BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXV Martes 19 de septiembre de 2000 Número 3.940
S U M A R I O
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.437.- Aprobación definitiva de la Creación del Consejo de Caza de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
AUTORIDADES Y PERSONAL
3.433.- Decreto dejando sin efecto la delegación de competencias efectuadas al Consejero de Contratación, Industria, Comercio, Pesca y Suministros, en materia de Almacén General y atribución de dicha materia al Consejero de Obras Públicas y Medio Ambiente.
3.442.- Asunción de la Presidencia Acctal. por parte del Excmo. Sr. D. Juan Carlos Ríos Claro, hasta regreso del Presidente titular.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
3.422.- Notificación a D. Francisco Javier Cortés Rodríguez, en relación con expediente administrativo de apremio.
3.423.- Notificación a D. Francisco Javier Cortés Rodríguez, en relación con expediente administrativo de apremio.
3.434.- Notificación a D. Ali Lahasen Mohamed, en relación con los puestos núms. 18 y 19 del Mercado Príncipe Alfonso.
3.436.- Notificación a D.ª M.ª Antonia Calvo Pascual, en relación con los puestos n.º 51 y 52 del Mercado Terrones.
3.438.- Notificación a D. Mohamed Ali Nordin, relativa a expediente administrativo de apremio.
3.439.- Notificación a D. Segundo Moreno Guerrero, relativa a expediente administrativo de apremio.
3.441.- Subasta de bienes contra D. Miguel Villalba Serón.
3.443.- Aplazamiento de fecha de subasta de bienes contra D. Miguel A. Vallejo Cernuda.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
3.425.- Notificación a D. El Hassane Dandan, en acuerdo de incoación de expediente de expulsión.
3.426.- Notificación a D. Mohamed Baala, en acuerdo de incoación de expediente de expulsión.
3.427.- Notificación a D. Ahmed Miyouf, en acuerdo de incoación de expediente de expulsión.
3.428.- Notificación a D. Hamid Ouaaros, en Trámite de audiencia.
3.445.- Notificación a D.ª Malika Aassoum, en Trámite de audiencia.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Inst. de Migraciones y Serv. Sociales
3.420.- Notificación a D.ª Margarita Castrejón Nieves, en expediente 51/1007054-M/98.
3.421.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General de la Seguridad Social
3.419.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
3.444 B. O. C. CE. - 3.940 Martes 19 de septiembre de 2000
Ministerio del Interior
Dirección General de la Policía
3.444.- Notificación a D. Hamido Ramdani, en Propuesta de Resolución de expulsión en el procedimiento ordinario 276/2000.
3.446.- Notificación a D. Ismael Wafi, en Propuesta de Resolución de expulsión en el procedimiento ordinario 331/2000.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
3.418.- Notificación a D. Karim Mohamed Milud, en Resolución 2000/1557.
3.429.- Notificación a D. Ali Lachmi Mesaud, en Resolución 2000/1611.
3.430.- Notificación a D. Ali Lachmi Mesaud, en Resolución 2000/1612.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
3.440.- Citación a D. Said Bilij, en Juicio de Faltas 177/2000.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
3.424.- Notificación a D. Manuel López Muñoz, en Juicio de Menor Cuantía 246/97.
3.432.- Subasta pública contra D.ª María Isabel Pareja Montes Comp. Restauradora Villar Frades S.L., en Juicio Ejecutivo 266/96.
3.435.- Notificación a D. Lázaro José Garzón Artacho, en Juicio Ejecutivo 257/97.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.398.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por las obras de montaje y desmontaje de módulos de playas para puesto de socorrismo de la Cruz Roja, en expte. 319/99.
3.399.- Devolución de fianza a Cadimar S.A., por el suministro de un chasis para camión Mercedes Benz 2031-K (ejecución de bomberos) con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, en expte. 359/97.
3.400.- Devolución de fianza a Cadimar S.A., por el suministro de camión con destino al Parque Móvil, para reparto de carne, en expte. 503/98.
3.401.- Devolución de fianza a Cadimar S.A., por el suministro de un furgón con destino a la Policía Local de la Ciudad, en expte. 91/98.
3.402.- Devolución de fianza a Cartonajes del Estrecho S.L., por los servicios de limpieza y recogida de residuos de los polígonos del Tarajal, Alborán y La Chimenea, por un período de dos meses, en expte. 640/99.
3.403.- Devolución de fianza a Cadimar S.A. por el suministro de un chasis de camión para su posterior carrozado, con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, en expte. 132/98.
3.404.- Devolución de fianza a Cadimar S.A., por el suministro de un vehículo tipo furgoneta, con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, en expte. 634/98.
3.405.- Devolución de fianza a Incipresa, por el suministro de diverso equipo con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, en expediente 485/98.
3.406.- Devolución de fianza a Cadimar S.A., por el suministro de chasis para camión con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, en expte. 504/98.
3.407.- Devolución de fianza a Construcciones y Reparaciones Mena S.L, por las obras de ejecución subsidiaria en el c/ Zuloaga núms. 1 y 8 y c/ Romero de Torres n.º 89, en expte. 652/98.
3.408.- Devolución de fianza a Cadimar S.A., por el suministro de camión con destino al Parque Móvil, en expte. 505/98.
3.409.- Devolución de fianza a Eypar S.A., por el suministro e instalación de estanterías compactas para la instalación de legajos, con destino al Archivo Municipal, en expte. 184/98.
3.410.- Devolución de fianza a D. Diego Segura Pérez, por el suministro de tres cuadros, para la inauguración del Museo de las Murallas Reales, en expte. 284/99.
3.411.- Devolución de fianza a Montajes Picasso Artes Gráficas, por los trabajos de edición del libro "Excavaciones en el Paseo de las Palmeras-Ceuta" de Darío Bernal Casasola y José Manuel Pérez Rivera, en expte. 512/99.
3.412.- Devolución de fianza a Cuanter S.A., por los servicios de una encuesta sobre el uso de las drogas, para el Centro de Drogodependencia, en expte. 291/99.
3.413.- Devolución de fianza a Construcciones y reparaciones Mena S.L, por las obras de cubrición parte preescolar del colegio público Santa Amelia, en expte. 60/99.
3.414.- Devolución de fianza a Conserman S.A, por las obras de acondicionamiento de playas para la temporada de baños de 1999, en expte. 320/99.
3.415.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por las obras de mejora en local subterráneo, sito en la Plaza de los Reyes, en expte. 175/99.
3.416.- Devolución de fianza a D. Alvaro Muela Aguilera, por los servicios de un monitor para el tratamiento y mantenimiento en transmisiones policiales, en expte. 651/99.
3.417.- Devolución de fianza a Iluminaciones Ximénez S.A. por el suministro e instalación en régimen de alquiler del alumbrado ornamental instalado con motivo de las Fiestas de Carnaval 2000.
3.431.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por las obras en las Bda. de los
Rosales, en la calle de acceso entre el club de petanca y el colegio público Juan Carlos
I, en expte. 210/99.
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Martes 19 de septiembre de 2000 B. O. C. CE. - 3.940 3.406
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.398.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 319/99.- Conserman, S.L.- Obras de montaje y desmontaje de módulos de playas para puesto de socorrismo de la Cruz Roja.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.399.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 359/97.- Cadimar, S.A.- Suministro de un chasis para camión Mercedes Benz 2031-K (Ejecución de Bomberos) con destino al Servicio, de Extinción de Incendios y Salvamento.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.400.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 503/98.- Cadimar, S.A.- Suministro de Camión con destino al reparto de carnes con destino al Parque Móvil.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.401.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 91/98.- Cadimar, S.A.- Suministro de un furgón con destino a la Policía Local de la Ciudad.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.402.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 640/99.- Cartonajes del Estrecho, S.L.- Servicios de Limpieza y recogida de residuos de los Polígonos del Tarajal, Alborán y la Chimenea por un período de dos meses.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.403.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 132/98.- Cadimar, S.A.- Suministro de un chasis de camión para su posterior carrozado con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.404.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 634/98.- Cadimar, S.A.- Suministro de un vehículo tipo furgoneta con destino al Servicio de Extinción de Incendios.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.405.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 485/98.- Incipresa.- Suministro de diverso equipo con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.406.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 504/98.- Cadimar, S.A.- Suministro de chasis para camión con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
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3.407 B. O. C. CE. - 3.940 Martes 19 de septiembre de 2000
3.407.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se
consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar
reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos
que a continuación se relacionan:
Expte.: 652/98.- Construcciones y Reparaciones Mena, S.L.- Obras por ejecución subsidiaria en la C/. Zuloaga 1 y 3 y C/. Romero de Torres, 39.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.408.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 505/98.- Cadimar, S.A.- Suministro de Camión con destino al Parque Móvil.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.409.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 184/98.- Eypar, S.A.- Suministro e instalación de estanterías compactas para instalación de legajos con destino al archivo municipal.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.410.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 284/99.- Diego Segura Pérez.- Suministro de tres cuadros del autor Diego Segura Pérez para la inauguración del Museo de las Murallas Reales.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.411.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 512/99.- Montajes Picasso, Artes Gráficas.- Trabajos de Edición del Libro "Excavaciones en el paseo de las Palmeras-Ceuta" de Darío Bernal Casasola y José Manuel Pérez Rivera.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente
al de inserción del presente anun
cio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.412.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 291/99.- Cuanter, S.A.- Servicios de una encuesta sobre el uso de las drogas para el Centro de Drogodependencia.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.413.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 60/99.- Construcciones y Reparaciones Mena, S.L.- Obras de cubrición parte preescolar Colegio Público Santa Amelia.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.414.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 320/99.- Conserman, S.L.- Obras de acondicionamiento de playas para la temporada de baños de 1999.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.415.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 175/99.- Conserman, S.L.- Obras de mejora en el local subterráneo sito en la Plaza de los Reyes.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.416.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 651/99.- Alvaro Muela Aguilera.- Servicios de un monitor para el tratamiento y mantenimiento en transmisiones policiales.
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Martes 19 de septiembre de 2000 B. O. C. CE. - 3.940 3.419
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al
de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
3.417.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
- Iluminaciones Ximénez, S.A.: Suministro e instalación en régimen de alquiler del alumbrado ornamental instalado con motivo de las Fiestas de Carnaval 2000.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, conforme a lo previsto en el artículo 88 del Reglamento de Contratación.
Ceuta, 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Subdelegación del Gobierno enCádiz
3.418.- En la unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de la Constitución n.º 2, (11071 - Cádiz) se encuentra el siguiente documento:
Resolución.
Expte.: 2000/1557 a nombre de:
Mohamed Milud, Karim (45.101.530)
Bda. Príncipe Alfonso, C/. Daniel, 49
51003 - CEUTA
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 28 de agosto de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Cantos Aberasturi.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General de la Seguridad Social
3.419.- D. José García Rubio, Director de la Administración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92), hace saber a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación que se acompaña y epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, que ante la imposibilidad de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social emitidas contra ellos, por encontrarse los mismos en situación de ausencia, desconocido, ignorado paradero o haber sido rehusada la notificación, podrán acreditar ante la Administración de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas objeto de la presente reclamación, de acuerdo con los siguientes plazos:
a) En el caso de que se trate de reclamaciones de deuda:
- Si la notificación se produce entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.
- Si la notificación se produce entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.
b) En el caso de que se trate de actas de liquidación, actas de infracción y prestaciones indebidas:
- Hasta el último día del mes siguiente al de su notificación.
Dichos plazos son de aplicación de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 30 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29-6-94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34 de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97) y en el artículo 31.4 de la Ley General de la Seguridad Social según la redacción dada al mismo por la Disposición Adicional Quinta de la Ley 42/1997, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, del 14 de noviembre (B.O.E. 15-11-97).
Igualmente, los sujetos responsables del pago que se citan en la relación que se acompaña, podrán presentar el oportuno recurso ordinario, en forma y plazos que más abajo se indica.
Asimismo se comunica que transcurridos los plazos indicados sin haber efectuado alegación alguna, ni presentado el justificante de haber ingresado el importe de la deuda reclamada, se iniciará automáticamente la vía ejecutiva con las consecuencias legales que en materia de recargos conlleva y que quedan establecidos en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en redacción dada por la Ley 42/1994, ello conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la mencionada Ley.
Contra el presente acto podrá interponerse recurso ordinario, dentro del plazo de un mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. 27-11-92), advirtiéndoles que su interposición no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice con aval suficiente o se consigne el importe de la deuda, incluido en su caso, el recargo de mora en que se hubiese incurrido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la citada Ley 42/1994.
Advertencia:
El tipo de documento de deuda viene determinado por el segundo grupo de cifras del número de reclamación de deuda y se corresponde con las siguientes claves:
01 Actas liquidación
02 Reclamaciones de deuda sin presentación de Boletín
03 Reclamaciones de deuda con presentación de Boletín.
04 Actas de Infracción
07 Reclamaciones de Deuda por Recargo de mora.
08 Reclamaciones de deuda por otros recursos.
09 Expediente de Reclamación de deuda acumulada.
10 Reclamación de deuda por responsabilidad.
1.937
3.419 B. O. C. CE. - 3.940 Martes 19 de septiembre de 2000.
Ceuta, 1 de septiembre de 2000.- EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION.- Fdo.: José García
Rubio.
Régimen: 05 R.E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Población Td núm. Recla. Período Importe
0521 07 280453414770 Buhia Abdes. Hamed C/. Colombia, 12 51002 CEUTA 02 29 2000 013520095 07/99 12/99 230.940
0521 07 291038485051 Vizán Urbano, Manuel C/. Tte. Coronel 51003 CEUTA 03 29 2000 013913553 09/99 12/99 153.960
Régimen : 01 Régimen General
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Poblacion Td núm. Recla. Período Importe
0111 10 41106105177 Serlvicom Limp., S.L. Av. M. Cañonero D 51001 CEUTA 03 41 2000 012019245 12/99 12/99 104.742
0111 10 41106107605 Serlvicom Limp., S.L. Av. M. Cañonero D. 51001 CEUTA 03 41 2000 012019346 12/99 12/99 19.014
Régimen: 06 R. Especial agrario cuenta ajena
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Poblacion Td núm. Recla. Período Importe
0611 07 080520742809 Milud Dadi Mohamed C/. Lo. Larga, s/n 51004 CEUTA 02 30 2000 013610766 01/99 12/99 139.349
Régimen: 05 R.E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos
Reg. T./Identif. Razón Social/Nombre Dirección C.P./Poblacion Td núm. Recla. Período Importe
0521 07 110063063703 González Fernández, Ma. C/. Gral. Yagüe, 3 51001 Ceuta 02 41 2000 013596608 07/99 12/99 230.940
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Inst. de Migraciones y Serv. Sociales
3.420.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones de los expedientes que se indica, dictadas por la Dirección Provincial del Imserso, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar:
Expedientes Apellidos y Nombre
51/1007054-M/98 Castrejón Nieves, Margarita
Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, de conformidad con el art. 71 de la ley de Procedimiento Laboral (R.D. 2/1995 de 7 de abril) en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, mediante escrito dirigido a la Dirección Provincial del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, de conformidad con lo previsto en el art. 38.4 de la ley 30/1992.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
3.421.- La Dirección Provincial del Imserso de Ceuta en la tramitación de expedientes indicados a continuación, ha intentado notificar la citación de los interesados, para la realización de los trámites indispensables para su resolución, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992).
Expedientes Apellidos y Nombre
51/1006803-M/97 Mohamed Ahmed, Habiba
51/1006982-M/97 Ahmed Mohamed, Malika
51/1007583-M/99 Porras Cueto, Fco. Javier
51/1007230-M/98 Greh Mestassi, Redouan
51/1007205-M/98 Fernández Moreno, Luis
51/1007188-M/98 Moyano Quero, Teresa
Se advierte a los interesados que transcurridos tres meses se producirá la caducidad de los expedientes con archivo de las actuaciones (art. 92 de la Ley 30/1992).
Ceuta, 4 de septiembre de 2000.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
OTRAS DISPOSICIONES
YA CUERDOS
3.422.- En el expediente administrativo de apremio indicado en la referencia, se ha practicado la siguiente:
Diligencia: Tramitándose en este Servicio de Recaudación Ejecutiva expediente administrativo de apremio contra D. Fco. Javier Cortés Rodríguez por importe de 115.464 Ptas., desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente conforme establece el art. 112 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/90 de 20 de diciembre, se acuerdo conforme al art. 134 del citado texto legal lo siguiente
Embargar.
El vehículo matrícula CE-7220-D
- Expedir mandamiento de embargo del referido vehículo a la Jefatura Provincial de Tráfico de Ceuta, para que tome anotación preventiva del embargo acordado.
- Notificar el presente embargo al deudor, invitándole a nombrar perito tasador del
referido bien, entregando, si a
1.938
Martes 19 de septiembre de 2000 B. O. C. CE. - 3.940 3.425
bien lo tiene, la correspondiente valoración en este Servicio de Recaudación. En caso
contrario, nómbrese perito tasador y notifíquese la valoración por este efectuada al
deudor de la referencia.
- Requerir al deudor para que en el plazo de cinco días haga entrega del citado vehículo con su documentación y llaves de contacto en este Servicio de Recaudación, advirtiéndole que de no hacerlo así, será solicitada de la Autoridad la captura, depósito y precinto en el lugar donde se halle para su puesta a disposición de esta Oficina Municipal.
Contra la anterior puede interponer recurso en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Encontrándose el deudor D. Francisco Javier Cortés Rodríguez en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme a lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.
Sin otro particular, atentamente le saluda.
En Ceuta, a 7 de septiembre de 2000.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.
3.423.- En el expediente administrativo de apremio indicado en la referencia, se ha practicado la siguiente
Diligencia: Tramitándose en este Servicio de Recaudación Ejecutiva expediente administrativo de apremio contra D. Fco. Javier Cortés Rodríguez por importe de 115.464 Ptas., desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente conforme establece el art. 112 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/90 de 20 de diciembre, se acuerdo conforme al art. 134 del citado texto legal lo siguiente:
Embargar:
El vehículo matrícula CE-3816 Marca Yamaha
- Expedir mandamiento de embargo del referido vehículo a la Jefatura Provincial de Tráfico de Ceuta, para que tome anotación preventiva del embargo acordado.
- Notificar el presente embargo al deudor, invitándole a nombrar perito tasador del referido bien, entregando, si a bien lo tiene, la correspondiente valoración en este Servicio de Recaudación. En caso contrario, nómbrese perito tasador y notifíquese la valoración por este efectuada al deudor de la referencia.
- Requerir al deudor para que en el plazo de cinco días haga entrega del citado vehículo con su documentación y llaves de contacto en este Servicio de Recaudación, advirtiéndole que de no hacerlo así, será solicitada de la Autoridad la captura, depósito y precinto en el lugar donde se halle para su puesta a disposición de esta Oficina Municipal.
Contra la anterior puede interponer recurso en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Encontrándose el deudor D. Francisco Javier Cortés Rodríguez en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme a lo establecido en el art. 103.6 del Reglamento General de Recaudación.
Sin otro particular, atentamente le saluda.
En Ceuta, a 7 de septiembre de 2000.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
3.424.- En el procedimiento de Menor Cuantía n.º 246/1997 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Sentencia: 00035/2000
Procedimiento: Menor Cuantía 246/1997.
En Ceuta, a veintinueve de mayo de dos mil.
La Sra. D.ª María Otilia Martínez Palacios, Magistrado-Juez de Primera Instancia Número Cuatro de Ceuta y su partido, habiendo visto los presentes autos de Menor Cuantía 246/1997 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante G.M.A.C. España, S.A. de Financiación con Procurador D.ª Clotilde Barchilón y Letrado de otro como demandado D. José Antonio Doncel Zumaquero, D. Manuel López Muñoz con Procurador y Letrado, sobre menor cuantía.
Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª Clotilde Barchilón, en nombre y representación de G.M.A.C. España, S.A. de financiación, contra D. José Antonio Doncel Zumaquero y D. Manuel López Muñoz, debo condenar y condeno a los demandados al pago de 1.672.018 pesetas, más intereses legales y costas procesales.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Manuel López Muñoz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Ceuta, a once de septiembre de dos mil.- EL SECRETARIO.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
3.425.- Visto el Acuerdo de incoación expediente de expulsión dictado en fecha 14-2-00 por la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Ceuta contra D. El Hassane Dandan de nacionalidad marroquí, titular de NIE X-3.014.872-D.
Vista la propuesta razonada elevada a esta Delegación del Gobierno por el instructor del expediente en el sentido de suspender el procedimiento administrativo hasta que recaiga resolución judicial a tenor de lo preceptuado en el art. 7.2 del R.D. 1398/93, de 4 de agosto, ya que el citado extranjero pasó a disposición judicial (D.P. 385/00) por los mismos hechos imputados en el procedimiento administrativo de expulsión.
Vistos los arts. 72 y 136 de la ley 30/92, de 26 de noviembre modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, el art. 71.2 del R.D. 1398/93, de 4 de agosto, y demás normativa vigente.
Esta Delegación del Gobierno de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas en el art. 100 del R.D. 155/96, de 2 de febrero.
1.939
3.425 B. O. C. CE. - 3.940 Martes 19 de septiembre de 2000
Acuerda: La suspensión del procedimiento administrativo de expulsión hasta tanto recaiga
resolución judicial al respecto.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY
6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
3.426.- Visto el Acuerdo de incoación expediente de expulsión dictado en fecha 23-3-00 por la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Ceuta contra D. Mohamed Baala, de nacionalidad marroquí, titular de NIE X-3.056.542-A.
Vista la propuesta razonada elevada a esta Delegación del Gobierno por el instructor del expediente en el sentido de suspender el procedimiento administrativo hasta que recaiga resolución judicial a tenor de lo preceptuado en el art. 7.2 del R.D. 1398/93, de 4 de agosto, ya que el citado extranjero pasó a disposición judicial (D.P. 718/00) por los mismos hechos imputados en el procedimiento administrativo de expulsión.
Vistos los arts. 72 y 136 de la ley 30/92, de 26 de noviembre modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, el art. 71.2 del R.D. 1398/93, de 4 de agosto, y demás normativa vigente.
Esta Delegación del Gobierno de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas en el art. 100 del R.D. 155/96, de 2 de febrero.
Acuerda: La suspensión del procedimiento administrativo de expulsión hasta tanto recaiga resolución judicial al respecto.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
3.427.- Visto el Acuerdo de incoación expediente de expulsión dictado en fecha 2-3-00 por la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Ceuta contra D. Ahmed Miyouf de nacionalidad marroquí, titular de NIE X-3.043.358-K.
Vista la propuesta razonada elevada a esta Delegación del Gobierno por el instructor del expediente en el sentido de suspender el procedimiento administrativo hasta que recaiga resolución judicial a tenor de lo preceptuado en el art. 7.2 del R.D. 1398/93, de 4 de agosto, ya que el citado extranjero pasó a disposición judicial (D.P. 356/00-C) por los mismos hechos imputados en el procedimiento administrativo de expulsión.
Vistos los arts. 72 y 136 de la ley 30/92, de 26 de noviembre modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, el art. 71.2 del R.D. 1398/93, de 4 de agosto, y demás normativa vigente.
Esta Delegación del Gobierno de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas en el art. 100 del R.D. 155/96, de 2 de febrero.
Acuerda: La suspensión del procedimiento administrativo de expulsión hasta tanto recaiga resolución judicial al respecto.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- P.S.L. (ART. 22.4 LEY 6/1997, DE 14 DE ABRIL).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
3.428.- Instruido el expediente que se tramita en esta Oficina de Extranjeros,
en relación con la petición formulada por D. Hamid Ouaaros para la concesión de Permiso
de Trabajo y Residencia por Regularización y, con carácter previo a la adopción de la
resolución que proceda, de conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, modifi
cada por Ley 4/1999, de 13 de enero, se le concede un plazo de quince días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la presente notificación, para que examine el
expediente que obra en este Centro y pueda alegar lo que considere procedente, pudiendo
presentar, al propio tiempo, los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Ceuta, 30 de agosto de 2000.- LA JEFA DE LA OFICINA ACCTAL.- Fdo.: Lourdes Campos San José.
Subdelegación del Gobierno en Ceuta
3.429.- En la unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de la Constitución n.º 2 (11071-Cádiz) se encuentra el siguiente documento:
Resolución.
Expte.: 2000/1611 a nombre de:
Lachmi Mesaud, Alí (45.084.684)
C/. Argentina, 27
51002 - Ceuta
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 28 de agosto de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Cantos Aberasturi.
3.430.- En la unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de la Constitución n.º 2 (11071-Cádiz) se encuentra el siguiente documento:
Resolución.
Expte.: 2000/1612 a nombre de:
Lachmi Mesaud, Alí (45.084.684)
C/. Argentina, 27
51002 - Ceuta
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 28 de agosto de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Cantos Aberasturi.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.431.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte.: 210/99.- Conserman, S.L.- Las obras en la Barriada los Rosales en la calle de acceso entre el Club de Petanca y el Colegio Público Juan Carlos I.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 11 de septiembre de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.
1.940
Martes 19 de septiembre de 2000 B. O. C. CE. - 3.940 3.436
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
3.432.- D.ª María Otilia Martínez Palacios-Magistrado-Juez de Primera Instancia Número Cuatro de Ceuta.
Hago saber: Que en dicho Juzgado y con el n.º 266/1996 se tramita procedimiento de Juicio Ejecutivo a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid contra D.ª María Isabel Pareja Montes Comp. Restauradora Villar Frades, S.L., en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta por primera vez y término de ocho días los bienes que luego se dirán, señalándose para que el acto del remate tenga lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado, el día trece de octubre de dos mil a las 10,00 horas con las prevenciones siguientes:
Primero: Que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del avalúo.
Segundo: Que los licitadores para tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente en la cuenta de este Juzgado en el Banco Bilbao Vizcaya n.º 1271-0000-17-0266-96, una cantidad igual, por lo menos, al veinte por ciento del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el n.º y año del procedimiento, sin cuyo requisito no serán admitidos, no aceptándose entrega de dinero en metálico o cheques.
Tercero: Unicamente el ejecutante podrá concurrir con la calidad de ceder el remate a terceros.
Cuarto: En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente.
Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la celebración de una segunda, el día trece de noviembre de dos mil a las 10,00 horas sirviendo el tipo el 75% del señalado para la primera subasta, siendo de aplicación las demás prevenciones de la primera.
Igualmente, y para el caso de que tampoco hubiere licitadores en la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera el día trece de diciembre, a las 10,00 horas, cuya subasta se celebrará sin sujección a tipo, debiendo consignar quien desee tomar parte en la misma, el 20% del tipo que sirvió de base para la segunda.
Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALOR
Vehículo Volkswagen, modelo Kaefer 1303, matrícula CE-8590-E, justipreciado en 100.000 ptas.
Dado en Ceuta a treinta y uno de julio de dos mil.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.
AUTORIDADES Y PERSONAL
3.433.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad de Ceuta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 1/1995) y los artículos 21 de la Ley 7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente:
Decreto: El artículo 13 del Reglamento del Consejo de Gobierno dispone que los
Consejeros son miembros de este
Organo y ostentarán la titularidad de las Consejerías que integran la Administración de
la Ciudad de Ceuta, correspondiéndoles, respecto a las mismas, ejercer las competencias,
conforme a la estructura orgánica y funcional de aquella y las funciones atribuidas por
razón de las materias, salvo las expresamente asignadas al Presidente o al Consejo de
Gobierno,
VENGO EN DISPONER
1.º) Dejar sin efecto la delegación de competencias efectuadas al Consejero de Contratación, Industria, Comercio, Pesca y Suministros, en materia de Almacén General, por mi resolución del pasado 11 de octubre.
2º) Atribuir al Consejero de Obras Públicas y Medio Ambiente las competencias en todo lo relacionado con el Almacén General.
3º) Dése cuenta del presente Decreto al Pleno de la Asamblea en la próxima sesión que celebre.
4º) Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, 13 de septiembre de 2000.- EL PRESIDENTE.- Doy fe.- EL SECRETARIO GENERAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
3.434.- Ante la imposibilidad de notificación a D. Alí Lahasen Mohamed en relación con los puestos n.º 18 y 19 del Mercado Príncipe Alfonso, al no encontrarse inscrito en el Padrón Municipal, es por lo que de conformidad con el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:
Obtenida la preceptiva autorización judicial, de la que se le adjunta copia, para la entrada en los puestos n.º 18 y 19 del Mercado Príncipe Alfonso de los que es Vd. titular, pongo en su conocimiento que en el plazo de diez días contados a partir de la recepción de la presente notificación, deberá desocuparlo y entregar las llaves en el Negociado de Mercados de este Ayuntamiento bajo apercibimiento, en caso contrario, de ejecutar la autorización concedida.
Ceuta, 12 de septiembre de 2000.- EL VICECONSEJERO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: José María Aguirre Rubio.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
3.435.- En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Fallo: Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra D. Lázaro José Garzón Artacho, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Ceuta a treinta y uno de julio de dos mil.- EL SECRETARIO.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
3.436.- Ante la imposibilidad de notificación a D.ª Antonia Calvo Pascual en
relación con los puestos n.º 51 y 52 del Mercado Terrones, al no encontrarse inscrito en
el Padrón
1.941
3.436 B. O. C. CE. - 3.940 Martes 19 de septiembre de 2000
Municipal, es por lo que de conformidad con el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica lo
siguiente:
Obtenida la preceptiva autorización judicial, de la que se le adjunta copia, para la entrada en los puestos n.º 51 y 52 del Mercado Terrones de los que es Vd. titular, pongo en su conocimiento que en el plazo de diez días contados a partir de la recepción de la presente notificación, deberá desocuparlo y entregar las llaves en el Negociado de Mercados de este Ayuntamiento bajo apercibimiento, en caso contrario, de ejecutar la autorización concedida.
Ceuta, 12 de septiembre de 2000.- EL VICECONSEJERO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: José María Aguirre Rubio.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.437.- A los efectos oportunos se da traslado del Acuerdo que más abajo se transcribe, adoptado por el Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta en Sesión Extraordinaria y Urgente celebrada el pasado día 25 de Julio de 2.000, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del Acta correspondiente a dicha sesión.
Ceuta, 31 de Julio de 2.000
EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez
3.9.- Aprobación, si Procede. de Dictamen relativo a creación del Consejo de Caza de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Se sometía a la consideración del Pleno de la Asamblea el Dictamen que seguidamente se transcribe:
"La Comisión Informativa de Fomento, Obras Públicas y Medio Ambiente, en sesión ordinaria celebrada el veintiuno de julio de dos mil, se reúne en primera convocatoria en la Sala contigua a la Presidencia.
Preside el acto el Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, asisten a la misma los miembros: D. Jesús Simarro Marín; D.ª Aida Piedra Rubia; D. Dilip Arjandas Daryanani; D.ª Susana Bermúdez Paredes; D. Alfonso Conejo Rabaneda; D.ª Adelaida Álvarez Rodríguez, al objeto de proceder al estudio de "Propuesta de creación del Consejo de Caza de la Ciudad Autónoma de Ceuta ".
El Sr. Secretario General da lectura a la Propuesta, cuyo tenor literal es el siguiente:
"El Pleno de la Asamblea en sesión de 04-05-00 aprueba la creación del Consejo de Caza de la Ciudad de Ceuta, como órgano consultivo y asesor, en materia de caza, con una composición y características determinadas.
Durante el periodo de información pública ha comparecido únicamente D. José
Jiménez Martínez representando a la Sociedad Española de ornitología-SEO/BIRDLlFE
manifestando que debería modificarse el apartado C-c del punto 1° del acuerdo antes
referido en el sentido de que no sea sólo un
representante de las distintas organizaciones, asociaciones o entidades dedicadas a la
conservación de la naturaleza, sino que puedan ser más de uno atendida la variedad de
intereses de dichas organizaciones.
Atendida la importante labor que la Sociedad Española de Ornitológica SEO CEUTA/BIRDLIFE viene realizando y su especial vinculación a todos los aspectos relacionados con la caza de aves, se propone la adopción de los siguientes acuerdos:
1° - Admitir la sugerencia de la entidad .SEO CEUTA. BIRDLIFE en el sentido de modificar el apartado 1.º C. c del acuerdo de pleno de 04-05-00.
2" - Aprobar definitivamente la creación del Consejo de Caza de la Ciudad Autónoma de Ceuta como órgano consultivo y asesor, en materia de caza, quedando adscrito a la Consejería que en cada momento asuma las funciones y competencias en materia de medio ambiente, con las siguientes características:
A) Se atribuye a dicho Consejo las suficientes funciones: a) Impulsar la cooperación con otras Administraciones y organismos.
b) Impulsar la participación de todos los sectores afectados en el proceso de toma de decisiones relativas a la caza.
c) Emitir informes y elaborar propuestas sobre aquellas materias que guarden relación con la caza.
B) Régimen de sesiones:
a) El Consejo de Caza se reunirá cuando sea convocado por su Presidente a decisión propia, y cuando sea solicitado por al menos la cuarta parte de sus componentes.
b) El Consejo de Caza se reunirá necesariamente antes del mes de junio de cada año, para informar sobre la orden General de Veda, que tendrá carácter preceptivo y no vinculante.
C) El Consejo de Caza de la Ciudad Autónoma de Ceuta estará formado por:
- Un Presidente, que será la persona que en cada momento ostente el cargo que tenga la competencia en materia de Medio Ambiente, cesando automáticamente en el mismo momento de la pérdida de la competencia de dicha materia.
- Un Secretario, que será el Secretario General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, el cual levantará acta de las sesiones que se celebren.
Como Vocales:
- Un representante de la Federación de Caza.
- Un representante de los titulares y/o concesionarios de terrenos cinegéticos de la Ciudad Autónoma de Caza.
- Un representante de la SEO CEUTA/BIRDLIFE.
Un representante del resto de las organizaciones y asociaciones o entidades análogas
dedicadas a la conservación de la naturaleza y de los intereses socioeconómicos
relacionados con la actividad cinegética que lleven a cabo su ac
1.942
Martes 19 de septiembre de 2000 B. O. C. CE. - 3.940 3.437
tuación en la Ciudad Autónoma de Ceuta.
- Un representante del órgano que ostente la competencia en materia de AGRICULTURA de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
- Un representante del órgano que ostente la competencia en materia de EDUCACION de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
- Un representante del órgano que ostente la competencia en materia de TURISMO de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
- Un representante del órgano que ostente la competencia en materia de PATRIMONIO CULTURAL de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
- Un representante de la Administración del Estado con atribuciones en materia de conservación y protección de la naturaleza, designado por la Delegación de Gobierno.
Los vocales relacionados en los apartados b y d serán elegidos por los respectivos colectivos. Todos los vocales acreditarán su condición de representantes al inicio de cada reunión que se celebre.
Los miembros del Consejo solicitarán en las reuniones que se celebren la asistencia de los técnicos con funciones relacionadas con la conservación y protección de la naturaleza ".
Tras un breve debate se pasó a la votación de dicha Propuesta, siendo el resultado el siguiente:
Votos a favor: 5 (Aurelio Mata Padilla; Jesús Simarro Marín; Susana Bermúdez Paredes, Aida Piedra Rubio, Dilip Arjandas Daryanani).
Votos en contra: ninguno.
Abstenciones: 2 (Alfonso Conejo Rabaneda, Adelaida Álvarez Rodríguez).
A la vista de la anterior votación la Comisión Informativa dictamina favorablemente la referida Propuesta. "
Sometido el Dictamen a votación, daba el siguiente resultado:
Votos a favor: trece (GIL y Grupo Mixto). Votos en contra: ninguno. Abstenciones: tres (PDSC y PSOE).
Por lo que el Ilustre Pleno de la Asamblea, por mayoría absoluta, ACORDÓ:
1°.- Admitir la sugerencia de la entidad SEO CEUTA/BIRDLIFE en el sentido de modificar el apartado 1° C.c del acuerdo de pleno de 04-05-00.
2°.- Aprobar definitivamente la creación del Consejo de Caza de la Ciudad Autónoma de Ceuta, como órgano consultivo y asesor, en materia de caza, quedando adscrito a la Consejería que en cada momento asuma las funciones y competencias en materia de medio ambiente, con las siguientes características:
A) Se atribuye a dicho Consejo las siguientes funciones: a) Impulsar la cooperación con otras Administraciones y organismos.
b) Impulsar la participación de todos los sectores afectados en el proceso de toma de decisiones relativas a la caza.
c) Emitir informes y elaborar propuestas sobre aquellas materias que guarden relación con la caza
B) Régimen de sesiones:
a) El Consejo de Caza se reunirá cuando sea convocado por su Presidente a decisión propia, y cuando sea solicitado por al menos la cuarta parte de sus componentes
b) El Consejo de Caza se reunirá necesariamente antes del mes de junio de cada año, para informar sobre la orden General de Veda, que tendrá carácter preceptivo y no vinculante.
C) El Consejo de Caza de la Ciudad Autónoma de Ceuta estará formado por:
- Un Presidente, que será la persona que en cada momento ostente el cargo que tenga la competencia en materia de Medio Ambiente, cesando automáticamente en el mismo momento de la pérdida de la competencia de dicha materia
- Un Secretario, que será el Secretario General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, el cual levantará acta de las sesiones que se celebren.
- Como Vocales:
a) Un representante de la Federación de Caza.
b) Un representante de los titulares y/o concesionarios de terrenos cinegéticos de la Ciudad Autónoma de Caza.
c) Un representante de la SEO CEUTA/BIRDLIFE.
d) Un representante del resto de las organizaciones y asociaciones o entidades análogas dedicadas a la conservación de la naturaleza y de los intereses socioeconómicos relacionados con la actividad cinegética que lleven a cabo su actuación en la Ciudad Autónoma de Ceuta.
e) Un representante del órgano que ostente la competencia en materia de AGRICULTURA de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
f) Un representante del órgano que ostente la competencia en materia de Educación de la Ciudad Autónoma de Ceuta,
g) Un representante del órgano que ostente la competencia en materia de TURISMO de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
h) Un representante del órgano que ostente la competencia en materia de PATRIMONIO CULTURAL de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
i) Un representante de la Administración del Estado con atribuciones en materia de conservación y protección de la naturaleza, designado por la Delegación de Gobierno.
Los vocales relacionados en los apartados b) y d) serán elegidos por los respectivos colectivos. Todos los vocales acreditarán su condición de representantes al inicio de cada reunión que se celebre,
1.943
3.437 B. O. C. CE. - 3.940 Martes 19 de septiembre de 2000
Los miembros del Consejo solicitarán en las reuniones que se celebren la asistencia de
los técnicos con funciones relacionadas con la conservación y protección de la
naturaleza.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
3.438.- En el expediente administrativo de apremio número 1.788, se ha practicado la siguiente:
Diligencia: Tramitándose en este Servicio de Recaudación Ejecutiva expediente administrativo de apremio contra D. Mohamed Alí Nordin por importe de 201.880 Ptas., desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente conforme establece el art. 112 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/90 de 20 de diciembre, se acuerda conforme al art. 134 del citado texto legal lo siguiente:
Embargar:
Vehículo matrícula CE-6612-F
- Expedir mandamiento de embargo del referido vehículo a la Jefatura Provincial de Tráfico de Ceuta para que tome anotación preventiva del embargo acordado.
- Notificar el presente embargado al deudor, invitándole a nombrar perito tasador del referido bien, entregando, si a bien lo tiene, la correspondiente valoración en este servicio de Recaudación. En caso contrario, nómbrese perito tasador y notifíquese la valoración por éste efectuada al deudor de la referencia.
- Requerir al deudor para que en el plazo de cinco días haga entrega del citado vehículo con su documentación y llaves de contacto en este Servicio de Recaudación, advirtiéndole que de no hacerlo así será solicitada de la Autoridad la captura, depósito y precinto en el lugar donde se halle para su puesta a disposición de esta Oficina Municipal.
Contra la anterior puede interponer recurso en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.4 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Encontrándose el deudor D. Nordin Mohamed Alí, en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme a lo establecido en el art. 103. 6 del Reglamento General de Recaudación.
Sin otro particular, atentamente le saluda.
En Ceuta, a 13 de septiembre de 2000.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.
3.439.- En el expediente administrativo de apremio número 8.851 se ha practicado la siguiente
Diligencia: Tramitándose en este Servicio de Recaudación Ejecutiva expediente administrativo de apremio contra D. Segundo Moreno Guerrero por importe de 59.429 Ptas., desconociéndose la existencia de otros bienes de traba preferente conforme establece el art. 112 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/90 de 20 de diciembre, se acuerda conforme al art. 134 del citado texto legal lo siguiente:
Embargar:
Vehículo matrícula CE-5481-G
- Expedir mandamiento de embargo del referido vehículo a la Jefatura Provincial de Tráfico de Ceuta, para que tome anotación preventiva del embargo acordado.
- Notificar el presente embargado al deudor, invitándole a nombrar perito tasador del referido bien, entregando, si a bien lo tiene, la correspondiente valoración en este servicio de Recaudación. En caso contrario, nómbrese perito tasador y notifíquese la valoración por este efectuada al deudor de la referencia.
- Requerir al deudor para que en el plazo de cinco días haga entrega del citado vehículo con su documentación y llaves de contacto en este Servicio de Recaudación, advirtiéndole que de no hacerlo así, será solicitada a la Autoridad la captura, depósito y precinto en el lugar donde se halle para su puesta a disposición de esta Oficina Municipal.
Contra la anterior puede interponer recurso en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.4 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Encontrándose el deudor D. Segundo Moreno Guerrero, en paradero desconocido y/o ante la imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación, se publica la presente para su conocimiento y efectos conforme a lo establecido en el art. 103. 6 del Reglamento General de Recaudación.
En Ceuta, a 13 de septiembre de 2000.- EL DIRECTOR-GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
3.440.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Tres por providencia de esta fecha dictada en el presente procedimiento de Juicio de Faltas n.º 177/00, que se sigue por la supuesta falta de lesiones por imprudencia, ha mandado citar a D. Said Bilij, en calidad de denunciante, a fin de que comparezca el próximo día 2-11-00, a las 11,45 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive, s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que hubiere lugar en derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 11 de septiembre 2000.- EL SECRETARIO.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
3.441.- En el expediente administrativo de apremio que se instruye en este Servicio de Recaudación contra D. Miguel Villalba Serón, con N.I.F. 45.046.934-P, en el día de hoy se ha dictado la siguiente
Providencia: Autorizada por el Sr. Tesorero del Ilustre Ayuntamiento de esta Ciudad,
con fecha 12-7-2000, la enajenación en pública subasta de los bienes trabados al deudor,
D. Miguel Villalba Serón, con N.I.F. 45.045.934-P, en procedimiento ejecutivo de apremio
administrativo que se sigue en esta Recaudación por débitos que ascienden a quinientas
noventa y seis mil ciento noventa y nueve pesetas (596.199) de principal, recargos,
intereses y costas, procédase a la celebración de dicha subasta el próximo día
veintisiete de octubre de 2000, a las doce horas, que tendrá lugar en local habilitado a
tal efecto en el Palacio Municipal, sito en Plaza de Africa, bajo
1.944
Martes 19 de septiembre de 2000 B. O. C. CE. - 3.940 3.444
la presidencia del Sr. Tesorero, y en cuyo trámite se observarán las prescripciones del
Capítulo VI del Reglamento General de Recaudación. Notifíquese esta Providencia al
deudor y a los acreedores hipotecarios si los hubiere.
En cumplimiento de lo anterior se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:
1.- Que los bienes a enajenar responden al siguiente detalle:
Vehículo Nissan Vanette, color blanco, matrícula CE-3813-D.
Valoración: 115.000 Ptas.
Tipo de subasta 1.ª Licitación: 115.000 Ptas.
Tramos para licitación: 25.000 Ptas.
Tipo subasta 2.ª Licitación: 86.250 Ptas.
Tramos para licitación: 25.000 Ptas.
2.- Que todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de subasta fianza, al menos del 20 por 100 del tipo de aquella, depósito este que se ingresará en firme en la Caja Municipal si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio del remate, sin perjuicio de la responsabilidad en que podrán incurrir por los mayores perjuicios que sobre el importe de la fianza originase la inefectividad de la adjudicación.
3.- Que la subasta se suspenderá, en cualquier momento antes de la adjudicación de los bienes si se hace el pago de los descubiertos.
4.- Que el rematante deberá entregar en el acto de la adjudicación de los bienes, o dentro de los cinco días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.
5.- Que los licitadores se conformarán con los títulos de propiedad obrantes en el expediente, sin derecho a exigir, otros encontrándose aquellos de manifiesto en las Oficinas de Recaudación sita en calle Padilla, hasta una hora antes del inicio de la subasta.
6.- Que los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la presente subasta hasta una hora antes del comienzo de esta. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas deberán ir acompañadas de cheque conformado, extendido a favor del Ayuntamiento de Ceuta por el importe del depósito.
7.- Que si finalizada la subasta en primera licitación quedara algún bien sin adjudicar, se anunciará de forma inmediata una segunda licitación con un tipo mínimo del 75% de la primera, para lo cual se abrirá un plazo de media hora para que los que lo deseen puedan constituir depósitos que cubran el 20% del nuevo tipo.
8.- Que el Ayuntamiento de Ceuta se reserva el derecho de adjudicación de los bienes que no hubiesen sido rematados en la subasta en primera licitación.
9.- Que si efectuada la subasta no se hubiesen adjudicados los bienes se hará constar en el acta que queda abierto el trámite de adjudicación directa por el plazo de seis meses conforme establece el art. 150 del Reglamento General de Recaudación (RD 1684/90 de 20 de diciembre).
En Ceuta a trece de septiembre de dos mil.- EL DIRECTOR GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.
AUTORIDADES Y PERSONAL
3.442.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta en uso de las
facultades conferidas por el
artículo 14 del Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 1/1995) los artículos 21 de la Ley
7/85 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, ha resuelto dictar con esta fecha el
siguiente:
DECRETO
Debiéndome ausentar de la Ciudad, el viernes día 15 del presente mes a partir de las 10,30 horas, y hasta mi regreso, visto lo dispuesto en el art. 10 del Reglamento de la Presidencia y demás disposiciones concordantes del Régimen Local.
VENGO EN DISPONER
Que asuma la Presidencia Acctal., el Excmo. Sr. D. Juan Carlos Ríos Claro, Diputado de la Asamblea a partir de las 10,30 horas, del viernes 15 de septiembre del año en curso, hasta mi regreso.
Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, 15 de septiembre de 2000.- EL PRESIDENTE.- Doy Fe.- EL SECRETARIO GENERAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
3.443.- En el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta núm. 3.935 publicado con fecha 1 de septiembre de 2000, se inserta con el núm. 3.250 anuncio de subasta de bienes contra D. Miguel A. Vallejo Cernuda, fijando la fecha de celebración el día 20 de septiembre de 2000, a las doce horas.
Por medio del presente anuncio se aplaza dicha fecha, por lo que dicha subasta de bienes contra D. Miguel A. Vallejo Cernuda tendrá lugar el día 27 de septiembre a las 10 horas.
En Ceuta a trece de septiembre de dos mil.- EL DIRECTOR GERENTE.- Fdo.: Enrique Reyes Rodríguez.
Ministerio del Interior
Dirección General de la Policía
3.444.- Adjunto se remite, a los efectos de interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, Notificación de la Propuesta de Resolución de Expulsión en el Procedimiento Ordinario realizada por estos servicios en el procedimiento sancionador seguido contra HAMIDO RAMDANI nacido en MAGNIA (ARGELIA) en fecha 01/01/1969, hijo de RAMDANI Y FATIMA, de nacionalidad ARGELIA, titular de INDOCUMENTADO, NIE X/3227329/S, el cual presentó alegaciones al inicio deI expediente de expulsión, al haber sido imposible la notificación personal al interesado.
Se ruega que una vez publicada la citada propuesta de expulsión se dé cuenta a estos servicios para una vez pasados los plazos legalmente establecidos para la presentación de nuevas alegaciones elevar dicha propuesta a su Autoridad para su posterior Resolución.
EL COMISARIO JEFE ACCTAL.- Fdo.: Fermín Diego Martín.
NOTIFICACION DE LA PROPUESTA DE RESOLUCION DE EXPULSION EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO.
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COMISARIA DEL CUERPO NACIONAL DE POLICIA DE CEUTA NUMERO DE EXPEDIENTE: 276/00
DATOS DEL DESTINATARIO: HAMIDO RAMDANI nacido 1.969 en Magnia (Argelia) hijo Ramdani y Fatima, con domicilio a efectos de notificaciones en Madrid, C/ Valdecanillas 112.
Nacionalidad: Argelina. Documentación: Carece.
Se le comunica que en fecha 09-08-00, se ha procedido por parte del Instructor del presente expediente a dictar la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCION:
"Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador de referencia, el Instructor emite la siguiente propuesta de resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
1) En fecha 06-07-00 fue dictado el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador de referencia, mediante el que se imputaba a HAMIDO RAMDANI la comisión de una infracción de las contempladas en el/los apartado/s d) del/los artículo/s 49 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, con base en los siguientes hechos:
Haber accedido a esta ciudad proveniente del vecino país marroquí, por lugar que no es el paso fronterizo habilitado, careciendo además de la documentación adecuada e imprescindible que habilite su entrada legal en el territorio español.
2) Una vez notificado el referido acuerdo al interesado, se practicaron de oficio, al amparo del art. 16.2 del Reglamento del procedimiento sancionador aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de Agosto, las actuaciones que se consideraron necesarias para el examen de los hechos, recabando los datos e informaciones relevantes para determinar la existencia de responsabilidades susceptibles de sanción. Dichas actuaciones consistieron en consultas de antecedentes al Servicio de Informática, a los archivos de esta Comisaría, toma de declaración al imputado.
Se realizaron comunicaciones a la Representación Consular de su país y al Ministerio de Asuntos Exteriores.
3) Con fecha 24-07-00 el interesado presentó escrito de alegaciones, con posterior entrada en esta Comisaría en fecha 04-08-00.
Por parte de la Instrucción del presente expediente y en relación con el contenido de las alegaciones se establecen las siguientes consideraciones:
En primer lugar en el escrito se dice que el expediente le había sido incoado "por los motivos de estancia ilegal en España y por carecer de medios de vida", lo cual no se corresponde en modo alguno con la causa de la incoación, que lo fue en realidad por: La entrada en territorio español careciendo de la documentación o de los requisitos exigibles, por lugares que no sean los pasos habilitados o contraviniendo las prohibiciones de entrada legalmente previstas, infracción administrativa prevista en el art° 49 d) de la L.O. 4/2000, de 11 de Enero, lo cual le fue debidamente notificado en fecha 06-07-00.
Asimismo en el escrito de alegaciones se expresa que la infracción prevista en el art.
49 d) de la Ley antes citada señala sólo como posible sanción a imponer la de multa,
sig
nificándose al respecto por la Instrucción del expediente que el mismo fue incoado de
conformidad con lo dispuesto en el art. 53 de la expresada L.O. que establece que cuando,
los infractores sean extranjeros y realicen conductas de las tipificadas como muy graves,
o conductas graves de las previstas en los apartados d) e) y g) del art. 49 de dicha Ley,
cual es el caso del presente expediente, podrá aplicarse en lugar de la sanción de multa
la expulsión del territorio español, previa la tramitación del correspondiente
expediente administrativo"
En consecuencia a lo expresado SE DESESTIMAN LAS ALEGACIONES PRESENTADAS al considerarse que las mismas no desvirtúan el contenido del Acuerdo de iniciación notificado.
4) Situación Judicial: No existe constancia de que tenga pendiente ningún tipo de responsabilidad judicial.
HECHOS PROBADOS
De las actuaciones realizadas a lo largo de la tramitación del expediente se derivan los siguientes hechos probados:
Haber sido interceptado en esta ciudad por los servicios policiales correspondientes, comprobándose cómo carecía de la documentación necesaria para su entrada legal en territorio español.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1) El artículo 51.2 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece los Organos competentes para imponer las sanciones por las infracciones administrativas establecidas en la misma, siendo éstos el Subdelegado del Gobierno o el Delegado del Gobierno en las Comunidades uniprovinciales.
2) Los indicados hechos probados responden a la infracción tipificada en el art. 49 d) de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero, que establece:
d).- La entrada en territorio español careciendo de la documentación o de los requisitos exigibles, por lugares que no sean los pasos habilitados o contraviniendo las prohibiciones de entrada legalmente previstas.
3) De la mencionada infracción se considera responsable a HAMIDO RAMDANI en base a los hechos que se expresan.
4) El art. 53 de la Ley Orgánica citada, dispone que la indicada infracción será sancionada con la expulsión del territorio español y el artículo 54.1 de la misma Ley establece que toda expulsión llevará consigo la prohibición de entrada en territorio español por un período mínimo de tres años y máximo de diez.
Vistos los artículos citados
SE PROPONE
Imponer a HAMIDO RAMDA" la sanción de EXPULSION del territorio español, con un período de prohibición de entrada por TRES AÑOS, extensible a los territorios de Francia, Alemania, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Portugal, Italia, Grecia y Austria, en virtud de lo previsto en el art° 96 del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen, EL INSTRUCTOR".
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Martes 19 de septiembre de 2000 B. O. C. CE. - 3.940 3.446
Frente a dicha propuesta no cabe ejercitar recurso alguno.
Se le comunica igualmente que a partir de este momento podrá acceder al contenido del expediente depositado en estas dependencias administrativas, pudiendo obtener copias de los documentos obrantes en el mismo al amparo de lo establecido en el art. 3.1 del Reglamento del procedimiento sancionador aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de Agosto, concediéndosele un plazo de quince días a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.
Se acompaña como anexo una relación de los documentos obrantes en el expediente sancionador de referencia.- EL FUNCIONARIO.
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Unica de Extranjeros
3.445.- Instruido el expediente que se tramita en esta Oficina de Extranjeros, en relación con la petición formulada por D.ª Malika Aassoum para la concesión de, Permiso de Residencia Inicial, y, con carácter previo a la adopción de la resolución que proceda, de conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, se le concede un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presente notificación, para que examine el expediente que obra en este Centro y pueda alegar lo que considere procedente, pudiendo presentar, al propio tiempo, los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Ceuta, 28 de julio de 2000.- LA JEFA DE LA OFICINA.- Fdo.: Ana Fernández de Loaysa Romeu.
Ministerio del Interior
Dirección General de la Policía
3.446.- Notificación de la propuesta de Resolución de expulsión en el procedimiento ordinario.
Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Ceuta
Número de Expediente: 331/00
Datos del destinatario: Ismael Wafi n.º 1975 nacido en Oual Keniat (Argelia) hijo de Ahmed y Jadilla, sin domicilio conocido.
Nacionalidad: Argelina. Documentación: Carece.
Se le comunica que en fecha 1-9-00, se ha procedido por parte del Instructor del presente expediente a dictar la siguiente propuesta de resolución:
Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador de referencia, el Instructor emite la siguiente propuesta de resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
1) En fecha 28-7-00 fue dictado el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador de referencia, mediante el que se imputaba a D. Ismael Wafi la comisión de una infracción de las contempladas en el apartado d) del artículo 49 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, con base en los siguientes hechos:
Haber accedido a esta ciudad proveniente del vecino país marroquí, por lugar que no es el paso fronterizo habilitado, careciendo además de la documentación adecuada e imprescindible que habilite su entrada legal en el territorio español.
2) Una vez notificado el referido acuerdo al interesado, se practicaron de oficio, al amparo del art. 16.2 del Reglamento del procedimiento sancionador aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, las actuaciones que se consideraron necesarias para el examen de los hechos, recabando los datos e informaciones relevantes para determinar la existencia de responsabilidades susceptibles de sanción. Dichas actuaciones consistieron en consultas de antecedentes al Servicio de Informática, a lo archivos de esta Comisaría, toma de declaración al imputado.
Se realizaron comunicaciones a la Representación Consular de su país y al Ministerio de Asuntos Exteriores.
3) Con fecha 11-8-00 el interesado presentó escrito de alegaciones, con posterior entrada en esta Comisaría en fecha 18-8-00.
Por parte de la Instrucción del presente expediente y en relación con el contenido de las alegaciones se establecen las siguientes consideraciones:
El interesado en su alegación única niega los hechos que se le imputan, estimando que el relato de los mismos contenidos en el Acuerdo de iniciación que le fue notificado no ha sido motivado, considerando las imputaciones realizadas como ficticias, por lo que solicita el archivo del procedimiento, significándose al respecto por parte de la Instrucción que los hechos que motivaron la incoación del expediente y que les fueron debidamente notificados el 28-7-00 eran el haber accedido a esta ciudad procedente de Marruecos por paso no habilitado, careciendo además de la documentación adecuada para ello, cuyos hechos resultan corroborados por el propio interesado, ya que en acta de declaración del mismo obrante en el expediente, realizada en fecha 28-7-00 en presencia de letrado de oficio y a través de intérprete de árabe, consta el haber manifestado que carecía totalmente de documentación y que después de pasar por diferentes ciudades marroquíes entró en Ceuta clandestinamente oculto en el maletero del vehículo de un marroquí al que pagó 200 dirhams.
En consecuencia a lo expresado se desestiman las alegaciones presentadas, al considerarse que las mismas no desvirtúan el contenido del Acuerdo de Iniciación notificado.
4) Situación Judicial: No existe constancia de que tenga pendiente ningún tipo de responsabilidad judicial.
HECHOS PROBADOS
De las actuaciones realizadas a lo largo de la tramitación del expediente se derivan los siguientes hechos probados:
Haber sido interceptado en esta ciudad por los servicios policiales correspondientes, comprobándose cómo carecía de la documentación necesaria para su entrada legal en territorio español.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1) El artículo 51.2 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece los Organos competentes para imponer las sanciones por las infracciones administrativas establecidas en la misma, siendo éstos el Subdelegado del Gobierno o el Delegado del Gobierno en las Comunidades uniprovinciales.
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3.446 B. O. C. CE. - 3.940 Martes 19 de septiembre de 2000
2) Los indicados hechos probados responden a la infracción tipificada en el art. 49 d)
del la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, que establece:
d).- La entrada en territorio español careciendo de la documentación o de los requisitos exigibles, por lugares que no sean los pasos habilitados o contraviniendo las prohibiciones de entrada legalmente previstas.
3) De la mencionada infracción se considera responsable a D. Ismael Wafi en base a los hechos que se expresan.
4) El art. 53 de la Ley Orgánica citada, dispone que la indicada infracción será sancionada con la expulsión del territorio español y el artículo 54.1 de la misma Ley establece que toda expulsión llevará consigo la prohibición de entrada en territorio español por un período mínimo de tres años y máximo de diez.
Vistos los artículos citados, se propone:
Imponer a D. Ismael Wafi la sanción de expulsión
del territorio español, con un período de prohibición de entrada por tres años,
extensible a los territorios de Francia, Alemania, Bélgica, Holanda, Luxemburgo,
Portugal, Italia, Grecia y Austria, en virtud de lo previsto en el art. 96 del Convenio de
aplicación del Acuerdo de Schengen. El Instructor".
Frente a dicha propuesta no cabe ejercitar recurso alguno.
Se le comunica igualmente que a partir de este momento podrá acceder al contenido del expediente depositado en estas dependencias administrativas, pudiendo obtener copias de los documentos obrantes en el mismo al amparo de lo establecido en el art. 3.1 del Reglamento del procedimiento sancionador aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, concediéndosele un plazo de quince días a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.- EL FUNCIONARIO.