicial social, ante esta Dirección Provincial, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (B.O.E. del 11).
Ceuta, a 21 de marzo de 2005.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
824.- La Dirección Provincial del IMSERSO de Ceuta, en la tramitación de los expedientes indicados a continuación, ha intentado notificar las citaciones de los interesados, para realizar los trámites indispensables para su resolución, sin que se hayan podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del 14).
EXPEDIENTES APELLIDOS Y NOMBRE
51/1008798-M/03 GARRIDO LÓPEZ, Ángel
51/1009512-M/05 GUTIÉRREZ ASENSIO, Carmen
51/1007693-M-99 MOHAMED MOHAMED, Abdeluahid
Se advierte a los interesados que transcurridos tres meses se producirá la caducidad de los expedientes con archivo de las actuaciones practicadas.
EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
825.- De conformidad con lo dispuesto en el
art. 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de
1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del
14), se hace pública notificación de la resolución del
expediente
que se indica, dictada por la Dirección Provincial
del IMSERSO, a la persona que a continuación se relaciona,
ya que habiéndose intentado la notificación en el
último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
EXPEDIENTE APELLIDOS Y NOMBRE
51/1009379-M/04 MOHAMED AMAR, Fatima
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, de conformidad con el art. 71 de la Ley de Procedimiento Laboral (R.D. 2/1995, de 7 de abril), en el plazo de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, mediante escrito dirigido a la Dirección Provincial del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, de conformidad con lo previsto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992.
EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
826.- La Dirección Provincial del IMSERSO de Ceuta, en la tramitación del expediente indicado a continuación, ha intentado notificar la citación de la interesada, para realizar los trámites indispensables para su resolución, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (B.O.E. del 27), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del 14).
EXPEDIENTE APELLIDOS Y NOMBRE
51/1009526-M-05 MOHAMED AHMED, Mina
Se advierte a la interesada que transcurridos tres meses se producirá la caducidad del expediente con archivo de las actuaciones practicadas.
EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
827.- La Dirección Provincial del IMSERSO de Ceuta, en la tramitación del expediente indicado a continuación, ha intentado notificar la resolución indicada a continuación, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del 14).
EXPEDIENTE APELLIDOS Y NOMBRE
51/157/I/2004 GARCÍA GONZÁLEZ, M.ª Pilar
Se advierte a la interesada que podrá interponer reclamación previa a la vía judicial social, ante esta Dirección Provincial, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (B.O.E. del 11).
Ceuta, a 17 de marzo de 2005.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
896
Martes 5 de abril de 2005 B. O. C. CE. - 4.414 831
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
Dependencia de Agricultura y Pesca
828.- En la Unidad de Infracciones Administrativas de la Dependencia de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en c/. Acacias, número 2 (11701 Cádiz), se encuentra el siguiente documento:
ÓRDENES MINISTERIALES:
EXPTES. NOMBRE LOCALIDAD
388/03 RAFAEL HERNÁNDEZ LÓPEZ Ceuta 388/03 JOSÉ HERNÁNDEZ SÁNCHEZ Ceuta
386/03 JUAN MANUEL SÁNCHEZ LEÓN Ceuta
386/03 RAFAEL MÉRIDA RAMOS Ceuta
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 18 de marzo de 2005.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Antonio Espinosa González.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
829.- Intentada la notificación preceptiva a D.ª CANDELARIA GUTIÉRREZ PACIOS, con D.N.I. n.º 31.215.206-C sin haberla podido practicar, de conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica el acto cuyo contenido íntegro se acompaña.
Ceuta, a 28 de marzo de 2005.- LA SECRETARIA GENERAL ACCIDENTAL.- Fdo.: Carmen Barrado Antón.
El Excmo. Sr. Consejero de Gobernación, D. Juan Antonio Rodríguez Ferrón, en su Decreto de fecha 01-02-05, ha resuelto lo siguiente:
«ANTECEDENTES DE HECHO
En fecha 02-08-04, se formula denuncia por agente de la Policía Local, por infracción de tráfico (art. 94.2.1K del Reglamento General de Circulación), iniciándose expediente sancionador con n.º 198.631 contra D. ENRIQUE MOYA CANO. Presentadas alegaciones se dio traslado de las mismas al agente denunciante, emitiendo informe ratificándose en el hecho denunciado sin que en el trámite de audiencia concedido se haya desvirtuado el mismo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El Real Decreto Legislativo 339/1990, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, establece en su art. 76 que: «Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado».
El art. 84 del R.D. Legislativo 339/1990 establece que el importe de la multa deberá abonarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza (un mes contado a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación). Transcurrido el plazo sin que se haya satisfecho el importe de la multa, se procederá al cobro de la misma por procedimiento de apremio con recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).
En virtud del art. 68.2 de R.D. Legislativo 339/1990, la competencia para sancionar corresponde, por Decreto de 26-06-03, al Consejero de Gobernación.
PARTE DISPOSITIVA
1.º.- Se impone al expedientado la sanción en la cuantía inicialmente fijada, 90,00 euros.
2.º.- Notifíquese esta Resolución al interesado, significándole que, en virtud de lo establecido en el art. 107.1 de la L.R.J.P.A.C., podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación. No obstante podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.»
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
Ceuta, a 4 de febrero de 2005.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.
830.- De conformidad con el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 59.4 de la misma, se procede a notificar que en el día 16 de marzo de 2005 ha recaído Resolución Administrativa en el expediente n.º 12.486/99 (135/96) que se sigue en el Área de Menores y en la que es parte interesada D.ª María del Carmen Benítez Salmerón mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Concurriendo en el presente supuesto las circunstancias contempladas en el artículo 61 de la recitada Ley, se le notifica que para conocer el texto íntegro de la misma, deberá comparecer en esta Entidad, sita en C/. Real n.º 116 bajos C y D, de Ceuta, en el plazo de 7 días donde se le notificará la misma íntegramente.
Ceuta, 21 de marzo de 2005.- LA DIRECTORA ACCIDENTAL DEL EQUIPO TÉCNICO.- Fdo.: Teresa Chamorro Moreno.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Instituto de Mayores y Serv. Sociales
831.- D. Vicente Oliver y Gaytán de Ayala,
Director de la Administración, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.
27-11-92), hace saber a los sujetos responsables del pago de
deudas comprendidos en la relación que se acompaña y
epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el
que se encuentran inscritos, que ante la imposibilidad
de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas
a la Seguridad Social emitidas contra ellos, por encontrarse
los mismos en situación de ausencia desconocido,
ignorado paradero o haber sido rehusada la notificación,
podrán
897
831 B. O. C. CE. - 4.414 Martes 5 de abril de 2005
acreditar ante la Administración de la Seguridad Social que han ingresado las cuotas objeto de la presente reclamación,
de acuerdo con los siguientes plazos:
a) En el caso de que se trate de reclamaciones de deuda:
- Si la notificación se produce entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.
- Si la notificación se produce entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.
b) En el caso de que se trate de actas de liquidación, actas de infracción y prestaciones indebidas:
- Hasta el último día del mes siguiente al de su notificación.
Dichos plazos son de aplicación de acuerdo con lo preceptuado en el articulo 30 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29-06-94), según la redacción dada al mismo por el articulo 34 de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97) y en el articulo 31 4 de la Ley General de la Seguridad Social segun la redacción dada al mismo por la Disposición Adicional Quinta de la Ley 42/1997, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de 14 de noviembre (B.O.E. 15-11-97).
Igualmente, los sujetos responsables del pago que se citan en la relación que se acompaña, podrán presentar el oportuno recurso ordinario, en forma y plazos que más abajo se indica.
Asimismo se comunica que transcurridos los plazos indicados sin haber efectuado alegación alguna, ni presentado el justificante de haber ingresado el importe de la deuda reclamada, se iniciará automáticamente la vía ejecutiva con las consecuencias legales que en materia de recargos conlleva y que quedan establecidos en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en redacción dada por la Ley 42/1994, ello conforme a lo dispuesto en el articulo 30 de la mencionada Ley.
Contra el presente acto podrá interponerse recurso ordinario, dentro del plazo de un mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. 27-11-92), advirtiéndoles que su interposición no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice con aval suficiente o se consigne el importe de la deuda, incluido en su caso, el recargo de mora en que se hubiese incurrido, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-06-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la citada Ley 42/1994.
ADVERTENCIA:
El tipo de documento de deuda viene determinado por el segundo grupo de cifras del número de reclamación de deuda y se corresponde con las siguientes claves:
01 ACTAS LIQUIDACIÓN .
02 RECLAMACIONES DE DEUDA SIN PRESENTACIÓN DE BOLETIN.
03 RECLAMACIONES DE DEUDA CON PRESENTACIÓN DE BOLETIN.
04 ACTAS DE INFRACCIÓN.
07 RECLAMACIONES DE DEUDA POR RECARGO DE MORA.
08 RECLAMACIONES DE DEUDA POR OTROS RECURSOS.
09 EXPEDIENTE DE RECLAMACIÓN DE DEUDA ACUMULADA.
10 RECLAMACIÓN DE DEUDA POR RESPONSABILIDAD.
Ceuta, 30 de marzo de 2005.- EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION.- Fdo.: Vicente Oliver y Gaytán de Ayala.
REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL
REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION CP. POBLACION TD NUM. RECLAMACION PERIODO IMPORTE
0111 10 51100255758 AHMED HACH ABDESEL. MUS AV MARTINEZ CATENA 6 51002 CEUTA 03 51 2002 010216769 0202 0202 17,60
0111 10 51100317392 FACTORY MOVIL, S.L. AV SANCHEZ PRADOS 51001 CEUTA 02 51 2005 010007245 1004 1004 775,30
0111 10 51100350738 COMERCIAL SEYFETTIN, S.L CL ARROYO DE LAS COL 51002 CEUTA 02 51 2005 010008053 1004 1004 750,30
0111 10 51100491285 ABDELRADER TOTO SAMIR.A BD JUAN CARLOS I 39 51002 CEUTA 02 51 2005 010012905 1004 1004 1.562,00
0121 07 510000475090 MEDINA LOZANO JOSE CL ALFAU 5 51001 CEUTA 02 51 2005 010001383 1004 1004 777,10
REGIMEN OS R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. 0 AUTONOMOS
0521 07 510004582032 CAAMANO SANCHEZ OLGA CL SEVILLA 25 51001 CEUTA 04 51 2004 005015911 1102 1102 31,00
REGIMEN 05 REGIMEN ESPECIAL DEL MAR
0811 10 51002430170 COOPERATIVA DEL MAR CEUT CL MERCADO CENTRAL 51001 CEUTA 02 51 2005 010003306 1004 1004 895,40
0811 10 51002430271 COOPERATIVA DEL MAR CEUT CL MERCADO CENTRAL 51001 CEUTA 02 51 2005 010003407 1004 1004 7.552,00
0811 10 51100220800 DOMINGO PONCE ANTONIA CL INDEPENDENCIA 7 51002 CEUTA 03 51 2004 011002326 0704 0704 887,90
0811 10 51100220800 DOMINGO PONCE ANTONIA CL INDEPENDENCIA 7 51002 CEUTA 02 51 2005 010005326 1004 1004 1.526,70
0811 10 51100271219 COOPERATIVA DEL MAR CEUT CL MERCADO CENTRAL 3 51001 CEUTA 02 51 2005 010006134 1004 1004 2.583,80
0813 10 51003020153 MOHAMED LAARHI AICHA CL VICEDO MARTINEZ 51002 CEUTA 02 51 2005 010003508 1004 1004 65,50
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