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BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVI Viernes 4 de mayo de 2001 Número 4.005



S U M A R I O
1.661.- Información pública del expediente de licencia de implantación solicitada por D. Fidel Molina Martínez, en representación de Superdistribución Ceuta S.L., para ejercer la actividad de Supermercado, en Avda. Regulares s/n.

1.662.- Notificación a los propietarios del solar sito en Avda. de Lisboa, frente a la entrada trasera del Acuartelamiento de Regulares, en expediente de orden de ejecución de obras (expte. 63790/98).

1.663.- Notificación a los propietarios del solar sito en c/ Estrella y Pasaje Alhambra, en expediente de orden de ejecución de obras (expte. 72799/98).

1.664.- Notificación a Dª. Karima Mohamed Ahmed, en expediente de realización de obras sin licencia en c/ Alta, 6 (expte. 2474/2001).

1.665.- Notificación a Geotécnia y Cimientos S.A., en expediente de protección de legalidad urbanística 17739/2001.

1.666.- Notificación a D. Francisco Javier Sánchez Carrillo, a D. José Artiel Lar y a D. Agustín Albarracín Castillo, en expediente de orden de ejecución de obras del inmueble sito en Plaza de Africa, 12 (expte. 8582/2001).

1.667.- Notificación a los propietarios desconocidos del inmueble sito en Fuentes Terrones nº 8, en expediente de orden de ejecución de obras (expte. 51368/99).

1.668.- Notificación a Dª. Fatima Abdeselam Ahmed Taieb, en expediente de realización de obras sin licencia en c/ Molino, 34 (expte. 19803/96).

1.669.- Notificación a Dª. Pilar Sánchez Valcarcel, en expediente sancionador 39/2000.

1.670.- Notificación a D. Felipe Oscar Morante Pablos, en expediente 9170/2000.

1.671.- Notificación a D. Manuel Contreras Palacios, en expediente de realización de obras sin licencia en c/ Estrella, 40 (expte. 90119/2000).

1.672.- Notificación a D. Mohamed Maimon Amar Belnati, en expediente de realización de obras sin licencia en El Palmar, s/n (expte. 47249/97).

AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.674.- Cese de D. Manuel Merlo García del Vello, como Director General de Cultura y nombramiento de Dª. Mª. Dolores Linares Díaz.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

1.686.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.657.- Notificación a los propietarios de la edificación sita en Patio Castillo nº 2, en expediente de declaración de ruina inminente (expte. 11700/2001).

1.658.- Notificación a D. Antonio Piña Navarro, en expediente de licencia de implantación solicitada por D. Mustafa Mohamed Laychy, para ejercer la actividad de Almacén y Obrador de Carne, en local sito en Bda. Juan Carlos I nº 14.

1.659.- Notificación a D. Hadduch Mohamed Abdeselam, en expediente de licencia de implantación solicitada por D. Mustafa Mohamed Laychy, para ejercer la actividad de almacén y Obrador de Carne, en local sito en Bda. Juan Carlos I nº 14.

1.660.- Notificación a Dª. Rosario Fajardo Heredia, en expediente de licencia de implantación solicitada por D. Mustafa Mohamed Laychy, para ejercer la actividad de Almacén y Obrador de Carne, en local sito en Bda. Juan Carlos I nº 14.

1.673 B. O. C. CE. - 4.005 Viernes 4 de mayo de 2001



1.673
.- Notificación a D. Mohamed Maimon Amar Belnati, en expediente de realización de obras sin licencia en El Palmar, s/n (expte. 47249/97).

1.689.- Notificación a los propietarios del edificio sito en c/ Jáudenes nº 18, en expediente de orden de ejecución de obras (expte. 3714/2001).

1.691.- Notificación a Dª. María Ortega Sánchez, relativa a baja en el Registro Sanitario de Alimentos.

1.692.- Corrección de errores del B.O.C.CE 4.004 de fecha 1 de mayo de 2001, relativa a la fecha de publicación.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

1.650.- Notificación a D. Amar Ahrouch, en Procedimiento de regularización 68 R.

Ministerio de Fomento

Capitanía Marítima de Ceuta

1.649.- Notificación a D. Rafael Mérida Ramos, a D. Mohamed Ali Buselham y a D. Latif Hamed Hamu, en expedientes 01-340-0014, 01-340-0016 y 01-340-0023, respectivamente.

1.656.- Notificación a D. Yamal Abdel-Lah Layasi, a D. Juan Carlos Ruiz Postigo y a D. Mohamed Said Mohamed Lal Arbib, en expedientes 01-340-0024, 01-340-0048 y 01-340-0049, respectivamente.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Penal

Número Dos de Ceuta

1.675.- Citación a Dª. Fatima Hahouch y a D. Ali Hahouch, en Rollo P.A. 154/2001-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta.

1.676.- Citación a D. Yamil Abdelhak, en Rollo P.A. 97/2001-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta.

1.685.- Citación a D. Alberto Corral Menjibar, en Rollo P.A. 417/2000-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.

1.687.- Citación a D. Mohamed Ben Amar y a D. Alzar Khalid, en Rollo P.A. 155/2001 I, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.

1.688.- Citación a D. Ali Bouhtat, a D. Said Alhaceme y a D. Abdelkader Blahama, en Rollo P.A. 160/2001-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

1.677.- Citación a D. Alejandro Gómez Rodríguez, en Juicio de Faltas 79/2001.

1.678.- Requisitoria a D. Raju Ramesh Daswani, en Diligencias Previas 233/2000.

1.679.- Citación a D. Nordin Abdel-Lah, en Juicio de Faltas 87/2001.

1.684.- Citación a D. Mustafa Hamadi Hassan, en Juicio de Faltas 71/2001.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.651.- Requisitoria a D. Said Mohamed, en Procedimiento Abreviado 51/2001.

1.652.- Notificación a D. Said Mohamed, en Juicio de Faltas 170/2001.

1.653.- Notificación a D. Khaliti Fahd, en Juicio de Faltas 545/2000.

1.655.- Requisitoria a D. Said Aziz, en Procedimiento Abreviado 54/2001.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

1.654.- Requisitoria a D. Sellam El Ouahabi, en Procedimiento Abreviado 317/2000.

1.681.- Requisitoria a D. Laarbi Mohamed, en Procedimiento Abreviado 17/2001.

1.682.- Citación a Dª. Catalina Oliver Romero, en Juicio Verbal 207/2000.

1.683.- Citación a D. Youssef Boudual, en Juicio de Faltas 680/2000.

1.690.- Requisitoria a D. Auari Bilal, en Procedimiento Abreviado 17/2001.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

1.680.- Notificación a la empresa Gaets-92 S.A., en Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado 444/93.

1.238
Viernes 4 de mayo de 2001 B. O. C. CE. - 4.005 1.650



Segundo: Conforme a lo dispuesto en el articulo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se ha dado al interesado el tramite de audiencia concediéndole un plazo de 15 días dentro del cual no se persona en el expediente, no formula alegación alguna ni presenta nueva documentación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: La Delegación del Gobierno es competente para resolver la solicitud formulada en base a la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, en relación con el articulo 57 y 96 del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/85, de I de julio, aprobado por Real Decreto, 155/1996, de 2 de febrero, así como, el articulo 4 del Real decreto 2725/1998, de 18 de diciembre y el articulo 4.1 del Real Decreto 239/2000, de 18 de febrero.

Segundo: De la instrucción del expediente y examen de los datos, que obran en el mismo, se desprende que el solicitante no se encuentra dentro del ámbito de aplicación y no reúne los requisitos previstos en el articulo 1.1 apartado 1° y art. 3.5 del Real decreto 239/2000, de 18 de febrero, y en la Instrucción Primera apartados 1.1 y 1.2,a) de las Instrucciones de desarrollo del citado Real Decreto, aprobadas por Resolución de 16 de marzo de 2000.

Por todo lo anterior, HE RESUELTO:

DENEGAR al ciudadano D. AMAR AHROUCH el permiso de trabajo y residencia solicitado.

Asimismo, se advierte al interesado que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 26.3 c) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en relación con el artículo 122 del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/1985, de I de julio, aprobado por Real Decreto 155/1996, de 2 de febrero, deberá abandonar el territorio español, a cuyos afectos se concede un plazo de 15 días, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

Notifíquese la resolución al interesado, significándole que contra la presente resolución que, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional cuarta del Real Decreto 155/1996, pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo Órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, o bien, podrá interponer, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución todo ello de acuerdo no lo dispuesto en los artículos 13.4, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (B.O.E. 27/11/92) modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. 14/01/99), y artículos 8.3, 14.1, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (B.O.E. 14/07/98).

Ceuta, 21 de junio de 2000.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (Art. 22.4, Ley 6/97 de 14 de abril "LOFAGE").- EL SECRETARIO GENERAL.- FDO.: José Antonio Fernández García.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Fomento

Capitanía Marítima de Ceuta

1.649.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta NOTIFICA a los interesados que a continuación se relacionan, aquellas notificaciones que han resultado infructuosas en los domicilios expresados, correspondientes a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítima tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el art. 61 de la Ley 30/92 citada, no se publica en su integridad, informando asimismo del derecho de audiencia que les asiste en el procedimiento, que puede ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.

NUMERO DE EXPEDIENTE: 01-340-0014

NOMBRE Y APELLIDOS: RAFAEL MERIDA RAMOS

DOMICILIO: C/ REAL, 99

TIPO DE ACTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

FECHA DEL ACTO: 20-04-01

NUMERO DE EXPEDIENTE: 01-340-0016

NOMBRE Y APELLIDOS: MOHAMED ALÍ BUSELHAM

DOMICILIO: C/ VALDÉS LEAL, BLOQUE 4 2°

TIPO DE ACTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

FECHA DEL ACTO: 20-04-01

NUMERO DE EXPEDIENTE: 01-340-0023

NOMBRE Y APELLIDOS: LATIF HAMED HAMU

DOMICILIO: BDA. PPE. ALFONSO, ESTE, 72

TIPO DE ACTO: PROPUESTA DE RESOLUCION

FECHA DEL ACTO: 20-04-01

Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.

Ceuta, 20 de abril de 2001.- EL CAPITAN MARITIMO.- Fdo.: Pedro J. Fdez. de Barrena y Artazcoz.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

1.650.- VISTA la solicitud de permiso de trabajo y residencia por cuenta propia, presentada al amparo de lo previsto en el Real Decreto 239/2000, de 18 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la regularización de extranjeros, que ha sido formulada por D. AMAR AHROUCH con N.I.E. X-01441907-Z y nacionalidad MARROQUI.

De las actuaciones realizadas a lo largo de la tramitación del expediente, y de la valoración de la documentación aportada por el interesado, se desprenden los siguientes HECHOS:

Primero: No acredita su estancia y permanencia en España de forma continuada desde antes del I de Junio de 1999 (art. 3.5) del R.D. 239/2000.

1.239
1.651 B. O. C. CE. - 4.005 Viernes 4 de mayo de 2001



ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.651.- D. Said Mohamed hijo de Mohamed y de Fatima, indocumentado nacido el 1-1-73 en Castillejos (Marruecos), de nacionalidad marroquí y con paradero desconocido, encausado por Robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa en causa Procedimiento Abreviado n.º 51/01, del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá dentro del término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento el paradero del referido acusado, procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

En Ceuta a 19 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

1.652.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Dos en virtud de lo acordado en el JUICIO DE FALTAS N.º 170/01, sobre ART. 634 DEL C.P., ha mandado notificar a D. SAID MOHAMED, la sentencia dictada con fecha 18 de abril de 2001 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo condenar y condeno a D. Said Mohamed como autor de una falta del artículo 617,1° del Código Penal, imponiéndole la pena de 40 días multa, a razón de una cuota diaria de 200 Ptas., con aplicación subsidiaria de lo dispuesto en el artículo 53, y con expresa imposición de las costas procesales al denunciado.

Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios. Únase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón. Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la ciudad de Ceuta a 23 de abril de 2001.- EL SECRETARIO

1.653.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Dos en virtud de lo acordado en el JUICIO DE FALTAS N.º 545/00, sobre VEJACION INJUSTA, ha mandado notificar a D. KHALITI FAHD, la sentencia dictada con fecha 18 de abril de 2001 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo condenar y condeno a D. Khaliti Fahd, como autor de una falta de vejación injusta del artículo 620,2° del Código Penal, imponiéndole la pena de 20 días multa a razón de una cuota diaria de 200 Ptas., y con aplicación subsidiaria de lo dispuesto en el artículo 53, y con expresa imposición de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios. Únase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón. Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la ciudad de Ceuta a 23 de abril de 2001.- EL SECRETARIO

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

1.654.- D. Sellam El Ouahabi hijo de Ahmed y de Fatima, con Pte. Británico 034226295 nacido el 8-8-66 en Marruecos, de nacionalidad británica y con paradero en Londres, encausado por contra los derechos de los trabajadores en causa Procedimiento Abreviado n.º 317/00, del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá dentro del término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento el paradero del referido acusado, procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

En Ceuta a 19 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.655.- D. Said Aziz hijo de Abdelkrim y de Fatima, con Pte. M-252.675 nacido el 1-1-67 en Aoulad Yousef (Tetuán) Marruecos, de nacionalidad marroquí y con paradero desconocido, encausado por Robo con fuerza en las cosas en causa Procedimiento Abreviado n.º 54/01, del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá dentro del término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento el paradero del referido acusado, procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

En Ceuta a 19 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Fomento

Capitanía Marítima de Ceuta

1.656.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administra
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Viernes 4 de mayo de 2001 B. O. C. CE. - 4.005 1.658



ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta NOTIFICA a los interesados que a continuación se relacionan, aquellas notificaciones que han resultado infructuosas en los domicilios expresados, correspondientes a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítima tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el art. 61 de la Ley 30/92 citada, no se publica en su integridad, informando asimismo del derecho de audiencia que les asiste en el procedimiento, que puede ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.

NUMERO DE EXPEDIENTE: 01-340-0024

NOMBRE Y APELLIDOS: YAMAL ABDEL-LAH LAYASI

DOMICILIO: BDA. PPE. ALFONSO, ALBERGUE MUNICIPAL, 8

TIPO DE ACTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

FECHA DEL ACTO: 20-04-01

NUMERO DE EXPEDIENTE: 01-340-0048

NOMBRE Y APELLIDOS: JUAN CARLOS RUIZ POSTIGO

DOMICILIO: C/ QUEVEDO, 6 (VILLAJOVITA)

TIPO DE ACTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

FECHA DEL ACTO: 20-04-01

NUMERO DE EXPEDIENTE: 01-340-0049

NOMBRE Y APELLIDOS: MOHAMED SAID MOHAMED LAL ARBIB

DOMICILIO: C/ SANTOS VILELA, 12

TIPO DE ACTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

FECHA DEL ACTO: 20-04-01.

Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.

Ceuta a 20 de abril de 2001.- El Capitán Marítimo, Pedro J. Fdez. de Barrena y Artazcoz.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.657.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 20-04-01 ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

Por Decreto de fecha 28-02-2001 se declara en ruina inminente la edificación sita en Patio Castillo nº 2, concediendo un plazo de 24 horas para la realización de las obras contenidas en el informe técnico, con apercibimiento de ejecución subsidiaria.- Según informe técnico de fecha 14-3-2001 las obras de demolición ordenadas por Decreto de fecha 28-2-2001 no han sido realizadas.- Por Decreto de fecha 21-03-2001, se inició el procedimiento para la ejecución subsidiaria de las obras descritas en el informe nº 310/2001 de 15-2-2001. Dichas obras consisten en la demolición del inmueble transpor
tando los escombros a vertedero en el plazo de 24 horas. Limpieza del solar resultante y de la zona afectada, con un presupuesto total de 150.000 ptas.- Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.

Según el artículo 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística, Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Los Ayuntamiento y, en su caso, los demás organismos competentes, de oficio o a instancia de cualquier interesado, ordenarán la ejecución de las obras necesarias para conservar las condiciones mencionadas en el apartado anterior. En el mismo sentido se pronuncian los artículos 3.4.3, 3.4.5 y 3.4.7 de las Ordenanzas Urbanísticas del PGOU.- Competente en materia de Urbanismo, resulta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en virtud del Decreto de delegación dictado por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta con fecha 16 de febrero de 2001.

PARTE DISPOSITIVA

1) Acordar la ejecución subsidiaria de las obras señaladas en el informe técnico nº 310/2001, de fecha 15 de febrero de 2001.

2) Dar traslado a Contratación con objeto de que se contraten dichas obras.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a los propietario del inmueble por ser de domicilio desconocido, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución, significándole que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de Noviembre) y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio.

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Ceuta, 24 de abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GRAL. EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.658.- En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifi
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1.658 B. O. C. CE. - 4.005 Viernes 4 de mayo de 2001



ca a D. Antonio Piña Navarro que D. Mustafa Mohamed Laychy solicita licencia municipal para la apertura de un local destinado a Almacén y Obrador de Carne, sito en Bda. Juan Carlos I nº 14.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día de la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artº 59.4 de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Antonio Piña Navarro.

Ceuta, 24 de abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GRAL. EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.659.- En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica a D. Hadduch Mohamed Abdeselam que D. Mustafa Mohamed Laychy, solicita licencia municipal para la apertura de un local destinado a Almacén y Obrador de Carne, sito en Bda. Juan Carlos I nº 14.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día de la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artº 59.4 de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Hadduch Mohamed Abdeselam.

Ceuta, 24 de abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GRAL. EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.660.- En cumplimiento de lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica a Dª. Rosario Fajardo Heredia, que D. Mustafa Mohamed Laychy solicita licencia de implantación para ejercer la actividad de Almacén y Obrador de Carne, en local sito en Bda. Juan Carlos I nº 14.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día de la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artº 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a Dª. Rosario Fajardo Heredia.

Ceuta, 24 de abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GRAL. EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.661.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a SUPERMERCADO, en REGULARES, AVDA. DE Puerta SN, a instancia de D. FIDEL MOLINA MARTINEZ, D.N.I. 22956133, en reprsentación de Superdistribución Ceuta, S.L.

En cumplimiento de lo previsto en el art. 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.

Ceuta, 20 de abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.

1.662.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 20-04-01 ha dictado lo siguiente:

ANTECEDENTES

Por Decreto del Consejero de Fomento de 24-04-00 se inició expediente de orden de ejecución de obras en el solar sito en Avda. de Lisboa frente a la entrada trasera del Acuartelamiento de Regulares, dando a los interesados un trámite de audiencia de 15 días, durante el cual no compareció.- Por Decreto de fecha 28-12-2000, se dictó orden de ejecución de las obras contenidas en el informe técnico nº 841/99, apercibiendo de ejecución subsidiaria.- consta en el expediente informe técnico de fecha 28-3-2001, en el que se señala que las obras ordenadas no han sido ejecutadas. Consta en el expediente informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general ,por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.

Según el artículo 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística, Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Los Ayuntamiento y, en su caso, los demás organismos competentes, de oficio o a instancia de cualquier interesado, ordenarán la ejecución de las obras necesarias para conservar las condiciones mencionadas en el apartado anterior. En el mismo sentido se pronuncian los artículos 3.4.3, 3.4.5 y 3.4.7 de las Ordenanzas Urbanísticas del PGOU.

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De conformidad con el artículo 98 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. En este caso, las Admones. Públicas realizarán el acto por sí o a través de las personas que determinan, a costa del obligado.

Según el artículo 48 de la Ley 30/92, antes de adoptar la decisión habrá de concederse un periodo de audiencia no inferior a 10 días ni superior a 15.

Competente en materia de Urbanismo, resulta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en virtud del Decreto de delegación dictado por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta con fecha 16 de febrero de 2001.

PARTE DISPOSITIVA

1) Iniciar el procedimiento de ejecución subsidiaria para la ejecución de las obras descritas en el informe nº 841/99 y ordenadas por Decreto de fecha 28-12-00.- 2) Conceder a los interesados un plazo de diez días para que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución por ser de propietarios desconocido, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, 25 de abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.663.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 20-04-01 ha dictado lo siguiente:

ANTECEDENTES

Con fecha 9-12-98 los Servicios de la Policía Local denuncian el estado en que se encuentra un solar sito en C/ Estrella y Pasaje Alhambra.

Por Decreto de fecha 23-3-2000, se inició el expediente para ordenar las obras descritas, notificando al interesado, sin que conste que se hayan presentado alegaciones.

Por Decreto de fecha 19-5-2000, se ordenó al propietario del solar la reparación de los trabajos señalados en el informe de los Servicios Técnicos.

Con fecha 11-7-2000 de entrada en el Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, Don Sete Benmergui Garzón, alega que no es el único propietario de la finca. Consta en el expediente informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general ,por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.

Según el artículo 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística, Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Los Ayuntamiento y, en su caso, los demás organismos competentes, de oficio o a instancia de cualquier interesado, ordenarán la ejecución de las obras necesarios para conservar las condiciones mencionadas en el apartado anterior. En el mismo sentido se pronuncian los artículos 3.4.3, 3.4.5 y 3.4.7 de las Ordenanzas Urbanísticas del PGOU.- De conformidad con el artículo 98 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. En este caso, las Admones. Públicas realizarán el acto por sí o a través de las personas que determinan, a costa del obligado.- Según el artículo 84 de la Ley 30/92, antes de adoptar la decisión habrá de concederse un periodo de audiencia no inferior a 10 días ni superior a 15.- Competente en materia de Urbanismo, resulta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en virtud del Decreto de delegación dictado por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta con fecha 16 de febrero de 2001.

PARTE DISPOSITIVA

1) Iniciar el procedimiento de ejecución subsidiaria para la ejecución de las obras descritas en el informe nº 141/00 de 26 de enero de 2000 y ordenadas por Decreto de Fecha 19-5-2000.-2) Conceder a los interesado un plazo de diez días para que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. En la medida de que pudiera haber otros propietarios desconocidos, procede publicar la notificación del Decreto de conformidad con el procedimiento señalado en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre.

Por el presente Anuncio se publica la anterior resolución en la medida que pudieran existir otros propietarios desconocidos, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre.

Ceuta, 25 de abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.664.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha dieciocho de Abril del año dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 23-10-00, la Subdirección General de Seguridad Vial, denuncia la realización de obras ilegales en C/ Alta nº 6 (antiguo General Varela nº 6). La Policía Local emite informe de fecha 15-03-01, en el que manifiestan que la propietaria de dicha edificación resulta ser Dª. Karima Mohamed Ahmed, titular del D.N.I. nº 45.080.426.

El Técnico Municipal con fecha 02-02-01 en su Informe nº 213/01 dice:

SITUACION URBANISTICA: Zona 1-A.

DESCRIPCION DE LAS OBRAS: Demolición de la vivienda existente. Construcción de una vivienda unifamiliar con planta baja, primera, segunda y tercera retranqueada, realizada con estructura porticada de hormigón armado,
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cerramientos a la capuchina de fábrica de ladrillo, y cubierta plana con azotea. La superficie construida es de 270 m2.

VALORACION DE LAS OBRAS: 16.452.990 pts.

INFORME: Las obras se han realizado sin licencia en Zona 1-A. Procedería requerir al interesado para que acredite disponer de licencia vigente para las obras que está realizando en el plazo de 10 días... Si se confirmara que las obras son clandestinas, podrían ser legalizables. Para legalizar las obras, el interesado deberá presentar un proyecto de legalización redactado por técnico competente y visado en el correspondiente colegio profesional... Si transcurrido el plazo para la presentación de la documentación ésta no se presentara, y se acordará la demolición de la edificación clandestina realizada sin licencia, el plazo de demolición sería de un mes...».- Consta en el expediente informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 184 de la Ley del Suelo de 1.976 que prevé que las actividades que impliquen edificación o uso del suelo necesitarán de la oportuna licencia. Cuando no la tuvieren, pero las obras fueren susceptibles de legalización, se concederá al interesado el plazo de dos meses para solicitar dicha licencia, transcurrido el cual se incoará expediente sancionador, impidiendo la Admón. lo usos a que hubiere lugar. En el caso de que las antes mencionadas obras no fueran legalizables por ser contrarias a la normativa o al planeamiento, se incoará el oportuno expediente, dando al interesado un plazo para la demolición. En el mismo sentido, el Art. 29 del R.D.U.- Art. 225 de la Ley del Suelo que tipifica como infracción urbanística aquellas actuaciones que vulneren la legislación urbanística o el planeamiento, regulándose a partir del art. 66 del R.D.U.

Decreto de la Presidencia de 16-02-01 en cuanto regula las competencias del Consejero de Fomento y Medio Ambiente.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se concede a Dª. Karima Mohamed Ahmed un plazo de 10 días para la presentación en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la oportuna licencia de obras.

2.- Caso de no cumplimentar el requisito anterior, se ordenará la inmediata paralización de la obra, así como la apertura de un expediente de protección de la legalidad urbanística y otro de carácter sancionador, con designación de Instructor y Secretario, que podrán ser recusados en cualquier momento del procedimiento.

3.- Se apercibe a la interesada, que como conclusión del expediente de disciplina, podría incluso llegarse a la demolición de la obra clandestina.

Lo que le traslado significándole que los plazos concedidos en esta Resolución comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de Agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación ésta podrá ser considerada Propuesta de Resolución.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a Dª. Karima Mohamed Ahmed, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta, 26 de abril de 2001.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.665.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha dieciocho de Abril del año dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 03-02-01, los Servicios de la Policía Local denuncian a la Empresa Geotecnia y Cimientos, S.A., con domicilio en Avda. S. Juan de Dios nº 7, por la colocación de dos casetas de obras frente al nº 40 y 41 de la Bda. Juan Carlos I, sin la preceptiva licencia.- El Técnico Municipal emite con fecha 19-03-01 el Informe nº 608/01, cuyo contenido parcial es el siguiente: «... Si las casetas se encuentran en situación legal (al corriente en el pago de las tasas por ocupación de vía pública) ordenar su limpieza interior y el tabicado de las entradas, en un plazo máximo de 15 días y con apercibimiento de ejecución subsidiaria por importe de 90.000 ptas. Si las casetas no se encuentran en situación legal, ordenar la total demolición y transporte de escombros resultantes a vertedero, con reparación del pavimento afectado. Para la demolición voluntaria el plazo estimado es de 15 días...».- Consta en el Expediente Informe Jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 184 de la Ley del Suelo de 1.976 relacionado con el Art. 29 del R.D.U., que determinan que en el caso de que las obras se ejecuten sin licencia u orden de ejecución, si fueran legalizables por no contravenir ni el ordenamiento jurídico, ni el planeamiento, se concederá al interesado un plazo de dos meses para obtener la preceptiva licencia, o para acondicionar las obras a la que en su caso tuviera.

Art. 225 de la Ley del Suelo relacionado con los Arts. 66 y ssgs. del R.D.U., que establece que las actuaciones que se realicen contra lo preceptuado en la legislación o en el planeamiento se consideran Infracciones Urbanísticas, siendo la graduación distinta según el tipo de Infracción.

Decreto de la Presidencia de 16-02-01 en cuanto atribuye competencias al Consejero de Fomento y Medio ambiente.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se incoa Expediente de Protección de la Legalidad Urbanística a Geotecnia y Cimientos, S.A., en concepto de promotor, concediéndole un plazo de alegaciones de 15 días.

2.- Se incoa al interesado un Expediente Sancionador, con designación de Dª. Carmen Barrado Antón, Licenciada en Derecho Adscrita a Fomento, como Instructora, y de Dª. Carmen Mª Morales Reyes, Jefa de Negociado Acctal., como Secretaria, que podrán ser recusadas en cualquier momento, concediendo al interesado un plazo de alegaciones de 15 días.

Lo que le traslado significándole que los plazos concedidos en esta Resolución comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de Agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación ésta podrá ser considerada Propuesta de Resolución.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a GEOTECNIA Y CIMIENTOS, S.A., en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

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Ceuta, 26 de abril de 2001.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.666.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente , D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 7-3-01, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

El Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento formula el 06-02-01 denuncia sobre el mal estado en que se encuentran los balcones y voladizos del edificio sito en Plaza de Africa nº 12.

El técnico municipal emite el 21-02-01 el informe nº 409/01, cuyo contenido es el siguiente: "... se ha comprobado que se han producido algunos desprendimientos de cascotes hacía la vía pública, fundamentalmente como consecuencia de la oxidación de las armaduras de los adintelados de los huecos y de las cornisas de balcones.

Atendido el peligro que supone el que se sigan produciendo caídas de material, debiera procederse a dictar orden de ejecución de la reparación general de la fachada mediante: 1º.- Colocación de andamios en fachada provistos de los elementos de seguridad y salud necesarios y certificados por técnico competente...

2º.- Picado general de zonas deterioradas, limpieza y rascado de armaduras y posterior aplicación de mortero polimérico tipo sika o similar 1:4, efectuándose los aterrajados necesarios para conservar el moldeado de la fachada y las molduras de cornisas y balaustradas.

3º.- Pintura general de paramentos con pintura pétrea de fachadas a dos manos y previa reparación del soporte de colores...

El presupuesto estimado de reparación asciende a la cantidad de 3.300.000 ptas...

En el plazo de 30 días".

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El art. 181 de L.S. de 1.976: «Los propietarios de terrenos, urbanizaciones de iniciativa particular, edificaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato públicos. Los Ayuntamientos... ordenarán de oficio la ejecución de las obras necesarias para conservar aquellas condiciones».

En el mismo sentido el art. 10 del R.D.U.

Art. 19 de la Ley 6/98 (13-04), sobre régimen del suelo y valoraciones, complementa lo establecido en los preceptos anteriores.

Arts. 89 y 90 de la O.M.D.U. que obligan a los propietarios de los inmuebles, a mantenerlos en las condiciones previstas en el capítulo 4, del título 3º de las NN.UU del P.G.O.U.

Decreto de la Presidencia de 16-02-01, por lo que respecta a las competencias del Consejero de Fomento y Medio Ambiente.

PARTE DISPOSITIVA

1) Se inicia expediente de orden de ejecución de obras del inmueble sito en Plaza de Africa nº 12 contenidas en el informe técnico nº 12 contenidas en el informe técnico nº 409/01, del que se dará a los interesados copia.

2) Se abre trámite de audiencia de 10 días, durante los cuales podrán los interesados formular alegaciones.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Francisco Javier Sánchez Carrillo, D. José Artiel Lar y D. Agustín Albarracín Castillo en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, 25 de Abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.667.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha 20-04-01, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

Con fecha 24-01-00, D. Abdelmesid Ahmed Mohamed solicita inspección de su vivienda sita en Fuente Terrones nº 8.- Por Decreto del Consejero de Fomento de 15-03-01, se lleva a cabo la iniciación del expediente de orden de ejecución, dando a los interesados un plazo de alegaciones de 10 días. Durante el mismo, comparece el denunciante el 22-03-01 alegando situaciones personales que no desvirtúan el fondo del asunto.

Consta en el expediente informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Art. 181 de la L.S. de 1.976: «Los propietarios de terrenos, urbanizaciones de iniciativa particular, edificaciones y carteles, deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato públicos Los Ayuntamientos.... ordenarán de oficio la ejecución de las obras necesarias para conservar aquellas condiciones». En el mismo sentido, el art. 10 del R.D.U.- Art. 19 de la Ley 6/98 (13-04), sobre régimen del suelo y valoraciones, complementa lo establecido en los preceptos anteriores.

Arts. 89 y 90 de la O.M.D.U. que obligan a los propietarios de los inmuebles, a mantenerlos en las condiciones previstas en el capítulo 4, del título 3ª de las NN.UU. del P.G.O.U.

Decreto de la Presidencia de 16-02-01, en cuanto establece las competencias del Consejero de Fomento y Medio Ambiente.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se dicta orden de ejecución de las obras que figuran en el informe técnico, relativas al inmueble sito en Fuente Terrones nº 8, concediendo a los interesados un plazo de 15 días para su realización.

2.- Se pone en conocimiento de la propiedad que si transcurriese dicho plazo sin haberlas ejecutado, se realizarán subsidiariamente por la Admón. con cargo al obligado.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al ser de propietario desconocido en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución. Significándole que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo
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de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de Noviembre) y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio.

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Ceuta, 25 de Abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.668.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha cinco de Abril del año dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

La Policía Local denuncia a Dª. Fatima Abdeselam Ahmed Taieb, con D.N.I. nº 45.085.143 y domicilio en C/ Molino nº 34, por la realización de obras en su vivienda sin la preceptiva licencia.

El Técnico Municipal con fecha 22-02-00 en su Informe nº 387/00 dice: «...La zona en la que se han realizado dichas obras sin licencia está incluida en Zona PR2-AR3, de la que existe un Plan Especial a falta de aprobación por la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, pudiendo las obras realizadas por el denunciado perjudicar el desarrollo de dicho planeamiento. Por todo ello puede considerarse como Area remitida a planeamiento ulterior, y por lo tanto, hasta tanto no estén aprobados los planes de dichas zonas, no podrán otorgarse licencias de edificación ni de uso del suelo. Las obras sin licencia consisten en: *270,00 m2. Construcción de edificación de tres plantas de altura mediante estructura de hormigón armado, cerramientos de fábrica de ladrillo y cubierta plana azotea. Asciende el presupuesto de construcción estimado de las mismas a la cantidad de 24.300.000 pts...».

Por Decreto del Consejero de Fomento de 10-03-00, se incoa Expediente Sancionador, así como otro de Protección de la Legalidad Urbanística, sin que hasta el momento se haya continuado su tramitación.

Consta en el Expediente Informe Jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 20.6 del R. Dto. 1398/93, que regula el ejercicio de la potestad sancionadora, al haber transcurrido los seis meses desde la iniciación del procedimiento, sin haber recaído resolución definitiva.

Art. 184 de la Ley del Suelo de 1.976 que prevé que las actividades que impliquen edificación o uso del suelo necesitarán de la oportuna licencia. Cuando no la tuvieren, pero las obras fuesen susceptibles de legalización, se concederá al interesado el plazo de dos meses para solicitar dicha licencia, transcurrido el cual se incoará expediente sancionador, impidiendo la Admón. los usos a que hubiere lugar. En el caso de que las antes mencionadas obras no fueran legalizables por ser contrarias a la normativa o al planeamiento, se incoará el oportuno expediente, dando al interesado un plazo para la demolición. En el mismo sentido, el Art. 29 del R.D.U.- Art. 225 de la Ley del Suelo que tipifica como Infracción Urbanística aquellas actuaciones que vulneren la legislación urbanística o el planeamiento, regulándose a partir del Art. 66 del R.D.U.- Decreto de la Presidencia de 16-02-01 en cuanto regula las competencias del Consejero de Fomento y Medio Ambiente.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Queda sin efecto el Decreto del Consejero de Fomento de 10 de Marzo de 2.000.

2.- Se incoa Expediente de Protección de la Legalidad Urbanística a Dª. Fatima Abdeselam Hamed Taieb, en concepto de promotora, concediéndole un trámite de audiencia de 15 días.- 3.- Se incoa Expediente Sancionador, con designación de Dª. Carmen Barrado Antón, Licenciada en Derecho Adscrita a Fomento, como Instructora, y de Dª. Carmen Mª Morales Reyes, Jefa de Negociado Acctal., como Secretaria, que podrán ser recusadas en cualquier momento del procedimiento, así como con trámite de audiencia de 15 días, a fin de que el expedientado pueda formular las alegaciones que estime oportunas, así como proponer la prueba en su caso».

Lo que le traslado significándole que los plazos concedidos en esta Resolución comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de Agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación ésta podrá ser considerada Propuesta de Resolución.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a Dª. Fatima Abdeselam Ahmed Taieb, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta, 26 de abril de 2001.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.669.- No siendo posible practicar la notificación a Dª. PILAR SANCHEZ VALCARCEL, en relación al expediente sancionador nº 39/00, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 2-4-01, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

Por Decreto del Consejero de Obras Públicas y Medio ambiente de 17-2-00 se incoa expediente sancionador a Dª. PILAR SANCHEZ VALCARCEL por el presunto abandono del vehículo CE-6175-C en Arroyo de la Viña, encontrando fundamento en la denuncia del Seprona de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, donde se señala como dirección C/ Queipo de Llano 22 de esta Ciudad. Intentada la notificación en el citado domicilio, por dos veces (6 y 10 de Marzo de 2.000), según consta en informe del Notificador de 14-3-00 obrante en el expediente, se procedió a su publicación en el BOCCE nº 1025 de 24-03-00. Por Decreto del mismo Consejero de 14-4-00 se sanciona a Dª. PILAR SANCHEZ VALCARCEL con multa y se le requiere para la retirada del vehículo del lugar en donde ha sido abandonado, con apercibimiento de ejecución subsidiaria. Esta resolución fué notificada de nuevo sin que fuese posible practicarla, por lo que se procedió a su publicación en el BOCCE nº 1773 de 16-05-00.

Con fecha 9-6-00 Dª. PILAR SANCHEZ VALCARCEL recurre en reposición manifestando el incumplimiento de la normativa en materia de notificaciones. El recurso fué desestimado por Decreto del Presidente Acctal. de 29-06-00, del que se dio traslado a la recurrente, intentándose la notificación en dos ocasiones sin que se pudiera practicar y, por ello, publicándose anuncio en el BOCCE nº 3933 de 25-08-00. Presentado recurso contencioso ante el Juzgado nº 1 de
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esta ciudad, que con fecha 34-01-01 estima aquél y ordena la retroacción del expediente administrativo hasta el momento en que se le generó la indefensión.

FUNDAMENTO DE DERECHO

1º.- La Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de la Ciudad, con fecha 24-01-01 ordena la retroacción del expediente.

2º.- La Ley 10/98 de Residuos, de 21 de Abril, en el art. 3.b., incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados. En el art. 12 de la misma Ley se establece «queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión». El art. 34.3.b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave «el abandono, vertido o eliminación incontrolada de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o haya puesto en peligro grave la salud de las personas. En el art. 35.1.b. se establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 ptas. y la máxima 5.000.000 ptas.

3º.- El Real Decreto 1398/93, de 4 de Agosto «Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora», en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento. «Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia». El art. 13 del citado R.D. Establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador.

4º.- En relación con la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98, dispone en el art. 37.2 que «en el supuesto regulado en el art. 34.3.b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los Alcaldes». En el caso de la Ciudad Autónoma será competente el Presidente de la Ciudad en virtud del art. 15 de la Ley orgánica 1/95, de 13 de Marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece que el Presidente ostenta también la condición de Alcalde y será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey. 5º.- El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en esta materia por delegación del Presidente de fecha 16-2-01. 6º.- Dª. PILAR SANCHEZ VALCARCEL puede reconocer voluntariamente su responsabilidad en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda (art. 8 R.D. 1398/93). El interesado dispone de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se ordena la retroacción del expediente al momento de la notificación de la incoación del procedimiento, que se produjo por Decreto del Consejero de Obras Públicas y Medio Ambiente el 17-2-00, cuya parte dispositiva decía textualmente lo siguiente:

1º.- Incóese expediente sancionador a Dª. PILAR SANCHEZ VALCARCEL, por abandono del vehículo marca Honda TN ACTY, matrícula CE-6175-C, número de bastidor JH1TA13200S110765, habiéndose percibido este hecho el pasado 26 de Enero a las 11,00 horas, en el Arroyo de la Viña.

2º.- Desígnese Instructor del expediente sancionador al Ilmo. Sr. Viceconsejero de Medio Ambiente, D. José
Luis Colmenero Ruiz, y como Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.

3º.- Se abre el plazo de 15 días para que el interesado aporte cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, advirtiéndole que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo anteriormente señalado, la presente resolución podrá ser considerada propuesta de resolución.

2º.- Se comunicará a Dª. PILAR SANCHEZ VALCARCEL que el nuevo Instructor del expediente es el Subdirector General de Calidad Ambiental, D. José Luis Colmenero Ruiz, que podrá ser recusado en cualquier momento del procedimiento.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, 25 de abril de 2001.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: Mª Dolores Pastilla Gómez.

1.670.- No siendo posible practicar la notificación a D. FELIPE OSCAR MORANTE PABLOS, en relación al expediente 9170/01, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha ocho de Marzo de 2001 (8/03/2001) el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES

La Policía Local denuncia a D. FELIPE OSCAR MORANTE PABLOS por destrozar árboles en la vía pública en C/ González de la Vega el 02/02/2001 a las 6,40 horas. El Capataz de Jardines Acctal. informa que los destrozos han producido la pérdida de tres «Ficus Nítida», valorados en 180.000 pesetas.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El art. 9.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades locales establece la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos.

El art. 21.1K de la Ley 7/85 de 2 de Abril otorga competencia al Alcalde para ejercer acciones jurídicas y administrativas y la defensa del Ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se incoa expediente para determinar la responsabilidad de D. FELIPE OSCAR MORANTE PABLOS por daños producidos a tres ficus, sito en C/González de la Vega.

2º.- Se concede al expedientado un plazo de audiencia de quince días.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, 26 de abril de 2001.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

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1.671 B. O. C. CE. - 4.005 Viernes 4 de mayo de 2001



1.671
.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha dieciocho de abril del dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

Con fecha 11-12-00 el Técnico Municipal emite el Informe nº 2.421/00 que dice: «...Girada visita de inspección ocular al inmueble sito en C/ Estrella nº 40 con la empresa adjudicataria de las obras de ejecución subsidiaria de demolición, se observa como en lugar de existir una vivienda en ruina inminente, existe una edificación de tres plantas, presumiblemente ilegal. En base a lo expuesto se estima: Incoación de Expediente de Obra Ilegal en base a que la edificación se encuentra en el ámbito del PR-2 Plan Especial «Huerta El Molino», pendiente de aprobación y cuya valoración aproximada es de 5.000.000.- Ptas....».

Según consta en oficio de la Policía Local, el propietario resulta ser D. Manuel Contreras Palacios, con domicilio en C/ Estrella s/n.- Con fecha 15-12-00, el Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, Decreta la incoación de un Expediente de Protección de la Legalidad Urbanística y otro Sancionador, dando en ambos casos un plazo de alegaciones de 15 días, sin que se hayan presentado ninguna.- FUNDAMENTOS JURIDICOS.- Art. 184 de la Ley del Suelo relacionado con el Art. 29 del R.D.U., que determinan que en el caso de que las obras se ejecuten sin licencia u orden de ejecución, si fueran legalizables por no contravenir ni el ordenamiento jurídico ni el planeamiento, se concederá al interesado un plazo de dos meses para obtener la preceptiva licencia, o para acondicionarlas obras a la que en su caso tuviera.- Art. 225 de la Ley del Suelo de 1.976 relacionado con los Arts. 66 y ssgs. del R.D.U., que establece que las actuaciones que se realicen contra lo preceptuado en la legislación o en el planeamiento, se consideran como Infracciones Urbanísticas, siendo la graduación distinta según el tipo de Infracción.

Decreto de la Presidencia de 16-02-01 en cuanto a las competencias conferidas al Consejero de Fomento y Medio Ambiente.

PARTE DISPOSITIVA

Se sanciona a D. Manuel Contreras Palacios con multa de 150.000.- Ptas.- (3% de la obra ejecutada), como autor de una Infracción Urbanística, consistente en la realización de obras sin la preceptiva licencia».

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad, previstos en los Arts. 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de 1 mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (Arts. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio).

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro Recurso que estime procedente.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. Manuel Contreras Palacios, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el
presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta, 27 de abril de 2001.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.672.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha veinte de Abril del dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 11-9-1997, el Ministerio de Defensa denuncia la realización de obras sin la correspondiente licencia municipal, en El Palmar s/n.

Según informe de los Servicios Técnicos de fecha 23-9-97, las obras realizadas consisten en 18 m2 de construcción de dos garajes de mampostería y cubierta de chapa ondulada, incluso colocación de puertas metálicas de una altura total aproximada de 2,50 m.

Por Decreto de fecha 4-6-1999 se inició expediente de protección de la legalidad urbanística a Don Mohamed Maimon Amar Belnati, concediéndole un plazo de audiencia de 15 días.

Con fecha 15-3-2001 se emite nuevo informe de los Servicios Técnicos que señalan que las obras realizadas no son legalizables.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.- Según el artículo 51 del Reglamento de Disciplina Urbanística, toda actuación que contradiga las Normas o el Planeamiento Urbanístico en vigor podrá dar lugar a: 1) La adopción por parte de la Administración competente de las medidas precisas para que se proceda a la restauración del orden jurídico infringido y de la realidad física alterada o transformada como consecuencia de la actuación ilegal. 3) La imposición de sanciones a los responsables, previa tramitación del correspondiente procedimiento sancionador, sin perjuicio de las responsabilidades de orden penal en que hubieran incurrido.

Establece el artículo 185 del Texto Refundido de 9 de Abril de 1976, de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, que siempre que no hubiese transcurrido más de cuatro años desde la total terminación de las obras realizadas sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en las mismas, las autoridades a que se refiere el artículo anterior requerirán al promotor de las obras o a sus causahabientes para que soliciten en el plazo de dos meses la oportuna licencia.

Por su parte el artículo 184.3 y 4 del mismo texto legal, señala que transcurrido dicho plazo sin haberse instado la expresada licencia, o sin haberse ajustado las obras a las condiciones señaladas, el Ayuntamiento acordará la demolición de las obras a costa del interesado y procederá a impedir definitivamente los usos a los que diere lugar. De igual manera procederá si la licencia fuere denegada por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las Orde
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nanzas.- Dado que el Decreto de iniciación del procedimiento para la protección de la legalidad urbanística es de 1999, se ha incumplido el plazo máximo de tres meses para resolver el procedimiento, tal y como establece el criterio general del artículo 42.3 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, en su redacción por la Ley 4/99, de 13 de Enero.- Competente en materia de Urbanismo, resulta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en virtud del Decreto de delegación dictado por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta con fecha 16 de Febrero de 2001.

PARTE DISPOSITIVA

1) Declarar la caducidad del procedimiento de protección de la legalidad urbanística iniciado por Decreto de 4-6-1999.

2) Iniciar a Don Mohamed Maimon Amar Belnati procedimiento de protección de la legalidad urbanítica por la realización de obras no legalizables.

3) Conceder a los interesados un plazo de alegaciones de 10 días para que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes para la mejor defensa de sus derechos.

4) Dése traslado al interesado del informe técnico de fecha 23-9-1997".

Lo que le traslado significándole que los plazos concedidos en esta Resolución comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de Agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación, ésta podrá ser considerada Propuesta de Resolución.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. Mohamed Maimon Amar Belnati, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta 27 de Abril de 2.001.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.673.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Tomás Alvarez de Lara y Pizarro, por su Decreto de fecha veinte de Abril del dos mil uno, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Por Decreto del Consejero de Fomento y Medio Ambiente de 04-06-99 se incoa Expediente Sancionador a D. Mohamed Maimon Amar Belnati, como presunto autor de Infracción Urbanística, consistente en la ejecución de obras sin licencia en El Palmar s/n.- Las obras ejecutadas son: «Construcción de dos garajes de mampostería y cubierta plana de chapa ondulada, incluso colocación de puertas metálicas de una altura total aproximada de 2,50 m. Superficie: 18,00 m2", valoradas en 720.000 Ptas.

Durante el trámite de audiencia comparece D. Mohamed Maimon Amar Belnati (escrito de fecha 28-06-99) en el que tras incidir que no ha ejecutado obras, lo reconoce más adelante si bien precisando que no necesitan licencia y, añadiendo de forma ininteligible una serie de preceptos (suponemos que del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992), declarados inconstitucionales por Sentencia del Tribunal Constitucional de 20-03-97.

Con fecha 13-07-99, la Instructora del Expediente, formula Propuesta de Resolución, proponiendo sancionar al interesado con una multa de 18.000 Ptas., no habiendo presentado el interesado ninguna alegación.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Los actos sometidos a licencia urbanística aparecen recogidos en el Art. 178 TRLS/76, Art. 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística y 5 de la Ordenanza Reglada de la Disciplina Urbanística.

Según los antecedentes, los actos ejecutados por el expedientado están sometidos a licencia.

Por tanto procede desestimar las alegaciones presentadas.- Los hechos aparecen tipificados en el Art. 225 TRLS/76, en relación con el 178 del mismo Texto.- Le corresponde una sanción de hasta el 5% del valor de las obras (Art. 90 Reglamento Disciplina Urbanística).- De la Infracción resulta responsable D. Mohamed Maimon Amar Belnati como promotor de la obra.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencias en materia de Disciplina Urbanística, por delegación del Presidente en su Decreto de 16-02-01.

PARTE DISPOSITIVA

Se sanciona a D. Mohamed Maimon Amar Belnati, con una multa de 18.000.- Ptas. (3% de la obra ejecutada), como promotor de una Infracción Urbanística, consistente en la realización de obras sin licencia».

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad, previstos en los Arts. 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de 1 mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (Arts. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio).

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro Recurso que estime procedente.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. Mohamed Maimon Amar Belnati, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.

Ceuta 27 de Abril de 2.001.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.674.- El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta en Sesión celebrada el día 27 de abril de 2001 adoptó los siguientes Acuerdos:

1º) Cesar a D. Manuel Merlo García del Vello como Director General de Cultura de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

1.249
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2º) Nombrar a Dª María Dolores Linares Díaz como Directora General de Educación y Cultura de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

3º) El Cese y nombramiento anteriores surtirán efectos a partir del próximo día 1 de mayo de 2001.

4º) Publíquense dichos acuerdos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Ceuta, 2 de mayo de 2001.- El SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Penal

Número Dos de Ceuta

1.675.- El Magistrado Juez D. Jesús Carlos Bastardes Rodiles San Miguel.

Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue el Rollo P.A. n.º 154/01-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Dos de esta Ciudad, por el supuesto delito de favorecimiento inmigración ilegal. Entre otros particulares se ha acordado:

Citar, mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D.ª Fatima Hahouch y D. Alí Hahouch, al objeto de que comparezcan ante este Juzgado de lo Penal Número 2, C. Serrano Orive, s/n a fin de asistir a la vista del juicio oral, que se celebrará el próximo día 24 de mayo de 2001 a las 11,10 horas.

No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma a los testigos anteriormente mencionados, expido el presente en Ceuta a 23 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

1.676.- El Magistrado Juez sustituta D.ª Mercedes Pena Moreira.

Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue el Rollo P.A. n.º 97/01-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Tres de esta Ciudad, por el supuesto delito de contra los derechos de los trabajadores. Entre otros particulares se ha acordado:

Citar, mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D. Yamil Abdelhak, al objeto de que comparezcan ante este Juzgado de lo Penal Número 2, C/. Serrano Orive, s/n a fin de asistir a la vista del juicio oral, que se celebrará el próximo día 23 de mayo de 2001 a las 11,40 horas.

No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma a los testigos anteriormente mencionados, expido el presente en Ceuta a 25 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.677.- D. Javier Clemente Lázaro, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Doy fe y Testimonio: Que en el Juicio de Faltas n.º 79/2001 seguidos por una falta de circular sin seguro, contra D. Alejandro Gómez Rodríguez, se ha acordado en providencia de fecha de hoy, que sea citado D. Alejandro Gómez Rodríguez, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 6 de junio de 2001, a las 10,45 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, adviertiéndoles que deberán
concurrir al acto de juicio con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio, así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de Letrado.

Y para que conste y sirva de citación a D. Alejandro Gómez Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido el presente en Ceuta a veintidós de marzo de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

1.678.- D. Raju Ramesh Daswani hijo de Ramesh y de Geeta, con D.N.I. n.º 45.080.260 nacido el 20-12-70 en Ceuta, de nacionalidad española y con paradero en C/. Real núm 1 - 1.º B, encausado por estafa en causa Diligencias Previas n.º 233/00, del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá dentro del término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento el paradero del referido acusado, procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

En Ceuta a 5 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

1.679.- D. Javier Clemente Lázaro, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas n.º 87/2001 seguidos por una falta de circular sin seguro, contra D. Nordin Abdel-Lah, se ha acordado en providencia de fecha de hoy, que sea citado D. Nordin Abdel-Lah, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 6 de junio de 2001, a las 11,10 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto de juicio con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio, así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de Letrado.

Y para que consta y sirva de citación a D. Nordin Abdel-Lah, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido el presente en Ceuta a diecinueve de abril de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

1.680.- D. Eduardo Prieto Aranaga, Secretario del Juzgado de la Instancia e Instrucción n° 4 de Ceuta hace saber:

En los autos de Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado n° 444/93, seguidos contra la empresa mercantil GAETS-92 S.A por un presunto delito de LESIONES, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva dice:

"SE ACUERDA: la apertura del Juicio Oral contra D. JOSE M.ª MOLINA BARREIRO en calidad de acusado como presunto autor de un delito de Lesiones y como responsable civil subsidiario a la Cia. GAETS-92 S.A, al haber prestado el citado acusado sus servicios al tiempo de los hechos que motivan este auto.

Se acuerda para cubrir las responsabilidades pecuniarias, costas multas, en su caso, se presente la fianza por el acusado en el presente procedimiento y en su caso por el responsable civil subsidiario en cuantía de 229.338 ptas, requiriéndoles para que lo efectúen en el termino de una au
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diencia y de no hacerlo se procederá a embargar bienes de su propiedad en cuantía suficiente a cubrir dicha suma, acreditándose en otro caso su insolvencia total o parcial"

Y para que sirva de notificación, emplazamiento y requerimiento al representante legal de la empresa GAETS-92 S.A expido la presente en Ceuta a 5 de Abril de 2.001. EL MAGISTRADO JUEZ, EL SECRETARIO JUDICIAL .

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

1.681.- D. Laarbi Mohamed hijo de Abselam y de Saida, indocumentado nacido en 1979 en Marruecos, de nacionalidad marroquí y con paradero en Marruecos, encausado por Robo con fuerza en las cosas en causa Procedimiento Abreviado n.º 17/01, del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá dentro del término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento el paradero del referido acusado, procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

En Ceuta a 25 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

1.682.- En el procedimiento de Juicio Verbal 207/2000 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

El escrito presentado por la procuradora Sra. Garcés Corrales únase a los autos de su razón entregando copia a las partes, y cítese por medio de Edicto a D.ª Catalina Oliver Romero, a fin de poder llevar a cabo la prueba testifical acordada, se señala para dicha testifical el día 30-5-01 a las 10,30 horas.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D.ª Catalina Oliver Romero, se extiende la presente para que sirva de cédula de citación.

Ceuta, a veinte de abril de 2001.- EL SECRETARIO.

1.683.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de Juicio de Faltas N.º 680/00 que se sigue por la supuesta falta de carencia de seguro obligatorio, ha mandado citar a D. Youssef Boudzlal en calidad de denunciado a fin de que comparezca el próximo día 31-5-01, a las 12,50 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado sito
en C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que hubiere lugar en derecho.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 29 de abril de 2001.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

1.684.- D. Javier Clemente Lázaro, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas n.º 71/2001 seguidos por una falta de circular sin seguro, contra D. Mustafa Hamadi Hassan, se ha acordado en providencia de fecha de hoy, que sea citado D. Nordin Abdel-Lah, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 6 de junio de 2001, a las 10,20 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto de juicio con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio, así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de Letrado.

Y para que consta y sirva de citación a D. Mustafa Hamadi Hassan, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido el presente en Ceuta a diecinueve de abril de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

Juzgado de lo Penal

Número Dos de Ceuta

1.685.- El Magistrado Juez sustituta D.ª Mercedes Pena Moreira.

Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue el Rollo P.A. n.º 417/00-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Cuatro de esta Ciudad, por el supuesto delito de Salud Pública. Entre otros particulares se ha acordado:

Citar, mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D. Alberto Corral Menjibar, al objeto de que comparezcan ante este Juzgado de lo Penal Número 2, C/. Serrano Orive, s/n a fin de asistir a la vista del juicio oral, que se celebrará el próximo día 6 de junio de 2001 a las 11,20 horas.

No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma a los testigos anteriormente mencionados, expido el presente en Ceuta a 26 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

1.686.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:

APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL N.I.F. IMPUESTO CONCEPTO TRIBUTARIO

SANTORUM ZAPICO MARIO ARTURO 10543029J MODELO 103 (1998-OA) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1998

SANCHEZ LOPEZ MANUEL 45020026X MODELO O (0-OA) TRANSFER.DEVOLUCION NO PERIODICA

1.251
1.686 B. O. C. CE. - 4.005 Viernes 4 de mayo de 2001



APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL N.I.F. IMPUESTO CONCEPTO TRIBUTARIO

MIGUEL SANCHO GREGORIO 13047411V MODELO 104 (1999) SOLICITUD DEVOLUCION IRPF 1999

ORTEGA RAPOSO JULIO 50406340T MODELO 100 (1999) LIQ. PROVISIONAL IRPF 1999

LIQUIDACIÓN EN VOLUNTARIA

MARTIN DIAZ AGUSTINA 76001179W MODELO 100 (1996-OA) EMISION REQ. FALTA LIQ.

ESCRIVA ALAPONT ENRIQUE 14220265D MODELO 100 (1996-OA) EMISION REQ. FALTA LIQ.

MULLOR GARRIDO JOSE LUIS 05216696 MODELO 100 (1997-OA) PROPUESTA LIQ. REQ. FALTA L.

STECCHINI LOPEZ SILVIA 45092603 MODELO 100 ( 1998-OA) PROPUESTA LIQ. REQ. FALTA L.

RAMIREZ MUÑOZ JUAN 45012628H MODELO 100 (1999) LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA EXP. SANCIÓN

LIQ. PROVISIONAL IRPF 1999

ABDELHAKIMKHARRAZ X2431011A REQUERIMIENTO INTEGRAL

ESTEVEZ PEREZ AGUSTINA 45054323 REQUERIMIENTO INTEGRAL

GONZALEZ MARTIN ANTONIO 45063162 REQUERIMIENTO INTEGRAL

PASCUAL GARCIA MARGARITA 45066574 REQUERIMIENTO INTEGRAL

PIRES JOSE LUIS X2368803X REQUERIMIENTO INTEGRAL

REVERTE POZO FRANCISCO CARLOS 22008997 REQUERIMIENTO INTEGRAL

TORIO RAMIREZ YOLANDA MARINA 31844062 REQUERIMIENTO INTEGRAL

FEZZAGA AHMED X0526536C REQUERIMIENTO INTEGRAL

AGUILAR FURRASOLA MIGUEL ANGEL 45065116 REQUERIMIENTO INTEGRAL

CEUTA CENTER CB E11950656 MODELO 190 (1998-OA) SANCIONES

AHMED DUDOCH BRAHIM 45091145J MODELO 190 (1998-OA) SANCIONES

COMERCIAL SANCHEZ Y SANCHEZ CEUTA S.L. B11956919 MODELO 190 (1998-OA) SANCIONES

MOLTO PLANAS FRANCISCO 21275113 MODELO 347 (1998-OA) SANCIONES

NAVARRO MAYORGA ESPERANZA 45068655 MODELO 180 (1999-OA) SANCIONES

MOHAMED MOHAMED MUSTAFA 45060367 MODELO 180 (1999-OA) SANCIONES

OULAD ABDELMALEK ALAMI X1457142T MODELO 180 (1999-OA) SANCIONES

ZURITA SANTANA FRANCISCO JOSE 45069822 MODELO 180 (1999-OA) SANCIONES

CASTILLO DELICADO MARIA DOLORES 31828059 MODELO 390 (1999-OA) SANCIONES

TAMAME PEREZ JESUS 00239392 MODELO 390 (1999-OA) SANCIONES

HASSOUN MOHAMED X2015397E TRANS.PATRIMONIALES COMPROVACION DE VALORES

ANSIN VILLALBA MANUEL MARCELO 45073325H TRANS.PATRIMONIALES COMPROVACION DE VALORES

MODRAN TAIEB REKAINA 45080710C TRANS.PATRIMONIALES COMPROVACION DE VALORES

GOMEZ CIANCA MARIA DEL CARMEN 31144598E MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

BENASAYAG COHEN JACOBO 45051942W MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

JURADO ESPINOSA MANUELA 45014267R MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

BORRAS MARTINEZ JOSE MARIA 45065586F MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

ORTUÑO POSTIGO JUANA 45019855T MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

ABAD ALMENA ANGEL RAMON 45078452Q MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

NIETO RINCON LUCIANO 45005507G MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

FIGUEROLA BARRON MARIA DEL CARMEN 45000469A MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

MARAÑES BURON PATRICIA MARTA 45078350Y MODELO 100 (1999-OA) REQUERIMIENTO IRPF 1999

CAMUÑEZ PAJARES MARIA JESUS 45064265C MODULOS EXCLUSION OFICIO CENSO IAE

CAMUNEZ PAJARES MARIA JESUS 45064265C MODULOS BAJA OFICIO OBLIGACIONES

BENITEZ GONZALEZ FRANCISCO 45059446P MODULOS EXCLUSION OFICIO CENSO IAE

BENITEZ GONZALEZ FRANCISCO 45059446P MODULOS BAJA OFICIO OBLIGACIONES

ESPAÑA MADUEÑO JOSE MARIA 44581942F MODELO 0 (O-OA) TRANSFERENCIA DEV. NO PERIODICA

TENORIO VERDEJO ALEJANDRO MIGUEL 31864223T MODELO 0 (O-OA) TRANSFERENCIA DEV. NO PERIODICA

MONTOZA LOPEZ FRANCISCO JAVIER 24270226M MODELO 0 (O-OA) TRANSFERENCIA DEV. NO PERIODICA

PALACIOS MEDINA ROCIO 45085643P MODELO 0 (O-OA) TRANSFERENCIA DEV. NO PERIODICA

ALONSO LOPEZ MIGUEL ANGEL 09667141 B MODELO 0 (O-OA) TRANSFERENCIA DEV. NO PERIODICA

BENITEZ SALMERON CRISTOBAL 45077588A MODELO 0 (O-OA) TRANSFERENCIA DEV. NO PERIODICA

JIMENEZ RODRIGUEZ JUAN ANTONIO 31836901W MODELO 0 (O-OA) TRANSFERENCIA DEV. NO PERIODICA

RUIZ SALAZAR JOSE 45052306K MODELO 0 (O-OA) TRANSFERENCIA DEV. NO PERIODICA

GUISADO BERRAQUERO RAFAEL 28717524T MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

LAHASEN LAHASEN FATIHA 45080850E MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

GUTIERREZ RODRIGUEZ MARIA 45001967Y MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

TITOS BAENA RAUL 24220041Y MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

TUHAMI HADDU LAARBI 45085959W MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

SORIANO GARCIA FELIPE 75878885E MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

SEL-LAM AL-LAL ABDESELAM 45097593K MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

SANCHEZ PADILLA ISABEL 25546395L MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

JIMENEZ RODRIGUEZ JUAN ANTONIO 31836901W MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

SANCHEZ MATEOS CLEMENTINA 45002264G MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

MUÑOZ MARTIN CARMEN 45028412R MODELO 100 (1999) LIQUIDACION PROVISIONAL IRPF 1999

QUEROL POSTIGO JOSE ANTONIO 45000502J LIQ VOL INICIO EXPD SANC 550101000607F

ABDELKADER MOHAMED MOHAMED 45085446H LIQ VOL INICIO EXPD SANC 550101000358C

1.252
Viernes 4 de mayo de 2001 B. O. C. CE. - 4.005 1.686



APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL N.I.F. IMPUESTO CONCEPTO TRIBUTARIO

ABDESELAM HADDU AHMED 45088143R LIQ VOL INICIO EXPD SANC 550101000360B

AHMED ALI ABDELATIF 45083638G LIQ VOL INICIO EXPD SANC 550101000362C

AHMED HACH ABDESELAM SAID 45092543P LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000363X

ALCALA VILLAR ROSA MARIA 45079088P LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000364

ALI MEHDI NASIHA 45093680H LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000365Y

ALVARADO BENITEZ JUAN 28856178X LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000366Z

BORONAT SECO JOSE LU IS 21650161 P LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000372G

BUTAHAR CHAIB RAHMA 45099633Z LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000373Z

CAMUÑEZ PAJARES MARIAJESUS 45064265C LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000374F

GALLARDO FERNANDEZ RAMON 45053475V LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000381Q

GOMEZ LOPEZ LUIS 45065677Y LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000384K

HAMIDO MOHAMED ALI 45098988J LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000389B

HOSSAIN HICHO UMKULTUM 45087555B LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000390T

LAYACHI ABDELKADER ABDELHUAJIB 45075357A LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000392A

LOPEZ LARA ANA MARIA 45055550E LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000394P

MAESE LOPEZ JOSE 45041818K LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000396P

MARCHENA ALMAGRO JUAN JOSE 45075847X LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000397X

MARTIN PORTES MARCELO 45069838G LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000399N

MOHAMED ABDELUAHED NORDIN MOHAMED FOUAD 45051607N LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000402R

MOHAMED ABDESELAM ABDELKADER 45082366C LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000403R

MOHAMED ABULAICH RAHMA 45084294Q LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000404

MOHAMED CHAIB ABDELTIF 45085215V LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000406D

MOHAMED MOHAMED MOHTAR 45084546S LIQ.VOL INICIO EXPD SANC550101000409W

RAMOS MARTIN CARLOS 45076742P LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000417N

RIVERA ORTIZ MANUEL 45055843Q LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000418Q

ROJAS LARA PEDRO 30798194K LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000419Q

RUIZ VILLANUA ANGELES 45066563H LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000423E

SANCHEZ MOHAMED EVA 45075680G LIQ.VOL INICIO EXPDSANC 550101000425L

SANZ SALINAS LUIS 45035679T LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000427J

SEGLAR TOMEU MARIA DEL CARMEN 45059646R LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000430X

SERRANO CADIZ RAFAEL 45060201G LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000431D

VALDES ALFONSECA HERMINIO 45037832Z LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000432E

ROVAYO GARCIA GONZALO 45040465W MODELO 131 (2000-2T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000421J

SCHIAFFINO MAZA MARIA JOSE 45051444X MODELO 131 (2000-2T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000428E

ZARZUELA HURTADO JUAN ANTONIO 45031898Z MODELO 131 (2000-2T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000434Z

DOMINGUEZ GONZALEZ JUAN 45064895Y MQDELO 100 (1998) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000615S

MADANI TAHAR MALIKA 45070217S MODELO 100 (1998) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000617D

MARTIN ROLDAN MARIA DULCE 45062824M MODELO 100 (1998) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000621X

ABDELA AMAR MOHAMED 45099686K MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000626P

ABDESELAM HADDU AHMED 45088143R MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000629E

AHMED HACH ABDESELAM SAID 45092543P MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000630Z

ALI MEHDI NASIHA 45093680H MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000631K

ALVARADO BENITEZ JUAN 28856178X MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000632B

CASTILLO TORRES CARLOS JAVIER 45082042H MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000635D

DEL CAMPO DONOSO JOSE MARIA 10829975B MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000636A

GARCIA SANCHEZ CATALI NA 45080514P MODELO 131 (2000- 1 T) LIQ.VOL I NICIO EXPD SANC 550101000637F

LAYACHI ABDELKADER ABDELHUAJIB 45075357A MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000642C

MAESE LOPEZ JOSE 45041818K MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000644X

NAVALRAI SAJNANI CHANDRU 45065830K MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000649Z

NUÑEZ GUERRERO ANTONIO 45068277F MODELO 131 (2000-1 T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000651 P

RIVERA ORTIZ MANUEL 45055843Q MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000654Q

ROUCO GARCIA JOSE LUIS 45070458A MODELO 131 (2000-1 T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000655B

URIA BLANCO MARIA CONCEPCION 32612813D MODELO 131 (2000-1T) LIQ.VOL INICIO EXPD SANC 550101000661 R

SAN MILLAN PELLITERO DEMETRIO 09801579Z MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

CARAVACA ORELLANA FRANCISCO 45000605R MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

ESCRIÑA SANZ FELIPE 45038822S MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

AGUILERA ZAMUDIO FRANCISCO 45017180Q MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

CONSTANTINO GONZALEZ IGNACIO 50664617X MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

JIMENEZQUIJADAAMELIA 45060664F MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

CAYUSO ROMAN ISABEL 45056414N MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

GONZALEZ DE MIGUEL AURORA 45012801F MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

MARTIN SOUSA MARIA JOSEFA 45076791B MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

REINOSO SOTO ARMANDO CARLOS 23670501M MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

ARMADA VAZQUEZ CARLOS JAVIER 07225197T MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

GONZALEZ BOLUDA FRANCISCO 77541756Q MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

1.253
1.686 B. O. C. CE. - 4.005 Viernes 4 de mayo de 2001



APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL N.I.F. IMPUESTO CONCEPTO TRIBUTARIO

MARTINEZ RIOS CARMEN 45021963S MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

CLEMENTE LAZARO FRANCISCO 17438852E MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

CANCA VAZQUEZ MIGUEL 24958991N MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

BENMERGUI GARZON SETE 45007143F MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

SIMARRO CAMACHO JUAN 26075320J MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

RAIMUNDO MORENO ILDEFONSO 45067147G MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

MOHAMED AHMED MUSTAFA 45087626J MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

Tl MONER GOMEZ SALVADORA 45001445J MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

LEON SANCHEZ GARRIDO ANTONIO 45025542Y MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999 MENDEZ MORALES FRANCISCO 34852421S MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

MULCHAND DASWANI BARTOLOME 45078986K MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

FERRER PEÑA MARIA ISABEL 45061919C MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

DODANI DEEPAK MURLIDHAR X1064169M MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

ARIZA GARCIA TRINIDAD 24263356N MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

CARVAJAL BECERRA FRANCISCO 30436287L MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

VERAZA FERNANDEZ GRILLO MARIA DE 45017986V MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

RAMESH DASWANI RAJU 45080260F MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

PIÑEIRO NOGUEIRA SOFIA 45058701 E MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

GIL GARCIA NARBONA MARIA 16197104K MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

GERVILLA ZAPATA MARIA 24174587T MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

PARDO ESPEJO DIEGO 24225542X MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

HERNANDEZ CASTIÑEYRA MARIA 34789723S MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

INFANTE LOPEZ JOSE MANUEL 45055088C MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

PIZARRO MARIN ELISA 31715926F MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

OCAÑA ARQUERO ANTONIA AMELIA 45002958P MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999 FULGUERT OBISPO FRANCISCO 45046250Z MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999 PARRONDO LOPEZ FRANCISCO 12161774H MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999 PASTILLA GOMEZ ESTRELLA 30518101 E MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

VARGAS CRESPO MANUEL 45075887G MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

MOHANDAS MIRCHANDANI SHOB 45084147F MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

OLIVA VELASCO MARIA DEL PILAR 45059796J MODELO 100 (1999) PROPUESTA LIQUIDACION IRPF 1999

DAOUDI AHMED X2125595G LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000177C

GARCIA GARCIA JOSEFA 45049455E LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000190X

RODRIGUEZ CARMONA JOSE 25917865Q LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000235H

ALVARADO BENITEZ JUAN 28856178X LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000264D

ALVARADO BENITEZ JUAN 28856178X LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000265X

BORONAT SECO JOSE LU IS 21650161 P LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000266R

CARRILLO CASTILLO MARIA DEL ROSARIO 45050584R LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000268S

GALLARDO FERNANDEZ RAMON 45053475V LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000276L

GALLARDO FERNANDEZ RAMON 45053475V LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000277C

GALLARDO FERNANDEZ RAMON 45053475V LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000278K

HIDALGO MORILLO JOSE LUIS 24817050G LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000282N

HIDAR EMBAREK LAHACEN 45096210H LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000283N

LIZANA HIDALGO FRANCISCO JAVIER 45076311Z LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000285T

LOPEZ LARA ANA MARIA 45055550E LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000286H

MARCHENA ALMAGRO JUAN JOSE 45075847X LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000290B

MOJTAR HAMADI MOJTAR 45063493F LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000295L

SANZ SALINAS LUIS 45035679T LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000300T

UADI AMAR BOUCHTA EL 45100671V LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000304N

VALDES ALFONSECA HERMINIO 45037832Z LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000305S

HAMED MOHAMED SABAH 45072526R LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000198G

GALVEZ UBRIC VICENTE 22830568D LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000558S

CAMARA DE LA HOZ JOSE ANTONIO 45078120Y LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000600X

MARTIN NOYA FRANCISCO JAVIER 45068011V LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000605X

AHMED ALI CHERGUI MOHAMED 45071887Y LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000624H

CAPOTE & ALBA CEUTA S.L. B11960671 LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000707B

GARCIA MARIN JUAN MANUEL 02830042F LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000724J

GESTIONES HACHO S.L. B11954427 LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000726F

HIJOS DE AMAR AYAD S.A. A11905734 LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000728D

HIJOS DE AMAR AYAD S.A. A11905734 LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000729X

LUZON ESPIGARES FERNANDO 24174006V LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000738Y

LUZON ESPIGARES FERNANDO 24174006V LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000739F

SUAREZ MONTES JOSE 10599681Q LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000761S

TERAN GUISADO RAFAEL DE 45067105P LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000763K

VALLADARES NUÑEZ VICTORIA 45064840C LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000765T

1.254
Viernes 4 de mayo de 2001 B. O. C. CE. - 4.005 1.687



APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL N.I.F. IMPUESTO CONCEPTO TRIBUTARIO

VALLADARES NUÑEZ VICTORIA 45064840C LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000766R

BERMUDEZ RACERO PEDRO 45050062P LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000781Q

CONDESA CB E11965969 LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000786K

MOHAMED HADDU EL BAHOUDI MOHAMED 45091792Q LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000800N

NAYIN SPORTS S.L. B11956059 LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000804N

TENDERO BARREIRO IGNACIO 45075930R LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000812R

TENDERO BARREIRO IGNACIO 45075930R LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000813W

BIST TEXTIL S.L. B11967445 LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000817W

PARRADO NICOLAS FRANCISCO JAVIER 45079046N LIQ. VOLUNTARIA N° 550101000827S

HASSAN MOHAMED ABDESELAM 45059658 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

MARTINEZ VIDAL MARIA DEL MAR 45090498 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

CASTELO ALCARAZ ANTONIO 45064145 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

BENITEZ GONZALEZ FRANCISCO 45059446 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

ABDEL LAH ABDESELAM LAHSEN 45081718 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

ABDELKADER MOHAMED MOHAMED 45085446 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

AHMED HACH ABDESELAM SAID 45092543 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

RUIZ VILLANUA ANGELES 45066563 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

GARCIA JIMENEZ FRANCISCO JAVIER 45070795 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

LAYACHI ABDELKADER ABDELHUAJIB 45075357 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

MARQUEZ BALLESTEROS MARIA DE LOS ANGELES 45073111 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

EXTREMERA GARCIA JOSE ANTONIO 45090503 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

ABDELA AMAR MOHAMED 45099686 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

CASTILLO TORRES CARLOS JAVIER 45082042 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

CAMUÑEZ PAJARES MARIA JESUS 45064265 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

LUQUE FELGUERA PEDRO 45061396 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

MOHAMED CHAIB ABDELTIF 45085215 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

QUIREZA ABDEL-LA ISMAEL 45084267 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

ABDESELAM HADDU AHMED 45088143 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

ACHOR HADDU HOSSAIN 45097222 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

ABDELKADER MOHAMED MOHAMED TAREK 45082527 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

PEREZ MEDINA ADOLFO 45056229 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

RIOS RUIZ JUAN CARLOS DEL 45076301 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

SEGLAR TOMEU MARIA DEL CARMEN 45059646 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

ROUCO GARCIA JOSE LUIS 45070458 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

MESA GARCIA ANTONIO 45056857 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

GUTIERREZ VERA ANTONIO 45071745 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

MARCHENA ALMAGRO JUAN JOSE 45075847 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

MAESE LOPEZ JOSE 45041818 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

VILAR URIA MARIA DEL CARMEN 45091976 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

AHMED ALI ABDELATIF 45083638 MODELO 131 (2000-4T) TRAMITE DE AUDIENCIA

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DIAS, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el boletín oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia de Gestión Tributaría de la Delegación de la Agencia Tributaría de Ceuta, sita en C/ Serrano Orive núm. 2, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, a 23 de Abril de 2001

V.º B.º EL DELEGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo.: Patricio Terary Esquivias. LA JEFA DE LA DEPENDENCIA DE GESTIÓN TRIBUTARIA.- Fdo.: Rosa Carmen Rodríguez Lallena.

ADMINISTRACION DE JUSTICIAS

Juzgado de lo Penal

Número Dos de Ceuta

1.687.- MAGISTRADO JUEZ D. JESUS CARLOS BASTARDES RODILES SAN MIGUEL

HAGO SABER:

Que en éste Juzgado se sigue el Rollo P.A. 155/01 I, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Ins
trucción Número 4 de ésta ciudad, por el supuesto delito de Ctra derecho de los trabajadores. Entre otros particulares se ha acordado:

C I T A R, mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D. MOHAMED BEN AMAR Y ALZAR KHALID, al objeto de que comparezcan ante éste Juzgado de lo Penal Número 2, c/ Serrano Orive s/n, a fin de asistir a la vista del juicio oral, que se celebrará el próximo día 23 DE MAYO A LAS 10.00 horas.

No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma a los testigos anterior
1.255
1.687 B. O. C. CE. - 4.005 Viernes 4 de mayo de 2001



mente mencionados, expido el presente en Ceuta a VEINTITRES DE ABRIL DE 2001. EL MAGISTRADO, EL SECRETARIO.

1.688.- El Magistrado Juez sustituta D.ª Mercedes Pena Moreira.

Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue el Rollo P.A. n.º 160/01-M, dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Uno de esta Ciudad, por el supuesto delito de favorecimiento inmigración ilegal. Entre otros particulares se ha acordado:

Citar, mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D. Alí Bouhtat, D. Said Alhacame y D. Abdelkader Blahama, al objeto de que comparezcan ante este Juzgado de lo Penal Número 2, C/. Serrano Orive, s/n a fin de asistir a la vista del juicio oral, que se celebrará el próximo día 6 de junio de 2001 a las 10,10 horas.

No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma a los testigos anteriormente mencionados, expido el presente en Ceuta a 25 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.689.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, por su Decreto de fecha 4-1-01, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

Con fecha 19-01-01, la Policía Local remite escrito denunciando el mal estado en que se encuentra el edificio sito en C/ Jáudenes nº 18.

El técnico municipal emite el 15-02-01 el informe nº 320/01, cuyo tenor literal es el siguiente: »...se informa que girada visita de inspección y reconocimiento a dicha finca se ha comprobado en efecto, que los enfoscados y enlucidos de la misma se encuentran deteriorados con peligro de desprendimientos hacia la vía pública. Por todo ello se hace necesaria la reparación de dicha fachada mediante: 1.- Colocación de andamios provistos de los elementos deteriorados y nuevo enfoscado de mortero de cemento de dosificación 1:4.3.

Deberá para la ejecución de dicha obra contratarse los servicios de técnico competente que se haga cargo de la Dirección Técnica de las obras así como del Estudio Básico y Coordinación en materia de seguridad y salud. El presupuesto estimativo de dicha obra asciende a la cantidad de 1.500.000 ptas. en el plazo de 30 días. Consta en el expediente informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 181 de la L.S. de 1.976 relacionado con el art. 245.1 del Real Decreto Legislativo 1/92, y el art. 10 del R.D.U. establece que los propietarios de terrenos, urbanizaciones de iniciativa particular, edificaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato públicos. Los Ayuntamientos y, en su caso, los demás organismos competentes ordenarán, de oficio o a instancia de cualquier interesado, la ejecución de las obras necesarias para conservar aquellas condiciones.

Por su parte, el art. 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística añade que el organismo que ordene la ejecución de tales obras concederá a los propietarios a sus administradores un plazo para la realización de las mismas, transcurrido el cual sin haberlas realizado, se procederá a la incoación de expediente sancionador, con imposición de multa en su caso, en cuya resolución se requerirá al propietario o administrador a la ejecución de la orden, que, de no cumplirla, se llevará cabo por la Admón. subsidiariamente.

Art. 98 de la Ley 30/92, en cuanto permite la ejecución subsidiaria de las obligaciones que no tuvieren carácter personalísimo, pudiendo llegar para hacer efectivo el cobro al apremio sobre el patrimonio del obligado.

Decreto de la Presidencia de 16-02-01 que otorga las competencias al Consejero de Fomento y Medio Ambiente.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se inicia expediente de orden de ejecución de las obras del inmueble sito en C/ Jáudenes nº 18 que se notificará a la Comunidad de Propietarios, dándole traslado íntegro de una copia del informe técnico.

2º.- Se concede trámite de audiencia pública un plazo de 10 días, para que aleguen cuanto estime oportuno en defensa de su derecho.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución por ser desconocido el/los propietario/s, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, 27 de abril de 2001.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Juan Jesús Vivas Lara.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

1.690.- D. Auari Bilal hijo de Hasan y de Hamina, indocumentado nacido en 1982 en Tetuán (Marruecos), de nacionalidad marroquí y con paradero en Marruecos, encausado por Robo con fuerza en las cosas en causa Procedimiento Abreviado n.º 17/01, del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá dentro del término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento el paradero del referido acusado, procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

En Ceuta a 25 de abril de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.691.- Ante la imposibilidad de notificación por esta Consejería a D.ª MARIA ORTEGA SANCHEZ, NIF (SE DESCONOCE), relativa a baja en el Registro Sanitario de
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Viernes 4 de mayo de 2001 B. O. C. CE. - 4.005 1.692



Alimentos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común es por lo que se publica la siguiente notificación:

"Pongo en su conocimiento que con fecha 02-04-01, el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, Consumo y Deportes, promulgó el siguiente Decreto:

ANTECEDENTES DE HECHO

Se está tramitando el expediente n° 1430, relativo a la posible baja en el Registro General Sanitario de Alimentos de D.ª MARIA ORTEGA SANCHEZ NIF, (SE DESCONOCE), la cual no ha solicitado la oportuna convalidación.-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Ley Orgánica 1/95 de 13 de Marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta (EAC).- Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LrBRL).- Ley 14/1986 de 25 de Abril, General de Sanidad (LGS).-- Real Decreto 1712/1991 de 29 de noviembre, que regula el Registro General Sanitario (RGS).- Real Decreto 32/1999, de 15 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado, en materia de sanidad (RDTS).- Decreto de la Presidencia de la Ciudad, de 12 de febrero de 2001 (DP).- Decreto de la Presidencia de la Ciudad, de 16 de febrero de 2001 (DPR).- El art. 21 EAC señala que "la Ciudad de Ceuta ejercerá competencias sobre las materias que a continuación se relacionan, con el alcance previsto en el apartado 2 de este artículo: (...).- 19. Sanidad e Higiene."- El art 25.1 LGS señala que "La exigencia de autorizaciones sanitarias, así como la obligación de someter a registro por razones sanitarias a las Empresas o productos, serán establecidas reglamentariamente, tomando como base lo dispuesto en la presenta Ley."- El art.9.2 RGS señala que "La cancelación de los asientos regístrales se producirá a petición del interesado, o de oficio, por razones de exactitud del Registro o si no se hubiera solicitado oportunamente la convalidación. En este último caso, la Comunidad Autónoma competente requerirá al interesado, concediéndole un plazo para que formule la solicitud, transcurrido el cual sin haber efectuado aquella, lo comunicará a la Dirección General de Protección de los Consumidores, a efectos de que se cancele la inscripción."-- El anexo B) RDTS señala que "la
Ciudad de Ceuta dentro de su ámbito territorial, ejercerá las siguientes funciones que en materia de sanidad venía realizando la Administración del Estado:(...).-b) Las funciones de la inspección Técnica de Sanidad."- El art. 21 LrBRL, en conexión con el art. 15 EAC, señala que "1. El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta, en todo caso, las siguientes atribuciones:(...). s) Las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales."- El DP señala que "vengo en nombrar los siguientes titulares de las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Ceuta que se indican:(...).- Excmo. Sr. D. Justo Ostalé Blanco como Consejero de Sanidad, Consumo y Deportes."- El DPR señala que "el gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta se organiza en las siguientes Consejerías:(...).- 9.- Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes, a la que corresponde la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno Autónomo en las siguientes materias: a) Sanidad, salud Pública e higiene."-

PARTE DISPOSITIVA

Procédase a la cancelación del asiento n° 40.1243/CE del Registro General Sanitario de Alimentos donde figura D.ª MARIA ORTEGA SANCHEZ, NIF (SE DESCONOCE), por no atender los requerimientos de convalidación efectuados.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de que pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Ceuta, 20 de Abril de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez

1.692.- Corrección de errores del B.0.C.CE 4.004 de fecha 1 de mayo de 2001. relativa a la fecha de publicación:

Donde dice: Martes 30 de abril de 2001

Debe decir: Martes 1 de mayo de 2001

Lo que se hace constar a los efectos Oportunos. Ceuta a 2 de mayo de 2001.-LA ADMINISTRACIÓN DEL BOLETIN.