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BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXVI Martes 20 de marzo de 2001 Número 3.992



OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

1.087.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

1.088.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.080.- Notificación a D.ª Rabah Bunuar Kaddur, en Trámite de audiencia.

1.116.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

Delegación del Gobierno en Ceuta

1.096.- Notificación a D. Abselam Ahmed Shutman, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 71/2001.

1.098.- Notificación a D. Moubarik Said Sliman, a D.ª Aicha Mohamed Laarbi y a D. Juan Ruiz Amate, en incoación de expediente por infracción en materia de pesca marítima 11-CA-893/2000.

1.099.- Notificación a D. Mohamed Al Lal Ahmed, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 80/2001.

1.101.- Notificación a D. Sebtaui Boaza Nordin Meki, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 82/2001.

1.102.- Notificación a D. Mohamed Said Abselam Mohamed, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 102/2001.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

1.112.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Inpec. Prov. de Trabajo y Seg. Social

1.110.- Notificación a D. Miguel Suanez Bautista, a D. José Lara Mancilla y a D. José Luis Fernández Rodríguez, en expedientes E-135/2000, S-003/2001 y S-004/2001, respectivamente.

1.111.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

Subdelegación del Gobierno en Cádiz

1.097.- Notificación a D. Karim Mohamed Ahmed, en Pliego de cargos 2001/0372.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Penal

Número Dos de Ceuta

1.100.- Citación a D.ª Sara Nour Eddine, en Rollo P.A. 109/2001-M, dimamante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Ceuta.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

1.091.- Notificación a Agroindustrias Hércules S.A, en Juicio de Menor Cuantía 335/98.

1.093 B. O. C. CE. - 3.992 Martes 20 de marzo de 2001



1.093
.- Citación a D. Mustafa Ben Al Mustafa, en Juicio de Faltas 497/2000.

1.094.- Citación a D. Mohamed Oughar, en Juicio de Faltas 356/2000.

1.108.- Citación a D. Mohamed Zemzami, en Juicio de Faltas 389/2000.

1.109.- Citación a D. Abdelhadi Duahidy, en Juicio de Faltas 388/2000.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.089.- Citación a D. Salah Abdeselam Abdeselam, en Juicio de Faltas 64/2001.

1.090.- Notificación a D. Antonio Cara Baeza, en Juicio de Faltas 400/99.

1.092.- Citación a D. Ahmed Amar Mensaud, en Juicio de Faltas 614/2000.

1.115.- Requerimiento a D. Rafael Rossell Sandarrubia, en Art.131. Ley Hipotecaria 112/98.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

1.095.- Notificación a D. José Clemente Robles Carrión, a D.ª Africa Valdivia Quero y a D. Rafael Robles Carrión, en Juicio Ejecutivo 156/2000.

1.113.- Requisitoria a D. Abdeselam Dris Mohamed, en Procedimiento Abreviado 8/2001.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

1.114.- Notificación a D. Ahmed Ahmed Mohamed Subaire, en Art.131. Ley Hipotecaria 234/97.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.063.- Devolución de fianza a Portal de Ceuta S.L., por amueblamiento y decoración de las oficinas de Inspección Tributaria, en expte. 300/99.

1.064.- Devolución de fianza a Prose S.A., por los servicios de vigilancia del Museo en la Murallas Reales (del 18 de abril al 30 de mayo 1999), en expte. 115/99.

1.065.- Devolución de fianza a Corsan S.A., por las obras de instalación de hitos en diversas calles de la Ciudad, en expte. 389/99.

1.066.- Devolución de fianza a Eulen S.A., por los servicios de información y atención al público del Museo en las Murallas Reales (del 18-4-99 al 30-05-99), en expte. 117/99.

1.067.- Devolución de fianza a D. José María Hita Ruiz, por los trabajos de excavación arqueológica en el P.E.R.I, en expte. 538/99.

1.068.- Devolución de fianza a D.ª Nieves Ballesteros Lobato, por la contratación de servicio de una monitora de peluquería, en expte. 62/2000.

1.069.- Devolución de fianza a D.ª Rosa Sopena Lores, por los servicios de una monitora de Fotografía, en expte. 63/2000.

1.070.- Devolución de fianza a Almacenes San Pablo, por el suministro de diverso mobiliario para la Viceconsejería de Comercio, Industria y Pesca, en expte. 33/2000.

1.071.- Devolución de fianza a Almacenes San Pablo, por el suministro de muebles con destino a los despachos de los Consejeros, en expte. 216/2000.

1.072.- Devolución de fianza a Almacenes San Pablo, por el suministro de mobiliario para despachos de la Consejería de Administración Pública y Gestión Interna, en expte. 280/2000.

1.073.- Devolución de fianza a Cutillas Hermanos S.L., por el suministro de vestuario para Policías de Escolta de Presidencia, en expte. 407/2000.

1.074.- Devolución de fianza a Decoración Toñi, por suministro de estores, en expte. 493/2000.

1.075.- Devolución de fianza a D. Rafael Martín Vicens, por el suministro de material eléctrico y obras de acondicionamiento en Sanidad (San Amaro) en expte. 395/2000.

1.076.- Devolución de fianza a Márquez y Asociados S.L. por los servicios de hostelería con motivo de Fiesta Navideña a los funcionarios de la Asamblea de la Ciudad, en expte. 807/99.

1.077.- Devolución de fianza a Construcciones y Reparaciones Mena S.L., por las obras de reparación en colegio público "Lope de Vega", en expte. 123/99.

1.078.- Devolución de fianza a Kaiser-Kraft S.A., por el suministro de diverso equipamiento para la inauguración del Museo de las Murallas Reales, en expte. 197/99.

1.079.- Devolución de fianza a Construmar Ceuta S.L., por las obras de reposición y reparación de pavimentos en c/ Estrella, en expte. 229/99.

1.082.- Devolución de fianza a D. Javier Gutiérrez Fernández, por el suministro de climatización para las dependencias del servicio de Industria y Energía, en expte. 262/2000.

1.083.- Devolución de fianza a Construmar S.A., por las obras de saneamiento en la acera de c/ Dueñas, en expte. 82/2000.

1.084.- Devolución de fianza a D. Antonio González de la Rubia, por la contratación de un monitor de guitarra, en expte. 60/2000.

1.085.- Devolución de fianza a D.ª Ana María del Moral Brenes, por la contratación de una monitora de estética, en expte. 61/2000.

1.086.- Devolución de fianza a Instalaciones Gutiérrez, por la dotación de aire acondicionado individual, para las dependencias de las oficinas de la revisión del PGOU, en expte. 165/2000.

1.103.- PROCESA.- Devolución de fianza a Corsan, S.A., por el proyecto de obras de infraestructura común de acceso a servicios de telecomunicaciones, Poblado Marinero.

1.104.- PROCESA.- Devolución de fianza a Corsan, S.A., por el proyecto de cerramiento de pérgolas en el Paseo de la Marina Española.

1.105.- PROCESA.- Devolución de fianza a Corsan, S.A., por el proyecto de adecuación de local para complejo cinematográfico de siete salas, en el Poblado Marinero.

1.106.- PROCESA.- Devolución de fianza a Corsan, S.A., por el proyecto modificado n.º 1 de construcción de escenario, aseos, bar y zona de servicio, en el Parque Marítimo del Mediterráneo.

1.107.- PROCESA.- Devolución de fianza a Necso, Entrecanales Cubiertas S.A, por las obras contenidas en el proyecto "Instalaciones aduaneras y de Revisión para el IPSI, en Muelle Cañonero Dato".

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Martes 20 de marzo de 2001 B. O. C. CE. - 3.992 1.070



El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.067.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 538/99

ADJUDICATARIO: JOSE MARIA HITA RUIZ.

ASUNTO: TRABAJOS DE EXCAVACION ARQUEOLOGICA DE URGENCIA EN EL P.E.R.I.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.068.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 62/00.

ADJUDICATARIO: NIEVES BALLESTEROS LOBATO.

ASUNTO: CONTRATACION SERVICIO DE UNA MONITORA DE PELUQUERIA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 8 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.069.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 63/00

ADJUDICATARIO: ROSA SOPENA LORES.

ASUNTO: CONTRATACION DE SERVICIO DE UNA MONITORA DE FOTOGRAFIA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 8 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.070.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 33/00

ADJUDICATARIO: ALMACENES SAN PABLO

ASUNTO: SUMINISTRO DE DIVERSO MOBILIARIO VICECONSEJERIA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y PESCA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.063.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte:300/99

ADJUDICATARIO: PORTAL DE CEUTA S.L.

ASUNTO: SUMINISTRO DE AMUEBLAMIENTO Y DECORACION DE LAS OFICINAS DE SERVICIO DE INSPECCION TRIBUTARIA COMO ENTREGA COMPLEMENTARIA DE DICHO MOBILIARIO PARA EL CEUTA CENTER.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.064.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 115/99

ADJUDICATARIO: PROSE S.A.

ASUNTO: CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA DEL MUSEO EN LAS MURALLAS REALES (DEL 18 ABRIL AL 30 MAYO 1999).

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.065.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 389/99

ADJUDICATARIO: CORSAN S.A.

ASUNTO: OBRAS DE INSTALACION HITOS EN DIVERSAS CALLES DE LA CIUDAD.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.066.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 117/99

ADJUDICATARIO: EULEN S.A.

ASUNTO: CONTRATACION SERVICIOS DE INFORMACION Y ATENCION AL PUBLICO DEL MUSEO MURALLAS REALES (18-4-99 AL 30-05-99).

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1.071 B. O. C. CE. - 3.992 Martes 20 de marzo de 2001



1.071
.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 216/00

ADJUDICATARIO: ALMACENES SAN PABLO.

ASUNTO: SUMINISTRO DE MUEBLES CON DESTINO A LOS DESPACHOS DE LOS CONSEJEROS.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Horacio Espina Menéndez.

1.072.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 280/00

ADJUDICATARIO: ALMACENES SAN PABLO.

ASUNTO: SUMINISTRO DE MOBILIARIO PARA DESPACHOS DE LA CONSEJERIA DE ADMINISTRACION PUBLICA Y GESTION INTERNA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.073.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 407/00

ADJUDICATARIO: CUTILLAS HERMANOS S.L.

ASUNTO: SUMINISTRO VESTUARIO POLICIAS ESCOLTA DE PRESIDENCIA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.074.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 493/00

ADJUDICATARIO: DECORACION TOÑI.

ASUNTO: SUMINISTRO DE ESTORES.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.075.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los
trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 395/00

ADJUDICATARIO: RAFAEL MARTIN VICENS.-

ASUNTO: SUMINISTRO DE MATERIAL ELECTRICO Y OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO EN SANIDAD SAN AMARO.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.076.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 807/99

ADJUDICATARIO: MARQUEZ Y ASOCIADOS, S.L.

ASUNTO: SSERVICIO HOSTELERÍA CON MOTIVO FIESTAS NAVIDEÑAS A LOS FUNCIONARIOS DE LA ASAMBLEA DE LA CIUDAD.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 15 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.077.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 123/99

ADJUDICATARIO :CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES MENA S.L.

ASUNTO: OBRAS DE REPARACION EN COLEGIO PUBLICO LOPE DE VEGA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.078.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 197/99

ADJUDICATARIO: KAISER-KRAFT S.A.

ASUNTO: SUMINISTRO DE DIVERSO EQUIPAMIENTO PARA LA INAUGURACION DEL MUSEO DE LAS MURALLAS REALES.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.079.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los
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Martes 20 de marzo de 2001 B. O. C. CE. - 3.992 1.082



trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 229/99

ADJUDICATARIO: CONSTRUMAR CEUTA S.L.

ASUNTO: OBRAS REPOSICION Y REPARACION DE PAVIMENTOS EN C/ ESTRELLA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 9 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.080.- Excmo. Sr. Consejero de Presidencia, en su Decreto de fecha a 19/01/01 ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES

En fecha 01/12/00 D. RABAH BUNUAR KADDUR, formula pliego de descargos contra denuncia sobre infracción de tráfico (art.941.1I del Reglamento General de Circulación), expediente n.º 123.407.

De conformidad con el art. 79.2 del R.D. Legislativo 339/1990 y 12.2 del R.D. 320/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se ha dado traslado de las alegaciones al agente de la autoridad denunciante, el cual se ha ratificado en el hecho denunciado.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos de probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado, y de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios denunciados.

Una vez concluida la instrucción del procedimiento y practicada audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, el instructor elevará propuesta de resolución al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora, para que dicte la resolución que proceda (art. 13.2 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero).

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda otorgar TRAMITE DE AUDIENCIA al interesado con vista del expediente por término de DIEZ días desde la recepción de esta notificación, al objeto de alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.081.- La Comisión Informativa de Presidencia, Recursos Humanos y Reglamentos, en su reunión ordinaria celebrada el día catorce de marzo de dos mil uno, acordó dictaminar favorablemente la siguiente Propuesta formulada por el Excmo. Sr. D. Juan José Rosales Fernández, Consejero de Presidencia y Recursos Humanos.

En la Sesión Plenaria Ordinaria de 15 de diciembre de 2000 a propuesta del Portavoz del Partido Popular se acuerda por unanimidad de los presentes la Moción "in voce" siguiente:

Modificar el art. 46, apartado b, del Reglamento de la Asamblea en el sentido de que los Grupos Políticos Municipales que representen más del 25% de los Diputados se le asignen dos auxiliares administrativos en la plantilla de trabajadores eventuales.

Habrá de ser la Comisión Especial de Reglamento la que convocada al efecto, de nueva redacción al apartado antes mencionado del art. 46, procediéndose a continuación a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad por un plazo de 30 días. De no presentarse reclamación alguna se considerará aprobado el tan referido apartado en la redacción dada por la Comisión.

En cumplimiento de dicho acuerdo Plenario Propongo:

1. La aprobación por esta Comisión de la Redacción del artículo 46.b del Reglamento de la Asamblea en los siguientes términos: "La inclusión en la plantilla de trabajadores eventuales, como personal de confianza de un puesto de auxiliar administrativo para cada grupo, salvo que el grupo represente más del veinticinco por ciento de los Diputados de la Asamblea, en cuyo caso serán dos los auxiliares administrativos a los que tengan derecho. Dicho personal será designado libremente por el grupo político correspondiente y nombrado por el Presidente.

Publicar dicha redacción en el Boletín Oficial de la Ciudad por un plazo de 30 días. De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia se entenderá definitivamente adoptada.

Ceuta, 15 de marzo de 2001.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.082.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 262/00

ADJUDICATARIO: JAVIER GUTIERREZ FERNANDEZ

ASUNTO: SUMINISTRO DE CLIMATIZACION PARA LAS DEPENDENCIAS DEL SERVICIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 8 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

815
1.082 B. O. C. CE. - 3.992 Martes 20 de marzo de 2001



1.083
.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 82/00- CONSTRUMAR S.L. - OBRAS DE SANEAMIENTO AVERIA SANEAMIENTO EN LA ACERA DE C/ DUEÑAS.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 8 de Marzo de 2001- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.084.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 60/00- ANTONIO GONZALEZ DE LA RUBIA.- CONTRATACION DE SERVICIO DE UN MONITOR DE GUITARRA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 8 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.085.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 61/00- ANA MARIA DEL MORAL BRENES.- CONTRATACION SERVICIO DE UNA MONITORA DE ESTETICA.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 8 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.086.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 165/00

ADJUDICATARIO: INSTALAC. GUTIERREZ

ASUNTO: DOTACION DE AIRE ACONDICIONADO INDIVIDUAL PARA LAS DEPENDENCIAS DE LAS OFICINAS DE LA REVISION DE PGOU.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 8 de Marzo de 2001.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

1.087.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de Diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.

Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:

Transcurrido el plazo de ingreso señalado en el artículo 108 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/90, 20 de Diciembre), sin que hayan sido satisfechos los créditos, por la presente se le notifica que en cumplimiento de la providencia de embargo dictada por la que se ordena el embargo de bienes del deudor en cantidad suficiente para cubrir el crédito perseguido, el recargo de apremio, intereses y costas que se hayan causado o causen, se le ha embargado de los saldos c/c que tienen abiertas en la entidad y por el importe a continuación relacionados:

N. I .F./Deudor O.Deuda F. Pv.Emb. Entidad Importe

45095794Q S. Tráfico 07.12.00 2038 43.917

Abdelatif Al Lal Mustafa.

45077747R S. Tributaria 07.12.00 0182 10.200

Abselam Moh. Zohra

A11906336 S. Tributaria 07.12.00 0049 30.000

Asiatic S.A.

45069823N Costas 01.03.96 2038 520

Borrego Almanza Fco. José

N. I .F./Deudor O.Deuda F. Pv.Emb. Entidad Importe

B11952991 S. Tributaria 07.12.00 0104 30.000

Bricolages Ugarte, SL.

31833451 W S. Tráfico 07.12.00 0182 30.000

Corchero Vera Jerónimo M.

816
Martes 20 de marzo de 2001 B. O. C. CE. - 3.992 1.088



45055088C I.R.P.F. 15.11.96 0049 63.928

Infante López José M.

39136315k Drogas 07.12.99 2038 1.124

Jimena Jimena Antonio

45074100B S. Tráfico 07.02.00 0085 30.000

Lirola Tesón José M.

45030321R S. Tráfico 07.12.00 1302 5

López Sánchez María

21506883C S. Tráfico 07.12.00 0030 2.099

Lloret Cortés Vicente

24773363V M. Elemt. Carre. 07.12.00 2038 154.228

Meléndez Gallego Manuel

45090038X S. Tráfico 08.01.01 9880 1.000

Mohamed Mohamed Ali

45086735L S. Tráfico 07.12.00 2038 3.172

Mojtar Abdelkader Mustafa

45057476Q S. Tributaria 07.12.00 2100 15.958

Morales Rueda Fco. Javier

45074875G O. Clandestina 09.10.00 1302 4.302

Morón López Joaquín

45076921A S. Tráfico 07.12.00 1302 30.520

Núñez Santiago Juan

50028079C S. Tráfico 07.12.00 0182 12.000

Octavio Herrera Marco A.

45071504Z S. Tráfico 07.12.00 1302 18.600

Valverde Valero Mario

Recursos y Suspensión del procedimiento:

Recursos: de REPOSICIÓN, en el plazo de quince días ante la Dependencia de Recaudación o RECLAMACIÓN ECONÓMICOADMINISTRATIVA, en el plazo de QUINCE días ante el Tribunal de dicha jurisdicción, ambos días contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación.

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso solo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.

Liquidación de intereses de demora:

Con posterioridad a la cancelación total de la deuda (principal, recargo de apremio y costas que haya originado el procedimiento), la Administración girará la correspondiente liquidación de intereses de demora de acuerdo con la legislación vigente.

La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en CEUTA, c/ Beatriz de Silva, n° 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, 6 de marzo de 2001.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.

1.088.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de Diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.

Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:

Transcurrido el plazo de ingreso señalado en el articulo 108 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/90, 20 de Diciembre), sin que hayan sido satisfechos los créditos, por la presente se le notifica que en cumplimiento de la providencia de embargo dictada por la que se ordena el embargo de bienes del deudor en cantidad suficiente para cubrir el crédito perseguido, el recargo de apremio, intereses y costas que se hayan causado o causen, se le ha embargado los bienes muebles a continuación relacionados:

N.I.F./Deudor O.Deuda F.Prov.Emb. Imp. Pente. Matricula

45083721H S. Trafico 23.04.99 561.192 CE-4975-E

Abdelaziz Brahim Brahim

45083720V S. Trafico 19.10.98 405.334 CE-6111-F

Abdelaziz Brahim Fuhad

45087592W S. Tráfico 07.12.00 11.000 CE-3818-G

817
1.088 B. O. C. CE. - 3.992 Martes 20 de marzo de 2001



Abdeselam Abel Lah Sodia

45092725Y S. Tráfico 07.09.00 180.000 CE-5023-G

Abdeselam Ahmed Benaixa

45092725Y S. Tráfico 07.09.00 180.000 CE-0137-H

Abdeselam Ahmed Benaixa

45089797E S. Tráfico 08.01.01 19.200 CE-2907-G

Abdeselam Al Luch Yamal

45080895K S. Trafico 09.10.00 18.000 CE-4305-G

Abdeselam Liazid Abdelatif

45097176H O. Clandestina 09.12.99 466.589 CE-3256-G

Ahmed Ahmed Mohamed

45101761A S. Tráfico 07.09.00 19.200 CE-8905-C

Ahmed Ali Hossain

45092543P S. Tráfico 07.09.00 24.520 CE-7350-E

Ahmed Hach Abdeselam Said

45092543P S. Tráfico 07.09.00 24.520 CE-3479-F

Ahmed Hach Abdeselam Said

45092543P S. Trafico 07.09.00 24.520 CE-8857-G

Ahmed Hach Abdeselam Said

45098510H S. Tráfico 07.09.00 60.000 CE-6748-G

Ahmed Mizian Rabeh

45098744E S. Tráfico 09.10.00 60.000 CE-9492-F

Ahmed Moh. Abdelmalik

45098744E S. Tráfico 09.10.00 60.000 CE-0520-G

Ahmed Moh. Abdelmalik

45098744E S. Tráfico 09.10.00 60.000 CE-5891-E

Ahmed Moh. Abdelmalik

45096655A O. Clandestina 14.07.98 1.285.739 CE-8350-F

Ahmed Tahar Mohamed Habib

45081677K S. Tráfico 07.09.00 120.000 7522BBD

Al Lal Mohamed Said

45081677K S. Tráfico 07.09.00 120.000 CE-7596-G

Al Lal Mohamed Said

45085298P S. Tráfico 07.04.00 59.981 CE-9107-E

Alcántara Oliva M. Pilar

45105839X S. Tráfico 07.09.00 30.000 CE-5798-G

Alonso Garibay Miguel

45105839X S. Tráfico 07.09.00 30.000 CE-0148-H

Alonso Garibay Miguel

18953546M S. Tráfico 07.06.00 24.000 CS6599-AC

Beltrán Balfagón Jorge

18953546M S. Tráfico 07.06.00 24.000 CE-8201-G

Beltrán Balfagón Jorge

24197555Z S. Tráfico 07.08.00 12.000 M-7328-LY

Berruezo Gomez Gloria

21650161P Inf. L. Labo. Tráf. 09.10.00 681.687 C-3264BGG

Boronat Seco José Luis

45085846G S. Tráfico 07.11.00 60.520 CE-4895-E

Buxta Tuhami Hatim

45058945J S. Trafico 07.04.00 11.645 CE-4922-D

Carpio Rodríguez Antonio

45058945J S. Tráfico 07.04.00 11.645 CE-8834-E

Carpio Rodríguez Antonio

45058945J S. Tráfico 07.04.00 11.645 CE-2649-F

Carpio Rodríguez Antonio

B11958980 N.At.R. CIDA 07.09.00 30.000 B-9181-MV

Ceutasol SL.

B11958980 N.At.R. CIDA 07.09.00 30.000 CE-5621-D

Ceutasol SL.

N.I.F./Deudor O.Deuda F.Prov.Emb. Imp. Pente. Matricula

B11957636 S. Tributaria 07.09.00 61.800 M-7176-SJ

Contratas Euroceuta, SL

0523070G I.R.P.F. 25.08.00 2.275.420 CE-5097-E

Crisóstomo García Francisco

0523070G I.R.P.F. 25.08.00 2.275.420 CE-4647-G

818
Martes 20 de marzo de 2001 B. O. C. CE. - 3.992 1.088



Crisóstomo García Francisco

X2093596K S. Tráfico 26.07.00 44.412 CE-3093-G

El Hasnaoui Mohamed

45084218D S. Tráfico 07.09.00 30.520 CE-0425-G

Enfeddal Mohamed Mustafa

B11959111 S. Tributaria 07.09.00 84.600 MA-8710-BM

Euroceuta Automóviles, SL

45102240E S. Tráfico 09.10.00 30.000 CE-6447-G

Fernández Carrasco Jorge

45082314Z S. Tráfico 09.10.00 30.520 CE-8486-E

Gaona Ortíz Rafael

45094232H S. Tráfico 09.10.00 72.000 CE-9719-F

García García Fco. Javier

14524850M S. Tráfico 09.10.00 18.000 V-10212-W

Hera Martínez M. Angel de la

45088248Z S. Tráfico 07.04.00 120.000 CE-1494-F

Heredia Hernández Alberto Javier

45055550E A. Insp. Exp. Sanc. 07.08.00 67.439 CE-2409-F

López Lara Ana María

99013440G S. Tráfico 07.09.00 55.000 CE-8747-F

Maimon Mohamed Milud

99013440G S. Tráfico 07.09.00 55.000 CE-7259-G

Maimon Mohamed Milud

45105178Q S. Tráfico 09.10.00 60.000 CE-5068-G

Mizzian Mohamed Karim

45092180J S. Tráfico 07.05.99 268.679 CE-5752-G

Mohamed Abdeselam Samir

45078674P S. Tráfico 07.12.00 30.520 CE-2048-G

Mohamed Ahmed Husein

45092199D S. Tráfico 09.10.00 18.000 CE-8094-D

Mohamed Amhauchi Karim

45093286S S. Tráfico 09.10.00 60.000 CE-7156-G

Mohamed Haddu Abdelkader

45094626K S. Tráfico 07.08.00 36.000 CE-5534-F

Mohamed Hossain Moga Aicha

45082584P Lo 1/92 art.25.1 09.10.00 69.600 CE-5671-G

Mohamed Lahsen Nordin

45093316E S. Tráfico 07.09.00 24.000 CE-9104-G

Mohamed Layasi Mustafa

45093316E S. Tráfico 07.09.00 24.000 CE-3918-F

Mohamed Layasi Mustafa

45081996H S. Tráfico 09.10.00 30.000 CE-7151-G

Mohamed Mohamed Hossain

45093698J S. Tráfico 07.09.00 18.600 CE-5982-G

Mustafa Mohamed Turia

45079233S S. Tráfico 09.10.00 18.000 CE-8292-E

Mulcchand Daswani Pablo

45079989N S. Tributaria 09.10.00 60.000 CE-4687-G

Ramírez Garcia J. Manuel

32053305E S. Tráfico 07.09.00 12.000 CE-8984-G

Ruiz Genal Rafael

45103504K S. Tráfico 09.10.00 60.000 CE-3050-G

Sarabia Barroso Dolores

8112564G I.R.P.F. 07.09.00 24.527 CE-6029-E

Sánchez Martín Javier

34918575K S. Tráfico 08.05.00 12.000 CE-7677-D

Vergara Hernández Joaquín

Recursos y Suspensión del procedimiento:

Recursos: de REPOSICIÓN, en el plazo de quince días ante la Dependencia de Recaudación o RECLAMACIÓN ECONOMICO-ADMINISTRATIVA, en el plazo de QUINCE días ante el Tribunal de dicha jurisdicción, ambos días contados a partir del día siguiente al recibo de esta notificación.

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso solo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el
819
1.088 B. O. C. CE. - 3.992 Martes 20 de marzo de 2001



articulo 101 del Reglamento General de Recaudación.

Liquidación de intereses de demora:

Con posterioridad a la cancelación total de la duda (principal, recargo de apremio y costas que haya originado el procedimiento), la Administración girará la correspondiente liquidación de intereses de demora de acuerdo con la legislación vigente.

La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva n.º 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, 7 de marzo de 2001.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.089.- El Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Dos por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de JUICIO DE FALTAS N.º 64/01, que se sigue por la supuesta falta de ART. 636 DEL C.P., he mandado citar
a D. SALAH ABDESELAM ABDESELAM, en calidad de DENUNCIADO, a fin de que comparezca el próximo día 29 DE MARZO DE 2001, a las 12:05 H., en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la ciudad de Ceuta a 8 de marzo de 2001.- EL SECRETARIO.

1.090.- El Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Dos en virtud de lo acordado en el JUICIO DE FALTAS N.º 400/99, sobre CONTRA EL ORIGEN PUBLICO Y AMENAZAS E INSULTOS, ha mandado notificar a D. ANTONIO CARA BAEZA, la sentencia dictada con fecha 23 DE JUNIO DE 2000 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo condenar y condeno a Antonio Cara Baeza y Francisco Javier Peña Espinosa, como autores, cada uno de ellos, de una falta prevista en el artículo 634 del Código Penal, a la pena de 20 días multa, para cada uno, a razón de una cuota diaria de 500 Ptas., y con aplicación subsidiaria de lo dispuesto en el artículo 53, y con expresa imposición de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios. Únase la presente al Libro de Sentencias de éste Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón. Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2001.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

1.091.- En el procedimiento de referencia seguido a instancia de D. Antonio Viso Trujillo como presidente de la comunidad de propietarios de la fase del complejo residencial don Alfonso y D. Mustafa Dris Al-lal contra Agroindustrias Hércules S.A., se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

PROPUESTA DE PROVIDENCIA DEL SECRETARIO JUDICIAL D. JAVIER CLEMENTE LAZARO.

Por presentado el anterior escrito de la procuradora Sra. Barchilón Gabizón, únase a los autos de su razón se le tiene por renunciado de la representación del demandado, requiérase a Agroindustrias Hércules S.A. para que en el plazo de 10 días se persone por medio de abogado y procurador, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía. Así lo propongo y firmo doy Fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Agroindustrias Hércules, S.A. se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Ceuta, a 21 de febrero de 2001.- Conforme.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.092.- El Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Dos por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de JUICIO DE FALTAS N.º 614/00, que se sigue por la supuesta falta de ART. 636 DEL C.P., he mandado citar a D. AHMED AMAR MENSAUD, en calidad de DENUNCIADO, a fin de que comparezca el próximo día 18 DE ABRIL DE 2001, a las 10:25 h., en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2001.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

1.093.- D. JAVIER CLEMENTE LAZARO SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CEUTA

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Juicio de Faltas n° 497 /2000 seguidos por
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Martes 20 de marzo de 2001 B. O. C. CE. - 3.992 1.096



una falta de LESIONES, contra OMAR AHMED ALI HACH, se ha acordado en providencia de fecha de hoy, que sea citado MUSTAFA BEN AL MUSTAFA, en calidad de DENUNCIANTE, a fin de que comparezca el próximo día 11 DE ABRIL DE 2.001., a las 10.50 horas, en la Sala de audiencias de este juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto de juicio con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio, así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de letrado.

Y para que conste y sirva de citación a D. Mustafa Ben al Mustafa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en Ceuta a veintiocho de febrero de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

1.094.- D. JAVIER CLEMENTE LAZARO SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CEUTA

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Juicio de Faltas n° 356 /2000 seguidos por una falta de CIRCULAR SIN SEGURO., contra D. MOHAMED OUGHAR, se ha acordado en providencia de fecha de hoy, que sea citado D. MOHAMED OUGHAR, en calidad de DENUNCIADO, a fin de que comparezca el próximo día 20 DE JUNIO DE 2.001., a las 10.40 horas, en la Sala de audiencias de este juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto de juicio con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio, así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de letrado.

Y para que consta y sirva de citación a D. Mohamed Oughar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Ceuta, expido el presente en Ceuta a cinco de marzo de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

1.095.- D. Jesús María del Cacho Rivera, Magistrado-Juez de Primera Instancia n° 3 de los de la Ciudad de Ceuta.

H A C E S A B E R: Que ante este Juzgado de mi cargo se siguen y bajo el número de registro 156/2000, autos de JUICIO EJECUTIVO a instancia del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. dirigido por el Letrado Sr. Guerrero Mirales y representado por la Procuradora Sra. Toro Vílchez, contra José Clemente Robles Carrión, Africa Valdivia Quero y Rafael Robles Carrión, declarados en rebeldía en las presentes actuaciones, en las cuales y con fecha de 1 de febrero de dos mil uno recayó SENTENCIA DE REMATE que contiene el siguiente FALLO:

"Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra Don JOSE CLEMENTE ROBLES CARRION, AFRICA VALDIVIA QUERO Y RAFAEL ROBLES CARRION hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe integro pago al BANCO BILBAO VIZCAYA Argentaria, S.A. de la cantidad de 184.769 de principal y los intereses pactados y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dichos demandados.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi Sentencia, que por la rebeldía de los demandados se le notificará en los Estrados del Juzgado, y en el Boletín Oficial de ésta Provincia, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo."

Y para que sirva de notificación en forma a los demandados rebeldes se libra el presente, haciéndoles saber que contra la dicha sentencia podrá interponer recurso de apelación en CINCO DIAS contados a partir del siguiente a su publicación.

En la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2001. Por ante mí, de que doy fe.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

1.096.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos: DENUNCIANTE: Guardia Civil.

DENUNCIADO: Abselam Ahmed Shutman, DNI: 45.084.972.

HECHOS IMPUTADOS: Originar desorden en un espacio público (Recinto Sur), el pasado día 20.12.00, a las 01,20 horas, al proferir insultos contra los agentes de la Guardia Civil que pasaban en su vehículo.

PRECEPTO INFRINGIDO: Art. 26 i) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

CALIFICACION: Infracción Leve

SANCION QUE PUDIERA CORRESPONDER: De 0 a 50.000 de Ptas.

ORGANO COMPETENTE: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).

Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de QUINCE DIAS desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 30.000 ptas, considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.

En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.

El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de
821
1.096 B. O. C. CE. - 3.992 Martes 20 de marzo de 2001



la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, 12 de febrero de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.

Subdelegación del Gobierno en Cádiz

1.097.- En la unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de la Constitución n° 2 (11071-Cádiz) se encuentra el siguiente documento:

Pliego de cargos.

Expte: 2001/0372 a nombre de:

MOHAMED AHMED, KARIM

C/María Jaén, 10

51002-CEUTA

Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.

Ceuta, a 27 de febrero de 2001.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.- Fdo.: Ana María González Medina.

Delegación del Gobierno en Ceuta

1.098.- ASUNTO: INCOACIÓN DE EXPEDIENTE POR INFRACCIONES EN MATERIA DE PESCA MARITIMA

EXPEDIENTE N°. 11-CA-893/00 Ceuta, 18 de enero de 2001

Con fecha 18 de enero el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en la Ciudad de Ceuta ha firmado el siguiente Acuerdo de Inicio:

Como consecuencia del Acta de Denuncia Núm. 15-208/00, formulada con fecha 20-12-00, por la GUARDIA CIVIL, SERVICIO MARITIMO PROVINCIAL de CEUTA, esta Delegación del Gobierno ha tenido conocimiento de los siguientes hechos:

En la fecha, hora y lugar reflejados en el Acta de Denuncia, la embarcación "JUAN Y PACA", matricula 3ªCU-1-1421 con Base en Ceuta, se encontraba en la bocana del puerto de Ceuta:

" EL EJERCICIO O LA REALIZACION DE ACTIVIDADES PROFESIONALES DE PESCA MARITIMA SIN ESTAR INCLUIDO EN EL CENSO DE LA FLOTA PESQUERA".

De los citados hechos, puede resultar presuntamente RESPONSABLES:

D. MOUBARIK SAID SLIMAN, con DNI núm. 45.102.772, domiciliado en Ceuta, C/.Vicedo Martínez, n° 13, en calidad de patrón, D.ª AICHA MOHAMED LAARBI, con DNI. 45.088.446-M, domiciliado en Ceuta, C/ Vicedo Martínez, n° 26, en calidad de armadora y D. JUAN RUIZ AMATE,
domiciliado en Ceuta, C/ Garcia, n° 16, en calidad de propietario de la embarcación "JUAN Y PACA", con matrícula 3ªCU-1-1421 y base en el puerto de CEUTA.

El Delegado del Gobierno en la Ciudad de Ceuta, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Art. 5.5. del Real Decreto 1330/1997 de 1 de Agosto de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno (BOE núm. 199 de 20 de Agosto), y con base en lo dispuesto en el Art. 69.1. de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285 de 27 de Noviembre),

ACUERDA:

Primero: Iniciar el procedimiento sancionador para depurar las posibles responsabilidades en que pudieran haber incurrido las personas señaladas como presuntos responsables, indicándose que de acuerdo con lo establecido en Art. 7.1. apartado a) y n) de la Ley 14/1998 de 1 de Junio, por la que se establece el Régimen de Control para Protección de los Recursos Pesqueros (BOE núm. 131 de 2-6-98), los hechos descritos pudieran ser constitutivos de DOS infracciones GRAVES, que a tenor de lo dispuesto en el Art. 13.2. de la citada Ley pudiera corresponderle una sanción de 50.001 a 10.000.000 de Ptas., además de las accesorias que procedan en función de las circunstancias concurrentes.

Segundo: Designar instructor del citado expediente al funcionario de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz D. Jesús Miguel Padillo Rivademar, el cual quedará sujeto al régimen de abstención y recusación establecido en el Capítulo III del Titulo 1I de la Ley 30/1992.

Los interesados dispondrán de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer pruebas, concretando los medios de que pretendan valerse. Asimismo se les reconoce el derecho al trámite de audiencia durante el procedimiento y, además de los derechos que el Art. 35 de la Ley 30/1992 reconoce a los interesados, éstos podrán hacer reconocimiento expreso de su responsabilidad, con los efectos previstos en el Art. 8 del Real Decreto 1398/1993 de 4 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora (BOE núm. 189 de 09-08-93).

Según establecen el Art. 18 apartado b) de la Ley 14/1998, la resolución de este procedimiento corresponderá al Ilmo. Sr. Director General de Recursos Pesqueros de la Secretaria General de Pesca Marítima del M.A.P.A. El plazo máximo establecido para resolverlo y notificar la resolución al expedientado de seis meses a partir de la fecha del presente Acuerdo de Iniciación, cuyo cómputo se podrá suspender o interrumpir en los supuestos previstos en la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1.999 (BOE núm. 12 de 14-01-99). Transcurrido el mencionado plazo sin haberse dictado y notificado la resolución, se producirá la caducidad del expediente.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

1.099.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:

DENUNCIANTE: Guardia Civil.

822
Martes 20 de marzo de 2001 B. O. C. CE. - 3.992 1.101



DENUNCIADO: Mohamed Al Lal Ahmed, DNI: 45.104.280.

HECHOS IMPUTADOS: Desobedecer los mandatos de la autoridad, el pasado día 6.01.01, a las 23,50 horas, cuando se encontraba en el Puerto deportivo CAS y recibió señales de alto en la embarcación deportiva "GOOFY" en la que se encontraba.

PRECEPTO INFRINGIDO: Art. 26 h) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

CALIFICACION: Infracción Leve

SANCION QUE PUDIERA CORRESPONDER: De 0 a 50.000 de Ptas.

ORGANO COMPETENTE: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).

Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de QUINCE DIAS desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 35.000 ptas, considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.

En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.

El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, 12 de febrero de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Penal

Número Dos de Ceuta

1.100.- El Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal Número Dos de Ceuta.

Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue el Rollo P.A. 109/01-M dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Dos de ésta Ciudad, por el supuesto delito de tráfico de personas, entre otros particulares se ha acordado:

Citar, mediante el presente edicto y en calidad de testigo a D.ª Sara Nour Eddine al objeto de que comparezca ante
este Juzgado, C/. Serrano Orive s/n, a fin de asistir a la vista del Juicio Oral, que se celebrará el próximo día 25 de abril de 2001 a las 11,30 horas.

No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma al testigo anteriormente mencionado, expido el presente en Ceuta a 9 de marzo de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

1.101.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:

DENUNCIANTE: Guardia Civil.

DENUNCIADO: Sebtaui Boaza Nordin Meki, DNI: 45.063.249.

HECHOS IMPUTADOS: Desobedecer los mandatos de la autoridad, el pasado día 2.12.00, a las 23,40 horas, cuando se encontraba en el Club Naútico CAS pilotando la embarcación semirrígida "SWEDEN" y fue requerido para su identificación por los agentes actuantes.

PRECEPTO INFRINGIDO: Art. 26 h) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

CALIFICACION: Infracción Leve

SANCION QUE PUDIERA CORRESPONDER: De 0 a 50.000 de Ptas.

ORGANO COMPETENTE: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).

Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de QUINCE DIAS desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 45.000 ptas, considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.

En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.

El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
823
1.101 B. O. C. CE. - 3.992 Martes 20 de marzo de 2001



Común.

Ceuta, 12 de febrero de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.

1.102.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:

DENUNCIANTE: Jefatura de la Policía Local.

DENUNCIADO: Mohamed Said Abselam Mohamed, DNI n° 45.090.421.

HECHOS IMPUTADOS: Portar sustancia estupefaciente, que según análisis elaborado por el área funcional de Sanidad, resultó ser haschish con un peso neto de 1,7 grs, el pasado día 3.12.00 a las 01,30 horas, cuando se encontraba en la Avda Martínez Catena.

CALIFICACION: Infracción Grave

PRECEPTO INFRINGIDO: Art. 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

SANCION QUE PUDIERA CORRESPONDER: De 50.001 a 1.000.000 de Ptas.

ORGANO COMPETENTE: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).

Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de QUINCE DIAS desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 51.000 ptas, considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.

En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.

El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, 15 de febrero de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/97, 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Fernández García.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.103.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de la fianza definitiva impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expediente: Proyecto de Obras de infraestructura común de acceso a servicios de telecomunicaciones, Poblado Marinero.

El plazo de presentación será de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 14 de marzo de 2001.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.

1.104.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de la fianza definitiva impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expediente: Proyecto de Cerramiento de pérgolas, para la Ciudad de Ceuta, sito en el Paseo de la Marina Española de Ceuta.

El plazo de presentación será de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 14 de marzo de 2001.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.

1.105.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de la fianza definitiva impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expediente: Proyecto de Adecuación de local para complejo cinematográfico de siete salas en el Poblado Marinero.

El plazo de presentación será de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 14 de marzo de 2001.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.

1.106.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de la fianza definitiva impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expediente: Proyecto Modificado n.º 1 del de Construcción de escenario, aseos, bar y zona de servicio en el Parque Marítimo del Mediterráneo.

El plazo de presentación será de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 14 de marzo de 2001.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.

1.107.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de la fianza definitiva impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expediente: Obras contenidas en el proyecto "Instalaciones aduaneras y de Revisión para el IPSI en el Muelle Cañonero Dato.

El plazo de presentación será de quince (15) días hábi
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Martes 20 de marzo de 2001 B. O. C. CE. - 3.992 1.111



les contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 14 de marzo de 2001.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

1.108.- D. Javier Clemente Lázaro, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Doy fe y Testimonio: Que en el Juicio de Faltas n.º 389/2000 seguidos por una falta de circular sin seguro, contra D. Mohamed Zemzami, se ha acordado en providencia de fecha de hoy, que sea citado D. Mohamed Zemzami, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 20 de junio de 2001, a las 10,50 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto de juicio con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio, así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de Letrado.

Y para que consta y sirva de citación a D. Mohamed Zemzami, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido el presente en Ceuta a ocho de marzo de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

1.109.- D. Javier Clemente Lázaro, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Doy fe y Testimonio: Que en el Juicio de Faltas n.º 388/2000 seguidos por una falta de circular sin seguro, contra D. Abdelhadi Duahidy, se ha acordado en providencia de fecha de hoy, que sea citado D. Abdelhadi Duahidy, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 20 de junio de 2001, a las 10,45 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto de juicio con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio, así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de Letrado.

Y para que consta y sirva de citación a D. Abdelhadi Duahidy, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido el presente en Ceuta a ocho de marzo de dos mil uno.- EL SECRETARIO.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Inspec. Prov. de Trabajo y Seg. Social

1.110.- D. José Diego Cruces de la Vega, Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta.

Certifica: Que ésta Inspección Provincial de Trabajo ha dictado las siguientes Resoluciones, en relación con actas levantadas a las empresas y/o trabajadores que a continuación se relacionan, que no han podido ser notificadas al haberse agotado sin resultado el trámite usual de los previstos en el art. 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admones. Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/92, de 26-11-92, y Ley 4 de 13 de enero de 1999 (BOE 14), de modificación.

Expedientes: Empresa Sanción

E-135/00 Miguel Suanez Bautista 50.000

S-003/01 José Lara Mancilla 5.500

S-004/01 José Luis Fernández Rodríguez 5.500

Se advierte a las empresas y/o trabajadores que en el plazo de un mes, contado a partir del mismo día de su notificación de éste documento, pueden presentar Recurso de Alzada con las mismas, ante el Ilmo. Sr. Director General competente, en ésta Inspección Provincial de Trabajo ó a través de la Subdirección General de Recursos, de acuerdo con el art. 14 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Admones. Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Y para que conste, expido y firmo la presente certificación en Ceuta, a ocho de marzo de dos mil uno.

1.111.- D. José Diego Cruces de la Vega, Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta.

Certifica: Que la Inspección Provincial de Trabajo ha levantado Actas de Infracción a las empresas y/o trabajadores que a continuación se relacionan, que no han podido ser notificadas al haberse agotado sin resultado el trámite usual de los previstos en el art. 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admones. Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/92, de 26-11-92.

Expediente: Empresa Sanción

13E-004/01 Mustafa Mohamed Ahmed 1.500.300

13E-009/01 Hadu Boaxa Milud 1.500.300

03H-015/01 Miguel Alvarez Alonso 10.000

04S-023/01 Obras de Ceuta, S.L. 102.000

11T-025/01 Clar Rehabilitación, S.L. 75.000

Se advierte a las empresas y/o trabajadores que las presentes resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo; no obstante, si se desea presentar escrito de Alegaciones en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación.

Y para que conste, expido y firmo la presente certificación en Ceuta, a ocho de marzo de dos mil uno.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Oficina Unica de Extranjeros

1.112.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero de 1999), se hace pública notificación de las propuestas de resolución de expulsión recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del estado, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido
825
1.112 B. O. C. CE. - 3.992 Martes 20 de marzo de 2001



practicar.

Expediente Nombre y Apellidos N.I.E. Nacionalidad Fecha de

Resolución

469/2001 Moktar Sam X-03550416-K Rep. Guinea 28-02-01

470/2001 Abdurrahman Barry X-03552918-Q Rep. Guinea 28-02-01

471/2001 Mamado Diallo X-03550560-G Rep. Guinea 28-02-01

472/2001 Alarba Bah X-03552850-V Guinea Bissau 28-02-01

473/2001 Jamary Koulubaly X-03552818-P Guinea Bissau 28-02-01

474/2001 Verlain Nlemvo X-03552762-K R.D. Congo 28-02-01

475/2001 Sidi Kone X-03550853-K Mali 28-02-01

476/2001 Wuilly Buene Mohake Miwa X-03552727-D R.D. Congo 28-02-01

477/2001 Eddy Muaku X-03553411-A R.D. Congo 28-02-01

478/2001 Ilo Jakite X-03553458-G Mali 28-02-01

479/2001 Dethie Fall X-03553719-N Guinea Bissau 28-02-01

480/2001 Samba Toure X-03552654-M Guinea Bissau 28-02-01

481/2001 Samiebe Thioye X-03553488-B Guinea Bissau 28-02-01

482/2001 Marie Fall X-03553520-C Guinea Bissau 28-02-01

483/2001 Karafa Camara X-03553571-W Gambia 28-02-01

484/2001 Mamar Daraz X-03553544-K Argelia 28-02-01

485/2001 Michael Onwuachu X-03553595-A Nigeria 28-02-01

486/2001 Ahmed Uddin X-03553626-B Bangladesh 28-02-01

487/2001 Saya Uddin X-03553660-E Bangladesh 28-02-01

488/2001 Christopher Momodu X-03553692-P Nigeria 28-02-01

Lo que se comunica, significándose que contar la presente propuesta no cabe interponer recurso alguno e igualmente, que a partir de este momento podrá acceder, y tomar vista del contenido del expediente administrativo sancionador, que se encuentra en la Comisaría Provincial de Policía de Ceuta, pudiendo obtener copias de los documentos obrantes en el mismo amparo de lo establecido en el art. 19.1 del Reglamento del procedimiento sancionador aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, concediéndosele un plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.

Ceuta, a 7 de marzo de 2001.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

1.113.- D. Abdeselam Dris Mohamed hijo de Dris y de Aicha, indocumentado, nacido en 1964 en Tetuán (Marruecos) de nacionalidad marroquí, con último domicilio conocido en C/. Cristo n.º 25, 2.º B Majadahonda, (Madrid), encausado por robo con fuerza en las cosas en causa Procedimiento Abreviado n.º 8/01 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá dentro del término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y pararle el perjuicio a que haya
lugar.

Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial, que tan pronto tengan conocimiento el paradero del referido acusado, procedan a su captura, poniéndolo a disposición judicial.

En Ceuta a 13 de marzo de 2001.- EL MAGISTRADO JUEZ.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.114.- D.ª M.ª Begoña Cuadrado Galache, Magistrada-Juez de Primera Instancia Número Dos de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo se sigue procedimiento judicial sumario del art. 131 de la Ley Hipotecaria bajo el n.º 234/97, a instancias del Procurador Sr. Ruiz Reina en nombre y representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid contra D. Ahmed ahmed Mohamed Subaire y D.ª Malika Mohamed Hamedi, sobre reclamación de 18.153.382 Ptas. de principal, intereses y costas presupuestadas, en las
cuales se ha señalado para que tenga lugar la práctica de la diligencia de lanzamiento de la finca objeto de las presentes actuaciones, registral n.º 17.443, propiedad de los demandados sita en esta Ciudad Bda. de la Almadraba, C/. Colonia Romeu, el próximo día 25 de abril, a sus 10 horas.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Ahmed Ahmed Mohamed Subaire, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación en forma a partir de su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de este Ciudad Autónoma, debiendo dejarla libre, expedita y a disposición de la actora.

Ceuta, a trece de marzo de dos mil uno.- LA MAGISTRADA JUEZ.- EL SECRETARIO.

1.115.- D.ª M.ª Begoña Cuadrado Galache, Magistrada-Juez de Primera Instancia Número Dos de Ceuta.

Hace Saber: que en este Juzgado de mi cargo se tramita procedimento Judicial sumario del art. 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el n.º 112/1998, a instancias de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid contra D. Rafael Rosell Sandarrubia, habiéndose acordado requerir al demandado a fin de que, en el plazo de ocho días, deje libre y a disposición de la entidad actora
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la finca registral n.º 16.487, consistente en aparcamiento n.º 5 en la planta sótano, de la casa radicada en Ceuta, calle Pedro de Meneses n.º 4 y 6, todo ello bajo apercibimiento de ser lanzado a su costa en caso de no verificarlo.

Y para que sirva de requerimiento en forma al demandado D. Rafael Rossell Sandarrubia, en paradero desconocido, a partir de su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de este Ciudad Autónoma, expido la presente en Ceuta a trece de marzo de dos mil uno.- LA MAGISTRADA JUEZ.- EL SECRETARIO.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.116.- Ante la imposibilidad de notificar por los procedimientos habituales (Notificador y Correos), y de acuerdo a lo dispuesto en el apartado 4, del artículo 59, Título III, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se detallan a continuación, las empresas que deberán presentar en el registro General del Ayuntamiento de Ceuta, solicitud de Convalidación en el Registro General Sanitario de Alimentos, en un plazo máximo de 10 días hábiles, a partir de la fecha de publicación del presente boletín:

- Cremencio Agúndez Ponce

- Almacenes Rogobeco

- David Amran Amran

- Sebastián Jiménez Flores

- Juan García Chicón

- General Supplies Ltd.

- Internacional Marine Suppliers

- Albatros Ship Supplies

- José Sánchez P. Molinillo

- Luis Moreno Naranjo

- Francisco Ruiz Gil

- Almacenes Vallecillo, S.L.

- Comercial Benchimol

Ceuta, a 14 de marzo de 2001.- EL CONSEJERO DE SANIDAD, CONSUMO Y DEPORTES.- Fdo.: Justo Ostalé Blanco.

AUTORIDADES Y PERSONAL

1.117.- La Excma.. Sra. Consejera de Educación y Cultura, D.ª Adelaida Alvarez Rodríguez, por su Resolución de fecha 14 de los corrientes, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Por Decreto del Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad de 12-02-01 se dispone el nombramiento de quien suscribe como Consejera de Educación y Cultura.

Con fecha 16-2-01 se aprueba la estructura del Gobierno de la Ciudad y se atribuyen a la citada Consejera competencias sobre las materias asignadas a la Consejería de Educación y Cultura.

Por Decreto de 13-2-01 se nombra a la Ilma. Sra. D.ª M.ª Isabel Deu del Olmo como Viceconsejera de Educación y
Cultura.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 114-3 del Reglamento de la Asamblea dispone que el Presidente podrá nombrar Viceconsejeros que desempeñarán las funciones que les delegue o desconcentre el titular. El apartado 4.º de dicho precepto establece que corresponde a los Viceconsejeros, bajo la autoridad del Consejero, la directa competencia de gestión de los asuntos asignados a la Viceconsejería. Las bases de ejecución del presupuesto (bases 11.ª, 12ª y 13ª) señalan que la competencia en cuanto a la autorización y disposición del gasto, así como del reconocimiento de la obligación, queda delegada en los Consejeros, si bien la Presidencia podrá, mediante resolución motivada y sin necesidad de acudir al procedimiento de modificación del presupuesto, delegarla y revocarla en alguno o todos los Viceconsejeros de la Ciudad.

PARTE DISPOSITIVA

1.º Se asigna a la Ilma. Sra. D.ª M.ª Isabel Deu del Olmo, Viceconsejera de Educación y Cultura, la gestión de las actuaciones de la Consejería en materia de Educación, en particular, las siguientes: a) Promoción y ejecución de programas en colaboración con otros organismos en materia de formación. b) Actuaciones dirigidas a complementar los servicios que en relación con la educación y formación presta la Administración General del Estado a través de programas de educación vial, alfabetización, garantía social, educación cívica y fomento del conocimiento del arcevo histórico ceutí. c) Becas y ayudas al estudio. d) Elaboración de propuestas relacionadas con el objetivo de aumentar la ofertas de la educación universitaria en Ceuta y establecimiento de mecanismos de colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes a efectos de mejorar el nivel de servicios y equipamientos educativos en Ceuta. 2.º Dése cuenta del presente Decreto a la Asamblea. 3.º- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Lo que le traslado a los efectos procedentes.

Ceuta, 15 de marzo de 2001.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.

1.118.- El Excmo. Sr. Presidente Acctal. de la Ciudad de Ceuta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 1/1995) y los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

Redactadas las Bases para la Convocatoria para la provisión de una plaza de Técnico de Inspección Turística mediante el sistema de Oposición informadas en Mesa Negociadora a los representantes de las distintas Centrales Sindicales, se someten a informe jurídico que se emite con fecha 16 de marzo de 2001.

En base a lo anteriormente expuesto y en consecuencia, he resuelto:

Aprobar las Bases de la Convocatoria para la prosivión como funcionario de carrera de una plaza de Técnico de Inspección Turística mediante el sistema de Oposición vacante en la plantilla de funcionarios.

Ceuta, 16 de marzo de 2001.- EL PRESIDENTE ACCTAL.- Doy fe.- LA OFICIAL MAYOR, SECRETARIA
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GENERAL EN FUNCIONES.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE TECNICO DE INSPECCION TURISTICA MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION

1. Normas generales.

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de Técnico de Inspección turística de la Ciudad de Ceuta, de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo B, mediante el sistema de Oposición por convocatoria libre.

1.2 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

1.3 A las pruebas que se establecen en esta convocatoria les serán aplicables la Ley 30/1.984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1.988, de 28 de julio, la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el R.D. 896/1.991, de 7 de junio y las Bases de esta Convocatoria.

2. Proceso selectivo.

La selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de Oposición.

2.1 Pruebas Selectivas:

2.1.1 Oposición.

La fase de oposición estará formada por dos ejercicios obligatorios:

PRIMER EJERCICIO: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en exponer por escrito durante un periodo máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar entre los comprendidos en el programa que figura en el Anexo I adjunto.

Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente ante el Tribunal por el aspirante, apreciándose, fundamentalmente el volumen y comprensión de los conocimientos, la precisión, rigor y claridad de la exposición. Cuando el aspirante no pudiera realizar la lectura personalmente, por causa de fuerza mayor, previamente acreditada y ponderada por el Tribunal, el ejercicio será leído por uno de los miembros de los mismos.

SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en un cuestionario de 30 preguntas con respuestas múltiples relacionado con las materias del programa.

3. Condiciones de los aspirantes.

3.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

3.2 Los requisitos establecidos en esta Base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

4. Solicitudes.

4.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial que figura como Anexo II de esta Resolución, será facilitada gratuitamente en el Registro General de la Ciudad de Ceuta.

4.2 En la tramitación de las solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta:

4.2.1 Las solicitudes se dirigirán al Presidente de la Ciudad de Ceuta (Plaza de Africa s/nº., 51.001, Ceuta), a las que se acompañarán una fotocopia grapada del D.N.I.

4.2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el B.O.E.

4.2.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro de la Ciudad de Ceuta (Plaza de Africa s/n, 51.001, Ceuta) o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26-11-1.992.

4.3 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas y se harán efectivas por los medios establecidos en el art. 38.6 de la Ley 30/1.992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo adjuntarse a la solicitud del resguardo acreditativo del pago de los derechos.

Podrán ingresarse directamente en la cuenta corriente número (0182-3151-91-0200084680) del BBVA (pruebas selectivas para acceso Técnico de Inspección Turística) en cualquiera de sus Oficinas, o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria a la citada cuenta.

En el caso de que el ingreso se haya realizado en una Oficina del BBVA, deberá figurar en la solicitud el sello de dicha entidad que justifique el referido pago.

En ningún caso, el pago por cualquiera de los medios legales utilizados por el aspirante, supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, expresado en las bases anteriores.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo de tal condición (certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente).

Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Será requisito para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

4.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente
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demandar su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido por la base 4.2.2 para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo de tal condición (certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente).

Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Será requisito para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

5. Admisión de aspirantes.

5.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente en materia de personal dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos de conformidad con lo previsto en el art. 20 del Real Decreto 364/1.995, de 10 de marzo. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación y determinándose el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

En las listas deberán constar los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad, así como en su caso las causas de exclusión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

5.2 Contra la resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos podrá interponerse, recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1.992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de uno o dos meses a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la ciudad de Ceuta, ante el órgano convocante o el competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo respectivamente.

5.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

5.4 Unicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de estas pruebas selectivas. A tal efecto el reintegro se realizará de oficio.

6. Tribunal Calificador.

6.1 El Tribunal estará compuesto por ocho miembros, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes
y pudiendo actuar indistintamente cualquier de ellos.

La totalidad de los miembros deberá poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la Subescala.

6.2 De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 896/1.991, de 7 de junio, el Tribunal calificador será el siguiente:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: Un funcionario designado por el Órgano competente en materia de personal, que actuará con voz pero sin voto.

Vocales: Tres vocales designados por la Corporación a través del Órgano competente en materia de personal.

Tres vocales designados por la Junta de Personal (art. 40 del Acuerdo Regulador).

Podrá asistir, asimismo, un observador por cada Sindicato representado en la Junta de Personal, con voz pero sin voto.

6.3 Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no pudiendo tampoco ser nombrados miembros, colaboradores o asesores de los miembros quienes hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

6.4 El Tribunal se constituirá, como mínimo diez días antes de la realización del primer ejercicio. Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes.

6.5 El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los arts. 22 a 27 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.6 Los Tribunales que actúen en esta prueba selectiva, a efectos de las indemnizaciones por razón de servicio en concepto de asistencias, está incluido en la categoría segunda del art. 33.2 del Real Decreto 236/1.988, de 4 de marzo.

7. Desarrollo de los ejercicios.

7.1 En cualquier momento, los Órganos competentes de selección, podrán requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

7.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ"; en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra "Ñ", el orden se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "O", y así sucesivamente. Todo ello de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23/02/2.000.

7.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único quedando decaídos en su derechos los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

7.4 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente ejercicio deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máxima de quince días naturales.

7.5 Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer
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su exclusión al Órgano competente en materia de personal, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

8. Calificación de los ejercicios.

Todos los ejercicios de la oposición serán eliminatorios.

PRIMER EJERCICIO: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo 5 puntos.

SEGUNDO EJERCICIO: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar como mínimo 5 puntos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de 0 a 10 puntos. La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistentes a la sesión, excepto cuando haya tres puntos de diferencia o más entre las distintas calificaciones otorgadas por los miembros, en cuyo caso serán eliminadas la mayor y la menor de dichas calificaciones. La calificación de los ejercicios se efectuará con tres decimales.

El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de la puntuación obtenida en los dos ejercicios. No obstante, si existieran puntuaciones idénticas el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. De persistir el empate, se resolverá por sorteo. El número de aprobados por el Tribunal no podrá exceder del número de plazas convocadas.

9. Lista de aprobados.

9.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Palacio Autonómico, la relación definitiva de aspirantes aprobados, con indicación de su D.N.I. y por orden de la puntuación alcanzada. Esta relación será elevada al Órgano competente en materia de personal para la publicación de la lista de aprobados, por orden de puntuación, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

9.2 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta norma será nula de pleno derecho.

9.3 Los actos que pongan fin al procedimiento selectivo deberán ser motivados. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su contenido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

10. Presentación de documentos.

10.1 Dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta la relación definitiva de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar o remitir a la Consejería de Presidencia y Recursos Humanos, Negociado de Personal, (Palacio Autonómico, Plaza de Africa s/n.º, 51.001, Ceuta), por alguno de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Copia, debidamente autenticada, del D.N.I.

b) Fotocopia debidamente autenticada del título exigi
do o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título y resguardo justificativo de haber solicitado su expedición.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

10.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

10.3 Quienes tuvieren la condición de funcionarios de carrera están exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificado del Registro Central de Personal, Ministerio, Organismo o Corporación Local del que dependieren para acreditar tal condición.

10.4 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la Base 3.ª, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

11. Nombramiento.

Por el Órgano competente en materia de personal se efectuará el nombramiento de los aspirantes, como funcionarios de la Ciudad de Ceuta, mediante Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

12. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Anexo I

1. TEMAS COMUNES:

1.1 La Constitución Española de 1.978. Principios Generales. Características y estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

1.2 Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

1.3 Los Entes Locales en el Derecho Español. El municipio.

1.4 Ciudad de Ceuta: Régimen jurídico, económico y
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financiero.

1.5 Administración Pública. Gobierno y Administración. Principios constitucionales de la Administración Pública española.

1.6 Relaciones entre la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Administración Local. Fórmulas de cooperación, colaboración y coordinación. Técnicas de control. La disolución de las Entidades Locales.

1.7 Los actos administrativos. Clases. Eficacia y ejecutividad. La ejecución forzosa.

1.8 La invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación de los actos administrativos.

1.9 El procedimiento administrativo común. Fases del procedimiento: Iniciación.

Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos.

Términos y plazos. Ordenación. Instrucción. La terminación del procedimiento.

1.10 Los recursos administrativos: El recurso de reposición y el de alzada.

1.11 La Hacienda local. Clases de ingresos. Ordenanzas fiscales. Especial referencia a la imposición local.

1.12 Los presupuestos de las Entidades locales: Elaboración y tramitación.

2. TEMAS ESPECIFICOS:

2.1 Fundamento, naturaleza y propósito de las empresas del sector de turismo. Funciones y objetivos.

2.2 La planificación empresarial en turismo. Valoración de su importancia. Justificación del proceso de planificación.

2.3 La profesionalidad en turismo: Análisis comparativo de las competencias profesionales.

Análisis de los conocimientos, habilidades cognitivas, destrezas y actitudes más significativas.

2.4 Principios deontológicos característicos en el marco del turismo.

2.5 El fenómeno turístico I. Valoración del hecho turístico desde la perspectiva de sus efectos económicos, socio-políticos y medioambientales.

2.6 El fenómeno turístico II. Valoración del hecho turístico desde la perspectiva de sus efectos culturales.

2.7 El fenómeno turístico III: Valoración del hecho turístico desde la perspectiva de sus efectos socio-políticos y medioambientales.

2.8 Dinámica de los flujos turísticos. Previsiones de la evolución futura del fenómeno turístico. Especial referencia a
la Ciudad de Ceuta.

2.9 Mercado turístico y proceso global de prestación de servicios de esta naturaleza.

Caracterización de la oferta turística.

2.10 Caracterización y motivaciones de la demanda turística internacional y española. Proceso global de creación y prestación de los servicios turísticos en función de sus fases. Especial referencia al turismo ceutí.

2.11 Marketing turístico. Diferenciación del marketing de productos del marketing de servicios. Justificación de las fases de conceptualización, estructuración, comercialización y prestación en la creación de un servicio. Aplicación en turismo.

2.12 Gestión y control de calidad en las empresas de turismo. Sistemas aplicables en el sector. Peculiaridades de la gestión integral de la calidad en las empresas y entidades del sector.

2.13 Investigación de mercados en los sectores de turismo. Importancia como instrumento de planificación. Selección y segmentación del mercado, métodos y técnicas. Fuentes de información de Turismo. Métodos de obtención de información.

2.14 El subsector de alojamiento: Estimación del peso económico actual y previsiblemente futuro en España y en la Unión europea. Análisis de la evolución y tendencias en la oferta y la demanda.

2.15 Oferta y demanda de empleo en España. Clasificación de los establecimientos turísticos de acuerdo con sus características generales, tipo de oferta, clientela y normativa aplicable.

2.16 Procesos y estructuras en las empresas y áreas de alojamiento. Procesos de prestación del servicio. Comparación de tipos e instalaciones de alojamiento turístico y no turístico.

2.17 Instrumentos de control de calidad en las áreas de alojamiento.

2.18 Ofertas de servicios de alojamiento: Definición de un concepto empresarial.

2.19 Gestión de la seguridad en los alojamientos. Plan de seguridad. Riesgos. Sistemas y equipos. Legislación europea y española en materia de seguridad en los alojamientos.

2.20 Organización y control de conjuntos complejos de servicios turísticos.

Definición de un concepto empresarial en el subsector de agencias de viajes. Definición de públicos objetivos.

2.21 Fases y procedimientos para la estructuración, organización, operación y control de viajes combinados o eventos. Instrumentos de control de calidad.

2.22 Recursos y planificación territorial de la oferta turística.

2.23 Técnicas para la evaluación de los recursos turísticos del entorno ceutí.

Técnicas de elaboración de inventarios turísticos.

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2.24 Normas urbanísticas y de ordenación turística como instrumentos para la protección del medio natural y cultural de la propia actividad turística.

2.25 Creación y desarrollo de productos turísticos locales.

2.26 Análisis comparativo y caracterización de los diferentes tipos de productos turísticos locales.

2.27 Definición de públicos objetivos para los productos turísticos locales. Definición, redefinición y desarrollo de estos productos.

2.28 Ciclo de vida de un producto turístico. Viabilidad de productos turísticos.

2.29 Programación de itinerarios turísticos. Identificación y análisis comparativo de las fuentes más relevantes para la confección de itinerarios.

2.30 Viabilidad de los distintos recursos turísticos del entorno ceutí a efecto de programar itinerarios. Técnicas de programación de itinerarios turísticos.

2.31 Servicios y entidades de información turística: Su justificación como servicio imprescindible en el mercado turístico actual. Tipo de entidades que prestan servicios de información turística.

2.32 Análisis y evaluación de las necesidades de información, atención y resolución de quejas y reclamaciones de los usuarios.

2.33 España como destino y producto turístico. Análisis comparativo y caracterización de los principales destinos y productos turísticos del mercado español.

Evaluación de las potencialidades turísticas, previsible evolución, oportunidades y amenazas.

2.34 Destinos y productos turísticos internacionales. Análisis comparativo y caracterización de los principales destinos turísticos, previsible evolución, oportunidades y amenazas de los principales destinos y productos internacionales.

2.35 Ceuta como destino y producto turístico. Evaluación de las potencialidades turísticas, previsible evolución, oportunidades y amenazas.

2.36 Ocio y tiempo libre en la sociedad europea actual. Estimación de la importancia del ocio en la sociedad europea actual. Justificación de las demandas y necesidades de ocio y tiempo libre en función de distintos colectivos. Especial referencia a la Ciudad de Ceuta.

2.37 Diseño y promoción de programas de animación turística. Recursos de animación.

2.38 Funciones y servicios de la Ciudad de Ceuta en materia turística.

2.39 Patrimonio cultural, histórico y arqueológico, monumental, arquitectónico y científico de interés para la Ciudad de Ceuta.

2.40 Clasificación de establecimientos turísticos. Horario de apertura y cierre de establecimientos turísticos. Modificaciones en los horarios.

2.41 Ordenación y regulación legal de hoteles, bares y similares.

2.42 Régimen especial de agencias de viajes. Autorizaciones exigidas.

2.43 Condiciones de los edificios y locales destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.

2.44 Licencia de construcción de los locales y edificios destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.

2.45 Autorizaciones de apertura y reforma de los locales y edificios destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.

2.46 Derechos y obligaciones de los usuarios, espectadores y asistentes a los espectáculos públicos y actividades recreativas. Prohibiciones.

2.47 Régimen sancionador en materia de establecimientos turísticos: Legislación aplicable. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Principios del procedimiento sancionador.

2.48 La potestad sancionadora. Procedimiento sancionador: Actuaciones previas.

Iniciación. Instrucción. Resolución. Garantías del procedimiento.