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BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA

Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo

Año LXXV Martes 6 de junio de 2000 Número 3.910


S U M A R I O
DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.140.- Establecimiento de épocas hábiles y las especies cinegéticas, para la práctica de la caza durante la temporada 2000-2001.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Cámaro Oficial de Comercio

Industria y Navegación de Ceuta

2.156.- Relación de notificaciones de liquidaciones correspondientes al recurso cameral permanente de 1996.

2.157.- Relación de notificaciones de liquidaciones correspondientes al recurso cameral permanente de 1997.

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.130.- Notificación a D.ª Nasiha Hossain Mohamed, relativa al puesto F-27 del Mercado Central.

2.131.- Notificación a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, relativa al puesto n.º 14 del Mercado San José.

2.132.- Notificación a D. Ramón Gallardo Fernández, relativa al puesto P-42 del Mercado Central.

2.133.- Notificación a D. Francisco J. Lizana Hidalgo, relativa al puesto V-27 del Mercado Central.

2.134.- Notificación a D. José Damián Carmona García, relativa al puesto A-12 del Mercado Central.

2.135.- Notificación a D.ª Fatma Said Abdelkrim, relativa al puesto C-26 del Mercado Central.

2.136.- Notificación a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, relativa al n.º 14 del Mercado San José.

2.137.- Notificación a D.ª Ana Guerrero García, relativa a denuncia del mal estado del solar ubicado en C/. Nicaragua.

2.138.- Notificación a D.ª Inmaculada Arroyo, relativa a solicitud de licencia de obras en C/. Juan Carlos I, n.º 21.

2.139.- Notificación a D. Mohamed Mohamed Abdeselam, relativa a solicitud de licencia de obras de modificación de vivienda unifamiliar.

2.154.- Notificación a D. Abselam Mohamed Absela-Naimi, relativa a responsabilidad de daños ocasionados a un semáforo sito en C/. Alcalde Victori Goñalons.

2.166.- Notificación a D. Abdeljalak Mohamed Mohamed, en expediente sancionador por transporte de viajeros sin licencia.

2.167.- Notificación a D. Abdelmalik El Hasmouil, en expediente sancionador por transporte de viajeros sin licencia.

2.168.- Notificación a D.ª María Gallego, en expediente de apertura de local sin licencia sito en C/. Padilla B, Edificio Ceuta-Center, por ejercer la actividad de Clínica Dental.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Tráfico

2.162.- Relación de notificaciones por infracciones de Tráfico.

Ministerio de Defensa

Comandancia Militar de Ceuta

2.161.- Notificación a D. Ahmed Abdel-Lah Ahmed, en expediente de construcción sin autorización 30/99.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto de Migraciones y Serv. Sociales

2.143.- Notificación a D. Ernesto Hernández Fernández y a D.ª Fatoma Mohamed Aomar, en expedientes 51/1007482-M/99 y 51/1003172-M/90, respectivamente.

2.144.- Notificación a D.ª Hasna Mohamed Tahar-Dukali, en expediente 51/61/I/2000.

2.145 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



2.145
.- Notificación a D.ª Fatima Ahmed Bubut, en expediente 51/30/J/2000.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto Nacional de Empleo

2.146.- Notificación a D. Mohamed Mohamed Ahmed, a D. Antonio Sánchez Rivas y a D.ª Fatima Mohamed Ahmed, relativa a la suspensión de prestaciones.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General Seguridad Social

2.150.- Notificación a D. Aomar Haddu Mohamed y a D.ª Rachida Mohamed Ahmed, en embargo de los bienes inmuebles.

2.151.- Notificación a D. Luis Gómez López y a D.ª Julia López Ubiña, en embargo de bienes inmuebles.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social

de Ceuta

2.159.- Notificación a CeutaSol, S.L., en procedimiento 215/98.

2.160.- Notificación a CeutaSol, S.L., en procedimiento 214/98.

2.164.- Notificación a Hostelería "El Sombrero de Copa, S.L.", en autos 525/99 al 527/99.

2.165.- Citación a D. José Luis Mullor Garrido, en Demanda 387/99.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

2.158.- Emplazamiento a Preo, S.A., en Juicio de Menor Cuantía 119/2000.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

2.149.- Requisitoria a D. Antonio Javier Castaño Michan, en Procedimiento Abreviado 115/2000.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

2.147.- Notificación a D. Khadil Nasre Eddin, en Separación Contenciosa 138/99.

2.148.- Citación a D. Khadil Nasre Eddin, en Medidas Provisionales 140/99.

2.152.- Emplazamiento a Antena Ceuta, S.L., en Juicio de Cognición 67/2000.

2.153.- Citación a D. José María Segado Fernández, en Juicio Ejecutivo 215/96.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.141.- Contratación mediante concurso abierto de Servicio de información con agencia de noticias, en expte. 3/2000.

2.142.- Contratación mediante concurso abierto de Servicio de colocación de líneas de la red privada de telefonía de las distintas Consejerías, en expte. 278/2000.

2.155.- Contratación mediante subasta abierta del suministro para el balizamiento y señalización de las playas de la Ciudad de Ceuta, en expte. 291/2000.

2.163.- Corrección de errores del anuncio n.º 28, publicado en el B.O.C.CE. Extraordinario n.º 21 de fecha 29 de mayo de 2000, relativo a la contratación de una consultoría y asistencias en materia de parques y jardines, en expte. 290/2000.

2.169.- Contratación mediante concurso abierto del suministro de un camión con destino al Parque Móvil, en expte. 328/2000.


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dimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados. f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisito esenciales para su adquisición. g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición de rango legal (...).- El artículo 63 LRJ-PAC señala que " Son anulables los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder (...).

PARTE DISPOSITIVA

Deniéguese el recurso potestativo de revisión porque fundarse en alguna de las causas tasadas en los artículos 62 y 63 de la Ley de Régimen Jurídico, especificadas en los párrafos anteriores, sin que en este caso se cumpla dicho requisito. Aún estudiando el fono y la causa del recurso presentado, debe denegarse, porque la interesada insiste en su petición inicial cuando, de acuerdo a la reglamentación sobre Mercados Municipales aprobada por el Pleno, es de todo punto imposible atenderla.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de que pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Ceuta, treinta de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

2.131.- Ante la imposibilidad de notificación a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, en relación al expediente número 17.096/2/99, relativo al puesto número 14 del Mercado de San José, es por lo que de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:

Adjunto remito propuesta de resolución del expediente sancionador incoado por decreto de 24-03-1999, significándole que tiene un plazo de quince días desde la recepción de la presente notificación, para efectuar las alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes, al amparo del artículo 18 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Francisco Javier Puerta Martí, Instructor del expediente sancionador incoado a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCION

El expediente tramitado se desglosa en

ANTECEDENTES

Un Agente de la Policía Local, a través de su Jefatura, remite denuncia efectuada el 6 de marzo de 1999, relativa al titular del puesto número 14 del Mercado de San José, el cual no hace uso del preceptivo gorro cubrecabeza.

La Presidencia de la Ciudad, a través de un decreto de 12-03-99, incoó expediente sancionador a D. Abdelkader

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.130.- Ante la imposibilidad de notificación de Dª. Nasiha Hossain Mohamed en relación con el puesto F-27 del Mercado Central, expediente 19.871/2000 del Mercado Central, es por lo que de conformidad con el artículo 59.4 de Ley de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, es por lo que se publica la siguiente resolución:

El Ilmo. Sr. Viceconsejero de Mercados y Cementerio, D. José María Aguirre Rubio, promulgo el siguiente Decreto con fecha 04-04-2000::

ANTECEDENTES DE HECHO

Por decreto de la Viceconsejería de Mercados y Cementerio de 09-03-2000, se procedió a denegar la permuta solicitada por los titulares de los puesto V-12 y F-27 del Mercado Central. El 30 de marzo de 2000 tiene entrada a través del Registro General de la Ciudad, un recurso de reposición de la interesada contra la resolución.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Ley Orgánica 1/95 de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta (EAC).- Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (LRJ-PAC).- Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LrBRL).- El artículo 30 EAC señala que: "La Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo... por lo establecido, con carácter general, por la Legislación del Estado sobre Régimen Local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto".- El artículo 52.1 LrBRL señala que. "Contra los actos y acuerdos de las Entidades Locales que pongan fin a la vía administrativa, los interesados podrán ejercer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición.- El artículo 107 LRJ-PAC señala que: "1.- Contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de revisión, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de esta Ley.(..)".- El artículo 116 LRJ-PAC señala que: "1.- Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo".- El artículo 62 LRJ-PAC señala que "1.- Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes: a) Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. c) Los que tengan un contenido imposible. d) Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta. e) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del proce

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Hossain Abdelkader, por la presunta comisión de una falta grave consistente en la falta de utilización del gorro cubrecabeza de color blanco, tipificado en el artículo 44 e) del Reglamento de Mercados ((RM) y sancionable, conforme al artículo 46 RM, con una multa de 7.000 a 15.000 pesetas.

Diversos cambios producidos en el área de Sanidad provocaron el cambio en la instrucción y el consiguiente retrase en la tramitación.

Este Instructor, del examen del expediente sancionador incoado, deduce la existencia de los siguientes

HECHOS PROBADOS

La denuncia de la Policía Local reúne los requisitos marcados en el artículo 17.5 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (RPS), por lo que puede considerarse prueba en el procedimiento.

Durante el trámite de alegaciones, el interesado, no presenta ninguna; por lo que este Instructor considera probado que el interesado cometió una infracción del artículo 44 e) RM; en cuanto a la graduación de la sanción y de acuerdo a los principios establecidos en el artículo 131 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ésta debe considerarse en su grado mínimo, en virtud del daño causado, por lo que a la Presidencia de la Ciudad, órgano competente en virtud del artículo 10.2 RPS, en conexión con el artículo 21.1.k) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta (normativa vigente durante la tramitación), se

PROPONE

Sancionar a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, titular del puesto número 14 del Mercado San José, con una multa de 7.000 pesetas, por la comisión de una falta grave consistente en la falta de utilización del gorro cubrecabeza de color blanco.

RELACION DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL EXPEDIENTE

1.- Informe de la Policía Local.

2.- Informe Jurídico.

3.- Decreto inicio sanción.

4.- Traslado de Decreto.

5.- Notificación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

6.- Publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

7.- Informe Jurídico.

8.- Decreto cambio Instructor.

9.- Traslado Decreto.

10.- Informe Jurídico.

11.- Decreto.

12.- Traslado Decreto.

13.- Propuesta de resolución.

14.- Traslado Decreto.

15.- Alegaciones.

16.- Solicitud de informe al Encargado Accidental de Mercados.

17.- Informe del Encargado Accidental de Mercados.

18.- Propuesta de resolución.

Ceuta, treinta de mayo de dos mil.- EL INSTRUCTOR.

2.132.- Ante la imposibilidad de notificación a D. Ramón Gallardo Fernández, en relación con el puesto P-42 del Mercado Central, es por lo que de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:

Adjunto remito propuesta de resolución del expediente sancionador incoado por decreto de 04-10-1999, significándole que tiene un plazo de quince días desde la recepción de la presente notificación, para efectuar las alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes, al amparo del artículo 18 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Francisco Javier Puerta Martí, Instructor del expediente sancionador incoado a D. Ramón Gallardo Fernández, formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCION

El expediente tramitado se desglosa en

ANTECEDENTES

El Encargado Administrador Accidental de Mercados remite denuncia, relativa al titular del puesto 42 del Mercado Central, D. Ramón Gallardo Fernández, el cual incumple el horario, ya que abre únicamente los sábados.

Por decreto de la Consejería de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados de 04-10-99, incoó expediente sancionador a D. Ramón Gallardo Fernández titular del puesto 42 del Mercado Central, por la presunta comisión de una falta leve consistente en el incumplimiento del horario establecido para la venta, tipificada como falta leve en el artículo 43 a) del Reglamento de Mercados ((RM) y sancionable, conforme al artículo 46 RM, con una multa de hasta 7.000 pesetas.

Este Instructor, del examen del expediente sancionador incoado, deduce la existencia de los siguientes

HECHOS PROBADOS

1º.- La denuncia del Encargado Administrador Accidental Reúne requisito establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (RPS), por lo que puede considerarse prueba en el procedimiento, sin que en el trámite de alegaciones haya presentado ninguna.

2º.- Queda acreditado por tanto que el interesado cometió una infracción del artículo 23 RM, que obliga a la venta de los productos durante el horario señalado para ello, tipificado por el artículo 43 a) RM y sancionable, conforme al artículo 46 RM, con una multa de hasta 7.000 pesetas, conforme al artículo 46 RM. Se va a proponer la sanción en su grado máximo, conforme a los criterios establecidos en el artículo 131 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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3º.- El órgano competente es la Consejería de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados, a tenor del artículo 127.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en conexión con el artículo 10.2 RPS, el artículo 21.1 K) de la ley 7/85 de 2 abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en conexión con el artículo 15 de la Ley Orgánica 1/95 de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta y los Decretos de la Presidencia de la Ciudad de 28 de agosto y 1 de septiembre de 1999 (normativa vigente en el momento de iniciación) por lo que se le eleva la siguiente:

PROPUESTA DE SANCION

Sancionar a D. Ramón Gallardo Fernández, titular del puesto P-42 del Mercado Central, por la comisión de una falta leve consistente en el incumplimiento del horario establecido para la venta, con una multa de 7.000 pesetas.

DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL EXPEDIENTE

nº.- 68118/99

1.- Informe del Encargado Acctal. de Mercados.

2.- Informe Jurídico.

3.- Decreto inicio expediente sancionador.

4.- Traslado de Decreto.

5.- Remisión a publicación en el B.O.C.CE.

6.- Publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

7.- Propuesta de resolución.

Ceuta, treinta de mayo de dos mil.- EL INSTRUCTOR.

2.133.- Ante la imposibilidad de notificación a D. Francisco J. Lizana Hidalgo, en relación con el expediente número 79618/1999, relativo al puesto V-27 del Mercado Central, es por lo que de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:

El Ilmo. Sr. Viceconsejero de Mercados y Cementerios, D. José María Aguirre Rubio, promulgó el siguiente Decreto con fecha 28-05-2000:

ANTECEDENTES DE HECHO

A requerimiento del Ilmo. Sr. Viceconsejero, el Encargado Administrador Accidental de Mercados remitió denuncia el 11 de noviembre de 1999, donde señalaba que el puesto V-27 del Mercado Central permanece cerrado tres meses sin justificación.- La Viceconsejería de Mercados y Cementerios, a través de un decreto de 15 de noviembre de 1999, incoó expediente sancionador a D. Francisco Javier Lizana Hidalgo, titular del puesto V-27 del Mercado Central, por la presunta comisión de una falta muy grave consistente en el abandono injustificado del puesto durante más de tres meses, tipificado en el artículo 45 e) del Reglamento de Mercados (RM) y sancionable, conforme el artículo 46.1.c) RM, con la pérdida de la titularidad del puesto.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El Instructor, del examen del expediente incoado, deduce la existencia de los siguientes hechos probados:

1) La denuncia efectuada por el Encargado Aministrador Accidental de Mercados, reúne los requisitos
establecidos en el artículo 17.5 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (RPS), en conexión con el artículo 33 h) RM, por lo que puede considerarse prueba en el procedimiento.

2) Durante el trámite de alegaciones, el interesado no presente ninguna.

3) El Instructor, por tanto, entiende probado que el interesado cometió una infracción del artículo 45 e) RM, que tipifica como falta muy grave el cierre injustificado del puesto por más de tres meses. La sanción viene recogida en el artículo 46 c) RM, por lo que a la Viceconsejería de Mercados y Cementerios, órgano competente en virtud del artículo 127.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), en conexión en el artículo 13 LRJ-PAC, el artículo 21.1.n) de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta y los Decretos de la Presidencia de la Ciudad de 31 de agosto y 7 de octubre de 1999, eleva la siguiente propuesta de sanción:

Sancionar a D. Francisco Javier Lizana Hidalgo, titular del Puesto V-27 del Mercado Central, con la pérdida de la titularidad del puesto, por la comisión de una falta muy grave consistente en el cierre injustificado del puesto durante más de tres meses.

PARTE DISPOSITIVA

Sancionar a D. Francisco Javier Lizana Hidalgo, titular del Puesto V-27 del Mercado Central, con la pérdida de la titularidad del puesto, por la comisión de una falta muy grave consistente en el cierre injustificado del puesto durante más de tres meses.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de notificación, o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de que pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, se le concede un plazo de 10 días a partir de la recepción de la presente notificación para que desocupe el puesto y entregue las llaves en el Negociado de Mercados, con apercibimiento de ejecución forzosa por este Ayuntamiento, previa autorización judicial.

Ceuta, treinta de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

2.134.- Ante la imposibilidad de notificación a D. José Damián Carmona García, en relación con el expediente número 17.632/1999, relativo al puesto A-12 del Mercado Central, es por lo que de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:

El Excmo. Sr. Presidente Accidental de la Ciudad, D. Manuel de la Rubia Nieto, promulgó el siguiente Decreto con fecha 28-04-2000:

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ANTECEDENTES DE HECHO

El Encargado Administrador Acctal., de Mercados remite denuncia relativa al puesto A-12 del Mercado Central, que permanece cerrado más de tres meses sin justificación. La Presidencia de la Ciudad, a tra´ves de un Decreto de 10 de marzo de 1999, incoó expediente sancionador a D. José Damián Carmona García, titular del puesto A-12 del Mercado Central, por la presunta comisión de una falta muy grave consistente en el abandono injustificado del puesto durante más de tres meses, tipificado en el artículo 45 e) del Reglamento de Mercados (RM) y sancionable, conforme el artículo 46.1) c) RM, con la pérdida de la titularidad del puesto. Distintos cambios producidos en el área de Sanidad motivaron la modificación en la instrucción y la paralización del expediente.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El Instructor, del examen del expediente incoado, deduce la existencia de los siguientes hechos probados:

1) La denuncia efectuada por el Encargado Aministrador Accidental de Mercados, reúne los requisitos establecidos en el artículo 17.5 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento del Ejercicio de la Potestad Sancionadora (RPS), en conexión con el artículo 33 h) RM, por lo que puede considerarse prueba en el procedimiento.

2) Durante el trámite de alegaciones, el interesado no presente ninguna.

3) El Instructor, por tanto, entiende probado que el interesado cometió una infracción del artículo 45 e) RM, que tipifica como falta muy grave el cierre injustificado del puesto por más de tres meses, cuya sanción viene recogida en el artículo 46 c) RM, por lo que a la Presidencia de la Ciudad, órgano competente en virtud del artículo 10.2 del Real Decreto 1398/93 de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, en conexión con el art. 21.1 k) de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 15 de la Ley Orgánica 1/95 de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta (normativa vigente en el momento de la incoación), eleva la siguiente Propuesta de Resolución:

Sancionar a D. José Damián Carmona García, titular del Puesto A-12 del Mercado Central, con la pérdida de la titularidad del puesto, por la comisión de una falta muy grave consistente en el cierre injustificado del puesto durante más de tres meses.

PARTE DISPOSITIVA

Sancionar a D. José Damián Carmona García, titular del Puesto A-12 del Mercado Central, con la pérdida de la titularidad del puesto, por la comisión de una falta muy grave consistente en el cierre injustificado del puesto durante más de tres meses.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de notificación, o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de que pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Ceuta, treinta de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

2.135.- Ante la imposibilidad de notificación a Dª. Fatma Said Abdelkrim, en relación con el expediente número 9.643/99, relativo al puesto C-26 del Mercado Central, es por lo que de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:

El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad, D. Antonio Sampietro Casarramona, promulgó el siguiente Decreto con fecha 17-05-2000:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Encargado Aministrador Accidental de Mercados remitió denuncia el 11 de febrero de 1999, donde señalaba que el puesto C-26 del Mercado Central, permanece cerrado tres meses sin justificación.- La Presidencia de la Ciudad, a través de un decreto de 11 de marzo de 1999, incoó expediente sancionador a Dª. Fatma Said Abdelkrim, titular del puesto C-26 del Mercado Central, por la presunta comisión de una falta muy grave consistente en el abandono injustificado del puesto durante más de tres meses, tipificado en el artículo 45 e) del Reglamento de Mercados (RM) y sancionable, conforme el artículo 46.1.c) RM, con la pérdida de la titularidad del puesto.

Se produjo un cambio en el área de Sanidad, que conllevó la modificación en la instrucción y el retraso consiguiente en su tramitación.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El Instructor, del examen del expediente incoado, deduce la existencia de los siguientes hechos probados:

1) La denuncia efectuada por el Encargado Aministrador Accidental de Mercados, reúne los requisitos establecidos en el artículo 17.5 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (RPS), en conexión con el artículo 33 h) RM, por lo que puede considerarse prueba en el procedimiento.

2) Durante el trámite de expediente, la interesada presentó unas alegaciones donde justificaba el cierre del puesto por la baja voluntaria de su trabajador desde el 30 de septiembre de 1998. Dado el tiempo transcurrido, se solicitó nuevo informe al Encargado Administrador Accidental de Mercados, quien, con fecha 28 de marzo, confirma el cierre del puesto..

3) El Instructor, por tanto, entiende probado que la interesada cometió una infracción del artículo 45 e) RM, que tipifica como falta muy grave el cierre injustificado del puesto por más de tres meses, cuya sanción viene recogida en el artículo 46 c) RM, por lo que a la Presidencia de la Ciudad, órgano competente en virtud del artículo 10.2 del Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Postestad Sancionadora, en conexión con el artículo 21.1.k) de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta (normativo vigente en el momento de la incoación) eleva la siguiente propuesta de sanción:

Sancionar a Dª. Fatma Said Abdelkrim, titular del puesto C-26 del Mercado Central, con la pérdida de la titularidad del puesto, por la comisión de una falta muy grave con
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Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.137



sistente en el cierre injustificado del puesto durante más de tres meses.

PARTE DISPOSITIVA

Sancionar a Dª. Fatma Said Abdelkrim, titular del puesto C-26 del Mercado Central, con la pérdida de la titularidad del puesto, por la comisión de una falta muy grave consistente en el cierre injustificado del puesto durante más de tres meses.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de notificación, o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de que pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concede un plazo de 10 días a partir de la recepción de la presente notificación para que desocupe el puesto y entregue las llaves en el Negociado de Mercados, con apercibimiento de ejecución forzosa por este Ayuntamiento, previa autorización judicial.

Ceuta, treinta de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

2.136.- Ante la imposibilidad de notificación a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, en relación con el expediente número 73.098/98, relativo al puesto número 14 del Mercado San José, es por lo que de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:

El Excmo. Sr. Presidente Accidental de la Ciudad, D. Manuel de la Rubia Nieto, promulgó el siguiente Decreto con fecha 28-04-2000:

ANTECEDENTES DE HECHO

En el Negociado de Sanidad y Bienestar Social, se ha recibido denuncia del Encargado Administrador Accidental de Mercados sobre la actitud incorrecta mantenida por el titular del puesto número 14 del Mercado San José, D. Abdelkader Hossain Abdelkader, con un operario y un vigilante del mismo.- La Presidencia de la Ciudad, a través de un decreto de 12 de marzo de 1999, incoó expediente sancionador a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, titular del puesto número 14 del Mercado San José, por la presunta comisión de una falta leve consistente en la actitud incorrecta mantenida con un operario y un vigilante del Mercado, tipificada en el artículo 43 c) del Reglamento de Mercados (RM) en conexión con el artículo 41 RM, y sancionable conforme al artículo 46 RM, con una multa de hasta 7.000 pesetas.

Se ha realizado una primera propuesta de resolución ante la que el interesado presenta alegaciones en tiempo y forma.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El Instructor, del examen del expediente tramitado y de las alegaciones presentadas, deduce la existencia de los
siguientes hechos probados:

1) La denuncia realizada por el Encargado Aministrador Accidental de Mercados, reúne los requisitos marcados en el artículo 17.5 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (RPS), por lo que es considerado prueba en el procedimiento.

2) Durante el trámite de alegaciones, el interesado presenta un escrito donde manifiesta que la actitud incorrecta se produjo con el Encargado Administrador Accidental de Mercados, quien, al parecer, actúa de forma vengativa por alguna rencilla anterior. Dicha alegación no puede ser admitida porque en ningún momento se hace referencia al Encargado en la denuncia, sino a un operario y un vigilante, lo que desvirtúa claramente la alegación.

3) Considero probado por tanto, que el interesado cometió una infracción del artículo 43 e) RM, que tipifica como falta leve la adopción de actitudes incorrectas con el personal, estando su sanción prevista en el artículo 46.1 a) RM.

4) Procede elevar a la Presidencia de la Ciudad, órgano competente en virtud del artículo 10.2 RPS, en conexión con el artículo 21.1.k) de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta (normativa vigente en el momento de la incoación del expediente), la siguiente propuesta de sanción:

Sancionar a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, titular del puesto número 14 del Mercado San José, por la presunta comisión de una falta leve consistente en la actitud incorrecta mantenida con un empleado y un operario del Mercado, con una multa de 7.000 pesetas.

PARTE DISPOSITIVA

Sancionar a D. Abdelkader Hossain Abdelkader, titular del puesto número 14 del Mercado San José, por la presunta comisión de una falta leve consistente en la actitud incorrecta mantenida con un empleado y un operario del Mercado, con una multa de 7.000 pesetas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de notificación, o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de que pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Ceuta, treinta de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

2.137.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, por su decreto de fecha 27-04-00, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

Con fecha 29-02-2000 la Consejería de Participación Ciudadano, Juventud y Festejos, remitió escrito de la Asociación de Vecinos de la Barriada San José, en el que se denuncia el mal estado en que se encuentra un solar ubicado en la entrada de la calle Nicaragua.- Con fecha 23-03-00 los Servicios Técnicos informan que se pudo comprobar que el
1.125
2.137 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



solar que se encuentra vallado con fábrica de bloques de hormigón 20X40 cm., tomados con mortero de cemento y a falta de enfoscar y pintar exteriormente.- Asimismo, se ha comprobado que en el interior existen multitud de escombros que es necesario transportar al vertedero, debiéndose efectuar la limpieza del solar.- Por todo ello, procede citar orden de ejecución tendente a paliar tal situación, consistiendo los trabajos que hay que efectuar en:

1.- Apertura de hueco de puerta y colocación de puerta metálica de acceso al solar a efectos de mantenimiento en condiciones higiénicas.

2.- Limpieza de la totalidad del solar con transporte de escombros a vertedero y aplicación de desinfectantes.

3.- Enfoscado exterior con mortero de cemento 1:6 y pintado con pintura pétrea de fachada de color claro y dos manos.

El presupuesto estimativo de dichos trabajos asciende a la cantidad de 300.000 pesetas (1.803,04 Euros) en el plazo de 30 días, debiendo apercibir a la propiedad de ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento de la orden de ejecución y previo expediente sancionador.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El artículo 19 de la Ley 6/98, de 13 de abril, establece la obligación de los propietarios de urbanizaciones de mantenerlas en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

El artículo 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística, otorga competencia para ordenar la ejecución de obras que tiendan a mantener las debidas las referidas condiciones.

Según el artículo 3.4.7 de las Normas Urbanísticas del P.G.O.U., todo propietario de un solar deberá mantenerlo en las condiciones de seguridad y salubridad que se establece en los siguientes apartados:

1.- Vallado. Todo solar deberá estar cerrado mediante una valla de las determinadas en las presentes normas.

2.- Tratamiento de la superficie. Se protegerán o eliminarán los pozos de desniveles que puedan ser causa de accidentes.

3.- Limpieza y salubridad. El solar deberá estar permanentemente limpio y desprovisto de cualquier tipo de vegetación espontánea o cultivada. Sin ningún resto orgánico o mineral que pueda alimentar o albergar animales o plantas portadoras o transmisoras de enfermedades, o producir malos olores.

La competencia en materia de urbanismo la ostenta el Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, de conformidad con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su decreto de 01-09-99.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se inicia el procedimiento de orden de ejecución para la realización de las actuaciones mencionadas en los antecedentes de este decreto.

2º.- Se concede al interesado un plazo de audiencia de 15 días, para la realización de lo anterior, con advertencia, en caso contrario, de expediente sancionador y posterior ejecución subsidiaria.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a Dª. Ana Guerrero García, en los términos del artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente anuncio, se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, veintinueve de mayo de dos mil.- Vº Bº EL PRESIDENTE ACCIDENTAL.- Fdo.: Manuel de la Rubia Nieto.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

2.138.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, por su Decreto de fecha ocho de mayo de dos mil, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

Dª. Inmaculada Arroyo, solicita licencia de obras, sita en C/ Juan Carlos I, número 21, puerta 11.- Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento, Urbanismo y Vivienda, informan con fecha 25-04-00 (número 944/00) que:

Procedería requerir al interesado para que defina con mayor precisión las obras que pretende realizar, adjuntando la documentación establecida en el artículo 29 de la Ordenanza Reguladora de la Disciplina Urbanística que en este caso sería: Definición precisa de las unidades de obra y evaluación económica de las mismas.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, tras su nueva redacción aprobada por Ley 4/99, de 13 de enero, establece que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.

El Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, ostenta competencia en materia de licencias urbanísticas, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente, en su Decreto de 01-09-99.- En el mismo sentido en artículo 13 del Reglamento de la Presidencia.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se requiere a Dª. Inmaculada Arroyo que en el plazo de 10 días aporte la documentación que se detalla en los antecedentes de este decreto.

2º.- Se indica a Dª. Inmaculada Arroyo, que de no cumplimentar el punto anterior en el plazo precitado, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución a tal efecto.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a Dª. Inmaculada Arroyo, en los términos del artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente anuncio, se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, veintinueve de mayo de dos mil.- Vº Bº EL PRESIDENTE ACCIDENTAL.- Fdo.: Manuel de la Rubia Nieto.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

2.139.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, por su Decreto de fecha veinte de mayo de dos mil, ha dispuesto lo siguiente:

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Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.140



ANTECEDENTES

Con fecha 03-12-1999 de entrada en Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, D. Mohamed Mohamed Abdeselam, solicita licencia para realizar obras de modificación de una vivienda unifamiliar. Por Decreto de fecha 29-3-2000 se concedió a D. Hassan Ahmed Mohamed licencia para realizar obras de modificación de las contempladas en proyecto de ejecución de construcción de una vivienda unifamiliar en C/ Claudio Coello, número 6 de esta Ciudad de Ceuta.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Dispone el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en su redacción por la Ley 4/99, de 13 de enero, las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. Examinada la documentación obrante en el expediente, se ha podido constatar un error de hecho, consistente en conceder licencia a D. Hassan Ahmed Mohamed, en lugar de concedérsela al peticionario D. Mohamed Mohamed Abdeselam.

Competente para rectificar el error observado resulta el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/92, de 2 de abril, en su redacción dada por la Ley 11/99, de 21 de abril.

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica el decreto de fecha 29-03-2000, en su punto primero de la parte dispositiva, y entender que se concede la licencia solicitada a D. Mohamed Mohamed Abdeselam.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Mohamed Mohamed Abdeselam, en los términos del artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente anuncio, se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, veintinueve de mayo de dos mil.- Vº Bº EL PRESIDENTE ACCIDENTAL.- Fdo.: Manuel de la Rubia Nieto.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.140.- El Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Medio Ambiente, por resolución de 30 de mayo de 2000, ha dispuesto lo siguiente:

RESOLUCION

Vista la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, R.D. 2.493/1996, de 5 de diciembre de transferencia a la Ciudad de Ceuta y la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios naturales de la Flora y Fauna Silvestres, así como el resto de la legislación aplicable y atendiendo las circunstancias cinegéticas de Ceuta, esta Consejería de Obras Públicas y Medio Ambiente ha resuelto:

Establecer las épocas hábiles y las especies cinegéticas para la práctica de la caza durante la temporada 2.000-2.001, en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de la siguiente Orden:

1.- Especies cinegéticas: Tendrán la consideración de especies cinegéticas y podrán ser objeto de caza menor las siguientes especies:

Conejo (Oryctolagus cuniculus). Liebre (Lepus Capensis). Codorniz (Coturnix coturnix). Tórtola común (Streptopelia turtur). Pérdiz Moruna (Alectoris bárbara). Paloma torcaz (Columbus palumbus). Paloma zurita (Columbus Oenas). Zorzal común (Turdus philomelos). Zorzal charlo (Turdus viscivorus). Zorzal alirrojo (Turdus iliacus). Estornino negro (Sturnus unicolor). Estornino pinto (Sturnus vulgaris).

2.- Períodos hábiles de caza menor:

Epoca hábil: Podrán cazarse las especies de caza menor relacionadas en el punto anterior de la presente orden desde el día 12 de octubre, viernes, hasta el día 31 de diciembre, domingo, de 2000, ambos inclusive, todos los jueves, sábados, domingos y festivos (a excepción del día 1 de noviembre).

3.- Cuando se practique la caza, queda prohibido el uso y tenencia de armas automáticas o semiautomáticas cuyo cargador pueda contener más de dos cartuchos, y uno en la recámara, los de aire comprimido y los rifles de percusión anular de calibre 22.

Queda prohibido cualquier actividad de caza o captura de ejemplares de fauna silvestre con fines científicos, así como cualquier otra que suponga manipulación o molestia para los mismos, como anillamiento, investigación o filmación de nidos, crías, colonias o madriguera, salvo autorización expresa de la Consejería de Medio Ambiente. Para ello se exigirá autorización de la Oficina Central de Anillamiento de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente y Protocolo, para caza o captura científica de fauna protegida, avalado por un organismo público de investigación o entidad de reconocido prestigio y experiencia en este tipo de trabajos directamente relacionados con el solicitante, especificando objetivos, justificación, metodología, antecedentes, equipo humano y material, plazo de ejecución del trabajo e investigador principal responsable del proyecto.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de los previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (artículos 116.1 Ley 30/92, de 26 de noviembre y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio).

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Ceuta, treinta y uno de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.127
2.141 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000


ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.141.-

1.- Entidad adjudicataria:

a) Organismo: Ciudad de Ceuta.

b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.

c) Número de expediente: 3/2000.

2.- Objeto del contrato:

a) Descripción del contrato: Servicio de información con agencia de noticias.

b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Urgente.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

4.- Presupuesto base de licitación:

Importe de licitación: 21.000.000 pesetas (126.212,54 Euros)

a) Definitiva: Cuatro por ciento del importe de adjudicación..

6.- Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Negociado de Contratación, Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Domicilio: Calle Padilla. Edificio Ceuta Center, s/n..

c) Código Postal y Localidad: 51001 Ceuta.

d) Teléfono: 956 52 82 53 - 54.

e) Telefax: 956 52 82 56

f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Ocho días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

7.- Requisitos específicos del contratista:

Los establecidos en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.

8.- Presentación de las ofertas:

a) Fecha límite de presentación: Ocho días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de Presentación:

1º) Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

3º) Código Postal y Localidad: 51001 Ceuta.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: El determinado en la Ley 13/1995, de 18 de mayo.

9.- Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Domicilio: Consejería de Economía y Hacienda. Edificio Ceuta Center. c/ Padilla s/n.

c) Fecha y hora: A las 12.00 horas del día siguiente hábil al que finalice el plazo de presentación de ofertas.

d) Fecha: A las 12,00 horas del día siguiente en que finalice el plazo de presentación de ofertas.

10.- Otras informaciones:

a) Gastos de anuncios: A cargo el adjudicatario.

Ceuta, treinta y uno de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

2.142.-

1.- Entidad adjudicataria:

a) Organismo: Ciudad de Ceuta.

b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.

c) Número de expediente: 278/2000.

2.- Objeto del contrato:

a) Descripción del contrato: Servicio de colocación de líneas de la red privada de telefonía de las distintas Consejerías.

b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Urgente.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

4.- Presupuesto base de licitación:

Importe de licitación: 19.990.000 pesetas (120.142,31 Euros)

a) Definitiva: Cuatro por ciento del importe de adjudicación..

6.- Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Negociado de Contratación, Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Domicilio: Calle Padilla. Edificio Ceuta Center, s/n..

c) Código Postal y Localidad: 51001 Ceuta.

d) Teléfono: 956 52 82 53 - 54.

e) Telefax: 956 52 82 56

f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Ocho días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

7.- Requisitos específicos del contratista:

Los establecidos en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.

8.- Presentación de las ofertas:

a) Fecha límite de presentación: Ocho días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de Presentación:

1º) Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 9,00 a 14,00 horas.

2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

3º) Código Postal y Localidad: 51001 Ceuta.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: El determinado en la Ley 13/1995, de 18 de mayo.

9.- Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Domicilio: Consejería de Economía y Hacienda. Edificio Ceuta Center. c/ Padilla s/n.

c) Fecha y hora: A las 12.00 horas del día siguiente hábil al que finalice el plazo de presentación de ofertas.

d) Fecha: A las 12,00 horas del día siguiente en que finalice el plazo de presentación de ofertas.

10.- Otras informaciones:

a) Gastos de anuncios: A cargo el adjudicatario.

Ceuta, treinta de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

1.128
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.147



OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto de Migraciones y Serv. Sociales

2.143.- La Dirección Provincial del IMSERSO de Ceuta en la tramitación de expedientes indicados a continuación ha intentado notificar la citación de los interesados, para la realización de los trámites indispensables para su resolución, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992).

Expediente Apellidos y Nombre

51/1007482-M/99 Hernández Fernández, Ernesto

51/1003172-M/90 Mohamed Aomar, Fatoma

Se advierte a los interesados que transcurridos tres meses se producirá la caducidad de los expedientes con archivo de las actuaciones practicadas (artículo 92 de la Ley 30/1992).

Ceuta, a dieciocho de mayo de dos mil.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.

2.144.- La Dirección Provincial del IMSERSO de Ceuta en la tramitación de expedientes indicados a continuación ha intentado notificar la citación de los interesados, para la realización de los trámites indispensables para su resolución, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27).

Expediente Apellidos y Nombre

51/61/I/2000 Mohamed Tahar-Dukali, Hasna

Se advierte a los interesados que transcurridos tres meses se producirá la caducidad de los expedientes con archivo de las actuaciones practicadas (artículo 92 de la Ley 30/1992).

Ceuta, a diecisiete de mayo de dos mil.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.

2.145.- La Dirección Provincial del IMSERSO de Ceuta en la tramitación de expedientes indicados a continuación ha intentado notificar la citación de los interesados, para la realización de los trámites indispensables para su resolución, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27).

Expediente Apellidos y Nombre

51/30/J/2000 Ahmed Bubut, Fatima

Se advierte a los interesados que transcurridos tres meses se producirá la caducidad de los expedientes con archivo de las actuaciones practicadas (artículo 92 de la Ley 30/1992).

Ceuta, a doce de mayo de dos mil.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto Nacional de Empleo

2.146.- Por esta Dirección Provincial se han dictado Resoluciones en expedientes en los que se ha iniciado un proceso sancionador sobre suspensión de prestaciones, contra los interesados que a continuación se citan, por el motivo de renovar la demanda de empleo en la forma y fecha que se determinan por la entidad gestora en el documento de renovación de la demanda. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.

Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común con la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero (BOE n.º 12 de 14 de enero).

La no renovación de la demanda es causa de pérdida de la prestación durante un mes, según lo dispuesto en el número 1.1 del artículo 46 de la ley 8/88, de 7 de abril, e implica dejar sin efecto su inscripción como demandantes de empleo con la pérdida de derechos que como tal tuvieran reconocidos, según el número 1.2 párrafo segundo del artículo 46 de la Ley 8/88, redacción dada por el apartado 19 del art. 35 de la Ley 50/98 de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre).

Esta Dirección Provincial, ha resuelto suspenderles la prestación por el período de 1 mes, transcurrido el cual, les será reanudada de oficio, siempre que se mantengan su situación de desempleo y se inscriban de nuevo como demandantes de empleo, para lo cual deberán personarse en su Oficina de Empleo.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 30 días en la Dirección Provincial del INEM.

Contra esta resolución, conforme a lo previsto en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (BOE n.º 86, de 11 de abril), podrá interponer escrito de Reclamación Previa ante esta Dirección, presentándolo en su correspondiente Oficina de Empleo o en la Dirección Provincial del INEM, en el plazo de treinta días, siguiente a la fecha de notificación de la presente resolución.

Ceuta, 26 de mayo de 2000.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: José A. Terrío Fernández-Muñiz.

Apellidos y Nombre D.N.I. Sanción

Mohamed Ahmed, Moh. 45.088.984 Susp. 1 mes

Sánchez Rivas, Antonio 74.989.661 Susp. 1 mes

Mohamed Ahmed, Fatima 45.080.942 Susp. 1 mes

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

2.147.- En el procedimiento de Separación Contenciosa n.º 138/99 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En virtud de lo acordado en autos n.º 138/99, por medio de la presente póngase en conocimiento del demanda
1.129
2.147 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



do que le han sido designados abogado y procurador del turno de oficio quedando alzada la suspensión de las presentes actuaciones, restándole veinte días para contestar a la demanda y transcurrido el plazo legal establecido sin que el mismo compareciese en legal forma y contestase, sea declarado en rebeldía, sin más oírle ni citarle, y continúen los autos su tramitación legal.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Khadil Nasre Eddin, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Ceuta, a veinticinco de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO.

2.148.- En el procedimiento de de Medidas Provisionales n.º 140/1999 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En virtud de lo acordado en autos n.º 140/2000, por medio de la presente póngase en conocimiento del demandado que le han sido designados abogado y procurador del turno de oficio quedando alzada la suspensión de las presentes actuaciones, señalándose para que tenga lugar la comparecencia de medidas provisionales el día 9 de junio a las 12,00 horas.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Khadil Nasre Eddin, se extiende la presente para que sirva de cédula de citación en forma.

En Ceuta, a veinticinco de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

2.149.- D. Antonio Javier Castaño Michan hijo de Antonio y de Francisca nacido el 17-1-68 en Ceuta, de nacionalidad española con D.N.I. n.º 45.075.867 y con último domicilio conocido en Antiguos Pabellones Militares del Mixto, n.º 3, encausado por los delitos de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa en causa procedimiento abreviado n.º 115/00 del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta, comparecerá dentro del término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y pararle el perjuicio a que haya lugar.

Por la presente, habiéndolo acordado en resolución de esta fecha recaída en el procedimiento antes indicado, y en aplicación de los arts. 834 y ss de la L.E. Criminal dispongo de ese Organismo la ejecución de la orden de requisitoria de búsqueda, detención y personación sobre la persona descrita como incurso en la diligencias Previas ya indicadas para la práctica de diligencia ya acordadas.

Ceuta, a 27 de mayo de 2000.- EL MAGISTRADO JUEZ.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General Seguridad Social

2.150.- Notificación de Embargo de Bienes Inmuebles a través de anuncio (TVA-502).

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, de Ceuta.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor D. Aomar Haddu Mohamed, por deudas a la Seguridad Social, se procedió con fecha 6-4-2000 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente Edicto.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de su representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del repetido Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Ceuta, 19 de mayo de 2000.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.

Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501).

Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 45073805S, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle.

Núm. P. Apremio Período Régimen

51 97 010173365 08 1996/11 1996 0521

51 97 010259251 01 1997/06 1997 0521

51 98 010108575 07 1997/12 1997 0521

51 98 010241345 01 1998/06 1998 0521

Importe del Principal: 625.253 Ptas.

Recargos de Apremio: 209.542 Ptas.

Costas Devengadas: 1.040 Ptas.

Costas Presupuestas: 25.000 Ptas.

Total Débitos: 860.835 Ptas.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1.637/1995 del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración
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Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.151



contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados e el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entra las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, B.O.E. del día 29).

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Ceuta, a 19 de mayo de 2000.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.

Descripción de las Fincas Embargadas

Deudor: Aomar Haddu Mohamed

Finca Número: 01

Datos Finca Urbana

Descripción Finca: Departamento N.º 3 vivienda tipo B planta baja Edif. Ceuta.

Tipo Vía: Av, Nombre Vía: África, s/n planta baja, Cod-Post.: 51002, Cod-Muni: 51101

Datos Registro

N.º Reg.: CE, N.º tomo: 309, N.º Libro: 309, N.º Folio: 186, n.º Finca: 21874.

Descripción Ampliada

Departamento núm. 3.- vivienda tipo B en la planta baja, del edificio radicado en Ceuta, calle sin nombre, con acceso a través del portal situado al Este del edificio.

Linderos:

- Derecha: Vivienda tipo G de esta misma planta del portal situado al oeste de Edificio y Patio Central.

- Izquierda: Vivienda Tipo C de esta planta y portal.

- Fondo: Calle en proyecto.

- Frente: Rellano de entrada y hueco de escaleras, cuarto de contadores y patio Central.

División Horizontal: Cuota-Valor: 1,93% núm. orden: 3.

Superficie Construida: 123,33 M2. Superficie Util: 101,76 m2.

Ceuta, a 19 de mayo de 2000.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.

2.151.- Notificación de Embargo de Bienes Inmuebles a través de anuncio (TVA-502).

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, de Ceuta.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor D. Luis Gómez López por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Urbanización Monte Hacho, 15 se procedió con fecha 26-5-2000 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente Edicto.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de su representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del repetido Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Ceuta, 26 de mayo de 2000.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.

Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501).

Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 045065677Y, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle.

Núm. P. Apremio Período Régimen

51 96 010174194 11 1995/11 1995 0521

51 97 010171547 12 1996/12 1996 0521

51 97 010286836 01 1997/04 1997 0521

51 97 010369385 05 1997/06 1997 0521

51 98 010103929 07 1997/12 1997 0521

51 98 010237103 01 1998/06 1998 0521

51 99 010121284 07 1998/12 1998 0521

Importe del Principal: 793.726 Ptas.

Recargos de Apremio: 242.184 Ptas.

Costas Devengadas: 2.040 Ptas.

Costas Presupuestas: 25.000 Ptas.

Total Débitos: 1.062.950 Ptas.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1.637/1995 del
1.131
2.151 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entra las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, B.O.E. del día 29).

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Ceuta, a 26 de mayo de 2000.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.

Descripción de las Fincas Embargadas

Deudor: Luis Gómez López

Finca Número: 01

Datos Finca Urbana

Descripción Finca: Agrupación B. Departamento 15 Urbanización Loma del Pez.

Tipo Vía: Ur, Nombre Vía: Monte Hacho, s/n Cod-Post.: 51005, Cod-Muni: 51101

Datos Registro

N.º Reg.: CE, N.º tomo: 174, N.º Libro: 3, N.º Folio: 3, n.º Finca: 13.306.

Descripción Ampliada

Agrupación B.- Departamento número quince. Vivienda unifamiliar Duplex, compuesta de cuatro semiplantas, enlazadas por tramos de escaleras, en la urbanización Loma del Pez.

Linderos:

- Derecha: Departamento número catorce.

- Izquierda: Departamento número dieciséis.

- Fondo: Calle de la Urbanización.

- Frente: Calle de la Urbanización, que le sirve de entrada.

División Horizontal: Cuota-Valor: 8,35% Número de orden: 15.

Superficie Construida: 96,98 m2.

Superficie Util: 81,95 m2.

Ceuta, a 26 de mayo de 2000.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO.- Fdo.: Laureano Macías Soto.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

2.152.- En virtud de lo acordado por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Cuatro de Ceuta, en los autos de Juicio de Cognición 67/00 seguidos en este Juzgado a instancia de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A.. representada por el Procurador Sr. Ruiz Reina contra Antena Ceuta, S.L., de quien se ignora su domicilio y paradero, se acuerda emplazar al referido demandado a fin de que en el término de 9 días comparezca en forma en los presentes autos, contestando a la demanda, bajo el apercibimiento de que, de no verificarlo, será declarado en rebeldía.

Y para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, y que sirva de emplazamiento a la demandada Antena Ceuta, S.L. expido el presente que firmo en Ceuta a 25 de mayo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

2.153.- En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha, en los autos n.º 215/1996, por la presente se cita de remate al referido demandado D. José María Segado Fernández Comercial Galo, S.A. a fin de que dentro del término improrrogable de nueve días hábiles se oponga a la ejecución contra el mismo despachada, si le conviniere, personándose en los autos por medio de Abogado que le defienda y Procuradora que le represente, apercibiéndole que de no verificarlo será declarado en situación de rebeldía procesal parándole con ello el perjuicio a que hubiere lugar en Derecho. Se hace constar expresamente que, por desconocerse el paradero del demandado, se ha practicado embargo sobre bienes de su propiedad sin previo requerimiento de pago.

Principal: 386.372 Ptas.

Intereses, Gastos y Costas: 140.000 pesetas.

En Ceuta a veintidós de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO.

1.132
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.155



OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.154.- Por Decreto de fecha 11-4-00 el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, D. Antonio Sampietro Casarramona ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

La Policía Local denuncia que el pasado 9-2-2000, el vehículo Mitsubishi Montero CE-9922-F, conducido por D. Abdeselam Mohamed Abselam-Naimi (DNI n.º 45.095.426) colisionó con un semáforo situado junto a la parada de Taxi en C/. Alcalde Victori Goñalons, desplazando además dos maceteros de su sitio. El servicio de extinción de Incendios de la Ciudad aislaron de forma provisional el cableado del semáforo dañado. Consta en el expediente fotografías del estado en que quedó el vehículo. Los Servicios Técnicos de la Consejería de Obras Públicas y Medio Ambiente informan el 15-2-2000 (n.º 58) lo siguiente: "Efectivamente se aprecia la desaparición total del semáforo, el cual ha sido emplazado de su sitio, así como también se aprecia el desplazamiento total de los maceteros cercanos al semáforo. Como obras de reparación de la balaustrada se plantean los siguientes: Desconexión de la instalación eléctrica. Retirada y transporte de los restos del semáforo al despósito municipal. Colocación de un semáforo nuevo, así como conexionado del mismo. Colocación de los maceteros en su ubicación original. El presupuesto de las obras de Reparación por contrata, se estima en 147.862 Ptas. (ciento cuarenta y siete mil ochocientas sesenta y dos pesetas), incluyendo Gastos Generales, Beneficio Industrial e IPSI". Por Decreto de 25-2-00, se incoa expediente para determinar la responsabilidad de D. Abselam Mohamed Abselam-Naimi, con motivo de dichos daños, sin que se haya presentado alegación alguna por el interesado en el plazo de audiencia concedido.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

1.- El art. 9.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales establece que "las Entidades Locales tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos". 2.- El art. 21.1.k de la Ley 7/85, de 2 de abril otorga competencia al Alcalde para el "ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del Ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiera delegado en otro órgano.

PARTE DISPOSITIVA

Se declara la responsabilidad de D. Abselam Mohamed Abselam Naimi, con D.N.I. 45.095.426, respecto de las daños ocasionados con el vehículo matrícula CE-9922-F, al colisionar con un semáforo situado junto a la parada de Taxi de la C/. Alcalde Victori Goñalons, el pasado 1-2-2000, y se le previene para que proceda al abono de 147.862 pesetas en que han sido valoradas las obras de reparación, con apercibimiento de ejercicio de la acción que corresponda para hacer ejecutivo tal pago. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquier de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de noviembre, y 8.1 y 46 de l Ley 29/98, de 13 de julio). No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Ceuta, a 31 de mayo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.155.-

1.- Entidad adjudicataria:

a) Organismo: Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.

c) Número de expediente: 291/2000.

2.- Objeto del contrato:

a) Descripción del contrato: Suministro para el balizamiento y señalización de las playas de la Ciudad de Ceuta.

b) Lugar de entrega: Ciudad Autónoma de Ceuta.

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Urgente.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Subasta.

4.- Presupuesto base de licitación:

Importe de licitación: 3.969.612 pesetas (23.857,84 Euros)

5.- Garantías:

a) Definitiva: 157.784 pesetas.

6.- Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Negociado de Contratación, Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Domicilio: Calle Padilla. Edificio Ceuta Center, s/n.

c) Código Postal y Localidad: 51001 Ceuta.

d) Teléfono: 956 52 82 53 - 54.

e) Telefax: 956 52 82 56

f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Ocho días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

7.- Requisitos específicos del contratista:

Los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

8.- Presentación de las ofertas:

a) Fecha límite de presentación: Ocho días naturales siguientes al de la fecha del anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de Presentación:

1) Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

2) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

1.133
2.155 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000


3) Código Postal y Localidad: 51001 Ceuta.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: El determinado en la Ley 13/95, de 18 de mayo.

9.- Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Domicilio: Consejería de Economía y Hacienda. Edificio Ceuta Center. c/ Padilla s/n.

c) Fecha y hora: A las 12.00 horas del día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas.

10.- Otras informaciones:

a) Gastos de anuncios: A cargo el adjudicatario.

Ceuta, uno de junio de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Cámara Oficial de Comercio

Industria y Navegación de Ceuta

2.156.- La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta, ateniéndose a lo que disponen los artículos 12.1 y 14 de la Ley 3/1993 de 22 de Mayo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación B.O.E. n° 70, de 23 de Marzo- y las Disposiciones Transitorias tercera y cuarta de la mencionada Ley, en ejecución del presupuesto de ingresos de la Corporación para 1996 procedió a practicar y notificar las liquidaciones del recurso cameral permanente correspondiente a 1996. Como quiera que, respecto de los electores/sujetos pasivos que se relacionan en el Anexo, intentada la notificación personal ésta ha resultado infructuosa, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, resulta procedente la notificación mediante edicto de las liquidaciones, indicando el concepto, ejercicio fiscal y demás datos pertinente.

El pago de las mencionadas cuotas podrá realizarse en período voluntario en la oficina de la Cámara -Muelle Cañonero Dato s/n- en metálico o talón conformado finalizando el plazo de pago el día 23 de Junio de 2000.

Transcurrido dicho plazo, el cobro de los recibos impagados se tramitará de conformidad con el procedimiento de recaudación en vía de apremio, según dispone el artículo 14.2 de la Ley 3/1993.

Las liquidaciones que se notifican mediante el presente edicto obran en poder de ésta Cámara así como los demás actos relativos a la gestión y recaudación del recurso cameral permanente pudiendo ser objeto, según establece el artículo 17.2 de la Ley 3/1993, de reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Local de Ceuta en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto, pudiéndose también interponer, en el plazo antes indicado, recurso de reposición ante el Comité Ejecutivo de esta Cámara. Los mencionados recurso y reclamación no podrán simultanearse.

Ceuta, 1 de Junio de 2000.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.- M.ª del Rosario Espinosa Suárez.

Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_94 I.Socied.94 I.A.E. 95 Total Cuota

Cuota Cámara 96 A0012176D A ALTOO 0 0 3000 3000

Cuota Cámara 96 45070965G ABDEL LAH MOH. MOHAMED 0 0 1080 1080

Cuota Cámara 96 45085179G AB. BUQUER JADDUCH 819 0 0 819

Cuota Cámara 96 45052713Z AB. HADDU ABDESELAM 2784 () 1000 3784

Cuota Cámara 96 45075157X ABDELKADER SADIK ACHUCHA 2702 0 2300 5002

Cuota Cámara 96 45083144Q ABDELKADER SADIK NASIJA 3015 0 1000 4015

Cuota Cámara 96 99000137H ABDEL-LAH MEHDI-SURI MU. 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45071122T ABDESELAM AMAR MOHAMED 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45094805Q ABDESELAM CHAIB MOHAMED 2963 0 2000 4963

Cuota Cámara 96 45081923Z ABDESELAM MOHAMED MOH. 2455 0 1000 3455

Cuota Cámara 96 45087864K ABDESELAM ZAIDI AHMED 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45092737H ABSELAM HALIFI FATMA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45068140P ABSELAM KADDUR ABDELILA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 E11958337 ACCESODENEGADOCB 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B29651718 ACRIMALAGA VIDRIO SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11074630 AGENCIAARNAL SL 0 0 l000 1000

Cuota Cámara 96 45011286X AGUILARBERNETM.ª CARMEN 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45020632H AGUILAR CEBALLOS JUAN 11.395 0 2000 13395

Cuota Cámara 96 45075053K AHMED ABDERRAHAMAN RABEA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45083638G AHMED ALI ABDELATIF 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45086241P AHMED BENAYAD SOODIA 1026 0 1000 2026

Cuota Cámara 96 45079416Z AHMED HASSAN FATIMA 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 99008842Y AHMED MAIMON ABDELKADER 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45081595P ALBA RIOS SILVIA MARIA 2558 0 1000 3558

Cuota Cámara 96 B29686516 ALFATEL HYPERTEL SL 0 0 1000 1000

1.134
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.156



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_94 I.Socied.94 I.A.E. 95 Total Cuota

Cuota Cámara 96 99000395T ALI ABDEL LAH ABDEL LAH 2844 0 2000 4844

Cuota Cámara 96 A41043134 ALIMENTOS REUNIDOS SA ALIMESA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B38035952 ALIMPEX S L 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11904851 ALMACENES ALMADRABA SL 0 1015 2000 3015

Cuota Cámara 96 B11956539 ALMACENES NUÑEZ SL EL PRECIO 0 0 1300 1300

REDONDO

Cuota Cámara 96 A11953585 ALMAGESA, SA 0 0 1600 1600

Cuota Cámara 96 45039460D ALONSO HERREROS JULIAN 188 0 0 188

Cuota Cámara 96 28856178X ALVARADO BENITEZ JUAN 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11954344 ALZADOS Y VIALES, SL 0 0 4100 4100

Cuota Cámara 96 45066475E AMADO ORDOÑEZ MARIANO 4172 0 1000 5172

Cuota Cámara 96 45096457N AMAR CHABON DRIS 2659 0 2000 4659

Cuota Cámara 96 B11955440 AMBULANCIAS MESAURI SL 0 0 1440 1440

Cuota Cámara 96 B11956125 AMEXCHOICESL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11957271 ANDAMIAJES DEL ESTRECHO, SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11906682 ANTAVIANA CHARTERS S L 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11279684 ANTONIOMOLINAALGECIRAS, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A11905940 AOUS SAMARA S A 0 0 1 000 1.000

Cuota Cámara 96 25041864Q APARICIO SANTIAGO ILDEFONSO 0 0 1080 1080

Cuota Cámara 96 45073762H ARAFA MOHAMED MUSTAFA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45079818W ARAGUES ELIAS GLORIA 1662 0 0 1662

Cuota Cámara 96 B11955895 ARIDOS MURABA SL 0 0 1600 1600

CuotaCámara 96 B11953031 ARQUITECTURA Y PROMOCIONESDELA 0 0 2320 2320

SIERRA

Cuota Cámara 96 B11957974 ARTECEUTA CONSTRUCCIONES SL 0 0 2240 2240

Cuota Cámara 96 B11957966 ARTECEUTA SL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11953072 ARRIATE SOL S L 0 23032 0 23032

Cuota Cámara 96 A11906336 ASIATIC S A 0 0 4702 4702

Cuota Cámara 96 45078226C ASSANDAS SAWALANI TOLARAM 0 0 1300 1300

Cuota Cámara 96 B11953148 ATENCIA-SANZ ASESORES DE SEGUROS, S.L. 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B03835089 AYADIA SL () () 15000 15000

Cuota Cámara 96 B11907060 AZULEJOS LA PERLA S L 0 0 3200 3200

Cuota Cámara 96 A11077807 A RODRIGUEZ E HIJOS SA 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 45066409W BALLESTEROS AVILA JOSE MARIA 708 0 0 708

Cuota Cámara 96 45037056C BANDERA LOPEZ MANUEL 1989 0 0 1989

Cuota Cámara 96 45028655Z BARCELO MARTOS PEDRO 2558 0 1000 3558

Cuota Cámara 96 45065801S BARRAGAN VAZQUEZ ROSARIO 2893 0 0 2893

Cuota Cámara 96 45027804Z BARREIRO GOMEZ JOSE MANUEL 0 0 1000 1000

CuotaCámara96 B11287760 BAZAR FLAMENCO, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45059446P BENITEZ GONZALEZ FRANCISCO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A11905551 BINGO ALMINA SA 0 0 10092 10092

Cuota Cámara 96 45086551 L BLANCO ALBA FRANCISCA 847 0 0 847

Cuota Cámara 96 45053910S BORRAS LLOP MARIA TERESA 5381 0 0 5381

Cuota Cámara 96 45003103S BORREGO GARCIA FRANCISCO 2583 0 1000 3583

Cuota Cámara 96 B11952991 BRICOLAGES UGARTE SL 0 106 1000 1106

Cuota Cámara 96 45090909F BUHIA ABDESELAM MOHAMED 2303 0 2000 4303

Cuota Cámara 96 B11956927 BURGUER PUB CORRECAMINOS SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 19814371D CABRERA RECIO MATILDE 664 0 1000 1664

Cuota Cámara 96 17190890T CALLAU ALBERO ELISA 2608 0 1068 3676

Cuota Cámara 96 45058691 N CANDELA LOBATO MARIO 3363 0 1000 4363

Cuota Cámara 96 45037414X CARMONA GALLARDO RAMON 755 0 0 755

Cuota Cámara 96 05283342N CARO SABATER ANIBAL MARCO 0 0 1662 1662

Cuota Cámara 96 08413911M CARRASCO RAMOS JUSTOMANUEL 3360 0 0 3360

Cuota Cámara 96 50682819L CARRION LOPEZ MARIA DOLORES 1662 0 0 1662

Cuota Cámara 96 00677728X CASTRO GONZALEZ ROSA MARIA 3486 0 2000 5486

Cuota Cámara 96 45272648T CAÑETE ROBLES MARIA JOSEFA 3106 0 1000 4106

Cuota Cámara 96 11755091K CENTENO CENTENO JESUS 3692 0 0 3692

Cuota Cámara 96 E11959616 CENTRO COMERCIAL NURI IDEAL, CB 0 0 5000 5000

Cuota Cámara 96 B11954393 CENTRO MEDICO Y ENFERMERIA DE 0 0 1000 1000

CEUTA SL

Cuota Cámara 96 A11906914 CEUTABUSSA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 E11958451 CEUTA OCASION, CB 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11902087 CEUTA Y MELILLA DE COMERCIO SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11950573 COBESOL S L 0 0 3140 3140

1.135
2.156 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_94 I.Socied.94 I.A.E. 95 Total Cuota

Cuota Cámara 96 B11904802 COGRAN SOCIEDAD LIMITADA 0 0 4840 4840

Cuota Cámara 96 B11955598 COMERCIAL MOFTI SL 0 990 5060 6050

Cuota Cámara 96 B11956638 COMERCIAL RIFE-A SL 0 0 2300 2300

Cuota Cámara 96 05392525Z COMPAZ GIL JOSE 2647 0 1000 3647

Cuota Cámara 96 A28011807 COMPAÑIA GENERAL DE CARBONES SA - 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11956372 COMPAÑIA RESTAURADORA VILLAR DE 0 0 1000 1000

FRADES, SL

Cuota Cámara 96 B11959525 CONSTRUCCIONESAGOSCAN, SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11955754 CONSTRUCCIONES BARROSO Y FORTES, SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11956877 CONSTRUCCIONES JASERBA SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11950318 CONSTRUCCIONES MAGAL, SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B29608734 CONSTRUCCIONES RAMIREZ FLORES ,SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11954633 CONSTRUCCION ESTROYA E HIJOS,SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B29634128 CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS 0 0 3160 3160

CEUSAN SL

Cuota Cámara 96 45030125N CORBACHO MARTIN AGUSTIN 507 0 0 507

Cuota Cámara 96 45066104L CORTES SUANEZ M INMACULADA 2893 0 0 2893

Cuota Cámara 96 45019660N CORTIZO ESPINOSA ROSARIO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A28992782 CORREDURIA SEGUR AGRICULT GANAD, SA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A29037322 COSIPO SA 0 0 2240 2240

Cuota Cámara 96 A29904299 COSMIC INTERNACIONAL SA 0 0 4702 4702

Cuota Cámara 96 A11905445 COTRAC S A 0 0 2240 2240

Cuota Cámara 96 B11902103 CRISTALUMIN, SL 0 0 1600 1600

Cuota Cámara 96 45085016W CUBERO VALLE SONIA 2893 0 0 2893

Cuota Cámara 96 13093592Z CUESTA GOMEZ M TERESA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A11906765 CHACOMI, SA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 30737614T CHACON VILLAFRANCA FILOMENA 4626 0 0 4626

Cuota Cámara 96 45101076P CHAIB HADDU MINA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 30942815H CHAIRI EL PUERTO MOHAMED 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B29237476 DARVO SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B29420585 DE LUQUE E IBAÑEZ SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 45061829E DELGADOT ELLEZ ANTONIO 1058 0 1000 2058

Cuota Cámara 96 45081766H DEWANDAS SHAHDA PURI LACHMAN 15839 0 15000 30839

Cuota Cámara 96 45034492D DIAZ DIAZ FRANCISCO 2558 0 1000 3558

Cuota Cámara 96 45060110M DIAZ GONZALEZ CONCEPCION 6183 0 5000 11183

Cuota Cámara 96 A29047420 DISEÑOS E INSTALACIONES, SA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11953320 DISTRIBUIDOR CEUTI DE PANADERIA SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11954641 DIVAVADI, SL 0 28420 2000 30420

Cuota Cámara 96 45068199K DOMINGUEZ MECA MERCEDES 3327 0 1000 4327

Cuota Cámara 96 B29619814 ECU SPART MALAGA, SL 0 0 1320 1320

Cuota Cámara 96 B11957099 EDITORIAL OLMOSALBOS, SL 0 592 1940 2532

Cuota Cámara 96 B80685720 EJECUTIVA YUDEX, SL 0 0 l000 1000

Cuota Cámara 96 B11950516 ELECTRIFICACIONES MOLOVAL S L 0 4251 2780 7031

Cuota Cámara 96 45071714V ELENAF ALCON ALVARO MIGUEL 0 0 1080 1080

Cuota Cámara 96 B11070752 EMPRESA REGLA SOCIEDAD LIMITADA 0 0 1 000 1000

Cuota Cámara 96 B29367380 ENCOFRADOS HERMANOS GARCIA SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45019190W ESCALANTE EXTREMERA ANTONIO 2252 0 1000 3252

Cuota Cámara 96 B11955903 ESPADON SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11957891 ESPANOLUSITANA DE EXPORTACIONES, SL 0 0 1060 1060

Cuota Cámara 96 B59801910 ESPINOSA CONTABILIDAD SL 0 0 1662 1662

Cuota Cámara 96 45056632T ESPINOSA MEDINA JOSE 3861 0 1000 4861

Cuota Cámara 96 B11957370 ESTRUCTURAS ALCE SL 0 0 1240 1240

CuotaCámara 96 B11958485 ESTRUCTURAS Y CONSTRUCCIONES 0 0 1550 1550

ANJU SL

CuotaCámara 96 B11952850 EUROCEUTA, SL 0 3789 1300 5089

Cuota Cámara 96 B11954278 EXCAVACIONESORIHUELA, SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 45060219E FERNANDEZ CABELLO FRANCISCA 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 45034297K FERNANDEZ GONZALEZ EMILIO 1705 0 1000 2705

Cuota Cámara 96 B18338608 FERROHALCON, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A11906872 FLETACEUTA, S A 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11955036 FLORAGA, SL 0 0 2080 2080

Cuota Cámara 96 45076020E FLORENTINO GOMEZ MARIA CARMEN 2564 0 1000 3564

Cuota Cámara 96 B11957081 FRANQUIHOGAR, SL 0 756 0 756

Cuota Cámara 96 A78592755 GAETS 92, SA 0 0 1000 1000

1.136
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.156



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_94 I.Socied.94 I.A.E. 95 Total Cuota

Cuota Cámara 96 B46256038 GALBAR, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45018556N GALLARDO PEÑA FRANCISCO 2634 0 1000 3634

Cuota Cámara 96 25823816Z GALLEGO SANCHEZ, JOSE MARIA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 E14237358 GAMITEL, CB 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 45016007Q GARCES LAMORENA AFRICA 694 0 1000 1694

Cuota Cámara 96 09252014B GARCIA GUERRAS JULIAN 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 45047008J GARCIA JIMENEZ JUAN 2663 0 1000 3663

Cuota Cámara 96 45016197E GARCIA LOBETO MANUEL 2091 0 1000 3091

Cuota Cámara 96 45048854L GARCIA POSTIGO JUAN DE DIOS 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 24611174R GARCIA REINA ANDRES 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45078250K GARNICA HDEZ. CARRILLO IGNACIO 6089 0 0 6089

Cuota Cámara 96 45074044R GARNICA HERNANDEZ CARRILLO JAVIER 8504 0 0 8504

Cuota Cámara 96 45058989B GARRIDO ROMERO JOSE MARIA 5610 0 0 5610

Cuota Cámara 96 25027276X GASPAR DIAZ JOSE 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 31436334A GENERO FERNANDEZ MARIA JOSEFA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11950862 GESTION Y ASESORAMIENTO 0 682 0 682

PROFESIONAL, SL

Cuota Cámara 96 45059800V GIL BELMONTE JOSE JAVIER 1054 0 0 1054

CuotaCámara96 20395352X GIMENEZ HEREDIA VICENTE MANUEL 3217 0 2300 5517

Cuota Cámara96 E11950821 GLORIAARAGUES, CB 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B80106214 GODEX, SL 0 0 3622 3622

Cuota Cámara 96 24312456F GOMEZ COLOMER JAVIER 1089 0 0 1089

Cuota Cámara 96 45074910Q GOMEZ GRANADOS JOSE ANTONIO 1085 0 0 1085

Cuota Cámara 96 45069449Y GOMEZ MAESE JOSE FRANCISCO 214 0 1000 1214

Cuota Cámara 96 B11953452 GONALMAR, S L 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45067496P GONZALEZ ARANDA ANTONIO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45060802F GONZALEZ BRULL LOURDES 572 0 1000 1572

Cuota Cámara 96 28277939Z GONZALEZ CARRASCOSA ENCARNACION 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 45056307C GONZALEZ GOMEZ CARMEN 1266 0 0 1266

Cuota Cámara 96 45064399Q GONZALEZ GUTIERREZ M.ª CARMEN 3137 0 1000 4137

Cuota Cámara 96 45077033T GONZALEZ MARTIN ISABEL 1363 0 1000 2363

Cuota Cámara 96 45018249G GONZALEZ MUÑOZ MANUEL 2255 0 1000 3255

Cuota Cámara 96 45045831D GONZALEZ POLO DANIEL 2703 0 1000 3703

Cuota Cámara 96 45069735Q GONZALEZ TRENA ANGEL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11959087 GRAN CANYON, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45084169Y GRANADOS NAVAS MONICA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B81154577 GRUPO CENTENBUS, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 Al 1903754 GRUPO CERGA S A 0 0 3000 3000

Cuota Cámara 96 45043492Q GUERRERO CARVAJAL JOSE DIEGO 2725 0 1000 3725

Cuota Cámara 96 25527650L GUERRERO HERRERA ENCARNACION 2205 0 2000 4205

Cuota Cámara 96 45022062E GUERRERO SANCHEZ JOSE 6274 0 1000 7274

Cuota Cámara 96 45060080K GUERRERO VICTORIO JOSE ANTONIO 0 0 2080 2080

Cuota Cámara 96 45072829M GUTIERREZ NAVARRO M INMACULADA 2663 0 1000 3663

Cuota Cámara 96 45071745W GUTIERREZ VERA ANTONIO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45036384S HACHUEL COHEN JOSE 0 0 4520 4520

Cuota Cámara 96 45089322F HADDU AL LAL AMINA 1335 0 1000 2335

Cuota Cámara 96 45101582P HADDU MOHAMED FADELA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 X0182261D HATHIRAMANI RAM BHAGWANDAS 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 Al1950714 HAYAD TRADE'S COMPANY, SA 0 49123 1000 50123

Cuota Cámara 96 45075562R HAYON GUTIERREZ ISAAC 1160 0 1000 2160

Cuota Cámara 96 24817050G HIDALGO MORILLO JOSE LUIS 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45067216G HIJANO ALONSO MOHAMED 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B80212608 HISPANO AFRICANA DEINVERSIONES, SL 0 0 1662 1662

Cuota Cámara 96 A29225380 HISPANO ARABE INMOBILIARIA SA 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 A35018027 HISPANO KAYCEE, S A 0 0 1080 1080

Cuota Cámara 96 B11959632 HOGARES DEL ESTRECHO SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45081160X HOSSAIN ABDELKADER ABDELKADER 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 46957104M IDRISSI YAHYAOUI ABDELALI 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11071834 IMALECTRICSL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A29105996 IMPORTADORAS MALAGUE AS, SA 0 0 1080 1080

Cuota Cámara 96 B11951324 INFORCEUTASL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11951878 INFOTRONIC G D, S L 0 0 4000 4000

Cuota Cámara 96 A11950284 INMOBILIARIA VAQUERO S A 0 7599 1000 8599

Cuota Cámara 96 B80233059 INMOFESU, SL 0 0 3180 3180

1.137
2.156 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_94 I.Socied.94 I.A.E. 95 Total Cuota

Cuota Cámara 96 B11954336 INPLAI, SL 0 0 1080 1080

Cuota Cámara 96 B41385709 INSTALACIONES EDIME SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11956117 INTERCOMET CEUTA, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11958238 INTEROUARTZ, SL 0 0 3622 3622

Cuota Cámara 96 B11954930 INVERIMAK, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45049807Y ISLA MOLINA JULIAN 1158 0 1000 2158

Cuota Cámara 96 45054867Y IZQUIERDO BENITEZ FRANCISCO 16109 0 2000 18109

Cuota Cámara 96 45044978F IZOUIERDO CORTES ANTONIO 1483 0 0 1483

Cuota Cámara 96 45054531S JIMENEZ DURAN FERNANDO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11957883 JIMENEZ-TORRESCEUTASL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 E29200284 JOSE M GOMEZ MUÑOZ FRANCISCO 0 0 1000 1000

DELGADO, SL

Cuota Cámara 96 B29594959 JUAN JEREZ, SL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 45085221T KADDUR AL LAL CHARRADI SOHORA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 X0164559V KHIANEY KIMATRAI PARMANAND 2755 0 1000 3755

Cuota Cámara 96 45051933Q KIMATRAI DOMINGUEZ ANTONIO 18215 0 1300 19515

Cuota Cámara 96 45082212G KOTWANI KOTWANI ARJUNKUMAR 2108 0 1000 3108

Cuota Cámara 96 45074880D LAARBI MOHAMED MOHAMED LAARBI 0 0 1080 1080

Cuota Cámara 96 45081762Z LACHMANDAS SHAHDADPURI KAMLESH 5944 0 0 5944

Cuota Cámara 96 45060697V LARA GARCIA RAFAEL VICENIE 3279 0 1000 4279

Cuota Cámara 96 45050801 B LARREA BARTUREN FRANCISCO JAVIER 4658 0 1000 5658

Cuota Cámara 96 B11294717 LE DIPLOMATE ESPAÑA, SL 0 0 1080 1080

Cuota Cámara 96 F11950458 LECHE DE CEUTA SAT 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11958998 LEON Y ALVAREZ CEUTA SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 22367649B LINARES SANCHEZ FULGENCIO 0 0 1300 1300

Cuota Cámara 96 45042044V LOPEZ HOLGADO FRANCISCO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45024494Q LOPEZ JIMENEZ DOMINGO 2712 0 1000 3712

Cuota Cámara 96 24099726G LOPEZ LOZANO JOSE 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45050205J LOPEZ PLANAS ANTONIO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45067039B LORENZO MALTAS MANUEL PEDRO 3431 0 1000 4431

Cuota Cámara 96 45026788X LOZANO LOPEZ MATILDE 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A23043631 L Y PULIMENTOS GARES SA 0 0 1000 100

Cuota Cámara 96 E 11959806 MACETRANS CB 0 0 1600 1600

Cuota Cámara 96 45041818K MAESE LOPEZ JOSE 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11954120 MAGUT SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 X0736278W MANGHARAM PARYANI VIJAYKUMAR 1420 0 1000 2420

Cuota Cámara 96 B11955994 MANTENIMIENTOS DE SERVICIOS 0 0 3000 3000

URBANISTICOS

Cuota Cámara 96 B11951449 MAQUINARIA DE CEUTA, SL 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 X1128762Z MAREHOUM LAMFEDAL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45071638X MARESCO MORO VICTOR SEBASTIAN 2024 0 1000 3024

Cuota Cámara 96 45049246C MARFIL SANCHEZ DIEGO ADOLFO 10531 0 0 10531

Cuota Cámara 96 45024398N MARIN LOPEZ CRISTOBAL 2212 0 1000 3212

Cuota Cámara 96 B11954922 MARITIMAALMINASL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 24768055E MARTIN BECERRA FRANCISCO 1481 0 0 1481

Cuota Cámara 96 45044678Y MARTIN DIAZ MATILDE CARMEN 735 0 0 735

Cuota Cámara 96 45074430L MARTINEZ GIL ROSA MARIA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45083667X MARTINEZ RUIZ ANDRES JESUS 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45063536G MATEOS MIRANDA PEDRO PABLO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B18289546 MC MULTIEMPRESAS SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45070831P MEDINA FARACHE SIMON 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45072982C MELUL GABAY DAVID 1460 0 3000 4460

Cuota Cámara 96 45026894R MENA MARTINEZ MANUEL 2382 0 0 2382

Cuota Cámara 96 B11953015 MERCANTIL ANDALUZA DE 0 0 3020 3020

DISTRIBUCIONES 200

Cuota Cámara 96 45018911E MERIDA RAMOS PEDRO 2663 0 1000 3663

Cuota Cámara 96 B11954492 MERROUNI SL 0 0 6800 6800

Cuota Cámara 96 45055074Y MESA MENA M ANGELES 2266 0 0 2266

Cuota Cámara 96 B11959780 MISPLAS CEUTA SL 0 0 3540 3540

Cuota Cámara 96 45084017S MIZZIAN AMAR AMAR 2704 0 2000 4704

Cuota Cámara 96 45079305H MOHAMED ABDESELAM VAHILLA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45084428N MOHAMED DERDABI HOSSAIN 1673 0 1000 2673

Cuota Cámara 96 45056557V MOHAMED HACH AMELAY HAMED 2341 0 1000 3341

Cuota Cámara 96 45083063G MOHAMED HADDU DRIS 5611 0 3000 8611

1.138
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.156



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_94 I.Socied.94 I.A.E. 95 Total Cuota

Cuota Cámara 96 45091820K MOHAMED HAMMADI MOHAMED 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45084203V MOHAMED MECKI AHMED 2444 0 1000 3444

Cuota Cámara 96 99005740D MOHAMED MESAUD HAMADI 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45082700D MOHAMED MESAUD MUSTAFA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45078042C MOHAMED MOGA KIMIA HOSSAIN 2437 0 1000 3437

Cuota Cámara 96 45075215E MOHAMED MOHAMED ABSELAM 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45081651H MOHAMED MOHTAR HAMED 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 45063493F MOJTAR MOJTAR HAMADI 0 0 l000 1000

Cuota Cámara 96 B11952835 MOLINA MENDEZ NUÑEZ, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11952801 MOLINA PLAZA MINA SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11952827 MOLINA TENIENTE ARRABAL, SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 21275113K MOLTO PLANAS FRANCISCO 1390 0 1000 2390

Cuota Cámara 96 45075320N MONTERO GARRIDO FRANCISCO JAVIER 2918 0 1000 3918

Cuota Cámara 96 45055819S MONTES MARTINEZ ANTONIA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45069878K MOZA ROSA FRANCISCO JAVIER 3283 0 2000 5283

Cuota Cámara 96 A19031749 MUGARCE SA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11902624 MUNA SL 0 6680 0 6680

Cuota Cámara 96 A11952124 MUSCAT IN.TRADE LIMITED, SA 0 0 2382 2382

Cuota Cámara 96 45087742Z MUSTAFA AHMED FATIMA SOHORA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45063611X MUÑOZALAMEDAANTONIO 6137 0 2000 8137

Cuota Cámara 96 45065334P MUÑOZ PEREZ RAFAEL 5348 0 1000 6348

Cuota Cámara 96 31819761C MUÑOZ RODRIGUEZ JOSE FRANCISCO 1001 0 0 1001

Cuota Cámara 96 X0107727H NANWANI RAJ KUMAR DHARAMDAS 4290 0 1000 5290

Cuota Cámara 96 45087297Y NARAIN CHABRIA NEELAM 0 0 1300 130

Cuota Cámara 96 B11956059 NAYIN SPORTS, SL 0 26665 3400 30065

Cuota Cámara 96 45060137D NOGUERA VALENCIA MANUEL ENRIQUE 3834 0 1000 4834

Cuota Cámara 96 B11959038 NUEVODIARIODE CEUTA,SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45050144K NUÑEZ ACEDO MANUEL 0 0 3980 3980

Cuota Cámara 96 45057743F OLMO CORDOBA ENRIQUE 3136 0 1000 4136

Cuota Cámara 96 45058662Y ORDOÑEZTERRONMANUEL 5116 0 1000 6116

Cuota Cámara 96 45025891X ORELLANA DIAZ SEBASTIAN 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11957529 ORIENTCO, SL 0 0 14000 14000

Cuota Cámara 96 45066061E ORTEGA DIAZ MARIA 4040 0 1000 5040

Cuota Cámara 96 B29030889 OXICAR, S A 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45076756E PADILLA VILLAR M DE LOS ANGELES 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45072657V PALENZUELA LEON AMADEO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45029988J PALMA ORTIZ ANTONIO 3711 0 1000 4711

Cuota Cámara 96 45055222Q PALLARES ESCORZA FRANCISCO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45243117R PARSRAM CHUGANI CHANDRA 0 0 4080 4080

Cuota Cámara 96 31211365C PARRADO RUBIALES CARMEN 3690 0 1000 4690

Cuota Cámara 96 45048092Q PATIÑO MERCADO JOAQUINA DEL PILAR 3786 0 2000 5786

Cuota Cámara 96 B11954286 PAVIMENTOS Y CONTRATAS DEL SUR SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45067613X PELAYO DIAZ MARIA CAROLINA 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 24747437N PEREZ FERNANDEZ JOSE LUIS 6604 0 2000 8604

Cuota Cámara 96 45038408S PEREZ LERENA ANTONIO 548 0 1000 1548

Cuota Cámara 96 28903368G PEREZ RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 E11277019 PESCADOS LIMEO, CB 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11953742 PINTURAS CEUTA SL 0 387 1000 1387

Cuota Cámara 96 B30388532 PINTURAS Y REVESTIMIENTOS CRITERIO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11959582 PORTAL DE CEUTA, SL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11950672 PRECOSAN, S L 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11958659 PRENSA INDEPENDIENTE DE CEUTA SL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 A11906104 PREOSA SUMINISTROS INDUSTRIA LESSA 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 A11950466 PROMOCIONESAIXASA 0 15818 2000 17818

Cuota Cámara 96 A11952892 PROMOCIONES JOVITA SA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11901576 PROMOCIONES LA PERLA S L 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11952884 PRONASA PROMOCIONES NAVIERA SL 0 0 2891 2891

Cuota Cámara 96 A79384525 PROYECTOS INTEGRALES LIMPIEZA SA 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B29684974 QUEEN TRADERS SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 X1204697A RAISS FARID 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45076742P RAMOS MARTIN CARLOS 905 0 1000 1905

Cuota Cámara 96 B11957677 RC AFRICA IMPORT, SL 0 1652 1000 2652

Cuota Cámara 96 A11906492 RECREATIVOS LAS SIETE COLINAS, SA 0 0 7188 7188

Cuota Cámara 96 B11958675 RECUBRIMIENTOS CEUTA, SL 0 0 1000 1000

1.139
2.156 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_94 I.Socied.94 I.A.E. 95 Total Cuota

Cuota Cámara 96 45046841F REDONDO FLORES MARIA DEL PRADO 1337 0 0 137

Cuota Cámara 96 45052999R REJANO TOLEDO JULIO 2200 0 1000 3200

Cuota Cámara 96 22008997K REVERTE POZO FRANCISCO CARLOS 0 0 1070 1070

Cuota Cámara 96 X1457866B RHILANE MOHAMED BEN MOHAMED 0 0 14000 14000

Cuota Cámara 96 45056772W RIOS TELLO JOSEFA 2609 0 1000 3609

Cuota Cámara 96 45000233C RODRIGUEZ ANTILLANO ANTONIO 5104 0 3000 8104

Cuota Cámara 96 28280302P RODRIGUEZ FARALDO CELESTINO 0 0 1440 1440

Cuota Cámara 96 B11231594 RODRIGUEZ MOVIMIENTOS DE TIERRAS, S.L. 0 0 1060 1060

Cuota Cámara 96 45055288J RODRIGUEZ POMARES JUAN JESUS 2254 0 1000 3254

Cuota Cámara 96 25060586Q RODRIGUEZ RUIZ FRANCISCO 2379 0 1000 3379

Cuota Cámara 96 45028117M ROJAS GARRIDO JOSE 4257 0 1000 5257

Cuota Cámara 96 45049970P ROMERO PAQUICO JUAN 2663 0 1000 3663

Cuota Cámara 96 45057495N ROSADO PEDRAJA ANA 3099 0 0 3099

Cuota Cámara 96 45008625V RUBIA CAPARROS JUAN ANTONIO DE LA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 31574369S RUIZ ALCON MANUEL 3552 0 2000 5552

Cuota Cámara 96 45005226E RUIZ BENITEZ LUIS 2773 0 1000 3773

Cuota Cámara 96 45059706S RUIZ DOMINGUEZ ANDRES 2290 0 1000 3290

Cuota Cámara 96 45050730D RUIZ DURAN FRANCISCO 2248 0 0 2248

Cuota Cámara 96 45065544B RUIZ RODRIGUEZ JORGE 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 E11957354 RUPACEUTA,CB 0 0 1040 1040

Cuota Cámara 96 B11957388 SAI BABA SL 0 0 1300 1300

Cuota Cámara 96 45095875M SALEM AHMED ABDELKADER 5325 0 1000 6325

Cuota Cámara 96 75210503C SALMERON VARGAS FRANCISCO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45072538J SAN MARTIN JIMENEZ PEDRO ENRIQUE 2091 0 1000 3091

Cuota Cámara 96 21988432H SAN MIGUEL MONREAL JOSEFA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 50187806N SANCHEZ BAEZA JOSE 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45075680G SANCHEZ MOHAMED EVA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45064245T SANCHEZ PASCUAL MANUELA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 74989661R SANCHEZ RIVAS ANTONIO 0 0 2270 2270

Cuota Cámara 96 07946179R SANTOS PASTOR ILUMINADO 3099 0 1000 4099

Cuota Cámara 96 A29199486 SAURA DECORACIONES SA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45051444X SCHIAFFINO MAZA MARIA JOSE 2377 0 1000 3377

Cuota Cámara 96 B11959129 SECOGERSL 0 0 4400 4400

Cuota Cámara 96 25261688Y SEGURA RAMOS JOSE MARIA 1075 0 0 1075

Cuota Cámara 96 B29741931 SEGURIDAD HERMANOS OROZCO SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 F11960176 SERFER CEUTA NAVAL SDAD COOP 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45012274D SERRAN SERRAN FRANCISCA 3683 0 3000 6683

Cuota Cámara 96 B41065244 SEVILLANA DE ESTUDIOS Y CONST S L 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 45056511V SILVA LEON JUANA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45068613K SOBRHAJ JESWANI DEWAN 1788 0 1000 2788

Cuota Cámara 96 A11905262 SOCIEDAD INTERMEDIARIA DE SERV S A 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45072302F SOLER LOPEZ FERNANDO 2710 0 1000 3710

Cuota Cámara 96 G11958600 SOLOMONSC 0 0 1940 1940

Cuota Cámara 96 45019263Y SOTO SANCHEZ ELIO 345 0 1000 1345

Cuota Cámara 96 45061439T SOTOMAYOR BENITEZ FERNANDO ANGEL 1736 0 1000 2736

Cuota Cámara 96 B11959566 SUEZ CEUTA SL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11360567 TAGHZOUTH SL 0 0 6000 6000

Cuota Cámara 96 B11275732 T. DE CONSTRUC. PAREDES SANCHEZ 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 B11953791 TASMANIAN SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 21648737X TEJADA MARTINEZ MIGUEL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11952967 TEXYON, SL 0 779 1300 2079

Cuota Cámara 96 X0674356L TILOKCHAND THADANI SAMMY 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 31834727J TIRADO MENA CARLOS ALBERTO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11960374 TORCH MERCADO SL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 45077743C TORRENS FONTANA JOSE MAURICIO 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 A11950201 TRANSARENA SA 0 0 4160 4160

Cuota Cámara 96 A11902731 TRANSCEUTA SA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B11958733 TRANSPORTES Y VIAJES EN TREN SL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 45019846Z TROLA TOVAR ANDRES 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 31523652J TROYA GUTIERREZ FRANCISCO 0 0 1240 1240

Cuota Cámara 96 45063375G TRUJILLO RECIO JULIA 2942 0 0 2942

Cuota Cámara 96 B11959897 TM PRODUCCIONES SL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45100671V UADI AMAR BOUCHTA EL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45009661H ULECIA BIEDMA LUISA LBERTO 1168 0 1000 2168

1.140
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.157



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_94 I.Socied.94 I.A.E. 95 Total Cuota

Cuota Cámara 96 B41513128 UMYS ,SL 0 0 1200 1200

Cuota Cámara 96 A78786746 UNION SOCIAL DE SEGUROS, SA 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 01740306B VALLEJO DIAZ CANEJA FELIX 0 0 3120 3120

Cuota Cámara 96 24564733C VAREA TOLEDANO ENRIQUE 431 0 0 431

Cuota Cámara 96 349185/5K VERGARA HERNANDEZ JOAQUIN 2553 0 1000 3553

Cuota Cámara 96 B11094463 VIAJES DIMASUR SL 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 A11905593 VIAJES MULTIMARES SA 0 0 4000 4000

Cuota Cámara 96 A11026069 VIAJESPUNTAEUROPASA 0 0 2000 2000

Cuota Cámara 96 B11905122 VICADIZ, SL 0 363 6000 6363

Cuota Cámara 96 32160042Q VICH MARTORELL GABRIEL 862 0 0 862

Cuota Cámara 96 45035768C VILCHES MORON ISABEL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 E11900966 VIUDA E HIJOS DE MIGUEL GONZALEZ 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 B29648912 WORLD TRADE RECYCLING, SL 0 0 3400 3400

Cuota Cámara 96 45056453M ZAMORA POZO JOSE MARIA 2956 0 0 2956

Cuota Cámara 96 45004636F ZAPATA CAMPOS FULGENCIO 2239 0 1000 3239

Cuota Cámara 96 45061708Q ZARAGOSI MARISCAL JUAN MANUEL 0 0 1000 1000

Cuota Cámara 96 45031898Z ZARZUELA HURTADO JUAN ANTONIO 0 0 1000 1000

2.157.- La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta, ateniéndose a lo que disponen los artículos 12.1 y 14 de la Ley 3/1993 de 22 de Mayo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación B.O.E. n° 70, de 23 de Marzo- y las Disposiciones Transitorias tercera y cuarta de la mencionada Ley, en ejecución del presupuesto de ingresos de la Corporación para 1996 procedió a practicar y notificar las liquidaciones del recurso cameral permanente correspondiente a 1997. Como quiera que, respecto de los electores/sujetos pasivos que se relacionan en el Anexo, intentada la notificación personal ésta ha resultado infructuosa, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, resulta procedente la notificación mediante edicto de las liquidaciones, indicando el concepto, ejercicio fiscal y demás datos pertinente.

El pago de las mencionadas cuotas podrá realizarse en período voluntario en la oficina de la Cámara -Muelle Cañonero Dato s/n- en metálico o talón conformado finalizando el plazo de pago el día 23 de Junio de 2000.

Transcurrido dicho plazo, el cobro de los recibos impagados se tramitará de conformidad con el procedimiento de recaudación en vía de apremio, según dispone el artículo 14.2 de la Ley 3/1993.

Las liquidaciones que se notifican mediante el presente edicto obran en poder de ésta Cámara así como los demás actos relativos a la gestión y recaudación del recurso cameral permanente pudiendo ser objeto, según establece el artículo 17.2 de la Ley 3/1993, de reclamación económicoadministrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Local de Ceuta en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto, pudiéndose también interponer, en el plazo antes indicado, recurso de reposición ante el Comité Ejecutivo de esta Cámara. Los mencionados recurso y reclamación no podrán simultanearse.

Ceuta, 1 de Junio de 2000.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.- M.ª del Rosario Espinosa Suárez.

Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_95 I.Socied.95 I.A.E. 96 Total Cuota

Cuota Cámara 97 A0012176D A ALTOO 0 0 3105 3105

Cuota Cámara 97 45070965G ABDELLAH MOHAMED MOHAMED 0 0 1118 1118

Cuota Cámara 97 45052713Z ABDELKADER HADDU ABDESELAM 2178 0 1098 3276

Cuota Cámara 97 45085446H ABDELKADER MOHAMED MOHAMED 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45085447L ABDELKADER MOHAMED SEL LAM 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45080840N ABDEL-LAH MOHAMED NASIHA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 42082833D ABITROL BENATHAN MARINA 701 0 0 701

Cuota Cámara 97 45095420X ABSELAM HAMED HASAN 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45077747R ABSELAM MOHAMED ZOHRA 0 0 1967 1967

Cuota Cámara 97 08756474Y ACOSTA ROMERO LUIS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B29651718 ACRIMALAGA VIDRIO, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11950664 ADESPASL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11955663 AFRICAVISION, SL 0 8029 0 8029

Cuota Cámara 97 B11074630 AGENCIAARNAL, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A08012544 AGFA GEVAERT, SA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B41639030 AGREYRA, SL 0 631820 1283 633103

Cuota Cámara 97 45020632H AGUILAR CEBALLOS JUAN 9652 0 2196 11848

Cuota Cámara 97 29690736J AGUILERA CABEZA JOSE ANTONIO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11901956 AGUSTIN BUADES CUESTA,SL 0 0 3479 3479

Cuota Cámara 97 45078164G AHMED AHMED MOHAMED 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45083638G AHMED ALI ABDELATIF 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45082454Q AHMED ALI ABDESELAM 0 0 1098 1098

1.141
2.157 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_95 I.Socied.95 I.A.E. 96 Total Cuota

Cuota Cámara 97 99005786D AHMED MOHAMED ABDELMALIK 1573 0 1098 2671

Cuota Cámara 97 45010470E AHUMADA MILLAN ANA MARIA 2423 0 1098 3521

Cuota Cámara 97 39042505M ALBERT NOYA MARIA TRINIDAD 1425 0 0 1425

Cuota Cámara 97 45054377E ALCAZAR BAEZA INMACULADA 2301 0 2196 4497

Cuota Cámara 97 B29686516 ALFATEL HYPERTEL, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 99000395T ALI ABDEL LAH ABDEL LAH 2753 0 2196 4949

Cuota Cámara 97 B38035952 ALIMPEX S L 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11904851 ALMACENES ALMADRABA, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A11903747 ALMACENES EL ESTRECHO, SA 0 0 14490 14490 Cuota Cámara 97 B11955879 ALMACENES MOHNI, SL 0 37344 15588 52932

Cuota Cámara 97 B11956539 ALMACENES NUÑEZ, SL ELPRECIO 0 0 1346 1346

REDONDO

Cuota Cámara 97 B11950375 ALMACENES ROGOBECO, SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11904505 ALMACENES SUBAIRE, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A11953585 ALMAGESA, SA 0 0 1656 1656

Cuota Cámara 97 A11954385 ALMINA FISH, SA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 10064881 N ALVAREZ JAÑEZ RAUL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11954344 ALZADOS Y VIALES SL 0 0 4244 4244

Cuota Cámara 97 45066475E AMADO ORDOÑEZ MARIANO 2844 0 1098 3942

Cuota Cámara 97 45093048F AMAR MOHAMED AHMED 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11955440 AMBULANCIAS MESAURI, SL 0 0 1490 1490

Cuuta Cámara 97 B11956125 AMEXCHOICE, SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11906682 ANTAVIANA CHARTERS, S L 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11279684 ANTONIO MOLINA ALGECIRAS SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11957313 ANTONIO MOLINA CEUTA, SL 0 18298 1098 19396

Cuota Cámara 97 25041864Q APARICIO SANTIAGO ILDEFONSO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11955895 ARIDOSMURABA, SL 0 0 1656 1656

Cuota Cámara 97 B11953031 ARQUITECTURA YPROMOCIONES DE LA 0 0 2401 2401

SIERRA

Cuota Cámara 97 B11957974 ARTECEUTA CONSTRUCCIONES, SL 0 0 2381 2381

Cuota Cámara 97 B11957966 ARTECEUTA, SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11960986 ARTEMADERA DE CEUTA, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A11906336 ASIATIC, S A 0 0 4867 4867

Cuota Cámara 97 45096347V ASSANDAS SAWALANI GHANSHYAM 0 0 1346 1346

Cuota Cámara 97 B11901360 ASTORIA, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45082544Z ATENCIA GIL AGUSTIN 2297 0 1098 3395

Cuota Cámara 97 B11953148 ATENCIA-SANZASESORESDESEGUROS, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B03835089 AYADIA, SL 0 0 15588 15588

Cuota Cámara 97 B11907060 AZULEJOS LA PERLA, S L 0 0 3312 3312

Cuota Cámara 97 A11077807 A RODRIGUEZ E HIJOS, SA 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 A28135846 BP OIL ESPAÑA, SA 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 45037056C BANDERA LOPEZ MANUEL 1445 0 0 1445

Cuota Cámara 97 45028655Z BARCELO MARTOS PEDRO 2085 0 1098 3183

Cuota Cámara 97 45027804Z BARREIRO GOMEZ JOSE MANUEL 1323 0 1098 2421

Cuota Cámara 97 B11287760 BAZAR FLAMENCO, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45066017R BECERRA CONSTANTINO IGNACIO 7556 0 4271 11827

Cuota Cámara 97 F11047875 BEMESDAD COOPERATIVA ANDALUZA 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 45082170P BENAISA EL HOSAIN ABDESELAM 1934 0 1098 3032

Cuota Cámara 97 45059446P BENITEZ GONZALEZ FRANCISCO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45073036M BENOLIEL BENZADON DONNA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11955747 BENTABE, SL 0 32479 0 32479

Cuota Cámara 97 45052567Y BERNET ESPI MARIA DEL CARMEN 415 0 0 415

Cuota Cámara 97 A11905551 BINGOALMINASA 0 0 10445 10445

Cuota Cámara 97 45024978V BORRAS BALLESTEROS JUAN JOSE 3998 0 1098 5096

Cuota Cámara 97 45053910S BORRAS LLOP MARIA TERESA 4016 0 0 4016

Cuota Cámara 97 45003103S BORREGO GARCIA FRANCISCO 2188 0 1098 3286

Cuota Cámara 97 B11952991 BRICOLAGES UGARTE SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 E11958196 CAAMAOO-REINOSO CB 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11954161 CALZADOS SEBTI SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 17190890T CALLAU ALBERO ELISA 2422 0 1105 3527

Cuota Cámara 97 52096899J CAMPOS FUENTES VICENTE 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 31833415N CANTON DURAN TOMAS MANUEL 3789 0 1098 4887

Cuota Cámara 97 B11955945 CARGO CEUTA SL 0 5848 1098 6946

1.142
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.157



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_95 I.Socied.95 I.A.E. 96 Total Cuota

Cuota Cámara 97 05283342N CARO SABATER ANIBAL MARCO 0 0 1720 1720

Cuota Cámara 97 08413911M CARRASCO RAMOS JUSTO MANUEL 3931 0 0 3931

Cuota Cámara 97 31677469Y CASTAÑO MORENO MANUEL JESUS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 30420414Q CAÑETE MUÑOZ MANUEL 2041 0 1098 3139

Cuota Cámara 97 B11956174 CEMAGAL, SL 0 0 4554 4554

Cuota Cámara 97 E11959616 CENTRO COMERCIAL NURI IDEAL, CB 0 0 3294 3294

Cuota Cámara 97 B11954393 CENTRO MEDICO Y ENFERMERIA, DE 0 0 1098 1098

CEUTA, SL

Cuota Cámara 97 B11959855 CEUCARACOL, SL 0 12735 0 12735

Cuota Cámara 97 A11906914 CFUTABUSSA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11961661 CEUTA TELEVISION, SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11902087 CEUTA Y MELILLA DE COMERCIO, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11958980 CFUTASOL, SL 0 804 3250 4054

Cuota Cámara 97 A11957867 CEUTI DE APARCAMIENTOS Y SERVICIOS, SA 0 0 1098 1098

CuotaCámara 97 B11952843 CEUTIDEFONTANERIA, SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11953486 CEUTI DE INFRAESTRUCTURAS Y 0 0 1283 1283

CONSTRUCCION

Cuota Cámara 97 B11950573 COBESOL, SL 0 0 3250 3250

Cuota Cámara 97 B11904802 COGRANSOCIEDADLIMITADA 0 0 5135 5135

Cuota Cámara 97 45069339B COHEN MUYAL RAQUEL 330 0 1098 1428

Cuota Cámara 97 A11903721 COMERCIAL CORDOBA CEUTA, S A 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11958634 C. DE MAQUINARIA HOSTELERA CEUTA 0 3747 4392 8139

Cuota Cámara 97 B11956372 COMPAOIA RESTAURADORA VILLAR DE 0 0 1098 1098

FRADES

Cuota Cámara 97 A29245958 CONOPIAL, S A 0 0 2381 2381

Cuota Cámara 97 B11959525 CONSTRUCCIONES AGOSCAN ,SL 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 B11955754 CONSTRUCCIONESBARROSOYFORTES, SL 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 B11956877 CONSTRUCCIONES JASERBA, SL 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 G11954682 CONSTRUCCIONESLAINSA-TEXSASA 0 0 1098 1098

UNION TE

Cuota Cámara 97 B11950318 CONSTRUCCIONES MAGAL, S L 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 B29608734 CONSTRUCCIONES RAMIREZ FLORES ,SL 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 B11954633 CONSTRUCCIONES TROYA E HIJOS, SL 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 B29634128 CONSTRUCC. Y CONTRATAS, CEUSAN SL 0 0 3271 3271

Cuota Cámara 97 45051943A CORIE FERNANDEZANGEL DE LA 1438 0 1098 2536

Cuota Cámara 97 45026041E CORTES MEDINILLA LUCIA 326 0 2196 2522

Cuota Cámara 97 E11960150 CORVETTE, CB 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A28992782 CORREDURIA SEGUR AGRICULT GANAD, SA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45039593G COS GARCIA LUIS DE 246 0 1098 3565

Cuota Cámara 97 A29037322 COSIPO, SA 0 0 2381 2381

Cuota Cámara 97 A11905445 COTRAC, SA 0 0 2381 2381

Cuota Cámara 97 45020811J CRESPO CIAS CARMEN 2522 0 2196 4718

Cuota Cámara 97 B11902103 CRISTALUMIN, S L 0 0 1656 1656

Cuota Cámara 97 A06017941 CRISTIAN LAY, SA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11011822 CRUZ MONTAJES ELECTRICOS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 25066757T CRUZADO MORA FERNANDO 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 A11906765 CHACOMI, S A 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 30942815H CHAIRI EL PUERTO MOHAMED 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45021128P CHAPELA CASADO ANTONIO 5489 0 0 5489

Cuota Cámara 97 45055439A CHAVES LORENZO JUAN 1742 0 0 1742

Cuota Cámara 97 45069328T CHOCRON COHEN AARON 4111 0 1098 5209

Cuota Cámara 97 X2125595G DAOUDI AHMED 0 0 1346 1346

Cuota Cámara 97 B29237476 DARVO SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B29420585 DE LUQUE E IBAOEZ, SL 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 45061829E DELGADO TELLEZ ANTONIO 2633 0 1098 3731

Cuota Cámara 97 50298380W DEUS VALENCIA JUAN 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11955630 DEVICON SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45034492D DIAZ DIAZ FRANCISCO 2044 0 1098 3142

Cuota Cámara 97 4506011 OM DIAZ GONZALEZ CONCEPCION 3085 0 4392 7477

Cuota Cámara 97 45034708H DIAZ RUIZ MARIA 2598 0 1098 3696

Cuota Cámara 97 A23051964 DISEÑOS CONSTRUCCIONES Y 0 0 1283 1283

REMODELACIONES

Cuota Cámara 97 A29047420 DISEÑOS E INSTALACIONES SA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11953320 DISTRIBUIDOR CEUTI DE PANADERIA SL 0 0 1098 1098

1.143
2.157 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_95 I.Socied.95 I.A.E. 96 Total Cuota

Cuota Cámara 97 B11954641 DIVAVADI SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 45068199K DOMINGUEZ MECA MERCEDES 2574 0 1098 3672

Cuota Cámara 97 45070655Q DRIS BEN MOHAMED ABDELMALIK 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B29619814 ECU SPART MALAGA, SL 0 0 1366 1366

Cuota Cámara 97 45098171 R EDERY SOLTYS ELIAS 1348 0 1098 2446

Cuota Cámara 97 B11951886 EDIFICIO ATLANTE, SL 0 9350 0 9350

Cuota Cámara 97 B80685720 EJECUTIVA YUDEX, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 X1386933X EL HICHO ABDELOUAHID 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45096372L EL KHARRAZ TEIDE AHMED 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11950516 ELECTRIFICACIONES MOLOVAL, S L 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11070752 EMPRESA REGLA SOCIEDAD LIMITADA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B29367380 ENCOFRADOS HERMANOS GARCIA, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45019190W ESCALANTE EXTREMERA, ANTONIO 1768 0 1098 2866

Cuota Cámara 97 B11955903 ESPADON, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11957891 ESPANOLUSITANA DE EXPORTACIONES, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B59801910 ESPINOSA CONTABILIDAD, SL 0 0 1720 1720

Cuota Cámara 97 B11960960 EUROPEENNE DE NEGOCE EURONE, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45083649S FADDAL MOHAMED MOHAMED 4199 0 1098 5297

Cuota Cámara 97 45077218R FAJARDO GUERRERO LUISA ELVIRA 1737 0 1098 2835

Cuota Cámara 97 B29126869 FBC ELECTRICIDAD, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45060219E FERNANDEZ CABELLO FRANCISCA 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 45067751X FERNANDEZ CASANOVA JUAN ANDRES 1226 0 0 1226

Cuota Cámara 97 45017828C FERNANDEZ SIERRA SALVADOR 2595 0 1098 3693

Cuota Cámara 97 45054418V FERNANDEZ ZAPATER MARIANO 2050 0 0 2050

Cuota Cámara 97 B18338608 FERROHALCON, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11906369 FICOTER,SL 0 0 1720 1720 Cuota Cámara 97 A11906872 FLETACEUTA, SA 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 45020974S FORTES ALCANTARA MARIA ANGELES 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11957081 FRANQUIHOGAR, SL 0 2378 0 2378

Cuota Cámara 97 A78592755 GAETS 92, SA 0 0 1098 1098 Cuota Cámara 97 45076674D GALET PALOMARES CARLOS 1257 0 0 1257

Cuota Cámara 97 25823816Z GALLEGO SANCHEZ JOSE MARIA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 E14237358 GAMITEL CB 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 45046839M GARCIA BLANCO LUIS SANTIAGO 7188 0 3294 10482

Cuota Cámara 97 45076545H GARCIA CASADO M ELENA 3750 0 1098 4848

Cuota Cámara 97 45043424V G.ª DE LA TORRE ARTAMENDI M.ª AFRICA 5953 0 1098 7051

Cuota Cámara 97 45049337L GARCIA ORDOÑEZ MARIA LUISA 2062 0 1098 3160

Cuota Cámara 97 24611174R GARCIAREINAANDRES 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 25027276X GASPAR DIAZ JOSE 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 31436334A GENERO FERNANDEZ MARIA JOSEFA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11952934 GESTIONES Y COBROS GEYCO SL 0 0 4392 4392

Cuota Cámara 97 20395352X GIMENEZ HEREDIA VICENTE MANUEL 3475 0 2443 5918

Cuota Cámara 97 B80106214 GODEX SL 0 0 3749 3749

Cuota Cámara 97 45069449Y GOMEZ MAESE JOSE FRANCISCO 2371 0 1098 3469

Cuota Cámara 97 45009758T GOMEZ MORENO JOSE 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45060085A GOMEZ PEREZ M ANTONIA 2558 0 0 2558

Cuota Cámara 97 B11953452 GONALMAR S L 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45009393A GONZALEZ ADRIO MARIA DEL CARMEN 2593 0 0 2593

Cuota Cámara 97 45012821G GONZALEZ DOBLAS MANUEL 2301 0 0 2301

Cuota Cámara 97 45056307C GONZALEZ GOMEZ CARMEN 2499 0 0 2499

Cuota Cámara 97 45005124N GONZALEZ GOMEZ LUCRECIA 1414 0 0 1414

Cuota Cámara 97 45077033T GONZALEZ MARTIN ISABEL 1872 0 1098 2970

Cuota Cámara 97 45018249G GONZALEZ MUÑOZ MANUEL 1870 0 1098 2968

Cuota Cámara 97 45069735Q GONZALEZ TRENA ANGEL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11959087 GRAN CANYON SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45084169Y GRANADOS NAVAS MONICA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11958030 GRUGESPA SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B81154577 GRlJPO CENTEN BUS SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A11903754 GRUPO CERGA S A 0 0 3294 3294

Cuota Cámara 97 45034650Y GUERRA BENITEZ MARIA 1799 0 1098 2897

Cuota Cámara 97 23656436Q GUERRERO APARICIO JESUS 5479 0 1098 6577

Cuota Cámara 97 45060080K GUERRERO VICTORIO JOSE ANTONIO 0 0 2216 2216

Cuota Cámara 97 31835919D GUIJARRO MATEO MARIA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45071 745W GUTIERREZ VERA ANTONIO 0 0 1098 1098

1.144
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.157



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_95 I.Socied.95 I.A.E. 96 Total Cuota

Cuota Cámara 97 45094792A HADDU AL LAL HAMED 4706 0 4392 9098

Cuota Cámara 97 45085019M HAMEDI CHAIB MOHAMED 2547 0 1098 3645

Cuota Cámara 97 X0182261D HATHIRAMANI RAM-BHAGWANDAS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A11950714 HAYAD TRADE'S COMPANY S A 0 16395 0 16395

Cuota Cámara 97 45075562R HAYON GUTIERREZ ISAAC 910 0 1098 2008

Cuota Cámara 97 45075145K HAYON MELUL ELIAS 2449 0 1098 3547

Cuota Cámara 97 A28251510 HERMANOS BEJAR SA 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 29084617J HERNANDEZ PERALTO RAFAEL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45069626E HERRERO JIMENEZ RAFAEL 2529 0 1098 3627

Cuota Cámara 97 45074608J HERRERO SEGADO LUIS CANDIDO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 24817050G HIDALGO MORILLO JOSE LUIS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B80212608 HISPANO AFRICANA DE INVERSIONES SL 0 0 1720 1720

Cuota Cámara 97 A29225380 HISPANO ARABE INMOBILIARIA SA 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 A35018027 HISPANO KAYCEE S A 0 0 1118 1118

Cuot aCámara 97 45081160X HOSSAINABDELKADERABDELKADER 1792 0 1098 2890

Cuota Cámara 97 45051763F HOYOS VILCHES JOSE MANUEL 2481 0 1098 3579

Cuota Cámara 97 B11959418 HUEVOS CEUTA SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11071834 IMALECTRIC SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11271996 IMPERMEABILI..DELSURDE ANDALUCIA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A29105996 IMPORTADORAS MALAGUEOASSA 0 0 1118 1118

Cuota Cámara 97 B80662810 IND. DIVERSAS DE MATERIALES DE CON 0 0 3022 3022

Cuota Cámara 97 B11951324 INFORCEUTA SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11951878 INFOTRONICGDSL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 A11950284 INMOBILIARIA VAQUERO, S A 0 895 1098 1993

Cuota Cámara 97 B80233059 INMOFESU SL 0 0 3291 3291

Cuota Cámara 97 B41385709 INSTALACIONES EDIME SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B89357571 INSTALACIONES SANCHEZ, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11958840 INTEGRALCONSULTINGMAGREB, SL 0 0 1098 1098

Cuot Cámara 97 B11958238 INTERQUARTZ, SL 0 0 3749 3749

Cuota Cámara 97 B11955325 INVERGRUAS SL 0 10294 0 10294

Cuota Cámara 97 B11954930 INVERIMAK SL 0 0 1098 1098

Cuot aCámara 97 A29904901 JRLALCHANDANISA 0 0 1118 1118

Cuota Cámara 97 45061957N JARAMILLO LEON MANUELA 1440 0 0 1440

Cuota Cámara 97 X0341355N JHAMANDAS LALCHANDANI ARJANDAS 0 0 1118 1118

Cuota Cámara 97 45274524J JHAMANDAS LALCHANDANI ASHOK 0 0 1118 1118

Cuota Cámara 97 45270561 Y JHAMANDAS LALCHANDANI NERMELU 1950 0 1118 3068

Cuota Cámara 97 32015177M JIMENEZ CORRALES JUAN 879 0 0 879

Cuota Cámara 97 45054531S JIMENEZ DURAN FERNANDO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45259916X JIMENEZ GARCIA JOSE 2141 0 1098 3239

Cuota Cámara 97 31958527G JIMENEZ PALMA RAMON 2648 0 1098 3746

Cuota Cámara 97 E29200284 J.M GOMEZ MUÑOZ FCO. DELGADO. SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B29594959 JUAN JEREZ SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 E11958113 JUAN Y VITORIACB 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 X0164559V KHIANEY KIMATRAI PARMANAND 1370 0 1098 2468

Cuota Cámara 97 B11959343 KOKOLAY SL 0 0 2008 2008

Cuota Cámara 97 E11960614 LA TABERNA DE GUILLERMO Y JOSE CB 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45081762Z LACHMANDAS SHAHDADPURI KAMLESH 2642 0 0 2642

Cuota Cámara 97 45092796P LACHMANDAS SHAHDADPURI MOHAN 2862 0 1098 3960

Cuota Cámara 97 45060697V LARA GARCIA RAFAEL VICENTE 2050 0 1098 3148

Cuota Cámara 97 B11294717 L E DIPLOMATE ESPAOA SL 0 0 1118 1118

Cuota Cámara 97 F11950458 LECHE DE CEUTA S A T 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11961273 LIMPIEZAS LIMFAMAR SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 22367649B LINARES SANCHEZ FULGENCIO 0 0 1346 1346

Cuota Cámara 97 45025793G LOBATO VILLASCLARAS RAFAEL 426 0 1098 1524

Cuota Cámara 97 45056343X LOPEZ GONZALEZ ANTONIO 4280 0 1098 5378

Cuota Cámara 97 24099726G LOPEZ LOZANO JOSE 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45045252M LOPEZ MENENDEZ JORGE 2793 0 1098 3891

Cuota Cámara 97 45050205J LOPEZ PLANAS ANTONIO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45051805A LOPEZ RAMIREZ FRANCISCO 0 0 3872 3872

Cuota Cámara 97 45026788X LOZANO LOPEZ MATILDE 1642 0 1098 2740

CuotaCámara97 45049100N LUCAS PRIETO M AFRICA 3114 0 0 3114

Cuota Cámara 97 24776278B LUQUE RODRIGUEZ JUAN ANTONIO DE 0 0 2381 2381

Cuota Cámara 97 45024018T LLORENTE MONTERDE G. ANTONIO 4778 0 1098 5876

Cuota Cámara 97 45041818K MAESE LOPEZ JOSE 0 0 1098 1098

1.145
2.157 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_95 I.Socied.95 I.A.E. 96 Total Cuota

Cuota Cámara 97 B11954120 MAGUT SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45087507D MAIMON AMAR BELAUTI MOHAMED 1667 0 1098 2765

Cuota Cámara 97 A28500932 MANTENIMIENTO AYUDA A LA 0 0 1098 1098

EXPLOTACION Y S

Cuota Cámara 97 B11955994 MANT. DE SERVICIOS URBANISTICOS 0 0 3294 329

Cuota Cámara 97 B11951449 MAQUINARIA DE CEUTA SL 0 0 1283 128

Cuota Cámara 97 B29569951 MARBELLA BOWLING SL 0 0 1098 109

Cuota Cámara 97 X1128762Z MAREHOUM LAMFEDAL 0 0 1098 109

Cuota Cámara 97 45059769D MARFIL POSTIGO JOSE MARIA 3842 0 1098 494

Cuota Cámara 97 45068390M MARISCAL DIEGUEZ MARIA DEL CARMEN 2594 0 2196 479

Cuota Cámara 97 B11954922 MARITIMA ALMINA, SL 0 0 1098 109

Cuota Cámara 97 45075297N MARQUEZ CAMACHO MANUEL 1663 0 1098 2

Cuota Cámara 97 45069838G MARTIN PORTES MARCELO 0 0 1098 109

Cuota Cámara 97 45079610R MARZOK MOHAMED MOHAMED 6296 0 1098 739

Cuota Cámara 97 45073391S MATEO VILCHES ANTONIO 1970 0 0 197

Cuota Cámara 97 45063536G MATEOS MIRANDA PEDRO PABLO 0 0 1098 109

Cuota Cámara 97 45076345W MATRES HERRERO DANIEL 0 0 1098 109

Cuota Cámara 97 B18289546 MC MULTIEMPRESAS SL 0 0 1098 109

Cuota Cámara 97 75475484H MEJIAS BEGINES JESUS 0 0 2196 219

Cuota Cámara 97 31311046L MEL SEGARRA MANUEL 0 0 1283 128

Cuota Cámara 97 45067688Q MENA GONZALEZ JOSE MANUEL 0 0 1098 109

Cuota Cámara 97 45057136K MENDOZA BOLORINO FRANCISCO 4150 0 1098 524

Cuota Cámara 97 B11953015 M. ANDALUZA DE DISTRIBUCIONES 200 0 0 3126 312

Cuota Cámara 97 45018911E MERIDA RAMOS PEDRO 2079 0 1098 317

Cuota Cámara 97 B11954492 MERROUNI, SL 0 0 3519 351

Cuota Cámara 97 45055074Y MESA MENA MARIA DE LOS ANGELES 1738 0 0 1738

Cuota Cámara 97 45020499T MIGUEL GOMEZ ANTONIO 1013 0 0 1013

Cuota Cámara 97 43279445T MIMONE LAARBI MOHAMED 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11959780 MISPLAS CEUTA SL 0 0 3664 3664

Cuota Cámara 97 450840175 MIZZIAN AMAR AMAR 2106 0 2196 4302

Cuota Cámara 97 45051607N MOHAMED ABDELUAHED NORDIN 0 0 1098 1098

MOHAMED FOUAD

Cuota Cámara 97 45073559E MOHAMED ABDESELAM ABDELHILA 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 45082549L MOHAMED AHMED ABDELKADER 3334 0 1098 4432

Cuota Cámara 97 45067769M MOHAMED AHMED HASSAN 3829 0 2196 6025

Cuota Cámara 97 45082621E MOHAMED AHMED OTOMANI LAARBI 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45057073G MOHAMED AMAR HAMED 1967 0 1098 3065

Cuota Cámara 97 45084428N MOHAMED DERDABI HOSSAIN 1052 0 1098 2150

Cuota Cámara 97 45056557V MOHAMED HACH AMELAY HAMED 1833 0 1098 2931

Cuota Cámara 97 45093288V MOHAMED HADDU YANMA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45085347B MOHAMED HALTOUT MOHAMED 0 0 1118 1118

Cuota Cámara 97 45092361X MOHAMED TAHER AHMED 3102 0 1098 4200

Cuota Cámara 97 45094971K MOHAMED TAIEB NORDIN 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45085436P MOJTAR MOH MOHAMED 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11952835 MOLINA MENDEZ NUÑEZ, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11952801 MOLINA PLAZA MINA SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11952827 MOLINA TENIENTE ARRABAL, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11957479 MOLROS, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45077475M MORA PEREZ MARIA DEL ROSARIO 1881 0 1098 2979

Cuota Cámara 97 45080843S MORALES MUÑOZ JORGE JOSE 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45056598N MORALES RUEDA ANTONIO GINES 1320 0 0 1320

Cuota Cámara 97 45069320S MORENO HEREDIA MANUEL 2055 0 1098 3153

Cuota Cámara 97 16477606S MORGA TERRERO DESIDERIO 415 0 0 415

Cuota Cámara 97 31144854W MORO RODRIGUEZ MARIA ISABEL 645 0 0 645

Cuota Cámara 97 A19031749 MUGARCE, SA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A11952124 MUSCATINTERNA.TRADELIMITED, SA 0 0 2528 2528

Cuota Cámara 97 45087742Z MUSTAFA AHMED FATIMA SOHORA 611 0 1098 1709

Cuota Cámara 97 45079165Q MUSTAFA MOHAMED MOHAMED 2537 0 1098 3635

Cuota Cámara 97 45083054H MUSTAFA MOHAMED MUSTAFA 3336 0 1098 4434

Cuota Cámara 97 45063611X MUÑOZ ALAMEDA ANTONIO 4151 0 2196 6347

Cuota Cámara 97 45073666Z MUÑOZ LOPEZ MARIA ELENA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 24910882L MUÑOZ RODRIGUEZ ANTONIO 2253 0 1098 3351

Cuota Cámara 97 45055270H MUÑOZ SERRANO JOSE ANTONIO 2739 0 1098 3837

Cuota Cámara 97 X1887142S NAIMI EL AMIN 0 0 1098 1098

1.146
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.157



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_95 I.Socied.95 I.A.E. 96 Total Cuota

Cuota Cámara 97 45058445L NAVARRO MORA ANDRES 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11956059 NAYIN SPORTS, SL 0 10790 3519 14309

Cuota Cámara 97 45060137D NOGUERA VALENCIA MANUEL ENRIQUE 2706 0 1098 3804

Cuota Cámara 97 B01152974 NORDIFUSION, SL 0 0 1346 1346

Cuota Cámara 97 B11959038 NUEVO DIARIO DE CEUTA SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45050144K NUÑEZ ACEDO MANUEL 0 0 4119 4119

Cuota Cámara 97 B11958147 OBRAS Y CONTRATAS DE CEUTA SL 0 0 2381 2381

Cuota Cámara 97 45006333W OLIVEIRA CRUZADO ANTONIO DE 1632 0 1098 2730

Cuota Cámara 97 45025891X ORELLANA DIAZ SEBASTIAN 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11957529 ORIENTCO SL 0 22811 14490 37301

Cuota Cámara 97 45066061E ORTEGA DIAZ MARIA 4117 0 1098 5215

Cuota Cámara 97 45061676F OSSORIO LOZANO M DEL PILAR 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11959368 O M M CEUTA SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45008555Q PACHECO GOMEZ MANUEL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45052909A PACHECO GUERRA JUAN CARLOS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45029837T PAJARES BLANCO PEDRO 1993 0 1098 3091

Cuota Cámara 97 25272734N PALMA TOLEDO MARIA 1778 0 1098 2876

Cuota Cámara 97 45069653A PALOMINO CEPERO ANTONIA 1293 0 2196 3489

Cuota Cámara 97 45066437F PAREJO MANZANO MARIA ANGELES 0 0 1098 1098

Cuot aCámara 97 45243117R PARSRAMCHUGANICHANDRA 0 0 4412 4412

Cuota Cámara 97 31850739V PARRADO RUBIALES JUANA MARIA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11954286 PAVIMENTOS Y CONTRATAS DEL SUR SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45048673E PEDREIRA SERRANO M.ª DEL CARMEN 3315 0 1098 4413

Cuota Cámara 97 45072616E PEREA LOPEZ DOLORES 2136 0 1098 3234

Cuota Cámara 97 45068587H PEREZ AHUMADA YOLANDA 1883 0 1098 2981

Cuota Cámara 97 45069193A PEREZ CANTIZANO JUAN CARLOS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45048380M PEREZ CARAVACA JOSE LUIS 2301 0 0 2301

Cuota Cámara 97 45031856H PEREZ FERNANDEZ FRANCISCO 1601 0 1098 2699

Cuota Cámara 97 24747437N PEREZ FERNANDEZ JOSE LUIS 3313 0 1098 4411

Cuota Cámara 97 45038408S PEREZ LERENA ANTONIO 2566 0 1098 3664

Cuota Cámara 97 28903368G PEREZ RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45079377K PILAR MARTINEZ MARIA DE LA LUZ 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B30388532 PINT. Y REVESTIMIENTOS CRITERIO, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45078734E PEÑA NAVARRO ANTONIO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11959194 PLASTICOSYMENAJESALMADRABASL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45043609H POLO CAMPO JUAN 1959 0 1098 3057

Cuota Cámara 97 24900001V POSTIGO BERNAL JOSE MARCELINO 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11950672 PRECOSAN, SL 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 B11958659 PRENSA INDEPENDIENTE DE CEUTA, SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 A11906104 PREOSA SUMINISTROS INDUSTRIA LESSA 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 A11950466 PROMOCIONES AIXA, SA 0 875 2196 3071

Cuota Cámara 97 B11901576 PROMOCIONES LA PERLA S L 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11952884 PRONASA PROMOCIONES NAVIERA SL 0 0 2997 2997

Cuota Cámara 97 A79384525 PROYECTOS INTEGRALES LIMPIEZA SA 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B29684974 QUEEN TRADERS SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11961794 RADIO MAR ELECTRONICA SL 0 0 1118 1118

Cuota Cámara 97 45085830B RAGGIO PEREZ JOSE ANTONIO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 X1204697A RAISS FARID 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11954872 RAMSAF SL 0 22346 0 22346

Cuota Cámara 97 A11906492 RECREATIVOS LAS SIETE COLINAS, SA 0 0 7440 7440

Cuota Cámara 97 B11958675 RECUBRIMIENTOS CEUTA, SL 0 3768 1098 4866

Cuota Cámara 97 45052999R REJANO TOLEDO JULIO 1752 0 1098 2850

Cuota Cámara 97 B11960101 RESTAURANTE LAPEÑA CEUTA,SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 22008997K REVERTE POZO FRANCISCO CARLOS 0 0 1107 1107

Cuota Cámara 97 45093302P REWACHAND KESWANI KHUSHI 2848 0 1098 3946

Cuota Cámara 97 X1457866B RHILANE MOHAMED BEN MOHAMED 0 0 14490 14490

Cuota Cámara 97 24760170A RIOS MARMOLEJO FRANCISCO 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 A11906898 RIO VIEJODEL GUADIA NASA 0 10891 0 10891

Cuota Cámara 97 45047317T RIVERA GONZALEZ JOSE 704 0 2196 2900

Cuota Cámara 97 45065681X RODRIGUEZ MARTINEZ AVELINO 4393 0 2196 6589

Cuota Cámara 97 45007708C RODRIGUFZ MOUZO MARIA DOLORES 1071 0 0 1071

Cuota Cámara 97 B11231594 RGUEZ. MOVIMIENTOS DE TIERRAS, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45059998P RODRIGUEZ MUÑOZ JOSE 1295 0 1098 2393

Cuota Cámara 97 45076181E ROMAN DURAN MIGUEL 0 0 1098 1098

1.147
2.157 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Concepto NIF/CIF NOMBRE/Razón Social IRPF_95 I.Socied.95 I.A.E. 96 Total Cuota

Cuota Cámara 97 45058653C ROVIRA RUEDA JOSEFA 2216 0 2196 4412

Cuota Cámara 97 45008625V RUBIA CAPARROS JUAN ANTONIO DE LA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 31574369S RUIZ ALCON MANUEL 2913 0 2196 5109

Cuota Cámara 97 45065544B RUIZ RODRIGUEZ JORGE 1773 0 1098 2871

Cuota Cámara 97 24753467Q RUIZ SANCHEZ ALONSO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11957388 SAI BABA, SL 0 0 1346 1346

Cuota Cámara 97 45095875M SALEM AHMED ABDELKADER 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 75210503C SALMERON VARGAS FRANCISCO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45072538J SAN MARTIN JIMENEZ PEDRO ENRIQUE 1642 0 1098 2740

Cuota Cámara 97 50187806N SANCHEZ BAEZA JOSE 2253 0 1098 3351

Cuota Cámara 97 45077054K SANCHEZ GARCIA NURIA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45075680G SANCHEZ MOHAMED EVA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 74989661R SANCHEZ RIVAS ANTONIO 0 0 2349 2349

Cuota Cámara 97 E11958162 SANCHEZ & GALET CB 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 07946179R SANTOS PASTOR ILUMINADO 2528 0 1098 3626

Cuota Cámara 97 45035679T SANZ SALINAS LUIS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 A29199486 SAURA DECORACIONES, SA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 F11955416 SCL DE VIVIENDAS EL ESPIGON 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45051444X SCHIAFFINO MAZA MARIA JOSE 1863 0 1098 2961

Cuota Cámara 97 42801977N SECO DE LUCENA MORENO JOSE CARLOS 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45038142W SIERES LEON MANUEL 3210 0 1098 4308

Cuota Cámara 97 45065825Q SOBRAJ ASWANI GOBIND 1668 0 1098 2766

Cuota Cámara 97 A11905262 SOCIEDADINTERMEDIARIADESERVSA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45072302F SOLER LOPEZ FERNANDO 3023 0 1098 4121

Cuota Camara 97 45019263Y SOTO SANCHEZ ELIO 2092 0 1098 3190

Cuota Cámara 97 B11958006 SURTIDORDATO, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11959871 TACEDIS SL 0 0 3250 3250

Cuota Cámara 97 45092870J TAIEB ABDELLAH MOHAMED 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45070409T TALAYA ALVAREZ JUAN CARLOS 511 0 0 511

Cuota Cámara 97 B11275732 TA. CONSTRUCC. PAREDES SANCHEZ 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 45074242S TAPIERO ELJARRAT AMRAN 5494 0 1967 7461

Cuota Cámara 97 B11953791 TASMANIAN, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 21648737X TEJADA MARTINEZ MIGUEL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11952967 TEXYON, SL 0 416 1346 1762

Cuota Cámara 97 31834727J TIRADO MENA CARLOS ALBERTO 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11960374 TORCHMERCADO, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45057258M TORRES CANTERO FRANCISCO 2858 0 3294 6152

Cuota Cámara 97 A11950201 TRANSARENA S A 0 0 4369 4369

Cuota Cámara 97 A11902731 TRANSCEUTA SA 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11958733 TRANSPORTES YVIAJES EN TREN, SL 0 13359 2196 15555

Cuota Cámara 97 31523652J TROYA GUTIERREZ FRANCISCO 0 0 1283 1283

Cuota Cámara 97 B11959897 TM PRODUCCIONES, SL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B41513128 UMYS SL 0 0 1242 1242

Cuota Cámara 97 45025419K VALLE DORADO MARIA DEL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 01740306B VALLEJO DIAZ CANEJA FELIX 0 0 3229 3229

Cuota Cámara 97 B11906757 VERDI 92, S L 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11271129 VIAJESAFRICATRAVELSL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11094463 VIAJES DIMASUR, SL 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 A11905593 VIAJES MULTIMARES, SA 0 0 4392 4392

Cuota Cámara 97 A11026069 VIAJES PUNTA EUROPA, S A 0 0 2196 2196

Cuota Cámara 97 B11902947 VICENTINO, SL 0 0 3294 3294

Cuota Cámara 97 45035768C VILCHES MORON ISABEL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 B11959723 VINCI PINTORES ,SL 0 1738 0 1738

Cuota Cámara 97 B29648912 WORLD TRADE RECYCLING, SL 0 0 3519 3519

Cuota Cámara 97 45056453M ZAMORA POZO JOSE MARIA 3375 0 0 3375

Cuota Cámara 97 45004636F ZAPATA CAMPOS FULGENCIO 1758 0 1098 2856

Cuota Cámara 97 45061708Q ZARAGOSI MARISCAL JUAN MANUEL 0 0 1098 1098

Cuota Cámara 97 45031898Z ZARZUELA HURTADO JUAN ANTONIO 0 0 1098 1098

1.148
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.162



ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

2.158.- D. José Antonio Martín Robles, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo se tramita procedimiento de menor Cuantía bajo el núm. 119/2000, promovidos por D. Ricardo Pareja López contra Preo, S.A., sobre reclamación de cantidad y ante el ignorado paradero de referida sociedad demandada, por medio del presente le emplaza en forma legal a fin de que, en el plazo de diez días, se persone en autos, con Abogado y Procurador, bajo apercibimiento de rebeldía en caso de no verificarlo, parándole además el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada Preo, S.A., se extiende la presente para que sirva de cédula de emplazamiento en Ceuta a veinticinco de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO.

Juzgado de lo Social

Unico de Ceuta

2.159.- D. Manuel Villalta Jiménez, Oficial de la Administración de Justicia en funciones de Secretario de este Juzgado de lo Social.

Hago Saber: Que en este Organo Judicial se tramita el procedimiento registrado al núm. 215/98 en reclamación de cantidad instado por D. Carmelo Ayora Cáceres contra CeutaSol, S.L.. en el que con fecha 31 de marzo de 2000 se dictó sentencia que contiene el siguiente Decreto:

Fallo. Que estimando la demanda formulada por D. Carmelo Ayora Cáceres contra Ceuta-Sol, S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de doscientas ochenta y ocho mil noventa y nueve (288.099 Ptas.) por los conceptos reclamados.

Y para que sirva de legal notificación en forma a CeutaSol, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente, para que publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en la citada Ciudad de Ceuta a los veintitrés días del mes de mayo del años dos mil.

2.160.- D. Manuel Villalta Jiménez, Oficial de la Administración de Justicia en funciones de Secretario de este Juzgado de lo Social.

Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita el procedimiento registrado al número 214/98, en reclamación de cantidad, instado por D. Carmelo Ayora Cáceres, contra Ceutasol S. L., en el que con fecha 31 de marzo de 2000, se dictó sentencia que contiene el siguiente:

Fallo:

Que estimando la demanda formulada por D. Carmelo Ayora Cáceres, contra Ceutasol S. L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de seiscientas cincuenta y dos mil setecientas sesenta y nueve pesetas (652.769), por los conceptos reclamados.

Y para que sirva de legal notificación en forma a Ceutasol S. L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en la citada Ciudad de Ceuta a veintitrés días del mes de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Defensa

Comandancia Militar de Ceuta

2.161.- D. Carlos Luis Casado Arenas, Instructor del Negociado de Expedientes Administrativos Número Diecisiete de Ceuta.

Hace saber:

Que no habiéndose podido efectuar la notificación reglamentaria a D. Ahmed Abdel-Lah Ahmed, provisto de D.N.I., número 45.091.454, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, que en el expediente número 30/99 (2/1029/99), que se le instruye por la presunta falta de "Construcción sin autorización", por el presente se le notifica en relación con dicho expediente, se persone en este Negociado de Expedientes Administrativos Número Diecisiete, sito en el Organo de Apoyo al Comandante Militar, Avenida de la Marina Española s/n (antiguo Gobierno Militar), en el plazo de ocho días a partir del día siguiente de la publicación, al objeto de notificación de la sanción recaída en dicho expediente; en caso de que no comparezca se le declarará decaído en su derecho al trámite para el que es citado, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.3 de la Ley 30/92, continuándose con el procedimiento.

Ceuta, treinta y uno de mayo de dos mil.- EL CAPITAN INSTRUCTOR.- Fdo.: Carlos Casado Arenas.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Tráfico

2.162.- De contormidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse RECURSO DE ALZADA dentro del plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Trático, excepto cuando se trate de sanciones de cuantia interior a diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio.

1.149
2.162 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráíico.

CEUTA, 19-05-2000.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

ARTº=Artículo; RDL.=Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto; SUSP=Meses de suspensión

Cuantía

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040531091 J GUILLEN 31999163 LA LINEA 31.01.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

CONCEPC.

510040538425 M AMEGGAROU CE004173 CEUTA 01.04.2000 10.000 60.10 L. 30/1995 003.B

510040480230 J MACIAS 45053758 CEUTA 08.01.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040530931 M BARRERA 45066503 CEUTA 04.02.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040542714 J GONZALEZ 45073232 CEUTA 25.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040528419 M TAIEB 45075789 CEUTA 28.01.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 061.1

510040530190 J HIDALGO 45079288 CEUTA 08.02.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 062.1

510040536441 M ABDELMALIK 45079572 CEUTA 14.02.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 062.1

510040529620 K HAMADI 45081578 CEUTA 19.01.2000 l0.000 60,10 RD 13/92 106.2

510040542600 M MOHAMED 45084306 CEUTA 25.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040543007 M MOHAMED 45084558 CEUTA 26.03.2000 10.000 60,10 RD 13/92 098.2

510040542830 AMOHAMED 45085975 CEUTA 25.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040542763 M AHMED 45088837 CEUTA 24.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040528171 E ALI 45089236 CEUTA 25.01.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040532484 T ABDESELAM 45094691 CEUTA 25.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040531911 M MOHAMED 45094758 CEUTA 21.02.2000 10.000 60,10 RD 13/92 098.2

510040532435 M HAMIDO 45096207 CEUTA 24.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040527944 E LUQUE 45096517 CEUTA 17.01.2000 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040527956 E LUQUE 45096517 CEUTA 17.01.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040531492 F MOHAMED 45096798 CEUTA 06.02.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040532710 M LAARBI 45097487 CEUTA 25.01.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040533520 M JIMENEZ 45097773 CEUTA 19.02.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040532459 M MOHAMED 45098857 CEUTA 25.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040536064 J HIDALGO 45103672 CEUTA 09.02.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletí Oficial de la Provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

CEUTA, 19-05-2000.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

Cuantía

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040520196 M EL MECHK. 05412468 CEUTA 21.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040548133 A RAMIREZ 28417210 CEUTA 31.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040541382 D BURGOS 44576806 CEUTA 25.02.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 062.1

510040547013 M MOHAMED 45069814 CEUTA 23.03.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040545326 N ABDESELAM 45070866 CEUTA 16.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040542192 J BARRANCO 45072444 CEUTA 25.03.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040542702 J GONZALEZ 45073232 CEUTA 25.03.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040550553 J JIMENEZ 45076634 CEUTA 13.02.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040542842 A ALI 45079172 CEUTA 25.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040542854 AALI 45079172 CEUTA 25.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 143.1

510040542866 A ALI 45079172 CEUTA 25.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040549769 M ABDELMALIK 45079572 CEUTA 30.03.2000 25.00D 150,25 RDL 339/90 060.1

510040529849 M AHMED 45080024 CEUTA 19.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 061.1

510040529825 M AHMED 45080024 CEUTA 19.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040529837 M AHMED 45080024 CEUTA 19.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

1.150
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.162



Cuantía

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040547815 T MOHAMED 45080389 CEUTA 25.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040549319 M MOHAMED 45080569 CEUTA 31.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040539934 M HASSAN 45081288 CEUTA 09.04.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040546896 M LAARBI 45081424 CEUTA 18.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040547220 M MOHAMED 45081488 CEUTA 25.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040548900 M AHMED 45081757 CEUTA 27.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040550784 M MOHAMED 45081903 CEUTA 04.04.2000 100.000 601,01 L. 30/1995 002.1

510040549460 M ABDELKADER 45082527 CEUTA 28.03.2000 25.000 150,25 RDL 339190 060.1

510040550139 M MOHAMED 45082602 CEUTA 29.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040551685 Y ADDELAH 45082840 CEUTA 29.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040551727 Y ABDELAH 45082840 CEUTA 29.03.2000 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040548777 A AHMED 45083104 CEUTA 02.04.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040548327 M AL LAL 45084046 CEUTA 29.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040546057 S ABDELKADER 45085447 CEUTA 27.03.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040536921 A ABDELMALIK 45090925 CEUTA 21.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040536933 A ABDELMALIK 45090925 CEUTA 21.03.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040548066 H ABDESELAM 45091049 CEUTA 16.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040551120 N AHMED 45091093 CEUTA 04.04.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040551739 N AHMED 45091093 CEUTA 30.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040550796 A MOHAMED 45092181 CEUTA 06.04.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040550097 H MOHAMED 45092250 CEUTA 29.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040533956 M MOHAMED 45092974 CEUTA 21.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040520640 R BUXTA 45093193 CEUTA 22.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040530487 E SERRAN 45094030 CEUTA 09.04.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040538097 M KADDUR 45094693 CEUTA 25.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040538085 M KADDUR 45094693 CEUTA 25.03.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040530347 A MOHAMED 45094695 CEUTA 19.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040549228 J BRAVO 45095847 CEUTA 28.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.

510040547530 A MOHAMED 45096328 CEUTA 24.03.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040548285 A MOHAMED 45096328 CEUTA 24.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040548297 A MOHAMED 45096328 CEUTA 24.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040549940 J JIMENEZ 45097141 CEUTA 30.03.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040549836 A MOHAMED 45097809 CEUTA 06.04.2000 50.000 300,51 RDL 339190 060.1

510040548844 J HITA 45098426 CEUTA 23.03.2000 50.000 300,51 RDL 339190 060.1

510040541461 J FERNANDEZ 45099799 CEUTA 21.03.2000 100.000 601,01 L. 30/1995 002.1

510040542180 A AHMED 45100208 CEUTA 21.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040549680 A ABSELAM 45100765 CEUTA 07.04.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040549988 H ABDESELAM 45101221 CEUTA 28.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040536805 D RIVAS 45101580 CEUTA 21.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040452348 M ABSELAM 45102518 CEUTA 30.03.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040549198 A ABDESELAM 45103090 CEUTA 27.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040530451 A MOHAMED 45103730 CEUTA 08.04.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040539703 M MOHAMED 45103875 CEUTA 20.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040549939 T CALDERON 45104159 CEUTA 30.03.2000 100.000 601,01 L. 30/1995 002.1

510040546264 C GONZALEZ 45104306 CEUTA 25.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040520718 A ABDELKADER 45104527 CEUTA 24.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040520731 A ABDELKADER 45104527 CEUTA 24.03.2000 15.500 93,16 RDL 339/90 062.1

510040546320 R AHMED 45104769 CEUTA 11.04.2000 1.000 6,01 RDL 339/90 059.3

510040546549 A MOHAMED 45104806 CEUTA 13.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040545727 S BUXTA 45105286 CEUTA 21.03.2000 50.000 300,51 RDL 339190 060.1

510040545508 T MUSTAFA 45105724 CEUTA 25.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040546860 T MUSTAFA 45105724 CEUTA 22.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040520652 H AHMED 45105769 CEUTA 22.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040546215 M ABDESELAM 45105883 CEUTA 25.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040547414 H AMAR 45106671 CEUTA 23.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040547402 H AMAR 45106671 CEUTA 23.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040546872 O FRIAS 45107685 CEUTA 23.03.2000 100.000 601,01 L. 30/1995 002.1

510040548261 M MOHAMED 45107734 CEUTA 15.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040508469 F GOMEZ 45108945 CEUTA 19.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040543240 M ABDESELAM 45109027 CEUTA 26.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040543238 M ABDESELAM 45109027 CEUTA 26.03.2000 10.000 60,10 RD 13/92 098.2

510040542295 R MOHAMED 45111447 CEUTA 05.04.2000 100.000 601,01 L. 30/1995 002.1

510040550255 K. MOHAMED 45187924 CEUTA 11.04.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

1.151
1.262 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de junio de 2000



Cuantía

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040550681 M. AMAR 99010038 CEUTA 01.04.2000 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040530440 F. ABDESELAM 99011912 CEUTA 08.04.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040542179 R. MOHAMED 99012309 CEUTA 16.03.2000 150.000 901,52 L. 30/1995 002.1

510040520627 C MUSTAPHA X2766132Z MADRID 21.03.2000 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.163.- Corrección de errores del anuncio del Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta extraordinario número 21, de fecha 29 de mayo de 2000, relativo al procedimiento abierto y concurso para la contratación de una consultoría y asistencia en materia de parques y jardines (Expediente del Negociado de Contratación número 290/2000.

Donde dice:

c) Número de expediente: 257/2000.

debe decir:

c) Número de expediente: 290/2000.

y

Donde dice:

2.- Objeto del contrato:

a) Descripción del contrato: Consultoría y asistencia en materia de parques y jardines por un período de un año.

Debe decir:

2.- Objeto del contrato:

a) Descripción del contrato: Consultoría y asistencia en materia de parques y jardines por un período de diez meses.

Lo que se hace constar a los efectos oportunos.

Ceuta, uno de junio de dos mil.- EL CONSEJERO DE CONTRATACION, INDUSTRIA, COMERCIO, PESCA Y SUMINISTROS.- Fdo.: Dilip Arjandas Daryanani.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social

Unico de Ceuta

2.164.- D. Manuel Villalta Jiménez, Oficial de funciones de Secretario del Juzgado de lo Social de Ceuta.

Hago saber: Que en los autos números 525 al 527/99. sobre despido, seguidos a instancias de Dª. Consuelo Arroyo Conde y dos más, contra Hostelería El Sombrero de Copa S. L., se ha dictado sentencia número 174/2000 de fecha 12 de mayo actual, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo:

Que estimando las demandas interpuestas por Dª. Consuelo Arroyo Conde, Dª. Fatima Lahcen Mohamed y D. Mohamed Laarbi Laarbi, contra Hostelería El Sombrero de Copa S. L., y D. Mustafa Hamed Ali, debo declarar y declaro despido improcedente los ceses acordados por las codemandadas y en consecuencia debe condenar y condeno a éstas a estar y pasar por tal declaración y a que en el plazo de cinco días, desde la fecha de notificación de esta resolución opten entre readmitir a los actores en sus puestos de trabajo en las mismas condiciones que venían disfrutando o a que se les indemnice con las siguientes cantidades:

a Dª. Consuelo Arroyo Conde 166.336 pesetas.

a Dª. Fatima Lahcen Mohamed 116.955 pesetas.

a D. Mohamed Laarbi Laarbi 116.955 pesetas.

Y en ambos casos a que se les abone los salarios de tramitación.

Notifíquese a las partes con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación.

Y para que sirva de notificación al codemandado El Sombrero de Copa S. L., se expide el presente que se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad, en Ceuta a dieciocho de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO.

2.165.- D. Manuel Villalta Jiménez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Ceuta.

Hago saber:

Que en los autos número 387/1999 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. José Luis Mullor Garrido contra la empresa INSALUD, sobre ordinario de cantidad, se ha dictado la siguiente:

A tenor de lo acordado por S. Sª., en providencia de la fecha y de conformidad con lo establecido en el artículo 56 y siguientes de la vigente L.P.L., se cita a los actos de conciliación y juicio, en su caso, que ha de celebrarse el próximo día 18 de julio a las 10.10 horas.

Y para que sirva de citación en legal forma a D. José Luis Mullor Garrido, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, a veinticuatro de mayo de dos mil.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones, se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Ceuta, veinticuatro de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.166.- No siendo posible practicar la notificación a D. Abdeljalak Mohamed Mohamed, en relación con el expediente número 25.351/2000, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 01-06-2000, el Excmo. Sr. Presidente, ha dispuesto la siguiente resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

Mediante decreto de la Presidencia de fecha 03-04-2000, se dispuso la incoación de expediente sancionador a D. Abdeljalak Mohamed Mohamed, como presunto autor de una infracción administrativa, consistente en la realización de transporte de viajeros en vehículo particular no autorizado, en competencia ilícita con los vehículos regulados en la Ordenanza del Transporte Urbano.

D. Abdeljalak Mohamed Mohamed, no ha comparecido durante el trámite de audiencia, a pesar de la advertencia de que si no formulaba alegaciones, la iniciación del expediente podría ser considerada propuesta de resolución.

1.152
Martes 6 de junio de 2000 B. O. C. CE. - 3.910 2.168


FUNDAMENTOS JURIDICOS

La infracción que se le imputa a D. Abdeljalak Mohamed Mohamed, se encuentra tipificada en los artículos 53.u) de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros, en relación con los artículos 140 de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y 197.a) del Real Decreto 1.211/90, de 28 de septiembre, así como en la Disposición Adicional Primera de la precitada Ordenanza, consistente en la realización de transporte de viajeros en vehículo particular no autorizado, en competencia ilícita con los vehículos regulados en la Ordenanza de Transporte antes señalada. Esta infracción es susceptible de ser sancionada con multa de 230.001 a 460.000 pesetas y precintado del vehículo de tres meses a un año. (Disposición Adicional Primera de la Ordenanza). La competencia para resolver, corresponde a esta Presidencia, de acuerdo con el artículo 10.2 del Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto, en relación con el artículo 13 del Reglamento de la Presidencia.

PARTE DISPOSITIVA

Se sanciona a D. Abdeljalak Mohamed Mohamed, con multa de 230.001 pesetas y precintado del vehículo infractor matrícula CE-5918-D, durante tres meses, a partir de la fecha de incautación del mismo.

Lo que le comunico, significándole que contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes; o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (artículo 116.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre) y 8.1.e) y 46 de la Ley 29/98, de 13 de enero.

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, uno de junio de dos mil.- Vº Bº EL VICECONSEJERO DE SERVICIOS.- EL SECRETARIO GENERAL.

2.167.- No siendo posible practicar la notificación a D. Abdelmalik El Hasmouil, en relación con el expediente número 32.775/2000, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 31-05-2000, el Excmo. Sr. Presidente, ha dispuesto la siguiente resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

Mediante decreto de la Presidencia de fecha 28-04-2000, se dispuso la incoación de expediente sancionador a D. Abdelmalik El Hasmouil, propietario del vehículo matrícula 4884-11/3, como presunto autor de una infracción administrativa, tipificada en los artículos 140 de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transporte Terrestres y 197.a) del Real Decreto 1.211/90, de 28 de septiembre (Re
glamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres), donde se tipifica como infracción muy grave a la realización de transportes públicos o actividades auxiliares o complementarias de los mismos, para los cuales la normativa reguladora de los transportes terrestres exija título administrativo habilitante, careciendo de la preceptiva concesión o autorización para el transporte o la actividad de que se trate. D. Abdelmalik El Hasmouil, no ha comparecido durante el trámite de audiencia, a pesar de la advertencia de que si no formulaba alegaciones, la iniciación del expediente podría ser considerada propuesta de resolución.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

La infracción que se le imputa a D. Abdelmalik El Hasmouil, se encuentra tipificada en los artículos 140 de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y 197.a) del Real Decreto 1.211/90, de 28 de septiembre, (Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres). Esta infracción es susceptible de ser sancionado con multa de 230.001 a 460.000 pesetas. La competencia para resolver, corresponde a esta Presidencia, de acuerdo con el artículo 10.2 del Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto, en relación con el artículo 13 del Reglamento de la Presidencia.

PARTE DISPOSITIVA

Se sanciona a D. Abdelmalik El Hasmouil, con multa de 230.001 pesetas.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes; o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (artículo 116.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre) y 8.1.e) y 46 de la Ley 29/98, de 13 de enero.

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, uno de junio de dos mil.- Vº Bº EL VICECONSEJERO DE SERVICIOS.- EL SECRETARIO GENERAL.

2.168.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, con fecha de dieciséis de mayo de dos mil, dictó el siguiente decreto.

ANTECEDENTES

La Policía Local denuncia que Dª. María Gallego, ejerce en el local sito en C/ Padilla B, Edificio Ceuta Center, una actividad sin licencia, consistente en Clínica Dental.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

De acuerdo con lo establecido en el artículo 178 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976, artículo 1 del

1.153
2.168 B. O. C. CE. - 3.910 Martes 6 de Junio de 2000


Reglamento de Disciplina Urbanística y 5 de la Ordenanza Reguladora de la Disciplina Urbanística, la implantación de actividad se sujeta a previa licencia municipal.

El artículo 184 TRLS/76, dispone que cuando algún acto precisado de licencia se ejecutarse sin ella, el Alcalde dispondrá la suspensión del mismo, y el interesado dispondrá de 2 meses para solicitar la licencia.

El desempeño de las funciones en materia de licencias de implantación corresponde al Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad, en su decreto de fecha 01-09-99.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se ordena la inmediata suspensión de la actividad que sin licencia ejerce Dª. María Gallego, en local sito en C/ Padilla B, Edificio Ceuta Center.

2º.- Se requiere a Dª. María Gallego, para que en el plazo de 2 meses solicite la oportuna licencia municipal de implantación, advirtiéndole que, en otro caso, se suspenderá definitivamente el ejercicio de la actividad.

Contra el primer punto, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de los previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes; o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (artículo 116.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre) y 8.1.e) y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio.

No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, dado que no se ha podido practicar la notificación a D.ª María Gallego.

Ceuta, uno de junio de dos mil.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.169.-

1.- Entidad adjudicataria:

a) Organismo: Ciudad de Ceuta.

b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.

c) Número de expediente: 328/2000.

2.- Objeto del contrato:

a) Descripción del contrato: Suministro de un camión con destino al Parque Móvil.

b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

4.- Presupuesto base de licitación:

Importe de licitación: 6.900.000 pesetas (41.469,84 Euros)

5.- Garantías:

a) Definitiva: Cuatro por ciento del importe de adjudicación.

6.- Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Negociado de Contratación, Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Domicilio: Calle Padilla. Edificio Ceuta Center, s/n.

c) Código Postal y Localidad: 51001 Ceuta.

d) Teléfono: 956 52 82 53 - 54.

e) Telefax: 956 52 82 56

f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Quince días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

7.- Requisitos específicos del contratista:

Los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

8.- Presentación de las ofertas:

a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales siguientes al de la fecha del anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de Presentación:

1º) Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

3º) Código Postal y Localidad: 51001 Ceuta.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: El determinado en la Ley 13/1995, de 18 de mayo.

9.- Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta.

b) Domicilio: Consejería de Economía y Hacienda. Edificio Ceuta Center. c/ Padilla s/n.

c) Fecha y hora: A las 12.00 horas del día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas.

d) Fecha: A las 12.00 horas del día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas.

10.- Otras informaciones:

a) Gastos de anuncios: A cargo el adjudicatario.

Ceuta, treinta y uno de mayo de dos mil.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Horacio Espina Menéndez.