BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVI Viernes 26 de octubre de 2001
Número 4.055
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.100.- Exposición pública de la aprobación provisional de la modificación de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de las "Tasas por prestación de servicios, aprovechamientos especiales y usos privativos del dominio público.
AUTORIDADES Y PERSONAL
4.045.- C.E.S.- Nombramiento de D. Ramón Jesús Lladó Granado como Consejero integrante del Grupo Primero, a propuesta de la Unión General de Trabajadores y cese de D. Antonio Gil Mellado.
4.052.- Aspirante aprobado en el procedimiento selectivo de la convocatoria para la provisión de 1 plaza de Ayudante de Biblioteca por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición.
4.108.- Asunción de la Presidencia Acctal. por parte del Excmo. Sr. D. Alfonso Conejo Rabaneda, hasta el regreso del Presidente titular.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Autoridad Portuaria de Ceuta
4.103.- Información pública de la solicitud a instancias de D. Francisco García Castañeda, para la autorización en concesión administrativa de la construcción de una nave industrial en Muelle Alfau.
4.104.- Información pública de la solicitud a instancias de D. José M. Guerrero Talaya, en representación de "Atunasa S.L", para la autorización en concesión administrativa de una nave industrial en dique Levante.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.039.- Notificación a D.ª M.ª Jesús Ovejero Rodríguez, en Pliego descargo.
4.040.- Notificación a D. Abdelkrim Chaib Abdelaziz, en Pliego descargo.
4.041.- Notificación a D. Carlos Javier Pérez Marín, en trámite de audiencia y citación para la firma del acta.
4.042.- Notificación a D. Mariano Ponce Ortiz de Insagurbe, en trámite de audiencia y citación para la firma del acta.
4.043.- Notificación a D.ª Mercedes Ponce Ortiz de Insagurben, en trámite de audiencia y citación para la firma del acta.
4.044.- Notificación a D. Francisco J. Ramón Jarne, en Trámite de audiencia.
4.046.- Notificación a D. Abdelhakim Abdeselam Al-lal, en Trámite de audiencia.
4.047.- Notificación a D. Francisco Mendoza Sánchez, en Trámite de audiencia.
4.048.- Notificación a D. Santiago López Fernandez A., en Pliego descargo.
4.049.- Notificación a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, en Pliego descargo.
4.055.- Notificación a D. Ahmed Abdeselam Ahmed, en expediente sancionador 178/2001.
4.090.- Notificación a D. Juan Fariña Iglesias, en expediente de solicitud de segregación de parcela 147 del Campo Exterior (expte. 64261/2001).
4.091 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
4.091.- Información pública de las fincas
afectadas en la expropiación forzosa del Estudio de Detalle
"Martín Cebollino" (expte. 72152/2000).
4.094.- Notificación a D.ª Francisca Caravaca Orellana, en expediente de orden de ejecución de obras en el edificio sito en c/ Santander n.º 25 (expte. 23584/95).
4.095.- Notificación a D. Faisal Mohamed Ahmed, en expediente sancionador 159/2001.
4.097.- Notificación a los propietarios desconocidos de la edificación sita en Fuente Terrones n.º 8, relativa a expediente de orden de declaración de ruina inminente y orden de desalojo.
4.098.- Notificación a D. Hamadi Ben Abderrahaman Susi, en expediente de declaración de ruina de la edificación sita en c/ Claudio Vázquez n.º 27 (expte. 14797/2001).
4.099.- Notificación a D. Santiago Torroba Cubera, en expediente de orden de ejecución de obras en c/ Santander n.º 25 (23584/95).
4.105.- Notificación a D. Jesús Serrano Cádiz, en Trámite de audiencia.
4.106.- Notificación a D. Manuel Ruiz Casanueva, en Pliego descargo.
4.107.- Notificación a D. Rachid Haddskar, en Pliego descargo.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
4.056.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.057.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.058.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.059.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.060.- Notificación a D. Otman Megherbi, en Expediente 296/2000.
4.066.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.067.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.068.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.069.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.079.- Notificación a D. Ali Mohamed Said y a D. Ismael Hassan Abdeselam, en expedientes 148/2001 y 169/2001, respectivamente.
4.080.- Notificación a D. Francisco Martín Chamorro y a D. Rafael Hernández Pallares, en expedientes 493/2001 y 547/2001 respectivamente.
4.101.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
4.102.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
Ministerio de Economía y Hacienda
Trib. Económico-Adtvo. Local de Ceuta
4.062.- Notificación a D. Eduardo Montero Ruiz, relativas a Reclamación 43/2000, Pieza Separada de Suspensión 1/2001, 2/2001 y 3/2001.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social
4.081.- Notificación a D. Rafael Luque Olmo, en expediente de embargo de bienes inmuebles.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seg. Social de Melilla
4.082.- Notificación a D.ª Antonia Lanero Mayor, relativa a deuda a la Seguridad Social.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seg. Social de Cádiz
4.084.- Notificación a Instalación Telefónica, relativa a deuda a la Seguridad Social.
4.085.- Notificación a D. Juan Carlos Núñez Cordón, relativa a deuda a la Seguridad Social.
4.089.- Notificación a D. Juan Angel Marina Gómez, relativa a deuda a la Seguridad Social.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seg. Social de Barcelona
4.087.- Notificación a D. Pedro Altamira Vinallonga, relativa a deuda a la Seguridad Social.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seg. Social de Granada
4.086.- Notificación a D. José Fernández Carmona, relativa a deuda a la Seguridad Social.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seg. Social de Murcia
4.088.- Notificación a D. Mohamed Moumine, relativa a deuda a la Seguridad Social.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seg. Social de Málaga
4.083.- Notificación a D. Mimoun Cherif, relativa a deuda a la Seguridad Social.
2.730
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.092
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Penal
Número Dos de Ceuta
4.078.- Citación a D. Chaib Touzani, en Rollo P.A. 62/2001 I, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción número 3 de Ceuta.
Juzgado de lo Social
Número Siete de Sevilla
4.061.- Citación a Transportes Compás Montero, en Invalidez 298/2001.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
4.075.- Citación a Almacenes Florido, en Juicio Ejecutivo 314/2000.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
4.064.- Notificación a D. Raidi Abdel-latif, en Juicio de Faltas 426/2001.
4.065.- Requisitoria a D. Yamal Mellouk, en P. Abreviado 175/2001.
4.070.- Requisitoria a D. Mohamed Bencheikh, en P. Abreviado 175/2001.
4.071.- Requisitoria a D. Ali Moujahid, en P. Abreviado 175/2001.
4.072.- Notificación a D. Mohamed Soliman Liazid, en Juicio de Faltas 73/2001.
4.073.- Notificación a D. Yousset Azzouz, en Juicio de Faltas 731/2001.
4.074.- Notificación a D.ª M.ª del Mar, a D.ª Dolores Ibáñez Rodríguez, a D.ª M.ª del Pilar, a D.ª M.ª Luisa y a D.ª del Carmen Ibáñez Nuñes, en Expediente de Dominio. Reanudación del Tracto 161/2001.
4.077.- Requisitoria a D. Abdel Senebar, en P. Abreviado 181/2001.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
4.076.- Citación a D. Abdelillah Lemssair, en Juicio de Faltas 214/2001.
Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria de Ceuta
4.063.- Notificación a D. Ibrahim Ehlman, en Expediente 758/2001.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.050.- Devolución de fianza a Tecni-Agua por el suministro de cuadro eléctrico de la estación de impulsión junto a los viveros municipales, en expte. 235/98.
4.051.- Devolución de fianza a Tecni-Agua por las obras de reparación de cuadro eléctrico de estación de impulsión de la Bda. Tarajal, en expte. 234/98.
4.053.- Devolución de fianza a Tecni-Agua por las obras de reparación de cuadro eléctrico de estación de impulsión de la estación de ferrocarril, en expte. 236/98.
4.054.- Devolución de fianza a Construcciones Promoza S.L. por las obras relativas al vertido de aguas fecales en c/ Salud Tejero, frente a los por tales 14 y 15 de los Gpos. Alfau, en expte. 273/98.
4.092.- Contratación mediante concurso abierto
del transporte de pilas usadas acopiadas en el Almacén
Municipal de la Ciudad a planta de tratamiento en expte. 559/2001.
2.731
4.039 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.039.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 25/09/01 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 136.517 incoado a D.ª MARIA JESUS OVEJERO RODRIGUEZ, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de 10.000, aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 27 de septiembre de 2001.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
4.040.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 14/09/01 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 138.649 incoado a D. ABDELKRIM CHAIB ABDELAZIZ, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido conferida
de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real
Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer
al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de
10.000, aprobando dicha propuesta de resolución que fue
debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva
dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta
resolución
(art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso
del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición.
Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el
importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del
20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 14 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
4.041.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar el acto cuyo interesado y concepto tributario se especifican, a continuación:
Nombre y apellidos: Carlos Javier Pérez Marín
N.I.F.: 45076864S
Concepto tributario: IPSI (Operaciones Interiores)
Acto: 2.ª Comunicación: Trámite de audiencia y citación para la firma del acta.
En virtud de lo anterior, se emplaza al citado sujeto pasivo o, en su caso, a su representante debidamente acreditado, para que comparezca en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia del Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad de Ceuta, sita en la 1.ª planta de la calle Padilla número 3, al objeto de practicar la notificación del referido acto.
Asimismo, se advierte al interesado que en el caso de no comparecer en el mencionado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 17 de octubre de 2001.- EL INSPECTOR DE FINANZAS.- Fdo.: Emilio Lozano García.
4.042.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar el acto cuyo interesado y concepto tributario se especifican, a continuación:
2.732
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.045
Nombre y apellidos: Mariano Ponce Ortiz de Insagurbe
N.I.F.: 45069905W
Concepto tributario: IPSI (Operaciones Interiores)
Acto: 2.ª Comunicación: Trámite de audiencia y citación para la firma del acta.
En virtud de lo anterior, se emplaza al citado sujeto pasivo o, en su caso, a su representante debidamente acreditado, para que comparezca en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia del Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad de Ceuta, sita en la 1.ª planta de la calle Padilla número 3, al objeto de practicar la notificación del referido acto.
Asimismo, se advierte al interesado que en el caso de no comparecer en el mencionado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 17 de octubre de 2001.- EL INSPECTOR DE FINANZAS.- Emilio Lozano García.
4.043.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar el acto cuyo interesado y concepto tributario se especifican, a continuación:
Nombre y apellidos: Mercedes Ponce Ortiz de Insagurbe
N.I.F.: 45072773H
Concepto tributario: IPSI (Operaciones Interiores)
Acto: 2.ª Comunicación: Trámite de audiencia y citación para la firma del acta.
En virtud de lo anterior, se emplaza al citado sujeto pasivo o, en su caso, a su representante debidamente acreditado, para que comparezca en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia del Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad de Ceuta, sita en la 1.ª planta de la calle Padilla número 3, al objeto de practicar la notificación del referido acto.
Asimismo, se advierte al interesado que en el caso de no comparecer en el mencionado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 17 de octubre de 2001.- EL INSPECTOR DE FINANZAS.- Fdo.: Emilio Lozano García.
4.044.- Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Gobernación, en su Decreto de fecha 10/09/01 ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES
En fecha 18/07/01 D. FRANCISCO JAVIER RAMON JARNE formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art.942.1D del Reglamento General de Circulación), expediente n.º 138.425.
De conformidad con el art. 79.2 del R.D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos de probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios denunciados.
Una vez concluida la instrucción del procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero).
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda otorgar TRAMITE DE AUDIENCIA al interesado con vista del expediente por término de DIEZ días desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.
Ceuta, 13 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
AUTORIDADES Y PERSONAL
4.045.- Resolución, de 22 de octubre de 2001, de la Presidencia del Consejo Económico y Social de la Ciudad Autónoma de Ceuta, sobre nombramiento de D. Ramón Jesús Lladó Granado como Consejero integrante del Grupo Primero, a propuesta de la Unión General de Trabajadores y cese de D. Antonio Gil Mellado.
Con fecha 19 de octubre de 2001 ha sido designado D. Ramón Jesús Lladó Granado, como Consejero integrante del Grupo Primero, en representación de la Unión General de Trabajadores, quién sustituye a D. Antonio Gil Mellado, que cesa en el cargo con la misma fecha.
Lo que se hace público según lo dispuesto en el artículo 13.º 2 del Reglamento del Consejo Económico y Social de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 17 de abril de 1996 (B.O.C.CE., de 23 de abril).
Ceuta, 22 de octubre de 2001.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: Basilio Fernández López.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.046.- Excmo. Sr. Consejero de Presidencia
y
Gobernación, en su Decreto de fecha 18/09/01 ha dictado
la siguiente Resolución:
2.733
4.046 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
ANTECEDENTES
En fecha 19/07/01 D. ABDELHAKIM ABDESELAM AL-LAL formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art.942.1D del Reglamento General de Circulación), expediente n.º 139.904.
De conformidad con el art. 79.2 del R.D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos de probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios denunciados.
Una vez concluida la instrucción del procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero).
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda otorgar TRAMITE DE AUDIENCIA al interesado con vista del expediente por término de DIEZ días desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.
Ceuta, 26 de septiembre de 2001.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
4.047.- Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Gobernación, en su Decreto de fecha 20/09/01 ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES
En fecha 14/09/01 D. FRANCISCO MENDOZA SANCHEZ formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art.942.1D del Reglamento General de Circulación), expediente n.º 141.467.
De conformidad con el art. 79.2 del R.D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos de probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios denunciados.
Una vez concluida la instrucción del procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero).
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda otorgar TRAMITE DE AUDIENCIA al interesado con vista del expediente por término de DIEZ días desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.
Ceuta, 26 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
4.048.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 14/09/01 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 133.440 incoado a D. SANTIAGO LOPEZ FERNANDEZ AGUADO, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de 15.000, aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 14 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO
GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
2.734
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.052
4.049.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 25/09/01 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 136.701 incoado a D. ABDELKADER HOSSAIN ABDELKADER, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de 15.000, aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 26 de septiembre de 2001.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: María Dolores Patilla Gómez.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.050.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
-Expte: 235/98- TECNI-AGUA
-Obra, Servicio, Suministro: SUMINISTRO DE CUADRO ELECTRICO DE LA ESTACION DE IMPULSION JUNTO A LOS VIVEROS MUNICIPALES.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 19 de octubre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
4.051.- Transcurrido el plazo de garantía
establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible
contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes
al
embargo de las fianzas impuestas para responder de los
trabajos que a continuación se relacionan:
-Expte: 234/98- TECNI-AGUA
-Obra, Servicio, Suministro: OBRAS DE REPARACION DE CUADRO ELECTRICO DE ESTACION DE IMPULSION DE LA BARRIADA TARAJAL.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 19 de octubre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
AUTORIDADES Y PERSONAL
4.052.- La Ilma. Sra. Viceconsejera de Presidencia y Recursos Humanos, D.ª Cristina Bernal Durán, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía, por Decreto de fecha 7-08-2.001 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/96, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente
DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO
Convocada una plaza de AYUDANTE DE BIBLIOTECA mediante el sistema de Concurso-Oposición por promoción interna publicada en el BOCCE número 4.006, de fecha 8 de mayo de 2.001, BOE núm.. 132 de fecha 2 de junio de 2.001 ha concluido el procedimiento selectivo.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
De conformidad en lo dispuesto en la Base 9.1 de la convocatoria el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Palacio Autonómico, la relación definitiva de aspirantes aprobados, con indicación de su D.N.I. y por orden de la puntuación alcanzada. Esta relación será elevada al órgano competente en materia de personal para la publicación de la lista de aprobados, por orden de puntuación, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
De acuerdo con la Base 10.ª de la citada convocatoria, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la ciudad de Ceuta la relación definitiva de aprobados, el opositor aprobado deberá presentar o remitir a la Consejería de Presidencia y Recursos Humanos, Negociado de Personal (Palacio Autonómico, Plaza de Africa s/n, 51001, Ceuta), por alguno de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Copia, debidamente autenticada del D.N.I:
b) Fotocopia debidamente autenticada del título exigido o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título y resguardo justificativo de haber solicitado su expedición.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.
2.735
4.052 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
PARTE DISPOSITIVA
Procédase a publicar la lista de aprobados del procedimiento selectivo de la convocatoria para la provisión de una plaza de AYUDANTE DE BIBLIOTECA por promoción interna, mediante el sistema de Concurso-Oposición:
NOMBRE APELLIDOS D.N.I. P. TOTAL
M.ª Dolores García Pérez-Regadera 26.196.314-G 55'32 puntos.
Ceuta, 22 de octubre de 2001.- LA VICECONSEJERA.- Doy fe.- EL SECRETARIO GENERAL.
4.053.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
-Expte: 236/98- TECNI-AGUA
-Obra, Servicio, Suministro: OBRAS DE REPARACION DE CUADRO ELECTRICO DE ESTACION DE IMPULSION DE LA ESTACION DE FERROCARRIL.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 19 de octubre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
4.054.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
-Expte: 273/98- CONSTRUCCIONES PROMOZA, S.L.
-Obra, Servicio, Suministro: OBRAS RELATIVAS AL VERTIDO DE AGUAS FECALES EN LA CALLE SALUD TEJERO FRENTE A LOS PORTALES 14 Y 15 DE LOS GRUPOS ALFAU.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 19 de octubre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.055.- No siendo posible practicar la notificación de D. Ahmed Abdeselam Ahmed, en relación al expediente sancionador 178/01, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 8 de octubre de 2001 el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES
La Policía Local denuncia a D. Ahmed
Abdeselam
Ahmed por arrojar papeles a la vía pública (Paseo del
Revellín, s/n) el día 20-7-01 a las 13,12 horas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.º- El art. 8.1 de la Ordenanza de Limpieza prohibe arrojar residuos en la vía pública. 2.º El art. 135.A.1 de la Ordenanza tipifica como infracción leve "el incumplimiento de las normas sobre limpieza de la vía publica como consecuencia del uso común en general de los ciudadanos (Capítulo II de la Ordenanza). 3.º El art. 136.1 de la repetida Ordenanza Municipal sanciona las infracciones leves con multa de hasta 25.000 Ptas. 4.º El Consejero de Medio Ambiente ostenta competencia delegado por el Presidente por decreto de fecha 31 de julio de 2001.
PARTE DISPOSITIVA
1.º Se incoa expediente sancionador a D. Ahmed Abdeselam Ahmed por la presunta comisión de una infracción de la Ordenanza de Limpieza consistente en arrojar papeles a la vía pública.
2.º Se designa instructor a la Ilma. Sra. D.ª Carolina Pérez Gómez, Viceconsejera de Medio Ambiente, que podrá ser recusado en cualquier momento del procedimiento.
3.º Se concede al expedientado un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.
4.º Se indica la posibilidad de que el presunto responsable pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos del art. 8 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto (resolución del procedimiento con imposición de la sanción que proceda). Lo que le traslado, advirtiéndole que de no efectuar alegaciones en el plazo concedido, la iniciación podría ser considerada Propuesta de Resolución.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 22-10-01.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
4.056.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1579/01 Omar Kefsi X-03858620-W Argelia 15-10-01
1580/01 Souhil Madoui X-03858657-Q
Argelia 15-10-01
2.736
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.058
1581/01 Habib Kelal X-03871247-W Argelia 15-10-01
1582/01 Bouchakour Hamidi X-03871272-G Argelia 15-10-01
1583/01 Mourad Khater X-03871076-S Argelia 15-10-01
1584/01 Mokhtar Bouzara X-03876113-S Argelia 15-10-01
1585/01 Ounnas Massaoud X-03874685-J Argelia 15-10-01
1586/01 Fatima Mazouni X-03873193-Q Argelia 15-10-01
1588/01 Nacera Naya X-03873250-G Argelia 15-10-01
1589/01 Abdelmadjid Djerourou X-03874942-V Argelia 15-10-01
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
4.057.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1549/01 Mohammed Hamadouche X-03865914-M Argelia 11-07-01
1550/01 Karim Zair X-02408100-T Argelia 11-10-01
1551/01 Kada Lassas X-03872750-X Argelia 11-10-01
1552/01 Abdelkader Toubal X-03872762-E Argelia 11-10-01
1553/01 Hocine Mehal X-03872733-Q Argelia 11-10-01
1554/01 Nazin Besselma X-03866009-P Argelia 11-10-01
1555/01 Mohamed Laroui X-03866098-M Argelia 11-10-01
1556/01 Laid Berrabah X-03866134-H Argelia 11-10-01
1557/01 Benameur Ouis X-038869793-C Argelia 11-10-01
1558/01 Mansour Soltane Benalou X-03869836-V Argelia 11-10-01
1559/01 Laid Marouf X-03869843-R Argelia 11-10-01
1560/01 Houari Ammich X-03869852-X Argelia 11-10-01
1561/01 Houari Allam X-03869865-T Argelia 11-10-01
1562/01 Mohamed Bourahla X-03869873-P Argelia 11-10-01
1563/01 Samir Brahim X-03869892-G Argelia 11-10-01
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
4.058.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1534/01 Omar Louach X-03861301-S Argelia 10-10-01
1535/01 Houari Bouab X-03865716-Z Argelia 10-10-01
2.737
4.058 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
1536/01 Abderrahim Ahmed X-03865730-M Argelia 10-10-01
1537/01 Foudil Ahmed X-03865751-A Argelia 10-10-01
1538/01 Mohamed Ahmed X-03875892-R Argelia 10-10-01
1539/01 Snoussi Harchane X-03865832-S Argelia 10-10-01
1540/01 Abdallah Kihel X-03865867-G Argelia 10-10-01
1541/01 Ali Azroug X-03870415-K Argelia 10-10-01
1542/01 Benaouda Noufa X-03865938-Y Argelia 10-10-01
1543/01 Rabih Ben Mohammed X-03872782-L Argelia 10-10-01
1544/01 Abdelkader Rezig X-03872814-M Argelia 10-10-01
1545/01 Said Souilah X-03872847-S Argelia 10-10-01
1546/01 Charef Harrats X-03872915-Z Argelia 10-10-01
1547/01 Cheikh Mestour X-03872946-E Argelia 10-10-01
1548/01 Meftah Semmache X-03870382-B Argelia 10-10-01
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
4.059.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1516/01 Hadj Ouggad X-03863282-H Argelia 10-10-01
1517/01 Ali Slimane X-02355293-R Argelia 10-10-01
1518/01 Abdelkader Sebai X-02966671-Q Argelia 10-10-01
1519/01 Kamel Chekireb X-03882964-N Argelia 10-10-01
1520/01 Houari Ammar X-03860952-B Argelia 10-10-01
1521/01 Rabah Cherbal X-03860934-Q Argelia 10-10-01
1522/01 Hamza Drai X-03860967-A Argelia 10-10-01
1523/01 Abdelaziz Chiha X-03861062-Y Argelia 10-10-01
1524/01 Mohamed Benmaiza X-03863298-B Argelia 10-10-01
1525/01 Abdelkader Glizi X-03865639-Y Argelia 10-10-01
1526/01 Lakhdar Mime X-03865656-T Argelia 10-10-01
1527/01 Mohamed Belhadi X-03865691-N Argelia 10-10-01
1528/01 Zahari Benaisa X-03861001-Z Argelia 10-10-01
1529/01 Taieb Jaifi X-03861022-N Argelia 10-10-01
1530/01 Kadda Benhebba X-03861073-V Argelia 10-10-01
1531/01 Mohamed Allal X-03861223-Y Argelia 10-10-01
1532/01 Daifallah Mostefaoui X-03861250-X Argelia 10-10-01
1533/01 Hamza Bel Arbia X-03861274-B Argelia 10-10-01
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
4.060.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de la propuesta de resolución recaída en el procedimiento contra el expediente sancionador que se indica, dictada por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
2.738
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.063
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
296/2000 Otman Megherbi X-03145810-P Argelia 11-09-2001
Lo que se comunica, significándole que contra la presente propuesta no cabe interponer recurso alguno e igualmente, que a partir de este momento podrá acceder y tomar vista del contenido del expediente administrativo sancionador, que se encuentra en las Dependencias Policiales de la Comisaría de Policía de Ceuta, pudiendo obtener copias de los documentos obrantes en el mismo, al amparo de lo establecido en el artículo 19.1 del Reglamento del procedimiento sancionador, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, concediéndosele un plazo de quince días desde la recepción de la presente notificación para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.
Ceuta a once de octubre de dos mil uno.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril).- Fdo.: José Antonio Fernández García.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social
Número siete de Sevilla
4.061.- Dª. María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número Siete de Sevilla.
Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 298/2001, se ha acordado citar a
D. Miguel García Fernández, INSS, TGSS y Transportes Compás Montero como parte demandada por tener ignorado paradero
para
que comparezcan el próximo día veinticuatro de enero de
dos mil dos a las 9.30 horas, para asistir a los actos de
conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de
lo Social, sito en C/ Vermondo Resta s/n, Edif. Viapol, 5ª
planta, debiendo comparecer personalmente o por persona
legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente
valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no
se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a Transporte Compás Montero, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Sevilla a veintiocho de septiembre de dos mil uno.- LA SECRETARIA JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Ministerio de Economía y Hacienda
Trib. Económico-Adtvo. Local de Ceuta
4.062.- No habiéndose podido notificar a los destinatarios los actos administrativos que a continuación se relacionan, por la presente se comunica a los interesados que este Tribunal, ha dictado los siguientes acuerdos:
1º Interesado.- D. Eduardo Montero Ruiz N.I.F.: 31.696.380-B.
Reclamación número 43/2000. Resolución: Desestimatoria.
2º Interesado.- D. Eduardo Montero Ruiz N.I.F.: 31.696.380-B.
Pieza Separada de Suspensión número 1/2001. Acuerdo: No admisión a trámite.
3º Interesado.- D. Eduardo Montero Ruiz N.I.F.: 31.696.380-B.
Pieza Separada de Suspensión número 2/2001.
Acuer
do: No admisión a trámite.
4º Interesado.- Interesado.- D. Eduardo Montero Ruiz N.I.F.: 31.696.380-B.
Pieza Separada de Suspensión número 3/2001. Acuerdo: No admisión a trámite.
Contra dichas resoluciones podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla, en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente al de la publicación de estos acuerdo en el Boletín Oficial de la Ciudad.
EL ABOGADO DEL ESTADO-SECRETARIO.- Fdo.: Salvador Jiménez Bonilla.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado deVigilancia
Penitenciaria de Ceuta
4.063.- D. José Antonio Martín Robles, Secretario Judicial del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Ceuta, hace saber:
Que en este Juzgado se sigue expediente al número 758/01 por aplicación de limitaciones regimentales (artículo 75.2 R.P.), relativos a D. Ibrahim Ehlman, en el que se dictó auto de fecha 04-10-01 cuya parte dispositiva es la siguiente:
"Acuerdo el archivo definitivo del presente expediente, habiendo informado favorablemente a ello el Ministerio Fiscal y, al haber cesado la utilización de la medida consistente en puesta en libertad desde el pasado 28-07-01, la que se aplicó correctamente por el tiempo estrictamente necesario".
Y para que sirva de notificación en legal forma del auto recaído en el expediente reseñado, el cual no es firme y contra el mismo si cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días ante este Juzgado, a D. Ibrahim Ehlman de ignorado paradero, se expide el presente en la Ciudad de Ceuta, y a miércoles 17 de octubre de dos mil uno.- Doy fe.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
2.739
4.063 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
4.064.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas número 426/01 sobre artículo 636 del C.P., ha acordado notificar a D. Raidi Abdel-Latif, la sentencia dictada con fecha 11 de octubre de 2001, y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:
Fallo: Que debo condenar y condeno a D. Raidi Abdel-Latif, como autor de una falta del artículo 636 del Código Penal, imponiéndole la pena de 40 días multa, a razón de una cuota diaria de 1.000 pesetas, con aplicación subsidiaria de lo prevenido en el artículo 53, y con expresa imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a quienes han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios.
Unase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los Autos de su razón.
Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de cinco días, a partir de la última notificación que de la misma se haga.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a quince de octubre de dos mil uno.- EL SECRETARIO.
4.065.- D. Yamal Mellouk, hijo de Laarbi y
de
Fatima, nacido el 25-07-1975 en Aiebekon (Marruecos)
con pasaporte marroquí número L-737039, con último
domicilio desconocido, comparecerá dentro del término de diez
días ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta
Ciudad, calle Serrano Orive sin número, a responder de los cargos
que le resultan por favorecimiento de la inmigración ilegal en
el procedimiento P.A. 175/01, bajo apercibimiento que de
no verificarlo, será declarado rebelde, y le parará el perjuicio
a que hubiere lugar en derecho.
Al propio tiempo, se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil y demás Agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción, en la mencionada causa por auto de esta fecha.
En la Ciudad de Ceuta a cinco de octubre de dos mil uno.- EL MAGISTRADO JUEZ.
OTRAS DISPOSICIONES
YACUERDOS
Delegacion del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
4.066.- De conformidad con lo dispuesto en
los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de
noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de
enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública
notifica
ción de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según
la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General
del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio
conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1439/01 Houari Cherifi X-03857562-W Argelia 09-10-01
1440/01 Raouf Belakhdar X-03857583-T Argelia 09-10-01
1441/01 Abderrahmane Moumeni X-03857645-Q Argelia 09-10-01
1442/01 Benyezza Kais X-03857881-E Argelia 09-10-01
1443/01 Mohamed Mahammed X-03857897-S Argelia 09-10-01
1444/01 Habib Benarba X-03857931-A Argelia 09-10-01
1445/01 Ali Bouhali X-03857956-M Argelia 09-10-01
1446/01 Mimoun Chamas X-03857989-S Argelia 09-10-01
1447/01 Abdelkader Berrefas X-03858031-B Argelia 09-10-01
1448/01 Djelloul Hacena X-0385869-A Argelia 09-10-01
1449/01 Mohamed Benhannich X-03858124-N Argelia 09-10-01
1450/01 M´Hamed Allik X-03858231-G Argelia 09-10-01
1451/01 Attou Benachir X-03858278-M Argelia 09-10-01
1452/01 Khaled Youb X-03858362-C Argelia 09-10-01
1453/01 Kaddour Khelifati X-03858411-T Argelia 09-10-01
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
4.067.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de
1992),
modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las
resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional
cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que
a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar.
2.740
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.068
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1424/01 Djilali Benzekri Benallou X-03855594-N Argelia 09-10-01
1425/01 Ali Azil X-03855444-T Argelia 09-10-01
1426/01 Kenadil Sayah X-03855467-T Argelia 09-10-01
1427/01 Fatma Bouberguig X-03855523-X Argelia 09-10-01
1428/01 Abdelkader Namaoui X-03855544-P Argelia 09-10-01
1429/01 Sid Ahmed Djebbar X-03855418-C Argelia 09-10-01
1430/01 Miloud Tachibent X-03857280-L Argelia 09-10-01
1431/01 Ben Embarek Kerroum Djamel X-03857331-R Argelia 09-10-01
1432/01 Habib Boudjema X-03857360-F Argelia 09-10-01
1433/01 Hadj Nacer X-03857379-A Argelia 09-10-01
1434/01 Djamel Belgrainet X-03857398-E Argelia 09-10-01
1435/01 Tayeb Belamri X-03857451-Y Argelia 09-10-01
1436/01 Hadj Latroche X-03857470-W Argelia 09-10-01
1437/01 M´Hamed Azreug X-03857495-G Argelia 09-10-01
1438/01 Argoub Djilali X-03857539-W Argelia 09-10-01
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
4.068.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1501/01 Gourari Djilali X-3860975-B Argelia 10-10-01
1502/01 Noreddine Meddah X-3861006-L Argelia 10-10-01
1503/01 Abdelkader Benslimane X-3861032-E Argelia 10-10-01
1504/01 Salah Djebbour X-3861044-B Argelia 10-10-01
1505/01 Baghdad Zouggaret X-3869764-Z Argelia 10-10-01
1506/01 Abdenasser Belhachemi X-3869778-M Argelia 10-10-01
1507/01 Rezk-Allah Chebika X-3869699-H Argelia 10-10-01
1508/01 Dahou Beloumi X-3869720-Q Argelia 10-10-01
1509/01 Abdelouahad Khettab X-3869731-G Argelia 10-10-01
1510/01 Abdelkader Lassas X-3869748-K Argelia 10-10-01
1511/01 Kamel Morsli X-3863171-E Argelia 10-10-01
1512/01 Ahmed Zouggaret X-3863192-C Argelia 10-10-01
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1513/01 Daho Messiouen X-3863223-M Argelia 10-10-01
1514/01 Nadjim Hammia X-3863258-V Argelia 10-10-01
1515/01 Djamal Bensaid X-3863271-E Argelia 10-10-01
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
2.741
4.068 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
4.069.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1564/01 Mohamed Benzerga X-3875640-W Argelia 11-10-01
1565/01 Nasreddine Dali X-3870310-P Argelia 11-10-01
1566/01 Karim Arbi Houari X-3870356-P Argelia 11-10-01
1567/01 Mehdi Abderrahmane X-3870564-D Argelia 11-10-01
1568/01 Brahim Bettahar X-3870607-Y Argelia 11-10-01
1569/01 Beticha Cheritel X-3870637-J Argelia 11-10-01
1570/01 Saad Bensaad X-3870660-J Argelia 11-10-01
1571/01 Youcef Nouar X-3870685-S Argelia 11-10-01
1572/01 Bouabdallah Saiah X-1723280-M Argelia 11-10-01
1573/01 Mohamed Bougdim X-3870495-D Argelia 11-10-01
1575/01 Mohamed Kaddouri X-3871111-G Argelia 11-10-01
1576/01 Aissa Benabdellah X-3871136-Y Argelia 11-10-01
1577/01 Mohamed Rasoued X-3871160-F Argelia 11-10-01
1578/01 Tawfik Salah Rakchi X-3871222-T Argelia 11-10-01
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
4.070.- D. Mohamed Bencheikh, hijo de Ahmed y de Fatima, nacido el 02-09-1959 en Casablanca (Marruecos)
con pasaporte marroquí número M-433790, con último domicilio desconocido, comparecerá dentro del término de diez días ante
el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, calle Serrano
Orive sin número, a responder de los cargos que le resultan por favorecimiento de la inmigración ilegal en el procedimiento P.A.
175/01,
bajo apercibimiento que de no verificarlo, será declarado
rebelde, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
Al propio tiempo, se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil y demás Agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción, en la mencionada causa por auto de esta fecha.
En la Ciudad de Ceuta a cinco de octubre de dos mil uno.- EL MAGISTRADO JUEZ.
4.071.- D. Ali Moujahid, hijo de Ali y de
Slimane, nacido en 1948 en Mitouza (Marruecos) con pasaporte
marroquí número K-828276, con último domicilio
desconocido, comparecerá dentro del término de diez días ante el
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de
Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, calle
Serrano
Orive sin número, a responder de los cargos que le
resultan por favorecimiento de la inmigración ilegal en el
procedimiento P.A. 175/01, bajo apercibimiento que de no verificarlo,
será declarado rebelde, y le parará el perjuicio a que hubiere
lugar en derecho.
Al propio tiempo, se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil y demás Agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción, en la mencionada causa por auto de esta fecha.
En la Ciudad de Ceuta a cinco de octubre de dos mil uno.- EL MAGISTRADO JUEZ.
4.072.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del
Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, en virtud de lo
acordado en el Juicio de Faltas número 73/01 sobre lesiones,
ha acordado notificar a D. Mohamed Soliman Liazid, la
sentencia dictada con fecha 21 de junio de 2001, y que contiene
el fallo del tenor literal siguiente:
2.742
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.076
Fallo: Que debo absolver y absuelvo libremente a
D. Mohamed Soliman Liazid, de los hechos a que se contraría
el presente juicio, declarando de oficio las costas causadas en
el mismo.
Notifíquese esta resolución a quienes han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios.
Unase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los Autos de su razón.
Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de cinco días, a partir de la última notificación que de la misma se haga.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a dieciséis de octubre de dos mil uno.- EL SECRETARIO.
4.073.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas número 731/01 sobre artículo 636 del C.P., ha acordado notificar a D. Yousset Azzouz, la sentencia dictada con fecha 11 de octubre de 2001, y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:
Fallo: Que debo condenar y condeno a D. Azzouz Yousset, como autor de una falta del artículo 636 del Código Penal, imponiéndole la pena de 50 días multa, a razón de una cuota diaria de 1.000 pesetas, con aplicación subsidiaria de lo prevenido en el artículo 53, y con expresa imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a quienes han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios.
Unase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los Autos de su razón.
Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de cinco días, a partir de la última notificación que de la misma se haga.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a dieciséis de octubre de dos mil uno.- EL SECRETARIO.
4.074.- El Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el
procedimiento expediente de dominio. Reanudación del tracto
161/2001 a instancia de Dª. Aurora Vallecillo Zuara, Dª.
Soledad Vallecillo Zuara, expediente de dominio para la
reanudación del tracto sucesivo en el Registro de la Propiedad de la
siguiente finca: URBANA.- Departamento número cinco,
vivienda en la planta baja derecha, según se entra en el portal
de la casa radicada en Ceuta, calle General Aranda número 1,
con acceso a través del portal y escaleras generales. Tiene
una superficie útil de setenta y nueve metros noventa y
cuatro decímetros cuadrados y se halla distribuida en vestíbulo,
salón, tres dormitorios, cocina y baño. Linda, según se entra
en ella, por la izquierda con hueco del patio interior y
vivienda dentro de esta misma planta; por la derecha con la calle
General Aranda; por el fondo, con la casa número tres de dicha
calle y por el frente, con rellano de entrada y con escaleras
genera
les. Se trata de la finca 15.781 del Registro de la Propiedad
de Ceuta y cuya referencia catastrales 1842009TE9714S0007EF.
Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a Dª. María del Mar, Dª. Dolores Ibáñez Rodríguez, Dª. María del Pilar, Dª. María Luisa, y Dª. María del Carmen Ibáñez Nuñes, para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho a convenga.
Ceuta a cinco de octubre de dos mil uno.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
4.075.- D. Jesús Del Cacho Rivero, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta.
Hace saber:
Que en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha, en los autos de referencia, Juicio Ejecutivo número 314/2000, por la presente se cita de remate al referido demandado Almacenes Florido, a fin de que dentro del término improrrogable de nueve días hábiles, se oponga a la ejecución contra el mismo despachada, si le conviniere, personándose en los autos por medio de abogado que le defienda y procurador que le represente, apercibiéndole que de no verificarlo será declarado en situación de rebeldía procesal, parándole con ello el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Se haced constar expresamente que, por desconocerse el paradero del demandado, se ha practicado embargo sobre bienes de su propiedad sin previo requerimiento de pago.
Principal: 1.014.173 pesetas (6.095,3 Euros).
Intereses y Costas: 500.000 pesetas.
En Ceuta a diez de octubre de dos mil uno.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
4.076.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, por providencia de esta fecha dicta en el PRESENTE procedimiento de Juicio de Faltas número 214/01, que se sigue por la supuesta falta de hurto, he mandado citar a D. Abdellah Lemssair, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 6 de noviembre de 2001, a las 12,40 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la calle Serrano Orive sin número, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le parará los perjuicios con arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en la Ciudad de Ceuta a once de octubre de dos mil uno.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
4.077.- D. Abdel Senebar, marroquí, hijo
de Abdectec y de Sora, nacido el 01-01-1975 en Castillejos
(Marruecos) indocumentado, con último domicilio
desconocido, comparecerá dentro del término de diez días ante el
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de
Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, calle
Serrano
Orive sin número, a responder de los cargos que le
resultan por robo con fuerza en las cosas en el procedimiento P
.Abreviado 181/01, bajo apercibimiento que de no verificarlo,
será declarado rebelde, y le parará el perjuicio a que hubiere
lugar en derecho.
2.743
4.076 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
Al propio tiempo, se ruega y encarga a todas
las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil y
demás Agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca
y captura de dicho procesado, poniéndolo caso de ser habido,
a disposición de este Juzgado de Instrucción, en la
mencionada causa por auto de esta fecha.
En la Ciudad de Ceuta a seis de octubre de dos mil uno.- EL MAGISTRADO JUEZ.
Juzgado de lo Penal
Número Dos de Ceuta
4.078.- La Magistrada Juez Accidental Dª. Mercedes Pena Moreira.
Hago saber:
Que en este Juzgado se sigue el Rollo P. A. 62/01 dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Tres de esta Ciudad, por el supuesto delito de contra los derechos de los trabajadores, entre otros particulares se ha acordado:
CITAR
Mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D. Chaib Touzani, al objeto de que comparezca ante este Juzgado de lo Penal Número Dos, C/. Serrano Orive, s/n., a fin de asistir a la vista del Juicio Oral, que se celebrará el próximo día 15 de noviembre a las 10,50 horas.
No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma al testigo anteriormente mencionado, expido el presente en Ceuta, a ocho de octubre de dos mil uno.- LA MAGISTRADA JUEZ SUSTITUTA.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
4.079.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente: 148/01
Nombre y apellidos: Ali Mohamed Said.
D.N.I.: 45.107.645
Fecha acuerdo: 17-09-01
Expediente: 169/01
Nombre y apellidos: Ismael Hassan Abdeselam
D.N.I.: 45.080.933
Fecha acuerdo: 17-09-01
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Delegación del Gobierno.
Asimismo se solicita el envio de justificante de dicha inserción indicando la fecha del Boletín en el que se ha publicado, así como la remisión de dos ejemplares a esta Delegación del Gobierno.
Ceuta, veintidós de octubre de dos mil uno.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
4.080.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de los acuerdos de iniciación recaídos en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente: 493/01
Nombre y apellidos: Francisco Martín Chamorro
D.N.I.: 45.096.836
Fecha acuerdo: 19-09-01
Expediente: 547/01
Nombre y apellidos: Rafael Hernández Pallarés
D.N.I.: 45.098.599
Fecha acuerdo: 04-10-01
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Delegación del Gobierno.
Asimismo se solicita el envio de justificante de dicha inserción indicando la fecha del Boletín en el que se ha publicado, así como la remisión de dos ejemplares a esta Delegación del Gobierno.
Ceuta, veintidós de octubre de dos mil uno.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social
4.081.- El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1, de Ceuta.
Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor D. Rafael Luque Olmo, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Poblado Legionario bloque 1 - A, se procedió con fecha 11-09-2001 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.
Al propio tiempo, se requiere al deudor para en
el plazo de ocho días, comparezca por sí o por medio de
representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin
de
proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar,
se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias
hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de
conformidad con los preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del
repetido Reglamento General de Recaudación de los
Recursos del Sistema de la Seguridad Social.
2.744
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.081
Ceuta, a tres de octubre de dos mil uno.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
Destinatario: D. Rafael Luque Olmo.
Dirección: PB Legionario BL 1 A 0
Localidad: 51003-Ceuta.
Provincia: Ceuta.
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia, por débitos contraídos para con la Seguridad Social, con fecha 11-09-2001 se ha dictado el acto cuya copia literal se adjunta.
Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de interesado, expido la presente cédula de notificación.
Otras observaciones, en su caso:
Se adjunta TVA 501: Embargo de bienes inmuebles.
Ceuta cuatro de octubre de dos mil uno.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E., del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E., del día 31), de Medidas Fiscales, administrativas y de orden social, significándole que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta a once de septiembre de dos mil uno.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
Destinatario: Dª. Antonia Guerrero Triviño.
Dirección: PB Legionario BL 1 A
Localidad: 51003-Ceuta.
Provincia: Ceuta.
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia, por débitos contraídos para con la Seguridad Social, con fecha 11-09-2001 se ha dictado el acto cuya copia literal se adjunta.
Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de cónyuge, expido la presente cédula de notificación.
Otras observaciones, en su caso:
Se adjunta TVA 501: Embargo de bienes inmuebles.
Ceuta cuatro de octubre de dos mil uno.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E., del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E., del día 31), de Medidas Fiscales, administrativas y de orden social, significándole que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta a once de septiembre de dos mil uno.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501)
Diligencia:
Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, expediente administrativo de apremio, contra el deudor de referencia D. Rafael Luque Olmo con D.N.I. 45.067.184-H, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:
Número de apremio Período Régimen
51 94 000295016 01-1993 / 12-1993 0521
51 95 010276269 01-1994 / 12-1994 0521
51 96 010129940 01-1995 / 12-1995 0521
51 96 010367184 01-1996 / 06-1996 0521
51 97 010141134 07-1996 / 12-1996 0521
51 97 010256221 01-1997 / 06-1997 0521
51 98 010105242 07-1997 / 12-1997 0521
51 98 010238416 01-1998 / 04-1998 0521
51 94 000185282 01-1992 / 12-1992 0521
Importe principal: 1.911.334 pesetas.
Recargos de apremio: 631.335 pesetas.
Costas devengadas: 520 pesetas.
Costas presupuestadas: 25.000 pesetas.
TOTAL DEBITOS: 2.568.189 pesetas.
Y en cumplimiento de la providencia de embargo dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento.
Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo, a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor,
en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los
acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados
por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas
o
colaboradores que se indican en el vigente Reglamento
de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública
subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda,
y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar
objeción por parte del apremiado.
2.745
4.081 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguiente reglas:
- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.
- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logran acuerdo, hacer una sola.
- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y, servirá de tipo la venta pública del bien embargado.
Todo ello, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, B.O.E., del día 29).
Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cartas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E., del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E., del día 31), de Medidas Fiscales, administrativas y de orden social, significándole que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta a once de septiembre de dos mil uno.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS
DEUDOR: D. Rafael Luque Olmo.
FINCA NUMERO: 01
DATOS FINCA URBANA
DESCRIPCION FINCA: DPTO. Nº 77 PLANTA 3ª PORTAL B DEL RC-3 P.E.R.I. MIRAMAR
TIPO FIA: GR NOMBRE VIA: GRUPOS MIRAMAR S/N, ESCALERA: B, PISO: 3, PUERTA DCHA, COD-POST: 51002, COD-MINI: 51101
DATOS REGISTRO
Nº REG. CE Nº TOMO: 277, Nº LIBRO: 277, Nº FOLIO: 174, Nº FINCA: 20457
DESCRIPCION AMPLIADA
DEPARTAMENTO NUMERO SETENTA Y SIETE.- VIVIENDA SITA EN LA TERCERA PLANTA DEL PORTAL LETRA B, DEL EDIFICIO DENOMINADO RC-3, DEL P.E.R.I. MIRAMAR, DE ESTA CIUDAD DE CEUTA, SE SITUA A LA DERECHA, SEGUN SE SUBE POR LAS ESCALERAS DEL PORTAL, ES DEL TIPO V4, SE ACCEDE A LA MISMA A TRAVES DEL PORTAL LETRA B, ESCALERAS GENERALES Y ASCENSOR.
LINDEROS:
DERECHA: RESTO SIN EDIFICAR, EN PLANO INFERIOR, Y HUECO DE ASCENSOR Y ESCALERA DEL PORTAL LETRA B.
IZQUIERDA: PLAZA ENTRE LOS BLOQUES RC-2 Y RC-3 EN PLANO INFERIOR.
FONDO: VIVIENDA IZQUIERDA DE LA MISMA PLANTA DEL PORTAL C.
FRENTE: VIVIENDA IZQUIERDA DE LA MISMA PLANTA Y PORTAL, Y HUECO DE ASCENSOR Y ESCALERA DEL PORTAL LETRA B, S. CONSTRUIDA 83,2 METROS CUADRADOS, S. UTIL: 73.2 METROS CUADRADOS.
Ceuta a once de septiembre de dos mil uno.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social
4.082.- El Jefe del Servicio Técnico de
Notificaciones e Impugnaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) y en el artículo
105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E.
24-10-95), por el que se aprueba el Reglamento General de
Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a
los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en
la relación de documentos que se acompaña, epigrafiados de
acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se
encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado
paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por
descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra
ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el
artículo 30.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de
junio (B.O.E. 29-6-94), según la redacción dada al mismo por
el artículo 34.cuatro de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E.
31-12-97), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración
correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de
deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Documento acumulado de deuda) y
10 (Derivación de responsabilidad).
2.746
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.083
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de Apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 70 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del citado Reglamento General.- EL JEFE DEL SERVICIO TECNICO DE NOT./IMPUG.- Fdo.: José M.ª Carbonero González.
Régimen 05 R.E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Reclamación Período Importe
521 07 521000736109 Lanero Mayor, Antonina C/. Real, 74 51001 Ceuta 02 52 2001 010375159 01 01 01 01 120.697
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social de Málaga
4.083.- El Jefe del Servicio Técnico de Notificaciones e Impugnaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) y en el artículo 105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. 24-10-95), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34.cuatro de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Documento acumulado de deuda) y 10 (Derivación de responsabilidad).
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de Apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 70 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del citado Reglamento General.- EL JEFE DE SECCION.- Fdo.: Antonio Trillo Martos.
Régimen 01 Régimen General
2.747
4.083 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Reclamación Período Importe
521 07 280459202236 Cherif --- Mimoun Av. Virgen de Africa 51001 Ceuta 02 29 2001 017518801 01 01 03 01 120.697
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social de Cádiz
4.084.- El Jefe del Servicio Técnico de Notificaciones e Impugnaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) y en el artículo 105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. 24-10-95), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34.cuatro de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Documento acumulado de deuda) y 10 (Derivación de responsabilidad).
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de Apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 70 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del citado Reglamento General.- LA JEFA DEL SERVICIO TECNICO DE NOT./IMPUG.- Fdo.: M.ª Dolores Casas Moreno.
Régimen 01 Régimen General
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Reclamación Período Importe
111 10 11105682873 Inst. Telefónica D. C/. Millán Astray, 11 51001 Ceuta 03 11 2001 012656037 01 01 01 01 2.498.743
4.085.- El Jefe del Servicio Técnico de Notificaciones e Impugnaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) y en el artículo 105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. 24-10-95), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34.cuatro de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Documento acumulado de deuda) y 10 (Derivación de responsabilidad).
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones
de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de
loestablecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los
sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
2.748
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.086
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de Apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 70 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del citado Reglamento General.- LA JEFA DEL SERVICIO TECNICO DE NOT./IMPUG.- Fdo.: M.ª Dolores Casas Moreno.
Régimen 05 R. E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Reclamación Período Importe
521 07 410159609367 Núñez Cordón J. Carlos C/. Recinto Sur 51001 Ceuta 02 11 2001 015508443 01 01 03 01 120.697
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social de Granada
4.086.- El Jefe del Servicio Técnico de Notificaciones e Impugnaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) y en el artículo 105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. 24-10-95), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34.cuatro de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Documento acumulado de deuda) y 10 (Derivación de responsabilidad).
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de Apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 70 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del citado Reglamento General.- EL JEFE DEL SERVICIO TECNICO DE NOT./IMPUG.- Fdo.: Adolfo E. Hernández Meyer.
Régimen 05 R. E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Reclamación Período Importe
521 07 180066665783 Fdez. Carmona, José C/. El Cid, 9 51002 Ceuta 02 18 2001 014720767 01 01 03 01 120.697
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social de Barcelona
2.749
4.086 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de Apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 70 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del citado Reglamento General.- EL JEFE DE SECCION.- Fdo.: Marta Brull Varo.
Régimen 05 R. E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Reclamación Período Importe
521 07 080240365319 Altamira Vinallonga P. C/. Menéndez Pelayo, 1 51001 Ceuta 03 08 2001 035927645 03 01 03 01 40.232
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social de Murcia
4.088.- El Jefe del Servicio Técnico de Notificaciones e Impugnaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) y en el artículo 105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. 24-10-95), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34.cuatro de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Documento acumulado de deuda) y 10 (Derivación de responsabilidad).
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de Apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 70 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá
interponerse recurso de alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del
Reglamento General de Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad
Social, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto
en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley
42/1994 y en el artículo 105.3 del citado Reglamento General.- EL JEFE DEL SERVICIO TECNICO DE NOT./IMPUG.- Fdo.:
Remigio Estebanez Dueñas.
2.750
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.089
Régimen 05 R. E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Reclamación Período Importe
521 07 081007247359 Moumine --- Mohamed Bda. Ppe. Alfonso 51003 Ceuta 02 30 2001 017508024 01 01 03 01 120.697
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social de Cádiz
4.089.- El Jefe del Servicio Técnico de Notificaciones e Impugnaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) y en el artículo 105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. 24-10-95), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34.cuatro de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Documento acumulado de deuda) y 10 (Derivación de responsabilidad).
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de Apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 70 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del citado Reglamento General.- LA JEFA DEL SERVICIO TECNICO DE NOT./IMPUG.- Fdo.: M.ª Dolores Casas Moreno.
Régimen 05 R. E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Reclamación Período Importe
521 11 111036939819 Marina Gómez J. Angel C/. Ruiz Zorrilla, 15 51002 Ceuta 03 11 2001 015438927 01 01 02 01 80.465
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.090.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurrull, por su Decreto de fecha 17-09-01 ha dispuesto lo siguiente:
"ANTECEDENTES
2.751
4.089 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
D. Juan Fariña Iglesias solicita segregación de 63,00 m2 de la parcela 147 del Campo Exterior de Ceuta, para posterior
agrupación a su propiedad colindante.- Los Servicios Técnicos de la Consejería emiten con fecha 07-09-01 informe n¾ 1.628/01 con el
siguiente contenido: 1º) Se deberá requerir al interesado documentación complementaria a fin de poder informar adecuadamente a su solicitud;
ésta sería como mínimo la siguiente: Cuadro de superficies de finca matriz y fincas resto y segregada. Cuadro de superficies de finca
propiedad, finca a agrupar y finca resultante de la agrupación. 2º) Por otro lado se informa que las fincas se encuentran adscritas al Estudio de
Detalle ED-8 "Loma Larga" el cual se encuentra aún sin redactar y por tanto sin aprobación definitiva, por lo que únicamente se podrá
conceder licencia de segregación condicionada a su agrupación posterior a la propiedad del interesado."- Consta asimismo Informe Jurídico.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El Art. 71 de la ley 30/92, de 26 de Noviembre, establece que si la petición no reúne los requisitos señalados en la legislación específica se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días aporte la documentación específica.- El Consejero de Fomento ostenta competencias en materia de licencias urbanísticas así como en el área de disciplina urbanística de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 31-07-01 En el mismo sentido el artículo 13 del Reglamento de la Presidencia.-
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se requiere a D. Juan Fariña Iglesias para que en el plazo de 10 días presente la documentación referida en los antecedentes de este Decreto.- 2º) Se apercibe al interesado que de no cumplimentar el punto anterior en el plazo precitado, se archivará su petición previa resolución a tal efecto."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al D. Juan Fariña Iglesias, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, 18 de octubre de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
4.091.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurrull, por su Decreto de fecha 01-10-01, ha dispuesto lo siguiente:
"ANTECEDENTES DE HECHO
El Ilustre Pleno de la Asamblea en sesión ordinaria celebrada el 23-09-99, acordó la aprobación definitiva del Estudio de Detalle "Martín Cebollino", redactado por el Arquitecto superior D. Fernando Céspedes Rivas. Dicho E.D. forma parte del desarrollo del P.E.R.I. "RECINTO SUR" en su conexión con c/ Duarte, definiendo al propio tiempo alineaciones y rasantes.- Este instrumento urbanístico afecta a varios solares edificados y a otros en bruto situados entre c/Martín Cebollino y c/ Duarte. El arquitecto municipal emite con fecha 21-05-01 el informe n.º 613/01, en el que describe y valora las parcelas afectadas por este Estudio de Detalle, al objeto de proceder a su expropiación forzosa.- Los titulares registrales de las fincas figuran en la relación de bienes y derechos de necesaria expropiación que obra en el expediente.- Por Decreto del Consejero de Fomento y Medio Ambiente de fecha 30-05-01, se incoa expediente de expropiación forzosa, abriendo un trámite de alegaciones de 15 días, publicándose igualmente una relación de bienes y derechos de necesaria expropiación. Dicho trámite se cumplimenta no sólo a través del B.O.C.CE., sino también de dos diarios locales, llevándose a cabo el día 15-06-01.- Durante el periodo establecido, se presentan alegaciones por parte de los siguientes interesados en el expediente: D.ª Cristina Borrego Navarro, Letrada, en representación de D. Mustafa Mustafa Ahmed Tal-Lal; D.ª M.ª Teresa Gil Morales y D. José Alvarez Gutiérrez, D. Moisés Bentata Nahón; D. Francisco Herrera Clavero, D. Carlos García Selva, Letrado, en representación de D.ª Donna Dyna Bentolila Alfon y D. Carlos Medina Santiago. El arquitecto municipal emite informe técnico n.º 1.676/01, el 18-09-01, en el que expone razonadamente los motivos por lo que se admite o desestima respectivamente cada una de las alegaciones, debiéndose dar traslado a cada uno de los interesados en la parte que le corresponde.- Consta en el expediente informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
- Arts. 20 y 21 de la L.E.F. en cuanto establece que una vez concluido el trámite de información pública, y resueltas las alegaciones, deberá la autoridad competente formular documento de necesaria ocupación de los bienes objeto de expropiación, al que se le dará la publicidad prevista en el art. 18 de la L.E.F., es decir, mediante publicación en el B.O.C.CE. y en uno de los diarios de mayor difusión de la ciudad, concediendo a los interesados un trámite de información pública de 15 días, todo ello sin perjuicio de la notificación personal e individualizada a cada uno de los alegantes de las razones por las que se estima o desestima las alegaciones. En igual sentido el art. 19 del R.E.F.- Art. 22 de la L.E.F., relacionado con los arts. 107 y ssgs. de la Ley 30/92, según la redacción dada por la Ley 4/99 que establece la posibilidad de interponer Recurso potestativo de Reposición contra la resolución por la que se acuerde la necesidad de ocupación, así como el Contencioso-Administrativo. Dichos recursos habrán de ser específicamente notificados a los interesados.- Art. 5 de la L.E.F., por cuanto el expediente ha de ser notificado al Ministerio Fiscal, por ser una de las parcelas de propietario desconocido.- Decreto de la Presidencia de 31-07-01, por lo que respecta a las competencias del Consejero de Fomento.
PARTE DISPOSITIVA
1.- A fin de cumplir los trámites previstos en la
presente expropiación forzosa, se ordena la necesaria ocupación de
las siguientes fincas de este término municipal: F.R. 670.0;
F.R. 47.0, Parcela Catastral n.º 2041063, F.R. 8203.0 y F.R.
287.0, considerándose al propio tiempo como interesados en el
expediente a los siguientes propietarios y ocupantes: D.ª M.ª
Luisa Figueroa Fernández, a la mercantil "INMUEBLES
SOLARES CEUTA; S.L. e INVER CAP CEUTA", D. Manuel
Rodríguez Galindo y Dª. Teresa Gil Morales, D. Manuel Ponce Torre,
D. José, Dª. Horabuena, D. Jacob, D. Salomón, D.ª Reina y D.
León Bentata Barchilón, D. Moisés Bentata Nahón, el Letrado
D. Carlos García Selva en la representación que tiene acreditada
de D.ª Donna Dyna Bentolila Alfon, D. Francisco Marín López,
D. Carlos Medina Santiago, así como el Ministerio Fiscal, por
ser la Parcela Catastral n.º 2041063 de ignorado propietario.
2.752
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.092
2.-Efectúese la apertura de un trámite de información pública de
15 días, lo que se realizará mediante la publicación del
presente Decreto en el B.O.C.CE., así como en la prensa local.- 3.-
Llévese a cabo la notificación personal e individualizada a los
interesados del resultado de las alegaciones formuladas en su día,
haciendo constar que contra este Decreto por el que se ordena la
necesaria ocupación de los bienes y derechos objeto de
expropiación podrán interponer Recurso potestativo de Reposición ante
esta Consejería, todo ello sin perjuicio de la vía
contencioso-administrativa y de cuantas otras actuaciones legales estimen
oportunas en defensa de su derecho".
Ceuta, 9 de Octubre de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.092.- 1.- Entidad Adjudicadora:
a) Organismo: Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Dependencia que tramita el Expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de Expediente: 559/2001
2.- Objeto del Contrato:
a) Descripción del contrato: Transporte de pilas usadas acopiadas en el almacén Municipal de la Ciudad Autónoma de Ceuta a planta de tratamiento.
b) Plazo de ejecución: El plazo de ejecución del servicio será de veinte (20) días hábiles contados a partir de la cumplimentación de los trámites administrativos descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Urgente
b) Procedimiento: Abierto
c) Forma: Concurso
4.- Presupuesto base de licitación:
Importe de licitación: 5.925.000 Ptas. (35.609,97 Euros).
5.- Garantías:
- Definitiva: Cuatro por cien del importe de adjudicación.
6.- Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Negociado de Contratación, Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Domicilio: C/ Padilla. Edificio Ceuta Center s/n.
c) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.
d) Teléfono: 956 52 82 53 - 54.
e) Telefax: 956 52 82 84.
f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Ocho (8) días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el B.O.C.
7.- Requisitos específicos del contratista:
Los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
8.- Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: Ocho (8) días naturales siguientes al de la fecha del anuncio en el B.O.C.
b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas.
c) Lugar de presentación:
1.º Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 9,00 a 14,00 y de 16,00 a 18,00 horas.
2.º Domicilio: Plaza de Africa, s/n.
3.º Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta
d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: El determinado en el R.D. Legislativo 2/2000 de 16 de junio, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
9.- Apertura de ofertas:
a) Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Domicilio: Consejería de Hacienda. Edificio Ceuta Center. C/. Padilla s/n.
c) Fecha y Hora: A las 12,00 horas del día siguiente hábil al que finalice el plazo de presentación de ofertas.
d) Fecha: A las 12,00 horas del día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas.
10.- Otras informaciones:
a) Gastos de anuncios: A cargo del adjudicatario.
En Ceuta, a 18 de octubre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.094.- El Excmo. Sr. Consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, D. Juan Jesús Barroso Calderón, por su Decreto de fecha 7-03-96, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
Por Decreto de esta Consejería de 7-11-95 se incoa expediente de orden de ejecución de obras en C/ Santander n.º 25, dándose traslado literal del informe técnico n.º 1351/95 a propietarios y moradores, o en su caso, al presidente de la Comunidad y, concediéndoles 15 días para alegaciones. Durante el plazo concedido no se han formulado alegaciones. Consta en el expediente informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El Art. 245 del Real Decreto Legislativo 1/92, de 26 de junio otorga competencias al Ayuntamiento para ordenar la Ejecución de obras para mantener las edificaciones en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato. La competencia corresponde al Consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda por delegación del Presidente de 10-07-95.
2.753
4.092 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se ordena al propietario-s del inmueble sito en C/
Santander 25 que en el plazo de 3 meses lleve a cabo las
siguientes obras: "Picado de todas las superficies que presenten fisuras
o deficiente adherencia a los paramentos. Eliminación de
óxidos de todas las armaduras y perfiles de la estructura que
resultaran vistos, así como de los pasamanos de los balcones. Tratamiento
de las juntas entre pretiles de balcón y forjado, disponiendo una
solución constructora que evite la aparición de
fisuras. Reconstrucción de todas las superficies tratados con mortero
de cemento portland y arena de dosificación 1:6,
consiguiendo igualar las formas y texturas originales. Proteger con la
pintura idónea en cada caso, todos los elementos constructivos
que componen la fachada: paramentos, ménsulas, antepechos,
barandillas, etc."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Francisca Caravaca Orellana, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución, significándole, que contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre y 8.1 y 46 de la Ley 29/98). No obstante lo anterior, podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 10 de Octubre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
4.095.- No siendo posible practicar la notificación a D. FAISAL MOHAMED AHMED, en relación al expediente sancionador n.º 159-01, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 17 de agosto de 2.001. el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
La Patrulla Motorizada de la Guardia Civil denuncia a D. FAISAL MOHAMED AHMED por circular con motocicleta de Trail atravesando monte bajo, destruyendo en su paso todo tipo de plantas y vegetación y raíces, dejando grandes surcos sobre el terreno, en "Bajo Mirador Isabel II" .La motocicleta se identifica con la matrícula CE-7984-G.
FUNDAMENTO DE DERECHO
1º.- El art. 5.1.g de la Ley 81/68, de 5 de
Diciembre, sobre incendios forestales faculta el órgano competente
para adopción medidas que regula el tránsito en el interior de
los montes. 2º.- Por Decreto del Consejero de Fomento y
Medio ambiente de 3-12-97 se prohibe el tránsito motorizado
campo a través fuera de las pistas destinadas al efecto en la zona
de especial protección ecológica definida en el art. 5.3.2 de
las Normas Urbanísticas del P.G.O.U. aprobado por O.M. de
15-7-92. 3º. El art. 136.a) del Decreto 3769/72, de 23 de
Diciembre, tipifica como falta leve el tránsito por el monte
cuando esté prohibido. 4.- El art. 139 del mismo texto sanciona
esta infracción con multa de hasta 5.000 pesetas. 5º.- El
Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia
delegada
por el Presidente de la Ciudad mediante decreto de fecha
16-2-01.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se incoa expediente sancionador a D. FAISAL MOHAMED AHMED. 2º.- Se designa Instructor al Subdirector General de Calidad Ambiental, D. José Luis Colmenero Ruiz, que podrá ser recusado en cualquier momento del procedimiento. 3.- Se concede al expedientado un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. 4º.- Se indica la posibilidad de que el presunto responsable pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos del art. 8 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto (resolución del procedimiento con imposición de la sanción que proceda). Lo que le traslado advirtiéndole que de no efectuar alegaciones en el plazo concedido, la iniciación podría ser considerada propuesta de resolución.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 16 de Octubre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
4.097.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha 15-10-01, ha dispuesto lo siguiente:
"ANTECEDENTES DE HECHO
Por Decreto de fecha 22-06-01 se declaró en ruina inminente la edificación sita en Fuente Terrones n.º 8, ordenando a los interesados el desalojo de la vivienda en el plazo de 48 horas así como la demolición en un máximo de 20 días a partir del desalojo.- Por Decreto de fecha 02-08-01 se fija el lanzamiento de los ocupantes el día 16 de agosto de 2001, ordenando la demolición del inmueble en el plazo de 15 días así como el vallado del solar resultante, con apercibimiento de ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento.- Consta en el expediente informe de los Servicios Técnicos de fecha 03-10-01 en el que se señala que la vivienda en cuestión no ha sido demolida por la propiedad.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de
Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de
procedimiento administrativo, contratos, concesiones,
expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y
demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por
lo establecido, con carácter general, por la legislación del
Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades
derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por
el presente Estatuto. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 183 del Texto Refundido de 9 de abril de 1976,
cuando alguna construcción o parte de ella estuviere en estado
ruinoso, el Ayuntamiento de oficio o a instancia de cualquier
interesado, declarará y acordará la total o parcial demolición,
previa audiencia del propietario y de los moradores, salvo
inminente peligro que lo impidiera. Continúa en su apartado 4
señalando que si existiere urgencia y peligro en la demora, el
Ayuntamiento o el Alcalde, bajo su responsabilidad, por motivos de
seguridad, dispondrá lo necesario respecto a la habitabilidad
del inmueble y desalojo de sus ocupantes.- Competente en
materia de Urbanismo resulta el Excmo. Sr. Consejero de
Fomento de conformidad con el Decreto de atribución de funciones
de fecha 31 de julio de 2001.
2.754
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.098
PARTE DISPOSITIVA
1) Previa comprobación del desalojo del inmueble, y transcurrido el plazo de 15 días sin que los interesados ejecuten las obras de demolición ordenadas, procede ordenar subsidiariamente los trabajos de demolición ordenados, recogidos en el informe técnico de fecha 22 de junio de 2001 a la empresa Excavaciones y Demoliciones Ceuta , S.L.-"
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al ser de propietarios desconocidos, según lo dispuesto en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución. Significándole que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de Noviembre) y 8.1. y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio.
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 17 de octubre de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan J. Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
4.098.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha 9-10-01 ha dispuesto lo siguiente:
"ANTECEDENTES
Por Decreto de fecha 08-02-1991 se declaró en ruina inminente la edificación sita en C/ Capitán Claudio Vázquez n.º 27.- Consta en el expediente informe de fecha 10-05-2001 que señala que dicho inmueble no ha sido demolido, el presupuesto de demolición asciende a 250.000 ptas ipsi incluido, debiéndose dar un plazo de un mes a la propiedad para su demolición. De no realizarla la propiedad será realizada subsidiariamente por la Ciudad en el plazo de 15 días posterior a la caducidad de la comunicación de demolición por la propiedad.- Por Decreto de fecha 01-01-2001 se decretó el lanzamiento de los ocupantes de dicha edificación para el día 10 de octubre de 2001 ordenando a la empresa Ecobesan S.L. los trabajos de demolición de dicha edificación.- Con fecha 08-10-2001 los Servicios Técnicos informan que se observa que no se han efectuado las notificaciones a los distintos propietarios actuales después del tiempo transcurrido desde el inicio del expediente ya hace más de una década.- Por tanto, el técnico que suscribe estima que debiera procederse en el tema conforme a las directrices que estime la Consejería, adaptándose salvo superior criterio las soluciones jurídicas más acordes al respecto.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 del Texto Refundido de 9 de abril de 1976, cuando alguna construcción o parte de ella estuviere en estado ruinoso, el Ayuntamiento de oficio o a instancia de cualquier interesado, declarará y acordará la total o parcial demolición, previa audiencia del propietario y de los moradores, salvo inminente peligro que lo impidiera. Continúa en su apartado 4 señalando que si existiere urgencia y peligro en la demora, el Ayuntamiento o el Alcalde, bajo su responsabilidad, por motivos de seguridad, dispondrá lo necesario respecto a la habitabilidad del inmueble y desalojo de sus ocupantes.- Competente en materia de urbanismo resulta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento de conformidad con el Decreto de la Presidencia de fecha 31-07-2001.
PARTE DISPOSITIVA
1) Revocar el Decreto de fecha 01-10-01 por el que se ordenaba el desalojo y demolición de la edificación sita en Cl Capitán Claudio Vázquez n.º 27.- 2) Ordenar a los propietarios actuales del inmueble, declarado en ruina inminente en Cl Capitán Claudio Vázquez n.º 27, la demolición del mismo en el plazo de un mes, advirtiendo de ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento.
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Hamadi Ben Abderrahaman Susi en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución, significándole que contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 107.21 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo Órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre y 8.1 y 46 de la Ley 29/98). No obstante lo anterior, podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 11 de Octubre de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
4.099.- El Excmo. Sr. Consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, D. Juan Jesús Barroso Calderón, por su Decreto de fecha 7-03-96, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
Por Decreto de esta Consejería de 7/11/95 se
incoa expediente de orden de ejecución de obras en C/ Santander
n.º 25, dándose traslado literal del informe técnico n.º 1351/95
a propietarios y moradores, o en su caso, al presidente de
la Comunidad y, concediéndoles 15 días para alegaciones.
Durante el plazo concedido no se han formulado alegaciones.-
Consta en el expediente informe jurídico.
2.755
4.098 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El Art. 245 del Real Decreto Legislativo 1/92, de 26 de Junio otorga competencias al Ayuntamiento para ordenar la Ejecución de obras para mantener las edificaciones en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato.- La competencia corresponde al Consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda por delegación del Presidente de 10/07/95.
PARTE DISPOSITIVA
Se ordena al propietario-s del inmueble sito en C/ Santander 25 que en el plazo de 3 meses lleve a cabo las siguientes obras: "Picado de todas las superficies que presenten fisuras o deficiente adherencia a los paramentos.- Eliminación de Óxidos de todas las armaduras y perfiles de la estructura que resultaran vistos, así como de los pasamanos de los balcones.- Tratamiento de las juntas entre pretiles de balcón y forjado, disponiendo una solución constructora que evite la aparición de fisuras. Reconstrucción de todas las superficies tratados con mortero de cemento protland y arena de dosificación 1:6, consiguiendo igualar las formas y texturas originales.- Proteger con la pintura idónea en cada caso, todos los elementos constructivos que componen la fachada: paramentos, ménsulas, antepechos, barandillas, etc.
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Santiago Torroba Cubera, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución significándole que, contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mimo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de Noviembre) y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio.
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquiera otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 11 de octubre de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.100.- De conformidad con lo dispuesto en
los artículos 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local y 17 de la Ley 39/88 de Haciendas
Locales, el Pleno de la Asamblea de la Ciudad, en sesión ordinaria
celebrada el pasado día 19 de octubre de 2001, aprobó
provisionalmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales
Reguladoras de las "Tasas por prestación de servicios,
aprovechamientos
especiales y usos privativos del dominio público, según
anexo que al dorso se detallan.
Los expedientes con el acuerdo de referencia se hallan expuesto al público en la Consejería de Hacienda (Edificio Ceuta-Center/Intervención-Negociado de Gestión Tributaria) a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 31 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puedan examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con la aclaración de que, si en el plazo previsto no se presenta ninguna de ellas, se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo provisional.
- Plazo de exposición al público y de presentación de reclamaciones: 30 días a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
En Ceuta a 23 de octubre de 2001.- EL CONSEJERO DE HACIENDA.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.
ANEXO
NUEVA REDACCION DE LAS NORMAS AFECTADAS POR LA MODIFICACION PROPUESTA
CAPITULO I POR PRESTACION DE SERVICIO
1. Otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos.
2. Otorgamiento de licencias de Autotaxis y demás vehículos de alquiler.
3. Prestación de servicio de Boletín de la Ciudad de Ceuta.
4. Expedición de determinados documentos administrativos.
5. Matadero.
6. Prestación de determinados servicios especiales por la celebración de espectáculos públicos, grandes transportes, pasos de caravanas y cualesquiera otras actividades que exijan la prestación de aquéllos.
7. Prestación del servicio de recogida de residuos sólidos Urbanos.
8. Retirada y depósito de vehículos.
9. Cementerio.
10. Prevención y extinción de incendios.
11. Laboratorio.
12. Mercados.
13. Prestación de servicios en el área de industria y energía.
14. Prestación de servicios en guarderías infantiles.
15. Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de museo.
CAPITULO II POR PRESTACION DE SERVICIOS ENCOMENDADOS A EMPRESAS Y ORGANISMOS AUTONOMOS DEPENDIENTES
1. Abastecimiento domiciliario de agua potable y otras actividades conexas al mismo.
2. Servicios prestados por el Conservatorio de Música.
3. Servicios prestados por el Instituto Ceutí de Deportes.
CAPITULO III APROVECHAMIENTOS ESPECIALES Y USOS PRIVATIVOS DEL DOMINIO PUBLICO.
2.756
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.101
1. Ocupación de terrenos de uso público, con
mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos, con
finalidad lucrativa.
2. Entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de la vía pública para aparcamientos exclusivos, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de clase.
3. Apertura de calicatas o zanjas en terrenos de uso público, así como cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.
4. Ocupación de terrenos de dominio público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otros análogos.
5. Ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública.
6. Instalación de quioscos en la vía pública.
7. Estacionamiento de duración limitada en las zonas al efectos habilitadas.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
4.101.- De conformidad con lo dispuesto en
los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de
noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de
enero
(B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública
notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes
sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad
competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de
14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado, a las personas que a continuación
se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en
el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1594/01 Kheira Belhadj X-03873122-Z Argelia 15-10-2001
1595/01 Lesa Songisa Wiwine X-03873028-N R.D. Congo 15-10-2001
1596/01 Ahmed Bagdadi X-03873062-T Argelia 15-10-2001
1597/01 Zoulikha Sett-Ahmed X-03876164-C Argelia 15-10-2001
1598/01 Ouahiba Mahiddine X-03876137-Q Argelia 15-10-2001
1599/01 Hichem Namaui X-03873177-T Argelia 15-10-2001
1600/01 Noura Boumegouas X-03873141-X Argelia 15-10-2001
1601/01 Maamar Rahmouni
X-03873153-E Argelia 15-10-2001
1602/01 Fatiha Aliane X-03873161-F Argelia 15-10-2001
1603/01 Nouria Hajba X-03873079-V Argelia 15-10-2001
1604/01 Abdellah Moulay X-03876205-S Argelia 15-10-2001
1605/01 Mokhtar Benlebna X-03874723-M Argelia 15-10-2001
1606/01 Rachid Demmou X-03874759-H Argelia 15-10-2001
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1607/01 Otmane Mayou X-03874787-T Argelia 15-10-2001
1608/01 Boubakar Sedik Bakhti X-03874813-A Argelia 15-10-2001
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
4.102.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E Nacionalidad Fecha Resolución
1615/01 Ramdane Belalem X-03874961-J
Argelia
2.757
4.101 B. O. C. CE. - 4.055 Viernes 26 de octubre de 2001
15-10-2001 1616/01 Houari Behri X-03874983-N
Argelia 15-10-2001 1617/01 Khaled Demmou X-03875905-Z
Argelia 15-10-2001 1618/01 Mohamed Bekkar X-03873223-T
Argelia 15-10-2001 1619/01 Miloud Haret X-03876031-W
Argelia 15-10-2001 1621/01 Farid Bermaki X-03865625-S
Argelia 15-10-2001 1622/01 Farouk Demmou X-03875931-V
Argelia 15-10-2001 1623/01 Mokhtar Moulay Larbi X-03874548-Z
Argelia 15-10-2001
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dentro del plazo de dos mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta..
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- Fdo.: José Antonio Fernández García.
Autoridad Portuaria de Ceuta
4.103.- D. Francisco García Castañeda ha presentado a esta Autoridad Portuaria, solicitud y proyecto básico para que se le autorice en régimen de concesión administrativa la construcción de una nave industrial con ubicación en el dique de Levante, donde ejercerá la actividad de "engorde y cultivación de especies de pescados, así como almacenamiento de materiales y enseres propios del sector pesquero".
A fin de cumplimentar el artículo 63.3 de la Ley 27/92 de 24 de noviembre de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y 146.8 del Reglamento de Costas, se abre información pública, por un período de veinte (20) días a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Ceuta, para que las personas o entidades a quienes pueda interesar, formulen por escrito ante esta Autoridad Portuaria las alegaciones que estimen pertinentes en el citado plazo en las Oficinas de esta Entidad-Muelle de España, s/n.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: José Francisco Torrado López.
4.104.- D. José M. Guerrero Talaya en nombre y representación de la sociedad mercantil "Atunasa, S.L." ha presentado a esta Autoridad Portuaria, solicitud y proyecto básico para que se le autorice en régimen de concesión administrativa la construcción de una nave industrial con ubicación en el muelle de Alfau, donde ejercerá la actividad de "almacenamiento y recogida selectiva de aceites usados, pilas, baterías, radiogragías, material clínico en desuso, etc.".
A fin de cumplimentar el artículo 63.3 de la Ley 27/92 de 24 de noviembre de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y 146.8 del Reglamento de Costas, se abre información pública, por un período de veinte (20) días a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Ceuta, para que las personas o entidades a quienes pueda interesar, formulen por escrito ante esta Autoridad Portuaria las alegaciones que estimen pertinentes en el citado plazo en las Oficinas de esta Entidad-Muelle de España, s/n.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: José Francisco Torrado López.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
4.105.- El Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Gobernación, en su Decreto de fecha 17/09/01 ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES
En fecha 06/07/01 D. JESUS SERRANO CADIZ formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art. 52 del Reglamento General de Circulación), expediente n.º 137.636.
De conformidad con el art. 79.2 del R.D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Las denuncias efectuadas por los agentes de la
autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor
probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio
del deber de aquellos de aportar todos los elementos de
probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de
las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o
intereses
puedan señalar o aportar los propios denunciados.
Una vez concluida la instrucción del procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero).
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda otorgar TRAMITE DE AUDIENCIA al interesado con vista del expediente por término de DIEZ días desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.
Ceuta, 20 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
4.106.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 01/10/01 ha dictado la siguiente Resolución:
2.758
Viernes 26 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.055 4.107
"Vistas las actuaciones practicadas en el
presente
expediente 135.294 incoado a D. MANUEL RUIZ CASANUEVA, así como el contenido de la propuesta de
resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y
Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las
alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado,
el informe dado por el agente ratificándose en el hecho
denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al
recurrente se desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de 10.000 Ptas., aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 3 de octubre de 2001.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
4.107.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 01/10/01 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 133.320 incoado a D. RACHID HADDASKAR, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.
En uso de la competencia que me ha sido
conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del
Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en
imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía
de 10.000 Ptas., aprobando dicha propuesta de resolución
que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá
ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a
la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el
supuesto de que no haga uso del derecho a presentar
recurso
potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro
sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se
exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del
Reglamento General de Recaudación).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Ceuta, 3 de octubre de 2001.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
AUTORIDADES Y PERSONAL
4.108.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad de Ceuta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 1/1995) y los artículos 21 de la Ley 7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente
DECRETO
Debiéndome ausentar de la Ciudad, el jueves, días 25 del presente mes, a partir de las 7,30 horas, visto lo dispuesto en el art. 10 del Reglamento de la Presidente y demás disposiciones concordantes del Régimen Local.
VENGO EN DISPONER
Que asuma la Presidencia Accidental, el Excmo. Sr. D. Alfonso Conejo Rabaneda, Consejero de Hacienda, de las 7,30 horas del día 25 de octubre del año en curso, hasta mi regreso.
Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Ceuta, 24 de octubre de 2001.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- Doy fe.- EL
SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
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