BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVIII Martes 4 de noviembre de 2003
Número 4.266
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.772.- Aprobación inicial del Presupuesto General de la Ciudad de Ceuta para el ejercicio 2004.
3.776.- Aprobación provisional de la modificación de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de los Tributos Locales.
3.789.- I.C.D.- Bases de la convocatoria de examen para la obtención de autorización federativa para el gobierno de embarcaciones de recreo (Titulín) 2003.
AUTORIDADES Y PERSONAL
3.771.- Asunción de la Presidencia Acctal. por parte del Excmo. Sr. D. Emilio Carreira Ruiz, Consejero de Presidencia, hasta el regreso del Presidente titular.
3.787.- Avocación de la competencia del Excmo. Consejero de Economía y Hacienda para presidir la mesa de contratación del suministro e instalación del alumbrado extraordinario, con motivo de la fiesta del Ramadán, en expte. 239/2003.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Notificación
3.774.- Notificación a D.ª Carmen María Fernández Yepes, relativa a la solicitud de aplazamiento de pago de liquidación.
3.775.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
3.778.- Notificación a D. Said Ahmed Mohamed, relativa a la solicitud de aplazamiento de pago de liquidación.
3.779.- Notificación a D.ª Nora Abdel Lah Habib, relativa a la solicitud de aplazamiento de pago de liquidación.
3.780.- Notificación a D. Javier López Espinosa, relativa a la solicitud de aplazamiento de pago de liquidación.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.769.- Notificación a D.ª Alia Ahmed Mohamed, en expediente sancionador por la realización de obras sin licencia en Bda. PPe. Alfonso, Agrupación Central nº 12 (expte. 57415/2003).
3.770.- Notificación a D. Lahasen Abdelkader Mohamed Demoga, en expediente de orden de ejecución de obras en los edificios sitos en Bda. Ppe. Alfonso, Agrupación Fuerte nºs 102 y 103 (expte. 61730/2003).
3.773.- EMVICESA.- Citación a D. Francisco Márquez Palacios y a D.ª Rosario Gil García, en expediente de expropiación forzosa 65996/2001.
3.781.- Notificación a D.ª Africa Cózar Ferrer, en expediente de orden de ejecución de obras en el edificio sito Bda. O´Donnel, bloque nº 16 (expte. 60874/2003).
3.782.- Notificación a D. Mohamed Al-Luch Buyemaa, relativa a solicitud de fraccionamiento de pago.
3.783.- Notificación a D. Abdeselam Mohamed Abdeselam, relativa a solicitud de fraccionamiento de pago.
3.784.- Notificación a D.ª Erhimo Mesaud Ahmed, relativa a solicitud de fraccionamiento de pago.
3.785.- Notificación a D. Abselam Abdelnebi Haddu, relativa al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
3.786.- Notificación a D.ª Aicha Mohamed Hayach, relativa a la Tasa por Ocupación de Terrenos de Dominio Público con Mercancías, Materiales de Construcción, Escombros, Vallas, Puntales, Asnillas, Andamios y otros análogos.
Delegación del Gobierno en Ceuta
3.790.- Notificación a D. Yusef Hamido Mohamed y a D. Ahmed Mustafa Ahmed, en expedientes 387/2003 y 416/2003, respectivamente.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Única de Extranjeros
3.791.- Notificación a D. Habib Harichane, en expediente 442/2003.
3.777 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Ministerio de Defensa
Comandancia General de Ceuta
3.777.- Notificación a D.ª Alia Ahmed Mohamed, en expediente de construcción sin autorización nº 07/2003 (02/1013/03).
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Insp. Prov. de Trabajo y Seg. Social
3.797.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, relativas a actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social y de infracción.
3.798.- Notificación a D. Salvador Ruiz Casanueva, relativa a acta de liquidación de cuotas de la Seguridad Social.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Instituto Nacional de Empleo
3.800.- Notificación a D.ª Encarnación Caro Pérez, a D. Abdeselam Mehdi Abdelhamid y a D. Ali Aomar Mohamed, en expedientes sobre suspensión de prestaciones.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Menores de Ceuta
3.792.- Emplazamiento a D. Gregorio Moro Garrido, en Pieza de Responsabilidad Civil 316/2003, dimanante del Expediente de Reforma D. Prel 418/2003.
3.793.- Emplazamiento a D. Munir Mohamed Akhur, en Pieza de Responsabilidad Civil 307/2003, dimanante del Expediente de Reforma 258/2003.
3.794.- Emplazamiento a D.ª Yamila Mohamed Abdel-Lah, en Pieza de Responsabilidad Civil 313/2003, dimanante del Expediente de Reforma D. Prel. 382/2003.
3.795.- Emplazamiento a D.ª Pilar Reyes, en Pieza de Responsabilidad Civil 300/2003, dimanante del Expediente de Reforma 250/2003.
3.796.- Emplazamiento a D. Dris González Ahmed, en Pieza de Responsabilidad Civil 300/2003, dimanante del Expediente de Reforma 205/2003.
3.799.- Emplazamiento a D.ª Pilar Reyes, en Pieza de Responsabilidad Civil 298/2003, dimanante del Procedimiento de Reforma 252/2003.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.788.- Devolución de fianza a
Construcciones-Reparaciones Mena S.L. por las obras en el colegio público
«Andrés Manjón», en expte. 597/2001.
I N F O R M A C I O N
- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.
- Registro General e Información Horario de 9 a 13 y de 16 a 18 h.
Telf. 956 52 83 15 - Fax 956 52 83 14
SERVICIOS FISCALES: C/. Padilla (Edificio Ceuta-Center)
- Importación Telf. 956 52 82 95. Horario de 8 a 2 y de 4 a 7 h.
- I.P.S.I. Telf. 956 52 82 86. Horario de 8 a 3 y de 4 a 6 h.
SERVICIOS SOCIALES: Juan de Juanes s/n. - Telfs. 956 50 46 52 - 956 50 46 53. Horario de 10 a 14 h.
BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 956 51 30 74. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.
LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 956 51 42 28
FESTEJOS: C/. Tte. José Olmo, 2 - Telf. 956 51 06 54
JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 956 51 88 44
POLICIA LOCAL: Avda. de España s/n. - Telfs. 956 52 82 31 - 956 52 82 32
BOMBEROS: Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 956 52 83 55 - 956 52 82 13
INTERNET: http://www.ceuta.info
3.146
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.769
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.769.- La Excma. Sra. Consejera de Fomento, Doña Elena Sánchez Villaverde, por su Decreto de fecha 12 de septiembre de 2003, ha dispuesto lo siguiente:
«ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha de entrada en el Registro General de la Ciudad Autónoma de 28.07.03 se recibe notificación del Ministerio de Defensa en la que se denuncia el inicio de una obra, en Bda. Ppe. Alfonso Agrupación Central nº 12, consistente demolición de dos barracas de chapa y madera y , en su lugar, construcción de una vivienda de dos plantas toda ella en mampostería , con una superficie de 126 m2. Se indica que el responsable de la obra D.ª ALIA AHMED MOHAMED, con DNI 45.095.716-F. Se aporta por parte del Ministerio fotocopia, croquis, plano de situación y acta de infracción de la mencionada vigilancia (de fecha 19.06.03), correspondiente a la referida obra. Con fecha 30.07.03 se informa desde urbanismo que no consta que D.ª ALIA AHMED MOHAMED, con DNI 45.095.716-F haya solicitado licencia para realizar las obras en Ppe. Alfonso, C/ Central nº 12. Con fecha 28.08.03 los Servicios Técnicos de Urbanismo Informan lo siguiente: «Con relación al escrito presentado por el Ministerio de Defensa (Comandancia General de Ceuta, en el que denuncia obras realizadas por D.ª Alia Ahmed Mohamed, DNI. 45.095.716-F, en Bda. Príncipe Alfonso, Agrupación Central nº 12 (San Daniel), se informa lo siguiente: Que las obras denunciadas (según el archivo de entrada municipal de Urbanismo), carecen de licencia municipal, por lo que debiera decretarse la paralización inmediata de las mismas. .- La zona en la que se han realizado dichas obras sin licencia está incluida dentro del PR4-AR14, y por lo tanto remitida a planeamiento ulterior, según el nuevo Plan Especial aprobado definitivamente. Hasta tanto no están definitivamente aprobados los planes de las áreas remitidas a planeamiento ulterior, no podrán otorgarse licencias para los actos de edificación y uso del suelo Art. 7.1.5 y 7.1.6 de las NN.UU. - Las obras sin licencia que nos ocupan consisten en: 2 Ud. Demolición de barraca de chapa y madera, y en su lugar.- 126,00 m2. Nueva construcción de edificación de dos plantas, realizada con cimentación y estructura de hormigón armado y cerramientos de fábrica de ladrillo tomada con mortero de cemento.- Asciende el presupuesto estimado de las mismas a la cantidad de 45.436,52 Euros.- El presupuesto de demolición subsidiaria si así la Asamblea lo estimare y en caso de que se produjera ésta al día de hoy, ascendería a la cantidad de 13.630,96 Euros, en el plazo de 2 meses. .- El terreno es al parecer de propiedad de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Dado el carácter estructural de dicha obra y la falta de control en la ejecución por parte de técnicos competentes, podría ser peligrosa la permanencia de personas bajo las edificaciones y techos así construidos. Lo que se informa a los efectos oportunos».
FUNDAMENTOS JURIDICOS
1.- El Art. 30 de la L.O 1/1995, de 13 de marzo,
de Estatuto de Autonomía de Ceuta, establece que « la Ciudad
de Ceuta ser regirá en materia de procedimiento
administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad
patri
monial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen
jurídico de su administración, por lo establecido con carácter
general, por la legislación del Estado sobre Régimen Local,
sin perjuicio de las especialidades derivadas de la
organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.
2.- El Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación
Urbana aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril,
establece en su artículo 184, que cuando los actos de edificación y
uso del suelo relacionados en el Art. 178 se efectuasen sin
licencia y orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones
señaladas en las mismas, el Alcalde dispondrá la suspensión
inmediata de dichos actos. Transcurrido dicho plazo sin
haberse instado la expresada licencia, o sin haberse ajustado las
obras a las condiciones señaladas, el Ayuntamiento acordará la
demolición de las obras a costa del interesado y procederá a
impedir definitivamente los usos a los que diera lugar. De
igual manera procederá si la licencia fuere denegada por ser su
otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las
ordenanzas. Establece el Art. 185 del R.D. 1346/1976, que
siempre que no hubiesen transcurrido más de cuatro años desde
la total terminación de las obras realizadas sin licencia u
orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en
las mismas, las autoridades a que se refiere el artículo
anterior requerirán al promotor de las obras o a sus causahabientes
para que soliciten en el plazo de dos meses la oportuna
licencia. Cuando las obras no fueran legalizables se procedería de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 184.3 y 4, lo que
supondría la demolición de lo ilegalmente construido. El
Art. 225 del RD. 1346/1976, indica que la vulneración de las
prescripciones contenidas en esta Ley o en los Planes,
Programas, Normas y Ordenanzas tendrán la consideración de
infracciones urbanísticas y llevarán consigo la imposición de
sanciones a los responsables, así como la obligación de
resarcimiento de daños e indemnización de los perjuicios a cargo de
los mismos, todo ello con independencia de las medidas
previstas en los artículos 184 a 187 de la presente Ley y de las
responsabilidades de orden penal en que hayan podido incurrir
los infractores. 3.- El Art. 51 del Reglamento de Disciplina
Urbanística aprobado por R.D. 2187/1978, de 23 de junio
establece: 1. Toda actuación que contradiga las normas o
el planeamiento urbanístico en vigor podrá dar lugar a: La
adopción por parte de la Administración competente de las
medidas precisas para que se proceda a la restauración del
orden jurídico infringido y de la realidad física alterada o
transformada como consecuencia de la actuación ilegal. La
iniciación de los procedimientos de suspensión y anulación de actos
administrativos en los que presuntamente pudiera ampararse
la actuación ilegal. La imposición de sanciones a los
responsables, previa tramitación del correspondiente
procedimiento sancionador, sin perjuicio de las posibles
responsabilidades de orden penal en que hubieran incurrido. La obligación
de resarcimiento de daños e indemnización de los perjuicios
a cargo de quienes sean declarados responsables. 2. Las
actuaciones previstas en el número anterior se desarrollarán por
los órganos y conforme al procedimiento establecido para
cada una de ellas, sin perjuicio de las reglas de conexión y
compatibilidad que se contienen en los artículos siguientes.- El
Art. 76 del R.D. 2187/1978, dispone lo siguiente: 1. Quienes
realicen obras de edificación o urbanización en contra del
uso que corresponda al suelo en el que se ejecuten, serán
sancionados con multa del 10 al 20% del valor de la obra
proyectada. 2. La sanción se impondrá en su grado máximo cuando
la actuación se refiera a suelo destinado a viales, parques y
jardines públicos, zonas deportivas de recreo y expansión,
o equipamiento comunitario. Competente en materia de
Urbanismo, resulta la Excma. Sra. Consejera de Fomento en
virtud del Decreto de Presidencia de 18.06.03.
3.147
3.769 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
PARTE DISPOSITIVA
1º) Procede ordenar la paralización inmediata de las obras que ilegalmente están realizando en Ppe. Alfonso, Agrupación Central nº 12. 2º) Procede iniciar expediente para la restauración del orden urbanístico infringido lo que supondrá la demolición de lo indebidamente construido. 3º) Procede iniciar expediente sancionador a Dª. ALIA AHMED MOHAMED, con DNI 45.095.716-F, por la realización de obras sin la correspondiente licencia. 4º) Procede conceder al expedientado un plazo de 15 días hábiles para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. En cumplimiento de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones, sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo concedido, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, debiendo darse traslado de todas las actuaciones realizadas al efecto, pudiendo ser sancionado el presunto infractor por parte de la Consejera de fomento con multa del 10 al 20% del valor de la obra proyectada, según el Art. 76 del R.D 2187/78, de 23 de junio, de Disciplina Urbanística, sin perjuicio de que el presunto infractor pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad de conformidad con el Art. 8 del R.D 1.398/93. 5º) Asimismo desígnese a D. Miguel Ángel Escamilla Ferro, Técnico de Administración General, como instructor del Expediente sancionador, y a D.ª Carmen M.ª Morales Reyes, Jefa de Negociado de Urbanismo, como Secretaria del mismo, que podrán ser recusados en cualquier momento conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, siendo la Autoridad competente para sancionar la Excma. Sra. Consejera de Fomento.
Contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de noviembre) y 8.1 y 46 de la 29/98, de 13 de julio.
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D.ª Alia Ahmed Mohamed, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.
Ceuta 27 de Octubre de 2.003.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Emilio Carreira Ruiz.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.
3.770.- La Excma. Sra. Consejera de Fomento, D.ª Elena M.ª Sánchez Villaverde, por su Decreto de fecha 22-08-03, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
Consta en el expediente de referencia copia del
anuncio del Decreto de 17 de enero de 2.000 en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Ceuta que declara, entre otras, la
edificacio
nes sita en la C/ Fuerte nº 102 en estado de ruina inminente.
Se ordena a los propietarios y moradores el desalojo
inmediato de las edificaciones y su demolición en el plazo de tres
días. Se apercibe de ejecución subsidiaria. Se incoa expediente
de ruina técnica para el nº 103 de la C/ Fuerte, concediéndose
el plazo de diez días para la formulación de alegaciones.-
Consta informe técnico nº 662/00 que pone de manifiesto que el
comienzo de las obras de demolición de la vivienda sita en el
nº 102 se realizó el día 8 de marzo de 2.000. Consta
asimismo Decreto de 8 de marzo de 2.000 que ordena a Contratación
la realización de los trámites para la formalización de la
adjudicación de los trabajos de demolición a COEXSA, S.L.,
por importe de 717.600 ptas. ( El Decreto de 6 de abril de
2.000 adjudica a dicha empresa las obras de demolición).- Tras
los informes jurídicos de 30 de julio y 19 de agosto de 2.003
el informe técnico de 19 de agosto de 2.003, nº 1.502, dice:
«... Dicho inmueble ha sido debidamente demolido, no así
recogido parte de los escombros de la obra ni vallado el solar
resultante, por lo que se debería de redactar una orden de
ejecución a la propiedad para su limpiado correcto y vallado perimetral».
FUNDAMENTOS JURIDICOS
1º.- El art. 30 del Estatuto de Autonomía de
Ceuta indica que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de
procedimiento administrativo, contratos, concesiones,
expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y
demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por
lo establecido, con carácter general, por la legislación del
Estado sobre Régimen Local, sin perjuicio de las especialidades
derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas
por el presente Estatuto.- 2º.- El art. 183.1 del Real Decreto
1346/1976, de 9 de abril, señala que cuando alguna construcción
o parte de ella estuviere en estado ruinoso, el Ayuntamiento,
de oficio o a instancia de cualquier interesado, declarará y
acordará la total demolición, previa audiencia del propietario y
de los moradores, salvo inminente peligro que lo impidiera.
Su apartado 3 establece que si el propietario no cumpliera lo
acordado por el Ayuntamiento, lo ejecutará éste a costa del
obligado. Si existiera peligro y urgencia en la demora, el
Ayuntamiento, o el Alcalde bajo su responsabilidad, por motivos
de seguridad, dispondrá lo necesario respecto a la
habitabilidad del inmueble y desalojo por sus ocupantes. De la misma
forma el art. 26 del Reglamento de Disciplina Urbanística,
Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio.- 3º.- En virtud del art.
19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo
y Valoraciones, los propietarios de toda clase de terrenos y
construcciones deberán destinarlos a usos que no resulten
incompatibles con el planeamiento urbanístico y mantenerlos en
condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. El
coste de las obras necesarias en virtud de lo dispuesto
anteriormente se sufragará por los propietarios o por la Administración,
en los términos que establezca la legislación aplicable,
procediendo en otro caso la ejecución subsidiaria, previa
tramitación de expediente sancionador, según art. 10.3 del Real
Decreto 2187/1978, de 23 de junio.- 4º.- El art. 181 del Real
Decreto Legislativo 1346/1976, de 9 de abril, señala que los
Ayuntamientos ordenarán, de oficio o a instancia de cualquier
interesado, la ejecución de las obras necesarias para
conservar aquellas condiciones. De la misma forma el art. 10 del
Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio. Así conforme al art.
28.1 del R.D. 2187/1978, de 23 de junio, la declaración
administrativa de ruina o la adopción de medidas de urgencia por la
Administración no eximirá a los propietarios de las
responsabilidades de todo orden que pudieran serles
exigidas por negli
3.148
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.774
gencia en los deberes de conservación que les
correspondan.- 5º.- Conforme al art. 84.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, 84 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre,
instruidos los procedimientos e inmediatamente antes de
redactar la propuesta de resolución, se pondrán a los interesados,
o en su caso, a los representantes. Los interesados, en un
plazo no inferior a 10 días ni superior a 15, podrán alegar y
presentar los documentos y justificaciones que estimen
pertinentes.- 6º.- Competente la Consejera de Fomento en virtud de
Decreto de 18 de junio de 2.003.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Entiéndase archivadas las ruinas declaradas para los edificios sitos en los números 102 y 103 de la C/ Fuerte, Barriada Príncipe Alfonso, por Decreto de 17 de enero de 2.000, por haberse demolido debidamente según consta en el informe técnico nº 1.502/03.- 2º.- Iníciese procedimiento de orden de ejecución relativo a la limpieza y vallado de los solares resultantes de la demolición de dichos inmuebles.- 3º.- Concédase el plazo de 10 días para formular alegaciones, presentar justificaciones y documentos pertinentes.»
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Lahasen Abdelkader Mohamed Demoga, según lo dispuesto en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución
Ceuta , 23 de Octubre de 2003.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.
AUTORIDADES Y PERSONAL
3.771.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad de Ceuta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 1/1995) y los artículos 21 de la Ley 7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente
DECRETO
Debiéndome ausentar de la Ciudad el próximo día 30 de octubre, por motivos oficiales, visto lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de la Presidencia, y demás disposiciones concordantes del Régimen Local,
VENGO EN DISPONER:
Que asuma la Presidencia, con carácter accidental, el Excmo. Sr. D. Emilio Carreira Ruiz, Consejero de Presidencia, desde del próximo día 30 de octubre y hasta mi regreso.
Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, 29 de octubre de 2003.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- Doy fe.- LA SECRETARIA GENERAL.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.772.- Una vez aprobado inicialmente el
Presupuesto General de la Ciudad para el ejercicio 2004 por el
Ple
no de la Asamblea celebrado el día 3 de noviembre de
2003, se expone al público, en Intervención, por plazo de
quince días, durante los cuales los interesados pueden presentar
reclamaciones, reparo u observaciones al mismo.
Lo que se expone en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
En Ceuta, a 3 de noviembre de 2003.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.773.- En la representación que ostenta de D. Francisco Márquez Palacios y D.ª Rosario Gil García por mandato del art. 5 de la Ley de Expropiación Forzosa, en el expediente de expropiación referenciado, mediante la presente se le convoca para el próximo día 10 de noviembre,. a las 10,00 horas en las dependencias de la Consejería de Fomento, a fin de proceder a la firma del acta de pago y ocupación de la f.r. 5079, propiedad de los citados.
Ceuta a 28 de octubre de 2003.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Notificación
3.774.- El artículo 105 de la Ley General Tributaria, en su redacción por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria la misma se hará por medio de edictos en el B.O.CE., así como en los lugares destinados al efecto en la Delegación del último domicilio conocido.
No habiendo sido posible la práctica de la notificación, por el presente edicto se hace saber a D.ª Carmen María Fernández Yepes con N.I.F. 45106051S, que:
Con fecha 18 de agosto de 2003, se ha dictado por el Delegado de la A.E.A.T. en Ceuta, Acuerdo estimatorio de la solicitud de aplazamiento de pago de la Liquidación K1610103091897146 (expediente N.º 550340000374M).
Se le informa que dispone de un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación para efectuar el ingreso de los plazos concedidos que hubieran vencido o vencieran en este plazo.
Se advierte al interesado que contra el presente acuerdo podrá interponer en caso de disconformidad, en el plazo de quince días siguientes a la fecha de su notificación de algunos de los siguientes recursos, sin que puedan simultanearse:
a) Recurso de Reposición ante el órgano que lo ha practicado, según lo establecido en el R.D. 2244/1979.
b) Reclamación Económico - Administrativa ante el TEAL de Ceuta, según lo establecido en el R.D. 391/1996.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, n.º 12 en el plazo de 10 días desde la publicación.
3.149
3.774 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el
día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, a 27 de octubre de 2003.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACIÓN.- Fdo.: José A. Pérez Tinoco.
3.775.- POR EL PRESENTE EDICTO, Y DEBIDO A QUE LOS DEUDORES COMPRENDIDOS EN LA RELACION QUE A CONTINUACIÓN SE INSERTA, NO HAN PODIDO SER HALLADOS EN LOS DOMICILIOS QUE FIGURAN EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA O QUE SE HAN ALEGADO DISTINTAS CAUSAS PARA NO RECIBIR LAS NOTIFICACIONES POR LAS PERSONAS QUE LA LEGISLACION AUTORIZA PARA HACERSE CARGO DE ELLAS, SE LES HACE SABER QUE:
SE NOTIFICA A LOS DEUDOR(ES) AL 103 REGLAMENTO DE RECAUDACION (REAL DECRETO 1684/1990 DE 20 DE DICIEMRRE, HABIENDO SATISFECHO LA DEUDA UNA VEZ INICIADO EL PERIODO EJECUTIVO Y DE HABERSE NOTIFICADO LA CORRESPONDIENTE PROVIDENCIA DE APREMIO EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 127 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA, EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION HA ACORDADO:
EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 100, 106 Y 169 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION, LIQUIDO EL RECARGO DE APREMIO POR EL 10% DEL IMPORTE DE LA DEUDA INGRESADA EN PERIODO EJECUTIVO Y DICTO PROVIDENCIA DE APREMIO PARA QUE SE PROCEDA EJECUTIVAMENTE CONTRA EL PATRIMONIO O GARANTIAS DEL (LOS) DEUDOR(ES), EN CASO DE NO PRODUCIRSE EL INGRESO DE DICHO RECARGO EN LOS PLAZOS SEÑALADOS EN EL ARTICULO 108 DEL CITADO REGLAMENTO.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACIÓN.- Fdo.: José Antonio Pérez Tinoco.
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
B11966090 100387 RECARGOS AUTOLIQUID A5560003526002310 6,58 14-07-2003
EXPO-CEBOTEX SL REC/AUTQ.FOS.F/P MOD 201
AR/ COLMENAS JUNTO COOP. TAXI , CEUTA
B5681744J REINT.HABERES PERCIBIDOS INDER. MECD M1501603550005471 7,07 06-08-2003
JIMENA RANDO DOLORES
CL/ MARINA ESPAÑOLA, 14; 7-A2 CEUTA
45070622Y 100109 1.R.P.F. ACTAS DE INSPECCION A5560003086000110 24,84 27-08-2003
MAS DUARTE INMAC. ACTAS DE INSPECCION
CL/ ESPINO, 11, ESC. 2-C CEUTA
911904810 100387 RECARGOS AUTOLIQUID A5560003526001958 3,49 14-07-2003
SU. DE J PEREZ MUÑOZ SL REC/AUTO.POS.F/P MOD 202
PS/ DE LAS PALMERAS, 30; 1 CEUTA
27301414T 400052 DE LAS ADMINISTRAC. DE ADUANA A5280103466000231 40,00 26-08-2003
VALDIVIESO ROLDAN A. DUA DE IMPORTAClOU3341390
CL/ MARTINEZ CATENA, 68 CEUTA
45073519M 100109 T.R.P.P. ACTAS DE INSPECCION A5560003086000154 56,91 27-08-2003
VILLATORO ONCINA M. A. ACTAS DE INSPECCION
AV/ GRAL MUSLERA. PARQUES CEUT, CEUTA
RECURSOS
RECURSO DE REPOSICION ANTE EL ORGANO QUE HA DICTADO LA PROVIDENCIA DE APREMIO, EN EL PLAZO DE 15 DIAS A CONTAR DESDE EL SIGUIENTE AL DEL RECIBO DE ESTA NOTIFICACIÓN 0 RECLAMACIÓN ECONOMICO-ADMINISTRATIVA, ANTE EL TRIBUNAL COMPETENTE DE DICHA JURISDICCION, EN EL MISMO PLAZO, SIN QUE PUEDAN SIMULTANEARSE AMBOS RECURSOS.
MOTIVOS DE IMPUGNACIÓN
EL PROCEDIMIENTO DE APREMIO PODRA IMPUGNARSE POR LOS SIGUIENTES MOTIVOS (ART. 138-1 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA Y ART. 99.1 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION).
- PAGO O EXTINCION DE LA DEUDA.
- PRESCRIPCION
- APLAZAMIENTO
- FALTA DE NOTIFICACION DE LA LIQUIDACION O ANULACION O SUSPENSIÓN DE LA MISMA
- DEFECTO FORMAL EN EL TITULO EXPEDIDO PARA LA EJECUCION
SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
EL PROCEDIMIENTO DE APREMIO, AUNQUE SE INTERPONGA RECURSO, SOLAMENTE SE SUSPENDERA EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES SEÑALADOS EN EL ARTICULO 101 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION (R.D. 1.684/1990, DE 20 DE DICIEMBRE).
3.150
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.775
SOLICITUD DE APLAZAMIENTO
CONFORME ESTABLECE EL ARTICULO 48 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACIÓN, SE PODRÁ APLAZAR O FRACCIONAR EL PAGO DE LAS DEUDAS EN PERIODO EJECUTIVO. LA PRESENTACION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO SE EFECTUARA EN LA DELEGACION 0 ADMINISTRACIONES DE LA A.E.A.T. DEL TERRITORIO EN QUE SE DEBA EFECTUAR EL PAGO,
LUGAR DE PAGO
EN LA ENTIDAD QUE PRESTA EL SERVICIO DE CAJA DE LA DELEGACIÓN ADMINISTRACION DE LA A.E.A.T.
INTERESES DE DEMORA
LAS CANTIDADES ADEUDADAS, EXCLUIDO EL RECARGO DE APREMIO, DEVENGARAN INTERESES DE DEMORA DESDE EL DIA SIGUIENTE AL VENCIMIENTO DE LA DEUDA EN PERIODO VOLUNTARIO HASTA LA FECHA DE SU INGRESO. EL TIPO DE INTERESE SE FIJARA DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 58 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA Y 36 DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA, SEGUN SE TRATE DE DEUDAS TRIBUTARIAS 0 NO TRIBUTARIAS RESPECTIVAMENTE.
COSTAS
EN CASO DE PRODUCIRSE COSTAS EN EL PROCEDIMIENTO, LA ADMINISTRACION REPERCUTIRA. SU IMPORTE AL DEUDOR, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 153 Y 157 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION.
PLAZOS PARA EFECTUAR EL INGRESO
(ART. 108 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION).
A) RECIBIDA LA NOTIFICACIÓN ENTRE LOS DIAS 1 Y 15 DE CADA MES, HASTA EL 20 DE DICHO MES, O INMEDIATO HABIL POSTERIOR.
B) RECIBIDA LA NOTIFICACION ENTRE LOS DIAS 16 Y ULTIMO DE CADA MES, HASTA EL 5 DEL MES SIGUIENTE, O INMEDIATO HABIL POSTERIOR.
PERSONACIÓN DEL INTERESADO
SE ADVIERTE AL DEUDOR QUE PUEDE COMPARECER, POR SI MISMO 0 POR MEDIO DE REPRESENTANTE, EN EL EXPEDIENTE EJECUTIVO QUE SE LE SIGUE. TRANSCURRIDOS OCHO DIAS DESDE LA PUBLICACION DE ESTE ANUNCIO, SIN PERSONARSE EL INTERESADO, SE LE TENDRA POR NOTIFICADO DE TODAS LAS SUCESIVAS DILIGENCIAS
HASTA QUE FINALICE LA SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SIN PERJUICIO DEL DERECHO QUE LE ASISTE A COMPARECER.
POR EL PRESENTE EDICTO, Y DEBIDO A QUE LOS DEUDORES COMPRENDIDOS EN LA RELACION QUE A CONTINUACIÓN SE INSERTA, NO HAN PODIDO SER HALLADOS EN LOS DOMICILIOS QUE FIGURAN EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA O QUE SE HAN ALEGADO DISTINTAS CAUSAS PARA NO RECIBIR LAS NOTIFICACIONES POR LAS PERSONAS QUE LA LEGISLACION AUTORIZA PARA HACERSE CARGO DE ELLAS, SE LES HACE SABER QUE:
SE NOTIFICA A LOS DEUDOR(ES) AL 103 REGLAMENTO DE RECAUDACION (REAL DECRETO 1684/1990 DE 20 DE DICIEMRRE, HABIENDO SATISFECHO LA DEUDA UNA VEZ INICIADO EL PERIODO EJECUTIVO Y DE HABERSE NOTIFICADO LA CORRESPONDIENTE PROVIDENCIA DE APREMIO EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 127 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA, EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION HA ACORDADO:
EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 100, 106 Y 169 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION, LIQUIDO EL RECARGO DE APREMIO POR EL 20% DEL IMPORTE DE LA DEUDA INGRESADA EN PERIODO EJECUTIVO Y DICTO PROVIDENCIA DE APREMIO PARA QUE SE PROCEDA EJECUTIVAMENTE CONTRA EL PATRIMONIO O GARANTIAS DEL (LOS) DEUDOR(ES), EN CASO DE NO PRODUCIRSE EL INGRESO DE DICHO RECARGO EN LOS PLAZOS SEÑALADOS EN EL ARTICULO 108 DEL CITADO REGLAMENTO.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACIÓN.- Fdo.: José Antonio Pérez Tinoco.
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45088712L SANCION TRAFICO 510040912608 204413NV K1610103092461534 540,00 19-08-2003
ABDEL-LAH AHMED HAMED
CL/ FLECHA BERMUDEZ, 15 CEUTA
45092134J SANCION TRAFICO 519040889620 9440BCR K1610103091900457 360,61 09-07-2003
ABDEL-LAH AHMED NAHIMA
CL/ HERMANOS LAHULET, 13CEUTA
45095124J SANCION TRAFICO 510040930295 CE8986 K1610103092466363 72,00 19-08-2003
ABDEL-LAH AHMED NORDIN
CL/ FLECHA PERMUDEZ, 15 CEUTA
3.151
3.775 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
99013021E SANCION TRAFICO 510040927181 CE0163 K1610103092462711 540,00 19-08-2003
ABDELKADER ABDELEADER MOHAMED
CL/ PELIGROS 14 SN CEUTA
45088397W SANCION TRAFICO 510040930167 4662BYB K1610103092466253 108,00 19-08-2003
ABDELKAEER ABDEL LAH ARAFA
AV/ REYES CATOLICOS, 104; BJ CEUTA
45088397W SANCION TRAFICO 510040931070 4662BYB K1610103092467310 108,00 19-08-2003
ABDELKAEER ABDEL LAH ARAFA
AV/ REYES CATOLICOS, 104; BJ CEUTA
45106549F 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506003144 180,30 14-07-2003
ABDERRAH. MOH. HAFIDA NO AT.REQ.DE.A/I MOD 180
CLI MIQUEL LARA, 14 CEUTA
45092876L SANCION TRAFICO S10040919908 97SOBVK K1610103092461072 540,00 19-08-2003
ABDERRLAMM AHMED MOHAMED
CL/ CANALEJAS, 3; 3-C CEUTA
45081548F SANCION TRAFICO 510040933375 CE6760 K1610103092462304 540,00 19-08-2003
ABDERRAYAB LAARBI ERHIMO
CL/ CLAUDIO VAZQUEZ, 21; AL CEUTA
45095016C SANCION TRAFICO 510040956880 3619BFK K1610103092466176 108,00 19-08-2003
ABDESELAM ABDESELAM HADDUCH
BO/ PRINCIPE AGR.NORTE, 1; B CEUTA
45086878R SANCION TRAFICO 510040922201 8634BJY K1610103092464427 540,00 19-08-2003
ABDESELAM AHMED MOHAMED-LAARBI
CL/ ALFAU, 9 CEUTA
45094221F SANCION TRAFICO 510040917308 C1246BC K1610103092466847 180,00 19-08-2003
ABDESELAM ALI ALI
CL/ CAP CLAUDIO VAZQUEZ, 51 CEUTA
45080924G SANCION TRAFICO 510040941256 CE4040 K1610103092463459 540,00 19-08-2003
ABDESELAM AMAR ABDELKADER
CL/ VIÑAS 41 SN CEUTA
45105808W SANCION TRAFICO 510040875594 CE5767 K1610103092464856 1.800,00 19-08-2003
ABDESELAM IKRAM MOHAMED
CL/ ARROYO PANEQUE, 4 CEUTA
45089890T SANCION TRAFICO 510040852612 CE4055 K1610103092461820 1.081,82 19-08-2003
ABDESELAM MOHAMED LATIFA
BO/ PRINCIPE ALFONSO FUERTE, 3 CEUTA
45090528V SANCION TRAFICO 110047753609 MA3382C K1610103092015781 540,00 19-08-2003
ABDESELAMALI NAVIL
CL/ VIRGEN DE LA LUZ, 2 CEUTA
99013320E SANCION TRAFICO 290049378894 M 7826P K1610103092189845 108,00 19-08-2003
ABDESLAM ABDESLAM BILAL
BO/ PRINCIPE ALFONSO FUERTE, 1 CEUTA
X2257873D SANCION TRAFICO 510040911999 7816BJK K1610103092460819 99,04 19-09-2003
ADUI MAJID
AV/ EJERC ESPAÑOL GR ROCIO SN CEUTA
X2257873D SANCION TRAFICO 510040912001 7816BJK K1610103092460930 108,00 19-09-2003
ADUI MAJID
AV/ EJERC. ESPAÑOL GR ROCIO SN CEUTA
45093827G SANCION TRAFICO 510040944610 EX K1610103092467496 540,00 19-08-2003
AGUIRRE AHMED LUIS
B0/ PRINCIPE ALFON90 NORTE, 11 CEUTA
45095605B SANCION TRAFICO 51004093b7ab 5095BFZ K1610103092460808 108,00 19-08-2003
AHMED ABDESELAM MOHAMED LAARBI
LG/ POB REGULARES CL F, 25 CEUTA,
4909560SR SANCION TRAFICO 510040943319 CARECE K1610103092465802 540,00 19-08-2003
AHMED ABDESELAM MOHAMED LAARBI
LG/ POB REGULARES CL F, 25 CEUTA
45092442E SANCION TRAFICO 510040926371 CE5231 K1610103092461864 190,00 19-08-2003
AHMED AHMED AHMED
CL/ GARCIA MORATO, 54 CEUTA
45103863N SANCION TRAFICO 510040707016 CE4498 K1610103092463745 1.081,82 19-08-2003
AHMED AHMED MOHAMED
GR/ LOS ROSALES JUNTO CARCEL, CEUTA
3.152
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.775
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45081058T SANCION TRAFICO 510040956867 CE4193 K1610103092466100 108,00 19-08-2003
AHMED AHMED NORDIN
CL/ ZORRILLA, 11 CEUTA.
49096670T SANCION TRAFICO 510040926243 CE1941 K1610103092461743 1.800,00 19-08-2003
AHMED DUDOH MOHAMED
LG/ PRINCIPE NORTE, 62 CEUTA
45092407X SANCION TRAFICO 91004092343C C22049 R1610102092466220 1.500,00 19-08-2003
ARMED ENFEDDAL SOODIA
CL/ VALLEJO BENITEZ, 18 CEUTA
45079029H SANCION TRAFICO 510040911707 CE0798 K1610103092460280 180,00 19-08-2003
AHMED HAYUCHEN FATIMA
PC/ VIRGEN APRICA, 36; 1-4 CEUTA
45079029H SANCION TRAFICO 510040930052 CE0798 K1610103092466066 540,00 19-08-2003
AHMED HAYUCHEN FATIMA
PC/ VIRGEN AFRICA, 367 1-4 CEUTA
45072863Q SANCION TRAFICO 510040934884 CE7338 K1610103092463789 108,00 19-08-2003
AHMED MOHAMED ABDESELAM
BOJ JUAN CARLOS I, 9-2 CEUTA
45100650L INFR. LO 1192, ART. 26 1 M2205003550005597 180,30 06-08-2003
ARMED MOHAMED BRAHIM
CL/ NARVAEZ ALONSO, 17 CEUTA
45101804T SANCION TRAFICO 510040925718 C6474BL K1610103092461260 180,00 19-08-2003
AHMED MOHAMED DRIS
PG/ PGNO V AFRICA 40 4 1 SN CEUTA
45079356T SANCION TRAFICO 510040956788 8420BNG K1610103092465890 108,00 19-08-2003
AHMED MOHAMED FARAH
CR/ SERRALLO, 5 CEUTA
45082524V SANCION TRAFICO 510040895519 CE2265 KI610103092464625 1.800,00 19-08-2003
ARMED MOHAMED RAFIDA
BOJ PPE. AGR. NORTE, 108 CEUTA
45091336C SANCION TRAFICO 510040904090 CES964 K1610103092467133 1.800,00 19-08-2003
AHMED MOHAMED MOHAMED
BO/ PRINCIPE ARCOS QUEBRADOS, CEUTA
45079243W SANCION TRAFICO 510040918817 CE4158 KI610103091895628 180,00 09-07-2003
AHMED MOHAMED OSMAN
CL/ MARCELO ROLDAN, 24 CEUTA
45109186E INFR. LO 1/92, ART. 25,1 M2205003550005641 360,61 06-08-2003
AHMED MOHAMED SUAIR
CL/ ESTEPONA, 13 CEUTA
45065435F SANCION TRAFICO 510040903504 5042BKN K1610103092466385 1.500,00 19-08-2003
AHMED MOHAMED YAMINA
CL/ ARGENTINA VILLA MARIA, 72 CEUTA
4508005lM SANCION TRAFICO 510040917606 1231BZD K1610103091901799 190,00 09-07-2003
AHMED MORAMED YUSEF
CL/ CAP CLAUDIO VAZQUEZ, 12 CEUTA
45081686F SANCION TRAFICO 510040955796 C4504BM K1610103092464603 108,00 19-08-2003
AHMED TONSI HOTMAN
190/ JUAN CARLOS I, 90-11 CEUTA
45072384C 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506005003 180,30 27-08-2003
AJU. BENATAR MARCOS NO AT.REQ.DE.A/I MOD 180
CL/ QUEIPO LLANO, 22 CEUTA
45083941P SANCION TRAFICO 510040929750 CE6487 K1610103092465637 180,00 19-08-2003
AL-LAL MOMAMED MOHAMED NAYIB
CL/ PARAMO SERRASI, 22, ESC. 0 CEUTA
99011888Q SANCION TRAFICO 510040879794 0378BMV K1610103092462326 540,00 19-08-2003
ALAMI MOHAMED ABSELAM
AV/ MADRID BARRACONESMUN., 5 CEUTA.
99011888Q SANCION TRAFICO 510040944580 0940BSG K1610103092467463 540,00 19-08-2003
ALAMI MOHAMED ABSELAM
AV/ MADRID BARRACONESMUN, 5 CEUTA
75881906F SANCION TRAFICO 110047294299 2830BGY K1610103092011612 540,00 19-08-2003
ALVAREZ BENITEZ ISMAEL
LG/ CTEL PUNTA BLANCA SN CEUTA
3.153
3.775 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45081582H SANCION TRAFICO G10040853239 CE0277 KI610103092462513 1.081,82 19-08-2003
AMAR ABDESELAM NADIA
CL/ FINCA GUILLEN, 66 CEUTA
45089713F SANCION TRAFICO 510040893390 CE0272 K1610103092462470 180,00 19-08-2003
AMAR HADDU HAMED
CL/ NARVAEZ ALONSO, 38 CEUTA
45095331J SANCION TRAFICO 510040956480 7810BJK KI610103092465560 108,00 19-08-2003
AMAR MOHAMED MOHAMED
CL/ LINARES, 12-9 CEUTA
45103758E SANCION TRAFICO 510040932772 CE0216 K1610103092461622 540,00 19-08-2003
AMAR SAYAH FARID
CL/ FINCA GUILLEN ALTA, 17 CEUTA
X3234847N SANCION TRAFICO 110047332604 CE4643 K1610103091993660 360,00 19-08-2003
AMSAOUEK DRISS
BO/ PRINCIPE FELIPE CARACOLAS, CEUTA
45282800D SANCION TRAFICO 510040909579 CE8126 K1610103092465527 180,00 19-08-2003
ARROYO CONDE CONSUELO
CL/ ARROYO BOMBAS F BERROCAL , CEUTA
B11967296 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506006202 180,30 27-08-2003
ASSUNBUL SL NO AT.REQ.DE.A/I MOD 180
CL/ MANILVA, 2 CEUTA
45028655Z 100108 I.R.P.F. SANCIONES PARALELAS A5560003506004662 44,77 29-07-2003
BARCELO MARTOS PEDRO L/A NO ING.DEU. MOD 131
CL/ CAP CLAUDIO VAZQUEZ, 3; 1 CEUTA
45089504M SANCION TRAFICO 519040727904 CE5927 K1610103092464438 360,61 19-08-2003
BARRAK SEBTI NAOUAL
CL/ ZULOAGA, 9 CEUTA
38409561K 100100 IRPF DECLARACION ORDINARIA A5560003160000179 860,33 27-08-2003
BERBIS ARDANOY RAMON RECURSO REPOSICION
AV/ MADRID, 1, ESC. 2; 3-C CEUTA
45093636W SANCION TRAFICO 510040887274 2580BBL K1610103092462997 1.800,00 19-08-2003
BILAL AHMED ALI
AV/ AFRICA, 12 CEUTA
71890825R SANCION TRAFICO 510040905252 5375BY-Y K1610103092460710 180,00 19-08-2003
BOUGRABA DGUEZ. MOH. YAL
CR/ SERRALLO SN CEUTA
X1082380T SANCION TRAFICO 510040936364 M 4230G K1610103092465516 540,00 19-08-2003
BOUTELLIS, TAHER
CL/ MURILLO, 27 CEUTA
45098418H SANCION TRAFICO 510000929415 9474BCR X1610103092460082 540,00 19-08-2003
CALVACHE MOHAMED YORDI
CL/ ESPINO, 7, 2 CEUTA
45112237Z SANCION TRAFICO 510040913121 C5623EN K1610103092462117 180,00 19-08-2003
CAPARROS RODRIGUEZ ROMAN
PG/ VIRGEN AFRICA, 36 CEUTA
44257478G SANCION TRAFICO 510040934460 CE8765 K1610103092463350 108,00 19-08-2003
CASTILLO LOPEZ MIGUEL ANGEL
GRI JOSE ZURRON CL URANO, 29; CEUTA
45112781Y SANCION TRAFICO 510040943897 C2490BN K1610103092466594 180,00 19-08-2003
CERNADAS MARQUEZ FRANCISCO JAV
VP/ POBLADO SANIDAD, 3º Y CEUTA
45110202A SANCION TRAFICO 510040914812 CARECE K1610103092463790 180,00 19-08-2003
CHAHID ABDESELAM TAREK
PJ/ HERAS, 5 CEUTA
45062733Y SANCION TRAFICO 510040955784 C0423BJ K1610103092464581 180,00 19-08-2003
CORRALES GARCIA. JOSE
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 39; 5º-A CEUTA
45095866L SANCION TRAFICO 510040895416 CE6749 K1610103092464449 540,00 19-08-2003
DAOUDI AHMED ABDELAZIZ
CL/ NARVAEZ ALONSO, 5 CEUTA
45103310B SANCION TRAFICO 510040916626 CE2312 K1610103092466033 1.800,00 19-08-2003
DE HARO SEGLAR LAURA
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 12; 2-A CEUTA
75953653V SANCION TRAFICO 110047568417 CE5651 K1610103091997323 540,00 19-08-2003
DE LA ROSA DE ORIA DAVID JESUS
VP/ CAMPAMENTO EL JARAL SN CEUTA
3.154
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.775
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
28891966X SANCION TRAFICO 510040998569 C9415BB K1610103092460731 1.202,40 19-08-2003
DIAZ JUAN MANUEL JESUS
CR/ LOMA LARGA MONTESA 3 SN CEUTA
45102752M SANCION TRAFICO 510040915361 CARECE K1610103092464284 1.202,40 19-08-2003
DORADO URIBE FRANCISCO JAVIER
AV/ ESPAÑA GALERA, 1; 4-D CEUTA
B1195317J 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506005223 61,31 27-08-2003
DUARTE & GARCIA, C. DE AUT.S/I F/P MOD 300
PZ/ REYES EDF PZ LOS REYES, 9 CEUTA
45059290J SANCION TRAFICO 510040743574 CE6880 K1610103092467441 1.081,82 19-08-2003
DURAN SANTIAGO M.ª L.
CL/ MURILLO, 12 CEUTA
X2295101T SANCION TRAFICO 510040901799 CE8933 K1610103092464053 540,00 19-08-2003
ED-DRAOUY MOHAMED
PJ/ RECREO BAJO, 44 CEUTA
X0896029H SANCION TRAFICO 510040918799 CE6254 K1610103092460929 540,00 19-08-2003
EL BAKHTI HASSAN
BO/ SARCHAL, 48 CEUTA
X2029222R SANCION TRAFICO 510040907443 CE0645 K1610103092463085 540,00 19-08-2003
EL HADDAD AHMED
CL/ RUIZ ALVAREZ, 5 CEUTA
X2029222R SANCION TRAFICO 510040907455 CE0645 K1610103092463118 180,00 19-08-2003
EL HADDAD AHMED
CL/ RUIZ ALVAREZ, 5 CEUTA
X2232452D SANCION TRAFICO 510040951985 CE6616 K1610103091895310 540,00 09-07-2003
EL MAGHERBI ABDELMAJID
CL/ FERNANDEZ AMADOR, 17 CEUTA
45070972P REINTEGRO CANTIDAD PERCIBIDA INDEB. M1501603550005416 157,24 06-08-2003
ESPINOSA LOBATO JOSE LUIS
AV/ EJERCITO ESPAÑOL, 1; 6-B CEUTA
45071915B 100108 I-R.P.P. SANCIONES PARALELAS A5560003506008150 115,33 27-08-2003
ESPINOSA RAMIREZ F. J. NO I./DEVG.I.OB MOD 100
CL/ ISABEL CABRAL, lº 4-IZ CEUTA
45103825C SANCION TRAFICO 510040877153 C5738BK K1610103092466913 1.202,40 19-08-2003
ESTEVEZ MOHAMED FRANCISCO JAVI
AV/ OTERO, 15; 5-D CEUTA
14229227R SANCION TRAFICO 510040947817 C4790BM K1610103092463338 1.212,00 19-08-2003
EXTREMERA. BENITEZ BALTASAR
CL/ VIÑAS, 22 CEUTA
45021249F SANCION TRAFICO 510040860281 CE7649 K1610103092462832 1.081,82 19-08-2003
FADAL MOHAMED HAMIDO
BOJ FRINCIPE AGR NORTE, 96-A CEUTA
45035917P SANCION TRAFICO 510040933259 CE3336 K1610103092462172 540,00 19-08-2003
FERRER PEÑA JOAQUIN
CL/ ANTIOCO, 7; BJ CEUTA
39264988D 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506005289 230,78 27-08-2003
FORTE RUFO JUAN DE.INFOR.F/P MOD 180
CL/ ALFAU, 14; 1-D CEUTA
45100501P SANCION TRAFICO 100403083570 CE7959 K1610103091983530 360,00 19-09-2003
FUAD MUSTAFA HAMED
CL/ PRINCIPE ALFONSO FUERTE, 3 CEUTA
18001426Q SANCION TRAFICO 510040936662 CE1140 K1610103092465868 72,00 19-08-2003
GABARRE BANZO ALBERTO ELIAS
CL/ GONGORA, 6; 4-B CEUTA
45103721P SANCION TRAFICO 510040907133 C8601BM K1610103092462744 180,00 19-08-2003
GALAN LOPEZ JUAN JESUS
PG/ POL V DE AFRICA 22 1 D SN CEUTA
43278043R SANCION TRAFICO 110047296715 6044BPD K1610103092012162 108,00 19-08-2003
GALISTEO BENITEZ OLIVER JESUS
PS/ REVELLIN, 15 CEUTA
45053475V 100109 I.R.P.F. ACTAS DE INSPECCION A5560003086000253 569,64 11-09-2003
GALLARDO FDEZ. RAMON ACTAS DE INSPECCION
BOJ LOS ROSALES, 33; BJ-B CEUTA
3.155
3.775 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45080592V SANCION TRAFICO 100403052560 0362BMV K1610103091988875 168,00 19-08-2003
GARCIA HERNANDEZ FRANCISCO IGN
AV/ ESPAÑA, 16 CEUTA
B51005544 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506005366 115,39 27-08-2003
GINECEUTA SL AUT.S/I F/P MOD 300
CL/ DELGADO SERRANO, 1; 2-D CEUTA
45104997L SANCION TRAFICO 510040916237 CE5878 K1610103092465450 180,00 19-08-2003
GOMEZ MARTINEZ LEONARDO
BOJ LOS ROSALES, 13; BJ CEUTA
45108945B SANCION TRAFICO 510040912219 CE0721 K1610103092461094 1.800,00 19-08-2003
GOMEZ NIETO JONATHAN
BOJ JUAN CARLOS I, 56; 1 CEUTA
45071745W SANCION TRAFICO 510040956478 CE9004 K1610103092465550 108,00 19-08-2003
GUTIERREZ VERA ANTONIO
CL/ VIRREY CONDE VERGARA, 14; CEUTA
45083342F 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506008754 10,80 11-09-2003
HADU MOH. ABDEL. AUT.S/I P/P MOD 100
AV/ MADRID ESTACION FERROCARR, CEUTA
45103541N SANCION TRAFICO 510040922857 7187BXL K1610103092465340 540,00 19-08-2003
HAMADI HASSAN NAYIM
CL/ CABRERIZAS BAJAS SN CEUTA
45103541N SANCION TRAFICO 510040904259 7187BXL K1610103092467298 180,00 19-08-2003
HAMADI HASSAN NAYIM
CL/ CABRERIZAS BAJAS SN CEUTA
45101210G SANCION TRAFICO 510040922304 9431BTP K1610103092464614 108,00 19-08-2003
HAMED ABDESELAM RACHID
BO/ P. ALFONSO FUERTE 249 SN CEUTA
45105740A SANCION TRAFICO 510040396129 C7412BG R1610103092460852 721,21 19-09-2003
HAMIDO MOHAMED ABDELKRIM
AV/ ESPAÑA, 11 CEUTA
45103520Z SANCION TRAFICO 510040911744 CE9419 K1610103092460379 540,00 19-08-2003
HAMADI MOHAMMED FARIDA
BO/ PRINCIPE ALFONSO FUERTE, 1 CRUTA
45079548P SANCION TRAFICO 510040851681 5705BNB KI610103092460775 1.081,82 19-08-2003
HASSAN ABDESELAM MOHAMED SAID
AV/ AFRICA RES D ALFONSO, 1; 1 CEUTA
45087802M SANCION TRAFICO 510040917345 CE8785 K1610103092466891 180,00 19-08-2003
HASSAN MOHAMED YALAL
BO/ PRINCIPE ALF SAN DANIEL, 1 CEUTA
45096832L SANCION TRAFICO 510040904776 C4195BM K1610103092459961 180,00 19-08-2003
HEREDIA BLANCO ANA BELEN
BO/ JUAN CARLOS I, 54-11 CEUTA
45096832L SANCION TRAFICO 510040915490 C4195BM K1610103092464416 180,00 19-08-2003
HEREDIA BLANCO ANA BELEN
20/ JUAN CARLOS I, 54-11 CEUTA
45092087N SANCION TRAFICO 510040922160 CE7568 K1610103092464372 540,00 19-08-2003
HEREDIA ZORRILLA FRANCISCO JAV
BO/ BERMUDO SORIANO, 1; 4-C CEUTA
45066596M SANCION TRAFICO 510040873391 FM7093 K1610103092462546 1.081,82 19-08-2003
HERNANDEZ SALGADO RAFAEL
CL/ GALEA, 2; 1-A CEUTA
45103672M SANCION TRAFICO 510040917096 C2092BM K1610103092466583 180,00 19-08-2003
HIDALGO LOPEZ JONATHAN
BO/ LOS ROSALES, 22; BJ-A CEUTA
X3685923N SANCION TRAFICO 510040932371 CE2343 K1610103092461193 540,00 19-08-2003
HOSAIN DERCAL
AV/ MADRID, 4-C CEUTA
45101030P SANCION TRAFICO 510040904650 8795BTD K1610103092459829 540,00 19-08-2003
HOSSAIN ABDESELAM MUHAMMAD NOR
CL/ CLAUDIO VAZQUEZ 73 BAJO CEUTA
45108563C SANCION TRAFICO 510040904314 CE3413 K1610103092467342 1.800,00 19-08-2003
HOSSAIN AICHA ANISA
CL/ SARCHAL, 5 CEUTA
45088674A SANCION TRAFICO 510040922250 4598BMM K1610103092464537 540,00 19-08-2003
HUTMAN ABSELAM MOHAMED
CL/ NARVAEZ ALONSO 2 SN CEUTA
3.156
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.775
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
11429053P MULTA TENENCIA ILICITA DROGA,REF.419 M2205003330008040 108,00 06-08-2003
IGLESIAS SERRANO VICTOR
CL/ SOL, 52, ESC. 6; 1-IZ CEUTA
A11014693 100120 SOCIEDADES DECLARAC. ANUAL A5560003200000073 794,35 27-08-2003
INMOB. ALGECIRAS SA LIQUIDACION INGRESAR I.S.
VF/ MUELLE CAÑONERO DATO, 27 CEUTA
45095450V SANCION TRAFICO 510040961364 CE1366 K1610103092463921 866,72 19-08-2003
JIMENEZ MELGAR JUAN JOSE
CL/ URBANIZACION MONTE HACHO, CEUTA
45088893S SANCION TRAFICO 110046623718 CE4544 K1610103092010864 540,00 19-08-2003
LAARBI ABDEL LAH MOHAMED
CL/ TTE COR GAUTIER, 33 CEUTA
450888935 SANCION TRAFICO 510040934628 CE4544 K1610103092463536 108,00 19-08-2003
LAARBI ABDEL LAH MOHAMED
CL/ TTE COR GAUTIER, 33 CEUTA
45081107A SANCION TRAFICO 510040922869 CARECE K1610103092465362 180,00 19-08-2003
LAARBI ABDERRAMAN LAARBI
BO/ JUAN CARLOS I 35 3 SN CEUTA
49091107A SANCION TRAFICO 510040922870 CARECE K1610103092465384 180,00 19-08-2003
LAARBI ABDERRAHAMAN LAARBI
BO/ JUAN CARLOS I 35 3 SN CEUTA
45084683Z SANCION TRAFICO 110047122014 CA7658A K1610103091996729 180,00 19-08-2003
LACHMI MESAUD MUSTAFA
CL/ ARGENTINA, 27 CEUTA
45081399L SANCION TRAFICO 510040918106 CE0824 K1610103092459906 1.800,00 19-08-2003
LAHACEN ABDESELAM MOHAMED LAAR
CL/ CHILE, 9 CEUTA
99013033B SANCION TRAFICO 510040913870 CE0212 K1610103092462810 540,00 19-08-2003
LAIACHI HAMIDO LAHSEN
CL/ FUERTE MENDIZABAL 2 SN CEUTA
99013033B SANCION TRAFICO 510040931172 CE0212 K1610103092467452 540,00 19-08-2003
LAIACHI HAMIDO LAHSEN
CL/ FUERTE MENDIZABAL 2 SN CEUTA
45056763Z IMPAGO CANON USO VIVIENDA 200112 20 K1420603280003237 1.042,19 22-07-2003
LARA ORTEGA JUAN
CL/ PADRE FEIJOO, 14; BJ-A CEUTA
45091013L SANCION TRAFICO 510040942558 CE4563 K1610103092464823 180,00 19-08-2003
LEON BARRIONUEVO ALEJANDRO
BO/ ALMADRABA TOBOGAN, 7 CEUTA
45075067N SANCION TRAFICO 510040928094 8599BJY K1610103092463723 540,00 19-08-2003
LOPEZ AMADOR JUAN RAMON
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 33; 2-2 CEUTA
45101232A SANCION TRAFICO 110047758620 2891BHG K1610103092017266 108,00 19-08-2003
MAESE OBISPO ANGEL
CL/ MOLINO, 3; 6-C CEUTA
24679344E 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506006500 180,30 27-08-2003
MANSILLA DEL CAMPO J. NO AT.REO.DE.A/I MOD 390
AV/ AFRICA RES DON ALFONSO, 7, CEUTA
24679344E 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506006510 122,60 27-08-2003
MANSILLA DEL CAMPO J. DE.R.IVA F/P MOD 390
AV/ AFRICA RES DON ALFONSO, 7, CEUTA
45070104V 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506006521 230,78 27-08-2003
MARCHENA ARGUEZ M.ª E. DE.INFOR.F/P MOD 347
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 19; 8-A CEUTA
45084456V SANCION TRAFICO 510040927247 CE7489 K1610103092462777 540,00 19-08-2003
MARSO KLALOUSI HAFIDA
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 21; 1-2 CEUTA
45096303L REINTEGRO DE AYUDA INDIVIDUAL M1200103550005514 174,47 06-08-2003
MARTA ALCANTARA JOSE
PZ/ CONSTITUCION, 4 CEUTA
45097055N SANCION TRAFICO 510040915233 C8938BL K1610103092464120 180,00 19-08-2003
MARTIN BAJATIERRA FRANCISCO CA
CL/ TIRSO DE MOLINA, 7; BJ CEUTA
45097054B SANCION TRAFICO 510040857154 2937BVC K1610103092467067 1.500,00 19-08-2003
MARTIN BAJA.TIERRA MIGUEL ANGEL
CLI TIRSO DE MOLINA, 7: BJ CEUTA
3.157
3.775 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45097054P SANCION TRAFICO 510040897553 2937BVC K1610103092467287 180,00 19-08-2003
MARTIN BAJATIERRA MIGUEL ANGEL
CL/ TIRSO DE MOLINA, 7; BJ CEUTA
45076466P SEGURIDAD CIUDADANA M2205003290017748 504,00 06-08-2003
MARTIN CANO NURIA
B0/ JUAN CARLOS I, G-8 CEUTA
45076466P SEGURIDAD CIUDADANA M2205003290018287 468,79 06-08-2003
MARTIN CANO NURIA
BO/ JUAN CARLOS 1, 6-2 CEUTA
45079145L SANCION TRAFICO 510040891587 CE7601 K1610103092460247 540,00 19-08-2003
MARTIN CHACON FRANCISCO JOSE
BO/ JUAN CARLOS I, 48-7 CEUTA
45091126V SANCION TRAFICO 410058511310 CE9925 K1610103092354240 72,00 19-08-2003
MARTIN FERNANDEZ MARTIN
GR/ JUAN XXIII, 2; 5º-A CEUTA
45082222Z SANCION TRAFICO 180048873970 CARECE R1610103092078547 180,00 19-08-2003
MARTIN FERNANDEZ VIRGINIA
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 13; 4-2 CEUTA
45035553N 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506005652 169,49 27-09-2003
MNEZ. FULGENCIO ANA AUT.S/I F/P MOD 600
CL/ INDEPENDENCIA, 5; 4-D CEUTA
25689466-F ART. 26.1 L.0. 1/92 M2205003290011930 382,25 06-08-2003
MATA HERRERO ISAAC
CR/ JARAL RING-7 SN CEUTA
B11965548 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506005674 115,39 27-08-2003
MEDICEUTA SL AUT.S/I F/P MOD 300
CL/ DELGADO SERRANO, 1 CEUTA
07535195G SANCION TRAFICO 230403990770 MA0283C K1610103092127464 168,00 19-08-2003
MEDINA BARRENECHA JORGE JESÚS
PB/ SAN ANTONIO PASE 3 SN; BJ CEUTA
45110389Y SANCION TRAFICO 510040925585 3253BWT KI610103092461050 540,00 19-08-2003
MEDINA. MONTES GABRIEL
CL/ TT ARRABAL, 7 CEUTA
45110389Y SANCION TRAFICO 510040919329 3253BWT K1610103092461589 180,00 19-08-2003
MEDINA. MONTES GABRIEL
CL/ TT ARRABAL, 7 CEUTA
45110389Y SANCION TRAFICO 510040915324 3253BWT K1610103092464230 180,00 19-08-2003
MEDINA MONTES GABRIEL
CL/ TT ARRABAL, 7 CEUTA
45110389Y SANCION TRAFICO 510040917175 3253BWT K1610103092466715 180,00 19-08-2003
MEDINA MONTES GABRIEL
CL/ TT ARRABAL, 7 CEUTA
45110389Y SANCION TRAFICO 510040897309 3253BWT K1610103092466979 180,00 19-08-2003
MEDINA MONTES GABRIEL
CL/ TT ARRABAL, 7 CEUTA
45043862H SANCIONES LEY 27/92 MARINA MERCANTE M1703203550005749 360,00 06-08-2003
MERIDA RAMOS RAFAEL
CL/ REAL, 99; 5-E CEUTA
99011244Q SANCION TRAFICO 510040908198 C4496BB K1610103091898653 108,00 09-07-2003
MILUD MIZZIAN ABDESELAM
CL/ MARCELO ROLDAN, 5 CEUTA
45086423Y INFR. LO 1/92, ART. 26 H M2205003550005674 216,36 06-08-2003
MIMUND ALI HANUAR
BO/ PRINCIPE ALFONSO FUERTE, 8 CEUTA
45071301H SANCION TRAFICO 510040904703 CES874 K1610103092459895 1.500,00 19-08-2003
MIRANDA POSTIGO MARIA ANGELES
CL/ REAL, 11 CEUTA
45105178Q SANCION TRAFICO 510040915488 6600BCK K1610103092464405 540,00 19-08-2003
MIZZIAM MOHAMED KARIN
CL/ VICEDO MARTINEZ, 4 CEUTA
45104613.A SANCION TRAFICO 510040915191 6600RCK K1610102092464064 540,00 19-09-2003
MIZZIAN MOHAMED NORDIN
CL/ VICEDO MARTINEZ, 4 CEUTA
45089830D SANCION TRAFICO 519040910255 CE8542 K1610103092466440 360,61 19-08-2003
MOHAMED ABDEL LAH FARIDA
PO/ PRINCIPE AGR FUERTE, 225 CEUTA
3.158
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.775
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45079725R SANCION TRAFICO 510040956752 CE3587 K1610103092465846 108,00 19-08-2003
MOHAMED ABDEL-LAH NADIA
BO/ PRINCIPE FELIPE, 2; 2-C CEUTA
45090055G SANCION TRAFICO 510040939523 CE8214 K1610103092461666 108,00 19-08-2003
MOHAMED ABDESELAM ABDELKRIM
LG/ CORTIJO MORENO, 99999 CEUTA
45090055G SANCION TRAFICO 510040922950 CE1242 R1610103092465505 180,00 19-08-2003
MOHAMED ABDESELAM ABDELKRIM
LG/ CORTIJO MORENO, 99999 CEUTA
45102518R SANCION TRAFICO 510040929475 B 88491 K1610103092465230 540,00 19-08-2003
MOHAMED ABSELAM AMAR
CL/ NARVAEZ ALONSO, 10 CEUTA
4510251SR SANCION TRAFICO 510040929773 B 88491 K1610103092465660 540,00 19-08-2003
MOHAMED ABSELAM AMAR
CL/ NARVAEZ ALONSO, 10 CEUTA
45102512R SANCION TRAFICO 510040897036 B 88491 K1610103092466660 540,00 19-08-2003
MOHAMED ABSELAM AMAR
CLí NARVAEZ ALONSO, 10 CEUTA
45106372Z SANCION TRAFICO 510040944427 C1784BF K1610103092467276 180,00 19-08-2003
MOHAMED ACHOR YUNES
BO/ ROSALES JUNTO LA CARCEL, 1 CEUTA
45106012E SANCION TRAFICO 510040924490 CE9252 K1610103091902041 108,00 09-07-2003
MOHAMED AL LAL TARIK
CL/ HERMANOS LAHULET, 9 CEUTA
45106012E SANCION TRAFICO 510040939894 C9887BM K1610103092462062 72,00 19-08-2003
MOHAMED AL LAL TARIK
CL/ HERMANOS LAHULET, 9 CEUTA
45091683E SANCION TRAFICO 510040918180 4194BVW K1610103092459972 540,00 19-08-2003
MORAMED AL-LAL YUNES
BO/ PRINCIPE AGR. FUERTE, 143 CEUTA
45100701R SANCION TRAFICO 510040741530 2659BDV K1610103091899621 1.081,82 09-07-2003
MOHAMED ALI HOSSEIN
PB/ REGULARES CL B, 10 CEUTA
99011037Q SANCION TRAFICO 510040916110 8657BJY K1610103092465296 180,00 19-08-2003
MOHAMED ALI NORDIN
PB/ REGULARES CL E, 7 CEUTA
45107744Y INFR. LO 1/92, ART. 25,1 M2205003550005586 403,88 06-08-2003
MOHAMED BRAHIM BRAHIM
BO/ PRINCIPE FELIPE 24 A SN CEUTA
45078341C SANCION TRAFICO 510040916171 C4196BM R1610103092465373 1.202,40 19-08-2003
MOHAMED DRIS MOHAMED RABI
BO/ JUAN CARLOS I, 58-9 CEUTA
45091228G SANCION TRAFICO 510040905288 2607BBL K1610103092460786 180,00 19-08-2003
MOHAMED ENFED DAL JALIL
BO/ PRINCIPE ALFONSO AG NORTE, CEUTA
45091228G SANCION TRAFICO 510040902780 CE0097 K1610103092465395 540,00 19-08-2003
MOHAMED ENFEDDAL JALIL
HO/ PRINCIPE ALFONSO AG NORTE, CEUTA
45084534A SANCION TRAFICO 510040916675 CE7466 K1610103092466121 540,00 19-08-2003
MOHAMED HACHMI VILAL
BO/ JUAN CARLOS I, 35-7 CEUTA
45082637S SANCION TRAFICO 510040901167 9623BXX K1610103092463591 1.500,00 19-08-2003
MOHAMED LAHASEN YASMINA.
B0/ PRINCIPE FELIPE, 4; 3-A CEUTA
45077883E SANCION TRAFICO 510040911793 CE0033 K1610103092460490 540,00 19-08-2003
MOHAMED LAYACHI KARIM
BO/ BERMUDO SORIANO, 32 CEUTA
45106324N SANCION TRAFICO 110047337110 0267BRT K1610103091179100 72,00 09-07-2003
MORAMED MESAUD NAUGAN
PB/ REGULARES CL G, 1 CEUTA
99013926F SANCION TRAFICO 510040908952 CE5371 K1610103092464670 180,00 19-08-2003
MOHAMED MIZZIAN BIL-LAL
CL/ VICEDO MARTINEZ, 2 CEUTA
45092546B SANCION TRAFICO 510040934197 4813BVV K1610103091897784 72,12 09-07-2003
MOHAMED MIZZIAN MOHAMED
CL/ FÉRNANDEZ AMADOR, 22 CEUTA
3.159
3.775 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45099282P SANCION TRAFICO 510040913376 0309BRT K1610103092462360 540,00 19-08-2003
MOHAMED MOHAMED ABDESELAM
BO/ RENZU, 150 CEUTA
45092255L SANCION TRAFICO 510040922511 CE0542 K1610103092464878 540,00 19-08-2003
MOHAMED MOHAMED ENFEDDAL
CL/ CHILE, 10 CEUTA
49092295L SANCION TRAFICO 510040922523 CE0542 K1610103092464890 180,00 19-08-2003
MOHAMED MOHAMED ENFEDDAL
CL/ CHILE, 10 CEUTA
45084863X SANCION TRAFICO 510040955723 CE0499 K1610103092464493 72,00 19-08-2003
MOHAMED MOHAMED MOHAMED
CL/ LOPEZ UTOR, 15 CEUTA
75903893Y SANCIONES LEY 27/92 MARINA MERCANTE M1703203550005804 1.200,00 06-08-2003
MORAMED MORAMED MOHAMED
CL/ COLOMBIA, 16 CEUTA
45094426M SANCION TRAFICO 110047643063 C8222BL K1610103092015957 180,00 19-08-2003
MOHAMED MOHAMED SAID
CL/ TEJAR DE INGENIEROS, 39 CEUTA
45094426M SANCION TRAFICO 110047646416 C5705BM K1610103092016980 180,00 19-08-2003
MORAMED MOHAMED SAID
CL/ TEJAR DE INGENIEROS, 39 CEUTA
45090459V SANCION TRAFICO 110047274690 T 2925A K1610103092007553 180,00 19-08-2003
MOHAMED MOHAMED-ER-REHOUNY BAD
BR/ LOS ROSALES, 10 CEUTA
45104985X SANCION TRAFICO 510040874917 EX K1610103092463998 540,00 19-08-2003
MOHAMED MOHT.AR LAIACHI
CL/ REAL 94 SN CEUTA
45080732L SANCION TRAFICO 510040933521 CE6487 K1610103092462436 540,00 19-08-2003
MOHAMED NAYIB AL LAL MOHAMED H
CL/ PARAMO SARRASI, 22 CEUTA
45080732L SANCION TRAFICO 510040928641 CE6487 K1610103092464141 540,00 19-Ga~2003
MOHAMED NAYIB AL LAL MOHAMED H
CL/ PARAMO SARRASI, 22 CEUTA
45080732L SANCION TRAFICO 510040929300 CE6487 K1610103092464999 540,00 19-08-2003
MOHAMED NAYIB AL LAL MOHAMED H
CL/ PARAMO SARRASI, 22 CEUTA
45100340P SANCION TRAFICO 510040906852 CE0238 K1610103091897223 540,00 09-07-2003
MOHAMED PALAZON JAMAL
CL/ POB.REGULARES CASA HUERTA, CEUTA
45108425C SANCION TRAFICO 510040923114 C7411BG K1610103092465703 108,00 19-08-2003
MOHAMED ZURITA ISMAEL-ALEJANDR,
BO/ JUAN CARLOS I, 41; 2 CEUTA
X3190307T SANCION TRAFICO 510040900631 2754BWT K1610103092462964 540,00 19-08-2003
MOHAMED NASAR.
BOJ JUAN CARLOS I, 57-5 CEUTA
45107175N SANCION TRAFICO 510040913285 C9820BG K1610103092462315 180,00 19-08-2003
MOJTAR AHMED MOHAMED
BOJ JUAN CARLOS I, 42-9 CEUTA
49091222Z SANCION TRAFICO 510040918775 C2138BN K1610103092460885 180,00 19-08-2003
MOJTAR MOHAMED RACHID
CL/ CABRERIZAS BAJAS, 6 CEUTA
45088147M SANCION TRAFICO 510040744724 C8622BF K1610103092461116 721,21 19-08-2003
MORALES ALVAREZ CARMEN NIEVES
BR/ MANZANERA, 17; 5-iz CEUTA
45103185R SANCION TRAFICO 510040931561 7463BBD K1610103092459950 72,12 19-08-2003
MORENO NOYA FRANCISCO JAVIER
BOJ JUAN CARLOS I, 41; 1-1 CEUTA
45092222Y MULTA ART. 25,1 LEY ORGANICA. 1/92 M2205003290012039 360,72 06-08-2003
MORILLA BELLON OSCAR
CL/ MOLINO, 14, ESC. C CEUTA
75949209N SANCION TRAFICO 110047281141 B 2060M K1610103092009280 180,00 19-08-2003
MOTA SIERRA JESUS ANGEL
CR/ LOMA LARGA MONTESA 3 SN CEUTA
3.160
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.775
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45053564Z 100399 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506005718 61,31 27-08-2003
MUÑOZ CERVANTES J. LUIS AUT.S/I F/P MOD 130
CL/ ALC SANCHEZ PRADOS, 6; 6-E CEUTA
45107237M SANCION TRAFICO 510040923102 C7411BG K1610103092465681 108,00 19-08-2003
MUÑOZ SALAS ADAN
BO/ JUAN CARLOS 1, 59 CEUTA
4508756SK 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506006620 180,30 27-08-2003
MUÑOZ, TORMOS J. ANT. NO AT.REQ.DE.A/I MOD 180
GR/ JUAN XXIII, 5; 3-1 CEUTA
45087565K 100398 SANCIONES TRIBUTARIAS A5560003506006631 180,30 27-08-2003
MUÑOZ TORMOS J. ANT. NO AT.REQ.DE.A/I MOD 390
GR/ JUAN XXIII, 5; 3-I CEUTA
45085857S SANCION TRAFICO 510040934987 CE0943 K1610103092463877 540,00 19-08-2003
MUSTAFA ABDEL LAH KARIN
CL/ SOLDADO VALLE ALMAZAN, 2 CEUTA
45081348Z SANCION TRAFICO 510040957320 CE7755 K1610103092466650 108,00 19-08-2003
MUSTAFA AHMED ABDELMALIK
AV/ AFRICA PRESIDENTE, 25, ESC CEUTA
45092242Y SANCION TRAFICO 510040919330 CE8805 K1610103092461590 540,00 19-08-2003
MUSTAFA MOHAMED ABDELMALIK
BO/ PRINCIPE AG FUERTE, 167; B CEUTA
71343817W SANCION TRAFICO 110401935287 CA7228B K1610103092004650 240,00 19-08-2003
NOVO CALVO JAIME
CL/ NICARAGUA, 2; 4-B CEUTA
45108392X SANCION TRAFICO 510040907297 6710BLF K1610103092462920 180,00 19-08-2003
OCAÑA MARIN ANGELO
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 31 2-4 CEUTA
45096243M SANCION TRAFICO 510040858780 CARECE K1610103092461347 1.081,82 19-08-2003
OCAÑA RODRIGUEZ CRISTOBAL
LG/ VILLAJOVITA G.LUCAS, 13 CEUTA
X109945lM SANCION TRAFICO 510040933922 2018BW X1610103092462733 540,00 19-08-2003
OWUSU JOHN
CL/ LA LEGION, 4; 2-D CEUTA
45099759W SANCION TRAFICO 510040914848 C2983BN K1610103092463833 180,00 19-09-2003
PALANCO NUÑEZ ALEJANDRO
CL/ PEDRO DE MENESES, 3; 2-A CEUTA
45105634N SANCION TRAFICO 510040927107 CARECE K1610103092462623 1.202,40 19-08-2003
PARDAL SEDEÑO JUAN JOSE
CL/ CASTILLO HIDALGO, 1; 1-1 CEUTA
45076741F 100100 IRPP DECLARACION ORDINARIA A5560003106004061 352,64 27-08-2003
PAREJA HOLGADO GER. LIQUIDACION PROVISIONAL I.R.P.F
GR/ MIRAMAR, 4, ESC. A; 4-A CEUTA
40272689B SANCION TRAFICO 490401917800 GC4971B K1610103091873298 168,00 09-07-2003
PEÑA NANIN JESUS
CL/ PEDROSA, 13 CEUTA
45098350L SANCION TRAFICO 510040955516 CE3786 K1610103092464218 540,00 19-08-2003
PERALTA TORRECILLA JOSE
BO/ JUAN CARLOS I, 55-2 CEUTA
31728199X SANCION TRAFICO 110047040423 4395BVP K1610103092004220 180,00 19-08-2003
PEREZ BARRA JORGE
CR/ JARAL RING-7, SN CEUTA
31728199K SANCION TRAFICO 110047041804 C1495BM R1610103092004847 108,00 19-08-2003
PEREZ BARRERA JORGE
CR/ JARAL RING-7 SN CEUTA
45060435P SANCION TRAFICO 510040881004 CE9418 K1610103092463514 1.500,00 19-08-2003
PEREZ BLANCA MARIA DEL CARMEN
AV/ MADRID, 2; 2-DR CEUTA
45110695J SANCION TRAFICO 510040901192 C8760BM K1610103092463613 72,12 19-08-2003
PEREZ HERNANDEZ SENDA
CL/ ENRIQUE EL NAVEGANTE SN CEUTA
45081983M SANCION TRAFICO 510040916250 CE6525 K1610103092465494 540,00 19-08-2003
PEREZ MOHAMED JORGE
BO/ JUAN CARLOS I, 57; 3 CEUTA
45081983M SANCION TRAFICO 510040735700 C0431BJ K1610103092465934 721,21 19-08-2003
PEREZ MOHAMED JORGE
BO/ JUAN CARLOS I, 57; 3 CEUTA
3.161
3.775 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45105518B 100116 IRPF.RETENCIONES ING A CTA AR A5560003506004398 536,04 29-07-2003
PEREZ RGUEZ. M.ª DEL PILA L/A NO,ING.D(CR) MOD 180
CL/ CONVOY DE LA VICTORIA, 19 CEUTA
53136637J SANCION TRAFICO 190042014000 3871BJN K161D103092097060 72,00 19-08-2003
PLAZA JIMENEZ JORGE ALBERTO
VP/ LOMA LARGA MONTESA, 3 CEUTA
99014283L SANCION TRAFICO 510040918556 CE7124 K1610103092460577 180,00 19-08-2003
RABIA GUENNA
BO/ PPE FELIPE CARACOLAS, 1, E CEUTA
45099361H SANCION TRAFICO 510040918635 C2469BB K1610103092460676 180,00 19-08-2003
RACHID HAMIDO RAFID
CL/ CAPITAN CLAUDIO VAZQUEZ, 7 CEUTA
45099361H SANCION TRAFICO 510040926619 C1527BJ K1610103092462216 180,00 19-08-2003
RACHID HAMIDO HAFID
CL/ CAPITAN CLAUDIO VAZQUEZ, 7 CEUTA
45099361H SANCION TRAFICO 510040914150 C1453BC K1610103092463129 180,00 19-08-2003
RACHID HAMIDO HAFID
CL/ CAPITAN CLAUDIO VAZQUEZ, 7 CEUTA
45098875S SANCION TRAFICO 110047219496 CE9925 K1610103091993077 540,00 19-08-2003
RAMOS HERNANDEZ FRANCISCO JAVI
AV/ REYES CATOLICOS, 11 CEUTA
45070308Z SANCION TRAFICO S19040897038 CE4115 K1610103092462755 360,61 19-08-2003
RIOS POL SILVIA MARIA
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 36; 1-3 CEUTA
45047317T 100100 IRPP DECLARACION ORDINARIA A5500003106004248 1.276,20 27-02-2003
RIVERA GONZALEZ JOSE LIQUIDACION PROVISIONAL I.R.P.F.
CL SARGENTO MENA, 7; 3 CEUTA
45074353B SANCION TRAPICO 510040927788 C6494BJ K1610103092463393 180,00 19-08-2003
ROBLES CARRION MANUEL
PG/ VIRGEN DE AFRICA, 23; 5-1 CEUTA
31241119N SANCION TRAFICO 110047565143 CE9000 KI610103091996421 72,12 19-08-2003
ROMERO ESTUDILLO FRANCISCO JAV
LG/ ACTO RECARGA SN CEUTA
45017139K 100108 I.R.P.F. SANCIONES PARALELAS A5560003506004410 279,56 27-08-2003
RUIZ JIMENEZ ANTONIO L/A NO ING.DEU. MOD 101
CL/ FERNANDO EL SANTO, 1 CEUTA
45062456M SANCION TRAFICO 510040922948 CE4939 K1610103092465472 720,00 19-08-2003
RUIZ OLMO ANTONIO
CL/ FCO LERIA Y ORTIZ, 4-4 CEUTA
45061115K 100100 IRPP DECLARACION ORDINARIA A5560003106004215 363,04 27-08-2003
RUIZ RGUEZ. M. ANGEL LIQUIDACION PROVISIONAL I.R.P.F
CL/ SEVILLA, 3; AT CEUTA
45109153N SANCION TRAFICO 510040910673 CE7466 K1610103092466935 540,00 19-08-2003
SALAM EL BAYARI ZOUHAIR
CL/ NARVAEZ ALONSO, 5 CEUTA
25719391D 100103 IRPF RETENCION TRABAJO PERSON A5560003506004453 309,37 29-07-2003
SANZ CONCEPCION ALEJ. L/A NO.ING.D(CR) MOD 190
LG/ ANTIGUA ESTACION FERROCA, CEUTA
45097019E SANCION TRAFICO 110047129823 CE7744 K1610103091998588 252,00 19-08-2003
SERRANO OLIVA MANUEL
AV/ OTERO, 2, ESC. B; 3-B CEUTA
33509768X INFRA. LEY ORG.1/92 M2205003280051033 252,00 06-08-2003
SERRANO ORTIZ M CARMEN
CL/ ALFEREZ BAYTON, 3; 2 CEUTA
3509768X INFR. LEY ORG. 1/92 M22050032SO051044 432,00 06-08-2003
SERRANO ORTIZ M CARMEN
CL/ ALFEREZ BAYTON, 3; 2 CEUTA
45100962D SANCION TRAFICO 510040929451 CARECE K1610103092465197 180,00 19-08-2003
SOTO MONTERO FRANCISCO ANTONIO
CL/ FELIPE II, 42; 05-OD CEUTA
45077930T SANCION TRAFICO 510040915592 C6478BJ K1610103092464592 180,00 19-08-2003
SUFIAN SAID AHMED
CL/ MACHADO, 29 CEUTA
3.162
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.775
Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F. Prov. Apr.
45083069X SANCION TRAFICO 110401908399 CE9488 K1610103091997620 240,00 19-08-2003
TABARES ROJAS JESUS ANTONIO
BO/ MANZANERA, 13; 2-DR CEUTA
45090255C SANCION TRAFICO 510040931196 C1779BF K1610103092467474 108,00 19-08-2003
TAIEB HACHMI MUSTAFA
PB/ REGULARES CL B, 14 CEUTA
45086729J SANCION TRAFICO 510040953179 CE5794 K1610103092461886 540,00 19-08-2003
TAIEB MOHAMED MORAMED
CL/ ALMADRABA, 50 CEUTA
45082563X SANCION TRAFICO 510040952011 CE1372 K1610103092460544 540,00 19-08-2003
TAREK MOHAMED HACHMI
BO/ JUAN CARLOS I 35 SN CEUTA
45053347G SANCION TRAFICO 510040895982 CE6690 K1610103092465241 304,54 19-08-2003
TEMPRANO LOPERA ISABEL
CL/ DELGADO SERRANO, 1; 6-A CEUTA
B11962834 SANCION TRAFICO 180048893396 MA01535 K1610103092085026 180,00 19-02-2003
TRANSPORTES MANUEL CORBACHO SL
CL/ VELARDE, 5; A CEUTA
45092091Q SANCION TRAFICO 510040922687 CE7489 K1610103092465098 180,00 19-08-2003
VALENZUELA GUERRERO FRANCISCO
CL/ EL ESPAÑOLETO, 8 CEUTA
45074853M SANCION TRAFICO 510040922249 CE5645 K1610103092464526 360,00 19-08-2003
VAZQUEZ AVALO FERNANDO
BO/ JUAN CARLOS I, 49-11 CEUTA
45070073D SANCION TRAFICO 510040929864 CE0340 K1610103092465758 180,00 19-08-2003
VAZQUEZ FERNANDEZ FERNANDO
CL/ BENAVENTE, 4 CEUTA
74848595V SANCION TRAFICO 110047556440 M 05981 R1610103091994310 180,00 19-08-2003
VIVAR DIAZ SERGIO
CL/ TC GAUTIER ACTO G TABLAS CEUTA
25570866H SANCION TRAFICO 519040731040 4366BNZ K1610103092460709 360,61 19-08-2003
VIZCAINO MARTIN MARIA JOSE
PS/ ALCALDE SANCHEZ PRADOS, 5; CEUTA
RECURSOS
RECURSO DE REPOSICION ANTE EL ORGANO QUE HA DICTADO LA PROVIDENCIA DE APREMIO, EN EL PLAZO DE 15 DIAS A CONTAR DESDE EL SIGUIENTE AL DEL RECIBO DE ESTA NOTIFICACIÓN O RECLAMACIÓN ECONOMICO-ADMINISTRATIVA, ANTE EL TRIBUNAL COMPETENTE DE DICHA JURISDICCION, EN EL MISMO PLAZO, SIN QUE PUEDAN SIMULTANEARSE AMBOS RECURSOS.
MOTIVOS DE IMPUGNACIÓN
EL PROCEDIMIENTO DE APREMIO PODRA IMPUGNARSE POR LOS SIGUIENTES MOTIVOS (ART. 138-1 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA Y ART. 99.1 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION).
- PAGO O EXTINCION DE LA DEUDA.
- PRESCRIPCION
- APLAZAMIENTO
- FALTA DE NOTIFICACION DE LA LIQUIDACION O ANULACION O SUSPENSIÓN DE LA MISMA
- DEFECTO FORMAL EN EL TITULO EXPEDIDO PARA LA EJECUCION
SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
EL PROCEDIMIENTO DE APREMIO, AUNQUE SE INTERPONGA RECURSO, SOLAMENTE SE SUSPENDERA EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES SEÑALADOS EN EL ARTICULO 101 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION (R.D. 1.684/1990, DE 20 DE DICIEMBRE).
SOLICITUD DE APLAZAMIENTO
CONFORME ESTABLECE EL ARTICULO 48 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACIÓN, SE PODRÁ APLAZAR 0 FRACCIONAR EL PAGO DE LAS DEUDAS EN PERIODO EJECUTIVO. LA PRESENTACION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO 0 FRACCIONAMIENTO SE EFECTUARA EN LA DELEGACION 0 ADMINISTRACIONES DE LA A.E.A.T. DEL TERRITORIO EN QUE SE DEBA EFECTUAR EL PAGO,
3.163
3.775 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
LUGAR DE PAGO
EN LA ENTIDAD QUE PRESTA EL SERVICIO DE CAJA DE LA DELEGACIÓN ADMINISTRACION DE LA A.E.A.T.
INTERESES DE DEMORA
LAS CANTIDADES ADEUDADAS, EXCLUIDO EL RECARGO DE APREMIO, DEVENGARAN INTERESES DE DEMORA DESDE EL DIA SIGUIENTE AL VENCIMIENTO DE LA DEUDA EN PERIODO VOLUNTARIO HASTA LA FECHA DE SU INGRESO. EL TIPO DE INTERESE SE FIJARA DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 58 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA Y 36 DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA, SEGUN SE TRATE DE DEUDAS TRIBUTARIAS 0 NO TRIBUTARIAS RESPECTIVAMENTE.
COSTAS
EN CASO DE PRODUCIRSE COSTAS EN EL PROCEDIMIENTO, LA ADMINISTRACION REPERCUTIRA. SU IMPORTE AL DEUDOR, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 153 Y 157 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION.
PLAZOS PARA EFECTUAR EL INGRESO
(ART. 108 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION).
A) RECIBIDA LA NOTIFICACIÓN ENTRE LOS DIAS 1 Y 15 DE CADA MES, HASTA EL 20 DE DICHO MES, 0 INMEDIATO HABIL POSTERIOR.
B) RECIBIDA LA NOTIFICACION ENTRE LOS DIAS 16 Y ULTIMO DE CADA MES, HASTA EL 5 DEL MES SIGUIENTE, 0 INMEDIATO HABIL POSTERIOR.
PERSONACIÓN DEL INTERESADO
SE ADVIERTE AL DEUDOR QUE PUEDE COMPARECER, POR SI MISMO 0 POR MEDIO DE REPRESENTANTE, EN EL EXPEDIENTE EJECUTIVO QUE SE LE SIGUE. TRANSCURRIDOS OCHO DIAS DESDE LA PUBLICACION DE ESTE ANUNCIO, SIN PERSONARSE EL INTERESADO, SE LE TENDRA POR NOTIFICADO DE TODAS LAS SUCESIVAS DILIGENCIAS
HASTA QUE FINALICE LA SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SIN PERJUICIO DEL DERECHO QUE LE ASISTE A COMPARECER.
POR EL PRESENTE EDICTO, Y DEBIDO A QUE LOS DEUDORES COMPRENDIDOS EN LA RELACION QUE A CONTINUACIÓN SE INSERTA, NO HAN PODIDO SER HALLADOS EN LOS DOMICILIOS QUE FIGURAN EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA 0 QUE SE HAN ALEGADO DISTINTAS CAUSAS PARA NO RECIBIR LAS NOTIFICACIONES POR LAS PERSONAS QUE LA LEGISLACION AUTORIZA PARA HACERSE CARGO DE ELLAS, SE LES HACE SABER QUE:
SE NOTIFICA DEUDOR(ES) AL 103 REGLAMENTO DE RECAUDACION (REAL DECRETO 1624/1990 DE 20 DE DICIEMRRE, HABIENDO SATISFECHO LA DEUDA UNA VEZ INICIADO EL PERIODO EJECUTIVO Y DE HABERSE NOTIFICADO LA CORRESPONDIENTE PROVIDENCIA DE APREMIO EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 127 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA, EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION HA ACORDADO:
EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 100, 106 Y 169 DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION, LIQUIDO EL RECARGO DE APREMIO POR EL 10% DEL IMPORTE DE LA DEUDA INGRESADA EN PERIODO EJECUTIVO Y DICTO PROVIDENCIA DE APREMIO PARA QUE SE PROCEDA EJECUTIVAMENTE CONTRA EL PATRIMONIO O GARANTIAS DEL (LOS) DEUDOR(ES), EN CASO DE NO PRODUCIRSE EL INGRESO DE DICHO RECARGO EN LOS PLAZOS SEÑALADOS EN EL ARTICULO 108 DEL CITADO REGLAMENTO.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACIÓN.- Fdo.: José Antonio Pérez Tinoco.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.776.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 17 de la Ley 39/1988 de Haciendas Locales, el Pleno de la Asamblea de la Ciudad, en sesión celebrada el día 3 de noviembre de 2003, aprobó provisionalmente la modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos locales.
El expediente con el acuerdo de referencia se hallan expuestos al público en la Consejería de Economía y Hacienda (Edificio Ceuta - Center / Intervención - Negociado de Gestión Tributaria) a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puedan examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Plazo de exposición al público y de presentación de reclamaciones: 30 días contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
En el supuesto de que en el plazo previsto no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo provisional.
En Ceuta a 3 de noviembre de 2003.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Ministerio de Defensa
Comandancia General de Ceuta
3.777.- D. RAMON SANCHEZ PARIS, Instructor del Negociado de Expedientes Administrativos núm. 17 de Ceuta.
Hace saber: Que no habiéndose podido efectuar la notificación reglamentaria a D. ALIA AHMED MOHAMED, provisto de D.N.I. Nº 45.095.716 de conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99 de 13 de Enero, que en el expte. Nº 07/03 (02/1013/03), que se le instruye por la presunta falta de "Construcción sin Autorización", por el presente se le notifica en relación con el expediente que me encuentro tramitando el Pliego de Cargos que sigue:
3.164
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.778
Visto el expediente nº 07/03 (02/1013/03)
seguido en este Negociado de Expedientes Administrativos a D.ª
ALIA AHMED MOHAMED con Documento Nacional de
Identidad Nº 45.095.716 con domicilio para notificaciones en
BDA. Príncipe Alfonso, C/ Central Nº 12, a consecuencia de Acta
de Infracción formulada por la Patrulla de Vigilancia de
Parcelas, y tenido en cuenta las actuaciones previas realizadas y
los informes y pruebas que obran en el expediente, en cuanto
Instructor del procedimiento sancionador mencionado,
procedo a formular el siguiente
PLIEGO DE CARGOS
PRIMERO: Por la encartado, se ha realizado una obra sita en Parcela " J ", en terreno de propiedad CIUDAD AUTONOMA y DENTRO de Zona de Seguridad, consistente en:
" La demolición de una barraca de chapa y madera y en su lugar la construcción de una vivienda de dos plantas, toda ella de mampostería, de una superficie aproximada de 26 m2". sin la preceptiva Autorización Administrativa, prevista en la Ley 8/75, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, infringiendo los artículos 60 y 75 y ss. del Real Decreto 689/78 de 10 de Febrero, que desarrolla dicha Ley, y en concordancia con el artículo 1.2 del Real Decreto 374/89 de 31 de Marzo.
SEGUNDO: Que por Diligencia de Notificación de fecha 21-07-03 se le notifica, mediante entrega de su texto integro, el acuerdo de incoación de expediente sancionador, de fecha 08-07-03 ( Folios 5 a 8), indicándole que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, dispone de un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones estime conveniente, y en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretende valerse. (Folios 14 a 19).
Asimismo, se le comunica mediante la entrega de su texto íntegro, el acuerdo de suspensión Temporal de la Ejecución de la obra, de fecha 08-07-03. (Folio 14).
TERCERO: Los hechos denunciados pueden ser constitutivos de una infracción administrativa, y así están tipificados en los artículos 9 y 29 de la Ley 8/75, de 12 de marzo- y en los artículos 6 y 60 del Reglamento de 10 de febrero de 1.978, que la desarrolla.
CUARTO: Conforme al artículo 15 del Real Decreto 1398/1993 de 4 de Agosto, fueron tomadas las siguientes medidas de carácter provisional, acordadas por el Excmo. Sr. Comandante General de Ceuta:
Con fecha 08-09-03, se acuerda la Suspensión Temporal de la Ejecución de las obras.
QUINTO: Conforme a los artículos 6 de la Ley 8/75, de 12 de Marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional y el artículo 30 de la Ley 37/88, de 28 de Diciembre por la que se modifica la anterior Ley de Zonas, así como por su Reglamento de Ejecución aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de Febrero, la competencia para la resolución del presente expediente, corresponde al Excmo. Sr. Comandante General de Ceuta.
SEXTO: Para la infracción cometida, y según el
artículo 30 régimen sancionador establecido en la Ley 8/75,
de 12 de marzo, Reglamento de 10 de febrero de 1.978 y 31
de marzo, por el que se modifican la cuantía establecida en
la legislación anterior, puede imponerse una multa
de hasta DOS MILLONES Y MEDIO (2.500.000) pesetas., por el
Excmo. Sr. Comandante General de Ceuta; el Excmo. Sr. Ministro
de Defensa a propuesta de dichas Autoridades podrá
imponer multas de hasta DIEZ MILLONES (10.000.000) de
pesetas;
el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio
correspondiente, podrá imponer multas de hasta CINCUENTA
MILLONES (50.000.000) de pesetas.
Conforme al artículo 6 del Real Decreto 1398/1993 de 4 de Agosto, será sancionable como infracción continuada, la realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejante precepto administrativo en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión.
SÉPTIMO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, el interesado podrá promover recusación del Sr. Instructor y Secretario en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
Significándole a dichos efectos, que el Excmo. Sr. Comandante General de Ceuta, ha designado Instructor del presente Expediente al Comandante Instructor de Expedientes Administrativos de esta Plaza, DON RAMON SANCHEZ PARIS, y como Secretario que le auxilie en la tramitación del mismo, actuará el Subteniente de Artillería DON MARIO ENCINAS MIGUEL.
OCTAVO: Que conforme al artículo 8 del Real Decreto 1398/1993 de 4 de Agosto, el interesado podrá reconocer su responsabilidad así como el pago voluntario en cualquier momento anterior a la resolución, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
NOVENO: Que la valoración efectuada por el Comandante Ingeniero Jefe de la Comandancia de Obras de esta Plaza, de la obra realizada, por el expedientado, asciende a un TOTAL de: ONCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y DOS (11.796,62) E (Folio 20).
DÉCIMO: Notifíquese este Pliego de Cargos al encartado, con la indicación de que, de conformidad con lo dispuesto en la legislación reguladora de este procedimiento sancionador y en el Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, del Procedimiento Administrativo Sancionador de las Administraciones Públicas, puede contestarlo en un plazo que no exceda de ocho días, igualmente en el mismo plazo conforme al artículo 3 del Real Decreto 1398/1993 de 4 de Agosto, puede tomar audiencia y vista del expediente, obtener copias de los documentos contenidos en el mismo, proponer pruebas y alegar cuanto tenga por conveniente en orden a la mejor defensa de su derecho.
Transcurrido el plazo anteriormente citado y vistas las alegaciones que fueran presentadas, por este Instructor se dictará la Propuesta de Resolución que corresponda.
Ceuta, a 29 de octubre de 2003.- EL INSTRUCTOR.- Fdo.: Ramón Sánchez París.
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Notificación
3.778.- El artículo 105 de la Ley General Tributaria en su redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria la misma se hará por medio de edictos en el B.O.CE., así como en los lugares destinados al efecto en la Delegación del último domicilio conocido.
No habiendo sido posible la práctica de la notificación, por el presente edicto se hace saber a D. Ahmed Mohamed Said con N.I.F. 45113258T, que:
Con fecha 12 de agosto de 2003, se ha dictado por el presente edicto se hace saber a D. Ahmed Mohamed Said con N.I.F. 45113258T, que:
3.165
3.778 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Con fecha 12 de agosto de 2003, se ha dictado por
el Delegado de la A.E.A.T. en Ceuta, Acuerdo estimatorio de
la solicitud de aplazamiento de pago de la
Liquidación M2205002550007610 (expediente n.º 550340000347R).
Se le informa que dispone de un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación para efectuar el ingreso de los plazos concedidos que hubieran vencido o vencieran en este plazo.
Se advierte al interesado que contra el presente acuerdo podrá interponer en caso de disconformidad, en el plazo de quince días siguientes a la fecha de su notificación de algunos de los siguientes recursos, sin que puedan simultanearse:
a) Recurso de Reposición ante el órgano que lo ha practicado, según lo establecido en el R.D. 2244/1979.
b) Reclamación Económico-Administrativa ante el TEAL de Ceuta, según lo establecido en el R.D. 391/1996.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, n.º 12, en el plazo de 10 días desde la publicación.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, a 27 de octubre de 2003.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACIÓN.- Fdo.: José A. Pérez Tinoco.
3.779.- El artículo 105 de la Ley General Tributaria en su redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria la misma se hará por medio de edictos en el B.O.CE., así como en los lugares destinados al efecto en la Delegación del último domicilio conocido.
No habiendo sido posible la práctica de la notificación, por el presente edicto se hace saber a D. Abdel Lah Habib Nora con N.I.F. 45080794N, que:
Con fecha 22 de julio de 2003, se ha dictado por el Delegado de la A.E.A.T. en Ceuta, Acuerdo estimatorio de la solicitud de aplazamiento de pago de la Liquidación K1610102086711910 (expediente n.º 550340000319L).
Se le informa que dispone de un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación para efectuar el ingreso de los plazos concedidos que hubieran vencido o vencieran en este plazo.
Se advierte al interesado que contra el presente acuerdo podrá interponer en caso de disconformidad, en el plazo de quince días siguientes a la fecha de su notificación de algunos de los siguientes recursos, sin que puedan simultanearse:
a) Recurso de Reposición ante el órgano que lo ha practicado, según lo establecido en el R.D. 2244/1979.
b) Reclamación Económico-Administrativa ante el TEAL de Ceuta, según lo establecido en el R.D. 391/1996.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, n.º 12, en el plazo de 10 días desde la publicación.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, a 27 de octubre de 2003.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACIÓN.- Fdo.: José A. Pérez Tinoco.
3.780.- El artículo 105 de la Ley General Tributaria en su redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria la misma se hará por medio de edictos en el B.O.CE., así como en los lugares destinados al efecto en la Delegación del último domicilio conocido.
No habiendo sido posible la práctica de la notificación, por el presente edicto se hace saber a D. Javier López Espinosa con N.I.F.: 45.080.430Q, que:
Con fecha 22 de agosto de 2003, se ha dictado por el Delegado de la A.E.A.T. en Ceuta, Acuerdo estimatorio de la solicitud de aplazamiento de pago de la Liquidación C1500003200097754 (expediente n.º 550340000317V).
Se le informa que dispone de un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación para efectuar el ingreso de los plazos concedidos que hubieran vencido o vencieran en este plazo.
Se advierte al interesado que contra el presente acuerdo podrá interponer en caso de disconformidad, en el plazo de quince días siguientes a la fecha de su notificación de algunos de los siguientes recursos, sin que puedan simultanearse:
a) Recurso de Reposición ante el órgano que lo ha practicado, según lo establecido en el R.D. 2244/1979.
b) Reclamación Económico-Administrativa ante el TEAL de Ceuta, según lo establecido en el R.D. 391/1996.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, n.º 12, en el plazo de 10 días desde la publicación.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, a 27 de octubre de 2003.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACIÓN.- Fdo.: José A. Pérez Tinoco.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.781.- La Excma. Sra. Consejera de Fomento, D.ª Elena M.ª Sánchez Villaverde, por su Decreto de fecha 22-08-03, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
Consta en el expediente de referencia informe
técnico nº 1.488/ 03 que dice: «... A requerimiento del Servicio
de Extinción de Incendios (Bombero) se ha girado visita de
inspección a la barriada O'Donnell, bloque nº 16 (Casa
Blanco C/ Capitán Ramos presente) frente al portal nº 2 de la C/
Pedro de Alvarado, observándose: Que la fachada del edificio en
su parte central superior presenta una grieta en dirección
diagonal de un metro de longitud. Así mismo en una franja de
1x7 metros el enfoscado de la fachada dado sobre ladrillo
macizo no se encuentra, dejando el ladrillo al aire libre.- como
quiera
3.166
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.782
que existe peligro de desprendimiento de dicho
paramento superior se deberá comunicar a los propietarios del edificio
su reparación en el plazo de 20 días.- El presupuesto
estimativo incluido el picado de enfoscado deteriorado, rejuntado
y grapado de la grieta, vuelta a reponer el enfoscado de
cemento y pintado con proyecto de andamios y seguridad asciende
a 6.000 E..-El Servicios de Extinción de Incendios y
Salvamento el día 18 de agosto de 2.003 comunica que personado
el Servicio el día 14 de agostos de 2.003 se pudo comprobar
que la cornisa del edificio denominado General Ramos
Presente, tiene una grieta de varios centímetros de anchura.- Se
procedió a acceder a la cubierta por la trampilla del bloque nº
18 para comprobar el estado de la citada cornisa, observando
que la misma presenta buena solidez, sin que pro el momento
existe riesgos de desprendimiento, por lo que el Servicio se
limitará a retirar varios vierteaguas que se encontraban sueltos.
Sería conveniente por el Servicio Técnico se iniciara el
correspondiente expediente de obras para reparar la cornisa lo antes
posible.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
1º.- El art. 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta indica que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre Régimen Local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.- 2º.- En virtud del art. 19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones, los propietarios de toda clase de terrenos y construcciones deberán destinarlos a usos que no resulten incompatibles con el planeamiento urbanístico y mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. El coste de las obras necesarias en virtud de lo dispuesto anteriormente se sufragará por los propietarios o por la Administración, en los términos que establezca la legislación aplicable, procediendo en otro caso la ejecución subsidiaria, previa tramitación de expediente sancionador, según art. 10.3 del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio.- 3º.- El art. 181 del Real Decreto Legislativo 1346/1976, de 9 de abril, señala que los Ayuntamientos ordenarán, de oficio o a instancia de cualquier interesado, la ejecución de las obras necesarias para conservar aquellas condiciones. De la misma forma el art. 10 del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio.- 4º.- Conforme al art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, instruidos los procedimientos e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrán a los interesados, en su caso, a los representantes. Los interesados, en una plazo no inferior a 10 días ni superior a 15, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.- 5º.- Competente la Consejera de Fomento en virtud del Decreto de 18-06-03 de reestructuración de Consejerías.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se inicia procedimiento de orden de ejecución relativo a la reparación del paramento superior del edificio sito en la Barriada O'Donnel, Bloque nº 16 (Casa Blanco, C/ Capitán Ramos Presente, frente el Portal nº 2 de la C/ Pedro de Alvarado), ante la obligación de los propietarios de mantener las construcciones en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.- 2º.- Se concede a los interesado un plazo de 10 días para que presente, en su acaso, alegaciones, documentos y justificaciones pertinentes.»
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D.ª Africa Cózar Ferrer según lo dispuesto en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta , 24 de octubre de 2003.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.
3.782.- No habiéndose podido practicar la notificación del traslado de decreto sobre solicitud de fraccionamiento de pago del expediente de apremio nº 769 a D. MOHAMED AL-LUCH BUYEMAA con NIF: 45.096.928T, se publica este anuncio de acuerdo con lo establecido en el articulo 59.4 de la Ley 30/92 de 27 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 27 de octubre de 2003., LA SECRETARIA GENERAL, M.ª Dolores Pastilla Gómez.
Pongo en su conocimiento que el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad de Ceuta en su Decreto del día de la fecha, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
D. MOHAMED AL-LUCH BUYEMA, con DNI. Núm. 4509692ST, solicita el fraccionamiento del pago de la deuda que tiene contraída con la Recaudación Ejecutiva de la Ciudad Autónoma de Ceuta, los expedientes núm. 769, por importe de 729,44 E de principal, 145,89 E en concepto de recargo de apremio y 232,52 E. por importe del interés devengado desde la fecha de vencimiento del período voluntario.
En el expediente se acredita documentalmente que la situación económico-financiera del deudor le impide, transitoriamente, hacer frente al pago de la deuda de referencia.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El art. 34.5) de la Ordenanza Fiscal General, de 30 de diciembre de 1998, según el cual la Ciudad de Ceuta podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas tributarias, siempre que la situación económico-financiera del deudor le impida, transitoriamente, hacer frente a su pago en tiempo.
Las deudas aplazadas deberán garantizarse en los términos previstos en la normativa recaudatoria, excepto en los casos siguientes:
a) Cuando las deudas sean inferiores a 3.005,06 E.
b) Cuando el deudor carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda, y la ejecución de su patrimonio afectara sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica respectiva, o bien produjera graves quebrantos para los intereses de la Hacienda de la Ciudad de Ceuta.
Por lo que se refiere a la competencia, el apartado 6' del citado precepto dispone que corresponde al Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad de Ceuta la facultad para acordar el otorgamiento o denegación de las solicitudes sobre fraccionamiento o aplazamiento del pago de deudas tributarias, salvo cuando el importe que pretenda fraccionarse o aplazarse sea superior a 50 millones de pesetas, en cuyo caso dicha competencia recaerá en el Consejo de Gobierno de la mencionada Ciudad.
Asimismo, es de aplicación lo establecido en el Capítulo VII del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
3.167
3.782 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
En relación con el tipo de interés devengado por las cantidades aplazadas o fraccionadas, la Disposición Adicional 6' de
la Ley 5212002, de presupuestos Generales del Estado, para el año 2.003 lo fija en un 5,50 %.
No obstante, a los pagos aplazados cuyo vencimiento se produzca a partir del l' de Enero del año 2.004, les será aplicable el interés de demora que al efecto establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho año.
PARTE DISPOSITIVA
Conforme a los fundamentos jurídicos que anteceden, se accede a lo solicitado fraccionando el pago de la deuda en los vencimientos que figuran en el anexo.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, significándole que contra la presente resolución podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, conforme autorizan los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 14 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, pudiendo, asimismo, ejercitar cualesquiera otros recursos que estime convenientes a su derecho.
Ceuta, a 19 de septiembre de 2003.- EL/LA SECRETARIO/A GENERAL
ANEXO
N.º de Venc. Inicio Venc. Principal Recargo Interés T. Euros
1 22-ago-03 05-10-03 38,39 7,68 12,54 58,61
2 05-11-03 38,39 7,68 12,75 58,82
3 05-12-03 38,39 7,68 12,96 59,03
4 05-01-04 38,39 7,68 13,17 59,24
5 05-02-04 38,39 7,68 13,38 59,45
6 05-03-04 38,39 7,68 13,58 59,65
7 05-04-04 38,39 7,68 13,79 59,86
8 05-05-04 38,39 7,68 13,99 60,06
9 05-06-04 38,39 7,68 14,21 60,28
10 05-07-04 38,39 7,68 14,41 60,48
11 05-08-04 38,39 7,68 14,62 60,69
12 05-09-04 38,39 7,68 14,84 60,91
13 05-10-04 38,39 7,68 15,04 61,11
14 05-11-04 38,39 7,68 15,25 61,32
15 05-12-04 38,39 7,68 15,46 61,53
16 05-01-05 38,39 7,68 15,67 61,74
17 05-02-05 38,39 7,68 15,88 61,95
18 05-03-05 38,39 7,68 16,07 62,14
19 05-04-05 38,39 7,68 16,29 62,36
729,44 145,89 273,90 1.149,23
3.783.- No habiéndose podido practicar la notificación del traslado del decreto sobre solicitud de fraccionamiento de pago del expediente de apremio nº 12.212 a D. ABDESELAM MOHAMED ABDESELAM con NIF: 45.101.5786, se publica este anuncio de acuerdo con lo establecido en el articulo 59.4 de la Ley 30/92 de 27 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 27 de octubre de 2003, LA SECRETARIA GENERAL, M.ª Dolores Pastilla Gómez.
Pongo en su conocimiento que el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad de Ceuta en su Decreto del día de la fecha, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
D. ABDESELAM MOHAMED ABDESELAM, con DNI. Núm. 45101578G, solicita el fraccionamiento del pago de la deuda que tiene contraída con la Recaudación Ejecutiva de la Ciudad Autónoma de Ceuta, los expedientes núm. 12212, por importe de 596,92 £ de principal, 119,38 E. en concepto de recargo de apremio y 125,88 E por importe del interés devengado desde la fecha de vencimiento del período voluntario.
En el expediente se acredita documentalmente que la situación económico-financiera del deudor le impide, transitoriamente, hacer frente al pago de la deuda de referencia.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El art. 34.5) de la Ordenanza Fiscal General, de 30 de diciembre de 1998, según el cual la Ciudad de Ceuta podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas tributarias, siempre que la situación económico-financiera del deudor le impida, transitoriamente, hacer frente a su pago en tiempo.
Las deudas aplazadas deberán garantizarse en los términos previstos en la normativa recaudatoria, excepto en los casos siguientes:
3.168
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.784
a) Cuando las deudas sean inferiores a 3.005,06 E.
b) Cuando el deudor carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda, y la ejecución de su patrimonio afectara sustancíalmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica respectiva, o bien produjera graves quebrantos para los intereses de la Hacienda de la Ciudad de Ceuta.
Por lo que se refiere a la competencia, el apartado 6' del citado precepto dispone que corresponde al Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad de Ceuta la facultad para acordar el otorgamiento o denegación de las solicitudes sobre fraccionamiento o aplazamiento del pago de deudas tributarias, salvo cuando el importe que pretenda fraccionarse o aplazarse sea superior a 50 millones de pesetas, en cuyo caso dicha competencia recaerá en el Consejo de Gobierno de la mencionada Ciudad.
Asimismo, es de aplicación lo establecido en el Capítulo VII del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. -
En relación con el tipo de interés devengado por las cantidades aplazadas o fraccionadas, la Disposición Adicional 6' de la Ley 52/2002, de presupuestos Generales del Estado, para el año 2.003 lo fija en un 5,50 %.
No obstante, a los pagos aplazados cuyo vencimiento se produzca a partir del l' de Enero del año 2.004, les será aplicable el interés de demora que al efecto establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho año.
PARTE DISPOSITIVA
Conforme a los fundamentos jurídicos que anteceden, se accede a lo solicitado fraccionando el pago de la deuda en los vencimientos que figuran en el anexo.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, significándole que contra la presente resolución podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, conforme autorizan los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 14 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, pudiendo, asimismo, ejercitar cualesquiera otros recursos que estime convenientes a su derecho.
Ceuta, 19 de septiembre de 2003.- EL/LA SECRETARIO/A GENERAL
ANEXO
N.º de Venc. Inicio Venc. Principal Recargo Interés T. Euros
1 16-sep-03 05-10-03 20,58 4,12 4,41 29,11
2 05-11-03 20,58 4,12 4,52 29,22
3 05-12-03 20,58 4,12 4,63 29,33
4 05-01-04 20,58 4,12 4,75 29,45
5 05-02-04 20,58 4,12 4,86 29,56
6 05-03-04 20,58 4,12 4,97 29,67
7 05-04-04 20,58 4,12 5,08 29,78
8 05-05-04 20,58 4,12 5,19 29,89
9 05-06-04 20,58 4,12 5,30 30,00
10 05-07-04 20,58 4,12 5,41 30,11
11 05-08-04 20,58 4,12 5,53 30,23
12 05-09-04 20,58 4,12 5,64 30,34
13 05-10-04 20,58 4,12 5,75 30,45
14 05-11-04 20,58 4,12 5,87 30,57
15 05-12-04 20,58 4,12 5,98 30,68
16 05-01-05 20,58 4,12 6,09 30,79
17 05-02-05 20,58 4,12 6,20 30,90
18 05-03-05 20,58 4,12 6,31 31,01
19 05-04-05 20,58 4,12 6,42 31,12
20 05-05-05 20,58 4,12 6,53 31,23
21 05-06-05 20,58 4,12 6,64 31,34
22 05-07-05 20,58 4,12 6,75 31,45
23 05-08-05 20,58 4,12 6,87 31,57
24 05-09-05 20,58 4,12 6,98 31,68
25 05-10-05 20,58 4,12 7,09 31,79
26 05-11-05 20,58 4,12 7,20 31,90
27 05-12-05 20,58 4,12 7,31 32,01
28 05-01-06 20,58 4,12 7,43 32,13
29 05-02-06 20,58 4,12 7,54 32,24
596,92 119,38 173,26 889,56
3.784.- No habiéndose podido practicar la notificación del traslado de decreto sobre solicitud de fraccionamiento de pago del expediente de apremio nº 14.678 a D.ª ERHIMO MESAUD AHMED con NIF: 45.084.43812, se publica este anuncio de acuerdo con lo establecido en el articulo 59.4 de la Ley 30/92 de 27 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.169
3.784 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
Ceuta, 27 de octubre de 2003.- LA SECRETARIA GENERAL, M.ª Dolores Pastilla Gómez.
Pongo en su conocimiento que el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad de Ceuta en su Decreto del día de la fecha, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
D.ª ERHIMO MESAUD AHMED, con DNI. Núm. 45084438E, solicita el fraccionamiento del pago de la deuda que tiene contraída con la Recaudación Ejecutiva de la Ciudad Autónoma de Ceuta, los expedientes núm. 14678, por importe de 732,38 E de principal, 146,48 E. en concepto de recargo de apremio y 246,58 E por importe del interés devengado desde la fecha de vencimiento del período voluntario.
En el expediente se acredita documentalmente que la situación económico-financiera del deudor le impide, transitoriamente, hacer frente al pago de la deuda de referencia.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El art 34.5) de la Ordenanza Fiscal General, de 30 de diciembre de 1998, según el cual la Ciudad de Ceuta podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas tributarias, siempre que la situación económico-financiera del deudor le impida, transitoriamente, hacer frente a su pago en tiempo.
Las deudas aplazadas deberán garantizarse en los términos previstos en la normativa recaudatoria, excepto en los casos siguientes:
a) Cuando las deudas sean inferiores a 3.005,06 E.
b) Cuando el deudor carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda, y la ejecución de su patrimonio afectara sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica respectiva, o bien produjera graves quebrantos para los intereses de la Hacienda de la Ciudad de Ceuta.
Por lo que se refiere a la competencia, el apartado 60 del citado precepto dispone que corresponde al Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad de Ceuta la facultad para acordar el otorgamiento o denegación de las solicitudes sobre fraccionamiento o aplazamiento del pago de deudas tributarias, salvo cuando el importe que pretenda fraccionarse o aplazarse sea superior a 50 millones de pesetas, en cuyo caso dicha competencia recaerá en el Consejo de Gobierno de la mencionada Ciudad.
Asimismo, es de aplicación lo establecido en el Capítulo VII del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En relación con el tipo de interés devengado por las cantidades aplazadas o fraccionadas, la Disposición Adicional 6' de la Ley 52/2002, de presupuestos Generales del Estado, para el año 2.003 lo fija en un 5,50 %.
No obstante, a los pagos aplazados cuyo vencimiento se produzca a partir del 1º de Enero del año 2.004, les será aplicable el interés de demora que al efecto establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho año.
PARTE DISPOSITIVA
Conforme a los fundamentos jurídicos que anteceden, se accede a lo solicitado fraccionando el pago de la deuda en los vencimientos que figuran en el anexo.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, significándole que contra la presente resolución podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, conforme autorizan los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 14 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, pudiendo, asimismo, ejercitar cualesquiera otros recursos que estime convenientes a su derecho.
Ceuta, a 19 de septiembre.- EL/LA SECRETARIO/A GENERAL.
ANEXO
N.º de Venc. Inicio Venc. Principal Recargo Interés T. Euros
1 12-ago-03 05-10-03 18,78 3,76 6,50 29,04
2 05-11-03 18,78 3,76 6,61 29,14
3 05-12-03 18,78 3,76 6,71 29,24
4 05-01-04 18,78 3,76 6,81 29,35
5 05-02-04 18,78 3,76 6,91 29,45
6 05-03-04 18,78 3,76 7,01 29,55
7 05-04-04 18,78 3,76 7,12 29,65
8 05-05-04 18,78 3,76 7,22 29,75
9 05-06-04 18,78 3,76 7,32 29,85
10 05-07-04 18,78 3,76 7,42 29,95
11 05-08-04 18,78 3,76 7,52 30,06
12 05-09-04 18,78 3,76 7,63 30,16
13 05-10-04 18,78 3,76 7,73 30,26
14 05-11-04 18,78 3,76 7,83 30,37
15 05-12-04 18,78 3,76 7,93 30,47
3.170
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.786
N.º de Venc. Inicio Venc. Principal Recargo Interés T. Euros
16 05-01-05 18,78 3,76 8,03 30,57
17 05-02-05 18,78 3,76 8,14 30,67
18 05-03-05 18,78 3,76 8,23 30,77
19 05-04-05 18,78 3,76 8,34 30,87
20 05-05-05 18,78 3,76 8,44 30,97
21 05-06-05 18,78 3,76 8,54 31,07
22 05-07-05 18,78 3,76 8,64 31,17
23 05-08-05 18,78 3,76 8,74 31,28
24 05-09-05 18,78 3,76 8,85 31,38
25 05-10-05 18,78 3,76 8,95 31,48
26 05-11-05 18,78 3,76 9,05 31,59
27 05-12-05 18,78 3,76 9,15 31,69
28 05-01-06 18,78 3,76 9,26 31,79
29 05-02-06 18,78 3,76 9,36 31,89
30 05-03-06 18,78 3,76 9,45 31,99
31 05-04-06 18,78 3,76 9,56 32,09
32 05-05-06 18,78 3,76 9,66 32,19
33 05-06-06 18,78 3,76 9,76 32,30
34 05-07-06 18,78 3,76 9,86 32,40
35 05-08-06 18,78 3,76 9,96 32,50
36 05-09~06 18,78 3,76 10,07 32,60
37 05-10-06 18,78 3,76 10,17 32,70
38 05-11-06 18,78 3,76 10,27 32,81
39 05-12-06 18,78 3,76 10,37 32,91
732,38 146,48 329,11 1207,97
3.785.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar el acto cuyo interesado/s y concepto/s tributario/s se especifican, a continuación:
Apellidos y Nombre o razón social: ABDELNEBI HADDU ABSELAM
N.I.F.: 45080813P
Concepto Tributario: Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Acto: Traslado de Decreto.
En virtud de lo anterior, se emplaza al sujeto pasivo o, en su caso, a su representante debidamente acreditado, para que comparezca en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia del Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad de Ceuta, sita en la 1.ª planta de la calle Padilla núm. 3, al objeto de practicar la notificación del referido acto.
Asimismo, se advierte al interesado que en el caso de no comparecer en el mencionado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 30 de octubre de 2003.- EL INSPECTOR DE FINANZAS.- Fdo.: Emilio Lozano García.
3.786.- De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre,
General Tributaria, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1
de
la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado
la notificación al interesado o su representante por dos veces,
sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables
a la Administración, se pone de manifiesto, mediante el
presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar el
acto cuyo interesado/s y concepto/s tributario/s se especifican,
a continuación:
Apellidos y Nombre o razón social: MOHAMED HAYACH AICHA.
N.I.F.: 45095326P
Concepto Tributario: Tasa por Ocupación de Terrenos de Dominio Público con
Mercancías, Materiales de Construcción, Escombros, Vallas, Puntales, Asnillas, Andamios y otros análogos. .
Acto: Requerimiento.
En virtud de lo anterior, se emplaza al sujeto pasivo o, en su caso, a su representante debidamente acreditado, para que comparezca en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia del Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad de Ceuta, sita en la 1ª planta de la calle Padilla núm. 3, al objeto de practicar la notificación del referido acto.
Asimismo, se advierte al interesado que en el caso de no comparecer en el mencionado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 27 de octubre de 2003.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.
3.171
3.787 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
AUTORIDADES Y PERSONAL
3.787.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta en su Decreto de fecha 21/10/03 ha dispuesto lo siguiente:
DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO
Por Decreto de esta Presidencia de fecha 25/06/03 se delega en el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, D. Nicolás Fernández Cucurull, de forma permanente la Presidencia de la Mesa de contratación de todas aquellas licitaciones en que ésta se constituya, conforme a la legislación vigente en materia de contratación administrativa.
Esta previsto que la celebración de la Mesa de Contratación se reúna el próximo día 22 de octubre de 2003, con motivo de expediente de contratación de «Suministro e instalación de alumbrado extraordinario con motivo de la celebración del mes de Ramadán», dándose la circunstancia de que el Consejero de Economía y Hacienda se encuentra ausente de la Ciudad en dicha fecha.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El art. 14.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre establece que «los Órganos superiores podrán avocar para si el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus Órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
PARTE DISPOSITIVA
1) Queda avocada la competencia del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda para el caso concreto de presidir la Mesa de Contratación prevista con motivo del contrato de Suministro e Instalación de alumbrado extraordinario con motivo de la celebración del mes de Ramadán.
2) Esta resolución se notificará a los interesados y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad.
3) Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
En Ceuta a 22 de octubre de 2003.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.788.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 597/2001 - CONSTRUCCIONES-REPARACIONES MENA, S.L. - OBRAS EN EL COLEGIO PUBLICO ANDRES MANJON
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
En Ceuta a 22 de agosto de 2003.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.789.- RESOLUCION DEL VICECONSEJERO DE DEPORTES, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES PARA LA CONVOCATORIA DE EXAMEN PARA LA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN FEDERATIVA PARA EL MANEJO DE EMBARCACIONES DE RECREO PARA EL AÑO 2.003.
RESOLUCION
Con Fecha 1 de octubre de 2.003 la Federación de Vela de Ceuta, presenta solicitud mediante la cual comunica la realización de una convocatoria de examen para la obtención de la autorización federativa para el gobierno de embarcaciones de recreo para el 8 de noviembre de 2.003.
La Ley Orgánica 1/1995 de 13 de marzo del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta en su artículo 21.17 establece que ejercerá competencias en la Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio".
Por Real Decreto 34/99 de 15 de enero de 1.999, se hace efectivo el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta, en materia de enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional.
Por Decreto de fecha 19 de junio de 2.003 del Presidente de la Ciudad de Ceuta, se nombra al Ilmo. Sr. D. Víctor Iñiguez Márquez como Viceconsejero de Deportes.
Por decreto de 18 de junio de 2.003 del Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, se delega en la Consejera de Educación y Cultura en su apartado f), la Promoción y desarrollo de actividades y actuaciones en materia de deporte". Por Resolución de la Consejera de Educación y Cultura de fecha 17 de julio de 2003, la competencia citada anteriormente se le asigna al Viceconsejero de Deportes D. Víctor Iñiguez Márquez.
La Orden de 17 de junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, define los títulos para el gobierno de estas embarcaciones y establece las normas generales que regulan las atribuciones y condiciones de la expedición de los mismos. Por Resolución de 30 de diciembre de 1.997 se desarrolla la mencionada Orden y por Resolución de 17 de noviembre de 1.998 se modifica la misma.
El art. 10 de la citada orden establece que las federaciones deportivas deberán obtener la habilitación de los órganos administrativos competentes.
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas
VENGO EN DISPONER
1º.- Aprobar las bases presentadas por la Federación de Vela para la convocatoria de examen para la obtención de la autorización federativa para el manejo de embarcaciones de recreo para el 8 de noviembre 2.003, debiendo la Federación de Vela cumplir las condiciones mínimas de seguridad.
2º.- Publicar la presente Resolución en el B.O.C.CE.
Ceuta, a 29 de octubre de 2003.- EL VICECONSEJERO DE DEPORTES.- Fdo.: Víctor Iñiguez Márquez.- DOY FE. LA SECRETARIA.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
3.172
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.789
BASES CONVOCATORIA DE EXÁMENES PARA LA AUTORIZACIÓN
FEDERATIVA PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO
"TITULÍN" PARA EL AÑO 2.003
PRIMERA.- Requisitos de los aspirantes
lº.- Los aspirantes que se presenten a la convocatoria de examen para la obtención de la Autorización Federativa para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
Podrán concurrir los aspirantes que deseen obtener la Autorización Federativa para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo "Titulín" menores de edad, que hayan cumplido los dieciséis años, siempre que tengan el consentimiento de sus padres o tutores.
b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida la expedición, renovación o convalidación de dicho título de acuerdo con la normativa Estatal vigente en esta materia.
2º.- Estos requisitos deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la obtención del correspondiente título.
SEGUNDA.- Convocatoria y fecha de celebración de la prueba.
Se establece como fecha de convocatoria para la obtención de la Autorización Federativa para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo "Titulín" la siguiente:
- 8 de noviembre de 2.003
TERCERA.- Solicitudes.
1º.- Las solicitudes de participación en la convocatoria habrán de formularse en el modelo de instancia que se acompaña como anexo I a la presente convocatoria.
2º.- Las solicitudes, dirigidas a la Federación de Vela de Ceuta, se presentarán en la sede situada en el Puerto Deportivo s/n, 51.002 Ceuta, o a través de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común durante el siguiente periodo:
Convocatoria del 8 de noviembre de 2.003 para la Obtención de la Autorización Federativa para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo desde el día siguiente a la publicación hasta el 31 de Octubre de 2.003.
3º.- Los Derechos de Examen para la participación en la presente convocatoria deberá abonarse en cualquier sucursal de Caja Madrid, mediante ingreso en la cuenta corriente 2038 9881 57 6000737612 indicando "DERECHOS DE EXÁMEN" La cuantía de los derechos de examen es de 36 Euros.
La acreditación del pago de los derechos de examen se justificará adjuntando a la solicitud el resguardo bancario del ingreso. La falta de acreditación del pago de los derechos de examen determina la exclusión del solicitante.
En ningún caso, la presentación y pago ante la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación de acuerdo con lo previsto en esta convocatoria.
CUARTA.- Documentación. 1º, A las solicitudes deberá adjuntarse la siguiente documentación: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Dos fotografías a color tamaño carnet en la que figurará al dorso el nombre y apellidos del solicitante.
c) Resguardo acreditativo de haber pagado los derechos de examen regulado en la base tercera apartado 3, cuya falta determinará la exclusión del participante.
d) Certificado médico oficial (según resolución de 30 de diciembre de 1.997 de la Dirección General de la Marina Mercante, publicada en B.O.E. de 11 de diciembre de 1.998) o en su defecto fotocopia compulsada del permiso de conducir en vigor junto con un informe de un médico o diplomado óptico en el que se certifique que el interesado cumple con el criterio 1.3 de anexo 1 de la citada Resolución.
En lugar de la fotocopia compulsada de la licencia de conducción podrá presentar el documento expedido por un centro de reconocimiento de conductores, de los regulados por el Real Decreto 2.272/1.985, de 4 de diciembre, que se acredite haber superado el reconocimiento médico necesario para la obtención de la licencia de conducción. Cuando dicho documento acredite asimismo que el interesado cumple con el criterio 1.3 del anexo I no será preciso acompañar el informe médico o de diplomado en óptica a que se hace referencia en el párrafo anterior.
e) En el supuesto regulado en la base Primera a) de la presente convocatoria deberá acompañarse documento acreditativo del consentimiento de los padres o tutores.
QUINTA.- Admisión de aspirantes
1º.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Federación de Vela de Ceuta expondrá la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y las causas de exclusión, la cual se expondrá de forma simultánea en el tablón de anuncios de la Federación y en el Instituto Ceutí de Deportes.
2º.- Los aspirantes deberán comprobar, no solo que no figuran en la relación de excluidos, sino, además que sus nombres constan en la relación de admitidos. Los aspirantes excluidos dispondrán de un cinco días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de las listas para subsanar ante el órgano convocante los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las lista de admitido y excluidos.
3º.- Transcurrido el plazo establecido la Federación de Vela de Ceuta dictará declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos que se expondrán en los mismo lugares a los que hace referencia el apartado 1º de esta base. Aquellos aspirantes que resulten excluidos definitivamente tendrán derecho a la devolución de los derechos de examen recogidos en la base tercera apartado tres.
4º.- Contra la Resolución de la Federación de Vela de Ceuta que excluya definitivamente algún aspirante, que agota la vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 1 de Ceuta, en el plazo de dos meses, contando a partir del día siguiente a su exposición simultánea en el tablón de anuncio de la Federación de Vela de Ceuta y el Instituto Ceutí de Deportes.
3.173
3.789 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
La Federación de Vela de Ceuta indicará los
centros o instalaciones en las que se efectuarán las pruebas de la
convocatoria, así como su horario, siendo expuestas en el
tablón de anuncios de la Federación de Vela de Ceuta y del
Instituto Ceutí de Deportes y haciéndolo público en el mismo
anuncio de la resolución que apruebe la lista definitiva de los
aspirantes.
SEXTA.- Tribunales.
1º.- Se nombrará Tribunal calificador, cuyos miembros deberán poseer titulación náutica profesional y/o titulación superior media con competencias en los temas de examen, estarán compuestos por un Presidente, un Secretario con voz y sin voto en las deliberaciones y un vocal.
2º.- Se nombrará el mismo número de miembros suplentes del Tribunal Calificador con los requisitos establecidos en el apartado anterior.
3º.- El nombramiento de los miembros titulares y los suplentes del Tribunal Calificador se hará público en el mismo anuncio a que se hace referencia en el apartado lº de la base quinta de la presente convocatoria. En este anuncio se hará público asimismo la fecha de constitución del Tribunal.
4º.- La constitución del Tribunal Calificador no será válida sin la presencia de, al menos, dos de sus miembros.
5º.- Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Federación de Vela de Ceuta, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas para la obtención de la Autorización Federativa para el Gobierno de embarcaciones de recreo "Titulín" en el año anterior a la publicación de esta convocatoria.
6º.- El Presidente del Tribunal Calificador podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el punto anterior.
Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el citado punto.
7º.- A efectos de comunicaciones y demás incidencias se determinará como sede del Tribunal Calificador la Federación de Vela de Ceuta, sita en Puerto Deportivo s/n, 51.001 Ceuta, teléfono 956 51 74 87, 626 52 84 58 y 629 44 10 64.
8º.- El Tribunal Calificador elaborará las pruebas que han de realizar y determinarán los criterios y la resolución de cuantas consultas y discrepancias puedan surgir en el desarrollo de los ejercicios para la obtención de la titulación a la que opta.
9º.- El Tribunal Calificador contará con la asistencia de colaboradores y vigilantes de las pruebas que considere oportuno, con las funciones de mera colaboración y vigilancia.
10º.- El Tribunal Calificador exhortará a los colaboradores y vigilantes que respeten el tiempo otorgado para la realización del ejercicio, prohibiéndose ceder cualquier tiempo adicional que supere el establecido con carácter general.
SÉPTIMA.- Proceso Selectivo.
1º Queda totalmente prohibido llevar teléfonos
móviles o cualquier otro objeto de telefonía móvil a
cualquiera de los ejercicios para la obtención de la
Autorización Federativa para el Gobierno de embarcaciones de Recreo "Titulín".
En
cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos
por los miembros del Tribunal Calificador, colaboradores o
vigilantes con la finalidad de que acrediten dicho extremo, así
como su identidad.
2º- Si durante el desarrollo de los ejercicios llegara a conocimiento del Tribunal Calificador que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, será excluido del mismo, previa audiencia del interesado, poniéndose en conocimiento del órgano convocante y, en su caso, del Ministerio Fiscal si se apreciase que pudiera incurrir en infracción penal ante las declaraciones formuladas en las instancias para concurrir en las pruebas. La exclusión de cualquier opositor se comunicará inmediatamente a la Federación de Vela de Ceuta a los efectos legales oportunos.
3º.- Se efectuará un solo llamamiento para el ejercicio, exigiéndose la identificación de cada uno de los aspirantes al acceder al aula de examen.
4º.- Una vez concluido el ejercicio para la obtención de la correspondiente titulación, el Tribunal Calificador publicará con carácter provisional en el tablón de anuncios de la Federación de Vela de Ceuta y el Instituto Ceutí de Deportes, las listas con las calificaciones de los aspirantes presentados a examen.
5º.- Contra esta relación de aspirantes podrán presentar alegación ante el Tribunal Calificador en el plazo de quince días naturales a partir de su publicación en los lugares anteriormente citados.
6º.- Vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal Calificador hará publica la relación definitiva de aprobados, para su exposición con el DNI., tarjeta de residencia o pasaporte.
7º.- Contra éste acto, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el Art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los aspirantes podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Ceuta, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su exposición simultánea en el tablón de anuncios de la Federación de Vela de Ceuta y el Instituto Ceutí de Deportes.
OCTAVA.- Solicitud de expedición de título.
1º En el plazo máximo de un mes contados a partir de la exposición del listado definitivo de aprobados, los aspirantes que figuren en la misma presentarán directamente en el registro de la Federación de Vela de Ceuta o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, solicitud de títulos, acompañando la siguiente documentación:
a) Un sobre conteniendo una fotografía tamaño carnet, en la que figurará al dorso el nombre y apellidos del solicitante.
b) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, tarjeta de residencia o pasaporte.
c) Certificado original de haber aprobado el examen teórico correspondiente.
NOVENA.- Impugnaciones
Cuantos actos administrativos se deriven de la
presente convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del
Tri
3.174
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.792
bunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DÉCIMA.
En todo lo regulado por la presente Resolución se estará a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Fomento de 17 de junio de 1997, y demás disposiciones concordantes.- LA PRESIDENTE F.V.CE.- Fdo.: Susana Fuentes García.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Delegación del Gobierno en Ceuta
3.790.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de los Acuerdos de Iniciación, recaídos en los expedientes sancionadores que se indican, dictados por la Autoridad competente según la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expte. Nombre y Apellidos D.N.I. F. Resolución
387/03 Yusef Hamido Mohamed 45.099.360 22-09-03
416/03 Ahmed Mustafa Ahmed 45.095.176 24-09-03
Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Delegación del Gobierno.
Ceuta, a 23 de octubre de 2003.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Única de Extranjeros
3.791.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las propuestas de resolución de expulsión recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expte. Comisaría: 442/2003
Nombre y Apellido: Habib Harichane
N.I.E.: X-05116827-V
Nacionalidad: Argelia
F. Propuesta de Resolución: 17-10-03
Lo que se comunica, significándose que contra la presente propuesta no cabe interponer recurso alguno e igualmente que, a partir de este momento podrá acceder, y tomar vista del contenido del expediente administrativo sancionador, que se encuentra en la Comisaría Provincial de Policía de Ceuta, pudiendo obtener copias de los documentos obrantes en el mismo al amparo de lo establecido en el art. 110.4 del Reglamento de ejecución de la L.O. 4/2000, en su redacción dada por la L.O. 8/2000, sobre los derechos y deberes de los extranjeros en España aprobado por R.D. 864/2001, de 20 de julio, concediéndole un plazo de cuarenta y ocho horas de la publicación de la presente notificación para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.
Ceuta, a 21 de octubre de 2003.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- (P.S.L. Art. 22.4 Ley 6/97 de 14 de abril).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Menores de Ceuta
3.792.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Menores Número Uno de Ceuta en autos de Pieza de Responsabilidad Civil al n.º 316/03 que dimana del procedimiento de Fiscalía, Expediente de Reforma n.º D. PREL. 418/03 incoado para el enjuiciamiento de un menor cuyos datos constan en autos, ha dictado providencia que textualmente dice:
Visto el contenido de la anterior diligencia, y apareciendo que el perjudicado en el presente procedimiento no tiene
domicilio conocido en esta Ciudad, emplácese al mismo por medio de edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este
Juzgado
3.175
3.792 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta por ser el
último domicilio conocido del mismo, a fin de notificar a D.
Gregorio Moro Garrido, que aparece como perjudicado en las
actuaciones, su derecho a ser parte en esta pieza, para lo que
podrán personarse en ella en el plazo de un mes, desde que le
sea notificada la presente resolución, sin perjuicio de que se
personen en ella todos los que se consideren como tales.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento del perjudicado en el presente procedimiento D. Gregorio Moro Garrido expido el presente que firmo en la Ciudad de Ceuta a veintitrés de octubre de dos mil tres.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
3.793.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Menores Número Uno de Ceuta en autos de Pieza de Responsabilidad Civil al n.º 307/03 que dimana del procedimiento de Fiscalía, Expediente de Reforma n.º D. PREL. 258/03 incoado para el enjuiciamiento de un menor cuyos datos constan en autos, ha dictado providencia que textualmente dice:
Visto el contenido de la anterior diligencia, y apareciendo que el perjudicado en el presente procedimiento no tiene domicilio conocido en esta Ciudad, emplácese al mismo por medio de edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta por ser el último domicilio conocido del mismo, a fin de notificar a D. Munir Mohamed Akrur, que aparece como perjudicado en las actuaciones, su derecho a ser parte en esta pieza, para lo que podrán personarse en ella en el plazo de un mes, desde que le sea notificada la presente resolución, sin perjuicio de que se personen en ella todos los que se consideren como tales.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento del perjudicado en el presente procedimiento D. Munir Mohamed Akrur expido el presente que firmo en la Ciudad de Ceuta a veintitrés de octubre de dos mil tres.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
3.794.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Menores Número Uno de Ceuta en autos de Pieza de Responsabilidad Civil al n.º 313/03 que dimana del procedimiento de Fiscalía, Expediente de Reforma n.º D. PREL. 382/03 incoado para el enjuiciamiento de un menor cuyos datos constan en autos, ha dictado providencia que textualmente dice:
Visto el contenido de la anterior diligencia, y apareciendo que la perjudicada en el presente procedimiento no tiene domicilio conocido en esta Ciudad, emplácese al mismo por medio de edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta por ser el último domicilio conocido del mismo, a fin de notificar a D.ª Yamila Mohamed Abdel-Lah, que aparece como perjudicado en las actuaciones, su derecho a ser parte en esta pieza, para lo que podrán personarse en ella en el plazo de un mes, desde que le sea notificada la presente resolución, sin perjuicio de que se personen en ella todos los que se consideren como tales.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento de la perjudicada en el presente procedimiento D.ª Yamila Mohamed Abdel-Lah expido el presente que firmo en la Ciudad de Ceuta a veintitrés de octubre de dos mil tres.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
3.795.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Menores Número Uno de Ceuta en autos de Pieza de Responsabilidad Civil al n.º 300/03 que dimana del procedimiento de Fiscalía, Expediente de Reforma n.º D. PREL. 250/03 incoado para el enjuiciamiento de un menor cuyos datos constan en autos, ha dictado providencia que textualmente dice:
Visto el contenido de la anterior diligencia, y apareciendo que la perjudicada en el presente procedimiento no tiene domicilio conocido en esta Ciudad, emplácese al mismo por medio de edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta por ser el último domicilio conocido del mismo, a fin de notificar a D.ª Pilar Reyes, que aparece como perjudicado en las actuaciones, su derecho a ser parte en esta pieza, para lo que podrán personarse en ella en el plazo de un mes, desde que le sea notificada la presente resolución, sin perjuicio de que se personen en ella todos los que se consideren como tales.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento de la perjudicada en el presente procedimiento D.ª Pilar Reyes expido el presente que firmo en la Ciudad de Ceuta a veintitrés de octubre de dos mil tres.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
3.796.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Menores Número Uno de Ceuta en autos de Pieza de Responsabilidad Civil al n.º 248/03 que dimana del procedimiento de Fiscalía, Expediente de Reforma n.º 205/03 incoado para el enjuiciamiento de un menor cuyos datos constan en autos, ha dictado providencia que textualmente dice:
Visto el contenido de la anterior diligencia, y apareciendo que el perjudicado en el presente procedimiento no tiene domicilio conocido en esta Ciudad, emplácese al mismo por medio de edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta por ser el último domicilio conocido del mismo, a fin de notificar a D. Dris González Ahmed, que aparece como perjudicado en las actuaciones, su derecho a ser parte en esta pieza, para lo que podrán personarse en ella en el plazo de un mes, desde que le sea notificada la presente resolución, sin perjuicio de que se personen en ella todos los que se consideren como tales.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento del perjudicado en el presente procedimiento D. Dris González Ahmed expido el presente que firmo en la Ciudad de Ceuta a veintitrés de octubre de dos mil tres.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Insp. Prov. de Trabajo y Seg. Social
3.797.- Por Resoluciones de la Unidad Especializada en el Area de la Seguridad Social de esta Inspección Provincial, se han elevado a definitivas las actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social y de infracción que a continuación se relacionan:
Empresa: CONSTRUCCIONES Y OBRAS BENAVIDES, S.L.
DNI/CIF.: B- 14532543.
Nº CCC.: 51100346290
Domicilio: Puerta de la Villa, 11, 1, B.- Adamuz. Córdoba
Acta liquidación número: 47/03.
Importe liquidación: 2.751,58 euros.
Acta liquidación número: 48/03.
Importe liquidación: 5.699,90 euros.
Acta infracción número: 97/03.- Importe sanción: 301 euros.
Empresa: ABDERRAHIM AOUAD
DNI/CIF.: X-3231805.- Nº CCC.: 511002081189
Domicilio: Avenida de Africa.- Edificio Dos Bahías, 32, E.- Ceuta
3.176
Martes 4 de noviembre de 2003 B. O. C. CE. - 4.266 3.799
Acta liquidación número: 109/03 .-Importe
liquidación: 2.90l,62 euros
Acta liquidación número: 110/03.- Importe liquidación: 1.973,23 euros
Acta infracción número: 165/03.- Importe sanción: 301 euros
Empresa: MERCEDES DUARTE VIDAL
DNI/CIF: 45.070.424.- Nº CCC.: 51100409140
Domicilio: Teniente Muñoz Castellanos. Edificio Ceuta Center.- Ceuta
Acta liquidación número: 113/03. Importe liquidación: 2.291,29 euros
Acta liquidación número: 114/03. Importe liquidación: 298,04 euros
Acta infracción número: 170/03.- Importe sanción: 301 euros
Empresa: MOHAMED AHMED AMAR
DNI/CIF: 45.083.076.
Nº CCC.: Domicilio: Erquicia, 13, 4º, D. Ceuta
Acta liquidación número: 1150/03.
Importe liquidación: 12'50 euros.
Acta infracción número: 180/03.
Importe sanción: 301 euros.
Empresa: MOHAMED AHMED ABDESELAM
DNI/CIF: 37.675.280 S.- Nº CCC:
Domicilio: Avenida Lisboa, 11 .- CEUTA
Acta liquidación número: 121/03. Importe liquidación: 666,02 euros
Acta liquidación número: 122/03. Importe liquidación: 2.717,06 euros
Acta liquidación número: 123/03. Importe liquidación: 2.775,56 euros
Acta liquidación número: 124/03. Importe liquidación: 942,17 euros
Acta infracción número: 187/03.- Importe sanción: 301 euros
Por no poder efectuarse la notificación en los domicilios que consta en los expedientes, se expide la presente a fin de que sirva de notificación en forma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE. Del 27-11-92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).
Contra las resoluciones podrá formularse recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, c/ Agustín de Bethencourt, 4, 28071, Madrid, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad Especializada de la Seguridad Social de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta.
Ceuta, a veintitrés de octubre de dos mil tres.- EL JEFE DE LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.- Fdo.: José Diego Cruces de la Vega.
3.798.- El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta.
Certifica: Intentada la notificación preceptiva a D. Salvador Ruiz Casanueva, con domicilio en C/. Méndez Núñez, 6. Ceuta, sin haberla podido practicar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27-11-1992), modificada por la Ley 4/1999 (BOE del 14-1-1999), se le notifica Resolución recaída en el recurso de alzada presentado contra la Resolución de esta Inspección por la que se elevaba a definitiva el acta de Liquidación de cuotas de la Seguridad Social número 01/2003, dictada por el Ilmo. Sr. Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Resuelve: Estimar el recurso de alzada interpuesto por D. Salvador ruiz Casanueva, contra la Resolución de fecha 3 de abril de 2003 de la Jefatura de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta y, en consecuencia, dejar sin efecto la propuesta del Acta de infracción 13/2003 y la liquidación de cuotas de Seguridad Social hecha en el Acta de Liquidación 01/2003, ambas extendidas por aquella Inspección Provincial.
Contra dicha Resolución que agota la vía administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 115.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 1401), en relación con el 33.3 del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el Orden Social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE del 3-6-98), se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, siendo competente la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
El expediente obran en las oficinas de la Unidad Especializada en el Area de la Seguridad Social de esta Inspección Provincial.
Y para que conste, expido la presente certificación en Ceuta, a veintitrés de octubre de dos mil tres.- EL JEFE DE LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.- Fdo.: José Diego Cruces de la Vega.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Menores de Ceuta
3.799.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Menores Número Uno de Ceuta en autos de Pieza de Responsabilidad Civil al n.º 298/03 que dimana del procedimiento de Fiscalía, Expediente de Reforma n.º 252/03 incoado para el enjuiciamiento de un menor cuyos datos constan en autos, ha dictado providencia que textualmente dice:
Visto el contenido de la anterior diligencia, y apareciendo que la perjudicada en el presente procedimiento no tiene domicilio conocido en esta Ciudad, emplácese al mismo por medio de edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta por ser el último domicilio conocido del mismo, a fin de notificar a D.ª Pilar Reyes, que aparece como perjudicado en las actuaciones, su derecho a ser parte en esta pieza, para lo que podrán personarse en ella en el plazo de un mes, desde que le sea notificada la presente resolución, sin perjuicio de que se personen en ella todos los que se consideren como tales.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento de la perjudicada en el presente procedimiento D.ª Pilar Reyes expido el presente que firmo en la Ciudad de Ceuta a veintitrés de octubre de dos mil tres.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
3.177
3.800 B. O. C. CE. - 4.266 Martes 4 de noviembre de 2003
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Instituto Nacional de Empleo
3.800.- Por esta Dirección Provincial se han dictado Resoluciones en expedientes en los que se ha iniciado un proceso sancionador sobre suspensión de prestaciones, contra los interesados que a continuación se citan, por el motivo de no renovar la demanda de empleo en la forma y fecha que se determinan por la entidad gestora en el documento de renovación de la demanda. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común con la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero (BOE n.º 12 de 14 de enero).
El hecho señalado supone una infracción leve, de acuerdo con lo establecido en la letra a), del n.º 1 del art. 17 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE n.º 189, de 8 de agosto).
Esta presunta infracción, lleva aparejada, según la letra a), del n.º 1 del art. 47 del mencionado Texto Refundido (según la redacción dada por el art. quinto, del Real Decreto-Ley 5/2002, de 24 de mayo), la sanción de la pérdida de un mes del derecho a las prestaciones por desempleo.
Según lo dispuesto en el número 4 del artículo
37 del Reglamento General sobre procedimientos para la
imposición de sanciones por infracciones de orden social y para
los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad
Social, aprobada por Real Decreto 928/98, de 14 de mayo (BOE
n.º 132 de 3 de junio), dispone de 15 días a partir de la fecha
de
recepción de la presente comunicación para formular, por
escrito, ante la Dirección Provincial del INEM las
alegaciones que estime oportunas, documentalmente acreditadas.
Transcurrido dicho plazo, se dictará la resolución correspondiente.
Al mismo tiempo se le comunica que en aplicación de lo dispuesto en el número 4, del art. 47 del Texto Refundido de la ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, se ha procedido a cursar la baja cautelar en su prestación /subsidio, en tanto se dicte la mencionada Resolución.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminsitraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero, y en la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:
El n.º del expediente que se inicia con esa Comunicación es el de su D.N.I., Pasaporte o N.I.E.
El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el art. 20.3 del ya citado Reglamento General, dispone de un plazo de seis meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente.
Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el art. 44.2 de la mencionada Ley 30/92, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimeinto, si la acción no hubiera prescrito.
Para cualquier información relativo al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Antonio Márquez de la Rubia.
Apellidos y Nombre D.N.I. Sanción
Caro Pérez, Encarnación 45.069.264 Suspensión 1 mes
Mehdi Abdelh., Abdes. 45.075.087 Suspensión 1 mes
Aomar Mohamed Alí 45.097.427 Suspensión 1 mes