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BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVI Martes 2 de octubre de 2001 Número 4.048



ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

3.624.- D. Omar El Bouhjari, con documento n.º H-149757, de nacionalidad marroquí, hijo de Omar y de Fatima, nacido el 1-1-48 en Donar Alouane (Marruecos), con paradero desconocido, encausado por favorecimiento de la inmigración ilegal en causa Procedimiento Abreviado n.º 140/01, del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

En Ceuta, a 19 de septiembre de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

3.625.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad F. Resolución

1243/01 Miloud Djaider X-03814097-F Argelia 18-09-2001

1244/01 Djamel Demmou X-03814162-A Argelia 18-09-2001

1245/01 Kaddour Dribzane X-03816285-X Argelia 18-09-2001

1246/01 Alí Lehfa X-03816264-N Argelia 18-09-2001

1247/01 Houari Benhanifia X-03816061-Q Argelia 18-09-2001

1248/01 Mokhtar Serradj X-03816841-Z Argelia 18-09-2001

1249/01 Alí Baouche X-03816825-K Argelia 18-09-2001

1250/01 Larbi Chaya X-03816810-Y Argelia 18-09-2001

1251/01 Mohamed Boukkebout X-03818320-K Argelia 18-09-2001

1252/01 Rachid Sebiat X-03818309-X Argelia 18-09-2001

1253/01 Atmane Kirouane X-03818273-C Argelia 18-09-2001

1254/01 Abdelkader Zemaiche X-03825336-E Argelia 18-09-2001

1255/01 Azzedine El Mhadji X-03818187-A Argelia 18-09-2001

1256/01 Abdeldjalil Benlebna X-03818197-J Argelia 18-09-2001

1257/01 Abdelkader Abbas X-03825383-T Argelia 18-09-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

3.626.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

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3.626 B. O. C. CE. - 4.048 Martes 2 de octubre de 2001



Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha Resolución

1259/01 Rachid Hadbani X-03816604-F Argelia 19-09-2001

1260/01 Noureddine Kabaily X-03816794-J Argelia 19-09-2001

1261/01 Djamel Labbaci X-03816777-L Argelia 19-09-2001

1262/01 Morad Guesmi X-03816759-R Argelia 19-09-2001

1263/01 Djamel Tizga X-03816733-K Argelia 19-09-2001

1264/01 Chabane Kora X-03816713-R Argelia 19-09-2001

1265/01 Ladjel Doubi-Bounoua X-03818260-F Argelia 19-09-2001

1266/01 Hadj Benhebba X-03818088-L Argelia 19-09-2001

1267/01 Guellil Benbahia X-03818243-J Argelia 19-09-2001

1268/01 Mokhtar Mokaddem X-03818233-A Argelia 19-09-2001

1269/01 Noureddeine Mokeddem X-03818218-B Argelia 19-09-2001

1270/01 Hadj Khefif X-03825311-C Argelia 19-09-2001

1271/01 Abed Becheikh X-03825354-V Argelia 19-09-2001

1272/01 Kaddour Sekiou X-03825407-R Argelia 19-09-2001

1273/01 Mansour Gana X-03818165-G Argelia 19-09-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

3.627.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha Resolución

1228/01 Bouabdallah Tami X-03814117-G Argelia 17-09-2001

1229/01 Djilali Mokhfi X-03814013-S Argelia 17-09-2001

1230/01 El Houari Benbouha X-03813982-F Argelia 17-09-2001

1231/01 Ahmed Ouhnane X-03813786-H Argelia 17-09-2001

1232/01 Houari Djebbar X-03814234-Y Argelia 17-09-2001

1233/01 Habib Krim X-03814224-L Argelia 17-09-2001

1234/01 Mokhtar Benhebba X-03814208-A Argelia 17-09-2001

1235/01 Mohamed Yakrlef X-03814196-Z Argelia 17-09-2001

1236/01 Abdelkrim Chelali X-03814139-A Argelia 17-09-2001

1237/01 Otmane Messiouen X-03813739-V Argelia 17-09-2001

1238/01 Ahmed Bettahar X-03816629-D Argelia 17-09-2001

1239/01 Abdelkader Bouzara X-03816577-A Argelia 17-09-2001

1240/01 Mohammed Hebali X-03816437-R Argelia 17-09-2001

1241/01 Brahim Soudani X-03816244-S Argelia 17-09-2001

1242/01 Bouabdallah Benbedra X-03816196-J Argelia 17-09-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

3.628.- Examinada la solicitud y documentación por D. Abdesselam Ourimech presentada al amparo de lo dispuesto en el art. 31.4 de la Ley Orgánica 4/200 de 22 de diciembre, modificada por la Ley 8/2000 de 11 de enero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero, vengo en requerirle para que, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al recibo del presente escrito aporte la siguiente documentación:

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Martes 2 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.048 3.631



- Aportar original pasaporte renovado y fotocopia de todas sus páginas.

En el supuesto de que vd. no aporte en el plazo indicado la citada documentación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992 citada, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.

Ceuta, 8 de agosto de 2001.- LA JEFA DE LA OFICINA.- Fdo.: Ana Fernández de Loaysa Romeu.

3.629.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública la notificación de la resolución recaída en el expediente que se indica, dictada por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expte.: 515/86

Nombre y Apellidos: Dris Haddu Abdel-Lah

N.I.E.: 99.006.654

Nacionalidad: Marroquí

T. Resolución: Subsanación y mejora solicitud

F. Resolución: 27.07.01

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta dentro del plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno en Ceuta.

El correspondiente expediente obra en la Oficina Única de Extranjeros en Ceuta.

Ceuta, 11 de septiembre de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

3.630.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha Resolución

1170/01 Habib Rachi X-03804021-M Argelia 11-09-2001

1171/01 Said Habbouchi X-03804029-J Argelia 11-09-2001

1172/01 Belahouel Kaddouri X-03803760-C Argelia 11-09-2001

1173/01 Noureddine Bensalah X-03803770-F Argelia 11-09-2001

1174/01 Habib Habibi X-03803781-H Argelia 11-09-2001

1175/01 Bessaadi Krim Arbi X-03804005-N Argelia 11-09-2001

1176/01 Aoued Bellil X-03803993-T Argelia 11-09-2001

1177/01 Mohamed Kefkef X-02294567-H Argelia 11-09-2001

1178/01 Mohamed Hani X-03801780-H Argelia 11-09-2001

1179/01 Abdelkader Bennani X-03804383-E Argelia 11-09-2001

1180/01 Abdelaziz Boutelaa X-03803738-K Argelia 11-09-2001

1181/01 Nor-Eddine Bachir X-03802354-V Argelia 11-09-2001

1182/01 Hadj Demmou X-03803979-D Argelia 11-09-2001

1183/01 Ahmed Boukellif X-03804081-L Argelia 11-09-2001

1184/01 Karim Chaala X-03804059-C Argelia 11-09-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

3.631.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional
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3.631 B. O. C. CE. - 4.048 Martes 2 de octubre de 2001



cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha Resolución

1155/01 Mokhtar Arbi X-03801474-B Argelia 10-09-2001

1156/01 Okacha Zahaf X-03802168-S Argelia 10-07-2001

1157/01 Farid Bouazza X-03801810-W Argelia 10-07-2001

1158/01 Tayeb Selmouni X-03801716-T Argelia 10-07-2001

1159/01 Kaddour Kaddouri X-03801692-E Argelia 10-07-2001

1160/01 Mohammed Chabat X-03801627-A Argelia 10-07-2001

1161/01 Bouziri Chabat X-03801651-G Argelia 10-07-2001

1162/01 Smaine Attou X-03803881-A Argelia 10-07-2001

1163/01 Habib Arrache X-03807571-J Argelia 10-07-2001

1164/01 M´Hamed Bouderbala X-03803854-E Argelia 10-07-2001

1165/01 Baghdad Hamadouche X-03822852-E Argelia 10-07-2001

1166/01 Mohamed Bouamama X-03803896-H Argelia 10-07-2001

1167/01 Dahou Messaoud X-03803919-H Argelia 10-07-2001

1168/01 Mohamed Bourebah X-03803960-J Argelia 10-07-2001

1169/01 Mohamed Zeroual X-03803942-H Argelia 10-07-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

3.632.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha Resolución

1185/01 Nacer Rezzag X-03804100-S Argelia 12-09-2001

1186/01 Laid Dahmane X-03804136-M Argelia 12-09-2001

1187/01 Djelloul Belarbi X-03804325-X Argelia 12-09-2001

1188/01 Habib Ghermoul X-03804343-M Argelia 12-09-2001

1189/01 Mohammed Houd X-03804369-P Argelia 12-09-2001

1190/01 Rafik Miloudi X-03808011-Q Argelia 12-09-2001

1191/01 Alí Saadi X-03807994-E Argelia 12-09-2001

1192/01 Amine Marouf X-03807978-Y Argelia 12-09-2001

1193/01 Nasr-Eddine Ould Abdellah X-03752710-F Argelia 12-09-2001

1194/01 Abdelkader Belkalai X-03801669-E Argelia 12-07-2001

1195/01 Abbes Kaabi X-03807959-X Argelia 12-09-2001

1196/01 Nabil Bachir X-03807948-E Argelia 12-09-2001

1197/01 Nour-Eddine Toubal X-03807929-A Argelia 12-09-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

3.633.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992)
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modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha Resolución

1213/01 Faouzi Ayad X-03813781-J Argelia 17-09-2001

1214/01 Amar Zitouni X-03813777-D Argelia 17-09-2001

1215/01 Daho Souag X-03813770-W Argelia 17-09-2001

1216/01 Karim Kadem X-03813766-K Argelia 17-09-2001

1217/01 Mamitcho Essende X-03814084-V R.D. Congo 17-09-2001

1218/01 Aziz Saber X-03813746-R Argelia 17-09-2001

1219/01 Houari Derkaoui X-03814060-Q Argelia 17-09-2001

1220/01 Hocine Bouras X-03814043-E Argelia 17-09-2001

1221/01 Mohammed Mahammed X-03814028-F Argelia 17-09-2001

1222/01 Djilali Benotmane X-03814249-K Argelia 17-09-2001

1223/01 Laid Domrane X-03753091-C Argelia 17-09-2001

1224/01 Dahou Zeroual X-03813643-J Argelia 17-09-2001

1225/01 Mohamed Bouabida X-03813672-L Argelia 17-09-2001

1226/01 Boualem Hamiani X-03813685-D Argelia 17-09-2001

1227/01 Mahfoud Bouhelal X-03816660-V Argelia 17-09-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

3.634.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha Resolución

1198/01 Houari Bellatreche X-03808021-A Argelia 14-09-2001

1199/01 Mecheri Abdelhadi X-03807847-J Argelia 14-09-2001

1200/01 Mourad Labbes X-03822842-N Argelia 14-09-2001

1201/01 Mandi Mokhtar X-03807834-T Argelia 14-09-2001

1202/01 Rafik Hammadi X-03807801-J Argelia 14-09-2001

1203/01 Rachid Derouiche X-03807776-B Argelia 14-09-2001

1204/01 Abdeslem Amrane X-03807664-Z Argelia 14-09-2001

1205/01 Mansour Ounnas X-03807595-Z Argelia 14-09-2001

1206/01 Omar Caune X-03813720-K Argelia 14-09-2001

1207/01 Benzaerga Djaghouat X-03813702-A Argelia 14-09-2001

1208/01 Saada Krim X-03813730-P Argelia 14-09-2001

1209/01 Mokhtar Chentouf X-03813592-P Argelia 14-09-2001

1210/01 Abdelkader Bendjamaa X-03813621-Z Argelia 14-09-2001

1211/01 Abdelali Romari X-03813563-W Argelia 14-09-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

2.487
3.635 B. O. C. CE. - 4.048 Martes 2 de octubre de 2001



ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

3.635.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas n.º 319/01, sobre lesiones y hurto, ha mandado notificar a D. Ozazuwa Kingsley, D. Jonnie Nwokoma, D. John Ojundae, D. Abu Ifaluyi, D. Okundia Kingsley, D. Collins Ogrebor y D. Paul Ahmed, la sentencia dictada con fecha 22-6-01 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo condenar y condeno a D. Abu Ifaluyi, como autor de una falta del artículo 617,1.º del Código Penal, imponiéndole la pena de 30 días multa a razón de una cuota diaria de 200 Ptas. , y con aplicación subsidiaria de lo dispuesto en el artículo 53, debiendo indemnizar a D.ª M.ª Carmen Ortega Morales, con 68.000 Ptas., por los días que tardó en curar de las lesiones sufridas, y con expresa imposición de las costas procesales.

Absolviendo a D. Ozazuwa Kingsley, D. Jonnie Nwokoma, D. John Ojundae, D. Okundia Kingsley, D. Collins Ogrebor y D. Paul Ahmed de los hechos enjuiciados, y a todos los denunciados de la falta de hurto.

Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte librándose para ello los despachos necesarios. Únase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón.

Contra la presente resolución pueden interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en al Ciudad de Ceuta a 20 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.636.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo Comercial Alif, S.A. N.I.F: 11906450A, quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 3.986.521 Ptas.

Recargo de Apremio 797.304 Ptas.

Intereses y Costas pres. 415.000 Ptas.

Total 5.198.825 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 17-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a Comercial Alif, S.A., deudor a la Ciudad
Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Vivienda en General Muslera, n.º 1, de esta Ciudad. Finca número 21.210, tomo 297, folio 72.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: La Funcionaria. Rubricado.

Y siendo, Comercial Alif, deudor a quien se refiere la presente y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 25 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.637.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo Industrias Diversas Materiales Cons, S.L., C.I.F.: B-80662810, quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios IBI-Alcant. e Imp.

Mercaderías-Arbitrios

y Otros 2.052.506 Ptas.

Recargo de Apremio 410.501 Ptas.

Intereses y Costas pres. 715.619 Ptas.

Total 3.178.626 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 25 de octubre de 1999, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a Industria Diversas materiales Cons., S.L., deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro co
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Martes 2 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.048 3.639



rrespondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Garaje. En Plaza de los Reyes, s/n. Planta S-3, plaza n.º 14, de esta Cuidad. Finca n.º 18.028, Tomo 348, folio 133.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: La Funcionaria. Rubricado.

Encontrándose a Industrias Diversas Materiales Cons. en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 25 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.638.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo Cofradía Pescadores de Ceuta N.I.F: 11902798G, quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 1.026.964 Ptas.

Recargo de Apremio 188.915 Ptas.

Intereses y Costas pres. 316.752 Ptas.

Total 1.532.631 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 24-10-94, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a Cofradía de Pescadores de Ceuta, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Vivienda situada en la calle Doce de Diciembre n.º 11 de esta Ciudad. Finca número 9.859, tomo 126, folio 217.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: La Funcionaria. Rubricado.

Y siendo, el Banco de Crédito Industrial, deudor a quien se refiere la presente y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 25 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.639.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D.ª Mercedes Ingunza Cerni, con N.I.F. 193312927B, quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios I.B.I. Alcant. y Otros 1.177.015 Ptas.

Recargo de Apremio 235.403 Ptas.

Intereses y Costas pres. 304.135 Ptas.

Total 1.716.553 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-99, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D.ª Mercedes Ingunza Cerni, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo
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3.639 B. O. C. CE. - 4.048 Martes 2 de octubre de 2001



contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: LOCAL. Solar sito en la Calle Millán Astray n.º 5, de esta Ciudad. Siendo titular del 14,28% del pleno dominio con carácter privativo. Finca número 914, tomo 27, folio 146.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: La Funcionaria. Rubricado.

Encontrándose D.ª Mercedes Ingunza Cerni, en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 25 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.640.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D.ª Mercedes Ingunza Cerni, con N.I.F. 193312927B, quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios I.B.I. Alcant. y Otros 1.177.015 Ptas.

Recargo de Apremio 235.403 Ptas.

Intereses y Costas pres. 304.135 Ptas.

Total 1.716.553 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-99, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D.ª Mercedes Ingunza Cerni, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir
los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: LOCAL. Solar sito en la Calle Millán Astray n.º 5, de esta Ciudad. Siendo titular del 14,28% del pleno dominio con carácter privativo. Finca número 914, tomo 27, folio 146.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: La Funcionaria. Rubricado.

Encontrándose los propietarios relacionados a continuación, del solar al que se refiere dicho embargo, y todos con el 14,28% del Pleno Dominio con Carácter Privativo, en paradero desconocido, y/o ante la imposibilidad de efectuar las correspondientes notificaciones, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento de Recaudación.

- D.ª Clotilde Cerni Más.

- D.ª María Dolores Cerni Más

- D.ª María Carmen Cerni Más.

- D.ª Elena Cerni Más.

- D. Francisco Cerni Más.

- D.ª M.ª Luisa Cerni Más.

Ceuta, a 25 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

Agencia Tributaria de Ceuta

Dependencia de Aduanas e II.EE.

3.641.- Se tramitan en esta Dependencia Provincial de Aduanas e Impuestos Especiales de Ceuta los expedientes de Faltas Reglamentarias al Régimen de la Ley de Importación Temporal de Automóviles que a continuación se relacionan, por ceder un vehículo en régimen de importación temporal a persona que no reúne los requisitos establecidos para el disfrute del mencionado régimen, según lo establecido en el art. 12º de la Ley de Importación Temporal de Automóviles, Embarcaciones de Recreo y Aeronaves, aprobada por Decreto 1814/1963, de 30 de junio.

- Expte.: Lita n.º 49/99. Chrysler Lebaron, matrícula MHC-390 (Ohio), Chasis IC3XJ4SE6JG4431835.- Propietario Rachid Bounit. Domicilio desconocido.

Se estima cometida en principio en cada expediente una infracción al citado artículo 12.º de la Ley de Importación Temporal de Automóviles, sancionada con multa de 50.000 a 150.000 Ptas., previstas en el artículo 15 de la misma Ley.

2.490
Martes 2 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.048 3.645



Se concede a los interesados un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial de Ceuta, para que, si lo estima oportuno, examinen el expediente incoado y presenten en esta Dependencia las alegaciones y pruebas que estimen convenientes en defensa de sus intereses, significándoles que, transcurrido dicho plazo, se impondrán las sanciones que procedan a la vista del acta que encabeza el expediente y pruebas que figuren en el mismo.

Ceuta, 17 de septiembre de 2001.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA PROVINCIAL DE ADUANAS E II.EE.- Fdo.: Andrés Montiel Luque.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

3.642.- Examinada la solicitud y documentación por D.ª Ouafaa Cherif presentada al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 766/02, de 26 de junio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero, vengo en requerirle para que, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al recibo del presente escrito aporte la siguiente documentación:

- Solicitud de Permiso de Trabajo y Residencia en el modelo oficial.

En el supuesto de que Vd. no aporte en el plazo indicado la citada documentación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992 citada, se le tendrá por desistido del su petición, archivándose sin más trámite.

Ceuta, 13 de agosto de 2001.- LA JEFA DE LA OFICINA DE EXTRANJEROS.- Fdo.: Ana Fernández de Loaysa Romeu.

3.643.- Examinada la solicitud y documentación por D. Mohamed El Yanami presentada al amparo de lo dispuesto en el art. 31.4 de la Ley Orgánica 4/200 de 22 de diciembre, modificada por la Ley 8/2000 de 11 de enero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la ley 30/1992, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero, vengo en requerirle para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al recibo del presente escrito aporte la siguiente documentación:

- Solicitud en impreso oficial.

- Justificación de medios económicos para el período de residencia que se solicita.

- Justificación de vivienda.

- Certificado médico oficial.

- Pasaporte original y fotocopia de todas sus páginas.

- 4 fotografías carnet sobre fondo blanco.

En el supuesto de que Vd. no aporte en el plazo indicado la citada documentación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992 citada, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.

Ceuta, 8 de agosto de 2001.- LA JEFE DE LA OFICINA.- Fdo.: Ana Fernández de Loaysa Romeu.

Agencia Tributaria de Ceuta

Dependencia de Aduanas e II.EE.

3.644.- Por medio del presente edicto se notifica, que el Sr. Jefe de la Dependencia Provincial de Aduanas e II.EE. de Ceuta, ha dictado resolución de faltas reglamentarias por infracciones a la Ley de Importación Temporal de Automóviles, Embarcaciones de Recreo y Aeronaves, artículo 2.º y la normativa expuestas en la Circular n.º 922 de la Dirección General de Aduanas, con imposición de las multas que a continuación se citan, según lo dispuesto en el artículo 16.º del misto texto legal.

- Expte. Lita n.º 10/00.- Peugeot 405 GLX, matrícula K-473-Z 2/00, chasis VF315BD927045516, Propietario D. Hicham El Hakkaoui, domicilio desconocido- multa de 25.000 Ptas.

El ingreso de las multas impuestas deberán hacerlas efectivas en metálico, en la c/c que esta Dependencia tiene abierta en el BBVA, sito en Paseo del Revellín n.º 5, de esta ciudad, en los siguientes plazos: hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior si esta notificación es publicada entre los días 1 y 15 y hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si la notificación es publicada entre los días 16 y último de cada mes.

La falta de pago de las multas dentro del plazo señalado, implicará la dación en pago de los vehículos con los efectos previstos en el artículo 1.521 del Código Civil, y consecuentemente su venta en pública subasta, aplicándose el importe obtenido al pago de la sanción. Cuando dicha venta no cubra el importe de las sanciones impuestas se seguirá el procedimiento de apremio por la diferencia.

Contra este acuerdo podrá interponerse recurso de reposición ante esta Dependencia o reclamación económica-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Local, ambos en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ambos recursos son compatibles pero no simultáneos, interpuesto el económcio-administrativo, no es posible el de reposición.

Ceuta, 17 de septiembre de 2001.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA PROVINCIAL DE ADUANAS E II.EE.- Fdo.: Andrés Montiel Luque.

3.645.- Por medio del presente edicto se notifica, que el Sr. Jefe de la Dependencia Provincial de Aduanas e II.EE. de Ceuta, ha dictado resolución de faltas reglamentarias por infracciones a la Ley de Importación Temporal de Automóviles, Embarcaciones de Recreo y Aeronaves, artículo 2.º y la normativa expuestas en la Circular n.º 922 de la Dirección General de Aduanas, con imposición de las multas que a continuación se citan, según lo dispuesto en el artículo 16.º del misto texto legal.

- Expte. Lita n.º 22/00.- Renault 5, matrícula 236-(signo Arabe)-44, chasis ilocalizable, propietario D. Rachid Elhabiz, domicilio desconocido.- multa de 50.000 Ptas.

El ingreso de las multas impuestas deberán hacerlas efectivas en metálico, en la c/c que esta Dependencia tiene abierta en el BBVA, sito en Paseo del Revellín n.º 5, de esta ciudad, en los siguientes plazos: hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior si esta notificación es publicada entre los días 1 y 15 y hasta el día 20 del mes siguiente o el
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inmediato hábil posterior, si la notificación es publicada entre los días 16 y último de cada mes.

La falta de pago de las multas dentro del plazo señalado, implicará la doción en pago de los vehículos con los efectos previstos en el artículo 1.521 del Código Civil, y consecuentemente su venta en pública subasta, aplicándose el importe obtenido al pago de la sanción. Cuando dicha venta no cubra el importe de las sanciones impuestas se seguirá el procedimiento de apremio por la diferencia.

Contra este acuerdo podrá interponerse recurso de reposición ante esta Dependencia o reclamación económica-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Local, ambos en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ambos recursos son compatibles pero no simultáneos, interpuesto el económcio-administrativo, no es posible el de reposición.

Ceuta, 17 de septiembre de 2001.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA PROVINCIAL DE ADUANAS E II.EE.- Fdo.: Andrés Montiel Luque.

3.646.- Por medio del presente edicto se notifica, que el Sr. Jefe de la Dependencia Provincial de Aduanas e II.EE. de Ceuta, ha dictado resolución de faltas reglamentarias por infracciones a la Ley de Importación Temporal de Automóviles, Embarcaciones de Recreo y Aeronaves, artículo 2.º y la normativa expuestas en la Circular n.º 922 de la Dirección General de Aduanas, con imposición de las multas que a continuación se citan, según lo dispuesto en el artículo 16.º del misto texto legal.

- Expte. Lita n.º 60/00.- Ford CLD, matrícula 266 BFQ 78, chasis WFOAXXGBBAHU18462.- Propietario D. Maskani Kassen. Domicilio desconocido.- Multa de 4.000 Ptas.

- Expte. Lita n.º 61/00.- Peugeot 309 D, matrícula R-67-PJ, chasis VF310AD9202230932.- Propietario D. Elarfaqui Abdeslam. Domicilio desconocido.- Multa de 4.000 Ptas.

El ingreso de las multas impuestas deberán hacerlas efectivas en metálico, en la c/c que esta Dependencia tiene abierta en el BBVA, sito en Paseo del Revellín n.º 5, de esta ciudad, en los siguientes plazos: hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior si esta notificación es publicada entre los días 1 y 15 y hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si la notificación es publicada entre los días 16 y último de cada mes.

La falta de pago de las multas dentro del plazo señalado, implicará la dación en pago de los vehículos con los efectos previstos en el artículo 1.521 del Código Civil, y consecuentemente su venta en pública subasta, aplicándose el importe obtenido al pago de la sanción. Cuando dicha venta no cubra el importe de las sanciones impuestas se seguirá el procedimiento de apremio por la diferencia.

Contra este acuerdo podrá interponerse recurso de reposición ante esta Dependencia o reclamación económica-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Local, ambos en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ambos recursos son compatibles pero no simultáneos, interpuesto el económcio-administrativo, no es posible el de reposición.

Ceuta, 17 de septiembre de 2001.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA PROVINCIAL DE ADUANAS E II.EE.- Fdo.: Andrés Montiel Luque.

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.647.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha veintisiete de Agosto del año dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

"ANTECEDENTES DE HECHO

Los Servicios Técnicos Municipales informan con fecha 27-3-2001, el mal estado del pretil de la azotea del edificio sito en C/ Simoa n.º 14.- El informe de los Servicios Técnicos de fecha 27 de marzo de 2001 señala que se trata de un edificio antiguo de tres plantas, cuyas fachadas fueron recientemente reparadas y pintadas. El edificio, aunque tiene su fachada principal por la Calle Galea, dispone de varios portales y uno de ellos es el 14 de la Calle Simoa. Inspeccionado el pretil de la azotea por la Calle Simona, se comprueba que se encuentra desplomado y descoyuntado de la base y del pretil lateral medianero. Aunque la proyección del centro de gravedad del pretil no se encuentra aún fuera de la base, en el estado en que se encuentra, cualquier acción exterior (empuje de viento) puede terminar volcándolo y cayendo los trozos a la calle. Además se desconoce el origen de las fuerzas que han fracturado el muro y que lo estén haciendo volcar. Para evitar que puedan llegar a caer trozos a la calles, se considera necesario demoler unos 18 metros lineales de pretil y volverlo a reconstruir.- El presupuesto de las obras de demolición asciende a un total de 944.330 ptas con un plazo de ejecución de un mes.- Por Decreto de fecha 20 de abril de 2001 se inició el procedimiento para ordenar a los propietarios del inmueble las obras señaladas en el informe técnico de 27-03-2001, concediendo a los interesados un plazo de alegaciones de 10 días.- Consta en el expediente alegaciones de algunos de los inquilinos que manifiestan desconocer la razón por la que se le notifican las actuaciones.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto. Según el artículo 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística, Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Los Ayuntamientos y, en su caso, los demás Organismos competentes, de oficio o a instancia de cualquier interesado, ordenarán la ejecución de las obras necesarias para conservar las condiciones mencionadas en el apartado anterior. En el mismo sentido se pronuncian los artículos 3.4.3, 3.4.5 y 3.4.7 de las Ordenanzas Urbanísticas del PGOU. Señalar que los inquilinos de las viviendas del edificio de referencia, han sido notificados por interés directo en el asunto y ser considerados como interesados en el expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha notificación no supone que los inquilinos están
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obligados a la realización de las obras, toda vez que como señala el artículo 10 R.D.U. tal deber incumbe a los propietarios de la edificación.- Competente en materia de Urbanismo, resulta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento en virtud del Decreto de delegación dictado por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta con fecha 31 de julio de 2001.

PARTE DISPOSITIVA

1) Ordenar a la propiedad del inmueble la realización de las obras descritas en el informe técnico n.º 610/01 de 27 de marzo de 2001.- 2) El plazo de ejecución de las obras es de un mes, con un presupuesto de 944.330 ptas., apercibiéndose que en caso de incumplimiento se ejecutarían las mismas por ejecución subsidiaria con cargo al interesado.- 3) Dése traslado al interesado del informe técnico de fecha 27-03-2001".

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad, previstos en los Arts. 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de 1 mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (Arts. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio).

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro Recurso que estime procedente.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. José A de Vayas Quero y D. Juan A. Martínez Medrano, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta 24 de Septiembre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.

3.648.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha siete de Agosto del año dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

"ANTECEDENTES DE HECHO

Por Decreto de fecha 29-8-00 se ordenó la ejecución de obras que figuraban en el informe técnico (punto 3.º del n.º 2.137/97), apercibiendo de ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento.- Consta en el expediente informe técnico de fecha 6-10-2000 que señala que se ha comprobado que uno de los patios del inmueble y fachada del edificio al mismo, no ha sido reparado en su totalidad, por lo que debiera dictarse nueva orden de ejecución para que se termine de sanear dicho hueco de luces. La concreción de las obras restantes se describen en el informe técnico de fecha 15-3-2001.- Por Decreto de fecha 20-4-01 se ordenó a la propiedad del inmueble la realización de las obras restantes.- Consta en el expediente informe técnico de fecha 25 de julio de 2001, que señala que dichas obras no han sido ejecutadas, por lo que se considera incumplida la orden de ejecución. Los desperfectos existentes en la
fachada del patio que se ordenó reparar no implican peligro alguno para las personas que habitan en el inmueble.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto. De conformidad con el artículo 98 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. En este caso, las Admones Públicas realizarán el acto, por sí o a través de las personas que determinen, a costa del obligado. Competente en materia de Urbanismo, resulta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento en virtud del Decreto de delegación dictado por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta con fecha 31 de julio de 2001.

PARTE DISPOSITIVA

Iniciar el procedimiento para la ejecución subsidiaria de las ordenadas por Decreto de fecha 20-4-01 consistentes en 1,00 Ud de reparación general de paramentos de patio interior de edificio mediante picado de enfoscados deteriorados, enfoscado con mortero de cemento 1:4 vertical y posterior pintado a dos manos con pintura pétrea exterior blanca previa mano de imprimación, incluso con montaje y desmontaje de andamios con protección necesaria y limpieza general, todo ello con un presupuesto de 300.000 ptas.- 2) Conceder a los interesados un plazo de diez días para que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes".

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. Rafael Trujillo Corrales, D.ª Gracia Romero Martínez, D. Rafael Herrero Jiménez y D. Cayetano Serrano, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta 24 de Septiembre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.649.- Extracto del Acta de la Sesión Pública Ordinaria, Celebrada por el Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta el día diecisiete de mayo de dos mil uno.

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3.649 B. O. C. CE. - 4.048 Martes 2 de octubre de 2001



- Mostrar la solidaridad de la Asamblea de Ceuta con las víctimas del terrorismo, y en este caso en concreto, con el periodista Sr. Landaburu.

A ) Parte Resolutiva.

Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

- Aprobar definitivamente el "Estudio de Detalle Tte. General Muslera", con la aceptación de la alegación presentada por D. Javier Gallego Fernández, en representación de la empresa de Alumbrado de Ceuta, comunicando caso de ser aprobado el presente Estudio de Detalle, a la propiedad el contenido de tal alegación, debiendo realizar la urbanización el nuevo itinerario de obligado cumplimiento propuesto por dicha empresa.

Comisión de Bienestar Social.

- Aprobar inicialmente el Reglamento por el que se regula la Estructura Orgánica y Funcional del Área de Menores de la Ciudad Autónoma de Ceuta que, diligenciado por mí, se encuentra en el expediente.

B) Control de los Órganos de Gobierno.

- El Ilustre Pleno quedaba enterado de los Decretos del mes de abril de 2001, comprendidos entre los n.º 3067 y 4184.

Interpelaciones, Ruegos y preguntas.

Se formulaba una interpelación, así como diversos ruegos y preguntas.

C) Asuntos que puedan considerarse de urgencia.

- Primero.- Consecuentemente con la cláusula establecida en el acuerdo de Pleno de 15 de noviembre de 2000, y, en caso de que el dictamen del Consejo de Estado fuese favorable, se añadirán las siguientes condiciones a la modificación del contrato con la empresa Urbaser:

1.- En el cuarto mes siguiente al inicio de las prestaciones recogidas en la modificación del contrato, de la Ciudad de Ceuta encargará, a empresa de reconocido prestigio y solvencia, la realización de una auditoría que tendrá por objeto analizar la idoneidad técnica y económica de la citada modificación, así como comprobar que el servicio prestado se ajusta al contrato modificado.

2.- Las conclusiones de la referida auditoría serán trasladadas al contrato con efectos a los quince días siguientes a aquel en que la empresa adjudicataria tenga conocimiento de las mencionadas conclusiones, por lo que concierne a las de índole técnica, y el mismo día en que produzca efectos la modificación de los términos económicos del contrato, según acuerdo de noviembre de 2000, las que tengan tal naturaleza económica.

3.- Durante el período comprendido entre los meses de julio a diciembre de 2003, la Ciudad de Ceuta queda facultada para encargar la realización de una encuesta en la localidad cuyo objeto sea conocer, con el debido rigor técnico, si la mayoría de la población de Ceuta aprueba o desaprueba la prestación de los servicios de recogida de residuos y limpieza viaria llevados a cabo por URBASER.

La citada encuesta se contratará con la empresa especializada de ámbito nacional, que en materia de estudios de opinión, haya sido la de mayor volumen de facturación en el año inmediatamente anterior.

4.- Caso de que la antes indicada encuestas de como resultado que la mayoría de la población de Ceuta califica con suspenso la prestación de los tratados servicios por la compañía Urbaser, la Ciudad Autónoma de Ceuta quedará facultada para acordar la resolución unilateral del contrato, con efectos a los seis meses siguientes a la fecha de notificación a la compañía adjudicataria de la referida decisión.

5.- La resolución del contrato por la causa en el punto 4 anterior expresada supondrá la pérdida, por la empresa adjudicataria, del lucro cesante correspondiente al período de vigencia del contrato que, tras la ampliación del mismo, aún reste por vencer.

6.- Las demás consecuencias derivadas de la resolución del contrato por la causa explicitada en el punto 4 anterior, serán las previstas en la legislación vigente para los supuestos de rescate del servicio por la Administración, sin perjuicio de lo explicitado en el punto 5 que antecede.

En particular, las cantidades que la Ciudad Autónoma de Ceuta habrá de satisfacer para adquirir la propiedad de los activos fijos materiales afectos a la ejecución del contrato, serán el resultado de minorar, en cada caso, el valor de adquisición del bien en el importe de la amortización económica repercutida por la empresa adjudicataria en las certificaciones y facturas relativas al abono de los servicios prestados, de acuerdo, asimismo, con el informe de auditoría referido en el punto 1 anterior, y hasta el momento en que surta efectos la reiterada resolución contractual.

7.- La Ciudad Autónoma de Ceuta queda asimismo facultada para requerir de la empresa adjudicataria, durante la vigencia del contrato, la sustitución de la maquinaria y/o ampliación de medios, materiales o humanos, que considere adecuados para mejorar la prestación de los servicios contratados, siempre que no se altere el equilibrio económico del contrato.

8. El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta será el órgano competente para concretar las condiciones en los puntos, previsto los informes que al respecto sean preceptivos.

Todas estas condiciones deberán ser aceptadas expresamente por la empresa Urbaser, con carácter previo a la convalidación por el Pleno de la Asamblea del acuerdo de fecha 15 de noviembre de 2000, en congruencia con lo informado por el Secretario General de la ciudad Autónoma de Ceuta.

Segundo.- En el supuesto de que el dictamen del Consejo de Estado fuese desfavorable, la Asamblea de Ceuta acordará la iniciación de los trámites oportunos para dejar sin efecto el acuerdo de 15 de noviembre de 2000 sobre modificación del contrato con Urbaser.

Tercero.- Se faculta al Consejo de Gobierno para la realización de cuantos actos sean precisos para el cumplimiento del presente acuerdo.

1. Expresar apoyo a la campaña "adiós a las armas" para el control de las armas ligeras que llevan a cabo Amnistía Internacional, Greenpeace, Intermon y Médicos sin Fronteras con apoyo de otras trece ONG´s.

2. Manifestar su convicción de que solo a través del aumento de los niveles de transparencia se podrán controlar las exportaciones de armas y pide al gobierno que difunda semestralmente los productos y servicios exportados a cada país y su importe y destinatarios en el trimestre posterior al período de referencia. Asimismo, solicita al Consejo de Ministros que elimine el carácter secreto de los datos de la Junta Interministerial de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU) que regula estas exportaciones decretado en Noviembre de 1986.

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3. Pedir al Gobierno español que promueva un acuerdo legalmente vinculante basado en los principios del Código Internacional de Conducta presentado en 1997 por varios laureados con el Nobel de la Paz, que regule el Comercio Internacional de armas e impulse la mejora del Código de aplique dicho Código, siguiendo la definición establecida por la sanciones Unidas en 1997, incluido el material para torturar y aplicar la pena de muerte; límite las exportaciones a los países que no declaran al Registro de Armas Convencionales de Naciones Unidas, mejore los mecanismos de control sobre los agentes intermediarios, establezca controles sobre la producción bajo licencia y mecanismos efectivos de control del uso final de las transferencias, informe sobre los productos importados, cantidad, importe y destinatarios, y promueva la extensión del Código a todos los países de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE).

4. Solicitar al Gobierno que participe activamente en los diferentes foros internacionales que trata el problema de la proliferación y control de armas ligeras, y promuevan actividades interparlamentarias sobre este tema, especialmente en los países de América Latina.

5. Instar al Gobierno a promover y financiar programas de recompra y destrucción de armas ligeras en países donde proliferan de forma descontrolada, de desmovilización de combatientes y atención a las víctimas, especialmente a través de la Ayuda Oficial al Desarrollo.

6. Instar al Gobierno a que semestralmente explique al Congreso las actuaciones llevadas a cabo por el Gobierno en aplicación de las recomendaciones de la Acción Común de la Unión Europea de 17 de diciembre de 1.998, para combatir la proliferación de armas ligeras.

7. Acordar remitir copia de esta Moción al Congreso de los Diputados, al Ministerio de Asuntos Exteriores, al Secretario de Estado de Comercio y a las cuatro ONG´s que llevan a cabo la campaña "adiós a las armas".

Se levantaba la Sesión a las trece horas dos minutos.

Ceuta, 25 de septiembre de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GRAL. EN FUNCIONES.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.651.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 08/08/01 ha dictado la siguiente Resolución:

"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 130.775 incoado a D. ANTONIO MORILLAS MARQUEZ, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.

En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de 10.000 pesetas, aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser
hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Ceuta, 9 de agosto de 2001.- LA SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.

3.652.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 17/07/01 ha dictado la siguiente Resolución:

"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente 127.287 incoado a D. JUAN CARRASCO HUERTAS, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Presidencia y Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado, el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado, y sin que durante el trámite de audiencia conferido al recurrente se desvirtuara el mismo.

En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1.990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía de 5.000 pesetas, aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90), en el supuesto de que no haga uso del derecho a presentar recurso potestativo de Reposición. Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92 de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio).

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Ceuta, 30 de julio de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

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Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General Seguridad Social

3.653.- D. José García Rubio, Director de la Administración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92), hace saber a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación que se acompaña y epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, que ante la imposibilidad de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social emitidas contra ellos, por encontrarse los mismos en situación de ausencia, desconocido, ignorado paradero o haber sido rehusada la notificación, podrán acreditar ante la Administración de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas objeto de la presente reclamación, de acuerdo con los siguientes plazos:

a) En el caso de que se trate de reclamaciones de deuda:

- Si la notificación se produce entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.

- Si la notificación se produce entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.

b) En el caso de que se trate de actas de liquidación, actas de infracción y prestaciones indebidas:

- Hasta el último día del mes siguiente al de su notificación.

Dichos plazos son de aplicación de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 30 de la ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29-9-94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34 de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y de orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-1-97) y en el artículo 31.4 de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de 14 de noviembre (B.O.E. 15-11-97).

Igualmente, los sujetos responsables del pago que se citan en la relación que se acompaña, podrán presentar el oportuno recurso ordinario, en forma y plazos que más abajo se indica.

Asimismo se comunica transcurridos los plazos indicados sin haber efectuado alegación alguna, ni presentado el justificante de haber ingresado el importe de la deuda reclamada, se iniciará automáticamente la vía ejecutiva con las consecuencias legales que en materia de recargos conlleva y que quedan establecidos en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en redacción dada por la Ley 42/1994, ello conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la mencionada Ley.

Contra el presente acto podrá interponerse recurso ordinario, dentro del plazo de un mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. 27-11-92), advirtiéndoles que su interposición no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice con aval suficiente o se consigne el importe de la deuda, incluido en su caso, el recargo de mora en que se hubiese incurrido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la citada Ley 42/1994.

Advertencia:

El tipo de documento de deuda viene determinado por el segundo grupo de cifras del número de reclamación de deuda y se corresponde con las siguientes claves:

01 Actas Liquidación.

02 Reclamaciones de deuda sin presentación de Boletín

03 Reclamaciones de deuda con presentación de Boletín

04 Actas de Infracción.

07 Reclamaciones de deuda por recargo de mora.

08 Reclamaciones de deuda por otros recursos.

09 Expediente de Reclamación de deuda acumulada.

10 Reclamación de deuda por responsabilidad.

Ceuta, 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION.- Fdo.: José García Rubio.

Régimen 01 Régimen General

Reg. T/Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Prov. Apremio Período Importe

111 10 51000384076 Marfil Postigo, José Mari Playa Benítez, 16 51004 Ceuta 02 51 2001 010224066 03 01 03 01 120.736

111 10 51000580706 Comercial Galo, S.A. Av. de Otero, 18 51002 Ceuta 03 51 2001 010145456 01 01 01 01 656.250

111 10 51000617381 Viajes Hércules, S.L. Cr. Almadraba, 68 51003 Cetua 03 51 2001 010145961 01 01 01 01 73.756

111 10 51000632135 Ahmed Amar, Mohamed Bd. Príncipe Alfonso 51003 Ceuta 02 51 2001 010227100 03 01 03 01 31.823

111 10 51000641835 Dris Hammu, Dris C/. Rafael Orozco, 39 51001 Ceuta 03 51 2001 010146466 01 01 01 01 50.930

111 10 51000703065 Sum. y Contratas C/. Pedro de Meneses 51001 Ceuta 03 51 2001 010147880 01 01 01 01 154.782

111 10 51100003255 Moh. Abdeselam, Abdelk. Pb. Regulares, 22 51002 Ceuta 02 51 2001 010229928 03 01 03 01 58.349

2.496
Martes 2 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.048 3.631



Reg. T/Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Prov. Apremio Período Importe

111 10 51100111369 O.M.M. Ceuta, S.L. C/. Marina Española, 1 51001 Ceuta 07 51 1996 010439128 07 96 07 96 9.285

111 10 51100130062 Ahmed Ayad, Farida C/. Independencia, 3 51001 Ceuta 03 51 2001 010150106 01 01 01 01 111.600

111 10 51100168458 Inst. Telefonía de C/. Millán Astray, 11 51001 Ceuta 03 51 2001 010150712 01 01 01 01 87.290

111 10 51100216150 Pérez Chica, Sum. C/. Tte. Pacheco 51001 Ceuta 03 51 2001 010151015 01 01 01 01 35.866

111 10 51100217463 O´Donel-97 Construc. Av. España, Edif. 51001 Ceuta 03 51 2001 010151116 01 01 01 01 1.973.065

111 10 51100227567 Cartona. del Estrecho Arroyo de las Bombas 51002 Ceuta 02 51 2001 010233968 03 01 03 01 913.368

111 10 51100231813 Limp. Unilimp, Ceuta Res. Don Alfonso 51002 Ceuta 02 51 2001 010234473 03 01 03 01 1.014.544

111 10 51100232924 Ramigil, S.L. Bda. Benzú junto a la 51001 Ceuta 03 51 2001 010152328 01 01 01 01 181.558

111 10 51100249795 Ahmed Haddu, Ismael Gran Vía, 7 51001 Ceuta 03 51 2001 010152631 01 01 01 01 37.908

111 10 51100265256 Moh. Abdeselam, Said Ppe. Alfonso 51003 Ceuta 03 51 2001 010153641 01 01 01 01 53.136

111 10 51100269502 Transp. Compás Monte C/. Queipo de Llano 51001 Ceuta 03 51 2001 010154146 01 01 01 01 665.040

111 10 51100293750 Construc. Explanaciones Pso. Palmeras, 2 51001 Ceuta 03 51 2001 010155661 01 01 01 01 18.617

111 10 51100304864 Rojas Lara, Pedro C/. Alcalde Victori G. 51001 Ceuta 03 51 2001 010156267 01 01 01 01 18.744

111 10 51100306682 Martín Contreras, Rafael Playa Benítez, 22 51002 Ceuta 03 51 2001 010156469 01 01 01 01 28.336

111 10 51100341644 Borosec, S.L. Pg. Industrial La Chi. 51002 Ceuta 02 51 2001 010240537 03 01 03 01 235.222

111 10 51100379232 González Márquez, María Av. Ejército Español, 51002 Ceuta 03 51 2001 010161422 01 01 01 01 99.485

Régimen 05 R.E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos

521 07 291008273288 Sánchez Puya, Gloria C/. Velarde, 5 51001 Ceuta 03 51 2001 010214770 12 00 12 00 39.448

521 07 510003850690 Mohamed Ahmed, Hossain C/ Nicaragua Edif. 51002 Ceuta 03 51 2001 010216689 11 00 12 00 78.895

521 07 510003875750 Rodas Rodas María Angeles C/. Jáudenes, 16 51001 Ceuta 03 51 2001 010216790 12 00 12 00 39.448

521 07 510003966282 Hamed Alí, Abdeselam C/. María Jaén, 9 51003 Ceuta 03 51 2001 010217093 12 00 12 00 39.448

521 07 510004427438 Hamed Mohamed, Hossain Pg. Virgen de Africa 51001 Ceuta 03 51 2001 010217905 12 00 12 00 36.938

521 07 510004524741 Río Ruiz, Juan Carlos Loma Larga Montes 51002 Ceuta 03 51 2001 010218107 11 00 12 00 78.895

521 07 510004532926 Moh. Maati, Abdelaziz C/. Claudio Vázquez, 6 51001 Ceuta 03 51 2001 010218208 12 00 12 00 39.448

521 07 510004758955 Hamed Layasi, Mohamed Avd. Martínez Catena 51002 Ceuta 03 51 2001 010219218 12 00 12 00 39.448

521 07 510004827461 Amar Mesaud, Mina Pol. Virgen Africa 51002 Cetua 03 51 2001 010219319 11 00 12 00 78.895

521 07 510005000344 Ahmed Amar, Mohamed Carre. Serrallo 51003 Cetua 03 51 2001 010219622 11 00 12 00 78.895

521 07 510005314481 Amar Ayad, Mohamed Avda. Ejer. Español 51002 Ceuta 03 51 2001 010220228 11 00 12 00 78.895

521 07 510005337117 Mohamed Abdel Lah Mohamed C/. Narváez Alonso, 20 51002 Ceuta 03 51 2001 010220329 11 00 11 00 39.448

521 07 510005401579 Abdenebit Abdeselam, Karim C/. Rafael Orozco, 26 51003 Ceuta 03 51 2001 010220430 11 00 12 00 78.895

521 07 511000054495 ElHichou no consta , Abdel. Arroyo de las Bombas 51003 Ceuta 03 51 2001 010220733 11 00 12 00 78.895

521 07 511000102692 Dris Mohamed, Dris C/. Beatriz de Silva, 51001 Ceuta 03 51 2001 010220834 12 00 12 00 39.448

521 07 511000151495 Moh. Abdeselam, Said Ppe. Alfonso 51003 Ceuta 03 51 2001 010221036 12 00 12 00 39.448

521 07 511000272646 Dodani no consta Murlidh Gran Vía, 14 51001 Ceuta 03 51 2001 010221339 12 00 12 00 39.448

521 07 511000305887 Dodani no consta Raju Mo Gran Vía, 14 51001 Ceuta 03 51 2001 010221440 12 00 12 00 39.448

521 07 511000317914 Espinosa Maresco, Susana Bda. Zurrón Sol, 6 51002 Ceuta 03 51 2001 010221541 12 00 12 00 39.448

521 07 511000425523 Mohamed Musa, Fatma C/. Narváez Alonso, 43 51002 Ceuta 03 51 2001 010221844 11 00 12 00 78.895

521 07 511000528886 Mohamed Amar, Ismael Playa Benítez 51004 Ceuta 03 51 2001 010221945 11 00 11 00 39.448

521 07 511000802106 Seglar Tomeu, M.ª Carmen Instituto Camoens 51001 Ceuta 03 51 2001 010222147 11 00 12 00 78.895

521 07 511000810893 Abdelasis Mohamed, Nawal C/. Padilla Ceuta Cen 51001 Ceuta 03 51 2001 010222248 12 00 12 00 39.448

521 07 511000970440 Ahmed Haddu, Ismael C/. Martínez Calvente 51002 Ceuta 03 51 2001 010222450 11 00 12 00 78.895

521 07 511001050363 Jiménez Alcaide, Fco. Javier C/. Ibiza, 7 51001 Ceuta 03 51 2001 010222551 11 00 12 00 78.895

521 07 51100117817 Abdelazid Ahmed, Mohamed C/. Lope de Vega, 12 51002 Ceuta 03 51 2001 010222753 11 00 12 00 78.895

521 07 511001276594 Azzouz --- Naqufal Bda. Juan Carlos I, 44 51002 Ceuta 03 51 2001 010222854 12 00 12 00 36.938

Régimen 06 R. Especial Agrario Cuenta Ajena

611 07 511001184648 Sadik Mohamed, Habiba Bd. Ppe. Felipe, 3 51003 Ceuta 02 51 2001 010207494 03 00 12 00 119.028

611 07 511001287611 Abdela Amar, Mohamed C/. S. Valle de Almazán 51001 Ceuta 02 51 2001 010207595 06 00 09 00 47.611

611 07 511001419367 El Abbassi ---- Adiba C/. Poblado Legionario 51003 Ceuta 02 51 2001 010207902 03 00 07 00 59.514

611 07 511001484136 Cayetano Ugarte, Adonis C/. Santos Vilela, 1 51002 Ceuta 02 51 2001 010208003 08 00 12 00 59.514

Régimen 08 Régimen Especial del Mar

812 10 51100174623 Pesqueras Rosbe, S.L. Pso. del Revellín 51001 Ceuta 02 51 2001 010232352 03 01 03 01 769.598

Régimen 12 Régimen Espeical Empleados del Hogar

211 10 51000083073 Arcos Acevedo, Angeles Gral. Yagüe, 5 51001 Ceuta 03 51 2001 010211336 08 00 08 00 22.770

211 10 51000177952 Guindos Jurado, Dolores Pso. Colón, 15 51001 Ceuta 03 51 2001 010212043 09 00 09 00 22.770

211 10 51000191389 Galván García, Leonor Torre Tarajal, s/n 51002 Ceuta 02 51 2001 010208811 08 00 10 00 45.540

211 10 51100004366 Lara André, Manuel C/. Francisco Pizarro 51002 Ceuta 02 51 2001 010209013 05 00 12 00 159.390

2.497
3.626 B. O. C. CE. - 4.048 Martes 2 de octubre de 2001



Reg. T/Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm. Prov. Apremio Período Importe

211 10 51100004366 Lara André, Manuel C/. Francisco Pizarro 51002 Ceuta 02 51 2001 010211639 03 00 03 00 22.770

211 10 51100017807 Ruiz Castañeda, Pilar Delgado Serrano, 1 51001 Ceuta 02 51 2001 010209114 01 00 04 00 77.418

211 10 51100133496 Mozas Fernández, Francisco Av. Otero, 3 51002 Ceuta 02 51 2001 010209417 08 00 08 00 22.012

211 10 51100303955 Suárez Suárez, Begoña Marina Española, 8 51001 Ceuta 03 51 2001 010212144 08 00 08 00 22.770

211 10 51100310322 Cordón Ordóñez, Encarnac. C/. General Yagüe, 2 51001 Ceuta 02 51 2001 010209922 06 00 12 00 136.620

211 10 51100310322 Cordón Ordóñez, Encarnac. C/. General Yagüe, 2 51001 Ceuta 02 51 2001 010212245 01 00 05 00 113.850

211 10 51100323254 Montero Rodríguez, Rosario C/. Doctor Fleming, 2 51002 Cetua 02 51 2001 010210124 04 00 04 00 22.770

211 10 51100323254 Montero Rodríguez, Rosario C/. Doctor Fleming, 2 51002 Cetua 02 51 2001 010213558 01 00 05 00 15.180

211 10 51100344270 Cerdeira Bravo, de Mansil C/. Velarde, 11 51001 Ceuta 02 51 2001 010210528 02 00 02 00 19.734

211 10 51100344371 Barreda Cossio, Miguel C/. Gobernador Andrade 51002 Ceuta 02 51 2001 010208912 02 00 02 00 17.458

211 10 51100366704 González Muñoz, José C/. Real 116 51001 Ceuta 02 51 2001 010210932 11 00 12 00 45.540

221 07 510003990029 Abdel Lah El Gazi, Fatima Avda. Ejercito Esp. 51002 Ceuta 03 51 2001 010211134 07 00 07 00 22.770

Comandancia Militar de

Marina de Ceuta

3.654.- D. José Miguel Llach Suárez, Capitán de Corbeta de la Reserva Naval Activa, segundo Comandante de la Comandancia Militar de Marina de Ceuta y Oficial Instructor del expediente de hallazgo 885/00.

Hago Saber: Que se instruye el expediente que se cita, relacionado con el hallazgo de una embarcación semirrígida, de color gris, rescatada en la Playa de San Amaro término municipal de esta localidad, el nombre de la embarcación es "Te veo Después", con motor fuera-borda con número de serie 66KL300565U, modelo Yamaha de 200 cv. de potencia, las características principales de la embarcación son las siguientes:

- Eslora: 7,45 metros

- Manga: 2,60 metros

- Puntal: metros

Lo que se hace público por medio del presente Edicto, para que las personas que se interesen en la subasta pública del efecto hallado, tengan conocimiento que la misma se celebrará en esta Comandancia Militar de Marina de Ceuta el próximo día 16 de octubre de 2001 a las 11,00 horas de su mañana.

Dado en Ceuta a los siete días del mes de septiembre de dos mil uno.- EL OFICIAL INSTRUCTOR.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

3.655.- En el procedimiento 220/00 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de el Secretario.

En Ceuta, a diecisiete de septiembre de dos mil uno.

Conforme viene solicitado en el escrito inicial de estas diligencias, cítese, por tercera vez al demandado D. Jesús Rubio Seglar, para el próximo día 30 de noviembre a las 10,00 horas, al objeto de proceder al reconocimiento de firma/s que obran en el documento/s acompañadas de la demanda, con apercibimiento de ser declarado confeso en la legitimación de aquélla/s para los efectos de despachar la ejecución.

Esta diligencia es revisable de oficio o a instancia de parte según lo dispuesto en el artículo 289 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Jesús Rubio Seglar, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y citación.

Ceuta, a diecisiete de septiembre de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

Area de Trabajo y Asuntos Sociales

3.656.- En cumplimiento del art. 4 del R.D. 873/77, de 22 de abril, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que en este Organismo, el día 20 -9-01, han sido depositados los Estatutos de la Asociación Profesional de Educadores Sociales de Ceuta (APESCE), a la que le ha correspondiendo el n.º 86/01/51, cuyo ámbito territorial y profesional son la Ciudad Autónoma de Ceuta, siendo los firmantes del Acta de Constitución los siguientes señores:

D. José Luis Cordero Gorrochategui con D.N.I. 45.074.913, D. Javier Macilla Rojo con D.N.I. 45.092.624, D. Juan Miguel Rodríguez Muñoz con D.N.I. 45.085.243, D.ª Gemma Aragües Elías con D.N.I. 45.068.060.

Ceuta, a 24 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR DEL AREA DE TRABAJO Y AA.SS.- Fdo.: Rafael Sánchez de Nogués.

Agencia Tributaria de Ceuta

Sección de Censos y Requerimientos

3.657.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria, y habiendo sido intentada por dos veces la notificación, se cita a las siguientes entidades o a sus representantes para la notificación por comparecencia, en el plazo de diez días ante la Sección de Censos y Requerimientos de esta Oficina de la .A.E.A.T., del requerimiento para la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades correspondientes a los ejercicios 1998, 1997, 1996.

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Martes 2 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.048 3.631



Transcurridos diez días desde la publicación de este anuncio sin haberse producido la comparecencia, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

N.I.F. Nombre Número. Exp. Procedimiento Organo Resp. Lugar Comparecencia

A00121176D Aaltoo 20002556000001714 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11905668 A. Mtnez. Ceuta, S.L. 20001556000001021 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

A11960945 Alea Prima, S.A. 20001556000001731 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11904851 Alm. Almadraba, S.L. 20001556000000965 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11957271 Andami. del Estrecho, S.L. 20001556000001423 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11960986 Artemadera de Ceuta, S.L. 20001556000001746 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

A11905510 Bingos Caballa, S.A. 20002556000000971 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11956174 Cemagal, S.L. 20001556000001371 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11961661 Ceuta Televisión, S.L. 20001556000001816 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11902087 Ceuta y Melilla Com., S.L. 20001556000001012 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11956638 Comercial Rifeña, S.L. 20001556000001405 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11955754 Cons. Barroso y Fortes, S.L. 20002556000001312 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11961018 Cosntruc. Garfecase, S.L. 20001556000001755 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11954461 Divavadi, S.L. 20001556000001265 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11950516 Electrif. Moloval, S.l. 20001556000001055 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11960960 Europ. Negoce Eurone, S.L. 20001556000001721 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11962404 Friforal, S.L. 20001556000001965 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

A78592755 Gaets 92, S.A. 20001556000001116 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11950862 Gestión y Aseso. Prof. 20002556000001102 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11959087 Gran Canyon, S.L. 20001556000001613 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11958030 Grugespa, S.L. 20001556000001475 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11950698 G. As Ceuta Corred. de Seg. 20001556000001073 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

A11950714 Hayad Trade´s Comp., S.A. 20001556000001064 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11959632 Hogares del Estrecho, S.L. 20001556000001651 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11959418 Huevos Ceuta, S.L. 20001556000001642 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11958840 I. Consulting. Magreb, S.L. 20002556000001583 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11961398 Interceu, S.L. 20001556000001773 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11958238 Interquartz, S.L. 20001556000001502 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11954930 Inverimak, S.L. 20002556000001285 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11957883 Jiménez-Torres Ceuta, S.L. 20002556000001452 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11962297 K.T.L.S., S.L. 20001556000001913 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11960168 La Volea de Ceuta, S.L. 20001556000001703 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11956075 León Travel, S.L. 20001556000001353 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11961620 Levantera, S.L. 20001556000001801 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta B11954492 Merrouni, S.L. 20001556000001256 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11962180 Mistrans Ceuta, S.L. 20001556000001861 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11962099 Naval Ivorne y Aso., S.L. 20001556000001886 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11958139 Nueva Almadraba, S.L. 20001556000001484 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11959368 O.M.M. Ceuta, S.L. 20001556000001633 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11962271 Obras y Proyectos Elgín, S.L. 20001556000001904 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11953742 Pinturas Ceuta, S.L. 20001556000001204 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11958659 Prensa I. de Ceuta, S.L. 20001556000001563 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11952884 Pronasa Prom. Naviera, S.L. 20001556000001173 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11954872 Ramsaf, S.L. 20001556000001274 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11962263 S.C.I. Sum. y Corredores 20001556000001895 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

F11961083 Sdad. Coop. Asipcrón 20001556000001764 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

F11955713 Sdad. Coop. Ceutí Viv. la Paz 20002556000001303 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11952686 Seytel Ceuta, S.L. 20002556000001154 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

A11950540 Sierra De Piloña, S.A. 20001556000001082 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11962008 Sillero Borrás, S.L. 20001556000001834 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11962107 S. Ceutí metales preciosos 20001556000001852 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11952868 Tafilalt, S.L. 20002556000001163 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11955531 TradeCeuta, S.L. 20001556000001292 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11958402 Trans. Puerto Ceuta, S.L. 20001556000001536 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11961547 Valenceuta, S.L. 20001556000001791 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11957925 Viser Control, S.L. 20001556000001466 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

B11953890 Yidar Construcciones, S.L. 20001556000001213 Reqto. Indice Entidades Admón. de Ceuta C/. Serrano Orive 00002 Ceuta

2.499
3.658 B. O. C. CE. - 4.048 Martes 2 de octubre de 2001



Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Tráfico

3.658.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

Ceuta, 14-9-01.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

ART = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040691630 M. Mohamed 45080439 Ceuta 18.08.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040691641 M. Mohamed 45080439 Ceuta 18.08.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040691811 N. Mesaud 45080606 Ceuta 19.08.2001 15.500 93,16 RDL 339/90 061.1

510040691793 H. Mustafa 45086077 Ceuta 19.08.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040691940 T. Mohamed 45088812 Ceuta 20.08.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040691665 H. Amar 45089713 Ceuta 18.08.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040691653 H. Amar 45089713 Ceuta 18.08.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040691677 H. Amar 45089713 Ceuta 18.08.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040691707 R. Mohamed 45090632 Ceuta 19.08.2001 15.500 93,16 RDL 339/90 061.1

510040679689 Y. Mohamed 45090774 Ceuta 27.07.2001 100.000 601,01 L. 30/1995 002.1

510040434231 M. Abderrahaman 45091058 Ceuta 26.08.2001 25.000 150,25 RLD 339/90 062.1

510040434243 M. Abderrahaman 45091058 Ceuta 26.08.2001 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040676159 R. Abdeselam 45097816 Ceuta 26.06.2001 15.000 90,15 RD 13/92 090.1

510040686049 J. Díez 33514685 Brunete 17.07.2001 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040679549 P. Hamed 45078060 El Escorial 21.08.2001 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040679537 P. Hamed 45078060 El Escorial 21.08.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20 % de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Ceuta, 14-9-01.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

ART = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión

Cuantía

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040609316 F. Houssaini X1314504P Orihuela 15.03.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040682007 M. Boulaich CE004037 Ceuta 25.06.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040678260 H. Abdellaoui X100939G Ceuta 26.07.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

2.500
Martes 2 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.048 3.631



Cuantía

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040659990 M. Chamboun X3125837E Ceuta 20.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040693054 J. Sánchez 08112564 Ceuta 22.07.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040668552 E. Gónzález 10203325 Ceuta 15.05.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 061.1

510040681258 A. Ahmed 43245698 Ceuta 06.06.2001 75.000 450,76 3 RD 13/92 020.1

510040681891 A. Revert 45066980 Ceuta 24.06.2001 25.000 150,235 RDL 339/90 061.3

510040673900 F. Sánchez 45071256 Ceuta 28.05.2001 15.500 93,16 RDL 339/90 060.1

510040693297 A. Vega 45075001 Ceuta 23.07.2001 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040666350 M. Ahmed 45077759 Ceuta 02.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040666944 H. Ahmed 45078233 Ceuta 03.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040667237 Y. Ahmed 45078373 Ceuta 06.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040681118 M. Miludi 45079134 Ceuta 06.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040675088 M. Mahyub 45079762 Ceuta 20.07.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040692888 M. Mustafa 45079952 Ceuta 22.07.2001 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040671812 A. Abdeselam 45080084 Ceuta 22.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040680679 R. Hamu 45080822 Ceuta 22.05.2001 10.000 60,10 RD 13/92 019.1

510040680606 A. Mohamed 45080829 Ceuta 25.05.2001 15.500 93,16 RDL 339/90 062.1

510040672531 H. Moubarik 45080868 Ceuta 21.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040681106 H. Moubarik 45080868 Ceuta 06.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040650500 M. Abdelkader 45081071 Ceuta 31.07.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040674035 O. Mohamed 45081075 Ceuta 30.05.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040672725 M. Mohamed 45081488 Ceuta 16.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040657335 M. Ahmed 45081758 Ceuta 27.04.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040679021 M. Abdeselam 45082576 Ceuta 23.07.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040682998 A. Abdelkader 45083097 Ceuta 26.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040683577 A. Abdelkader 45083097 Ceuta 12.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040667389 B. Abdeselam 45083549 Ceuta 07.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040670443 B. Abdeselam 45083549 Ceuta 28.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040681404 M. Mohamed 45084508 Ceuta 07.06.2001 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040666853 M. Dris 45084689 Ceuta 07.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040680412 M. Mohamed 45087194 Ceuta 24.05.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040680515 J. Moreno 45088258 Ceuta 24.05.2001 15.500 93,16 RDL 339/90 061.1

510040681260 R. Mohamed 45088377 Ceuta 06.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040676640 M. Ahmed 45089529 Ceuta 08.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040673985 B. Ahmed 45089593 Ceuta 28.05.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040682470 J. Ocaña 45089912 Ceuta 24.05.2001 15.500 93,16 RDL 339/90 061.1

510040666361 N. Mohamed 45090057 Ceuta 02.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040665769 R. Laiche 45090244 Ceuta 25.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040669994 S. Mohamed 45091229 Ceuta 29.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040693339 K. Hamed 45091335 Ceuta 23.07.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040630240 Y. Moubarik 45091554 Ceuta 21.05.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040680886 H. Mohamed 45092159 Ceuta 05.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040692773 M. Mesaud 45092680 Ceuta 21.07.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040692773 M. Mesaud 45092680 Ceuta 21.07.2001 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040676676 M. Abdelkader 45092877 Ceuta 17.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040682305 K. Hossain 45092933 Ceuta 07.07.2001 15.000 90,15 RD 13/92 146.1

510040682305 K. Hossain 45092933 Ceuta 07.07.2001 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040670832 N. Al Lal 45093125 Ceuta 18.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040667249 R. Aomar 45093451 Ceuta 07.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040672464 Y. Ahmed 45095003 Ceuta 17.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040681143 K. Mohamed 45095775 Ceuta 06.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040681039 B. Amar 45096003 Ceuta 05.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040665782 J. Macías 45098281 Ceuta 27.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040656495 J. Hita 45098426 Ceuta 17.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040654061 C. Dotor 45098559 Ceuta 22.03.2001 100.000 601,01 L. 30/1995 002.1

510040671642 M. Mohamed 45098857 Ceuta 17.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040672440 M. Mohamed 45098857 Ceuta 24.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040692761 E. González 45100067 Ceuta 21.07.2001 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040604446 N. Amar 45100573 Ceuta 26.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040666348 N. Mohamed 45102779 Ceuta 01.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040676767 M. Mustafa 45103852 Ceuta 07.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040668357 F. Hamed 45104196 Ceuta 26.04.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040680540 A. Sánchez 45105103 Ceuta 25.05.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 061.1

510040670765 O. Heredia 45105824 Ceuta 18.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040676652 M. Mohamed 45105910 Ceuta 11.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

2.501
3.658 B. O. C. CE. - 4.048 Martes 2 de octubre de 2001



Cuantía

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040676263 H. Ahmed 45107545 Ceuta 25.07.2001 50.000 300,51 RDL 33/90 060.1

510040666210 H. Ahmed 45107545 Ceuta 28.05.2001 50.000 300,51 RDL 33/90 060.1

510040678296 J. González 45107806 Ceuta 26.07.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040665708 S. Maimón 45108721 Ceuta 02.05.2001 50.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040673018 S. Maimón 45108721 Ceuta 07.06.2001 50.000 901,52 RDL 339/90 060.1

519040647829 A. Mohamed 45109140 Ceuta 12.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 072.3

510040690302 M. Vallejo 45110842 Ceuta 08.07.2001 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040692906 A. Buades 45111351 Ceuta 22.07.2001 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040672233 A. Mohamed 45111763 Ceuta 27.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040681581 M. Mohamed 47873719 Ceuta 08.06.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040645710 A. Liñán 74854180 Granada 23.02.2001 100.000 601,01 L. 30/1995 002.1

510040666932 M. El Biad 74891477 Málaga 30.05.2001 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040679033 K. Fahd X2081857N Sevilla 23.07.2001 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20 % de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Ceuta, 14-9-01.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

ART = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040547074 O. El Fadil X1425166V Getafe 29.03.00 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20 % de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Ceuta, 14-9-01.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

ART = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040585646 F. Cubo 45063988 Ceuta 29.06.2000 15.000 90,15 RD 13/92 094.2

2.502
Martes 2 de octubre de 2001 B. O. C. CE. - 4.048 3.660



ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

3.659.- En el Juicio de Faltas número 700/00, que se sigue contra D. Marzok Abdelali, en virtud de denuncia de P. Local, se ha dictado con fecha 20-6-01, sentencia cuyo fallo es del tenor literal:

Que debo condenar como condeno a D. Marzok, Abdelali a una pena de treinta días de multa con una cuota de 500 Ptas. por día, 15 días de arresto sustitutorio para caso de insolvencia, en concepto de autor responsable de una falta de respeto y consideración debida a agentes de la autoridad y de desobediencia prevista y penada en el artículo 623 del vigente Código Penal y al pago de las costas causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que serán conocido por la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Sexta con sede en Ceuta, y que deberá presentarse, mediante escrito conteniendo las alegaciones en que se fundamente, ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, plazo durante el cual las actuaciones permanecerán en Secretaria a disposición de las partes.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a D. Marzok Abdenali, expido la presente cédula en Ceuta a 14-9-01.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

Juzgado de lo Social

Número Uno de Ceuta

3.660.- D. Manuel Villalta, Jiménez, Secretario de lo Social Número Uno de Ceuta.

Hago Saber: Que pro providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D.ª Amina Laghmich contra D.ª Antonia Guerrero, en reclamación por cantidad, registrado con el n.º 404/2001 se ha acordado citar a D.ª Antonia Guerrero, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día dieciocho de octubre a las 10,15 horas de su mañana, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso Juicio, y prueba de confesión judicial.

Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 1 sito en C/. Serrano Orive, s/n debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a D.ª Antonia Guerrero, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad y colocación en el tablón de anuncios.

En Ceuta a veinticuatro de septiembre de dos mil uno.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
2.503