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BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVI Viernes 14 de septiembre de 2001 Número 4.043




S U M A R I O
DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.366.- Aprobación provisional del Reglamento de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo.

AUTORIDADES Y PERSONAL

3.315.- Asunción de la Presidencia Acctal. por parte del Excmo. Sr. D. Alfonso Conejo Rabaneda, hasta regreso del Presidente titular.

3.362.- Asunción por parte de la Consejería de Presidencia y Gobernación, de las materias correspondientes a comunicaciones, publicidad, radiodifusión y medios de comunicación.

3.367.- Finalización del procedimiento para la habilitación profesional como Protésico Dental ante la carencia de aspirantes.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

Dependencia de Inspección

3.356.- Notificación a D. Mohamed Abdeselam Ahmed, relativa a conceptos tributarios.

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.312.- Notificación a D.ª María Arántzazu Delgado Sola, en expediente de solicitud de licencia de ocupación para la instalación de una torre en c/ Conrado Alvarez, esquina con c/ González Besada (expte. 48189/2001).

3.313.- Notificación a D. Abdeselam Mulay Ahmed, en expediente de solicitud de licencia de obras en Pasaje Recreo Alto n.º 21 (expte. 42518/2001).

3.314.- Notificación a D. Manuel González Martín, en expediente de ejecución subsidiaria de obras en el inmueble sito en c/ Vasco Nuñez de Balboa n.º 16 -Bda. O'Donnell- (expte. 52550/2000).

3.338.- Notificación a D. Isidro Flores Contreras, en solicitud de licencia de implantación de local sito en Avda. Lisboa, Edificio Robles II, local B-2 , para ejercer la actividad de Producción de productos alimenticios, a instancias de D. Niccola Cecchi.

3.340.- Notificación a D. Emilio Mendoza Cruz, en expediente de realización de obras sin licencia en Bda. Postigo, junto a Residencial Villa Elena (expte. 84050/2000).

3.343.- Notificación al propietario de la vivienda sita en Fuente Terrones n.º 8, en expediente de declaración de ruina inminente de dicha vivienda (expte. 51368/99).

3.350.- Notificación a D. Jesús A. Maresco Moro, en Trámite de audiencia.

3.351.- Notificación a D.ª Batul Ahmed Mohamed, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.361.- Notificación a D. Juan Avalos Carballo, en Acta de Comprobado y Conforme 200/2001.

3.363.- Notificación a D.ª María de la Merced Luque Ruiz, en expediente de licencia de implantación de local sito en Muelle Cañonero Dato, s/n, para ejercer la actividad de Almacén de farmacia, a instancias de D. Aurelio Puya Rivas.

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3.364
.- Notificación a D.ª M.ª Angeles Rodas Rodas en expediente de licencia de implantación de local sito en c/ Jáudenes n.º 16, para ejercer la actividad de Venta a menor de artículos.

3.365.- Notificación a D. Hatim El-Abdi Abdelhami, en expediente de licencia de implantación de local sito en Poblado Marinero, local 14, para ejercer la actividad de Cafetería-Heladería, a instancias de D.ª Yamila Tuhamy Tuhamy.

3.371.- Notificación a D. Mohamed Merine Mohamed, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.372.- Notificación a D. José Duarte Pérez, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.373.- Notificación a D.ª M.ª Carmen Vidal Yesa, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.374.- Notificación a D.ª Juana Ortiz Gutiérrez, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.375.- Notificación a D. José Antonio Cortés Quintero, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.376.- Notificación a D. José M. Borrás Estevez, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.377.- Notificación a D.ª Josefa Rodríguez Mouzo, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.378.- Notificación a D.ª M.ª Teresa Borrás Ballesteros, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.379.- Notificación a D. Juan José Borrás Ballesteros, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.380.- Notificación a D.ª Susana Figueroa Aladro, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

3.381.- Notificación a D. Fernando León Martínez, en expediente de embargo de bienes inmuebles.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

3.368.- Notificación a D. Ali Mohamed Assaidi, a D. Niamat Mahmoud Ali y a D. Djilali Brahim, en expedientes 1111/2001, 1112/2001 y 1114/2001, respectivamente.

Ministerio de Fomento

Capitanía Marítima en Ceuta

3.317.- Notificación a D. Abdehlatid Abdelkader Mohamed Rial y a D. Yasmin Mohamed Embarek, en expedientes 01-340-0077 y 01-340-0090, respectivamente.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto de Migraciones y Serv. Sociales

3.330.- Notificación a D.ª Dolores Lebrón Morales y a D.ª Rosa Díaz Sa, en expedientes 51/018/I/99 y 51/166/I/2000, respectivamente.

3.333.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

3.334.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General Seguridad Social

3.327.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, relativas a deudas a la Seguridad Social.

3.329.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, relativas a deudas a la Seguridad Social.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Penal

Número Uno de Ceuta

3.352.- Citación a D. Abdeselam Ahmed, en Rollo P.A. 171/2001, dimanante del Procedimiento 473/98, instruido por el Juzgado de Instrucción número 3 de Ceuta.

Juzgado de lo Social

Número Uno de Ceuta

3.369.- Citación a Jiserco S.L. en Demanda 395/2001.

3.370.- Citación a Jiserco S.L. en Demanda 382/2001.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

3.318.- Notificación a D. Abdeselam Ali Mernisa, en Consignación Judicial 72/2001.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

3.319.- Requisitoria a D. Ahmed El Abellaoui, en P. Abreviado 110/2001.

3.321.- Requisitoria a D. Abdelouahid Jetti, en P. Abreviado 113/2001.

3.322.- Requisitoria a D. Ikran Mohamed, en P. Abreviado 100/2001.

3.324.- Requisitoria a D. Said Mohamed, en P. Abreviado 114/2001.

3.325.- Requisitoria a D. Otman Boukayoua, en P. Abreviado 102/2001.

3.326.- Requisitoria a D. Mohamed Mohamed, en P. Abreviado 109/2001.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

3.354.- Notificación a Almacenes Florido S.L., en Juicio Ejecutivo 294/2000.


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ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.316.- Devolución de fianza a Construcciones Pérez Aragón, S.L. por las obras de reparación de tramo de salida general del saneamiento, en la vivienda sita en colegio público Ramón María del Valle Inclán, en expte. 116/98.

3.320.- Devolución de fianza a Electricidad Capa S.L. por los trabajos de instalación del alumbrado ornamental en los jardines de la Gran Vía, en expte. 256/98.

3.323.- Devolución de fianza a Construcciones Exisa S.A. por las obras de reparación de fuente mural en Plaza de los Reyes, en expte. 308/98.

3.328.- Devolución de fianza a Puerta de Africa, S.A. por los servicios de alojamiento de los componentes de la unidad de música de la Guardia Real, en el hotel Meliá Confort, en expte. 537/99.

3.331.- Devolución de fianza a Puerta de Africa S.A. por los servicios de alojamiento de la Joven Orquesta Nacional, en expte. 539/99.

3.332.- Devolución de fianza a Navarro Montes Agro S.L. por el suministro de material de jardinería, en expte. 726/2000.

3.335.- Devolución de fianza a D.ª Amelia Laorden Velez por el servicio de una monitora de pintura y dibujo, en expte. 58/2000.

3.336.- Devolución de fianza a Serrano y Telju S.A. por el suministro de 300 borlados modelo Canarias y 15 papeleras modelo FS-30 L, en expte. 775/2000.

3.337.- Devolución de fianza a Corsan S.A. por las obras de mejora de accesos, protecciones y evacuación de aguas pluviales, en Bda. José Zurrón, en expte. 513/97.

3.339.- Devolución de fianza a Arquitecturas Malaka S.L. por el suministro en régimen de alquiler, montaje y desmontaje de casetas de Feria, con motivo de las Fiestas Patronales 2001, en expte. 436/2000.

3.341.- Devolución de fianza a El Corte Inglés S.A. por el suministro de 165 placas, con destino a la Policía Local, en expte. 497/97.

3.344.- Devolución de fianza a El Corte Inglés S.A. por el suministro de 180 trajes de faena, con destino a la Policía Local, en expte. 226/99.

3.345.- Devolución de fianza a Construcciones Jomasa S.L. por la ejecución subsidiaria de demolición de viviendas ubicadas en el Pasaje Alhambra y Pasaje Lima, en expte. 200/94.

3.346.- Devolución de fianza a Construcciones Jomasa S.L. por las obras de acondicionamiento en el Ceuta-Center, en expte. 485/97.

3.347.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por las obras de remodelación en Bda. Fuente Terrones, en expte. 508/98.

3.348.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por las obras de reparación de la jaula de monos del Parque de San Amaro, en expte. 326/2000.

3.349.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por las obras de reparación y equipamiento en Bda. Zurrón, en expte. 265/2000.

3.353.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por las obras de dotación de acerado y bordillos en carretera autonómica número 1, en expte. 56/2000.

3.357.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por las obras de adecuación de Plaza Santiago, con motivo del día de la Convivencia, en expte. 325/2000.

3.358.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por las obras de modificación trazado colector general en Avda. Gral. Muslera-Padre Feijoo, en expte. 172/2000.

3.359.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por las obras de adecuación en parcela de Manzana del Revellín, para aparcamiento provisional, en expte. 323/2000.

3.360.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por las obras de construcción de fosa de pavimento para albergar productos químicos y limpiar ruedas de vehículos (fiebre aftosa), en expte. 225/99.

3.382.- PROCESA.- Adjudicación a Ferrovialcon-servación, S. A. de las obras contenidas en los proyectos de urbanización de Plaza Azcárate, refuerzo estructural y acondicionamiento geotécnico.

RADIO TELEVISION DE CEUTA S.A.

3.355.- Contratación mediante concurso abierto para la instalación y suministro de equipos de aire acondicionado para RTVCE, S.A.


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3.312 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001



OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.312.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha 16-08-01 ha dispuesto lo siguiente:

"ANTECEDENTES

D.ª María Arántzazu Delgado Sola, en representación de Azalea Beach, S.L., solicita licencia de ocupación para instalación de torre en C/ Conrado Alvarez, esquina a González Besada, sin acreditar la representación de dicha Sociedad como establece el artículo 32.2 la Ley 30/92, de 26 de Noviembre. Los Servicios Técnicos Municipales de la Consejería emiten informe n.º 1.464/01, de fecha 03-08-01.- Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El Art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, tras su nueva redacción aprobada por Ley 4/99, de 13 de Enero, establece que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el art. anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del Art. 42. El Consejero de Fomento ostenta competencia en materia de licencias urbanísticas, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 31-07-01. En el mismo sentido el art. 13 del Reglamento de la Presidencia.

PARTE DISPOSITIVA

1º) Se requiere a D.ª María Arántzazu Delgado Sola para que el plazo de 10 días, acredite, por cualquier medio válido en derecho la representación que dice ostentar de Azalea Beach, S.L. 2º) Se indica a D.ª María Arántzazu Delgado Sola que de no cumplimentar el punto anterior en el plazo precitado, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución a tal efecto.-"

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D.ª María Arántzazu Delgado Sola, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, 4 de Septiembre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

3.313.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurrull, por su Decreto de fecha 17-08-01 ha dispuesto lo siguiente:

"ANTECEDENTES

D. Abdeselam Mulay Ahmed con fecha 28-05-01 solicita licencia de obras en Pasaje Recreo Alto n.º 21. Por
Decreto del Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente de fecha 21-06-01, se requiere al interesado para que aporte la documentación que se detalla en Informe Técnico n.º 1.093/01, de fecha 04-06-01.- Transcurrido el plazo no se presenta la documentación requerida.- Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El Art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, nos permite el archivo de las peticiones, si no se subsanan las deficiencias detectadas en la documentación presentada.- El Consejero de Fomento, ostenta competencias en materia de licencias urbanísticas, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 31-07-01. En el mismo sentido el Art. 13 del Reglamento de la Presidencia.

PARTE DISPOSITIVA

Se archiva la petición de D. Abdeselam Mulay Ahmed relativa a licencia de obras en C/ Pasaje Recreo Alto n.º 21."

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al D. Abdeselam Mulay Ahmed, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución, significándole que contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de noviembre) y 8.1 y 46 de la 29/98, de 13 de julio.

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente

Ceuta, 4 de septiembre de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

3.314.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha 7-08-01, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

El Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, remite oficio de fecha 29-06-00, en el que comunica el mal estado del alero y fachada del bloque n.º 16, de la c/ Vasco Núñez de Balboa (Bda. O´Donnell).- El técnico municipal en su informe n.º 1.872/00, de fecha 15-09-00 dice: A... se informa que girada visita de inspección y reconocimiento a dicho inmueble, efectivamente se ha comprobado el grave estado de deterioro que sufre la fachada de dicho inmueble en su parte superior y como consecuencia de la oxidación de viguetas del forjado a nivel de cubierta. Asimismo inspeccionado el interior de la vivienda se ha comprobado la falta absoluta de conservación y mantenimiento de la misma, en multitud de enfoscados desprendidos del entrevigado y de recubrimiento antioxidante de las viguetas de forjado. 


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Por todo ello se hace necesaria la urgente reparación tanto de la fachada y alero del inmueble, como del interior de la vivienda, debiendo de picarse las zonas que revisten peligro de desprendimientos y enfocándose de nuevos con morteros plastificantes previa colocación de garras y reafirmado de fábricas. En el interior de la vivienda se picarán todos los paramentos verticales y horizontales que presenten falta de adherencia, cepillándose las viguetas del forjado para posterior tratamiento antioxidante, colocación de contraflechas con perfiles metálicos donde sea imprescindible y nuevo revestimiento de paredes y techos con enfoscado de mortero de cemento de dosificación 1:3. Se hace igualmente necesaria la reparación de jambeados de huecos exteriores de ventanas, los cuales están desprovistos de mortero. Una vez realizado el saneado de dichas zonas se procederá al pintado de exteriores de pintura pétrea de fachadas y al plástico gotelé en interiores, dos manos. Se sustituirá la carpintería interior y exterior de la vivienda que se encuentre en malas condiciones. El presupuesto estimativo de dichas obras se estima en 2.800.000 pts., debiéndose comenzar las obras de reparación en el plazo de 20 días dado el estado precario en que se encuentra la vivienda en cuestión A.- Por Decreto del Consejero de Fomento de 10-10-00 se inicia expediente de orden de ejecución de las obras descritas en el informe técnico, dando a los interesados un plazo de 10 días para formular alegaciones. Durante dicho plazo se ha recibido en la Consejería escrito de los vecinos de dicho bloque en el que manifiestan no querer hacerse cargo de los gastos ocasionados por los desperfectos en el interior de la vivienda, y sí en el exterior del edificio. Por Decreto del Consejero de Fomento de 20-04-01 se dicta orden de ejecución. Al respecto, el técnico municipal emite con fecha 25-07-01 el informe n.º 1.420/01, cuyo tenor literal es el siguiente: "... se informa que girada visita de inspección y reconocimiento a dicha finca, se ha comprobado que las obras ordenadas por Decreto de fecha 20-04-01 no han sido ejecutadas"- Consta en el expediente informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El art. 181 de la Ley del Suelo de 1.976, relacionado con el art. 245.1 del Real Decreto Legislativo 1/92, y el art. 10 del R.D.U. establece que los propietarios de terrenos, urbanizaciones de iniciativa particular, edificaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato públicos. Los Ayuntamientos y, en su caso, los demás organismos competentes ordenarán, de oficio o a instancia de cualquier interesado, la ejecución de las obras necesarias para conservar aquellas condiciones. Por su parte, el art. 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística añade que el organismo que ordene la ejecución de tales obras concederá a los propietarios o a sus administradores un plazo para la realización de las mismas, transcurrido el cual sin haberlas realizado, se procederá a la incoación de expediente sancionador, con imposición de multa en su caso, en cuya resolución se requerirá al propietario o administrador a la ejecución de la orden, que, de no cumplirla, se llevará a cabo por la Admón.. subsidiariamente.- Art. 98 de la Ley 30/92, en cuanto permite la ejecución subsidiaria de las obligaciones que no tuvieren carácter personalísimo, pudiendo llegar para hacer efectivo el cobro al apremio sobre el patrimonio del obligado.- La competencia viene dada por el Decreto de la Presidencia de 31-07-01 al Consejero de Fomento.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se inicia expediente de ejecución subsidiaria de las obras que figuran en el informe técnico n.º 1.870/00, rela
tivas al inmueble sito en c/Vasco Núñez de Balboa n.º 16 (Bda. O´Donnell). 2.- Se da a los interesados trámite de audiencia de 10 días para formular alegaciones.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Manuel González Martín, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, 5 de septiembre de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

AUTORIDADADES Y PERSONAL

3.315.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, con fecha 10 de los corrientes, ha dispuesto lo siguiente:

"Debiéndome ausentar de la Ciudad, por los motivos oficiales, a partir del día 10 de los corrientes, visto lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de la Presidencia y demás disposiciones concordantes del Régimen Local,

VENGO EN DISPONER

Que asuma la Presidencia, con carácter accidental, el Excmo. Sr. D. Alfonso Conejo Rabaneda, Consejero de Hacienda, a partir del día 10 de septiembre y hasta mi regreso. Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Lo que le traslado a los efectos procedentes.

Ceuta, 10 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.316.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 116/98- CONSTRUCCIONES PEREZ ARAGON, S.L. -Obra, Servicio, Suministro: OBRAS DE REPARACION DE TRAMO DE SALIDA GENERAL DEL SANEAMIENTO EN LA VIVIENDA DEL CONSERJE DEL COLEGIO PÚBLICO RAMON MARIA DEL VALLE INCLAN.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Fomento

Capitanía Marítima en Ceuta

3.317.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta notifica a los interesados que a continuación se relacionan, aquellas notificaciones que han resultado infructuosas en los domicilios expresados, correspondientes a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítima tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.


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Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el art. 61 de la Ley 30/92 citada, no se publica en su integridad, informando asimismo del derecho de audiencia que les asiste en el procedimiento, que puede ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.

Número de expediente: 01-340-0077

Nombre y Apellidos: Abdehlatid Abdelkader Mohamed Rial

Domicilio: Avda. Reyes Católicos

Tipo de Acto: Propuesta de Resolución

Fecha del acto: 9-8-01

Número de expediente: 01-340-0090

Nombre y Apellidos: Yasim Mohamed Embarek

Domicilio: C/. Real, 93

Tipo de Acto: Propuesta de Resolución

Fecha del acto: 8-8-01

Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.

Ceuta, a 17 de agosto de 2001.- EL CAPITAN MARITIMO.- Fdo.: Pedro J. Fdez. de Barrena y Artazcoz.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

3.318.- D. Javier Clemente Lázaro, Secretario del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Consignación Judicial 72/2001 a instancias de D. Mohamed Mohamed Mizziam contra D. Abdeselam Alí Mernisa, en el que ha recaído Auto con fecha 19.6.01 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara bien hecha la consignación de 8.764, verificado por D. Mohamed Mohamed Mizziam a disposición de D. Abdeselam Alí Mernisa, mandando cancelar la obligación, declarándose de cuenta de la acreedora los gastos de la consignación".

Y para que sirva de notificación en legal forma a D. Abdeselam Ali Mernisa, expido el presente en Ceuta a trece de agosto de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

3.319.- D. Ahmed El Abellaoui, con pasaporte marroquí n.º L-138974, hijo de Ali y de Hamama, nacido en Ketama (Marruecos) en 1953 y con último domicilio conocido el del Letrado que le asiste, encausado por favorecimiento de la Inmigración Ilegal en causa procedimiento abreviado n.º
110/01 del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

Ceuta, a 31 de agosto de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.320.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 256/98- ELECTRICIDAD CAPA, S.L. -Obra, Servicio, Suministro: CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJOS DE INSTALACIÓN DEL ALUMBRADO ORNAMENTAL EN LOS JARDINES DE LA GRAN VIA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

3.321.- D. Abdelouahid Jetti Chauchaou, con pasaporte marroquí n.º 637449, hijo de Mohamed y de Himo, nacido en Sadina (Marruecos) el 15-6-78 y con último domicilio desconocido, encausado por robo con intimidación en causa procedimiento abreviado n.º 113/01 del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

Ceuta, a 31 de agosto de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

3.322.- D. Ikram Mohamed, indocumentado, hijo de Mohamed y de Hadiya, nacido en Castillejos (Marruecos) en 1980 y con último domicilio conocido el del Letrado que le asiste, encausado por robo con fuerza en causa procedimiento abreviado n.º 100/01 del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

2.324
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.327



Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

Ceuta, a 30 de agosto de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.323.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 304/98- CONSTRUCCIONES EXISA, S.A.

-Obra, Servicio, Suministro: OBRAS DE REPARACION DE FUENTE MURAL EN PLAZA DE LOS REYES.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

3.324.- D. Said Mohamed, indocumentado, hijo de Mohamed y de Fatima, nacido en Castillejos (Marruecos) en 1973 y con último domicilio desconocido, encausado por hurto en causa procedimiento abreviado n.º 114/01 del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

Ceuta, a 31 de agosto de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

3.325.- D. Otman Bouka Youa, indocumentado, hijo de Said y de Aicha, nacido en Marruecos en 1972 y con último domicilio conocido el del Letrado que le asiste, encausado por falsificación de documento oficial en causa procedimiento abreviado n.º 102/01 del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

Ceuta, a 30 de agosto de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

3.326.- D. Mohamed Mohamed, indocumentado, hijo de Mohamed y de Fatima, nacido en Tetuán (Marruecos) en 1977 y con último domicilio conocido el del Letrado que le asiste, encausado por robo con fuerza en causa procedimiento abreviado n.º 109/01 del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

Ceuta, a 30 de agosto de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Minsiterio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General Seguridad Social

3.327.- El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en al relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente:

Providencia de Apremio. En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94) y el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. 24-10-95), ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente.

La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de quince días ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo de apremio, intereses en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación, así como para solicitar su comparecencia en el plazo de 8 días por sí o por medio de representante, con la advertencia de que si éste no se produce, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer, conforme dispone el artículo 109.4 del citado Reglamento General.


2.325
3.327 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001



Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse oposición al apremio dentro del plazo de los quince días siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que lo dictó, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.2 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución de la oposición.

Asimismo, y dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, que no suspenderá el procedimiento de apremio, hasta la resolución de la oposición.

Asimismo, y dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, podrá interponserse recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, que no suspenderá el procedimiento de apremio, salvo que se realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con aval suficiente o se consigue su importe incluido el recargo de apremio y el 3 por ciento a efectos de la cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas, a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 34.4 de la citad Ley General de la Seguridad Social.

Ceuta, 23 de agosto de 2001.- EL JEFE DE SERVICIO DE NOTIFICACION/IMPUGNAC.- Fdo.: Pedro María Sánchez Cantero.

Régimen 01 Régimen General

Reg. T./Identif. Raz. Social/Nombre Dirección C.P./Población TD Núm.Prov. Apremio Período Importe

111 10 51100343967 Ayala Ramírez, Jesús Bda. Benzú, 32 51004 Ceuta 03 51 2000 010444258 08 08 08 00 24.964

Régimen 05 R.E. TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

521 07 360053384877 Ahmed Abdes. Moh. Mtnez. Catena 51002 Ceuta 02 51 2001 010085539 07 00 12 00 266.271

521 07 411004736834 Moh. Ben Yakor Reduan C/. Duarte, 3 51001 Ceuta 02 51 2001 010085640 07 00 12 00 266.271

521 07 510002882209 Glez. Palacios Rodríg. V. de Africa 51002 Ceuta 02 51 2001 010088367 07 00 12 00 266.271

521 07 510003163812 Moh. Derdabi Hossain C/. Real, 94 51001 Ceuta 02 51 2001 010089074 07 00 12 00 266.271

521 07 510003481989 Marfil Postigo J. Mari Bd. Postigo P. Benítez 51002 Ceuta 03 51 2001 010112922 07 00 07 00 39.448

521 07 510003889086 Duarte Alonso Juana Mari Merc. Central, 3 51001 Ceuta 02 51 2001 010091603 07 00 12 00 266.271

521 07 510004332155 Amar Mohamed Hamadi C/. S. Prados (Prom) 51001 Ceuta 03 51 2001 010114538 07 00 10 00 157.790

521 07 510004937191 Machuca Saborido J. Ma Bd. José Zurrón, 36 51002 Cetua 02 51 2001 010097764 07 00 12 00 266.271

521 07 510004958413 Ortiz Terán Jorge C/. Tte. Coronel 51002 Ceuta 03 51 2001 010116659 07 00 07 00 39.448

521 07 510005272853 Abderrah. Ahmed Leila C/. S. Prados (Prom.) 51001 Ceuta 03 51 2001 010117669 07 00 10 00 157.790

521 07 510900078251 García Jiménez José Gr. S. Daniel, 2 51002 Ceuta 02 51 2001 010101000 07 00 12 00 266.271

521 07 511000377528 Sedeño García Pilar C/. J.O.P., 2 51002 Ceuta 02 51 2001 010103121 07 00 12 00 266.271

521 07 511000471595 Ahmed Madani Mohamed Av. Lisboa, 11 51002 Ceuta 03 51 2001 010119689 09 00 09 00 39.448

521 07 511000810893 Abdelasis Moh. Nawal C/. Padilla Ceuta Cen. 51001 Ceuta 03 51 2001 010120194 07 00 09 00 118.343

521 07 511000954575 Medina López Antonia M. C/. Real, 90 51001 Ceuta 02 51 2001 010105646 11 00 11 00 41.556

521 07 511001037835 Prieto Cruz Emilio Av. Otero, 6 51002 Ceuta 02 51 2001 010105949 07 00 12 00 266.271

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.328.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 537/99- PUERTA DE AFRICA, S.A.

-Obra, Servicio, Suministro: SERVICIOS DE ALOJAMIENTO DE LOS COMPONENTES DE LA UNIDAD DE MÚSICA DE LA GUARDIA REAL EN EL HOTEL MELIA CONFORT.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General Seguridad Social

3.329.- El Dtor. Prov. de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta U.R.E. 51/01, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta por deudas a la Seguridad Social, y por la cuantía total indicada, ha dictado la siguiente:

Providencia de Apremio: En uso de la facultad que me confiere el art. 34 de la LGSS/94, aprobado por RDL 1/94 de 20 de junio, (B.O.E. 29-06-94) y el art. 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sist. Seg. Soc., aprobado por R.D. 1637/95 de 6 de octubre (B.O.E. 24-10-95), ordeno la ejecución forzosa contra el patrimonio del deudor.

2.326
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.329



Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la Providencia de Apremio, conforme prevé el art. 109 del citado reglamento, mediante la publicación por Edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente.

El presente Edicto se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de quince días ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con apercibimiento de embargo en caso contrario, conforme dispone el art. 110 del citado reglamento, así como solicitar su comparecencia en el plazo de 8 días por sí o por medio de representante, al objeto de señalar domicilio para la práctica de las notificaciones a que hubiera lugar en el mismo, con la advertencia de ser declarado en rebeldía en caso contrario mediante providencia, sin que paralice el expediente y teniéndolo por notificado de los sucesivos trámites a todos los efectos, conforme dispone el art. 109 del citado reglamento.

A tenor de lo dispuesto en los arts. 111, 182, y 183 del ya mencionado reglamento y art. 129 de la O.M. de 26 de mayo de 1999, podrá formularse las impugnaciones que no agotan la vía administrativa, mediante:

- Oposición al apremio, a interponer facultativamente en el plazo de quince días contados a partir del siguiente a su notificación, ante la Dir. Prov. Tesorería General de la Seg. Soc., y exclusivamente alegando estas causas de oposición al apremio, (pago, prescripción, aplazamiento de pago o suspensión del procedimiento, falta de notificación, error material o aritmético en la determinación de la deuda, condonación. Este procedimiento se suspenderá hasta que se dicte la oportuna resolución, sin necesidad de que el interesado aporte garantías ni consigne el importe de la deuda, previsto en el art. 129 de la O.M., de desarrollo reglamentario.

Recurso de Alzada , en el plazo de un mes contado a partir del recibo de la notificación, ante la Dirección Provincial de la Tesorería Gen. de la Seguridad Social.

Se advierte que el procedimiento de apremio aunque se interponga recurso ordinario, no se suspenderá salvo que el deudor garantice el pago de los débitos perseguidos con aval suficiente o se consigne su importe, incluido en su caso los intereses correspondientes, así como el recargo de apremio y el 3% sobre estos como cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas, ante la Tesorería General, sin perjuicio de lo previsto sobre suspensión del procedimiento según el art. 111, y art. 176 y 177 respecto de la interposición y efectos de las tercerías.

Si el apremiado residiera fuera de la localidad donde se tramita el expediente, podrá designar en ésta a la personas que le represente y reciba las notificaciones pertinentes.

En Ceuta a 24 de agosto de 2001.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.

N.º Expte. Nombre/Raz. Social Domicilio Importe Ptas.

11/96/911 José Miguel Santiago Heredia Bd. Juan Carlos I, 59 1.º 372.708

88/750 José M.ª Marfil Postigo Playa Benítez, 16 37.908.132

89/386 Manuel Guillén Cala C/. Rampa Abastos, 5 9.830.700

93/417 Juan Ant. Holgado Seijas C/. Alfau, 4 1.842.709

93/429 Antonio Holgado Piñero C/. Gral. Mola, 38 1.º 286.582

93/436 Manuel Cobos Zafra C/. Queipo Llano, 27 bj. 261.290

96/71 José M.ª Gallego Sánchez C/. Padilla, 2 3.328.657

96/107 Abdelkader Hamido Haddu C/. Tte. Olmo, 2 400.119

96/196 Ramón González Rodríguez Bda. Juan Carlos I, 42 Bj. 953.260

96/230 Francisco Gaona Mata Bda. Ppe. Felipe, 8 Bj. 42.247

96/302 Pilar Alcántara Oliva C/. Gral. Aranda, 3 1.100.000

98/87 Rabeha Hamido Mohamed Mohamed Rsd. Medinaceli, 2 1.331.998

98/98 José Pino Olmo C/. Tte. Pacheco, 6 883.729

98/201 Rabeha Hamido Mohamed Mohamed Bda. Benítez, 29 Bj. 1.047.862

98/244 Mohamed Lahasen Hidar Bda. Ppe. Felipe, 2 1.311.538

98/266 José Luis Boronat Seco Pso. Palmeras, 14 10.920.759

98/292 Miguel Angel Gutiérrez López Bda. Monte Hacho, 8 Huerta 383.119

98/299 Karim Mohamed Amar C/. Gral. Sanjurjo, 15 2.º 1.535.259

99/48 Abdelkader Alí Ahmed Bda. Miramar Alto, s/n 897.619

99/122 Hamed Mohamed Abdeselam C/. Tejar Ingenieros, s/n 1.536.845

99/310 Rodiplu, S.L. Poblado Marinero, s/n 827.599

00/92 Abelhuajib Layachi Abdelkader Bda. Ppe. Alfonso, Alb. Municipal, 8 1.º 2.323.832

00/148 Ahmed Mourabi C/. Juan de Juanes, 1 1.º B 628.911

00/149 Juan Manuel Ligero ramos Bda. San Amaro, 3 427.746

00/172 Isamel Abdellatif Al Lal C/. Fco. Ruiz Sánchez, 8 11.º B 305.440

00/228 Const. Intecon Mediterráneo C/. Velarde, 22 4.954.208

00/284 Const. y Proyectos El Califa Avda. Compañía del Mar, s/n 1.260.357

01/40 Ramón Muñoz Torcuato Bda. J.O.P., 3 2.612.964

01/46 Farouk Bennis C/. La Legión, 9 466.230

01/219 Mohamed Abdela Amar C/. Soldado V. Almazán 39.192

01/228 Juan Manuel Ligero Ramos C/. Alvarez, 1 427.746

01/235 Fco. Javier Soriano Castro C/. Sargento Coriat, 2 4.º 38.117

01/250 Ligedenco, S.A. Poblado Marinero, s/n 177.198

01/277 Fco. Javier Martínez García C/. Real, 21 41.556

01/281 Fco. Javier Jiménez Alcaide C/. Ibiza, 7 1.º D 78.895

2.327
3.329 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001



N.º Expte. Nombre/Raz. Social Domicilio Importe Ptas.

01/283 Antonio Reviriego Guerrero C/. Romero de Córdoba, 24 221.893

01/287 Fortuna Multiservicios Poblado Marinero, s/ 21.727

01/292 Juan José Chicón García Bda. García Valiño, Pinar 185, 1 1.º D 88.757

01/293 José Miguel Domínguez Traverso Bda. San Amaro, s/n 114.105

01/294 Mohamed Abdelazid Ahmed C/. Lope de Vega, 12 44.379

01/296 Miguel Martín Pérez Bd. Juan XXIII, 4 3.º A 60.120

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto de Migraciones y Serv. Sociales

3.330.- La Dirección Provincial del Imserso en Ceuta en la tramitación de los expedientes indicados a continuación ha intentado notificar las resoluciones indicadas a continuación, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), modificada por ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del 14).

Expedientes Apellidos y Nombre

51/018/I/1999 Lebrón Morales, Dolores

51/166/I/2000 Díaz Sa, Rosa

Se advierte a los interesados que podrán interponer reclamación previa a la vía judicial social ante esta Dirección Provincial, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (B.O.E. del 11).

Ceuta, a 29 de agosto de 2001.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.331.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 539/99- PUERTA DE AFRICA, S.A.

-Obra, Servicio, Suministro: SERVICIOS DE ALOJAMIENTO DE LA JOVEN ORQUESTA NACIONAL.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

3.332.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 726/00- NAVARRO MONTES AGRO, S.L.

-Obra, Servicio, Suministro: SUMINISTRO DE MATERIAL DE JARDINERIA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto de Migraciones y Serv. Sociales

3.333.- La Dirección Provincial del Imserso en Ceuta en la tramitación de los expedientes indicados a continuación ha intentado notificar las resoluciones indicadas a continuación, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), modificada por ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del 14).

Expedientes Apellidos y Nombre

51/002/J/1994 Mohamed Ahmed, Hadduch

51/099/J/1994 Cuadrado Andreu, Dolores

51/029/J/1997 Abdelkader Bulaich, Sohora

51/307/I/1994 Amar Mohamed, Yamna

51/261/I/1996 Hossaien Hamu, Soadilla

51/075/I/1998 Domínguez Rojas, Francisca

Se advierte a los interesados que podrán interponer reclamación previa a la vía judicial social ante esta Dirección Provincial, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (B.O.E. del 11).

Ceuta, a 27 de agosto de 2001.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.

3.334.- La Dirección Provincial del Imserso en Ceuta en la tramitación de los expedientes indicados a continuación ha intentado notificar las resoluciones indicadas a continuación, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), modificada por ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. del 14).

Expedientes Apellidos y Nombre

51/300/J/1991 Mohamed Hamed-Marra, Habiba

51/040/J/1993 Mohamed Abdeselam, Hamadi

51/045/J/1998 Taghriti Mohamed, Zhora

2.328
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.340



51/092/J/2000 Haddu Mohamed-S. Abdeselam

51/398/I/1991 Las Heras Aviles, Africa

51/367/I/1993 Barroso López, Rosa M.ª

51/036/I/1997 Abdeselam El Ayat, Jadiya

51/182/I/2000 Abdel-Lah Dudoh, Fatima

Se advierte a los interesados que podrán interponer reclamación previa a la vía judicial social ante esta Dirección Provincial, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (B.O.E. del 11).

Ceuta, a 30 de agosto de 2001.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.335.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 58/00- AMELIA LAORDEN VELEZ

-Obra, Servicio, Suministro: SERVICIO DE UNA MONITORA DE PINTURA Y DIBUJO.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

3.336.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 775/00- SERRANO Y TELJU, S.A.

-Obra, Servicio, Suministro: SUMINISTRO DE 300 BORLARDOS MODELO CANARIAS Y 15 PAPELERAS MODELO FS-30 L.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

3.337.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expte: 513/97- CORSAN, S.A.

-Obra, Servicio, Suministro: OBRAS DE MEJORA DE ACCESOS, PROTECCIONES Y EVACUACION DE AGUAS PLUVIALES EN BARRIADA JOSE ZURRON.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.338.- En cumplimiento a lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica a D. Isidro Flores Contreras que D. NICCOLA CECCHI, en representación de ALICE FOOD S.L., solicita licencia de implantación de local sito en Avd. Lisboa, Edificio Robles II, local B-2, para ejercer la actividad de Producción de productos alimenticios.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día de la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Isidro Flores Contreras

Ceuta, 31 de Agosto de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.339.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 436/2000.- ARQUITECTURAS MALAKA, S.L.- SUMINISTROS EN REGIMEN DE ALQUILER, MONTAJE Y DESMONTAJE CASETAS FERIA CON MOTIVO DE FIESTAS PATRONALES 2000.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.340.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha veintisiete de Agosto del año dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

2.329
3.340 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001



"ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 23-10-2000 la Dirección General de Seguridad denuncia la realización de obras sin licencia en Barriada Postigo, junto a Residencial Villa Elena. Por Decreto de fecha 16-05-2001 se inicia expediente sancionador a D. Emilio Mendoza Cruz por la realización de obras sin la correspondiente licencia municipal.- Con fecha 24-05-2001 de entrada en el Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, D. Emilio Mendoza Cruz formula escrito de alegaciones en el que manifiesta no ser responsable de las obras que se le imputan.- Con fecha 7-05-2001 la Policía Local informa que D. Emilio Mendoza Cruz sólo es responsable de unos pequeños boquetes en el suelo para colocar unas barras de hierros y unas chapas de uralita a fin de proteger unos vehículos.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, las Administraciones Públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitidas por las Leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico. Competente en materia de Urbanismo, resulta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento en virtud del Decreto de delegación dictado por el Excmo.. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta con fecha 16 de febrero de 2001.

PARTE DISPOSITIVA

Revocar el Decreto de fecha 16-05-2001 por el que se iniciaba a D. Emilio Mendoza Cruz expediente sancionador y de restauración del orden urbanístico por no ser el responsable de las obras denunciadas".

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad, previstos en los Arts. 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de 1 mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (Arts. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio).

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro Recurso que estime procedente.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. Emilio Mendoza Cruz, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta 5 de Septiembre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.341.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 497/1997.- EL CORTE INGLES, S.A.- POLICIA LOCAL: SUMINISTRO DE 165 PLACAS.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.343.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull, por su Decreto de fecha 02-08-01 ha dispuesto lo siguiente:

"ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 22 de Junio de 2.001 el técnico municipal emite el informe n.º 1.211/01, cuyo tenor literal es el siguiente: "... se ha podido comprobar que el forjado de la planta 1.ª de dicha vivienda se encuentra en muy mal estado, estando en una zona apuntado. Visto el estado fatídico del resto de viguetas de dicho techo, se dio aviso urgente al servicio de Extinción de Incendios y Salvamento al objeto de que como medida cautelar se apuntalaron todas ellas... Por todo ello y dado el estado de agotamiento de la estructura de dicha edificación así como el peligro que supone la permanencia de personas bajo la misma, procede la declaración de RUINA INMINENTE, debiéndose realizar el desalojo de los ocupantes en el plazo de 48 h. Una vez desalojada se procederá al derribo de la misma y vallado del solar resultante. El presupuesto de demolición de dicha edificación, incluido el transporte de escombros a vertedero y vallado del solar con fábrica de bloques enfoscada exteriormente asciende a la cantidad de 1.200.000 ptas. en el plazo de 15 días". Por Decreto del Consejero de Fomento de 22-06-01, se declara la ruina inminente de la edificación, así como la obligación de desalojar en el plazo de 48 h. Solicitada y obtenida la oportuna autorización judicial de entrada en la vivienda, el técnico municipal emite con fecha 20-07-01 el informe n.º 1.403/01, cuyo tenor literal es el siguiente: "... procede el desalojo con fecha de lanzamiento el próximo día 16 de Agosto de 2.001 a las 10,00 h"- Consta en el expediente informe jurídico.

2.330
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.347



FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 183. Uno del R.-Dto. 1346/76: A Cuando alguna construcción o parte de ella estuviere en estado ruinoso, el Ayuntamiento, de oficio o a instancia de cualquier interesado, declarará y acordará la total o parcial demolición, previa audiencia del propietario y moradores, salvo inminente peligro que lo impidiera. Art. 183. Tres de la L.S. 1.976: Así el propietario no cumpliese lo acordado por el Ayuntamiento, lo ejecutará éste a costa del obligado. - Art. 184. Cuatro del mismo texto: A Si existiese urgencia y peligro en la demora, el Ayuntamiento bajo su responsabilidad, por motivos de seguridad, dispondrá lo necesario respecto a la habitabilidad del inmueble y desalojo de sus ocupantes. Art. 17 del R.D.U.: El procedimiento de declaración de ruina podrá iniciarse de oficio o a instancia del interesado.- Art. 26 del R.D.U., corrobora el contenido de las disposiciones de la L.S. mencionadas. Art. 28.2 del R.D.U.: Para el reintegro de los gastos hechos por la Admón. En la acción sustitutiva de la inactividad de los particulares.......... se seguirá el procedimiento de apremio. Decreto de la Presidencia de 31-07-01 en cuanto establece las competencias del Consejero de Fomento.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se fija el día 16 de Agosto de 2.001, a las 10,00 h. Como fecha para el lanzamiento de los ocupantes de la vivienda declarada en ruina inminente, sita en Fuente Terrones n.º 8, así como el desalojo de los bienes contenidos en la misma. 2.- Se notifica a la propiedad que deberá llevar a cabo la demolición en el plazo de 15 días, así como el vallado del solar resultante. 3.- Se pone en conocimiento de la propiedad igualmente, que si transcurrido dicho plazo, no se hubiese llevado a cabo por ésta la demolición, se realizará subsidia-riamente por la Admón., siendo por cuenta de aquélla los gastos ocasionados y pudiendo llegar al apremio sobre el patrimonio para hacer efectiva la deuda."

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad, previstos en los Arts. 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de 1 mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (Arts. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio).

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro Recurso que estime procedente.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de propietario desconocido en la dirección citada, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta 31 de Agosto de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.344.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 226/1999.- EL CORTE INGLES, S.A.- SUMINISTRO DE 180 TRAJES DE FAENA CON DESTINO A LA POLICIA LOCAL.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

3.345.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 200/1994.- CONSTRUCCIONES JOMASA, S.L.- EJECUCION SUBSIDIARIA DE DEMOLICION DE VIVIENDAS UBICADAS EN EL PASAJE ALHAMBRA Y PASAJE LIMA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

3.346.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 485/1997.- CONSTRUCCIONES JOMASA, S.L.- CEUTA CENTER: OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

3.347.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 508/1998.- CONSERMAN, S.L.- FUENTE TERRONES: OBRAS DE REMODELACION EN BARRIADA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

2.331
3.348 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001



3.348
.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 326/2000.- CONSERMAN, S.L.- OBRAS REPARACION DE LA JAULA DE MONOS DEL PARQUE DE SAN AMARO.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

3.349.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 265/2000.- CONSERMAN, S.L.- OBRAS DE REPARACION Y EQUIPAMIENTO EN LA BARRIADA ZURRON.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.350.- El Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Gobernación, en su Decreto de fecha 4-9-01 ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES

En fecha 1-8-01 D. Jesús Angel Maresco Moro, formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art. 942.1D del Reglamento General de Circulación(, expediente n.º 135.531.

De conformidad con el art. 79.2 del R.D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos de probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios denunciados.

Una vez concluida la instrucción del procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean
tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero).

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda otorgar Tramite de Audiencia al interesado con vista del expediente por término de diez días desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.

Ceuta, 4 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

3.351.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. Mohamed Merine Mohamed, con N.I.F.: 45083333K, casado con D.ª Batul Ahmed Mohamed, con N.I.F. 45088120R quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 175.535 Ptas.

Recargo de Apremio 35.107 Ptas.

Intereses y Costas pres. 167.390 Ptas.

Total 378.032 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. Mohamed Merine Mohamed, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Vivienda situada en la Calle General Gómez Morato, n.º 44, de esta Ciudad de Ceuta. Finca Número 17641, tomo 224, folio 218.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

2.332
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.355



Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Econtrándose D.ª Batul Ahmed Mohamed, el cónyuge del deudor en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de octubre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Penal

Número Uno de Ceuta

3.352.- Sra. Lidia León Chaparro Magistrado Juez.

Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue el Rollo P.A. 171/01 dimanante del Procedimiento 473/98 instruido por el Juzgado de Instrucción Número Tres de esta Ciudad, por el supuesto delito de robo con violencia, entre otros particulares se ha acordado.

Citar, mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D. Abdeselam Ahmed, nacido en Marruecos en 1936, hijo de Mali y de Sohora al objeto de que comparezcan ante este Juzgado, sito en la Entreplanta del Palacio de Justicia de Ceuta, C/. Serrano Orive, s/n, a fin de asistir a Juicio Oral, que se celebrará el próximo día 26 de septiembre de 2001 a las 11,00 horas.

No habiendo más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma al testigo anteriormente mencionado, expido el presente en Ceuta a tres de septiembre de dos mil uno.- EL MAGISTRADO JUEZ.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.353.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 56/2000.- CONSERMAN, S.L.- OBRAS DE DOTACION DE ACERADO Y BORDILLOS EN CARRETERA AUTONOMICA NUMERO 1.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

3.354.- En el procedimiento de Juicio Ejecutivo n.º 294/2000 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En Ceuta, a uno de septiembre de dos mil uno.

El Sr. D. Andrés Carreño Bolaños, Magistrado Juez de Primera Instancia Número Cuatro de Ceuta y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo 294/2000 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid representado por el Procurador D. Angel Ruiz Reina y bajo la dirección del Letrado sin profesional asignado, y de otra como demandados D.ª Dolores Martínez Vega, D. Ricardo Quirós Román y Almacenes Florido, S.L. que figuran declarados en rebeldía, en reclamación de cantidad y,

FALLO

Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra D.ª Dolores Martínez Vega, D. Ricardo Quirós Román y Almacenes Florido, S.L., hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe íntegro pago a Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid de la cantidad de 919.322 de principal y los intereses pactados y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dichos demandados.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Almacenes Florido, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Ceuta a cinco de septiembre de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

ANUNCIOS

RADIOTELEVISION DE CEUTA, S.A.

3.355.- 1.- Entidad adjudictaria:

a) Organismo: Radio Televisión Ceuta, S.A.

b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección General Financiera de Radio Televisión Ceuta S.A.

c) Número de expediente: 8/01

2.- Objeto del contrato:

a) Instalación y suministro de equipos de aire acondicionado para RTVCE, S.A.

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria

b) Procedimiento: Abierto

c) Forma: Concurso

4.- Presupuesto base de licitación: 2.850.000 de pesetas.

2.333
3.355 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001



5.- Garantía Definitiva: El 4% del importe de adjudicación.

6.- Obtención de documentos e información:

a) Entidad: Dirección General Financiera de Radio Televisión Ceuta, S.A.

b) Domicilio: Teniente Olmo n.º 2, 2.ª Planta derecha.

c) Localidad y Código Postal: Ceuta, 51001

d) Teléfonos: 856 20 00 57

e) Telefax: 956 51 21 49

f) Fecha límite para la obtención de documentos e información: cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

7.- Requisitos específicos del contratista: Los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el pliego de condiciones técnicas.

8.- Presentación de ofertas:

a) Fecha límite de presentación: cinco días hábiles siguientes al de la fecha del anuncio en el B.O.C.CE.

b) Documentación a presentar: la especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de presentación:

- Entidad: Registro de Radio Televisión Ceuta, S.A.

- Domicilio: C/. Teniente Olmo n.º 2, 2.ª planta derecha.

Localidad y Código Postal: Ceuta, 51001

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: El determinado en la Ley 2/2000, de 16 de junio.

9.- Apertura de ofertas:

a) Entidad: Radio Televisión Ceuta, S.A.

b) Domicilio: C/. Teniente Olmo n.º 2, 2.ª Planta.

c) Fecha y hora: A las 12 horas del día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas.

10.- Otras informaciones:

a) Gastos del anuncio: A cargo del adjudicatario.

En Ceuta, a 10 de septiembre de 2001.- EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION.- Fdo.: Manuel Cuadra Rouco.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

Dependencia de Inspección

3.356.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:

Apellidos y Nombre o Razón Social: Abdeselam Ahmed Mohamed, N.I.F.: 45105883 P

Acto Adtvo. a notificar: Resolución Acta de disconformidad A02-70418836 y resolución Expediente sancionador 51-71576514.

Apellidos y Nombre o Razón Social: Abdeselam Ahmed Mohamed, N.I.F.: 45105883 P

Acto Adtvo. a notificar: Documento de ingreso n.º de justificante 550101001615Z.

Documento de ingreso n.º de justificante 550101001616X.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia de Inspección de la Delegación de la Agencia Tributaria de Ceuta, sita en C/. Serrano Orive núm. 2-2.ª Planta, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, a 4 de septiembre de 2001.- V.º B.º EL DELGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo.: Patricio Terry Esquivias.- EL SUBJEFE DE UNIDAD.- Fdo.: Manuel Sánchez Uceda.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.357.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 325/2000.- CONSERMAN, S.L.- OBRAS ADECUACION PLAZA SANTIAGO PARA EL ACTO DEL DIA DE LA CONVIVENCIA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

3.358.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 172/2000.- CONSERMAN, S.L.- OBRAS DE MODIFICACION TRAZADO COLECTOR GENERAL AVDA. GRAL. MUSLERA-PADRE FEIJOO.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

2.334
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.363



3.359
.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 323/2000.- CONSERMAN, S.L.- OBRAS ADECUACION PARCELA DE LA MANZANA DEL REVELLIN, PARA APARCAMIENTO PROVISIONAL.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

3.360.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte.: 225/1999.- CONSERMAN, S.L.- OBRAS CONSTRUCCION FOSA EN PAVIMENTO PARA ALBERGAR PRODUCTO QUIMICO Y LIMPIAR RUEDAS VEHÍCULOS (FIEBRE AFTOSA).

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.361.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar el acto cuyo interesado/s y concepto/s tributario/s se especifican, a continuación:

Nombre y apellidos o Razón Social: Juan Avalos Carballo.

N.I.F.: 02466268R.

Concepto tributario: I.P.S.I. (Operaciones Interiores).

Acto: Acta de Comprobado y Conforme n.º 200/2001.

En virtud de lo anterior, se emplaza al citado sujeto pasivo o, en su caso, a su representante debidamente acreditado, para que comparezca en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia del Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad de Ceuta, sita en la 1.ª planta de la calle Padilla número 3, al objeto de practicar la notificación del referido acto.

Asimismo, se advierte al interesado que en el caso de no comparecer en el mencionado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, 10 de septiembre de 2001.- EL INSPECTOR DE FINANZAS.- Fdo.: Emilio Lozano García.

AUTORIDADES Y PERSONAL

3.362.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta D. Juan Jesús Vivas Lara, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente:

DECRETO

ANTECEDENTES DE HECHO

Por Decreto de 31 de julio de 2001 se reestructura el Gobierno de la ciudad en diferentes Consejerías, asumiendo la Presidencia de la ciudad la competencias ejercidas por la Ciudad sobre las materias atribuidas a la anterior Consejería de Relaciones Institucionales, Coordinación y Comunicaciones.

Por razones de organización y operatividad, se estima conveniente que determinadas materias sean asumidas por la Consejería de Presidencia y Gobernación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El art. 20 del Estatuto de Autonomía establece que corresponde a la Ciudad de Ceuta la competencia sobre la organización y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.

El art. 114 del Reglamento de la Asamblea dispone que, bajo la dirección del Presidente de la Ciudad y del Consejo de Gobierno, la Administración de la Ciudad se articula en Consejerías, Viceconsejería y Direcciones.

PARTE DISPOSITIVA

1.º- La Consejería de Presidencia y Gobernación asume las materias correspondientes a comunicaciones, publicidad, radiodifusión y medios de comunicación.

2.º- Dése cuenta de la presente resolución a la Asamblea de la Ciudad.

3.º- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Ceuta, 10 de septiembre de 2001.- EL PRESIDENTE.- Doy fe.- EL SECRETARIO GENERAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.363.- En cumplimiento a lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica que D. Aurelio Puya Rivas, en representación de Cecofar S.C.L., solicita licencia de implantación de local sito en C/ Muelle Cañonero Dato s/n, para ejercer la actividad de Almacén de Farmacia.

2.335
3.363 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001



En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del recibo de esta notificación, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Tablón del Iustre Ayuntamiento de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a D.ª María de la Merced Luque Ruiz.

Ceuta, 10 de Septiembre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

3.364.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Nicolás Fernández Cucurull , con fecha veintinueve de Agosto de dos mil uno, dictó el siguiente decreto:

"ANTECEDENTES

D.ª M.ª Angeles Rodas Rodas, solicita licencia de implantación para ejercer la actividad de Venta al Menor de Artículos a 100 pesetas, en local sito en C/ Jáudenes n.º 16. Por Decreto de fecha 21.10.00 se requiere al interesado para que en el plazo de 15 días presente documentación en la que se refleja la subsanación de las deficiencias indicadas por los Servicios Técnicos Municipales, indicándole que de no cumplimentar el requerimiento anterior se le tendrá por desistido de su petición previa resolución a tal efecto. Transcurrido el plazo concebido al interesado no se persona en el expediente al objeto de aportar la documentación requerida con anterioridad.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, nos permiten el archivo de las peticiones, si no se subsanan las deficiencias detectadas en la documentación presentada. El desempeño de las funciones en materia de licencias de implantación corresponde al Excmo. Sr. Consejero de Fomento, de acuerdo con la asignación de funciones efectuadas por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad, en su Decreto de fecha 31/07/01.

PARTE DISPOSITIVA

1º) Por todo lo expuesto procedería: Archívese la petición de D.ª M.ª Angeles Rodas Rodas, relativa a implantación de actividad de Venta al Menor de artículos a 100 pesetas, en local sito en C/ Jáudenes n.º 16."

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (art. 116.1 Ley 30/92, de 26 de Noviembre) y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio.

Lo que se publica a los efectos previstos en el Art. 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común mediante Anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a D.ª M.ª Angeles Rodas Rodas.

Ceuta, 10 de Septiembre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO GENERAL.

3.365.- En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica que D.ª Yamila Tuhamy Tuhamy, solicita licencia de implantación de local sito en Poblado Marinero local 14 , para ejercer la actividad de Cafetería Heladería.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día de la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Hatim El-Abdi Abdelhami.

Ceuta, 10 de Septiembre de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.366.- Por acuerdo del Pleno de la Asamblea de 11-7-01 se aprueba proyecto de Reglamento de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, en concordancia con el art. 97 del Reglamento de la Asamblea, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, significando que el expediente se encuentra a disposición de los mismos en las dependencias de la Consejería de Participación Ciudadana, Juventud y Festejos (C/. Tte. Olmo n.º 2, 3.ª Planta).

En Ceuta, a diez de septiembre de dos mil uno.- EL PRESIDENTE ACCTAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

AUTORIDADES Y PERSONAL

3.367.- El Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, Consumo y Deportes, en virtud de la delegación de competencias conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía, por Decreto de 16 de febrero y 31 de julio de 2001 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente

2.336
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.369



DECRETO

ANTECEDENTES DE HECHO

Por Decreto de esta Consejería de 18 de julio de 2001, publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta n.º 4029 de 27 de julio de 2001, se estableció la segunda convocatoria para la habilitación profesional como protésico dental. Terminado el plazo de solicitud de los aspirantes, se comprueba que no se ha presentado ninguna.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

La Base Cuarta de la Convocatoria establece que terminado el plazo de presentación de instancias, el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, Consumo y Deportes dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Palacio de la Asamblea y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, concediéndose un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación para la presentación de reclamaciones, a tenor del artículo 76.2 LRJ-PAC.

La competencia de la Consejería deviene de los Decretos de la Presidencia de la Ciudad de 16 de febrero y 31 de julio de 2001.

PARTE DISPOSITIVA

Se da por finalizado el procedimiento para la habilitación profesional como protésico dental ante la carencia de aspirantes.

Ceuta, 7 de septiembre de 2001.- EL CONSEJERO.- Fdo.: Justo Ostalé Blanco.- Doy fe.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

3.368.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los recursos de reposición interpuestos contra los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a la personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente: 1111/2001

Nombre y Apellidos: Ali Mohamed Assaidi

N.I.E.: X-03753570-Q

Nacionalidad: Irak

Fecha de Resolución: 22-08-2001

Expediente: 1112/2001

Nombre y Apellidos: Niamat Mahmoud Alí

N.I.E.: X-03753593-Q

Nacionalidad: Irak

Fecha de Resolución: 22-08-2001

Expediente: 1114/2001

Nombre y Apellidos: Djilali Brahim

N.I.E.: X-01047649-E

Nacionalidad: Argelia

Fecha de Resolución: 22-08-2001

Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. No pudiendo volver a interponer Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno de Ceuta.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.

Ceuta, a 30 de agosto de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social

Número Uno de Ceuta

3.369.- D. Manuel Villalta Jiménez, Oficial en funciones de Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Ceuta.

Hago Saber: Que en autos n.º 395/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. Mahayub Mohamed Musa Sasni contra la empresa Jiserco, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

Por presentada la anterior demanda, se admite a trámite. Se cita a las partes a los actos de juicio, y en su caso, al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencias de este Juzgado de lo Social sito en Ceuta, c/. Serrano Orive, s/n, el día 2 de octubre a las 10,25 horas de su mañana.

Dése traslado de copia de la demanda y demás documentos al demandado. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contrario y se admita por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Y para que le sirva de citación en legal forma a Jiserco, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Ceuta a cinco de septiembre del año dos mil uno.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revista forma de autor o sentencia, o se trate de emplazamiento.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

2.337
3.370 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001


 


3.370
.- En Ceuta a cinco de septiembre de dos mil uno.

La extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacer constar que, intentada la citación a Jiserco, S.L., por los medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al B.O.C. Doy fe.

Cédula de Citación

D. Manuel Villalta Jiménez, oficial en funciones de Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Ceuta.

Hago Saber: Que en autos n.º 382/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. Mahayub Mohamed Musa Sasni, contra la empresa Jiserco, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente:

Por presentada la anterior demanda, se admite a trámite. Se cita a las partes a los actos de juicio, y en su caso, al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencias de este Juzgado de lo Social sito en Ceuta, C/. Serrano Orive, s/n, el día veinte de septiembre a las 10,25 horas de su mañana.

Dése traslado de copia de la demanda y demás documentos al demandado. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contrario y se admita por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas se presentarán sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. Cítese al representante legal de la parte demandada al objeto de practicar la prueba de confesión judicial propuesta por la parte actora.

Y para que le sirva de citación en legal forma a Jiserco, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Ceuta a cinco de septiembre de dos mil uno.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.371.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. Mohamed Merine Mohamed, con N.I.F.: 45083333K, casado con D.ª Batul Ahmed Mohamed, con N.I.F. 45088120R quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 175.535 Ptas.

Recargo de Apremio 35.107 Ptas.

Intereses y Costas pres. 167.390 Ptas.

Total 378.032 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. Mohamed Merine Mohamed, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Vivienda situada en la Calle General Gómez Morato, n.º 44, de esta Ciudad de Ceuta. Finca Número 17641, tomo 224, folio 218.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D.Mohamed Merine Mohamed, el cónyuge del deudor en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.372.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. José Duarte Pérez con N.I.F: 45019946E, casado con D.ª M.ª Carmen Vidal Yesa, con N.I.F. 45022215Z quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 112.695 Ptas.

Recargo de Apremio 22.539 Ptas.

Intereses y Costas pres. 124.333 Ptas.

Total 259.567 Ptas.

 

2.338
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.374


Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-00, la siguiente:


Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. José Duarte Pérez, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Garaje situado en la calle Real n.º 73, en la planta sótano con el n.º 7, de esta Ciudad de Ceuta. Participe con el 50% del pleno dominio con carácter ganancial. Finca número 23353, tomo 376, folio 179.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D. José Duarte Pérez, el cónyuge del deudor en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.373.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. José Duarte Pérez con N.I.F: 45019946E, casado con D.ª M.ª Carmen Vidal Yesa, con N.I.F. 45022215Z quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 112.695 Ptas.

Recargo de Apremio 22.539 Ptas.

Intereses y Costas pres. 124.333 Ptas.

Total 259.567 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. José Duarte Pérez, deudor a la Ciudad
Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Garaje situado en la calle Real n.º 73, en la planta sótano con el n.º 7, de esta Ciudad de Ceuta. Participe con el 50% del pleno dominio con carácter ganancial. Finca número 23353, tomo 376, folio 179.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D. M.ª Carmen Vidal Yesa, el cónyuge del deudor en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.374.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. José Antonio Cortés Quintero con N.I.F: 45070390G, casado con D.ª Juana Ortiz Gutiérrez, con N.I.F. 45066830D quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 149.434 Ptas.

Recargo de Apremio 29.887 Ptas.

Intereses y Costas pres. 114.407 Ptas.

Total 293.728 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. José Antonio Cortés Quintero, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.


2.339
3.374 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001



Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Vivienda situada en la Avda. Polígono Virgen de Africa n.º 41; planta n.º 1; puerta n.º 2, de esta Ciudad de Ceuta. Finca número 19066, tomo 240, folio 197.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D.ª Juana Ortiz Gutiérrez, el cónyuge del deudor en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.375.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. José Antonio Cortés Quintero con N.I.F: 45070390G, casado con D.ª Juana Ortiz Gutiérrez, con N.I.F. 45066830D quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 149.434 Ptas.

Recargo de Apremio 29.887 Ptas.

Intereses y Costas pres. 114.407 Ptas.

Total 293.728 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. José Antonio Cortés Quintero, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Vivienda situada en la Avda. Polígono Virgen de Africa n.º 41; planta n.º 1; puerta n.º 2, de esta Ciudad de Ceuta. Finca número 19066, tomo 240, folio 197.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D. José Antonio Cortés Quintero, el cónyuge del deudor en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.376.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. José M. Borrás Estevez con N.I.F: 45007288Z, casado con D.ª Josefa Rodríguez Mouzo, con N.I.F. 45007708C quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 1.470.187 Ptas.

Recargo de Apremio 294.037 Ptas.

Intereses y Costas pres. 867.870 Ptas.

Total 2.632.094 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 3-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. José M. Borrás Estevez, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

2.340
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.378



Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: SOLAR, Parcela de terreno en el Campo Exterior s/n de esta Ciudad y sito Arroyo del Renegado. Afecto en un 33,33% del pleno dominio con carácter ganancial. Finca número 1435, tomo 41, folio 43.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D. José M. Borrás Estevez en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.377.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. José M. Borrás Estevez con N.I.F: 45007288Z, casado con D.ª Josefa Rodríguez Mouzo, con N.I.F. 45007708C quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 1.470.187 Ptas.

Recargo de Apremio 294.037 Ptas.

Intereses y Costas pres. 867.870 Ptas.

Total 2.632.094 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 3-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. José M. Borrás Estevez, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existen
cia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: SOLAR, Parcela de terreno en el Campo Exterior s/n de esta Ciudad y sito Arroyo del Renegado. Afecto en un 33,33% del pleno dominio con carácter ganancial. Finca número 1435, tomo 41, folio 43.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D.ª Josefa Rodríguez Mouzo, el cónyuge del deudor en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.378.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. José M. Borrás Estevez con N.I.F: 45007288Z, casado con D.ª Josefa Rodríguez Mouzo, con N.I.F. 45007708C quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 1.470.187 Ptas.

Recargo de Apremio 294.037 Ptas.

Intereses y Costas pres. 867.870 Ptas.

Total 2.632.094 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 3-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. José M. Borrás Estevez, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:


2.341
3.378 B. O. C. CE. - 4.043 Viernes 14 de septiembre de 2001


 

- Urbana: SOLAR, Parcela de terreno en el Campo Exterior s/n de esta Ciudad y sito Arroyo del Renegado. Afecto en un 33,33% del pleno dominio con carácter ganancial. Finca número 1435, tomo 41, folio 43.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D.ª María Teresa Borrás Ballesteros, como interesada con el 11,11% del pleno dominicio de carácter privativo, en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.379.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. José M. Borrás Estevez con N.I.F: 45007288Z, casado con D.ª Josefa Rodríguez Mouzo, con N.I.F. 45007708C quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 1.470.187 Ptas.

Recargo de Apremio 294.037 Ptas.

Intereses y Costas pres. 867.870 Ptas.

Total 2.632.094 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 3-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. José M. Borrás Estevez, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado
texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: SOLAR, Parcela de terreno en el Campo Exterior s/n de esta Ciudad y sito Arroyo del Renegado. Afecto en un 33,33% del pleno dominio con carácter ganancial. Finca número 1435, tomo 41, folio 43.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D. Juan José Borrás Ballesteros, como interesado con el 11,11% del pleno dominio de carácter privativo, en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.380.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. Fernando León Martínez con N.I.F: 28301124S, casado con D.ª Susana Figueroa Aladro, quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 1.79.235 Ptas.

Recargo de Apremio 35.847 Ptas.

Intereses y Costas pres. 149.106 Ptas.

Total 364.188 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. Fernando León Martínez, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

2.342
Viernes 14 de septiembre de 2001 B. O. C. CE. - 4.043 3.382



- Urbana: Vivienda situada en el Camino de la Costa s/n; planta n.º 1, puerta-A, de esta Ciudad de Ceuta. Finca número 12491, tomo 158, folio 88.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D. Susana Figueroa Aladro, el cónyuge del deudor en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

3.381.- En el expediente ejecutivo administrativo de apremio que se sigue contra el sujeto pasivo D. Fernando León Martínez con N.I.F: 28301124S, casado con D.ª Susana Figueroa Aladro, quienes han sido notificados por los conceptos e importe que a continuación se expresan.

Año Concepto Importe

Varios Imp. Bienes Inmuebles 1.79.235 Ptas.

Recargo de Apremio 35.847 Ptas.

Intereses y Costas pres. 149.106 Ptas.

Total 364.188 Ptas.

Por el Sr. Tesorero de esta Ciudad Autónoma se dictó con fecha 6-7-00, la siguiente:

Providencia: En caso de la facultad que me confiere el art. 105 del Reglamento General de Recaudación declaro incurso en apremio a D. Fernando León Martínez, deudor a la Ciudad Autónoma según se expresa en la presente certificación de descubierto, que se anotará en el registro correspondiente y será remitida seguidamente al Recaudador ejecutivo para la inmediata incoación del expediente de apremio, según las disposiciones de los artículos 93 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Y con fecha de hoy se ha dictado la siguiente:

Diligencia: Tramitándose por este Servicio de Recaudación de mi cargo, expediente ejecutivo-administrativo contra los expresados deudores, desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente suficientes para cubrir los débitos que se persiguen conforme al art. 112 del citado texto legal, declaro embargado los inmuebles pertenecientes a dichos deudores que a continuación se describe:

- Urbana: Vivienda situada en el Camino de la Costa s/n; planta n.º 1, puerta-A, de esta Ciudad de Ceuta. Finca nú
mero 12491, tomo 158, folio 88.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.f) del Reglamento General de Recaudación, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios requiriéndoles en dicho acto la entrega de los títulos de propiedad correspondientes, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación de los inmuebles embargados.

Expídase conforme al art. 126 del repetido texto legal el oportuno mandamiento de embargo al Sr. Registrado de la Propiedad de Ceuta y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente al Excmo. Ayuntamiento para la autorización de subasta. Firmado: El Tesorero. Rubricado.

Encontrándose D. Fernando León Martínez en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.

Ceuta, a 6 de septiembre de 2001.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

3.382.- Resolución de la Consejería de Fomento de la Ciudad Autónoma de Ceuta, con fecha 22 de agosto de 2001, por la que se adjudican las obras contenidas en los proyectos "Urbanización de la Plaza Azcárate y Refuerzo Estructural, y Acondicionamiento Geotécnico para la Urbanización de la Plaza Azcárate de Ceuta.

Entidad contratante:

Organismo: Ciudad de Ceuta

Dependencia que tramita el expediente: Sociedad de Fomento Procesa.

Número de expediente: 21/00

Objeto del contrato: Ejecución de las obras contenidas en los proyectos de "Urbanización de la Plaza Azcárate y Refuerzo Estructuras, y acondicionamiento Geotécnico para la Urbanización de la Plaza Azcárate de Ceuta.

Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

Tramitación: Ordinaria

Procedimiento: Abierto

Forma: Subasta

Presupuesto de adjudicación: 63.298.766 Ptas., (380.433,25 Euros).

Adjudicación:

Fecha: 22 de agosto de 2001

Adjudicatario: Ferrovialconservación, S.A.

Ceuta, 12 de septiembre de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

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