BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVI Viernes 20 de julio de 2001
Número 4.027
S U M A R I O
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.739.- Notificación a D. Antonio de Haro Varela, en expediente sancionador 131/2001.
2.740.- Notificación a D. Luis Antonio Morales Cortés, en Trámite de audiencia.
2.741.- Notificación a D. Vijaykumar Mangharam Paryani, en Trámite de Audiencia.
2.742.- Notificación a D. Mohamed Mohamed Abdel-lah, relativa al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
2.748.- Notificación a Ainara de Ceuta S.L., en expediente de solicitud de licencia de obras en c/ Real n.º 33 (expte. 42753/2001).
2.752.- Notificación a D. Luis Acosta Romero, en expediente de solicitud de licencia de obras en Pasaje Romero n.º 7-9 (expte. 46172/2001).
2.753.- Notificación a D. Hossain Mohamed Abdeselam, en expediente de solicitud de licencia de obras en c/ Francisco de Leria n.º 16 (expte. 14525/2001).
2.754.- Notificación a Promociones Ainara S.R.L., en expediente de orden de ejecución de obras en c/ Real n.º 41 (expte. 45785/2001).
Delegación del Gobierno en Ceuta
2.746.- Notificación a D.ª Chadia Ahmed Ahmed, en expediente de Obras Clandestinas 28/2001.
2.747.- Notificación a D. Abdeselam Ahmed Said, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 153/2001.
2.749.- Notificación a D. Abdeselam Ahmed Lahasen, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 129/2001.
2.750.- Notificación a D. Ignacio Castaño Chacón, en Resolución P. Ordinarios 149/2000.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.758.- Adjudicación del Premio de las Artes y la Cultura (4.ª edición) a D. Luis López Anglada.
2.772.- Corrección de errores del anuncio n.º 48, publicado en el B.O.C.CE Extraordinario n.º 15 de fecha 25 de mayo de 2001, relativo al Presupuesto General de la Ciudad para 2001.
AUTORIDADES Y PERSONAL
2.765.- Asunción de la Presidencia Acctal. por parte del Excmo. Sr. D. Alfonso Conejo Rabaneda, hasta regreso del Presidente titular.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Inspección
2.751.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
Autoridad Portuaria de Ceuta
2.735.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, relativas al abandono de vehículos en la zona portuaria.
2.756 B. O. C. CE. - 4.027 Viernes 20 de julio de 2001
2.756.- Notificación a D. Mohamed
Abdeselam Riduan, en Acuerdo Iniciación Exp. Sancionador 161/2001.
2.757.- Notificación a D. Abdelmalik Hamed-Hach Abdeselam, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 154/2001.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjero
2.766.- Notificación a D. Abdelouahab Souici, a D. Mohamed Riad Hechiche y a D. Daho Benzina, en expedientes 962/2001, 963/2001 y 967/2001, respectivamente.
2.767.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
2.768.- Notificación a D. Ben Smain Boutrouf Said y a D. Mohammed Abdesselam, en expedientes 10003/2001 y 1004/2001, respectivamente.
2.769.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
2.770.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Penal
Número Dos de Ceuta
2.745.- Citación a D. Abdelahak Smounat, en Rollo P.A. 208/2001-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número 2 de Ceuta.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
2.743.- Notificación a D. Said Mohamed, en Juicio de Faltas 202/2001.
2.744.- Notificación a D. Miguel Lobillo Córdoba, en Juicio de Faltas 278/2001.
2.755.- Notificación a D. Miguel Lobillo Córdoba, en Juicio de Faltas 292/2001.
2.771.- Citación a D. Mustafa Adragón, en Juicio de Faltas 233/2001.
2.773.- Notificación a los acreedores en Suspensión de Pagos 164/2000, a instancias de la sociedad "Sistemas de Recaudación S.L.".
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
2.736.- Citación a los herederos desconocidos de D.ª Victoria Requena Buanes y D. José. Masot Iborris, en Tercerías Juicio de Menor Cuantía 170/2000.
2.737.- Requisitoria a D. José Antonio Vázquez Torres, en Procedimiento Abreviado 46/2001.
2.738.- Requisitoria a D. Mohamed Zouaki, en Procedimiento Abreviado 53/2001.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.759.- Devolución de fianza a Servicios Integrales de Ceuta S.L. por la desinfección de parques y jardines, en expte. 689/2000.
2.760.- Devolución de fianza a Geotécnia y Cimientos S.A. Geocisa por la prueba de carga en forjado de la 1.ª planta del colegio público Santa Amelia, en expte. 88/97.
2.762.- Devolución de fianza a Necso Entrecanales Cubiertas S.A. por la reparación de viales varios y supresión de barreras arquitectónicas en Avda. Otero, en expte. 202/98.
2.763.- Devolución de fianza a Necso Entrecanales Cubiertas S.A. por el proyecto reformado de reparación viales y supresión de barreras arquitectónicas en Avda. Otero, en expte. 645/98.
2.764.- Devolución de fianza a Necso
Entrecanales Cubierta S.A. por el proyecto reformado de reparación de
viales y supresión de barreras arquitectónicas (contrato
previo, resuelto por error), en expte. 645/98.
1.956
Viernes 20 de julio de 2001 B. O. C. CE. - 4.027 2.739
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Autoridad Portuaria de Ceuta
2.735.- Se comunica que se encuentran depositados en la zona Portuaria y en estado de abandono desde hace más de dos (2) meses, los siguientes vehículos:
Vehículo matrícula V-6058-BJ (zona parking Estación Marítima).
Vehículo matrícula L-7234-K (zona Explanada de Poniente)
Vehículo matrícula SO WA 146 (zona frente a talleres Autoridad Portuaria).
Dichos vehículos, se encuentran en un estado lamentable de abandono, por lo que en consecuencia sirve como refugio a las ratas, basuras e indigentes.
Por todo ello, en aplicación del art. 71 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, modificado por la Ley 5/1997, de 24 de marzo, se comunica al posible interesado o propietario, que deberá retirar el citado vehículo en un plazo máximo de quince (15) días contados a partir de la presente publicación, pasados los cuales y de actuar en contrario, esta Entidad procederá a su tratamiento como residuos sólidos urbanos.
Ceuta, 12 de julio de 2001.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: José Fco. Torrado López.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado des Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
2.736.- En los autos de Juicio de Menor Cuantía se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimo la demanda deducida por la procuradora de los Tribunales D.ª Clotilde Barchilón Gabizón, actuando en nombre y representación de Gmac España, S.A. de Financiación, contra Caja Madrid, y declaro el mejor derecho de la actora, para cobrar las cantidades que se le adeudan por principal e intereses dimanantes de la Póliza de Préstamo suscrita el 5 de marzo de 1992 y con el producto de los bienes embargados a D.ª Victoria Requena Buades y a D. José Masot Iborris, se le haga pago por la cantidad de 1.061.912 Ptas. de principal, más los correspondientes intereses pactados en el contrato que se hayan devengados y se devenguen desde el vencimiento de cada una de las cuotas insatisfechas y hasta el completo pago de la deuda, con preferencia al crédito que ostenta el acreedor ejecutante de Caja de ahorros de Madrid, en el procedimiento de Cognición 20/93 del Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Ceuta. Sin imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que será conocido por la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Sexta con sede en Ceuta, y que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, plazo durante el cual las actuaciones permanecerán en secretaria a disposición de las partes.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y, para que sirva de notificación y citación a los herederos desconocidos de D.ª Victoria Requena Buanes, y D. José Masot Iborris, se expide la presente en Ceuta a veintisiete de junio de dos mil uno.- EL SECRETARIO.
2.737.- D. José Antonio Vázquez Torres, con D.N.I. 31.841.410-A, de nacionalidad española, hijo de Antonio y de María Angeles, nacido el 26-1-66 en Algeciras (Cádiz), con último domicilio conocido en C/. Infante D. Pedro n.º 5 (Algeciras) encausado por contra los derechos de los ciudadanos extranjeros en causa procedimiento abreviado n.º 46/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 4 de julio de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.
2.738.- D. Mohamed Zouaki, con Pte. marroquí G-399322, de nacionalidad marroquí, hijo de Benaisa y de Alula, nacido en 1958 en Jemaat El Harrafat (Marruecos), con último domicilio conocido en Taller de Chapa y Pintura de San Antonio (Ceuta), encausado por contra los derechos de los trabajadores en causa procedimiento abreviado n.º 53/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido encausado procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 4 de julio de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.739.- No siendo posible practicar la notificación a D. ANTONIO DE HARO VARELA, en relación al expediente sancionador n.º 131/01, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 30 de mayo de 2.001, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
La Policía Local denuncia D. ANTONIO DE HARO VARELA por arrojar papel (copia de la denuncia de tráfico) en la vía pública (Avda. Alcalde Antonio L. Sánchez Prados) el 15-5-01 a las 13,30 horas.
1.957
2.739 B. O. C. CE. - 4.027 Viernes 20 de julio de 2001
FUNDAMENTO DE DERECHO
1º.- El artículo 8.1 de la Ordenanza de Limpieza prohibe tirar en la vía pública toda clase de residuos. 2º.- El art. 135.A.1 de la misma norma tipifica como infracción leve el incumplimiento de las normas sobre limpieza de la vía pública como consecuencia del uso común general de los ciudadanos. 3º.- El art. 136 sanciona esta infracción con multa de hasta 25.000 pesetas. 4º.- El Consejero de Fomento y Medio Ambiente, ostenta competencia delegada del Presidente de la Ciudad por Decreto de 16-2-01.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se incoa expediente sancionador a D. ANTONIO DE HARO VARELA por infracción a la Ordenanza de Limpieza. 2º.- Se designa Instructor al Subdirector General de Calidad Ambiental, D. José Luis Colmenero Ruiz, que podrá ser recusado en cualquier momento del procedimiento. 3º.- Se concede al expedientado un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. 4º.- Se indica la posibilidad de que el presunto responsable puede reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos del art. 8 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto (resolución del procedimiento con imposición de la sanción que proceda). Lo que le traslado advirtiéndole que de no efectuar alegaciones en el plazo concedido, la iniciación podría ser considerada propuesta de resolución.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 6 de Julio de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
2.740.- Excmo. Sr. Consejero de Gobernación, en su Decreto de fecha a 25/06/01 ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES
En fecha 14/06/01 D. LUIS ANTONIO MORALES CORTES, formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art. 0941C 04 del Reglamento General de Circulación), expediente n.º 133.481.
De conformidad con el art. 79.2 del R. D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos de probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios denunciados.
Una vez concluida la instrucción del
procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano
correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni
sean
tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras
alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el
instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga
atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la
resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de
25 de febrero).
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda otorgar TRAMITE DE AUDIENCIA al interesado con vista del expediente por término de DIEZ días desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.
Ceuta, 2 de julio de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
2.741.- Excmo. Sr. Consejero de Gobernación, en su Decreto de fecha a 11/06/01 ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES
En fecha 08/05/01 D. VIAJAYKUMAR MANGHARAM PARYANI, formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art. 0942 1D del Reglamento General de Circulación), expediente n.º 129.321.
De conformidad con el art. 79.2 del R. D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos de probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios denunciados.
Una vez concluida la instrucción del procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero).
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda otorgar TRAMITE DE AUDIENCIA al interesado con vista del expediente por término de DIEZ días desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.
Ceuta, 18 de junio de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
1.958
Viernes 20 de julio de 2001 B. O. C. CE. - 4.027 2.746
2.742.- De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre,
General Tributaria, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1
de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado
la notificación al interesado o su representante por dos veces,
sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables
a la Administración, se pone de manifiesto, mediante el
presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar el
acto cuyo interesado y concepto tributario se especifican, a
continuación:
Nombre y apellidos o Razón Social: Mohamed Mohamed Abdel-lah.
N.I.F.: 45078844
Concepto tributario: Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Acto: Traslado de Decreto
En virtud de lo anterior, se emplaza al citado sujeto pasivo o, en su caso, a su representante debidamente acreditado, para que comparezca en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia del Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad de Ceuta, sita en la 1.ª planta de la calle Padilla número 3, al objeto de practicar la notificación del referido acto.
Asimismo, se advierte al interesado que en el caso de no comparecer en el mencionado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 11 de julio de 2001.- EL INSPECTOR DE FINANZAS.- Fdo.: Emilio Lozano García.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
2.743.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado des Instrucción Número Dos en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas n.º 202/01, sobre hurto, ha mandado notificar a D. Said Mohamed, la sentencia dictada con fecha 25 de junio de 2001 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo condenar y condeno a D. Said Mohamed, como autor de una falta de hurto del artículo 623,1.º del Código Penal, imponiéndole la pena de 30 días de multa a razón de una cuota diaria de 200 Ptas., y con aplicación subsidiaria de lo dispuesto en el artículo 53, debiendo indemnizar a D. Juan José Biondi Sáez, con 16.000 Ptas., y con expresa imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios. Unase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón.
Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de su notificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 10 de julio de 2001.- EL SECRETARIO.
2.744.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas n.º 278/01, sobre art. 636 del C.P., ha mandado notificar a D. Miguel Lobillo Córdoba, la sentencia dictada con fecha 24 de mayo de 2001 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo condenar y condeno a D. Miguel Lobillo Córdoba como autor de una falta del artículo 636 del Código Penal, imponiéndole la pena de 30 días de multa, a razón de una cuota diaria de 1.000 Ptas., y con aplicación subsidiaria de lo prevenido en el artículo 53, y con expresa imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios. Unase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón.
Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de su notificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 10 de julio de 2001.- EL SECRETARIO.
Juzgado de lo Penal
Número Dos de Ceuta
2.745.- Magistrado Juez, Sustituta D.ª Mercedes Pena Moreira.
Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue el Rollo P.A. 208/01-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Dos de esta Ciudad por el supuesto delito de favorecimiento de la inmigración ilegal. Entre otros particulares se ha acordado:
Citar, mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D. Abdelahak Smounat, al objeto de que comparezca ante este Juzgado de lo Penal Número 2, C/. Serrano Orive, s/n, a fin de asistir a la vista del juicio oral, que se celebrará el próximo día 6 de septiembre de 2001 a las 10,40 horas.
No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente en Ceuta a 12 de julio de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Delegación del Gobierno en Ceuta
2.746.- Como consecuencia de las actuaciones
practicadas por la Comandancia General de Ceuta, en
aplicación de las facultades de vigilancia y control previstas en el art.
6 de la Ley 8/75, de 12 de marzo, de zonas e Instalaciones
de interés para la Defensa Nacional, esta Delegación del
Gobierno ha tenido conocimiento de los siguientes hechos: "inicio
de una obra sin autorización de esta Delegación del
Gobierno
1.959
2.746 B. O. C. CE. - 4.027 Viernes 20 de julio de 2001
consistente en el vallado con bloques de hormigón para
realización de una vivienda de 64 m2 de superficie, Casas de
Llano, parcela 150, que motivan la iniciación del expediente
sancionador.
Por razón de lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo único, apartados tres y siete del R. D. 374/89, de 31 de marzo, que modifica el Reglamento de ejecución de la Ley 8/75,
ACUERDO
Primero: Incoar expediente sancionador ordinario a D.ª Chadia Ahmed Ahmed, provista de D.N.I. n.º 45.078.165, presunta responsable de los hechos arriba expuestos.
De probarse tales cargos, podría haber incurrido en responsabilidad administrativa, por la comisión de una infracción de las previstas en el art. 29 de la Ley 8/75 de 12 de marzo, que podría ser sancionada con acuerdo de demolición total o parcial, así como con multa de 65.000 Ptas., que para estas faltas previene la Disposición Adicional decimoséptima de la Ley 37/88, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, siendo competente para imponer esta sanción el Delegado del Gobierno, en virtud de lo establecido en el artículo único del R. D. 374/89, de 31 de marzo, apartado siete.
Segundo: Designar Instructor y Secretaria del referido expediente a D. Antonio G. Serrán Pagán y D.ª María Teresa Ramírez Alvarez, significando al interesado que podrá plantear la recusación de dichos funcionarios en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, con base en el art. 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero: Según lo establecido en art. 8 del R. D. 1389/93, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento sancionador, se comunica al presunto infractor la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad, con el fin de resolver automáticamente el procedimiento, con la imposición de la sanción que proceda.
Al mismo tiempo, se le comunica que el pago voluntario de la multa, en cualquier momento anterior al escrito de resolución, implicará la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Cuarto: Adoptar las medidas de carácter provisional necesarias para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, consistentes en la paralización temporal de la obra referida de conformidad con el art. 13.e) del R. D. 1398/93, de 4 de agosto.
Quinto: El interesado podrá formular alegaciones en cualquier momento con anterioridad al trámite de audiencia, trámite que se concederá por un plazo de 15 días, una vez notificada la propuesta de resolución.
El presente acuerdo será notificado al presunto responsable, a la Comandancia General de Ceuta y a los designados Instructor y Secretaria.
Lo que le comunico a los efectos de vigilancia y control previstos en el art. 6 de la Ley 7/85, de 12 de marzo, y apartado seis de R. D. 374/89, de 31 de marzo.
Ceuta, 10-5-2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
2.747.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Guardia Civil.
Denunciado: Abdeselam Ahmed Said, D.N.I. 45.100.983
Hechos Imputados. Portar en la vía pública un arma blanca (una navaja de 8 cms), el pasado día 23-3-01, a las 3,12 horas, cuando se encontraba en el Recinto Ferial, junto al Muelle Pesquero.
Precepto Infringido: Art. 26 j) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, en relación con el art. 146.1 y 157 f) del Reglamento de Armas.
Calificación: Infracción Leve.
Sanción que pudiera corresponder: De 0 a 50.000 Ptas.
Organo competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de quince días des de el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 25.000 Ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y a D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 20 de junio de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.748.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 27-06-01 ha dispuesto lo siguiente:
"ANTECEDENTES
D. José Manuel Rodríguez Carreto, en
representación de la Cía. Mercantil AINARA DE CEUTA, S.L.,
solicita licencia para realizar obras de construcción de edificio de
viviendas, locales y garajes en C/ Real 33 esquina Teniente
Arrabal n.º 4 de Ceuta. Acompaña proyecto básico de las
obras pretendidas, redactado por el Arquitecto Superior D.
Javier Arroyo Pérez, con visado del COACE n.º 001025 de
fecha 23.05.2001, cuyo presupuesto de ejecución material se
estima en 597.528.000 pesetas. Los Servicios técnicos
Municipales adscritos a la Consejería de Fomento y medio Ambiente de
la Ciudad Autónoma de Ceuta emiten informe con n.º de
registro 1.205/01 con el siguiente contenido: "Con respecto a la
solicitud de referencia se informa: Que la finca se encuentra
situada
1.960
Viernes 20 de julio de 2001 B. O. C. CE. - 4.027 2.750
en terreno clasificado como urbano y calificado en dos
áreas de reparto con tipología en manzana cerrada y una con V
plantas y aprovechamiento de 4,00 m2/m2 y otra con VI plantas
y un aprovechamiento de 4,8 m2/m2. La superficie del solar
según memoria es de 1.484,76 m2 de los cuales 523,72 m2
están en el área de reparto de VI plantas y 4,8 m2/m2 de
aprovechamiento y 961,04 m2 están en la de V plantas y 4,0 m2 de
aprovechamiento. Siendo la superficie computable según
proyecto de 5.644,89 m2 que cumple con el aprovechamiento
que son (6.538,01 m2) y con el criterio de edificabilidad por
plantas que es el marcado de 7.947,52 m2 en el proyecto. Por
lo anteriormente expuesto no existe inconveniente de orden
técnico en proceder a conceder la licencia diferida de obras.
Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El artículo 178 TRLS de 1976 sujeta a este tipo de actos a previa licencia municipal. En igual sentido el artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística y 5 de la ordenanza de Disciplina urbanística.- El Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y salud en las obras de construcción. El artículo 2.5.10 de las Normas Urbanísticas del PGOU establece que la licencia de obras podrá concederse sobre la base de un proyecto básico, pero en tales casos, su eficacia quedará suspendida y condicionada a la posterior obtención del correspondiente permiso de inicio de obras, una vez presentado y aprobado el proyecto de ejecución completo. El plazo de validez de las licencias es de seis meses. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencias en materia de licencias urbanísticas, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 16-02-01.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se concede a D. José Manuel Rodríguez Carreto, como representante de la Cía. Mercantil Ainara de Ceuta, S.L., la licencia para realizar obras de construcción de edificio de viviendas, locales y garajes en C/ Real n.º 33 esquina C/ Teniente Arrabal n.º 4 de Ceuta, de conformidad con el proyecto básico redactado por el Arquitecto Superior D. Javier Arroyo Pérez, con visado del COACE n.º 001025 de fecha 23.05.01.- 2º. La eficacia de la licencia a que se refiere el punto anterior queda diferida y condicionada a que en el plazo de 6 meses obtenga el correspondiente permiso de inicio de obras, una vez presentado y aprobado el Proyecto de ejecución y Estudio de Seguridad y Salud.- 3º.- Igualmente, dicho proyecto de ejecución deberá cumplir con las disposiciones exigibles correspondientes a lo dispuesto por el Real Decreto 279/99, de 22 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento regular de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones, en virtud del Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de Febrero de 1.998.- 4º.- Asimismo se advierte que la presente licencia se otorga salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a AINARA DE CEUTA, S.L., en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, 10 de Julio de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
Delegación del Gobierno en Ceuta
2.749.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Guardia Civil
Denunciado: Abdeselam Ahmed Lahasen, D.N.I.: 45.103.141
Hechos Imputados: Desobedecer los mandatos de la autoridad, el pasado día 28-2-01, cuando se encontraba en el Muelle Alfau, patroneando una embarcación y fue requerido para su identificación por los agentes actuantes, emprendiendo la huida en un vehículo Mercedes 250 (CE-8072-G).
Precepto Infringido: Art 26 h) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Calificación: Infracción Leve.
Sanción que pudiera corresponder: De 0 a 50.000 Ptas.
Organo competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de quince días desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 45.000 Ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 18 de junio de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
2.750.- ANTECEDENTES
Primero: Con fecha 27-6-00 el Delegado del Gobierno acordó la iniciación del presente expediente sancionador ordinario a D. Ignacio Castaño Chacón, presuntamente responsable de una infracción al art. 69.3.B.a) en relación con el art. 69.3.A.a) y f) de la Ley 10/90 del Deporte.
Segundo: Seguido el procedimiento con las formalidades reglamentarias preceptivas, se notificó con fecha 13-7-00 el acuerdo de iniciación al inculpado, concediéndole un plazo de 15 días, con el fin de formular alegaciones, y en su caso, proponer prueba.
Tercero: Transcurrido este plazo el interesado presentó las alegaciones que estimó convenientes a su defensa. Con fecha 27-7-00 se solicitó la ratificación de los hechos a Comisaría de Policía.
1.961
2.750 B. O. C. CE. - 4.027 Viernes 20 de julio de 2001
Cuarto: El día 19-3-01, el Instructor formuló la
propuesta de resolución proponiendo la sanción de 100.000
Ptas., concediendo un plazo de 15 días para presentar alegaciones.
Quinto: Con fecha 2-4-01 es notificada al inculpado dicha propuesta, presentando el correspondiente escrito de alegaciones.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero: Durante las actuaciones practicadas en el procedimiento sancionador instruido, han quedado plenamente demostrados los siguientes hechos: Lanzar una piedra impactando en la cara de un agente de seguridad, en el interior del Estadio Alfonso Murube, al finalizar el partido de fútbol entre el A.D. Ceuta y C.F. Gandía, el día 21-5-00.
Segundo: Estos hechos son constitutivos de una infracción de carácter grave, tipificada en el art. 69.3.B.a) en relación con el art. 69.3.A.a) y f) de la Ley 10/90 del Deporte.
En su virtud, Acuerdo:
Declarar a D. Ignacio Castaño Chacón, autor de la infracción expresada en los fundamentos anteriores, imponiéndosele una sanción de 100.000 Ptas. (601 Euros).
Contra esta resolución, podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro del Interior en el plazo de un mes, pudiendo presentarlo en este Centro o ante el superior jerárquico citado, de conformidad con lo establecido en el art. 21.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero.
En el supuesto de que no haga uso del derecho a recurrir, deberá hacer efectiva la sanción mediante ingreso bancario en cuanta centralizada del Banco Santander Central Hispano cuyos detalles se reseñan en el documento anexo, en el plazo de quince días, apercibiéndole que, transcurrido dicho término sin que el pago haya sido efectuado, se procederá a la ejecución forzosa de la sanción impuesta, mediante el procedimiento de apremio sobre patrimonio.
Ceuta, 18 de mayo de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
Documento de Ingreso
Datos que deberá hacer constar, en todo caso, la entidad bancaria.
DNI: 45.071.606
Apellidos y Nombre: Castaño Chacón, Ignacio.
Resolución/Concepto: 518/00/000149
CCC Ingreso: 0049-6253-96-2710006569
Importe Ptas.: 100.000 (601 Euros).
Titular de la cuenta corriente: Habilitación Pagaduría de Material de Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas.
Realizado el ingreso deberá remitir a esta Delegación del Gobierno fotocopia del presente documento de ingreso debidamente diligenciado por la Entidad Bancaria.
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Recaudación
2.751.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:
Apellidos y Nombre o Razón Social Acto Administrativo a notificar
Ahmed Amar Amar N.I.F. 45.084.914S
Fatima Abdelkader Mohamed N.I.F. 45.081.535V Resolución Acta de disconformidad A02-70399796 y resolución Exp. sancionador 51-71507774
Ahmed Amar Amar N.I.F. 45.084.914S Documento de ingreso n.º de justificante 550101001559Y
Documento de ingreso n.º de justificante 550101001560M
En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia de Inspección de la Delegación de la Agencia Tributaria de Ceuta, sita en C/. Serrano Orive núm. 2-2.ª Planta, al efecto de practicar la notificación del citado acto.
Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 6 de julio de 2001.- V.º B.º EL DELEGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo.: Patricio Terry Esquivias.- EL SUBJEFE DE UNIDAD.- Fdo.: Manuel Sánchez Uceda.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.752.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 2-07-01 ha dispuesto lo siguiente:
1.962
Viernes 20 de julio de 2001 B. O. C. CE. - 4.027 2.753
"ANTECEDENTES
Con fecha 04-06-01 de entrada en Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, D. Luis Acosta Romero solicita licencia para realizar obras en Pasaje Romero n.º 7-9.- Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan con fecha 14-06-01 (n.º 1.123/01) que: "Procedería requerir al interesado para que adjunte a la solicitud presentada la documentación establecida en el Art. 29 de la Ordenanza Reguladora de la Disciplina Urbanística, que dependiendo del tipo de obra sería: 1) Obras que afecten a la estructura del edificio, o lo aumenten de volumen, o supongan un cambio del aspecto o configuración exterior: Proyecto técnico redactado por facultativo competente y visado en el correspondiente colegio profesional que contenga, con carácter general, los documentos que se indican a continuación: Memoria descriptiva de la actuación prevista, así como justificativa de su adecuación a la normativa urbanística vigente y del cumplimiento de otras disposiciones legales que pudieran resultar aplicables. Planos a escala adecuada de parcela y/o plantas, así como de ubicación respecto al P.G.O.U. en vigor. Presupuesto de ejecución material calculado en función de precios actuales y ajustados al mercado local de la construcción.- 2) Obras de conservación y mantenimiento: reparación o sustitución de materiales de cubrición; reparación o sustitución de recubrimientos interiores o exteriores; reparación o sustitución de instalaciones de electricidad, fontanería o aparatos sanitarios; reparación o sustitución de carpinterías interior o exterior; etc.:
Definición precisa de las unidades de obra y evaluación económica de las mismas ajustada al mercado local de la construcción".- Por Decreto de fecha 21-06-01 se requiere por error a D. Abdeselam Mulay Ahmed. Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El Art. 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de Enero, dispone que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. Examinada la documentación obrante en el Expediente, se ha podido de constatar un error en el contenido del Decreto, consistente en archivar la petición de licencia en Edificio anexo al C.P. Juan Carlos I, en lugar de Explanada de la Marina junto a Puerto de Pescadores. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente, ostenta competencia en materia de licencias urbanísticas, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 16-02-01. En el mismo sentido el Art. 13 del Reglamento de la Presidencia. El Art. 71 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, establece que si la petición no reúne los requisitos señalados en la legislación específica se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días aporte la documentación específica.
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se requiere a D. Luis Acosta Romero para que en el plazo de 10 días presente la documentación referida en los antecedentes de este Decreto.- 2º) Se apercibe al interesado que de no cumplimentar el punto anterior en el plazo precitado, se archivará su petición previa resolución a tal efecto.- 3º) Se rectifica el Decreto de fecha 15-06-01, en su Parte Dispositiva, y entender que se requiere a D. Luis Acosta Romero."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Luis Acosta Romero, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, 10 de Julio de 2.001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
2.753.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 4-07-01 ha dispuesto lo siguiente:
"ANTECEDENTES
D. Hossain Mohamed Abdeselam solicita licencia para realizar obras de reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en C/ Francisco Lería n.º 16 de Ceuta. Acompaña a su solicitud Proyecto técnico básico y de ejecución de las mentadas obras redactado por los Arquitectos Superiores D.ª Ana Sales González y D.ª M.ª Teresa Cerdeira Bravo de Mansilla (Estudio de Seguridad y Salud inclusive) visado por el COACE a 07.02.2001 bajo el n.º 001018.- A posteriori adjunta documentación peticionada por los técnicos municipales consistentes en planimetría (planos de planta baja n.º 4, de alzado n.º 9 y plano de planta castillete, junto a ficha urbanística corregida visados por el COACE a 30.05.01 bajo n.º 001018. Los Servicios Técnicos municipales emiten informe n.º 1216/01 con el siguiente contenido: Presentada la documentación requerida según informe técnico n.º 508/01 se informa que no existe inconveniente de orden técnico ni urbanístico por lo que se podría conceder la solicitada licencia de obras. El presupuesto de ejecución material, incluido seguridad y salud, asciende a la cantidad de 7.086.760 pesetas.- El plazo de ejecución de las obras se establece en seis meses.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 178. TRLS de 1976 sujeta a este tipo de actos a previa licencia municipal. En igual sentido el artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística y 5 de la Ordenanza de Disciplina Urbanística.- El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencias en materia de licencias urbanísticas así como en el Area de disciplina urbanística de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 16.02.01.
PARTE DISPOSITIVA
1.º Se concede a D. Hossain Mohamed
Abdeselam licencia para realizar obras de reforma y ampliación de
vivienda unifamiliar en C/Francisco Lería n.º 16 de Ceuta
conforme al Proyecto Técnico básico y de ejecución
redactado por los Arquitectos Superiores D.ª Ana Sales González y
D.ª M.ª Teresa Cerdeira Bravo de Mansilla visado por el
COACE a 07.02.01 bajo el n.º de registro 001018, así como de
conformidad con la documentación corregida visada por
dicho COACE a 30.05.2001 bajo idéntico número de registro a
que se alude en los antecedentes de esta resolución (planos n.º 4
de planta baja, plano n.º 9 de alzado, plano planta castillete
y ficha urbanística corregida) .- 2º- Dicha licencia se
concede salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros,
fijándose el plazo de ejecución de las obras en seis meses.-
3º- El promotor comunicará a los Servicios Técnicos
municipales, con antelación mínima de 10 días, la fecha prevista para
la
1.963
2.753 B. O. C. CE. - 4.027 Viernes 20 de julio de 2001
terminación de las fases de construcción sujetas a plazo y
de aquellas otras que deban ser objeto de comprobación,
según previene el artículo 2.5.15.2 de las citadas Normas
Urbanísticas.- 4º- Comuníquese al interesado que al objeto de
facilitar el control de la ejecución de las obras, se instalará en
lugar visible y con anterioridad al inicio de aquellas, un cartel
que contenga los siguientes datos: objeto de la licencia, fecha
de concesión, plazo de iniciación, ejecución e interrupción
máxima de las obras y dirección facultativa.- 5º- Comuníquese
al interesado que habrá de respetar lo previsto en el Título V
de la Ordenanza de Limpieza, respecto de la recogida,
transporte y vertido de tierras y escombros, para lo que se le remite
copia de dicha norma.- 6.º-Comuníquese, asimismo, al
interesado que la presente licencia queda condicionada al
cumplimiento de la Ordenanza municipal sobre emisión de ruidos,
vibraciones y otras formas de energía, remitiéndose copia de la
misma.
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Hossasin Mohamed Abdeselam, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, 10 de julio de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
2.754.- Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 05-06-01 ha dispuesto lo siguiente:
"ANTECEDENTES
Con fecha 1 de junio de 2001, los Servicios Técnicos informan que realizada la demolición en C/ Real n.º 41, se observa que no se ha realizado vallado alguno de los solares a la vía pública ni al patio de manzana interior, con lo cual es peligroso para los que allí se introducen. Por todo ello, debiera procederse a dictar orden de ejecución de vallado de solar con fábrica de bloques de hormigón tomados con mortero de cemento de dosificación 1:6, enfoscados y pintados por la cara exterior así como colocación de puerta de entrada para mantenimiento de las condiciones higiénicas del solar.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de
Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de
procedimiento administrativo, contratos, concesiones,
expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y
demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por
lo establecido, con carácter general, por la legislación del
Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades
derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas
por el presente Estatuto. Según el artículo 10 del Reglamento
de Disciplina Urbanística, Real Decreto 2187/1978, de 23 de
junio, los propietarios de terrenos, urbanizaciones,
edificaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de
seguridad, salubridad y ornato público. Los Ayuntamientos y, en
su caso, los demás Organismos competentes, de oficio o a
instancia de cualquier interesado, ordenarán la ejecución de
las obras necesarias para conservar las condiciones
mencionadas en el apartado anterior. En el mismo sentido se pronuncian
los artículos 3.4.3, 3.4.5 y 3.4.7 de las Ordenanzas
Urbanísticas del PGOU.- Señala el artículo 3.4.7 de las NNUU del
P.G.O.U
que todo propietario de un solar deberá mantenerlo en las
condiciones de seguridad y salubridad que se establece en los
siguientes apartados: 1. Vallado: Todo solar deberá estar
cerrado mediante una valla de las determinadas en las
presentes normas. 2 .Tratamiento de la superficie: Se protegerán o
eliminarán los pozos o desniveles que puedan ser causa de
accidentes. 3.- Limpieza y salubridad: El solar deberá estar
permanentemente limpio. Desprovisto de cualquier tipo de
vegetación espontánea o cultivada. Sin ningún resto orgánico
o mineral que pueda alimentar o albergar animales o
plantas portadoras o transmisoras de enfermedades o producir
malos olores.- De conformidad con el artículo 84 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de
Procedimiento Administrativo Común, instruidos los
procedimientos e inmediatamente antes de redactar la propuesta de
resolución, se pondrán de manifiesto a los interesados, o en su caso, a
sus representantes. Los interesados, en un plazo no inferior a
diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los
documentos y justificaciones que estimen pertinentes.-
Competente en materia de Urbanismo, resulta el Excmo. Sr.
Consejero de Fomento y Medio ambiente en virtud del Decreto de
delegación dictado por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma de Ceuta con fecha 16 de febrero de 2001.
PARTE DISPOSITIVA
1) Se inicia el procedimiento para ordenar a los propietarios la adopción de las medidas enunciadas en los antecedentes de este Decreto.- 2) Se conceder a los interesados un plazo de diez días para que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a PROMOCIONES AINARA, S.R.L., en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente anuncio se hace Pública la anterior resolución.
Ceuta, 6 de Julio de 2001.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
2.755.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas n.º 292/01, sobre Art. 636 del C.P., ha mandado notificar a D. Miguel Lobillo Córdoba, la sentencia dictada con fecha 24 de mayo de 2001, y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo condenar y condeno a D. Miguel Lobillo Córdoba como autor de una falta del artículo 636 del Código Penal, imponiéndole la pena de 30 días de multa, a razón de una cuota diaria de 1.000 Ptas., y con aplicación subsidiaria de lo prevenido en el artículo 53, y con expresa imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios. Unase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón.
1.964
Viernes 20 de julio de 2001 B. O. C. CE. - 4.027 2.758
Contra la presente resolución pueden
interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial
de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de su notificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 10 de julio de 2001.- EL SECRETARIO.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Delegacion del Gobierno en Ceuta
2.756.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Guardia Civil.
Denunciado: Mohamed Abdeselam Riduan, D.N.I.: 45.091.315.
Hechos Imputados: Portar en la vía pública un arma blanca (navaja de 7 cms. con empuñadura de madera), el pasado día 1-4-01, cuando se encontraba en la N-354.
Precepto Infringido: Art. 26j) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana en relación con el art. 146.1 y 157 f) del Reglamento de Armas.
Calificación: Infracción Leve.
Sanción que pudiera corresponder: De 0 a 50.000 Ptas.
Organo competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de quince días desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 30.000 Ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, en el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 21 de junio de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
2.757.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Guardia Civil.
Denunciado: Abdelmalik Hamed-Hach Abdeselam, D.N.I.: 45.075.676.
Hechos Imputados: Portar en la vía pública un arma blanca (una navaja de 11 cms. de hoja), el pasado día 6-3-01, a las 3,20 horas, cuando se encontraba en la Playa Benítez.
Precepto Infringido: Art. 26 j) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, en relación con el art. 146.1 del Reglamento de Armas.
Calificación: Infracción Leve.
Sanción que pudiera corresponder: De 0 a 50.000 Ptas.
Organo competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 20.1 d) Ley Orgánica 1/92).
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de quince días desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 25.000 Ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 20 de junio de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.758.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad de Ceuta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 1/1995) y los artículos 21 de la Ley 7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente
DECRETO
Vista la Propuesta del Tribunal Seleccionador constituido para la concesión del Premio de las Artes y de la Cultura (4.ª Edición) y de acuerdo con la Base Octava de la Convocatoria, vengo en disponer la adjudicación del mismo a D. Luis López Anglada.
Comuníquese al interesado la presente resolución y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, 11 de julio de 2001.- EL PRESIDENTE.- Doy fe.- EL SECRETARIO GENERAL.
1.965
2.759 B. O. C. CE. - 4.027 Viernes 20 de julio de 2001
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.759.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte: 689/00 - SERVICIOS INTEGRALES DE CEUTA, S.L. - DESINFECCION DE PARQUES Y JARDINES.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 16 de Julio de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
2.760.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte: 88/97 - GEOTECNIA Y CIMIENTOS, S.A. (GEOCISA) - COLEGIO PUBLICO SANTA AMELIA: PRUEBA DE CARGA EN FORJADO DE LA 1.ª PLANTA (ADJUDICACION POR VIA DE URGENCIA).
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 16 de Julio de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
2.762.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte: 202/98.- NECSO ENTRECANALES CUBIERTAS ,S.A. - AVENIDA OTERO: REPARACION DE VIALES VARIOS Y SUPRESION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 10 de Julio de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
2.763.- Transcurrido el plazo de garantía
establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho
exigi
ble contra el adjudicatario, pueden presentar
reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para
responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte: 645/98 - NECSO ENTRECANALES CUBIERTAS ,S.A. - PROYECTO REFORMADO (DEL EXP. 202/98) REPARACION VIALES Y SUPRESION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS EN AVDA. OTERO.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, 16 de Julio de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
2.764.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte: 645/98 - NECSO ENTRECANALES CUBIERTAS ,S.A. - PROYECTO REFORMADO (DEL EXPTE.: 202/98) DE REPARACION DE VIALES Y SUPRESION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS EN AVDA. OTERO. (CONTRATO PREVIO, RESUELTO POR ERROR).
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, 16 de Julio de 2.001.- EL SECRETARIO GENERAL.
AUTORIDADES Y PERSONAL
2.765.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, con fecha 17 de los corrientes, ha dispuesto lo siguiente:
"Debiéndome ausentar de la Ciudad, por motivos oficiales, a partir del próximo día 18 de los corrientes, visto lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de la Presidencia y demás disposiciones concordantes del Régimen Local.
VENGO EN DISPONER
Que asuma la Presidencia, con carácter accidental, el Excmo. Sr. D. Alfonso Conejo Rabaneda, Consejero de Hacienda, a partir del próximo día 18 de los corrientes y hasta mi regreso. Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad"
Lo que le traslado a los efectos procedentes.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
2.766.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de
1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las
resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición
adicional
1.966
Viernes 20 de julio de 2001 B. O. C. CE. - 4.027 2.768
cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las
personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha de Resolución
962/01 Abdelouahab Souici X-03741112-R Argelia 29-06-2001
963/01 Mohamed Riad Hechiche X-03740631-A Argelia 29-06-2001
967/01 Daho Benzina X-03740803-Z Argelia 29-06-2001
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno en Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
2.767.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha de Resolución
998/01 Ahmed Emaz Uddinq X-03742465-C Blangadesh 04-07-2001
999/01 Youcef Benslama X-03744135-B Argelia 04-07-2001
1000/01 Mansour Bouras X-03749758-E Argelia 04-07-2001
1001/01 Mohamed Dalih X-03749576-R Argelia 04-07-2001
1002/01 Khaled Bordji X-01943703-L Argelia 11-07-2001
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno en Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
2.768.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha de Resolución
10003/01 Ben Smain Boutrouf Said X-03760571-W Argelia 11-07-2001
1004/01 Mohammed Abdesselam X-03764134-T Argelia 11-07-2001
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno en Ceuta.
1.967
2.768 B. O. C. CE. - 4.027 Viernes 20 de julio de 2001
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.-
EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO
GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
2.769.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición Adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha de Resolución
217/2001 Dogba Solete X-03490991-M Togo 06-02-01
218/2001 Bacary N`Diaye X-03490960-C Guinea Bissau 06-02-01
219/2001 Festus Egienruwa X-03490803-R Nigeria 06-02-01
220/2001 Abel Fregene X-03490775-L Nigeria 06-02-01
221/2001 Murphy Adekoya X-03490749-Q Nigeria 06-02-01
222/2001 Oumar Drame X-03490683-L Gambia 06-02-01
223/2001 Fely Feda Osmad X-03490651-X Sierra Leona 06-02-01
224/2001 Peter Idogeni X-03494482-T Nigeria 06-02-01
225/2001 Joseph Oziegbe X-03493598-J Nigeria 06-02-01
226/2001 Monday Ojobor X-03493550-B Nigeria 06-02-01
227/2001 Godwin Ugbejie X-03493393-S Nigeria 06-02-01
228/2001 Mathew Osas X-03493320-B Nigeria 06-02-01
229/2001 Bright Agbonzee X-03493272-D Nigeria 06-02-01
230/2001 Vincent Oviasuyi X-03497789-H Nigeria 06-02-01
231/2001 Prince Sunday X-03497750-W Nigeria 06-02-01
232/2001 Josef Omoregie X-03497252-X Nigeria 06-02-01
233/2001 Paul Amen X-03497225-Y Nigeria 06-02-01
234/2001 Samuel Bernard X-03496842-Z Nigeria 06-02-01
242/2001 Kenneth Martin X-03494646-A Nigeria 06-02-01
243/2001 Johnbull Moaragbon X-03494527-E Nigeria 06-02-01
244/2001 Christian Ugwu X-03498886-B Nigeria 06-02-01
245/2001 Nosa Omoregie X-03498843-Z Nigeria 06-02-01
246/2001 Gabriel Ibikunle X-03499575-X Nigeria 06-02-01
247/2001 Blessing Mwosw X-03499555-J Nigeria 06-02-01
249/2001 Onoriode M.A. Awaritoma X-03499727-R Nigeria 06-02-01
250/2001 Ausgne Deigo Ogbeide X-03501623-B Nigeria 06-02-01
251/2001 Hendrix Okhions X-03501673-S Nigeria 06-02-01
252/2001 Henry Eroan X-03501705-R Nigeria 06-02-01
253/2001 Emmanuel Ogboi X-03506540-Y Nigeria 06-02-01
254/2001 Linus Anusie Kevins X-03506499-B Nigeria 06-02-01
255/2001 Mackel Olayin X-03506289-P Nigeria 06-02-01
256/2001 Willians o Usifoh X-03506410-Z Nigeria 06-02-01
736/2001 Djibril Balde X-03671200-D Sierra Leona 23-05-01
294/2001 Atiti Idahosa X-03513646-M Nigeria 09-04-01
448/2001 Cyrille Milanda X-03543589-W R.D. Congo 14-05-01
556/2001 Ibrahima Diallo X-03565690-T Rep. Guinea 09-04-01
598/2001 Mohamed Mouhtadi X-03617295-Q Argelia 25-04-01
599/2001 Mohammed Yahioui X-03617277-K Argelia 25-04-01
600/2001 Karim Beloumi X-02214718-W Argelia 26-04-01
833/2001 Youcef Boucema X-03703522-Q Argelia 12-06-01
244/2000 Jun Wang X-03107535-M R. P. China 22-05-01
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno en Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.
Ceuta, a 3 de julio de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
1.968
Viernes 20 de julio de 2001 B. O. C. CE. - 4.027 2.773
2.770.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de
1992) modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las
resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición
adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las
personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar.
Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha de Resolución
989/01 Aziz Bakhtache X-03750209-J Argelia 01-04-01
990/01 Zohir Bellefaa X-03750201-M Argelia 04-07-01
991/01 Rachid Boubidi X-03750194-K Argelia 04-07-01
992/01 Noureddine Bourjdi X-03750186-J Argelia 04-07-01
993/01 Dahou Hattou X-03750182-D Argelia 04-07-01
994/01 Dahou Benhalima X-03750176-A Argelia 04-07-01
995/01 Kada Bekkouche X-03750168-H Argelia 04-07-01
996/01 Daho Chafir X-03750163-J Argelia 04-07-01
997/01 Abdelkader Doubi Bouhoua X-03749712-E Argelia 04-07-01
Contra estas resoluciones que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro del plazo de 2 meses contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Pudiendo interponer previamente en cualquier caso si a su derecho conviene Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes una vez publicado, ante la Delegación del Gobierno en Ceuta.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Oficina Unica de Extranjeros en Ceuta.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4, LEY 6/97 DE 14 DE ABRIL "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
2.771.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de Juicio de Faltas n.º 233/01, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Mustafa Adragón, en calidad de denunciante/denunciado a fin de que comparezca el próximo día 23 de julio de 2001, a las 10,50 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 14 de julio de 2001.- EL SECRETARIO.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.772.- Advertidos diversos errores en la publicación del BOCCE de 25 de mayo de 2001 por el que se publicaba el Presupuesto General de la Ciudad para el 2001, se procede a la corrección de los mismos en los siguientes términos:
1.º Se suprimen las páginas 382, 383, 384, 385, 386 y 387 por haber sido repetidas.
2.º En la Relación A):
- Página 389:
- Donde dice "Cabo Alumbrado Público" debe decir "Capataz Alumbrado Público".
- La plaza de Ingenieros de Caminos que aparecen como vacante debe aparecer como en propiedad.
- Página 392:
- El número de plazas en propiedad de Repartidor de carne es de 1, en lugar de 2.
- Debe aparecer una plaza de Técnico Superior en Teconología Informática como vacante.
3.º En la Relación C):
- Página 398:
- Las plazas de Auxiliares Grupos Políticos aparecen 6 en propiedad y debe aparecer 4 en propiedad y 2 vacantes.
- El número de plazas de Asesores es de 8, en lugar de 9.
- Debe aparecer una plaza de Asesor Técnico del Gabinete del Presidente.
En Ceuta, a 14 de julio de 2001.- EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RECURSOS HUMANOS.- Fdo.: Juan José Rosales Fernández.
ADMINISTRACION DE JUSTICA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
2.773.- D.ª M.ª Begoña Cuadrado Galache, Magistrada Juez de Primera Instancia Número Dos de Ceuta.
1.969
2.773 B. O. C. CE. - 4.027 Viernes 20 de julio de 2001
Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo se tramita procedimiento de Suspensión de Pagos bajo el n.º
164/00, a instancias de la sociedad "Sistemas de Recaudación,
S.L.", en el cual se ha acordado quedar interrumpidas todas las
operaciones del deudor, designándose como interventor al
"Banco Popular Español, S.A.".
Y para que sirva de notificación de la incoación de dicho expediente a los acreedores, se extiende la presente en forma a partir de su publicación en el Boletín Oficial de esta Ciudad Autónoma y en el de la Provincia de Málaga.
Dado en Ceuta a cinco de julio de dos mil uno.-
LA MAGISTRADA JUEZ.- EL SECRETARIO.