BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVII Martes 12 de febrero de 2002
Número 4.086
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
495.- Convocatorias y bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a entidades y asociaciones, sin ánimo de lucro, con destino a la financiación de programas relacionados con las drogodependencias, control de la infección por VIH y SIDA.
AUTORIDADES Y PERSONAL
502.- Convocatoria para la provisión, con carácter temporal, de 1 plaza de Auxiliar Administrativo, reservado a persona con minusvalía, mediante el sistema de concurso-oposición.
510.- Convocatoria para la provisión, con carácter temporal, de 6 plazas de Celadores, mediante el sistema de concurso-oposición.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Aduanas e II.EE.
481.- Notificación a D. Halil Laichi Abdeselam, en LITA n.º 27/2000.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
464.- Notificación a D. Moisés Wahnon Wahnon, en Resolución del expediente 78511/2001.
465.- Notificación a D. Radi Mohamed Abdeselam, en Resolución del expediente 68466/2001.
467.- Notificación a D. Abdelmalik Tuhami Haddu, en Trámite de audiencia.
469.- Notificación a D.ª Africa Vega López, en Trámite de audiencia.
489.- Notificación a los propietarios desconocidos del solar sito en c/ Ibiza n.º 3, en expediente de orden de limpieza del citado solar.
490.- Notificación a D. Francisco Valiente Bermejo, en expediente sancionador 218/2001.
491.- Notificación a Promociones Ainara Ceuta S.L., en expediente sancionador 140/2001.
492.- Notificación al propietario del solar sito en c/ General Serrano Orive -callejón junto al establecimiento "La Meca de los Pantalones"-, en expediente de orden de limpieza.
493.- Información pública del expediente de licencia de implantación solicitada por D. Rafael A. Romaguera Mena, en representación de Onda Cero, para ejercer la actividad de Emisora de Radio en C/ Delgado Serrano, 1º, D.
494.- Información pública del expediente de licencia de implantación solicitada por D. Francisco Orozco Turrillo, en representación de Seguridad Hermanos Orozco S.L., para ejercer la actividad de Revisión, Recarga y Retimbrado de extintores y venta menor materiales contra incendios.
497.- Notificación a D. Abderrahaman Layachi Tuhami, relativa a sanción impuesta por poseer ganado sin el correspondiente crotal identificativo.
Delegación del Gobierno en Ceuta
479.- Notificación a D. Mohamed Hamed Faisan, en expediente 534/2001.
480.- Notificación a D. Said Oubaita, en expediente 6/2002.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
476.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
477 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
477.- Notificación a D.ª Nora Atallah y a D.
Yassin Al Jabbouri, en expedientes 146/2002 y 148/2002,
respectivamente.
478.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
482.- Notificación a D. Ahmed Zobar y a D. Ali Achraf, en expedientes 162/2002 y 165/2002, respectivamente.
483.- Notificación a D. Raju Ray, en expediente 2151/2001.
484.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
485.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
507.- Notificación a D. Mohamed Hamido Mohamed, en Resolución 2001/4245.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Penal
Número Uno de Ceuta
466.- Citación a D. Mustafa Jabrane, en Procedimiento Abreviado 222/2001, dimanante del procedimiento de Diligencias Previas 842/2000, instruido por el Juzgado de Instrucción número 3 de Ceuta.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
486.- Requerimiento a D.ª Angeles Castillo Torrens, en Monitorio 131/2001.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
468.- Citación a la Cia. Armadora Latinoamericana S.A. (Clan S.A.) y a la Cia. Operadora del Buque Maruba S.C.A., en Juicio de Faltas 76/2002.
470.- Citación a D. Tonci Stokov, a D. Zlatro Pavoswevic y a D. Zeljko Kukrika, en Juicio de Faltas 76/2002.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
471.- Requisitoria a D. Mourad Harrad, en Diligencias Previas 2082/2001.
472.- Citación a D. Abdeselam Amnad, en Juicio de Faltas 803/2001.
473.- Requisitoria a D. Said Layachi, en Diligencias Previas 2254/2001.
474.- Requisitoria a D. Antonio Riviriego Guerrero, en Diligencias Previas 2230/2001.
475.- Requisitoria a D. Hadi Hassan, en Diligencias Previas 1912/2001.
487.- Requisitoria a D. Mohamed Louizi, en Diligencias Previas 2254/2001.
488.- Requisitoria a D. Mohamed Louizi, en Diligencias Previas 2254/2001.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
498.- Citación a D. Hamido Ali Mohamed, en Juicio de faltas 92/2001.
499.- Citación a D. Manuel García Ortega, en Juicio de Faltas 108/2001.
500.- Citación a D. Nabil Mohamed Mohamed, en Juicio de Faltas 392/2001.
501.- Citación a D. Mustafa El Kinaichiy a D. Mohamed Rabah Sediri, en Juicio de Faltas 162/2000.
503.- Citación a D. Mohamed Ali Salmoun El Laklioueh, en Juicio de Faltas 143/2000.
504.- Citación a D. Mohamed El Mechkouri Karkas, en Juicio de Faltas 553/2000.
505.- Citación a D. Abderrahaman Lajifi Boulhaich, en Juicio de Faltas 344/2000.
506.- Citación a D. Omar Zemmouri, en Juicio de Faltas 85/2000.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
496.- Adjudicación a Gabitec Instalaciones S.L. del suministro de alumbrado público para el Paseo Marítimo de Benítez, en expte. 566/2001.
508.- EMVICESA.- Adjudicación a la empresa Mantenimientos y Construcciones Alcuba S.A. las obras de Rehabilitación de la Bda. Ppe. Felipe de Ceuta.
509.- EMVICESA.- Adjudicación a D. Antonio
Luis Francia Maeso las obras de Rehabilitación de la Bda.
Ppe. Felipe de Ceuta.
400
Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 467
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
464.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 17/12/01 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 143.949 incoado a D. MOISES WAHNON WAHNON, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de 90,15 euros, aprobando dicha propuesta de resolución. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación)."
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 17 de diciembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
465.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 17/12/01 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 136.361 incoado a D. RADI MOHAMED ABDESELAM, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido
conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del
Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en
imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía
de 90,15 euros, aprobando dicha propuesta de resolución. El
importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los
quin
ce días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución
(art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del
derecho a presentar recurso potestativo de Reposición.
Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa
el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el
recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de
Recaudación)."
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 18 de diciembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Penal
Número Uno de Ceuta
466.- Sr. León Chaparro - Magistrado Juez.
Hago Saber: que en este Juzgado se sigue el Rollo Procedimiento Abreviado 222/01 0/0 dimanante del Procedimiento Diligencias Previas 842/00 instruido por el Juzgado de Instrucción Número Tres de esta Ciudad, por el supuesto delito de Favorecimiento Inmigración Ilegal, entre otros particulares se ha acordado:
CITAR
Mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D. Mustafa Jabrane, nacido en Old Smail (Marruecos) el 27-10-1971, hijo de Hamadi y Fatoma, y D. Mustapha El Arroubi, nacido en Old Smail (Marruecos) el año 1973, hijo de Hamadi y de Hadiya al objeto de que comparezcan ante este Juzgado, sito en la Entreplanta del Palacio de Justicia de Ceuta, C/. Serrano Orive s/n, a fin de asistir a Juicio Oral, que se celebrará el próximo día catorce de febrero a las 10,20 horas.
No habiendo más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma al testigo anteriormente mencionado, expido el presente en Ceuta a veintinueve de enero de dos mil dos.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
467.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 17/12/01 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 143.927 incoado a D. ABDELMALIK TUHAMI
401
467 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
HADDU, así como el contenido de la propuesta de
resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación,
como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas
dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe
dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin
que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se
desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de 90,15 euros, aprobando dicha propuesta de resolución. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación)."
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 4 de enero de 2002.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
468.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de Juicio de Faltas N.º 76/02, que se sigue por la supuesta falta de Imprudencia con resultado de muerte, ha mandado citar a Cía. Armadora LatinoAmericana, S.A. (Clan, S.A.) y Cía. Operadora del Buque Maruba, S.C.A., en calidad de responsables Civiles Subsidiarios, a fin de que comparezca el próximo día 19 de febrero de 2002, a las 11,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 29 de enero de 2002.- EL SECRETARIO.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
469.- Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Gobernación, en su Decreto de fecha 12/12/01 ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES
En fecha 14/11/01 D.ª AFRICA VEGA LOPEZ formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art. 94.2.1D Reglamento General de Circulación), expediente n.º 146.343.
De conformidad con el art. 79.2 del R.D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos de probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios denunciados.
Una vez concluida la instrucción del procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero).
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda otorgar TRAMITE DE AUDIENCIA al interesado con vista del expediente por término de DIEZ días, desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.
Ceuta, 13 de diciembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
470.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de Juicio de Faltas N.º 76/02, que se sigue por la supuesta falta de Imprudencia con resultado de muerte, ha mandado citar a D. Tonci Stokov, D. Zlatro Pavosevic y D. Zeljko Kukrika, en calidad de denunciados, a fin de que comparezcan el próximo día 19 de febrero de 2002, a las 11,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado,
402
Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 476
sito en C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de
Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le
pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 27 de enero de 2002.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
471.- D. Mourad Harrad, indocumentado, de nacionalidad marroquí, hijo de Mohamed y de Fatima, nacido el 1-1-81 en Marruecos, con último domicilio desconocido, encausado por amenazas en Diligencias Previas n.º 2082/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar autor de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 25 de enero de 2002.- EL MAGISTRADO JUEZ.
472.- El/la Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta ha acordado citar a D. Abdeselam Amnad a fin de que el próximo día 18 de abril de 2002 a las 12,30 horas, asista en la Sala de Vistas Planta 1.ª a la celebración del Juicio de Faltas n.º 803/2001, seguido por otras faltas, en calidad de denunciado.
Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de Letrado, si bien éste no es preceptivo.
Apercibiéndole que de residir en este término municipal, y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo qué tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Teniendo en cuenta que en caso de condena el importe de la multa puede depender de su solvencia acreditativa de su situación económica y cargas familiares (nómina, tarjeta del INEM en caso de desempleo, declaración de renta, hipoteca, libro de familia, etc).
En Ceuta, a veinticinco de enero de dos mil dos.- EL AGENTE JUDICIAL.
473.- D. Said Layachi Ahmed, indocumentado, de nacionalidad española, hijo de Layachi y de Maimona, nacido el 18-9-72 en Ceuta, con último domicilio desconocido, encausado por robo con violencia en Diligencias Previas n.º 2254/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar autor de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 25 de enero de 2002.- EL MAGISTRADO JUEZ.
474.- D. Antonio Reviriego Guerrero, con D.N.I. n.º 45.067.230, de nacionalidad española, hijo de Francisco y de María, nacido el 26-3-60 en Cortes de la Frontera (Málaga), con último domicilio desconocido, encausado por abandono de familia en Diligencias Previas n.º 2230/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar autor de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 25 de enero de 2002.- EL MAGISTRADO JUEZ.
475.- D. Hadi Hassan, indocumentado, de nacionalidad marroquí, hijo de Mohamed y de Hadilla, nacido en 1982 en Castillejos, con último domicilio desconocido, encausado por Robo en Diligencias Previas n.º 1912/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar autor de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 25 de enero de 2002.- EL MAGISTRADO JUEZ.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
476.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
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476 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución
121/02 Abdelkader R´Guiba X-04071232-W Argelia 29-01-02
122/02 Chikh Ssamahi X-04068894-X Argelia 29-01-02
123/02 Alí Sadaoui X-04069050-M Argelia 29-01-02
124/02 Ahmed Sahnoun X-04068150-W Argelia 29-01-02
125/02 Mohamed Douar X-04068986-X Argelia 29-01-02
126/02 Ahcene Baaziz X-04068182-B Afganistán 29-01-02
127/02 Nabil Nessai X-04069132-H Argelia 29-01-02
131/02 Ammar Houssain Al Moussaoui X-04077625-R Irak 29-01-02
132/02 Mokhalled Aljaffaji X-04077646-E Irak 29-01-02
133/02 Ibrahim Alssoultan X-04077667-C Irak 29-01-02
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
477.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución
146/02 Nora Atallah X-4071348-A Argelia 29-01-02
148/02 Yassin Al Jabbouri X-4066408-P Irak 29-01-02
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
478.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ( B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDO N.I.E. NACIONALIDAD
2426/01 MOHAMED BEN BELKACEM X-03963285-V TUNEZ
2382/01 MOHAMED AREF X-03956267-Z PAKISTAN
2383/01 RAID KALMACHE X-03956485-W IRAK
2385/01 ANJUM IBRAHIM X-03956222-S PAKISTAN
2386/01 KARIM BENSALEM X-03972359-Y ARGELIA
2387/01 TOUBAL BOUALEM X-03956608-X ARGELIA
2388/01 ABDELKADER AIDOUNI X-03950570-K MARRUECOS
2389/01 MELHA KIARI X-03950538-N ARGELIA
2390/01 HAMED AL ALI X-03950313-V IRAK
2391/01 HAIDER AL ALI X-03950347-M IRAK
2392/01 SAMIR AL ALI X-03950289-Q IRAK
2393/01 DALILA LAMECHE X-03956181-C ARGELIA
404
Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 479
EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDO N.I.E. NACIONALIDAD
2395/01 HOUARI SELLAOUI X-03957070-N ARGELIA
2396/01 AHMED MAAOUIA X-03957115-B ARGELIA
2397/01 HADJ HAMDADOU X-03957150-T ARGELIA
2398/01 KHALED SAHLI X-03958841-N ARGELIA
2399/01 NACER ARGOUB X-03958899-R ARGELIA
2400/01 ABDELWAHAB TAHAR X-03958786-A ARGELIA
2401/01 BOUCHAALA AISSA X-03958800-V ARGELIA
2402/01 ABDELMAJID BAB X-03958813-F ARGELIA
2405/01 AHMED LOULILEKH X-03956964-K ARGELIA
2406/01 ABDELKADER BORDII X-03956994-M ARGELIA
2407/01 NOUR-EDDINE YEKHLEF X-03958866-Z ARGELIA
2410/01 BENZERGA SELLAM X-03957023-B ARGELIA
2413/01 BELKHEIR HADRI X-03957267-W ARGELIA
2414/01 EMBARKA MEHERAR X-03958888-J ARGELIA
2415/01 MOHAMED SLIMANE X-03958876-R ARGELIA
2422/01 WASIM AKHTAR X-03976344-N PAKISTAN
2423/01 MEHAMED HADI MEHAMED X-03977358-Z IRAK
2425/01 NAIMA BENT BELKACEM X-03963299-P TUNEZ
2445/01 OUSMANE BALDE X-03975366-T GUINEA BISSAU
2446/01 MOUHAMADOU LAMA X-03977424-B REP. GUINEA
2447/01 MAMADOU BAH X-03977771-J REP. GUINEA
2448/01 OUSMAN SEYDI X-03975393-G GUNEA BISSAU
2449/01 YOUSSOUF KANDE X-03975257-Y GUINEA BISSAU
2473/01 MOKHTAR VALENTINO ABDELAZIZ X-03991187-C TUNEZ
2474/01 SAD BAGEDADI X-03988694-B IRAK
2475/01 M'HAMED BAHIA X-03991763-K ARGELIA
2476/01 BAGHARSSA BELEBNA X-03988229-Y ARGELIA
2477/01 HADJCHEGUI X-03988266-C ARGELIA
2478/01 MOHAMED REIAD X-03992122-N PAKISTAN
2479/01 LAZE KONE X-03991352-R REP. GUINEA
2480/01 HUSSAIN MULAZIN X-03992148-S PAKISTAN
2482/01 MOHAMED ADDA X-03991683-X ARGELIA
2483/01 MOHAMED KRIM ARBI X-03991617-J ARGELIA
2498/01 MOFIAMED BENOTMANE X-03988174-C ARGELIA
2499/01 MAMADU BALDE X-03975435-T GUINEA BISSAU
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Única de Extranjeros en Ceuta.
Ceuta, a 17 de Enero de 2002.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL (LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
Delegación del Gobierno en Ceuta
479.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminsitraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de la Resolución P. Ordinario recaído en el expediente sancionador que se indica, dictada por la Autoridad competente según la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a la persona que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expte. Nombre y Apellidos D.N.I. F. Resolución
534/01 Mohamed Hamed Faisan 45.078.562 08-01-02
El correspondiente expediente obran en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Delegación del Gobierno.
Ceuta, 4 de febrero de 2002.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
405
480 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
480.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Adminsitraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E... 285 de 27 de noviembre
de 1992), modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación del
Acuerdo de Iniciación recaído en el expediente sancionador que se indica, dictada por la Autoridad competente según la
Disposición Adicional Cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, a la persona que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido,
ésta no se ha podido practicar.
Expte. Nombre y Apellidos D.N.I. F. Resolución
6/02 Said Oubaita BH-184957 21-01-02
El correspondiente expediente obran en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Delegación del Gobierno.
Ceuta, 1 de febrero de 2002.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Aduanas e II.EE.
481.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, según la Redacción dada por el artículo 28.Uno de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican a continuación:
NIF Nombre y Apellidos Expte. N.º F. Procedimiento
45091736Y Halil Laichi Abdeselam LITA n.º 27/00 Resolución
En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes, en horario de 9,00 a 14,00 horas, en la Dependencia Provincial de Aduanas e II.EE. sito en Muelle Cañonero Dato s/n de Ceuta, al objeto de practicar la notificación el citado acto.
Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 30 de enero de 2002.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA PROVINCIAL DE ADUANAS E II.EE.- Fdo.: Andrés Montiel Luque.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
482.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución
162/02 Ahmed Zobar X-04091339-F Pakistán 29-01-02
165/02 Alí Achraf X-04091349-V Pakistán 29-01-02
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
483.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992)
406
Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 485
modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las
resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición
adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a
las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta
no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución
2151/01 Raju Ray X-03931330-D Bangladesh 20-11-2001
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.
Ceuta, a 30 de enero de 2002.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
484.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución
167/02 Abdelaziz Abderrezak Matlag X-4091360-M Irak 29-01-2002
168/02 Yousef Mehammed Aoid X-4091330-K Irak 29-01-2002
172/02 Akil Brahim Aljache X-4084315-K Irak 29-01-2002
178/02 Mohamed Masoud Rana X-4080176-E Bangladesh 29-01-2002
179/02 Mohamed Masoud X-4079433-S Bangladesh 29-01-2002
180/02 Bashir Ahmed Shah Mohmad X-4079382-X Pakistán 29-01-2002
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
485.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución
2293/01 Izar Sabri Abdelah X-04002749-J Irak 13-12-2001
2292/01 Ragah Hachem Hadal X-04002651-F Irak 13-12-2001
2284/01 Hayeder Bayati X-04002246-Q Irak 13-12-2001
2282/01 Saad Mohammed Jacem X-04002295-L Irak 12-12-2001
2280/01 Sukka Singh X-04002320-K India 12-12-2001
2266/01 Tedjuna Kadaoui X-03994982-C Argelia 17-12-2001
2256/01 Diaa Farhan Badr X-03991948-E Irak 17-12-2001
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier
407
485 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de
Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la
Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.
Ceuta, a 30 de enero de 2002.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
486.- En el procedimiento de Proceso Monitorio seguido en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta a instancias de Muebles Enrique Ramos, S.L. contra D.ª Angeles Castillo Torrens se ha dictado auto de admisión de demanda cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Debo declarar y declaro admitida la presente demandada de proceso monitorio a instancias del Procurador D. Angel Ruiz Reina, a quien se tiene por personado y parte entendiéndose con él las sucesivas diligencias en el modo y forma previstos en la Ley, en nombre y representación de Muebles Enrique Ramos, S.L., contra D.ª M.ª Angeles Castillo Torrens por lo que continúese su tramitación conforme a lo dispuesto en la Ley.
Así por este Auto, lo dispongo, mando y firmo. Doy fe.
E/. Igualmente se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
PROVIDENCIA
Juez que la dicta: D.ª M.ª Begoña Cuadrado Galache.
Lugar: Ceuta
Fecha: Siete de mayo de dos mil uno.
Dada Cuenta: Admitida a trámite la presente demanda de proceso monitorio y de conformidad con lo previsto en el art. 815 de la LEC 1/200 requiérase a la deudora D.ª M.ª Angeles Castillo Torrens con domicilio en esta Ciudad, Pasaje Bentolila 10, para que en el plazo de veinte días pague a la actora la cantidad de ochenta mil pesetas, que le adeuda, acreditándolo ante este Juzgado, o comparezca ante el mismo alegando sucintamente, en escrito de oposición las razones por las que, a su entender, no debe, en todo o en parte la cantidad reclamado y verificado se acordará.
Lo acuerda, manda y firma S. S.ª
E/.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D.ª Angeles Castillo Torrens, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y requerimiento.
Ceuta a veintinueve de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
487.- D. Mohamed Louizi Mascara, indocumen-tado, de nacionalidad argelina, hijo de Louizi y de Fatima, nacido en 1972 en Argelia, con último domicilio desconocido, encausado por robo con violencia en Diligencias Previas n.º 2254/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar autor de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 25 de enero de 2002.- EL MAGISTRADO JUEZ.
488.- D. Mohamed Louizi Mascara, indocumen-tado, de nacionalidad argelina, hijo de Louizi y de Fatima, nacido en 1972 en Argelia, con último domicilio desconocido, encausado por robo con violencia en Diligencias Previas n.º 2254/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar autor de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 25 de enero de 2002.- EL MAGISTRADO JUEZ.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
489.- El Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente en su Decreto de fecha 1 de Febrero de 2.002 ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
Por Decreto del Consejero de Medio Ambiente de fecha 3-12-01 se incoa expediente de orden de Limpieza de solar sito en C/ Ibiza n.º 3, concediendo a los propietarios un plazo de audiencia de 10 días. Durante dicho período de tiempo no se han formulado alegaciones ni observaciones alguna. Con fecha 1-12-01 se incorpora al expediente presupuesto por valor de 425.000 pesetas.
FUNDAMENTO DE DERECHO
1º.- El art. 26 de la Ordenanza de Limpieza establece la obligación de los propietarios de solares de mantenerlos libres de desechos y residuos, correspondiendo a los mismos la limpieza, si bien el Ayuntamiento podrá actuar subsidiariamente imputando el costo al obligado. 2º.- El art. 27 de la Ordenanza permite el derribo de las vallas de los sola
408
Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 491
res en ausencia manifiesta de sus propietarios, al objeto
de acceder a los mismos para proceder a su limpieza. 3º.- El
Consejero de Medio Ambiente ostenta competencia por
delegación del Presidente de fecha treinta y uno de Julio de dos
mil uno (31-7-01).
PARTE DISPOSITIVA
Se requiere a los propietarios del solar sito en C/ Ibiza n.º 3, para que en el plazo de 1 mes proceda a la limpieza del mismo con apercibimiento de ejecución subsidiaria.
Lo que se hace público, atendido que la identidad del propietarios del solar es desconocido, significando que el plazo señalado comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Ceuta, 1 de Febrero de 2.002.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
490.- No siendo posible practicar la notificación a D. FRANCISCO VALIENTE BERMEJO, en relación al expediente sancionador n.º 218/01, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 23 de Noviembre de 2.001, el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con motivo de denuncia de D. VICTOR JOAQUIN CHAVES PEREA, domiciliado en Avda. Teniente General Muslera n.º 2, Fase 1, portal 3, A-B (Residencial Parques de Ceuta), la Policía Local practica una medición de ruido en su domicilio el 23-10-01 a las 02,35 horas, resultando que los decibelios producidos por la obra de construcción que NECSO lleva a cabo en las proximidades era de 38,8 dBA. El resultado de la medición fue notificada a los trabajadores que se encontraban ejecutando su trabajo en la obra de construcción de referencia.
FUNDAMENTO DE DERECHO
1º.- El artículo 24 de la Ordenanza Municipal sobre emisión de ruidos, vibraciones y otras formas de energía aprobada por el pleno municipal el 5-7-93 (BOCE n.º 3484 de 15-7-93) establece que las obras de construcción no podrán realizarse entre las 22 horas y las 8 horas del siguiente si producen un incremento sobre el nivel de fondo en los niveles sonoros del interior de propiedades ajenas. Durante el resto de la jornada los equipos empleados no podrán originar a 1,50 metros de distancia niveles sonoras superiores a 80 días. 2º.- El art. 37.1 de dicha norma tipifica como falta, en relación con ruidos producidos por la construcción, u obra, los actos u omisiones que constituyan infracciones de las normas contenidas en esta Ordenanza. Se consideran faltas leves las que impliquen mera negligencia o descuido; faltas graves de infracción de los limites señalados por la Ordenanza o vulneración de las prohibiciones establecidas en la misma, y faltas muy graves la desobediencia reiterada a las órdenes para la adopción de medidas correctoras o de seguridad de determinadas conductas y la manifestación, resistencia o menosprecio al cumplimiento de las normas de esta Ordenanza. 3º.- El art. 38 regula las sanciones: faltas leves: hasta el 50% de la cuantía máxima autorizada en la legislación local (50% de 150.000 pesetas = 75.000 pesetas), faltas graves: del 51% al 75%. faltas muy graves: del 76% al 100%.
4º.- El Consejero de Medio Ambiente ostenta competencia delegada por el Presidente de la Ciudad mediante Decreto de fecha 31-7-01.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se incoa expediente sancionador a NECSO por infracción de la Ordenanza de ruidos. 2º.- Se designa Instructora del expediente a la Viceconsejera de Medio Ambiente, D.ª Carolina Pérez Gómez, que podrá ser recusada en cualquier momento del procedimiento. 3º.- Se concederá al expedientado un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. 4º.- Se indica la posibilidad de que el presunto responsable pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos del art. 8 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto (resolución del procedimiento con imposición de la sanción que proceda.). Lo que le traslado advirtiéndole que de no efectuar alegaciones en el plazo concedido, la iniciación podría ser considerada propuesta de resolución. Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 31 de Enero de 2.002.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
491.- No siendo posible practicar la notificación a PROMOCIONES AINARA CEUTA S.L., en relación al expediente sancionador n.º 140/01, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 18 de Diciembre de 2.001, el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
El Consejero de Medio Ambiente en Decreto de 21-8-01 sanciona a Construcciones Ainara S.L. con multa de 75.000 pesetas por la comisión de una infracción de la Ordenanza de Disciplina Urbanística consistente en derribo de un árbol centenario. Con fecha 7-9-01 comparece D. José Manuel Rodríguez Carreto, en representación de la empresa sancionada formulando recurso de reposición en base a los siguientes fundamentos: a) Indefensión al no habérsele notificado la incoación del procedimiento. b) Que los Servicios Municipales presenciaron la tala y participaron en la misma c) Que no constan las características singulares del árbol en cuestión d) Que en la licencia concedida para el derribo no se hace mención alguna obligación de conservar el árbol en cuestión.
FUNDAMENTO DE DERECHO
1º.- Queda acreditado en el expediente que la incoación del procedimiento le fue notificado a la empresa recurrente en la dirección que la misma proporciona en la solicitud de licencia de demolición (Edificio Plaza de los Reyes, oficina n.º 1), publicándose la notificación en el BOCCE 4022 de fecha 3-7-01. 2º.- Esta Consejería ha consultado con los Servicios Municipales responsables por razón de la materia, quienes han manifestado no haber participado en las actuaciones señaladas. 3º.- La Conservación de la especie arborea no deriva de especiales características, por cuanto que el art. 9.11.25 de las Normas Urbanísticas del PGOU se refiere al arbolado en general. 4º.- La obligación de conservar no nace porque se haga constar expresamente en una licencia de demolición, sino
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491 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
que es una obligación establecida en el ordenamiento
urbanístico aplicable. 5º.- El art. 116 y siguientes de la Ley 30/92,
de 26 de Noviembre, regula el recurso de reposición. 6º.- El
Consejero de Medio Ambiente, ostenta competencia delegada
del Presidente de la Ciudad por Decreto de fecha 31-7-01.
PARTE DISPOSITIVA
Se desestima el recurso interpuesto. Contra esta resolución podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de esta Ciudad, en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 39/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 31 de Enero de 2.002.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
492.- El Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente por su Decreto de fecha cuatro de febrero de dos mil dos (4-2-02), ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
Por Decreto del Consejero de Medio Ambiente de 18-10-01 se incoa expediente de orden de limpieza del solar sito en C/. Serrano Orive, entrando por callejón junto al establecimiento "La Meca de los Pantalones". Se desconoce la identidad del propietario del referido solar, a pesar de las gestiones que la Policía local ha realizado en las oficinas del catastro y contactando con los vecinos del lugar. Conste en el expediente presupuesto de limpieza del solar, por valor de 450.000 Ptas., que incluye derribar la valla del solar e instalar una nueva.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El art. 26 de la Ordenanza de Limpieza obliga a los propietarios de solares y terrenos a mantenerlos libres de desechos y residuos y en las debidas condiciones de limpieza, salubridad, seguridad y ornato público. La prescripción anterior incluye la existencia de desertización y desinfección de los solares. Es potestad del Ayuntamiento la inspección y realización subsidiaria de los trabajos de limpieza a los que se refieren los anteriores, sean los solares de propiedad pública o privada. El art. 27.1 de la Ordenanza dispone que los servicios municipales procederán a la ejecución subsidiaria de los trabajos con cargo al obligado. El art. 27.2 del texto restablece que en caso de ausencia manifiesta de sus propietarios, será potestad del Ayuntamiento el derribo de la valla de los solares de propiedad privada cuando, por motivo de interés público, se haga necesario para lograr el acceso. Los servicios municipales imputaron a los propietarios los costes del derribo así como de la reconstrucción de la parte de la valla afectada. El Consejero de Medio Ambiente ostenta competencia delegada por el Presidente por decreto de fecha 31-7-01.
PARTE DISPOSITIVA
Se requiere al propietario del solar sito en C/. Gral. Serrano Orive, callejón junto al establecimiento "La Meca de los Pantalones" de esta ciudad para que en el plazo de un mes lleve a cabo la limpieza del referido solar, bajo apercibimiento de ejecución subsidiaria.
No habiéndose podido practicar la notificación en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se hace pública la misma, significándole que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquier de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (art. 116.1 Ley 30/92, de 26 de noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio).
Ceuta, a 5 de febrero de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
493.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Emisora Radio, en Delgado Serrano, número 1, piso 1, Puerta D, a instancia de D. Rafael A. Romaguera Mena, D.N.I. 31817427, en representación de Onda Cero.
En cumplimiento de lo previsto en el art. 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.
Ceuta, 31 de enero de 2002.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO GENERAL.
494.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a REVISION, RECARGA Y RETIMBRADO DE EXTINTORES Y VENTA MENOR MATERIALES PROTECCION CONTRA INCENDIO, en DOCTOR MARAÑON, AVDA. Número 18, a instancia de D. FRANCISCO OROZCO TURRILLO, D.N.I. 25560639-A.
En cumplimiento de lo previsto en el art. 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.
Ceuta, 31 de enero de 2002.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCIDENTAL.- EL SECRETARIO GENERAL.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
495.- DECRETO DE 4 DE FEBRERO DE 2002 POR LA QUE SE ESTABLECEN LA CONVOCATORIA Y LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESION DE AYUDAS ECONOMICAS A ENTIDADES Y ASOCIACIONES DE CUALQUIER TITULARIDAD, SIN ANIMO DE LUCRO, CON DESTINO A LA FINANCIACION DE PROGRAMAS RELACIONADOS CON LAS
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Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 495
DROGODEPENDENCIAS Y CON LA PREVENCION Y EL CONTROL DE LA INFECCION POR VIH Y EL
SINDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA (SIDA).
La Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes de la Ciudad Autónoma de Ceuta, incluye entre sus objetivos de actuación, la atención integral a la fenomenología de las drogodependencias así como el abordaje preventivo de la infección por el VIH.
A tales efectos se entiende como prioritaria la necesidad de desarrollar una acción comunitaria, contando con la participación de las Administraciones Públicas, de las Instituciones Sociales y de los ciudadanos en general, para abordar los problemas derivados del consumo de drogas y de la infección por el VIH.
La colaboración y coordinación entre la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes y las Organizaciones no Gubernamentales (ONGs), es un elemento imprescindible para el desarrollo de actuaciones complementarias y coherentes con las que se realizan desde esta Consejería. Las ayudas económicas o subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales sin ánimo de lucro (ONGs), constituyen un elemento fundamental de la política de relación de la Consejería con estas Asociaciones.
La necesidad señalada de actuación coordinada entre los distintos sectores que intervienen en este ámbito, así como existencia de instrumentos técnicos y económicos que hagan posible dicha actuación, aconsejan establecer un marco normativo de una convocatoria de ayudas que contribuya a financiar programas locales relativos a la prevención de las drogodependencias, promovidos y desarrollados por Entidades y Asociaciones sin fines de lucro.
A su vez el Acuerdo Plenario de 21 de diciembre de 2001 por el que se aprueban los Presupuestos de la Ciudad para 2002 ha consignado en la clasificación presupuestaria 480.00.412.2.006 "Asociación lucha Drogodependencias", créditos por un importe de 15.025 Euros, afectados a la financiación de las ayudas económicas destinadas a los referidos fines.
Las subvenciones que aquí se regulan y convocan seguirán un régimen de concurrencia competitiva, siéndoles de aplicación, para lo no previsto en el presente Decreto, lo establecido por la sección 4ª del capítulo 1 del título II del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1091/1988 de 23 de septiembre, según la redacción dada por el artículo 16 de la Ley 31/1990 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1991, modificada por el artículo 135.4 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y por el Real Decreto 2225/1993 de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.
En su virtud, tengo a bien disponer:
Primero. Objeto.-
El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria por las que han de regirse la adjudicación y concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a la financiación de gastos ocasionados por actuaciones en materia de drogodependencias y de prevención y control de la infección por VIH en la población en general y en colectivos específicos. Estas actividades se integran en la Consejería de Salud Pública, a través de sus Planes sobre Drogas y SIDA y están sometidas a la orientación general de los mismo.
Segundo. Financiación.-
La financiación de las subvenciones previstas en el presente Decreto se efectuará con cargo a la aplicación 480.00.412.2.006 del Presupuesto General de la Ciudad de Ceuta para el año 2002.
Tercero. Beneficiarios.-
Las Ayudas Económicas reguladas por el presente decreto podrán ser solicitadas por aquellas Fundaciones, Instituciones y Entidades de cualquier ámbito y sin fines de lucro, que desarrollen programas relacionados con las drogodependencias y/o la infección por el VIH en el ámbito local. Las entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y poseer personalidad jurídica propia.
b) Acreditar que están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarías. En el caso de entidades que gozan de alguna exención tributaría, se presentará documentación que acredite la concesión efectiva de dicha exención.
c) Acreditar que están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social..
d) Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarías específicas de la Ciudad Autónoma de Ceuta
e) No haber sido sancionado ni condenado por sentencia firme a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas, mientras que, en ambos casos, no se haya cumplido el periodo impuesto de inhabilitación.
Cuarto. Actividades prioritarias.-
Las ayudas cuya concesión regula el presente decreto podrán ser solicitadas para financiar gastos causados por el desarrollo de actividades conforme a los siguientes prioridades:
a) La continuación de los proyectos ya subvencionados con anterioridad por la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes y la valoración del seguimiento de las estrategias en materia de prevención emanadas desde la Consejería.
b) Estrategias de intervención para la prevención de la infección por VIH en colectivos y poblaciones más vulnerables a la infección, principalmente en varones homosexuales, presos e inmigrantes.
c) Programas de investigación y realización de estudios técnicos en el campo de la prevención de drogodependencias y de asistencia y reinserción social en personas con problemas de drogodependencias desarrolladas por Entidades sin fines de lucro.
d) Recogida, realización y difusión de información relacionada con la infección por VIH y SIDA.
e) Programas de formación de voluntarios y profesionales.
f) Apoyo al movimiento asociativo entre afectados.
Quinto. Gastos subvencionables.-
5.1 Podrán ser objeto de subvención los gastos que cumplan los siguientes requisitos:
a) Gastos generales derivados del funcionamiento de las Entidades pertinentes: - Arrendamiento, conservación y reparación - Materiales y suministros. Estos gastos, salvo en casos excepcionales debidamente justificados por el representante legal de la entidad, no podrán superar el 20% del importe total.
b) Gastos correspondientes al mantenimiento y realización de actividades que estén relacionadas de forma directa y objetiva con el programa y debidamente especificados en el proyecto presentado por la entidad.
c) Dietas y gastos de viaje: No podrán superar en su conjunto el 5 por 100 del importe total, salvo que la naturaleza del proyecto justifique una cantidad superior. 5.2 La dis
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495 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
tribución de la subvención por importes y partidas tiene
carácter vinculante, sin perjuicio de las modificaciones
que pudieran aprobarse, previa solicitud adecuadamente
justificada por parte del solicitante.
Sexto. Presentación de solicitud y documentación.-
6.1 El plazo de presentación de las solicitudes, que deben ajustarse al formato establecido en el anexo a este Decreto y de la documentación correspondiente, será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad.
6.2 La documentación original se dirigirá a la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes, Plan sobre SIDA, y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, o bien por los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.
6.3 Documentación exigible: Para formular la solicitud de las ayudas económicas reguladas en la presente convocatoria deberá aportarse, por duplicado, la documentación siguiente:
a) Instancia conforme al modelo que se incorpora como anexo 1 al presente Decreto.
Dicha instancia deberá suscribirla quien ostente la representación de la entidad, o poder suficiente para ello, debiendo quedar este extremo acreditado documentalmente.
b) Copia autentificada de los Estatutos de la entidad solicitante, en los que deberá constar explícitamente el ámbito de la Entidad, sus fines u objeto y la inexistencia de ánimo de lucro en dichos fines. Si la entidad hubiese resultado subvencionada en anteriores convocatorias, el cumplimiento de este requisito no será necesario.
c) Copia de la tarjeta de identificación fiscal
d) Memoria de las actividades realizadas desarrolladas por la entidad durante 2001, detallando las ayudas (cuantía y procedencia) con que contó para el desarrollo de las mismas
e) Descripción del programa o plan de actividades objeto de la solicitud, en la que consten:
- Objetivos
- Contenido y fases del programa
- Metodología y en su caso material técnico utilizado
- Calendario de actividades
- Relación de recursos humanos con los que se cuenta para el desarrollo del programa
- Indicadores de evaluación
- Presupuesto detallado
f) Documentación acreditativa de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus cotizaciones en la seguridad social en los últimos doce meses. En el caso de que la entidad no cuente con personal que deba estar dado de alta en Seguridad Social, presentará declaración del representante legal de la misma sobre dicho extremo.
g) Declaración jurada del representante legal de la entidad solicitante y, en su caso, la/s entidades ejecutantes del/los proyecto/s, sobre no estar sancionado o condenado por sentencia firme, sin haberse cumplido el periodo de inhabilitación impuesto, a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas.
Séptimo. Tramitación y Resolución.-
7. l. La Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes, a la vista de las solicitudes presentadas, tramitará los expedientes pudiendo reclamar a las Entidades solicitantes cuantos documentos o aclaraciones considere necesarios para complementarlos.
7.2. Una vez revisada la documentación
presentada o, en su caso, se comunicarán al interesado las
deficiencias
encontradas. El interesado dispondrá de un plazo de diez
días hábiles para su subsanación, contados a partir del día
siguiente al de su comunicación. Transcurrido este plazo, en el caso
de no haberse recibido las correcciones o documentos
solicitados, se tendrá al solicitante por desistido de su
solicitud, archivándose previa resolución que se dictará en los
términos establecidos en el art. 42.2 de la Ley 30/92 de 26 de
Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su
redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de Enero
7.3. La Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes, adoptará la resolución que proceda en función de las disponibilidades presupuestarias para 2002, las características técnicas del proyecto y su adecuación a los siguientes criterios:
- Evaluación de la necesidad social
- Sector de atención
- Presupuesto
- Fines de la entidad
- Experiencia y capacidad técnica
- Calidad técnica de proyecto
- Continuidad de los programas y proyectos en vigor.
- Participación de la población diana y de voluntariado. Colaboración con las administraciones públicas
- Coordinación entre entidades
- Carácter innovador
- Otras fuentes de financiación
- Se priorizará a las entidades y asociaciones que han recibido la Declaración de Utilidad Pública
Octavo. Resolución de la convocatoria.-
8. 1. Una vez evaluadas las solicitudes, se publicará una resolución provisional en el BOCCE y en el tablón de anuncios del Palacio Municipal, ante la que los interesados podrán presentar alegaciones en el plazo de 15 días.
8.2. Estudiadas las alegaciones, se elevará a definitiva la resolución provisional, comunicándose a los interesados, junto con la publicación del BOCCE y el tablón de anuncios del Palacio Municipal. La propuesta de resolución deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y la cuantía de la subvención, desglosada según programas y tipo de gastos.
8.3. En el caso de que la resolución conceda una subvención de un importe menor al presupuestado por la entidad solicitante, la Consejería, podrá modificar el programa inicialmente presentado, ajustándolo al importe realmente concedido, especificando los capítulos o conceptos de aquel programa que desaparecen o se transforman.
8.4. En ningún caso el importe total de las subvenciones o ayudas concedidas acumulativamente para el mismo fin por las Administraciones Públicas u otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá superar el coste de los programas subvencionados que desarrolle el beneficiario. En este último caso, la cuantía de la subvención concedida será objeto de resolución modificatoria dictada por el Consejero de Sanidad, Consumo y Deportes debiéndose proceder al reintegro del exceso obtenido sobre el coste del programa subvencionado.
Noveno. Abono de las ayudas económicas otorgadas.-
Conforme a lo establecido en la base 22.ª de los Presupuestos Generales de la Ciudad, concedida la subvención, se abonará el 75% de la misma. El 25% restante se abonará una vez justificado el primer porcentaje.
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Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 495
Décimo. Plazo de realización de los programas.-
El plazo de realización de los programas objeto de subvención, así como de los gastos generados por los mismos finalizará el 31 de diciembre de 2002. La fecha de inicio del plazo de realización de los programas es el de recepción de la subvención.
Undécimo. Memoria de ejecución y publicación de los resultados.-
11.1 Los beneficiarios de las subvenciones concedidas en virtud de la presente convocatoria, una vez realizado el programa objeto de la subvención, deberán presentar ante el Plan sobre SIDA de la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes una memoria final justificativa de la realización del o los proyectos objeto de subvención, hasta el 31 de enero de 2003, salvo que se establezca otro plazo en la Resolución de concesión o, a petición del propio interesado se haya concedido una prórroga para el plazo de justificación. Esta memoria deberá corresponder específicamente al programa subvencionado, ajustarse a los contenidos del proyecto presentado y contener las distintas fases de realización del programa, así como sus resultados, análisis y conclusiones.
11.2 La Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes podrá en todo momento hacer uso público del contenido y resultados de los programas y actividades realizados mediante las subvenciones otorgadas.
11.3 Cuando las entidades seleccionadas hicieran públicos los programas o actividades financiados por la presente disposición, deberán hacer constar expresamente el siguiente texto: "Subvencionado por la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes, Plan sobre SIDA".
11.4 En el caso de que el proyecto incluya la elaboración de material informativo, tanto escrito como audiovisual, previamente a su publicación, éste deberá contar con la aprobación del Plan sobre SIDA de la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes..
Duodécimo. Justificación del gasto.-
12.1 A efectos de justificar que la subvención concedida se ha invertido en forma debida, las entidades subvencionadas deberán presentar, hasta el 30 de septiembre de 2002 o hasta la fecha de finalización de la prórroga concedida en su caso, junto a la memoria a la que se hace referencia en el apartado undécimo, la siguiente documentación justificativa:
a) Declaración del representante legal de la entidad solicitante y, en su caso de la/s entidad/es, sobre la efectiva realización de los programas y actividades para los que se concedió la subvención.
b) Una relación en la que se enumeren uno a uno, para cada proyecto subvencionado, los documentos justificativos que se aportan y su importe, agrupados según los conceptos de gastos especificados en la resolución de concesión de la subvención.
c) Facturas o recibos originales firmadas por el
perceptor de gastos ocasionados en el cumplimiento del
programa subvencionado, correspondientes a los conceptos y
programas subvencionados y realizados dentro del plazo de
ejecución del mismo. Dichas facturas deberán reunir los
requisitos previstos por el Real Decreto 2402/1985 de 18 de
di
ciembre, por el que se regula el deber de expedir y
entregar factura que incumbe a los empresarios y sus
modificaciones posteriores. Los justificantes que se refieran a gastos de
personal se completarán con las correspondientes
declaraciones de retenciones de I.R.P.F. y documentos de ingreso de
Seguridad Social en su caso.
d) Cualquier otra documentación acreditativa de la realización de la actividad o servicio, o el cumplimiento de la finalidad que motivó la concesión.
12.2 Si vencido el plazo de justificación, la entidad no hubiese presentado los correspondientes documentos, se entenderá por incumplida la obligación de justificar, las consecuencias previstas en los artículos 81.9 y 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
12.3 La documentación justificativa se dirigirá al Excmo. Sr. Consejero, especificando que se trata de la justificación documental de la ayuda económica sobre drogas y VIH/SIDA y podrá presentarse utilizando cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
12.4 En todos los casos, la posterior justificación de gastos se corresponderá con la cuantía realmente concedida y con la distribución de ésta entre las distintas partidas subvencionadas, en los términos fijados en la resolución de concesión o en la de modificación en su caso.
12.5 Para un adecuado control del gasto público, el beneficiario de la subvención está sometido a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Dirección General de Sanidad, y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Ciudad de Ceuta.
Decimotercero. Inversión de la dotación.-
13.1. La entidad beneficiaria está obligada a realizar la totalidad del proyecto objeto de la ayuda, aún en el supuesto de que la ayuda financie una parte del mismo.
13.2. El incumplimiento total o parcial de cualquiera de las condiciones, así como haber percibido ayuda económica para los mismos conceptos con cargo a otros créditos de los Presupuestos Generales del Estado o de la Administración Autonómica o local, constituirá causa determinante de la revocación de la ayuda y del reintegro de este por el perceptor, previo requerimiento de la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes. De no ser atendido dicho requerimiento la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes promoverá las acciones que en cada caso procedan.
Disposición final. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, 4 de febrero de 2002.- EL CONSEJERO DE SANIDAD, CONSUMO Y DEPORTES.- Fdo.: Justo Ostalé Blanco.
413
495 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
ANEXO
Don/Doña ________________________________________
_________________________________________________
con D.N.I n.º __________________________ domiciliado en ______________ calle ___________________________
____________________ como representante legal de (Nombre de la entidad) __________________________________
Nº identificación fiscal ____________________________ domiciliado/a en _________________ calle _____________
________________________________________________
Teléfono _________________________________
SOLICITA una ayuda de __________________ Euros,
para el desarrollo del programa ___________________________
_________________________ cuyo coste total estimado
es _________________________ ptas.
para lo que se adjunta la siguiente documentación:
- Copia Estatutos de la Entidad, si fuese necesario.
- Copia Tarjeta de Identificación Fiscal
- Memoria actividades desarrolladas por la entidad durante 2001.
- Descripción del Programa por el que se solicita la ayuda.
- Documentación acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente de las cotizaciones de la Seguridad Social.
- Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Ceuta, a ______de ___________________de 2002
EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, CONSUMO Y DEPORTES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
496.- Decreto del Excmo. Sr. Consejero de
Hacienda, de 4 de febrero de 2002 por el que se adjudica el
contrato
de: "Suministro de Alumbrado Público para el Paseo
Marítimo de Benítez".
Organismo: Ciudad Autónoma de Ceuta.
Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
Número de Expediente: 566/2001
Objeto de contrato: Suministro
Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
Tramitación: Urgente
Procedimiento: Abierto
Forma de Adjudicación: Concurso
Precio de adjudicación: 121.959,49 Euros.
Fecha 4 de febrero de 2002.
Adjudicatario: Gabitec Instalaciones, S.L.
En Ceuta a 4 de febrero de 2002.- EL SECRETARIO GENERAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
497.- No habiéndose podido practicar la notificación en los términos del artículo 59.4 de la L.R.J.P.A.C. se hace pública la misma. Transcurridos los plazos establecidos sin que se haya presentado recurso alguno, se requiere a D. Abderrahaman Layachi Tuhami, con D.N.I.: 45.085.161, para que realice el pago de noventa euros con quince céntimos (90,15 Euros) por la sanción impuesta por motivo del expediente n.º 35 (01) en la Caja Gral. sita, en Edificio Ceuta Center. Los plazos de ingreso son los establecidos en el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación: Notificación practicada entre los días 1 al 15 de cada mes, desde la fecha de recepción hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Notificación practicada entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Transcurridos los plazos, la deuda se exigirá por el procedimiento de apremio.
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Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 502
Ceuta, 5 de febrero de 2002.- V.º B.º EL
PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO
GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
498.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm. 92/01 que se sigue por la supuesta falta de 636 y 634 he mandado citar a D. Hamido Alí Mohamed, en calidad de denunciado a fin de que comparezca el próximo día 26 de febrero de 2002 a las 10,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado sito en la C/. Serrano Orive s/n a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad expido la presente en la ciudad de Ceuta a 30-01-02.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
499.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, por providencia de esta fecha dicta en el procedimiento de Juicio de Faltas número 108/01, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Manuel García Ortega, en calidad de denunciante, a fin de que comparezca el próximo día 26 de febrero de 2002, a las 11,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Serrano Orive sin número, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le parará los perjuicios con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en la Ciudad de Ceuta a treinta de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
500.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, por providencia de esta fecha dicta en el procedimiento de Juicio de Faltas número 392/01, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Nabil Mohamed Mohamed, en calidad de denunciante, a fin de que comparezca el próximo día 26 de febrero de 2002, a las 10,50 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Serrano Orive sin número, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le parará los perjuicios con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en la Ciudad de Ceuta a treinta de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
501.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, por providencia de esta fecha dicta en el procedimiento de Juicio de Faltas número 162/00, que se sigue por la supuesta falta de desobediencia, he mandado citar a D. Mustafa Kinaichi y a D. Mohamed Rabah Sediri, en calidad de denunciados, a fin de que comparezcan el próximo día 26 de febrero de 2002, a las 11,40 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Serrano Orive sin número, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparecen les parará los perjuicios con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en la Ciudad de Ceuta a treinta de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
AUTORIDADES Y PERSONAL
502.- La Ilma. Sra. Viceconsejera de Presidencia y Recurso Humanos, Dª. Cristina Bernal Durán, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía, por Decreto de fecha 07-08-01 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto con esta fecha el siguiente:
DECRETO
Publicada las Bases Genéricas para plazas temporales por el sistema de Concurso Oposición en el BOCCE número 4.006 de 8 de mayo de 2001, negociadas previamente con las distintas Centrales Sindicales con representación en esta Administración, se estima necesario la provisión con carácter temporal de una plaza de Auxiliar Administrativo, reservado a persona con minusvalía.
En base a ello, he resuelto:
Convocar de acuerdo con las Bases Genéricas 1 plaza de Auxiliar Administrativo de acuerdo con las Bases específicas que se adjuntan.
Ceuta ocho de febrero de dos mil dos.- LA VICECONSEJERA.- Doy fe.- EL SECRETARIO GENERAL.
CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE 1 PLAZA TEMPORAL DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO.
1º.- Normas Generales:
En el BOCCE número 4.006 de 8 de mayo de 2001, se publican las Bases Genéricas de las convocatorias para plazas temporales mediante el sistema de Concurso Oposición. De acuerdo con dichas Bases se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza temporal, mediante contrato de duración determinada de 1 Auxiliar Administrativo, reservado a persona con minusvalía.
2º.- Condiciones de los aspirantes:
Las condiciones de los aspirantes serán las indicadas en el punto 3 de las Bases Genéricas citadas, requiriéndose además lo siguiente:
- Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
- Tener la condición de minusválido con discapacidad igual o superior al 33 por 100 debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición (certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente).
3º.- Desarrollo de la Convocatoria:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 5 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta Convocatoria.
La presente convocatoria se rige por las Bases Genéricas publicadas en el BOCCE número 4.006 de 8 de mayo de 2001.
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502 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
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Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 510
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
503.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, por providencia de esta fecha dicta en el procedimiento de Juicio de Faltas número 143/00, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Mohamed Alí Salmoun El Lakliouch, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 26 de febrero de 2002, a las 12,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Serrano Orive sin número, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le parará los perjuicios con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en la Ciudad de Ceuta a treinta de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
504.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, por providencia de esta fecha dicta en el procedimiento de Juicio de Faltas número 553/00, que se sigue por la supuesta falta de daños, he mandado citar a D. Mohamed El Mechkouri Karkas, en calidad de denunciante, a fin de que comparezca el próximo día 26 de febrero de 2002, a las 12,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Serrano Orive sin número, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le parará los perjuicios con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en la Ciudad de Ceuta a treinta de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
505.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, por providencia de esta fecha dicta en el procedimiento de Juicio de Faltas número 344/00, que se sigue por la supuesta falta del artículo 636 del C.P., he mandado citar a D. Abderrahaman Lajifi Boulhaich, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 26 de febrero de 2002, a las 12,20 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Serrano Orive sin número, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le parará los perjuicios con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en la Ciudad de Ceuta a treinta de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
506.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, por providencia de esta fecha dicta en el procedimiento de Juicio de Faltas número 85/00, que se sigue por la supuesta falta de imprudencia, he mandado citar a D. Omar Zemmouri, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 26 de febrero de 2002, a las 13,20 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Serrano Orive sin número, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le parará los perjuicios con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en la Ciudad de Ceuta a treinta de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
507.- En la Unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno de Cádiz sita en la Plaza de la Constitución número 2 (11071 Cádiz) se encuentra el siguiente documento:
Resolución.
Expediente: 2001/4.245.
Nombre y apellidos: Mohamed Hamido Mohamed.
D.N.I.: 45.086.665
Domicilio: Bda. Juan Carlos I, 61-1º
Código Postal y Localidad: 51002 Ceuta.
Lo que se publica de acuerdo con los previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a veintitrés de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Cantos Aberasturi.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
508.- El Excmo. Sr. Consejero de Hacienda en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía, por Decreto de 12 de febrero de 2001 y conforme a lo dispuesto en los artículos de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 78 1/86, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente
RESOLUCION
Mediante Resolución de la Consejería de Fomento de fecha 26 de octubre de 2001, se incoa el expediente de contratación, mediante el procedimiento de subasta, para la adjudicación de las obras de Rehabilitación de la Bda. Ppe. Felipe de Ceuta. El presupuesto asciende a 2.306.452,60 E. (383.761.422 ptas), IPSI incluido, siendo las actuaciones financiadas con cargo al Plan de Inversiones y Programa de Financiación 2001-2003 de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
La Mesa de Contratación, reunida el día 17 de diciembre de 2001, tras la apertura de las ofertas, acordó proponer al órgano de contratación la adjudicación de la subasta anteriormente citada a favor de la oferta presentada por la Empresa MANTENIMIENTOS Y CONSTRUCCIONES ALCUBA, S.A., con estricta sujeción a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de la licitación, por importe de 1.757.747,53 E. (292.464.580 ptas.), IPSI incluido y un plazo de ejecución de dieciséis meses, a contar desde la firma del acta de inicio.
Considerando lo dispuesto en el art. 113. 1.ª del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, el art. 41.11.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en relación con el art. 2 1. 1.1) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el art. 15 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, y la Resolución de la Presidencia-Alcaldía de 12 de febrero de 2001, sobre delegación de competencias en la Consejería de Hacienda.
De conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del vigente presupuesto de la Ciudad y de acuerdo, en cuanto a procedimiento, con lo preceptuado en el artículo
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510 B. O. C. CE. - 4.086 Martes 12 de febrero de 2002
74.3 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas y demás legislación
aplicable, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:
PRIMERO: Adjudicar definitivamente las obras de Rehabilitación de la Bda. Ppe. Felipe de Ceuta, a la empresa MANTENIMIENTOS Y CONSTRUCCIONES ALCUBA, S.A., seleccionada por la Mesa de Contratación, por un importe total de 1.757.747,53 E. (292.464.580 ptas), IPSI incluido, con un plazo de ejecución de 16 meses desde el Acta de inicio de obra, con estricta sujeción a lo regulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, al Proyecto aprobado, Pliego de Prescripciones Técnicas y oferta presentada.
SEGUNDO: Aprobar el gasto correspondiente por la cantidad arriba mencionada, que será financiado a través del Plan de Inversiones y Programa de Financiación 2001-2003, previsto en los Presupuestos generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
TERCERO: Comunicar la Resolución adoptada al adjudicatario y licitadores, requiriendo a la primera parte para que en un plazo de quince (15) días naturales constituya la garantía definitiva.
CUARTO: Dar publicidad, en legal forma, a la adjudicación.
Ceuta, veinticinco de enero de dos mil dos.- EL CONSEJERO.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
509.- El Excmo. Sr. Consejero de Hacienda en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía, por Decreto de 12 de febrero de 2001 y conforme a lo dispuesto en los artículos de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente
RESOLUCION
Mediante Resolución de la Consejería de Fomento de fecha 26 de octubre de 2001, se incoa el expediente de contratación, mediante el procedimiento de concurso, para la contratación de la Dirección Facultativa de las obras de Rehabilitación de la Bda. Ppe. Felipe de Ceuta. El presupuesto asciende a 37.612 Euros (6.258.249 ptas), IPSI incluido, siendo las actuaciones financiadas con cargo a la partida presupuestaria nº 629.00.432.0.008 "ASISTENCIA TECNICA Y DE PLANEAMIENTO PLAN DE INVERSIONES " de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
La Mesa de Contratación, reunida el día 14 de enero de 2002, tras la apertura de la oferta, acordó proponer al órgano de Contratación la adjudicación del concurso anteriormente citado a favor de la oferta presentada por el Arquitecto Técnico D. ANTONIO LUIS FRANCIA MAESO, con estricta sujeción a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de la licitación, por importe de 37.612,83 Euros (6.258.249 ptas.), IPSI incluido y un plazo de duración que coincidirá con el plazo de ejecución de las obras, más el plazo de garantía, a contar desde la firma del acta de inicio.
Considerando lo dispuesto en el art. 113.1.ª del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, el art. 41.11.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en relación con el art. 21. 1.1) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el art. 15 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, y la Resolución de la Presidencia-Alcaldía de 12 de febrero de 200 1, sobre delegación de competencias en la Consejería de Hacienda.
De conformidad con lo establecido en las bases
de ejecución del vigente presupuesto de la Ciudad y de
acuerdo,
en cuanto a procedimiento, con lo preceptuado en el
artículo 75.3 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas y demás legislación
aplicable, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:
PRIMERO: Adjudicar definitivamente la Asistencia Técnica de las obras de Rehabilitación de la Bda. Ppe. Felipe de Ceuta, al Arquitecto Técnico D. ANTONIO LUIS FRANCIA MAESO, seleccionado por la Mesa de Contratación, por un importe total de 37.612 E. (6.258.249 ptas), IPSI incluido, con un plazo de duración coincidente con el de ejecución de las obras, más el plazo de garantía, a contar desde el Acta de inicio de obra, con estricta sujeción a lo regulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, al Proyecto aprobado, Pliego de Prescripciones Técnicas y oferta presentada.
SEGUNDO: Aprobar el gasto correspondiente por la cantidad arriba mencionada, que será financiado a través del la partida de los Presupuestos generales de la Ciudad de Ceuta " Asistencia técnica y de planeamiento Plan Inversiones 2001 - 2003.
TERCERO: Comunicar la Resolución adoptada al adjudicatario y licitadores.
CUARTO: Dar publicidad, en legal forma, a la adjudicación.
Ceuta, veinticinco de enero de dos mil dos.- EL CONSEJERO.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
510.- La Ilma. Sra. Viceconsejera de Presidencia y Recurso Humanos, Dª. Cristina Bernal Durán, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía, por Decreto de fecha 07-08-01 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto con esta fecha el siguiente DECRETO:
Publicada las Bases Genéricas para plazas temporales por el sistema de Concurso Oposición en el BOCCE número 4.006 de 8 de mayo de 2001, negociadas previamente con las distintas Centrales Sindicales con representación en esta Administración, se estima necesario la provisión con carácter temporal de seis plazas de celadores.
En base a ello, he resuelto:
Convocar de acuerdo con las Bases Genéricas 6 plazas de celadores de acuerdo con las Bases específicas que se adjuntan.
Ceuta ocho de febrero de dos mil dos.- LA VICECONSEJERA.- Doy fe.- EL SECRETARIO GENERAL.
CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE 6 PLAZAS TEMPORALES DE CELADORES.
1º.- Normas Generales:
En el BOCCE número 4.006 de 8 de mayo de 2001, se publican las Bases Genéricas de las convocatorias para plazas temporales mediante el sistema de Concurso Oposición. De acuerdo con dichas Bases se convocan pruebas selectivas para cubrir 6 plazas temporales, mediante contrato de duración determinada, bajo la modalidad de circunstancia de la producción de 6 celadores.
2º.- Condiciones de los aspirantes:
Las condiciones de los aspirantes serán las indicadas en el punto 3 de las Bases Genéricas citadas, requiriéndose además lo siguiente:
- Estar en posesión del Certificado de Escolaridad.
3º.- Desarrollo de la Convocatoria:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 5 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta Convocatoria.
La presente convocatoria se rige por las Bases Genéricas publicadas en el BOCCE número 4.006 de 8 de mayo de 2001.
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Martes 12 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.086 510