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BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVII Martes 5 de febrero de 2002 Número 4.084



S U M A R I O
AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

362.- Aprobación de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión de 1 plaza de auxiliar administrativo del Patronato Municipal de Música, mediante contrato laboral de duración indefinida.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

358.- Notificación a Almacén Borrás, de la solicitud a instancias de D. Fco. Javier Mancilla Gómez, de licencia de implantación de local sito en Juan I de Portugal n.º 21, para ejercer la actividad de taller de reparación de automóviles.

359.- Notificación a D.ª Amina Haddu Al Lal, a D. Abdeselam Al-Lal Hives y a D.ª Malika Abdeselam Al-Lal, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

363.- Notificación a D.ª Carmen Vega Martín, en expediente de solicitud de licencia de obras en local sito en c/ Real, 64 -Edificio Granada- (expte. 77443/2001).

364.- Notificación a D. Karim Messaud Lahasen, en expediente sancionador 219/2001.

365.- Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de construcción de un campo de explosivos en ladera de la vaguada Norte de "La Tortuga" de Ceuta.

366.- Notificación a D. Andrés Durán García, en expediente de solicitud de licencia de implantación, a instancias de D. Hamido Mohamed Hamadi, para ejercer la actividad de Reparación de Calzado y Confección de Llaves, en local sito en c/Tte.Gral.Muslera, Centro Comercial.

367.- Notificación a D. Andrés Durán García, en expediente de solicitud de licencia de implantación, a instancias de D. Javier Flores Domínguez, para ejercer la actividad de Taller de Restaurante de Servicio Rápido, en local sito en c/ Tte. Gral. Muslera, Centro Comercial.

379.- Notificación a D. Mustafa Mohamed Mohamed y a D.ª Uazna Abdeselam Abdel-Lah, en expediente 85215/99 del Area de Menores.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

374.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

375.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

376.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social de Ceuta

360.- Notificación a D.ª M.ª Carmen González Márquez, en Procedimiento 403/2001.

Juzgado de Menores

Número Uno de Ceuta

361.- Notifricación a D. Francisco Javier Espinosa Ramírez, en Pieza de Responsabilidad Civil 444/2001, dimanante del procedimiento del Expediente de Reforma 204/2001.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

368.- Citación a D Badreddine Gana, en Juicio de Faltas 695/2001.

369.- Citación a D. Ali Dadi, en Juicio de Faltas 782/2001.

370 B. O. C. CE. - 4.084 Martes 5 de febrero de 2002



370
.- Citación a D. Jalid Sager, en Juicio de Faltas 788/2001.

371.- Citación a D. Abdellah Yacoubi, en Juicio de Faltas 775/2001.

372.- Citación a D.ª Halima Boumediene, en Juicio de Faltas 695/2001.

373.- Citación a D. Daniel Santiago, en Juicio de Faltas 780/2001.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

377.- PROCESA.- Adjudicación a Fomento de Construcciones y Contratas S.A. el diseño, redacción de proyecto y ejecución de obras e infraestructuras necesarias para el Desdoblamiento del Paseo de las Palmera de Ceuta.

380.- PROCESA.- Contratación mediante subasta abierta de las obras contenidas en el proyecto "Conjunto Monumental de las Murallas Reales, Baluarte de los Mallorquines".

PARTICULARES.

Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta

378.- Convocatoria de elecciones generales para la renovación del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta.


I N F O R M A C I O N



PALACIO DE LA ASAMBLEA:  Plaza de Africa s/n. - Telf. 956 52 82 00

- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.

- Registro General e Información Horario de 9 a 14 y de 16 a 18 h.

Telf. 956 52 83 15 - Fax 956 52 83 14

SERVICIOS FISCALES:   C/. Padilla (Edificio Ceuta-Center)

- Importación Telf. 956 52 82 95. Horario de 8 a 2 y de 4 a 7 h.

- I.P.S.I. Telf. 956 52 82 86. Horario de 8 a 3 y de 4 a 6 h.

ASISTENCIA SOCIAL:   Juan de Juanes s/n. - Telf. 956 50 46 52. Horario de 10 a 14 h.

BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 956 51 30 74. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.

LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 956 51 42 28

FESTEJOS:  Edif. Plaza de los Reyes - Telf. 956 51 80 22

JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 956 51 88 44

POLICIA LOCAL:  Avda. de España s/n. - Telfs. 956 52 82 31 - 956 52 82 32

BOMBEROS:  Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 956 52 83 55 - 956 52 82 13

INTERNET: http://www.ciceuta.es


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Martes 5 de febrero de 2002 B. O. C. CE. - 4.084 360




OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

358.- En cumplimiento a lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica que D. Fco. Javier Mancilla Gómez, solicita licencia de implantación de local sito en Juan I de Portugal n.º 21, para ejercer la actividad de Taller de Reparación de Automóviles.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del recibo de esta notificación, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Tablón de Anuncios del Ilustre Ayuntamiento de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a Almacén Borrás.

Ceuta, 24 de Enero de 2.002.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

359.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D.ª Amina Haddu Al Lal, con NIF: 45089322F, casada con D. Abdeselam Al-Lal Hives, con NIF: 45.088.668-C, quien ha sido notificado por los conceptos e importes que a continuación se expresan:

Año Concepto Importe

Varios I.B.I. Alcat. y Otros 256.244 Ptas.

Recargo de apremio 51.249 Ptas.

Intereses y costas 166.400 Ptas.

Total 473.893 Ptas.

Por la Tesorería de esta Ciudad Autónoma, se dictó con fecha de 6-7-01, la siguiente:

Providencia: En uso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D.ª Amina Haddu Al Lal, deudora a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra el expresado deudor, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dicho deudores que a continuación se describe:

Descripción: Vivienda situada en la calle Velarde n.º 1, planta n.º 6, puerta-D, de esta Ciudad de Ceuta. Como partícipe con el 50% de pleno dominio con carácter ganancial. Finca n.º 13.880, Tomo 181, Folio 9.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo a Sr. Registrador de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Recaudador-Rubricado.

Contra la presente, y en los casos establecidos en el artículo 99 del citado Reglamento, podrá interponer en el plazo de un mes, Recurso de reposición ante el Tesorero, previo al Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en el art. 14.2 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (L. 39/88 de 28 de diciembre). No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que a su derecho estime conveniente.

Se le advierte que en el procedimiento de apremio solo se suspenderá en los casos y formas previstas en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.

Y encontrándose D.ª Amina Haddu Al Lal, la deudora a quien se refiere la presente, D. Abdeselam Al-lal Hives, propietario del 50% del pleno dominio con carácter ganancial y D.ª Malika Abdeselam Al-Lal, propietaria del 50% del pleno dominio con carácter privativo, en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar las correspondientes notificaciones, se publica la presente para su conocimiento y efectos.

Ceuta, 29 de enero de 2002.- EL DIRECTOR GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social de Ceuta

360.- D. Manuel Villalta Jiménez, Oficial en Funciones de Secretario del Juzgado de lo Social de Ceuta.

Hago Saber: Que en el procedimiento 403/01 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. Jamal Mohamed Palazón contra la empresa de D. José del Río Ruiz y dos más, sobre Despido, se ha dictado la sentencia, cuya parte dispositiva dice:

FALLO

Que estimando la demanda de despido formulada por D. Jamal Mohamed Palazón contra D. José del Río Ruiz, D.ª M.ª Carmen González Márquez y Bingo Alsa, S.A.. debo declarar y declaro que el cese efectuado el día 23-6-01, es constitutivo de un despido improcedente, condenando a que en plazo de cinco días opten entre readmitir al actor en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que venía disfrutando o a que lo indemnicen con la suma de ciento cincuenta y siete mil quinientas (157.500 Ptas.) y en todo caso con los salarios de tramitación desde tal cese hasta la fecha de expiración contractual pactada. Notifíquese esta resolución a las partes, adviertiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso en el plazos de cinco días, contados a partir de esta notificación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Ceuta y Melilla, advirtiéndoles caso de recurrir deberán in

 

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gresar el importe de la condena más 25.000 Ptas., en la sucursal del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria de esta Ciudad. Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando la pronuncio, mando y firmo. Sr. Juan Domínguez Berrueta y de Juan. Firmada y rubricada.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a D. ª María Carmen González Márquez en ignorado paradero expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Ceuta a veintidós de enero de dos mil dos.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de autos o sentencia o trate de emplazamiento.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

Juzgado de Menores

Número Uno de Ceuta

361.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Menores Número Uno de Ceuta en autos de Pieza de Responsabilidad Civil al n.º 444/01, dimanante del procedimiento del Expediente de Reforma n.º 204/01 incoado para el enjuiciamiento de un menor cuyos datos consta en autos, ha dictado providencia que textualmente dice:

"Visto el contenido de la anterior diligencia, y apareciendo que el perjudicado en el presente procedimiento no tiene domicilio conocido en esta Ciudad, emplácese al mismo por medio de edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado en el Boletín Oficial de la ciudad de Ceuta por ser el último domicilio conocido del mismo, a fin de notificar a D. Francisco Javier Espinosa Ramírez, que aparece como perjudicado en las actuaciones, su derecho a ser parte en esta pieza, para lo que podrán personarse en ella en el plazo de un mes, desde que le sea notificada la presente resolución, sin perjuicio de que se personen en ella todos los que se consideren como tales".

Y para que sirva de notificación y emplazamiento del perjudicado en el presente procedimiento D. Francisco Javier Espinosa Ramírez expido el presente que firmo en la Ciudad de Ceuta a catorce de mayo de dos mil uno.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

362.- Pongo en su conocimiento que, por decreto de 30 de enero de 2002, la Excma. Sra. D.ª Adelaida Alvarez Rodríguez, Presidenta del Patronato Municipal de Música ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

En el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta n.º 4069, de 14/12/01 se publican las bases de la convocatoria para la provisión mediante contrato laboral de duración indefinida de una plaza de auxiliar administrativo del Patronato Municipal de Música por el sistema de concurso-oposición mediante promoción interna.

Con fecha 3/01/02 finalizó el plazo de presentación de solicitudes, habiéndose revisado la única solicitud presentada, de D. Juan Angel Becerra Rodríguez, cuya admisión resulta procedente.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

La base quinta de la convocatoria, que establece que terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidenta del Patronato dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Palacio Autonómico, se indicará la causa de la exclusión, concediendo un plazo de diez días hábiles para formular reclamaciones, a tenor de lo dispuesto en el art. 84.3 de la precitada Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que se adopte para aprobar la lista definitiva, que será hecha pública en la misma forma.

En la misma resolución la Presidenta del Patronato determinará la composición del Tribunal Calificador, el lugar, día y hora de su constitución y de celebración del concurso.

Los aspirantes que , dentro del plazo señalado, no subsanaran la causa de exclusión o alegar la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

PARTE DISPOSITIVA

1) Se aprueba la lista provisional de aspirantes de admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión mediante contrato laboral de duración indefinida de una plaza de auxiliar administrativo del Patronato Municipal de Música por el sistema de concurso-oposición mediante promoción interna, que queda como sigue:

ADMITIDOS

Nombre Apellidos DNI/NIF

Juan Angel Becerra Rodríguez 45.076.936-H

EXCLUIDOS

Ninguno

2) Se concede un plazo de diez días hábiles para formular reclamaciones.

Ceuta, 30 de Enero de 2002.- LA SECRETARIA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE MÚSICA.- M.ª Dolores Pastilla Gómez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

363.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha 21-01-02, ha dispuesto lo siguiente:

"ANTECEDENTES

Con fecha 22-10-01, D.ª CARMEN VEGA MARTIN, en su propio nombre solicita licencia de obras de adecuación e instalación de local en c/ Real n.º 64 (Edificio Granada). Acompaña a su solicitud proyecto realizado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Hamed Abdeselam Mohamed, visado con n.º 013533 y fecha 18-10-01 por el Colegio Ofi


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cial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Sevilla.- El Arquitecto municipal emite el 15 de Enero de 2.002, el informe n.º 81/02, cuyo tenor literal es el siguiente: " 1.º) Comprobada la documentación presentada se informa que no existe inconveniente de orden técnico ni urbanístico por lo que se podría conceder la solicitada licencia de obras. 2º) El presupuesto de ejecución material, incluido Seguridad y Salud, asciende a la cantidad de 10.038,72 Euros. 3º) El plazo de ejecución de las obras se establece en 2 meses. 4º) Se informa al interesado que antes del inicio del comienzo de las obras deberá comunicar a estos Servicios Técnicos el inicio de las mismas, así como que en caso oportuno deberá solicitar las preceptivas licencias por ocupación de vía pública, por instalación provisional de contenedores, etc." Consta en el expediente informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 178 de la Ley del Suelo de 1.976, sujeta a este tipo de actos a la preceptiva licencia municipal. En igual sentido, el art. 1 del R.D.U y el art. 5 de la O.M.D.U. Decreto de la Presidencia de 31-07-01, por el que se atribuyen las competencias al Consejero de Fomento.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se concede a D.ª Carmen Vega Martín, licencia de obras para la adecuación e instalación de local en c/ Real n.º 64 (Edificio Granada), según proyecto presentado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Hamed Abdeselam Mohamed y con un presupuesto de 10.038,72 Euros. 2.- Dicha licencia se concede salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, fijándose el plazo de ejecución en 2 meses. 3.- El promotor comunicará a los Servicios Técnicos municipales, con una antelación mínima de 10 días el inicio de las obras, al objeto de realizar la oportuna tira de cuerdas. 4.- Comuníquese al interesado que al objeto de facilitar el control de la ejecución de las obras, se instalará en lugar visible y con anterioridad al inicio de aquellas un cartel que contenga los siguientes datos: objeto de la licencia, fecha de la concesión, plazo de iniciación, ejecución e interrupción máxima de las obras y dirección facultativa. 5.- Comuníquese al interesado que habrá de respetar lo previsto en el Título V de la Ordenanza de Limpieza, respecto de la recogida, transporte y vertido de tierras y escombros, para lo que se le remite copia de dicha norma.- 6.- Comuníquese asimismo al interesado, que la presente licencia queda condicionada al cumplimiento de la Ordenanza Municipal sobre emisión de ruidos, vibraciones y otras formas de energía, remitiéndose copia de la misma. 7.- Se pone en conocimiento de la promotora de las obras, que deberá solicitar, en caso oportuno, las preceptivas licencias por ocupación de vía pública o cortes provisionales-"

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D.ª Carmen Vega Martín, según lo dispuesto en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, 28 de Enero de 2002.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

364.- El Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente por su Decreto de fecha veintinueve de noviembre de dos mil uno (29-11-2.001) ha dispuesto lo siguiente:

"ANTECEDENTES DE HECHO

La Policía Local denuncia a D. Karim Messaud Lahasen, con DNI n.º 45.080.608, por arrojar papel (Copia de denuncia) desde su vehículo a la vía pública, Avenida de Africa, el día catorce de noviembre de dos mil uno (14-11-2.01).-

FUNDAMENTOS JURIDICOS

1.- El art. 135.A.1 de la Ordenanza de Limpieza tipifica como infracción leve el incumplimiento de las normas sobre limpieza de la vía pública como consecuencia del uso común general de las ciudadanos. 2.- El art. 136.1 sanciona esta infracción con multa de hasta 25.000 pesetas (VEINTICINCO MIL PESETAS). 3.- El Consejero de Medio Ambiente ostenta competencia por delegación del Presidente de fecha treinta y uno de julio de dos mil uno (31-07-2.001).

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se incoa expediente sancionador a D. KARIM MESSAUD LAHASEN, con DNI n.º 45.080.608 por infracción de la Ordenanza de Limpieza.- 2.- Se designa instructor a D. Carolina Pérez Gómez, Viceconsejera de Medio Ambiente, que podrá ser recusada en cualquier momento del procedimiento. 3.- Se concede al expedientado un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. 4.- Se indica a D. KARIM MESSAUD LAHASEN, con DNI n.º 45.080.608, la posibilidad de que el presunto responsable puede reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos previstos en el Real Decreto 1.398/98, de 4 de agosto".

No habiéndose podido practicar la notificación en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se ha pública la misma, advirtiéndole que de no efectuar alegaciones en el plazo concedido, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución.

Ceuta, 28 de enero de 2.002.- El Secretario General.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

365.- El Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente, por Resolución de fecha 28 de Enero de 2.002, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

La Comandancia General de la Ciudad pretende llevar a cabo la construcción de un Campo de Explosivos, en una ladera de la Vaguada Norte de "La Tortuga" en esta Ciudad, remitiendo Estudio de Impacto Ambiental el 23-8-01. Por Decreto del Consejero de Medio Ambiente de fecha 27-9-01 se ordena la apertura de un período de información pública de 30 días (BOCCE n.º 4049 de 5-10-01), durante el cual no se han formulado alegaciones ni observaciones. Contiene el expediente informes de la Técnico de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad, así como del CERFEA, en los que se expresan observaciones y reparos del Estudio presentado. Por Decreto del Consejero de Medio Ambiente de fecha 12-11-01 se comunica al Ministerio de Defensa (Comandancia General) que el Estudio presentado debía ser completado en determinados aspectos en el plazo de veinte días. El 26-12-01, el Coman


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dante General remite escrito exponiendo su punto de vista en relación con los aspectos antes referidos y, acompañando informe del autor del Estudio de Impacto Ambiental, profesor Dr. Francisco Osorio Robles, del Area de Tecnología del medio ambiente de la Universidad de Granada fechado el 18-12-01. Finalmente se incorpora al expediente informes de la Técnico de Medio Ambiente, y del CERFEA (18-01-01 y 17-01-01 respectivamente), que incorporan una serie de condicionantes a tener en cuenta para la viabilidad del proyecto.

FUNDAMENTO DE DERECHO

1º.- El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de Junio, de evaluación de impacto ambiental, modificada por Ley 6/2001, de 8 de Mayo y su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de Septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones. 2º.- El Real Decreto 2494/1996, de 5 de Diciembre, transfiere a la Ciudad Autónoma de Ceuta, la competencia para tramitar y resolver expediente en materia de evaluación de impacto ambiental. 3º.- El Consejero de Medio Ambiente ostenta competencia por asignación efectuada por el Presidente en Decreto de treinta y uno de Julio de dos mil uno.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se formula, a los solos efectos ambientales, la siguiente Declaración de Impacto Ambiental sobre proyecto de construcción de un campo de explosivos en ladera de la vaguada Norte de "La Tortuga" de Ceuta: el citado proyecto es ambientalmente viable con los condicionamientos que figuren en Anexo II de esta Resolución.

2º.- Las principales características del proyecto y Estudio de Impacto Ambiental aparecen en Anexo I.

Lo que se hace posible a tenor de lo previsto en el art. 4.3 Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de Junio.

Ceuta, 28 de Enero de 2.002.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ANEXO

Los elementos constructivos a tener en cuenta son:

- El camino de acceso que parte de la cota 261 y llega a la explanada del Campo de Explosivos, situado a cota 260 m.

- Explanada del campo de explosivos: Tiene unas dimensiones de 15 x 50 m. y se le da pendiente del 2% para desaguar al agua pluvial. Se encuentra formada por terraplén compactado en su mayor parte, y desmonte en la de aguas arriba.

- Caseta de control para protección del personal durante la realización de los ejercicios. Se proyecta con paredes de bloques de hormigón prefabricados, armados convenientemente, con tejado de losa de hormigón armado de 20 centímetros de canto.

- Merlones de tierra: con unas dimensiones de 5 m. se disponen en la zona de aguas arriba y laterales de la explanada para evitar la proyección de metralla en esta dirección.

- Alambrada perimetral de protección: Todo el perímetro de la explanada del campo de explosivos queda prote
gido por una zona de seguridad de un espesor mínimo de 7,5 m. que queda cerrado por una alambrada reglamentaria.

Esta alambrada impide la entrada tanto de personal como de animales en la zona.

- Señales de peligro: En la zona donde se coloca la alambrada perimetral, se colocarán 20 señales de peligro para la prevención de intrusiones en campo de explosivos.

DESCRIPCION DEL ESTUDIO

DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio contempla un inventario ambiental y descripción de las interacciones ecológicas y ambientales: Medio físico (Climatología, Geología, Geomorfología, relieve, Hidrografía), Medio biótico (Flora y vegetación, fauna) paisaje y medio socio-económico.

Contempla un estudio de la normativa de protección medioambiental y de las implicaciones con el proyecto del campo de explosivos.

Se identifican las acciones que pueden provocar impacto tanto en la fase de construcción como de funcionamiento y de identificar los elementos ambientales susceptibles de recibir impactos, identificando éstos y exponiendo la metodología seguida en su valoración, para, finalmente, valorarlos.

Contiene el Estado medidas correctores para protección antirruido, durante la fase de obras y de la fase de funcionamiento; medidas correctoras para la protección del sistema hidrológico y del suelo, así como también para la protección de la vegetación, la fauna y del paisaje y, para la protección del aire.

Por último el Estudio contempla un programa de vigilancia ambiental.

ANEXO

CONDICIONANTES

Se condiciona el régimen de uso al riesgo de inicio de incendios forestales, debiendo suspenderse las actividades previstas cuando el nivel de peligrosidad sea alto o muy alto, salvo asuntos de máxima urgencia. En todo caso deben adoptarse las medidas y procedimientos contemplados en la Directiva 165/1999, de 23 de junio, del Ministerio de Defensa para prevenir los incendios forestales en los campos de tiro y maniobras.

La Comandancia General velará por mantener en un estado óptimo las masas forestales existentes en el entorno del campo explosivos, todas ellas en parcelas bajo su titularidad, efectuando los necesarios tratamientos selvícolas de prevención de incendios forestales.

Se reducirá la intensidad de uso del campo de explosivos al mínimo posible durante el período comprendido entre el uno de marzo y el quince de mayo y, entre el uno de agosto y treinta y uno de octubre, de forma que se minimicen las interferencias con las épocas de cría y migración de aves.

La Comandancia General notificará a la Consejería de Medio Ambiente las operaciones de retirada de escombros, materiales de obra, etc, a generar durante la fase de construcción del proyecto, así como las operaciones de recogida mediante gestor autorizado, de todos los residuos tóxicos y peligrosos generados.

366.- En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le


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notifica que D. Hamido Mohamed Hamadi, solicita licencia de implantación de local sito en Tte. General Muslera, Centro Comercial Parques de Ceuta, para ejercer la actividad de Reparación de Calzado y Confección de Llaves.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día de la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Andrés Durán García.

Ceuta, 28 de Enero de 2.002.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.

367.- En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica que D. Javier Flores Domínguez, en representación de Mc Donald's, solicita licencia de implantación de local sito en Tte. General Muslera Bloque B33, Centro Comercial, para ejercer la actividad de Taller de Restaurante de Servicio Rápido.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día de la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Andrés Durán García.

Ceuta, 28 de Enero de 2.002.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

368.- D. Francisco Javier Clemente Lázaro, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta.

Doy fe y Testimonio: que en el Juicio de Faltas n.º 695/2001 se ha acordado citar a quien abajo se indica por medio de entrega de cédula de citación que se acompaña al presente.

Y para que conste y sirva de citación a D. Badreddine Gana, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Ceuta, expido el presente en Ceuta a cuatro de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO.

El Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta ha acordado citar a Vd., a fin de que el próximo día 18 de abril de 2002 a las 10,00 horas, asista en la Sala de Vistas planta 1.ª a la celebración del Juicio de Faltas 695/2001, seguido por otras faltas, en calidad de denunciado.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de Letrado, si bien éste no es preceptivo.

Apercibiéndole que de residir en este término municipal, y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Teniendo en cuenta que en caso de condena el importe de la multa puede depender de su solvencia económica, deberá aportar al acto del juicio documentación acreditativa de su situación económica y cargas familiares (nómina, tarjeta del INEM en caso de desempleo, declaración de renta, hipoteca, libro de familia, etc).

En Ceuta, a cuatro de enero de dos mil dos.- EL AGENTE JUDICIAL.

RESUMEN DE LOS HECHOS

OBJETO DE LA DENUNCIA

Hechos: Otras Faltas

Lugar: Ceuta

Fecha: 14 de septiembre de 2001

Denunciante: D.ª Halima Boumediene

369.- El Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta ha acordado citar a D. Alí Dadi, a fin de que el próximo día 25 de abril de 2002 a las 10,00 horas, asista en la Sala de Vistas planta 1.ª a la celebración del Juicio de Faltas 782/2001, seguido por otras faltas, en calidad de denunciado.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de Letrado, si bien éste no es preceptivo.

Apercibiéndole que de residir en este término municipal, y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Teniendo en cuenta que en caso de condena el importe de la multa puede depender de su solvencia económica, deberá aportar al acto del juicio documentación acreditativa de su situación económica y cargas familiares (nómina, tarjeta del INEM en caso de desempleo, declaración de renta, hipoteca, libro de familia, etc).

En Ceuta, a dieciocho de enero de dos mil dos.- EL AGENTE JUDICIAL.

370.- El Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta ha acordado citar a D. Jalid Sager, a fin de que el próximo día 25 de abril de 2002 a las 11,00 horas, asista en la Sala de Vistas planta 1.ª a la celebración del Juicio de Faltas 788/2001, seguido por otras faltas, en calidad de denunciado.

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370 B. O. C. CE. - 4.084 Martes 5 de febrero de 2002



Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de Letrado, si bien éste no es preceptivo.

Apercibiéndole que de residir en este término municipal, y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Teniendo en cuenta que en caso de condena el importe de la multa puede depender de su solvencia económica, deberá aportar al acto del juicio documentación acreditativa de su situación económica y cargas familiares (nómina, tarjeta del INEM en caso de desempleo, declaración de renta, hipoteca, libro de familia, etc).

En Ceuta, a dieciocho de enero de dos mil dos.- EL AGENTE JUDICIAL.

371.- El Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta ha acordado citar a D. Abdellah Yacoubi, a fin de que el próximo día 18 de abril de 2002 a las 12,25 horas, asista en la Sala de Vistas planta 1.ª a la celebración del Juicio de Faltas 775/2001, seguido por otras faltas, en calidad de denunciado.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de Letrado, si bien éste no es preceptivo.

Apercibiéndole que de residir en este término municipal, y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Teniendo en cuenta que en caso de condena el importe de la multa puede depender de su solvencia económica, deberá aportar al acto del juicio documentación acreditativa de su situación económica y cargas familiares (nómina, tarjeta del INEM en caso de desempleo, declaración de renta, hipoteca, libro de familia, etc).

En Ceuta, a dieciocho de enero de dos mil dos.- EL AGENTE JUDICIAL.

RESUMEN DE LOS HECHOS

OBJETO DE LA DENUNCIA

Hechos: Otras Faltas.

Denunciante: Policía Local n.º 299 y 251.

372.- D. Francisco Javier Clemente Lázaro, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta.

Doy fe y Testimonio: que en el Juicio de Faltas n.º 695/2001 se ha acordado citar a quien abajo se indica por medio de entrega de cédula de citación que se acompaña al presente.

Y para que conste y sirva de citación a D.ª Halima Boumediene, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Ceuta, expido el presente en Ceuta a cuatro de enero de dos mil dos.- EL SECRETARIO.

El Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta ha acordado citar a D.ª Halima
Boumediene, a fin de que el próximo día 18 de abril de 2002 a las 12,00 horas, asista en la Sala de Vistas planta 1.ª a la celebración del Juicio de Faltas 695/2001, seguido por otras faltas, en calidad de denunciante.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de Letrado, si bien éste no es preceptivo.

Apercibiéndole que de residir en este término municipal, y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

En Ceuta, a cuatro de enero de dos mil dos.- EL AGENTE JUDICIAL.

RESUMEN DE LOS HECHOS

OBJETO DE LA DENUNCIA

Hechos: Otras Faltas

Denunciante: D.ª Halima Boumediene

373.- El Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta ha acordado citar a D. Daniel Santiago, a fin de que el próximo día 18 de abril de 2002 a las 12,45 horas, asista en la Sala de Vistas planta 1.ª a la celebración del Juicio de Faltas 780/2001, seguido por otras faltas, en calidad de denunciado.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de Letrado, si bien éste no es preceptivo.

Apercibiéndole que de residir en este término municipal, y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Teniendo en cuenta que en caso de condena el importe de la multa puede depender de su solvencia económica, deberá aportar al acto del juicio documentación acreditativa de su situación económica y cargas familiares (nómina, tarjeta del INEM en caso de desempleo, declaración de renta, hipoteca, libro de familia, etc).

En Ceuta, a dieciocho de enero de dos mil dos.- EL AGENTE JUDICIAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

374.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente


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según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expte. Comisaría Nombre y Apellido N.I.E. Nacionalidad

2230/01 Khaled Saiah X-03991915-B Argelia

2110/01 Nora Irzane X-03947012-M Argelia

1877/01 Kaddour Djaghouat X-03919476-T Argelia

1810/01 Abdul Hassan X-03907905-K Bangladesh

1585/01 Benabbou Aini X-03890537-H Argelia

0756/01 Mokhtarg Azroug X-03753115-K Argelia

0754/01 Diden Bouzid X-03752556-Z Argelia

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Única de Extranjeros en Ceuta.

Ceuta, 16 de enero de 2002.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

375.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución

91/02 Iman Abedlhousain X-4066450-G Irak 18-01-2002

92/02 Alí Mohammad Mahmoud X-4018668-Q Irak 18-01-2002

93/02 Afzal Kabir X-4066355-R Bangladesh 18-01-2002

94/02 Faiçal Boutaleb X-4066284-E Argelia 18-01-2002

95/02 Laila Bouzadi X-4068528-N Argelia 18-01-2002

96/02 Nacera Belabdi X-4068556-V Argelia 18-02-2002

98/02 Mokhtar Kerroumi X-4066491-E Argelia 18-01-2002

100/02 Mohammed Ait Yahia X-4068252-N Argelia 18-01-2002

101/02 Salah Redjouh X-4068213-L Argelia 18-01-2002

102/02 Sid Ahmed Zouba X-4066469-T Argelia 18-01-2002

103/02 Nasrellah Khodja X-4018990-Q Argelia 18-01-2002

105/02 Abdelkader Habib X-4066310-W Argelia 18-01-2002

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Única de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

376.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

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376 B. O. C. CE. - 4.084 Martes 5 de febrero de 2002



Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución

76/02 Abdelkader Merzouk X-4017156-E Argelia 17-01-2002

77/02 Abdelhafid Lehbab X-4016686-N Argelia 17-01-2002

78/02 Khaled Benyettou X-4018896-Z Argelia 17-01-2002

79/02 Mansour Rouabhia X-4016631-A Argelia 17-01-2002

80/02 Taieb Alouia X-4016259-E Argelia 17-01-2002

81/02 M´Hamed Douar X-4016596-Z Argelia 17-01-2002

82/02 Foudil Zeroual X-4018834-K Argelia 17-01-2002

83/02 Nadir Yahi X-4068486-Q Argelia 17-01-2002

84/02 Allel Ghalem X-4068437-J Argelia 17-01-2002

85/02 Moussan Makrelofui X-4068275-N Argelia 17-01-2002

86/02 Sid Ahmed Mouffok X-4068316-F Argelia 17-01-2002

87/02 Fethi Lahcine X-4068363-P Argelia 17-01-2002

88/02 Messaoud Brahim X-4068400-E Argelia 17-01-2002

90/02 Mourad Reguieg X-4066098-C Argelia 17-01-2002

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Única de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

377.- Mediante acuerdo adoptado por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta en Sesión Ordinaria celebrada el día 28 de diciembre de 2001 se aprueba la adjudicación de "Diseño, la Redacción de Proyecto de Ejecución, de Seguridad y Salud, y Ejecución de las Obras e Infraestructuras necesarias para el Desdoblamiento del Paseo de las Palmeras de Ceuta.

Entidad contratante:

Organismo: Ciudad Autónoma de Ceuta.

Dependencia que tramita el expediente: Sociedad de Fomento Procesa.

Número de Expediente: 59/01

Objeto del contrato: El Diseño, la redacción de proyecto de ejecución, de seguridad y salud, y ejecución de las obras e infraestructuras necesarias para el Desdoblamiento del Paseo de las Palmeras de Ceuta".

Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

Tramitación: Ordinaria.

Procedimiento: Abierto.

Forma: Concurso.

Presupuesto de adjudicación: (118.143,95 Euros).

Adjudicación:

Fecha: 28 de diciembre de 2001

Adjudicatario: Fomento de Construcciones y Contratas, S.A.

Ceuta, 30 de enero de 2002.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

PARTICULARES

Cámara Oficial de Comercio, Industria y

Navegación de Ceuta

378.- CONVOCATORIA DE ELECCIONES GENERALES PARA LA RENOVACION DEL PLENO DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACION DE CEUTA

De conformidad con lo establecido en el art. 9. 1 de la Ley 3/1993, de 22 de Marzo y el art. 17 bis del Reglamento General de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España, aprobado por el Decreto 1291/1974, de 2 de Mayo, en su redacción dada por el Real Decreto 819/1990, de 22 de Junio, y con la Orden de 25 de Junio de 2.001, esta Dirección Regional, previa consulta a la Cámara Oficial de Comercio. Industria y Navegación de Ceuta, convoca elecciones para la renovación íntegra del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta, en la forma siguiente:

PRIMERO. Se convocan elecciones generales para designar la totalidad de los vocales componentes del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta.

SEGUNDO. Para garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral, se constituirá la Junta Electoral Provincial de Ceuta en la forma prevista y con las competencias establecidas en el Real Decreto 816/1990, de 22 de Junio, que modificó el Capítulo III del Reglamento General de las Cámaras Oficiales de Comercio. Industria y Navegación de España.

La Junta Electoral se constituirá en el plazo de los ocho días siguientes a la publicación de la presente convocatoria y estará integrada por tres representantes de los electores de la Cámara, elegidos mediante sorteo, y dos personas designadas por la Dirección Regional de Comercio, una de las cuales ejercerá las funciones de Presidente.

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El sorteo para la elección de los representantes de los electores de la Cámara en la Junta Electoral se realizará, entre una relación de electores propuesta por el Pleno de la Cámara, en número de uno por uno.

El sorteo se realizará en acto público en la sede fijada por la Junta Electoral, (la sede se fija en Muelle Cañonero Dato, s/n., domicilio de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta), a las 13:00 horas, del día 6 (primer día hábil siguiente a la publicación de la convocatoria), y será presidido por el Delegado de Economía y Hacienda, eligiéndose en el mismo acto, dos suplentes por cada miembro.

En caso de presentar candidatura para ser miembro del Pleno, deberán renunciar a formar parte de la Junta Electoral.

Mediante Resolución se hará pública la composición de la Junta Electoral, señalándose quién ejercerá las funciones de Presidente. El Presidente nombrará Secretario de la misma, con voz y sin voto, necesariamente entre funcionarios de la Dirección Regional de Comercio o al Secretario de la Cámara.

El mandato de la Junta Electoral se prolongará hasta los quince días siguientes al de la elección de los Vocales propuestos por las organizaciones empresariales, en cuyo momento quedará disuelta.

Contra los acuerdos adoptados por la Junta Electoral se podrá interponer recurso ordinario ante la Dirección Regional de Comercio.

TERCERO, Los miembros del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta a elegir conforme al vigente sistema electoral cameral son 25, de los cuales 22 Vocales serán elegidos mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, entre todos los electores de la Cámara, clasificados en grupos y categorías tal y como se indica en el Anexo de esta convocatoria; y 3 Vocales serán elegidos por los miembros del Pleno, entre personas de reconocido prestigio en la vida económica dentro de la circunscripción de la Cámara de Ceuta, propuestas por las organizaciones empresariales a la vez intersectoriales y territoriales más representativas, a cuyos efectos deberán proponer una lista de 4 candidatos.

CUARTO. Para todos los grupos y categorías las elecciones se celebrarán el día 20 de Marzo de 2.002, desde las nueve de la mañana hasta las ocho de la tarde ininterrumpidamente, en el Colegio Electoral único, sito en la sede de la Cámara (Muelle Cañonero Dato, s/n.)

QUINTO. Tienen derecho electoral activo y pasivo en la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta las personas naturales o jurídicas inscritas en el último censo aprobado por la Corporación, de acuerdo con el Reglamento de Régimen Interior, siempre que no se encuentren inhabilitadas por alguno de los casos que determine incapacidad con arreglo a lo previsto en la normativa vigente.

Los empresarios individuales ejercerán su derecho electoral activo personalmente; los menores e incapacitados, por medio de las personas que tengan atribuidas la representación para el ejercicio de la actividad empresarial. Las personas jurídicas ejercerán su derecho electoral activo mediante representante con poder suficiente.

En el momento de ejercer su derecho al voto, el elector presentará los documentos que acrediten su personalidad y, en su caso, la representación con que intenta ejercitar tal derecho.

SEXTO. Para ser elegible como miembro del Pleno se habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Formar parte del Censo de la Cámara.

b) Ser elector del grupo o categoría correspondiente.

c) Ser mayor de edad, si se trata de persona física.

d) Estar al corriente en el pago de los recursos de la Cámara.

e) Llevar como mínimo dos años de ejercicio en la actividad empresarial en territorio español o en el ámbito de la CEE cuando se trate de empresas procedentes de otros países miembros.

f) No ser empleado de la Cámara ni estar participando en obras o concursos que aquella haya convocado, en el momento de presentar la candidatura o de celebrarse las elecciones.

Las empresas extranjeras de países pertenecientes a la CEE con establecimientos o sucursales en España, pueden ser elegidas si cumplen con los requisitos anteriores, atendiendo al principio de reciprocidad internacional.

SEPTIMO. 1. Las candidaturas deberán presentarse en la Secretaría de la Cámara durante los quince días siguientes a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Ceuta, de la convocatoria de la elección.

2. Las candidaturas serán avaladas por la firma, como mínimo del 5 por 100 de los electores del grupo o en su caso, de la categoría correspondiente: si el número de electores del grupo o categoría fuese superior a doscientos, será suficiente con la firma de diez electores para la presentación del candidato.

3. La autenticidad de las firmas se acreditará mediante fedatario público, reconocimiento bancario, o certificación del Secretario de la Corporación, debiendo entenderse a estos efectos que, en el primer caso debe acompañarse el documento notarial acreditativo de esta circunstancia. En el segundo supuesto deberá constar el sello de la entidad bancada, así como la firma del Director de la sucursal o apoderado de la misma, siempre que el avalista de la candidatura tenga autorízada o reconocida la firma en aquella. En el tercer supuesto será necesaria la personación de la persona física o del representante societario debidamente apoderado, y en posesión del original del DNI, a fin de facilitar la pertinente identificación por parte del Secretario de la Cámara.

OCTAVO. 1. En el plazo de diez días, a partir de la finalización del plazo señalado en el punto anterior, la Junta Electoral, después de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la presentación de candidaturas, para lo que podrá solicitar al candidato los documentos acreditativos necesarios, procederá a la proclamación de candidatos.

2. Cuando el número de candidatos que hayan sido proclamados por un grupo o categoría resulte igual al de los miembros a elegir, su proclamación equivaldrá a la elección y ésta, por tanto, no habrá de efectuarse.

3. Si el número de candidatos fuera inferior al de los miembros a elegir, la Junta Electoral dará por elegidos a los proclamados y, en el plazo de ocho días, elegirá, mediante sorteo entre las empresas del grupo o categoría correspondiente, los que hayan de ocupar las vacantes, siempre que cumplan los requisitos para ser elegibles como miembros del Pleno.

4. La Junta Electoral reflejará en un acta la proclamación de candidatos y las incidencias a que se refiere el presente artículo. De la misma se enviará copia certificada a la Dirección Regional de Comercio antes de transcurridos tres días y, además, dará publicidad de su contenido mediante anuncio fijado en el domicilio de la Cámara, que será publicado, al menos, en uno de los diarios de mayor circulación.

NOVENO. 1. Los electores que prevean que en la fecha de la votación no podrán ejercer su derecho personándose en el Colegio Electoral correspondiente, podrán emitir su voto por correo, previa solicitud personal a la Cámara, con

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sujeción a los requisitos señalados en el artículo 19 del vigente Reglamento General de las Cámaras de Comercio de España y, en cuanto al reconocimiento de firma, en el punto SEPTIMO de la presente Convocatoria

2. La solicitud, en modelos normalizados facilitados por la Cámara, deberá hacerse por escrito dentro de los veinte días siguientes al de la publicación de la presente convocatoria, y se presentará en la Secretaría de la Cámara o podrá ser remitida a la Secretaría por correo certificado.

3. La Secretaría de la Cámara remitirá al peticionario, al domicilio de la empresa y por Correo certificado, la documentación oportuna, antes de diez días de la fecha establecida para la celebración de la elección. Si no hubiera que celebrar elección en el grupo correspondiente, se informará al solicitante de esta circunstancia. Asimismo, comunicará a la Junta Electoral la relación de los certificados solicitados y expedidos.

4. El elector remitirá su voto, junto con la certificación de inscripción en el censo, por correo certificado, a la Secretaría de la Junta Electoral respectiva, con la antelación suficiente para que se reciba antes de las doce horas del día anterior al que se celebrarán las elecciones. No se admitirán los votos por correo recibidos tras el referido término.

5. El elector que, habiendo obtenido el correspondiente certificado de la documentación para votar por correo desee votar personalmente, podrá hacerlo, devolviendo ante la Mesa Electoral dichos documentos. De no hacerlo así, no le será recibido el voto.

DECIMO. 1. La Mesa Electoral estará formada por el Presidente y dos Vocales, que serán designados por la Junta Electoral de entre los electores domiciliados en la localidad donde se establezca el Colegio Electoral, que no sean candidatos, mediante sorteo entre una relación de electores en número de dos por cada grupo, propuesta por el Pleno de la Cámara. De igual modo se designarán Presidentes y Vocales suplentes. El Presidente podrá solicitar la asistencia técnica de un empleado de la Cámara.

2. Constituida la Mesa del Colegio el día de la elección, no podrá comenzarse la votación sin haberse extendido previamente la oportuna acta de constitución, de la cual se librará una copia certificada, firmada por el Presidente y los Vocales, para cada candidato que la pida.

3. En el caso de que los miembros designados de la Mesa no se hallaren presentes en el acto de la constitución, asumirán sus funciones un representante de la Dirección Regional de Comercio, que actuará como Presidente, y un empleado de la Cámara, que actuará como Vocal.

4. La votación será secreta. Los electores depositarán su voto en la suma mediante papeleta doblada e introducida en un sobre. Si en alguna de las papeletas figurase un número de nombres superior al de las vacantes a cubrir en cada grupo o categoría se tomarán en consideración a los que aparezcan en primer lugar en número igual al de las vacantes a cubrir en cada grupo o categoría.

5. Transcurrido el período señalado para la votación, se procederá por la mesa a realizar el escrutinio, que será público. Del mismo modo se extenderá la oportuna acta, suscrita por los componentes de la Mesa, en la que figurará el número de los votos emitidos, personalmente y por correo, el de los declarados nulos y en blanco, y los candidatos elegidos con el número de votos correspondientes, así como los candidatos no elegidos, con los votos obtenidos, y las reclamaciones que se hubieran presentado.

6. Se considerarán elegidos, por su orden, el candidato o candidatos que hubiesen obtenido mayor número de votos y, en caso de empate, el de mayor antigüedad en el Cen
so de la Cámara, y si ésta fuera igual, el que satisfaga mayor cuota.

7. Las reclamaciones deberán formularse en el acto, y por escrito, ante la Mesa Electoral, y serán resueltas por las mismas también en el acto, con apelación, que deberá presentarse inmediatamente, ante la Junta Electoral, cuya resolución podrá recurrirse en Recurso Ordinario ante la Dirección Regional de Comercio.

8. Las actas serán remitidas a la Secretaría de la Cámara, donde quedarán depositadas. De las actas se extenderán copias certificadas para los candidatos que las soliciten.

DECIMOPRIMERO. Al tercer día de finalizadas las elecciones se procederá, por la respectiva Junta Electoral, en acto público, a verificar el resultado final de las votaciones, y proclamar los Vocales elegidos, según las correspondientes actas. Se levantará nueva acta firmada por los miembros de la Junta, en la que se hará constar el número total de votos emitidas, los anulados, en blanco, los votos obtenidos por cada candidato y los candidatos declarados elegidos, así como las reclamaciones que se hubieran presentado en dicho acto.

DECIMOSEGUNDO. El expediente electoral se archivará en la Cámara, y de él se remitirá copia certificada a la Dirección Regional de Comercio, dentro de los diez días siguientes a la terminación de las elecciones.

DECIMOTERCERO. 1. Las Organizaciones Empresariales, a la vez intersectoriales y territoriales, que esta Dirección Regional de Comercio considera más representativas, es decir, la Confederación de Empresarios de Ceuta, en la Secretaría de la Cámara, deberá proponer los candidatos a Vocales del Pleno, elegidos entre personas de reconocido prestigio en la vida económica dentro de la demarcación de la Cámara que reúnan el resto de los requisitos exigibles a los candidatos, con una antelación mínima y perentoria de siete días hábiles a la fecha propuesta para la celebración de la sesión de toma de posesión de Vocales Electos en el número señalado por el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio.

2. La no designación de los miembros del Pleno procedente de la propuesta de las Organizaciones Empresariales por falta de candidatos suficientes o cualquier otra circunstancia, no impedirá la válida constitución de este órgano.

DECIMOCUARTO. Los órganos de Gobierno de la Cámara continuaran en el ejercicio de sus funciones hasta la constitución del nuevo Pleno o, en su caso, hasta la designación de una Comisión Gestora.

DECIMOQUINTO. 1. Los miembros electos del Pleno tornarán posesión de sus cargos en la sede de la Cámara, dentro del mes siguiente al de su elección, de la que se dará cuenta inmediata a la Dirección Regional de Comercio. Las personas naturales lo harán personalmente, las personas jurídicas por medio de un representante designado a tal efecto con poder suficiente.

2. Constituido el Pleno, se procederá por votación nominal y secreta a la elección de entre sus miembros, del Presidente y del Comité Ejecutivo. A tal efecto se formará la Mesa Electoral, que estará compuesta por los dos miembros de mayor y menor edad, respectivamente, del Pleno de la Cámara y por el Delegado de Economía y Hacienda que actuará de Presidente. Hará las funciones de Secretario el de la Corporación.

3. Abierta la sesión, se iniciará el turno de propuesta de candidatos sobre quienes deberá recaer la votación. En

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primer término, se celebrará la elección del Presidente y, seguidamente la de otros cargos del Comité Ejecutivo, por el siguiente orden: Vicepresidentes, Tesorero y Vocales.

4. La Mesa Electoral realizará el escrutinio e informará del resultado al Pleno, advirtiendo la posibilidad de manifestar cualquier disconformidad con el acto electoral. Inmediatamente, se levantará la correspondiente acta, en la que se harán constar las incidencias del acto electoral, el resultado de la votación y las reclamaciones que se formulen, remitiéndose seguidamente una copia certificada por mediación del Presidente al Delegado de Economía y Hacienda quien resolverá, con audiencia de los interesados, sobre las incidencias planteadas.

5. Resueltas las incidencias, si las hubiere, el Delegado de Economía y Hacienda podrá disponer la publicación en el "Boletín Oficial de Ceuta" de los nombramientos del Presidente, de los cargos del Comité Ejecutivo y de los miembros del Pleno.

DECIMOSEXTO. Todos los electores podrán solicitar información sobre el proceso electoral en la Secretaría de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta, que deberá dar publicidad a la convocatoria y, especialmente, al procedimiento del voto por correo, en su sede social y por los medios que estimen más oportunos.

DISPOSICION ADICIONAL

En todo lo no recogido en la presente Convocatoria se estará a lo dispuesto en el Reglamento General de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España y en el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de España y en el Reglamento de Régimen Interior de la Cmára Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta. La Junta Electoral podrán adoptar cuantas resoluciones considere procedentes para garantizar en todo lo no previsto por la normativa vigente en la materia, el desarrollo del proceso electoral.

DISPOSICION FINAL

La presente Convocatoria entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Ceuta.

Ceuta, 5 de febrero de 2002.- EL DELEGADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA.- Fdo.: Antonio Jareño López.

ANEXO

CENSO ELECTORAL

COMPONENTES DEL PLENO

GRUPO CATEGORIA ACTIVIDAD N.º MIEMBROS N.º ELECTORES

1 INDUSTRIA Electores de Divisiones 1, 2, 3, 4, 5. Agrupación 69, 2 531

de la Sección 1 del I.A.E.

2 COMERCIO Electores de las Agrupaciones 61, 62,63, 64, 65 y 66 de la 13 2.340

Sección I del I.A.E.

3 NAVEGACION Agrupación 73 y 74, así como los inscritos en los Grupos

752 y 753 y en los Epígrafes 756.2 y 756.9 de la Sección I 1 17

del I.A.E.

4 SERVICIOS Agrupaciones 67, 68, 71 y 72.

Grupos 751, 754, 755, 761 y 769.

El Epígrafe 756.1 y las Divisiones 8 y 9, todos ellos de la

Sección I del I.A.E. Los Grupos 511, 611, 721, 722, 725, 728

745, 746, 749, 771 y 884 de la Sección II del I.A.E. 6 1.263

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

379.- De conformidad con el art. 58.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en relación con el art. 59.4 de la misma, se procede a notificar que en el día 21 de noviembre de 2001 ha recaído Resolución Administrativa en el expediente n.º 85215/99 (236/99) que se sigue en el Area de Menores en el que es parte interesada D. Mustafa Mohamed Mohamed y D.ª Uazna Abdeselam Abdel-Lah, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Concurriendo en el presente supuesto las circunstancias contempladas en el art. 61 de la precitada Ley, se le significa que para conocer el texto íntegro de la misma, deberá comparecer en este Entidad, sita en C/. Real n.º 116 bajos C y D, de Ceuta, en el plazo de 7 días donde se le notificará la misma íntegramente.- LA DIRECTORA DEL SERVICIO.- Fdo.: M.ª Dolores Ruiz María.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

380.- Por Resolución de la Consejería de Fomento de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de fecha 22 de enero de 2002, por la que se aprueba la contratación mediante subasta abierta, de las obras contenidas en el proyecto "Conjunto Monumental de las Murallas Reales, Baluarte de los Mallorquines".

Objeto: Ejecución de las obras contenidas en el proyecto "Conjunto Monumental de las Murallas Reales, Baluarte de los Mallorquines.

Presupuesto de licitación: 1.502.256,84 Euros, IPSI incluido.

Requisitos específicos:

Clasificación del contratista: Grupo C, Subgrupo 2, Categoría E.

Grupo K, Subgrupo 7, Categoría D.

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Variantes: Se admitirán, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas.

Garantía provisional: 30.045,14 Euros.

Garantía Definitiva: 4% del presupuesto de adjudicación.

Presentación de ofertas: Veintiséis (26) días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

Apertura de proposiciones: El día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de ofertas, salvo que fuese sábado, en cuyo caso, se pospondrá el día hábil
inmediato siguiente, alas 12,00 horas, en las dependencias de la Consejería de Economía y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, sita en C/. Padilla s/n, Edificio Ceuta Center, 1.ª Planta.

El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y proyecto, así como documentación, se encuentra de manifiesto para su consulta en el Departamento de Contratación de la Sociedad de Fomento Procesa, sita en C/. Padilla s/n, Edificio Ceuta Center, 1.ª Planta, 51001 Ceuta, pudiendo obtener copias de los mismos en la copistería Copimarket.

Ceuta, 1 de febrero de 2002.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
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