BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXV Viernes 17 de marzo de 2000 Número 3.887
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Insp. Prov. de Trabajo y Seguridad Social
879.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, relativas a Actas de Infracción.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General de la Seguridad Social
857.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
885.- Notificación a D. Halid Mohamed Ahmed, en Pliego de cargos 2000/0109.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Penal
Número Dos de Ceuta
893.- Citación a D. Said Mohamed Laarbi, en Rollo P.A. 71/98-M.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
862.- Notificación y emplazamiento a Dª. Antonia Baro, a Dª. Ana Belen Gallardo Baro y a D. José Manuel Gallardo Baro, en Juicio de Menor Cuantía 212/99.
863.- Citación a D. Hamadi Ablassa y a D. Mohamed Kehor, en Juicio de Faltas 58/2000.
864.- Citación a D. Mustafa Ben Mohamed, en Juicio de Faltas 55/2000.
886.- Citación a D. José Luis Antorrenas López y a Dª. María Eugenia Fernández Pareja, en Juicio de Cognición 316/99.
896.- Citación a D. Abdelmalik Hossain Mohtar, en Juicio Verbal 358/99.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
858.- Citación a D. Mohamed Andaloussi, en Juicio de Faltas 64/2000.
859.- Citación a Dª. Fatima Benalou, en Juicio de Faltas 55/2000.
860.- Citación a D. Ali Mohamed Dahman, en Juicio de Faltas 59/2000.
887.- Requerimiento a D. Carlos Carmona Alba, Planeta Crédito S.A., en Juicio de Cognición 333/97.
888.- Requisitoria a D. Juan Carlos Torralba Gómez, en Procedimiento Abreviado 13/2000.
889.- Citación a D. Mustafa Mohamed Merabet, en Juicio de Faltas 235/99.
890.- Citación a D. Said Barbauni, en Juicio de Faltas 345/99.
897.- Requisitoria a D. Ahmed Azukar, en Procedimiento Abreviado 8/2000.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
873.- Emplazamiento a D. José María Gallego Sánchez y a Dª. Aurelia Cabrera Lendinez, en Juicio de Menor Cuantía 202/98.
874.- Citación a D. Eduardo Luque Barriga, en Juicio Ejecutivo 221/99.
894.- Notificación a D. Juan Cruces Capillas, en Juicio de Cognición 198/99.
895.- Subasta pública contra D. Diego Rincón Alcántara, en Juicio de Cognición 313/96.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
855.- Notificación a D. José Santos, en Juicio de Menor Cuantía 75/98.
861.- Citación a D. Abdelazis Mustafa, en Procedimiento Sumario 1/99.
865.- Citación a Dª. Rabea Ahmed Ahmed, en Juicio de Faltas 555/98.
866.- Citación a D. Abdelhila Chadda, en Juicio de Faltas 555/98.
867.- Citación a D. Mohamed Zaidi, en Juicio de Faltas 265/99.
868.- Citación a D. Bouselam El Ahurech, en Juicio de Faltas 265/99.
869.- Citación a D. Jorge Pérez Mohamed, en Juicio de Faltas 368/98.
870.- Citación a Dª. Fatima Ouidad, en Juicio de Faltas 423/97.
871.- Citación a D. Mohamed Liazid, en Juicio de Faltas 372/99.
872.- Citación a D. Mustafa El Tune o Disir Addi, en Juicio de Faltas 368/99
891.- Citación a Dª. Hafida Lahaoui, en Juicio de Faltas 364/99.
892.- Citación a D. Abdelkrim Moustanjer, en Juicio de Faltas 364/99.
908.- Requerimiento a Pro-Ceuta S.A., en Juicio de Menor Cuantía 271/98.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
906.- Subasta de la parcela sita en c/ Mendoza nº 9, en expte. 178/2000.
909.- Contratación mediante concurso abierto del servicio de limpieza de los edificios de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en expte. 100/2000.
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Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 857
la iniciación del procedimiento sancionador se advertirá a los interesados que, de no
efectuar sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el
artículo 16.1, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando
contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada con los efectos
previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento. El artículo 20.2 del mismo Real
Decreto prevé que el órgano competente dictará resolución que será motivada y
decidirá las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del
procedimiento. La resolución se formalizará por cualquier medio que acredite la voluntad
del órgano competente para adaptarlo. La resolución se adoptará en el plazo de diez
días desde la recepción de la propuesta de resolución y los documentos, alegaciones e
informaciones estime obrantes en el procedimiento, salvo lo dispuesto en los puntos 1 y 3
de este artículo. 4º.- Por Decreto del Presidente de 1 de septiembre de 1999 se delega
genéricamente las competencias municipales relativas a Obras Públicas y Medio Ambiente,
D. Jesús Simarro Marín, por lo que resulta ser el órgano competente para la resolución
del expediente sancionador.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se sanciona a D. Santiago Fonollosa Berdejo, con una multa de 100.001 pesetas, por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca Seat, modelo Fura 127 A, matrícula CE-2204-C, nº de bastidor VSS127A0009359280, en el paraje "Loma Margarita".
Contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquier de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de noviembre y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 6 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Sampietro Casarramona.- EL SECRETARIO GENERAL ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General de la Seguridad Social
857.- El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social, cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente:
PROVIDENCIA DE APREMIO
En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad
Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio,
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
855.- Cédula de Notificación. Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Cuatro de los de Ceuta en los autos referenciados seguidos a instancia del Procurador Sr. Teruel López, en nombre y representación de D. Mustafa Abdeselam Mohamed y D. Abdeselam Mohamed Abdeselam, contra D. José Santos se ha dictado sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Que estimando la demanda interpuesta por D. Mustafa Abdeselam Mohamed y D. Abselam Mohamed Abdeselam, contra D. José Santos, debe declarar y declaro la propiedad del actor sobre el suelo y la edificación existente en parte en el terreno más los daños y perjuicios causados a determinar en ejecución de sentencia, respecto de los 171,66 m2 de los que, como producto de la invasión, se verá mermado el demandado, compeliendo a éste a otorgar escritura pública a favor del actor, en caso de no hacerlo, se otorgará judicialmente con imposición de las costas al demandado. Notifíquese la misma a las partes, y hágase saber que en el plazo de 5 días a partir de la notificación podrán interponer recurso de apelación del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial, sección sexta, con sede en Ceuta.
Y para que sirva de notificación en forma al demandado, declarado en rebeldía, y para su publicación en el Boletín Oficial de Ceuta expido el presente que firmo en Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
856.- No siendo posible practicar la notificación a D. Santiago Fonollosa Berdejo, en relación al expediente sancionador nº 108/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 16-02-00, el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Comandancia de la Guardia Civil denuncia el 25-08-99 que en el paraje "Loma Margarita" ha sido abandonado el turismo marca Seat, modelo Fura 127 A, matrícula CE-2204-C, nº de bastidor VSS127A0009359280, siendo denunciado D. Santiago Fonollosa Berdejo con D.N.I. 73.186.624. Publicada la incoación del expediente con advertencia de que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la incoación del procedimiento en plazo, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, en el expediente no consta alegación alguna del interesado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1º.- Los hechos relatados constituyen infracción de la Ley 10/98 de Residuos, de 21
de abril, que considera infracción grave el abandono, vertido o eliminación incontrolada
de residuos no peligrosos, sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el
medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas" (art.
34.3b). 2º.- En el art. 13.2 del RD 1398/1993, dispone que en la notificación de
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(B.O.E. 29-06-94) y el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los
Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995 de 6 de
octubre, (B.O.E. de 24-10-95), ordeno la ejecución forzosa contra el patrimonio del
deudor.
Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación, mediante la publicación del presente anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor, y en el Boletin Oficial correspondiente.
La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de quince días, ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en el caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor, en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo de apremio, intereses en su caso y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación, así como para solicitar su comparecencia en el plazo de 8 días, por sí o por medio de su representante, con la advertencia de que, si ésta no se produce, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer, conforme dispone el artículo 109.4 del citado Reglamento General.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse oposición al apremio dentro del plazo de los quince días siguientes al de su notificación, ante el mismo órgano que lo dictó, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.2 de la Ley General la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución de la oposición.
Asimismo, y dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, podrá interponerse recurso ordinario ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, que no suspenderá el procedimiento de apremio, salvo que se realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con aval suficiente, o se consigne su importe, incluido el recargo de apremio y el 3% a efectos de la cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas, a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 34.4 de la citada Ley General de la Seguridad Social.
Ceuta, a 29 de febrero de 2000.- EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION.- Fdo.: José García Rubio.
ADMINISTRACION: 01
REG./SECTOR: 0111 - REGIMEN GENERAL
Número de Identificador C. P. Importe Período
Prov. Apremio del S. R. Nombre / Razón Social Domicilio Localidad Reclamado Liquidación
51 1999 980012261 10 51000413681 VACA BARQUILLO, FELIX SAN JOSE 0 51001 CEUTA 61.200 04/98 - 04/98
51 1999 010217577 10 51000571208 CALLAU ALBERO, ELISA VIR. DE AFRICA, 16 51001 CEUTA 74.941 03/99 - 03/99
51 1999 010236169 10 51000571208 CALLAU ALBERO, ELISA VIR. DE AFRICA, 16 51001 CEUTA 74.941 04/99 - 04/99
51 1998 000003906 10 51000619506 ABSELAN ABDELKADER, M. JUAN CARLOS I, 61 B 51002 CEUTA 390.319 08/96 - 12/96
51 1998 000004007 10 51000619506 ABSELAN ABDELKADER, M. JUAN CARLOS I, 61 B 51002 CEUTA 546.446 01/97 - 07/97
51 1999 010229196 10 51000654060 BLINDASUR, S.L. AFRICA, 17 51002 CEUTA 113.582 04/99 - 04/99
51 1999 980010241 10 51000654060 BLINDASUR, S.L. AFRICA, 17 51002 CEUTA 60.001 07/98 - 07/98
51 1999 010218284 10 51000655373 NAVARRO REYES, GONZALO M. MARQUES SANTA C. 51001 CEUTA 33.534 03/99 - 03/99
51 1999 980005187 10 51000667501 J. M. GALLEGO SANCHEZ, JOSE PADILLA EDIF. CEU 51001 CEUTA 60.120 02/98 - 02/98
51 1999 010229301 10 51000676389 COMERCIAL HOST. ANAYA E REAL, 90 51001 CEUTA 50.034 04/99 - 04/99
51 1999 010218789 10 51000699833 GOMEZ MARTINEZ, ANTONIO RES. D. ALFONSO 51003 CEUTA 40.716 03/99 - 03/99
51 1999 010237684 10 51000699833 GOMEZ MARTINEZ, ANTONIO RES. D. ALFONSO 51003 CEUTA 40.716 04/99 - 04/99
51 1999 010229604 10 51000709634 COSIPO, S.A. DAOIZ, 3 1 51001 CEUTA 157.399 04/99 - 04/99
51 1999 010102692 10 51000712866 PROMOZA, S.L. DUARTE, 4 51001 CEUTA 508.518 01/99 - 01/99
51 1999 010181205 10 51000712866 PROMOZA, S.L. DUARTE, 4 51001 CEUTA 264.024 02/99 - 02/99
51 1999 010238189 10 51100010531 EL ALAM NO CONSTA, NAIMA ALMADR.(RINCON AND 51002 CEUTA 69.880 04/99 - 04/99
51 1999 980004985 10 51100017504 GALLEGO SANCHEZ, JOSE M.ª PADILLA EDIF. CEU 51001 CEUTA 60.120 02/98 - 02/98
51 1999 010400665 10 51100045691 ANT. BARCELO LEBRON, MOH. SANTIAGO, S/N 0 51001 CEUTA 406.108 07/99 - 07/99
51 1999 000002669 10 51100067115 CANAL CEUTA, S.L. SARGENTO MENA, 8 51001 CEUTA 1.696.419 08/96 - 12/96
51 1999 000002770 10 51100067115 CANAL CEUTA, S.L. SARGENTO MENA, 8 51001 CEUTA 2.613.182 01/97 - 07/97
51 1998 010041685 10 51100082976 SANCHEZ PEREZ, FRANCISCO SANTANDER, 25 2 51002 CEUTA 32.105 06/97 - 09/97
51 1999 010400867 10 51100091565 ARIZA LOPEZ, MANUEL VISTA ALEGRE, 27 51001 CEUTA 114.546 07/99 - 07/99
51 1999 010239506 10 51100132890 AHMED ABDESELAM, TAIEB CASTIL. HIDALGO, 15 51001 CEUTA 81.540 04/99 - 04/99
51 1999 010104514 10 51100149462 UGARTE COCINAS, S.L. MENDEZ NUÑEZ, 8 51001 CEUTA 139.780 01/99 - 01/99
51 1999 010183225 10 51100149462 UGARTE COCINAS, S.L. MENDEZ NUÑEZ, 8 51001 CEUTA 139.780 02/99 - 02/99
51 1999 010211820 10 51100149462 UGARTE COCINAS, S.L. MENDEZ NUÑEZ, 8 51001 CEUTA 256.620 03/99 - 03/99
51 1999 010230816 10 51100149462 UGARTE COCINAS, S.L. MENDEZ NUÑEZ, 8 51001 CEUTA 250.680 04/99 - 04/99
51 1999 010247889 10 51100149462 UGARTE COCINAS, S.L. MENDEZ NUÑEZ, 8 51001 CEUTA 256.620 05/99 - 05/99
51 1999 010230917 10 51100153506 NAYIM SPORTS, S.L. AFRICA, 7 51001 CEUTA 34.075 04/99 - 04/99
51 1999 010239809 10 51100168862 LAHSEN HIDAR, ANISA REAL, 48 51001 CEUTA 118.232 04/99 - 04/99
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Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 857
Número de Identificador C. P. Importe Período
Prov. Apremio del S. R. Nombre / Razón Social Domicilio Localidad Reclamado Liquidación
51 1999 010183730 10 51100179067 HOSYTUR SERVICIOS, S.L. SOLIS EDIFICIO SAN L 51001 CEUTA 84.950 02/99 - 02/99
51 1999 010240112 10 51100190080 ALI AHMED EL HAIK ABDELK. MIRAMAR ALTA 0 51002 CEUTA 71.604 04/99 - 04/99
51 1999 010221419 10 51100191090 LOPEZ MUÑOZ, MANUEL BDA. J. CARLOS I, 16 51002 CEUTA 15.860 03/99 - 03/99
51 1999 010240213 10 51100191090 LOPEZ MUÑOZ, MANUEL BDA. J. CARLOS I, 16 51002 CEUTA 15.860 04/99 - 04/99
51 1999 000003174 10 51100215039 MOHAMED SALAH, SOHORA INDEPENDENCIA, 19 51001 CEUTA 119.953 02/98 - 07/98
51 1999 005012923 10 51100215039 MOHAMED SALAH, SOHORA INDEPENDENCIA, 19 51001 CEUTA 60.600 02/98 - 07/98
51 1999 990005180 10 51100230904 MULTISERV. FINANCIEROS C ALCALDE SANCHEZ P. 51001 CEUTA 60.120 03/99 - 03/99
51 1999 010379649 lO 51100231106 MOHAMED AMAR, KARIM ALGECIRAS 0 51001 CEUTA 348.804 06/99 - 06/99
51 1999 010172515 10 51100254950 CIZ DE CEUTA, S.L. TENIENTE COL. GAU. 51002 CEUTA 1.199.856 02/99 - 02/99
51 1999 010107241 10 51100272734 AUTOM. SUPER STARK, S.L GLEZ. BESADA, 15 51002 CEUTA 64.630 01/99 - 01/99
51 1999 010242132 10 51100279808 GLEZ. NAVARRO, JOSE MANUEL GRAN VIA, 6 51001 CEUTA 70.705 04/99 - 04/99
51 1999 010187164 10 51100281626 I. BECERRA CONS., M. AHME PADILLA, 4 51001 CEUTA 64.292 02/99 - 02/99
51 1999 980001147 10 51100282232 I. BECERRA CONS., M. AHME PADILLA, 4 51001 CEUTA 61.200 02/99 - 02/99
51 1999 010380053 10 51100284050 MOH. MOHAMED, TARIK ROSALES, HUERTA S 51002 CEUTA 386.554 06/99 - 06/99
51 1999 010402180 10 51100284050 MOH. MOHAMED, TARIK ROSALES, HUERTA S 51002 CEUTA 399.438 07/99 - 07/99
51 1999 010232230 10 51100286777 MOJTAR MOJTAR, HAMADI AFRICA, 25 51002 CEUTA 110.994 04/99 - 04/99
51 1999 010225863 10 51100301632 M.TAIEB AHMED, M. AL LAL AB. ALCALDE SCHEZ. PRAD. 51001 CEUTA 30.102 03/99 - 03/99
ADMINISTRACION: 01
REG./SECTOR: 0521 - REG. ESP. AUTON
Número de Identificador C. P. Importe Período
Prov. Apremio del S. R. Nombre / Razón Social Domicilio Localidad Reclamado Liquidación
51 1999 010149879 07 410119902015 DELGADO GODINO, MANUEL MILLAN ASTRAY, 11-2-C 51001 CEUTA 37.553 12/98 - 12/98
51 1999 010326604 07 480055133849 HAMIDO MESAUD, MOHA. MUELLE DE PONIEN., 1 51001 CEUTA 103.154 01/99 - 02/99
51 1999 010326705 07 480091860271 LLADO PALACIOS, LUIS ADORATRICES, 4 5 D 51002 CEUTA 129.904 01/99 - 05/99
51 1999 010327614 07 510002036992 MORENO CRESPO, ANDRES GLEZ VEGA, 8 51001 CEUTA 216.506 02/99 - 06/99
51 1999 010329836 07 510002746813 PEREZ MEDINA, ADOLFO MARTINEZ CATENA, 40 51002 CEUTA 43.301 01/99 - 01/99
51 1999 010329937 07 510002755705 VIGO CORRAL, M.ª CARMEN ALTO DE LAS HERAS, 5 51002 CEUTA 43.301 06/99 - 06/99
51 1999 010359744 07 510002755705 VIGO CORRAL, M.ª CARMEN ALTO DE LAS HERAS, 5 51002 CEUTA 76.980 03/99 - 04/99
51 1999 010331250 07 510003085909 NUÑEZ SAMINAN, ANTONIO BDA. LA LEALTAD, 46 51002 CEUTA 259.808 01/99 - 06/99
51 1999 010360956 07 510003377010 MAIMON MOH., ABDELKADER EJER. ESPAÑOL, EDF 51002 CEUTA 38.490 03/99 - 03/99
51 1999 010361158 07 510003400450 ALI AHMED, ABDELKADER MIRAMAR ALTO, 0 51002 CEUTA 115.470 02/99 - 04/99
51 1999 010332866 07 510003480373 VASHDEV HARIRA., KISHIN REAL 90, 0 51001 CEUTA 43.301 06/99 - 06/99
51 1999 010361259 07 510003480373 VASHDEV HARIRA., KISHIN REAL 90, 0 51001 CEUTA 38.490 04/99 - 04/99
51 1999 010333472 07 510003588992 MOH. HAMADI, HASSAN CIVICO MURCIANO, 12 51002 CEUTA 216.506 01/99 - 05/99
51 1999 010362168 07 510003808355 ABDESELAM TAIEB, AHMED CAST. HIDALGO, 15 51002 CEUTA 76.980 01/99 - 02/99
51 1999 010396423 07 510003841600 GIL BELMONTE, JOSE JAVIER DELG. SERRANO 4 BJ 51001 CEUTA 50.812 02/98 - 03/99
51 1999 010337617 07 510004201611 MESA MARTIN, AMALIA GLEZ. DE LA VEGA 51001 CEUTA 259.808 01/99 - 06/99
51 1999 010363481 07 510004281837 OLALDE GONZALEZ, PEDRO ADORATRICES, 2 51002 CEUTA 153.960 01/99 - 04/99
51 1999 010341758 07 510004781183 MOH. AHMED, MOHAMED REP. ARGENTINA 51003 CEUTA 86.603 01/99 - 02/99
51 1999 010342061 07 510004802910 AHMED AMAR, MOHAMED GRAL. ERQUICIA, 13 51003 CEUTA 259.808 01/99 - 06/99
51 1999 010396827 07 510004827461 AMAR MESAUD, MINA PLG. VIRGEN AFRICA 51002 CEUTA 122.981 07/98 - 04/99
51 1999 010193430 07 510004999637 ALCALA VILLAR, ROSA M.ª JOSE ZURRON, 3 51002 CEUTA 175.912 03/96 - 12/98
51 1999 010366414 07 510005000344 AHMED AMAR, MOHAMED CRRTA. SERRALLO, 4 51003 CEUTA 115.470 01/99 - 04/99
51 1999 010344384 07 510005083301 MOH. MOHAMED, TARIK BDA. LOS ROSALES, PO 51002 CEUTA 243.284 01/99 - 06/99
51 1999 010193632 07 510005133619 FLORES MTNEZ., M.ª NATIVI. MILLAN ASTRAY, 1 1 7 51001 CEUTA 266.861 01/95 - 12/98
51 1998 000003704 07 511000070663 FDEZ. FDEZ., VIOLANTE IBIZA, 10 51001 CEUTA 42.247 05/98 - 05/98
51 1998 005010924 07 511000070663 FDEZ. FDEZ., VIOLANTE IBIZA, 10 51001 CEUTA 60.001 05/98 - 05/98
51 1999 010349034 07 511000332664 MOHTAR MOHAMED, YUSEF TTE. RUIZ. PENSION, 3 2 51002 CEUTA 202.736 02/99 - 06/99
51 1999 010369242 07 511000390662 DURAN MUÑOZ, JULIO TRUJILLO GLEZ., 7 51002 CEUTA 76.980 03/99 - 04/99
51 1999 010369646 07 511000497564 AHMED SAYAD, MOHAMED CLAUD. VAZQUEZ, PRO 51002 CEUTA 38.490 01/99 - 01/99
51 1999 010350448 07 511000618513 CASANOVA GAR., MARGA. MENDEZ NUÑEZ, 6 51001 CEUTA 259.808 01/99 - 06/99
51 1999 010350751 07 511000640034 LAHASEN HIDAR, MOH. PASJ. RECREO "CONST. P 51001 CEUTA 259.808 01/99 - 06/99
51 1999 010146243 07 511000975591 EL MECHK. KARKAS, MOH. CASTILLO HIDALGO, 49 51003 CEUTA 253.481 07/98 - 12/98
ADMINISTRACION: 01
REG./SECTOR: 0811 R. E. MAR (C.AJ.GR
Número de Identificador C. P. Importe Período
Prov. Apremio del S. R. Nombre / Razón Social Domicilio Localidad Reclamado Liquidación
51 1999 010214345 10 51002150183 ISL. DE NAVEGACION, S.A. MUELLE CAÑONERO, 0 51001 CEUTA 113.208 03/99 - 03/99
51 1999 010232735 10 51002150183 ISL. DE NAVEGACION, S.A. MUELLE CAÑONERO, 0 51001 CEUTA 109.557 04/99 - 04/99
51 1999 010214547 10 51003080171 ALMINA FISH, S.A. INDEPENDENCIA, 7 0 51001 CEUTA 324.984 03/99 - 03/99
467
857 B. O. C. CE. - 3.887 Viernes 17 de marzo de 2000
51 1999 010232937 10 51003080171 ALMINA FISH, S.A. INDEPENDENCIA, 7 0 51001 CEUTA 324.984
04/99 - 04/99
ADMINISTRACION: 01
REG./SECTOR: 2300 - RECURSOS DIVERS
Número de Identificador C. P. Importe Período
Prov. Apremio del S. R. Nombre / Razón Social Domicilio Localidad Reclamado Liquidación
51 1999 010415015 07 511000035604 HUSSEIN AHMED, MOHAMED AVDA. EJER. ESPAÑOL 51002 CEUTA 910.800 01/97 - 01/99
51 1999 010414914 07 511000455633 RAHAMA AHMED, HAMAR COLOMBIA, 21-0 51002 CEUTA 1.285.224 01/97 - 01/99
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
858.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos por providencia de esta fecha dictada en el presente procedimiento de Juicio de Faltas n.º 64/00, que se sigue por la supuesta falta de Art. 636 del C. P., he mandado citar a D. Mohamed Andaloussi, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 10 de abril del 2000, a las 10,10 h., en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive, s/n., a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en Ceuta, a 7 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO.
859.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos por providencia de esta fecha dictada en el presente procedimiento de Juicio de Faltas n.º 55/00, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D.ª Fatima Benalou, en calidad de denunciante, a fin de que comparezca el próximo día 30 de marzo del 2000, a las 10,10 h., en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive, s/n., a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en Ceuta, a 7 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO.
860.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos por providencia de esta fecha dictada en el presente procedimiento de Juicio de Faltas n.º 59/00, que se sigue por la supuesta falta de hurto, he mandado citar a D. Alí Mohamed Dahman, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 30 de marzo del 2000, a las 10,20 h., en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive, s/n., a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en Ceuta, a 7 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
861.- D.ª Otilia Martínez Palacios, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción Número Cuatro de los de Ceuta por la presente, al estar así
acordado en el Procedimiento Sumario n.º 1/99 sobre daños, desobediencia,
robo, se cita y llama a D. Abdelazis Mustafa, nacido en Argelia en 1973, hijo de Ahmed y
Fátima, indocumentado y domiciliado ultimamente en Ceuta, en el Campamento Calamocarro,
para que en el término de diez días, comparezca ante este Juzgado de Instrucción, como
comprendido en el supuesto del artículo 835.1.º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,
apercibiéndole de ser declarado rebelde si no lo verifica.
Se ruega y ordena a la Policía Judicial, se lleve a cabo su búsqueda y presentación ante este Juzgado.
En la Ciudad Autónoma de Ceuta, a 6 de marzo de 2000.- LA MAGISTRADA-JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
862.- En autos de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Propuesta de Providencia Secretario Sr. Pilar Gracia.
En Ceuta a seis de marzo de dos mil.
Por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Emplácese a los demandados en ignorado paradero a través de Edictos para que en el plazo de diez días comparezcan en legal forma mediante Abogado que les defienda y Procurador que les represente en las actuaciones, con el apercibimiento de que de no verificarlo, serán declarados en situación procesal de rebeldía, siguiendo el pleito su curso sin hacerles más notificaciones ni citaciones que las que expresa la Ley.
Así lo propongo y firmo. Doy Fe.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados D.ª Antonia Baro, D.ª Ana Belén Gallardo Baro y D. José Manuel Gallardo Baro se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento en Ceuta a seis de marzo de dos mil.- EL SECRETARIO.
863.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.
Doy Fe y Testimonio:
Que en el Juicio de Faltas n.º 58/2000, seguidas por una falta de contra el patrimonio, contra D. Hamidi Ablassa y D. Mohamed Kehor, se ha acordado en providencia de fecha de hoy sean citados D. Hamidi Ablassa y D. Mohamed Kehor, en calidad de denunciados, a fin de que comparezcan el próximo día 26 de abril de 2000, a las 10,50 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de Letrado.
468
Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 871
Y para que conste y sirva de citación a D. Hamidi Ablassa, D. Mohamed Kehor, actualmente
en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta,
expido el presente en Ceuta a seis de marzo de dos mil.- EL SECRETARIO.
864.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.
Doy Fe y Testimonio:
Que en el Juicio de Faltas n.º 55/2000, seguidos por una falta de desobediencia, contra D. Mustafa Ben Mohamed se ha acordado en providencia de fecha de hoy, que sea citado D. Mustafa Ben Mohamed, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca en este Juzgado el próximo día 26 de abril de 2000, a las 10,35 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de Letrado.
Y para que conste y sirva de citación a D. Mustafa Ben Mohamed, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido el presente en Ceuta a seis de marzo de dos mil.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
865.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm. 555/98, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, ha mandado citar a D.ª Rabea Ahmed Ahmed titular D.N.I. n.º 45.093.327, en calidad de denunciada, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 10,20 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar el Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
866.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm. 555/98, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Abdelhila Chadda, titular pasaporte marroquí núm. H-857587, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 10,20 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
867.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro
por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm.
265/99, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Mohamed
Zaidi, titular pasaporte marroquí núm. K-578628, en calidad de denunciado, a fin de que
comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 10,50 horas, en la Sala de
Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/
n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le
pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
868.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm. 265/99, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Bouselam El Ahurech, titular pasaporte marroquí núm. H-591044, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 11,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
869.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm. 368/98, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Jorge Pérez Mohamed, nacido en Ceuta el 6 de mayo de 1981, hijo de José y de Juana, en calidad de denunciante, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 10,20 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
870.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm. 423/97, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D.ª Fatima Ouidad, titular de la Tarjeta de Residencia núm. 0-0413425-T, en calidad de denunciada, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 11,10 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
871.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm. 372/99, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Mohamed Liazid, titular indocumentado, nacido en Tetuán (Marruecos) en 1973, hijo de Ahmed y de Fatma, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 11,20 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
469
872 B. O. C. CE. - 3.887 Viernes 17 de marzo de 2000
872.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por
providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm.
368/99, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Mustafa El
Tune o Disir Addi, hijo de Anne y de Fatima, nacido en Argelia en 1974, indocumentado, en
calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las
10,40 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/n, a
fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán
los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
873.- El Ilmo. Sr. D. Jesús Martínez Escribano Gómez, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de Ceuta.
Hago Saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de Juicio de Menor cuantía n.º 202/98 a instancia de D. Juan Carlos Ríos Díaz, D. Manuel Cámara del Río, y D.ª Covadonga Fernández Fernández, representados en autos por el Procurador Sr. Ruiz Reina contra D. José María Gallego Sánchez, D.ª Aurelia Cabrera Ledinez, Kausen y Madrigal S.A. y Orsino 300 Innovaciones, S.L. en reclamación de cantidad de 6.449.732 pesetas, por el presente se emplaza a D. José María Gallego Sánchez y D.ª Aurelia Cabrera Lendinez, en ignorado paradero, a fin de que en el plazo de diez días comparezcan en autos defendidos por Letrado y representados por Procurador, y si así lo verifican, se les concederán otros diez días a fin de contestar la demanda, bajo apercibimiento de que en caso de no verificarlo, serán declarados en rebeldía procesal.
Y para que sirva de emplazamiento a los demandados D. José María Gallego Sánchez y D.ª Aurelia Cabrera Lendinez, expido el presente que será publicado en el Tablón de anuncios de este Juzgado y asimismo y con los insertos necesarios en el B.O.C.
Ceuta, a seis de marzo de dos mil.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
874.- En virtud de lo acordado por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de los de Ceuta D. Jesús Martínez-Escribano Gómez, en auto dictada en las presentes actuaciones, en Juicio Ejecutivo n.º 221/99, seguido a instancia del Banco Bilbao Vizcaya, S.A. representado por la Procuradora Sra. Toro Vílchez, contra D. Eduardo Luque Barriga en reclamación de 130.489 ptas. de principal, más 100.000 ptas. que se presupuestan para intereses, gastos y costas, y siendo ignorado el paradero del citado demandado, con fecha actual y sin previo requerimiento de pago se ha efectuado diligencia de embargo con fecha 4 de febrero del corriente.
Acordándose asimismo verificar la citación de remate por medio del presente edicto, en la forma prevenida por el art. 269 de la Ley de Enjuicimiento Civil, concediéndose al mencionado demandado el término de nueve días, para que se persone en los referidos autos y se oponga a la ejecución si le conviniere, significándole que están a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, las copias de la demanda y documentos presentados.
En Ceuta a 2 de febrero de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
875.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, por su Decreto de fecha 18-2-00 ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
Con fecha 1 de octubre los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento, Urbanismo y Vivienda 1 de octubre, emiten informe en el que señalan, que en la fachada trasera de la practica totalidad de locales de la Plaza Rafael Gibert y que colindan por su parte trasera con la C/. Teniente José Olmo, y cuyas paredes de cerramiento posterior apoyan sobre el lienzo de muralla real, se encuentra en estado de verdadero peligro para con los viandantes y tráfico rodado, debiéndose efectuar de inmediato obras tendentes a la demolición de cerramientos, cornisas y balconajes así como la limpieza de malezas y arbustos para posterior picado, enfoscado de zonas deterioradas y pintado con pintura pétrea. Se proponen en el informe las medidas necesarias que se habrán de adoptar. Consta asimismo el informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
De conformidad con el artículo 19 de la Ley 6/98, de 13 de abril, los propietarios de toda clase de terrenos, y construcciones deberán destinarlos a usos que no resulten incompatibles en el planeamiento urbanístico y mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Por su parte, el artículo 3.4.3.1.a), señala en urbanizaciones las condiciones mínimas de seguridad, salubridad y ornato, corriendo a cuenta de sus propietarios la conservación de calzadas, aceras, redes de distribución y servicio del alumbrado, y de los restantes elementos que configuren la urbanización. El Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda ostenta competencia en materia de licencias urbanísticas, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 1-9-99.
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se inicia de oficio el procedimiento para la ejecución de obras a realizar por los propietarios de los locales sitos en Plaza Rafael Gibert y que colindan con la C/. Teniente José Olmo, según informe de fecha 1-10-99. 2º) Se concede a los interesados un plazo de 10 días para la formulación de alegaciones y, para presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. 3º) Dar a los interesados traslado del texto integro del informe de fecha 1-10-99."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Daniel Delgado González, Dª. Mercedes Rubio Mejías, D. Claudio Romero Rodríguez, D. Agustín Baro Alegre, Dª. Dolores Abad Rodríguez, D. Antonio Gallardo, D. Antonio Atencia Bourman, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, 10 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Sampietro Casarramona.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
876.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda con fecha 2-3-00 comunica lo siguiente:
"Con fecha 26 del pasado mes de mayo se aprobó
470
Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 878
inicialmente el Estudio de Detalle "Arroyo Paneque", abriéndose un periodo de
información pública de un mes.
En ese trámite se obvió la exigencia contenida en el art. 140 del Reglamento de planeamiento, de notificación personal a los propietarios y demás interesados directamente afectados, por lo que mediante el presente escrito se subsana tal deficiencia.
Los objetivos que persigue el ED son los siguientes:
a) Definir las alineaciones y rasantes del nuevo vial que cruzará transversalmente el SG-7 uniendo la Avda. de Otero con las Barriadas Pedro Lamata y del Rocío, así mismo permitirá la realización del Proyecto del Centro de Salud previsto en el terreno cedido al INSALUD en Avda. Otero.
b) Definir alineaciones y rasantes tanto en la Plaza Nicaragua donde se pretende realizar dicho proyecto como un Ufapance donde se pretende construir un Centro Docente (equipamiento escolar).
c) Delimitar el Ámbito Ajardinado existente en la zona de la C/. Romero de Córdoba, mediante la definición de alineaciones y rasantes de la calle peatonal prevista en la misma por el P.G.O.U.
d) Delimitar el Ámbito de protección de los restos de las Murallas Merinidas, definiendo las alineaciones y rasantes de todo el vial que recorre longitudinalmente los terrenos Arroyo Paneque, uniendo la Barriada San José con la Avda. de España.
e) Definir alineaciones y rasantes en la esquina de Avda. de España con el nuevo vial, antes citado, para que se puedan materializar las actuaciones urbanísticas y edificaciones previstas en la zona.
f) Resolver el cruce a distinto nivel que se produce entre los dos viales principales que se proponen:
Por un lado el que une Bda. de San José con Avda. de Otero (longitudinal) y por el otro Avda. de Otero con Bda. del Rocío y Pedro Lamata (transversal).
Durante el plazo de un mes podrá examinar el expediente y formular las alegaciones que procedan.
Asimismo, le comunico que el sistema de gestión será el de expropiación, regulado en los arts. 194 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D.ª Soodia Ahmed Alí, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, 10 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Sampietro Casarramona.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
877.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, con fecha veintiocho de febrero del año dos mil, dictó el siguiente decreto:
ANTECEDENTES
D. Yamal Chadik Hamadi, solicita licencia de implantación de Carnicería y
Alimentación, en C/ Claudio Vázquez, Edificio La Reina, Local nº 6. Los Servicios
Técnicos Municipales emiten informe con fecha 24 de Febrero de 2.000, indicando lo
siguiente: "Con respecto a las condiciones técnicas generales y particulares que
según las NN.UU. del planeamiento vigente, deben cumplir lo locales para el desarrollo de
la actividad solicitada se observan deficiencias a subsanar: No se justifica que se cumpla
el último párrafo del art. 9.10.6. de las NN.UU. Deberá justificar que se cumple que
entre las veintidós y las ocho horas, el nivel sonoro admisible en el domicilio del
vecino más afectado no sobrepasará en
más de tres decibelios (3 dB A) al ruido de fondo, entendiéndose por tal el de ambiente
sin los valores punta accidentales.
Con respecto al R.A.M.I.N.P. la actividad se considera MOLESTA E INSALUBRE por los ruidos que produce la maquinaria, olores de la mercancía almacenada, y eliminación de despojos. Deberá justificarse, que no se van a emitir ruidos ni vibraciones molestas con los motores de las cámaras frigoríficas que funcionen durante la noche, (apartado 3.1 de este informe)."
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El art. 51 de la Ordenanza Reguladora de la Disciplina Urbanística dispone que examinados los expedientes y a la vista del contenido de la documentación presentada, los servicios técnicos correspondientes propondrán la subsanación de las deficiencias detectadas, que deberán ser comunicadas al interesado según lo dispuesto en el art. 2.5.11 de las Normas Urbanísticas del P.G.O.U. y de acuerdo con el art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. El art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, tras su nueva redacción aprobada por Ley 4/99 de 14 de enero, establece que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del art. 42. El desempeño de las funciones en materia de licencias de implantación corresponde al Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad, en su Decreto de fecha 01-09-99.
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se requiere a D. Yamal Chadik Hamadi, para que en el plazo de 15 días presente documentación en la que se refleje la subsanación de las deficiencias, indicadas por los Servicios Técnicos Municipales, que figuran en los antecedentes de esta resolución. 2º) Se indica a D. Yamal Chadik Hamadi, que de no cumplimentar el requerimiento anterior en el plazo precitado, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución a tal efecto."
Lo que se publica a los efectos previstos en el Art. 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común mediante Anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Yamal Chadik Hamadi.
Ceuta, 10 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
878.- El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en sesión celebrada el día 3 de marzo actual, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"2.2.- Aprobación, si procede, de Propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Medio Ambiente relativa a designación de áreas para su clasificación como zona de Especial protección para las Aves.
471
878 B. O. C. CE. - 3.887 Viernes 17 de marzo de 2000
Por el Secretario Letrado Acctal. se da lectura a Propuesta del Excmo. Sr. Consejero de
Obras Públicas y Medio Ambiente que, copiada a la letra, es del siguiente tenor literal:
"La Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, en su art. 4.1 establecen que los Estados miembros clasificaron en particular como zonas de protección especial (ZEPAs) los Territorios más adecuados en número y superficie para la conservación de las aves del Anexo I dentro de la zona geográfica marítima y terrestre en la que es aplicable dicha Directiva.
El centro de Restauración Forestal y Educación Ambiental de esta Ciudad emite informe en relación con la extensión del área ZEPA en nuestra Ciudad (27/01/2000), cuya propuesta se acepta por parte de esta Consejería.
La competencia en materia de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres la ostenta la Ciudad en virtud del Real Decreto 2493/96, de 5 de diciembre, atribuyéndose al Consejo de Gobierno el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas correspondientes (art. 4.b del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Consejo de Gobierno).
Por todo lo anterior se propone la adopción de los siguientes acuerdos:
1º) Designar para su clasificación como zona de Especial protección para las Aves, las Areas que a continuación se describen:
ZONA Nº 1
Denominación: Benzú-Calamocarro.
Código NUT: ES6310001
Superficie: 605 hectáreas.
Límites: Al oeste con el perímetro fronterizo; al norte con las aguas de la bahía norte, hasta la desembocadura del Arroyo de San José; al este, desde la desembocadura del Arroyo San José y hacia el sur, sigue el cauce de este arroyo hasta alcanzar la cota antedicha hasta el cerramiento del Embalse del Renegado y circunda al mismo hasta llegar a la parcela nº 93, por cuyo límite éste sube hasta la divisoria de aguas entre el Arroyo del Renegado y el Barranco de Topete; esta divisoria constituye el límite sur, ascendiendo por la Loma de las Arvejas hasta la Torre de Isabel II, desde donde baja por el Arroyo del Ahorcado hasta alcanzar el perímetro fronterizo (Arroyo de las Bombas).
ZONA Nº 2
Denominación: Acantilados del Monte Hacho.
Código NUT: ES6310002
Superficie: 33 hectáreas.
Comprende dos subzonas.
Subzona A: Al norte con las aguas del Mar Mediterráneo; al este con el vertedero de Santa Catalina; al sur con la Carretera Autonómica nº 1, al oeste con la Barriada del Sarchal.
Subzona B: Al este y al sur con las aguas del mar Mediterráneo, al oeste con la Cañada de Fuente Cubierta, por donde asciende hasta la cota de los 75 m. que sigue hasta Santo Matoso, por encima del Castillo del Desnarigado, que sigue hasta la Punta de las Cuevas, por donde desciende hasta el nivel del mar.
2º) Publicar esta designación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta."
Lo que le traslado a los efectos procedentes.
Ceuta, 14 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Insp. Prov. de Trabajo y Seguridad Social
879.- D. José Diego Cruces de la Vega, Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta.
Certifica: Que la Inspección Provincial de Trabajo ha levantado Actas de Infracción a las empresas y/o trabajadores que a continuación se relaciona, que no han podido ser notificadas al haberse agotado sin resultado el trámite usual de los previstos en el art. 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admones. Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/92, de 26-11-92.
Expedientes: Empresa Sanción
23S-20/2000 Hamido Moh. Mohamed-Rabeh 200.000
2H-22/2000 Mohamed Hussein, Alí 250.100
13E-24/2000 Halil Mohamed, Mohamed 1.500.300
1V-26/2000 Habiba Ahmed Maimón, Yesti 50.100
5H-28/2000 O,Donel 97 Construcciones, S.L. 250.100
5H-29/2000 O,Donel 97 Construcciones, S.L. 250.100
3H-30/2000 Cons. Intecom Mediterránea, S.L. 250.100
5H-31/2000 Cons. Intecom Mediterránea, S.L. 250.100
Se advierte a las empresas y/o trabajadores que las presentes resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo no obstante, si se desea presentar escrito de Alegaciones en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación.
Y para que conste, expido y firmo la presente certificación en Ceuta, a tres de marzo de dos mil.
Ministerio de Defensa
Gobierno Militar de Ceuta
880.- D. Carlos Luis Casado Arenas, Instructor del Negociado de Expedientes Administrativos núm. 17 de Ceuta.
Hace Saber: Que no habiéndose podido efectuar la notificación reglamentaria a D. Ahmed Abdel-Lah Ahmed, provisto de D.N.I. n.º 45.091.454, de conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero, que en el expte. n.º 30/99 (2/1029/99), que se le instruye, por la presunta falta de "Construcción sin autorización", por el presente se le notifica en relación con dicho expediente, se persone este Negociado de Expedientes Administrativos n.º 17, sito en el Organo de apoyo al Comandante Militar, Avda. de la Marina Española s/n (antiguo Gobierno Militar), en el plazo de ocho días a partir del día siguiente de la publicación al objeto de Notificación al Pliego de Cargos; en caso de que no comparezca se le declarará decaído en su derecho al trámite para el que es citado, conforme a lo dispuesto en el art. 76.3 de la Ley 30/92, continuándose con el procedimiento.
Ceuta, 10 de marzo de 2000.- EL CAPITAN INSTRUCTOR.- Fdo.: Carlos Casado Arenas.
472
Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 885
Delegación del Gobierno en Ceuta
Oficina Única de Extranjeros
881.- En relación con su solicitud de renovación de T.I.R. n.º 99.008.073 por caducidad, le comunico que procede acceder a la concesión de dicho documento con validez por cinco años, para lo que deberá personarse en esta Oficina de Extranjeros, sita en la Delegación del Gobierno en Ceuta de 9 a 14 horas, en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha del recibo de esta comunicación.
Deberá aportar dos fotografías.
T.I.R. Caudacada.- LA JEFA DE LA OFICINA DE EXTRANJEROS.- Fdo.: Ana Fernández de Loaysa Romeu.
882.- En relación con su solicitud de renovación de T.I.R. n.º 99.013.164 por caducidad, le comunico que procede acceder a la concesión de dicho documento con validez por un año, para lo que deberá personarse en esta Oficina de Extranjeros, sita en la Delegación del Gobierno en Ceuta de 9 a 14 horas, en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha del recibo de esta comunicación.
Deberá aportar dos fotografías.
T.I.R. Caducada.- LA JEFA DE LA OFICINA DE EXTRANJEROS.- Fdo.: Ana Fernández de Loaysa Romeu.
Delegación del Gobierno en Ceuta
883.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Guardia Civil
Denunciado: David Moreno Gómez, DNI n.º 46.061.122.
Hechos Imputados: Portar 59 gras. de haschish, el pasado día 8-1-00, cuando se encontraba en la Estación Marítima de Ceuta.
Calificación: Infracción Grave.
Precepto Infringido: Art. 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Protección a la Seguridad Ciudadana.
Sanción que pudiera corresponder: De 50.001 a 1.000.000 Ptas.
Organo competente. Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92)
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de quince días desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 250.000 Ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo
y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno a quienes
son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre de Régi
men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO, P.S.L. (Art. 22.4 Ley 6/1997, de 14 de abril).- EL
SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
884.- ANTECEDENTES
Primero: Con fecha 3-11-99 el Delegado del Gobierno acordó la iniciación del presente expediente sancionador simplificado a D. Amar Hamadi Abdelkader, presuntamente responsable de una infracción al art. 26 i) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Seguridad Ciudadana.
Segundo: Seguido el procedimiento con las formalidades reglamentarias preceptivas, se notificó con fecha 26-11-99 el acuerdo de iniciación al inculpado, concediéndole un plazo de 10 días, con el fin de formular alegaciones, y en su caso, proponer prueba.
Tercero: Transcurrido el término señalado, el interesado presentó las alegaciones que estimó convenientes.
Cuarto: El día 23-12-9, el Instructor formuló la propuesta de resolución, proponiendo la sanción de 25.000 ptas., concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
Quinto: Con fecha 4-2-00 es notificada la Propuesta de Resolución, no presentando las alegaciones correspondientes.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero: Durante las actuaciones practicadas en el procedimiento sancionador instruido, escuchadas las alegaciones, analizados los documentos y valoradas las pruebas practicadas, han quedado plenamente demostrados los siguientes hechos: originar desorden en un establecimiento público (Hospital Civil), el pasado día 30-9-99.
Segundo: Estos hechos son constitutivos de una infracción de carácter leve, tipificada en el art. 26 i) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Seguridad Ciudadana.
En su virtud, Acuerdo:
Declarar a D. Amar Hamadi Abdelkader, autor de la infracción expresada en los fundamentos anteriores, imponiéndosele una sanción de 25.000 Ptas.
Contra esta resolución, podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro del Interior en el plazo de un mes, pudiendo presentarlo en este Centro o ante el superior jerárquico citado, de conformidad con lo establecido en el art. 21.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero.
En el supuesto de que no haga uso del derecho a recurrir, deberá hacer efectiva la sanción en esta Delegación del Gobierno en el plazo anteriormente citado, apercibiéndole de que, transcurrido dicho término sin que el pago haya sido efectuado, se procederá a la ejecución forzosa de la sanción impuesta, mediante el procedimiento de apremio sobre patrimonio.
Ceuta, 18 de febrero de 2000.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO, P.S.L. (Art. 22.4 Ley 6/1997, de 14 de abril).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Fernández García.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
885.- En la Unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del
Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de
473
885 B. O. C. CE. - 3.887 Viernes 17 de marzo de 2000
la Constitución n.º 2 (11071-Cádiz) se encuentra el siguiente documento:
Pliego de cargos.
Expte.: 2000/0109 a nombre de:
Mohamed Ahmed, Halid (31.855.548)
Finca Guillén, 4
51004 - CEUTA
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 21 de febrero de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José A. Cantos Aberasturi.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
886.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta.
Hace Saber: 1.º Que en este Juzgado se siguen autos de cognición al n.º 316/99 a instancias de GMAC España, S.A. de Financiación contra D. José Luis Antorrenas López, y D.ª María Eugenia Fernández Pareja, y en el que se ha acordado lo siguiente:
En virtud de lo acordado en este Procedimiento, se cita para la prueba de confesión judicial que tendrá lugar en este Juzgado el próximo día 13 de marzo a las 10,45 horas y caso de no comparecer el demandado, se señala por segunda vez la audiencia del día 14 de marzo a las 10,45 horas.
Y para que sirva de citación en legal forma a D. José Luis Antorrenas López y D.ª María Eugenia Fernández Pareja, de ignorado paradero, se expide el presente en la Ciudad de Ceuta y a tres de marzo de 2000, doy fe.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
887.- En autos de juicio de Cognición seguidos en este Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Ceuta con el n.º 333/1997 a instancia de Planeta Crédito, S.A. contra D. Carlos Carmona Alba Planeta Crédito, S.A. se ha dictado resolución de esta fecha que contiene el siguiente particular:
Propuesta de Providencia del Secretario Judicial D. José Antonio Martín Robles.
En Ceuta, a siete de marzo de dos mil.
Presentado el anterior escrito por el Procurador de la parte actora Pulido Domínguez, únase a los autos de su razón, se tienen por hechas las manifestaciones que en el mismo se contienen y de conformidad con lo solicitado líbrese mandamiento al Registro de la Propiedad de Ceuta a fin de que expidan certificación de cargas de la finca embargada y requiérase al demandado D. Carlos Carmona Alba a fin de que en el término de seis días aporte los títulos de propiedad de la referida finca (finca registral 15.919), requerimiento que se efectuará por medio de edictos para lo que se librarán los oportunos despachos.
Lo que así se propone y firma, Doy Fe.
Conforme el Secretario D. José Antonio Martín Robles la Magistrado Juez D.ª María Otilia Martínez Palacios.
Y para que sirva de requerimiento a los demandados en paradero desconocido D. Carlos
Carmona Alba Planeta
Crédito, S.A., expido la presente en Ceuta a 7 de marzo de 2000.- EL/LA SECRETARIO.
888.- D.N.I. o Pasaporte: 5.368.855
Apellidos y Nombre del encausado: D. Juan Carlos Torralba Gómez, hijo de Antonio y de María natural de Melilla, fecha de nacimiento veintidós de agosto de mil novecientos cincuenta y ocho, último domicilio conocido en Avenida Sorolla n.º 33-4 2 - Torremolinos.
Encausado por delito contra los derechos de los trabajadores en causa Procedimiento Abreviado 13/00, del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar el auto de apertura de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la policía Judicial que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido acusado, procedan a su captura poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta a 7 de marzo de 2000.- LA MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.
889.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de Juicio de faltas n.º 235/99, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Mustafa Mohamed Merabet, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 19 de abril del 2000, a las 10,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 9 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO.
890.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de Juicio de Faltas n.º 345/99, que se sigue por la supuesta falta de lesiones, he mandado citar a D. Said Barbauni, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 10 de abril del 2000, a las 10,15 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 9 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
891.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento de juicio de faltas núm. 364/99, que se sigue por la supuesta falta de daños he mandado citar a D.ª Hafida Lahaoui, nacida en Argelia el 5 de enero de 1977, hija de Mohamed y de Fatima, en calidad de denunciante, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 12,50 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece el pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
474
Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 895
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la
Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
892.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro por providencia de esta fecha dicta en el presente procedimiento juicio de faltas núm. 364/99, que se sigue por la supuesta falta de daños, he mandado citar a D. Abdelkrim Moustanjer, nacido en Marruecos en 1976, hijo de Abdeljatid y de Saida, en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el próximo día 21 de marzo de 2000 a las 12,50 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la C/. Serrano Orive s/n, a fin de celebrar Juicio de Faltas, con apercibimiento de que si no comparece le pararán los perjuicios que arreglo a derecho.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 6 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de lo Penal
Número Dos de Ceuta
893.- Ilmo. Sr. D. E. José Silva Pacheco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal Número Dos de los de Ceuta:
Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue el Rollo de Procedimiento Abreviado n.º 71/98-M dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Instrucción Número Tres de esta ciudad, por el supuesto delito de utilización ilegítima arma de fuego entre otros particulares se ha acordado:
Citar: Mediante el presente Edicto y en calidad de testigos a D. Andrés Jarauta Casas y a D. Said Mohamed Laarbi al objeto de que comparezcan ante este Juzgado, C/. Gral. Serrano Orive s/n, entreplanta a fin de asistir a la vista del Juicio Oral, que se celebrará el próximo día 6 de abril 00 a las 10,00 horas.
No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma a los testigos anteriormente mencionados, expido el presente en la ciudad de Ceuta a 7 de marzo de 2000.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
894.- En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de D.ª Violeta Benarroch Benarroch contra D. Juan Cruces Capillas debo declarar y declaro resuelto por falta de pago de la renta el contrato de arrendamiento de vivienda sito en Calle General Aranda núm. 6 (antiguo núm. 2), azotea, de Ceuta, previniendo a la parte de la obligación que tiene de desalojarla en el término que marca la Ley y que, si no lo hace de grado, podrá ser lanzada por la Ley y que, si no lo hace de grado, podrá ser lanzada por la fuerza y a su costa; condenando al citado demandado a satisfacer al actor la suma de un millón ciento seis mil cuatrocientas veinte pesetas (1.106.420 Ptas.), cuantía correspondiente a las rentas vencidas adeudadas hasta la fecha de presentación de la demanda, así como el importe de las que venzan hasta que recaiga sentencia firme, intereses y las costas de esta Primera Instancia.
Notifíquese esta resolución a los interesados haciéndoles saber que no es firme y
que contra ella caber interponer recurso de apelación, por escrito y con firma de
Letrado, en el plazo de cinco días desde su notificación para ante la Ilma.
A.P. de Cádiz. Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos, pasando el
original al Libro de Sentencias.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Juan Cruces Capillas, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Ceuta a siete de marzo de dos mil.- EL SECRETARIO.
895.- El Ilmo. Sr. D. Jesús Martínez Escribano Gómez Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Ceuta.
Hago Saber: Que en dicho Juzgado y con el n.º 313/1996 se tramita procedimiento de cognición a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid contra D. Diego Rincón Alcántara, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta por primera vez y término de veinte días, los bienes que luego se dirán, señalándose para que el acto del remate tenga lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado, el día diez de abril a las 10,00 horas, con las prevenciones siguientes:
Primero: Que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del avalúo.
Segundo: Que los licitadores para tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente en la cuenta de este Juzgado en el Banco de Bilbao Vizcaya, S.A. n.º 1313/0000/14/0313/96, una cantidad igual, por lo menos, al veinte por ciento del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el n.º y año del procedimiento, sin cuy requisito no serán admitidos, no aceptándose entrega de dinero en metálico o cheques.
Tercero: Unicamente el ejecutante podrá concurrir con la calidad de ceder el remate a terceros.
Cuarto: En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente.
Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la celebración de una segunda, el día 14 de mayo a las 10,00 horas, sirviendo de tipo el 75% del señalado para la primera subasta, siendo de aplicación las demás prevenciones de la primera subasta.
Igualmente y para el caso de que tampoco hubiere licitadores en la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera, el día 14 de junio a las 10,00 horas, cuya subasta se celebrará sin sujección a tipo, debiendo consignar quien desee tomar parte en la misma, el 20% del tipo que sirvió de base para la segunda.
Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
Bienes que se sacan a subasta y su valor
Automóvil
Marca: Toyota
Modelo: Lan Cruiser
Matrícula: CE - 3917 - F
Valor del Avalúo: Un Millón ochocientas mil pesetas (1.800.000 Ptas.).
Dado en Ceuta a seis de marzo de dos mil.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.
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896 B. O. C. CE. - 3.887 Viernes 17 de marzo de 2000
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
896.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de los de Ceuta.
Hace Saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio Verbal 358/00 a instancias de D. Ignacio Hernando Gorostiza contra D. Abdelmalik Hossain Mohtar y otros y en el que se ha acordado citar al codemandado reseñado mediante edictos por estar en ignorado paradero para que comparezca en este Juzgado el día 21-3-00 a las 10,15 horas, de su mañana para celebrar el Juicio verbal y, apercibiéndole que caso de no comparecer se le declarará en rebeldía, teniendo por contestada la demanda y continuando el pleito su curso sin hacerle más notificaciones y citaciones que las preceptivas legales.
Y para que sirva de citación en forma al codemandado D. Abdelkalik Hossain Mohtar de Ignorado paradero, expido el presente en la Ciudad de Ceuta y a siete de marzo de dos mil.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
897.- D.N.I. o Pasaporte: Indocumentado
Apellidos y nombre del encausado: D. Ahmed Azukar, hijo de Mohamed y de Fatima natural de Argelia, fecha de nacimiento uno de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro, último domicilio conocido, no consta.
Encausado por robo con fuerza en las cosas, atentado y falta de lesiones, en causa Procedimiento Abreviado 8/00, del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta, por estar comprendido en el número 4 del artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comparecerá en el término de diez días ante el expresado Juzgado para notificar auto de apertura de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y pararle el perjuicio a que haya lugar.
Al propio tiempo, ruego a todas las Autoridades y Agentes de la Policía Judicial que tan pronto tengan conocimiento del paradero del referido acusado, procedan a su captura poniéndolo a disposición judicial.
En Ceuta, a 8 de marzo de 2000.- LA MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
898.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, por su Decreto de fecha veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
Por Decreto del Consejero de Fomento de 20-05-99, se desestima el Recurso interpuesto por los Arquitectos D.ª Ana M.ª Sales González y D.ª M.ª Teresa Cerdeira Bravo de Mansilla, por Infracción Urbanística en la ejecución de obras sin licencia en Avda. de Lisboa nº 39, de la que es promotor D. José Robles Velasco. En el mismo Decreto, se concede a las recurrentes la posibilidad de acudir a la vía contenciosa en el plazo de dos meses. Obra en el Expediente, la recepción de los traslados de los escritos con fecha 17-06-99, por lo que ha transcurrido con suficiencia el plazo otorgado por la Ley. Consta igualmente Informe Jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Art. 8.1.e) y 46 de la L.J.C.A. de 13-07-98, que permite al administrado acudir a la vía contenciosa-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la resolución. Decreto de la Presidencia de 01-09-99, en cuanto a las competencias del Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda.
PARTE DISPOSITIVA
Habiendo transcurrido con suficiencia el plazo establecido por la Ley, y no constando la interposición de Recurso en vía contenciosa, procede sin más el archivo del expediente".
Lo que le comunico a los efectos oportunos.
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. José Robles Velasco, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.
Ceuta 13 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Sampietro Casarramona.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
899.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, por su Decreto de fecha uno de febrero del dos mil, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 15-12-99, D. José M.ª Lara Gómez recibe el Traslado del Decreto del Consejero de Fomento de 18-11-99, por el que se le comunica la incoación de un Expediente de Protección de la Legalidad Urbanística y otro Sancionador, con designación de Instructora y Secretaria, concediendo en ambos casos, el preceptivo plazo de alegaciones de 15 días.- El 17-12-99, el interesado presenta escrito en el que solicita ampliación del plazo para la elaboración del Proyecto de las Obras y la obtención de la correspondiente licencia. El expedientado tiene derecho a solicitar ampliación del plazo, pero no en este momento procedimental, sino cuando en la Parte Dispositiva del Derecho de la Consejería se le de formalmente el plazo de dos meses para legalizar la obra. Por lo tanto, en este instante y a tenor del Art. 1398/93, cabe la desestimación de las alegaciones por extemporáneas y no incidir por tanto en el fondo del asunto. Consta en el Expediente Informe Jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Art. 16 del R.Dto. 1398/93, en cuanto concede al interesado un plazo de alegaciones de 15 días, a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación de iniciación del procedimiento. Decreto de la Presidencia de 01-09-99, en cuanto a las competencias del Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda.
PARTE DISPOSITIVA
Se desestiman las alegaciones presentadas por D. José Lara Gómez por extemporáneas y, no desvirtuar el fondo del asunto".
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de
domicilio desconocido en la dirección citada a D. José M.ª Lara Gómez, en los
términos
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Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 902
del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace
pública la anterior Resolución.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad, previstos en los Arts. 62 y 63 de dicha Ley ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de 1 mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (Arts. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro Recurso que estime procedente.
Ceuta 13 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Sampietro Casarramona.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
900.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda con fecha 2-3-00 comunica lo siguiente:
"Con fecha 26 del pasado mes de mayo se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle "Arroyo Paneque", abriéndose un periodo de información pública de un mes.
En ese trámite se obvió la exigencia contenida en el art. 140 del Reglamento de planeamiento, de notificación personal a los propietarios y demás interesados directamente afectados, por lo que mediante el presente escrito se subsana tal deficiencia.
Los objetivos que persigue el ED son los siguientes:
a) Definir las alineaciones y rasantes del nuevo vial que cruzará transversalmente el SG-7 uniendo la Avda. de Otero con las Barriadas Pedro Lamata y del Rocío, así mismo permitirá la realización del Proyecto del Centro de Salud previsto en el terreno cedido al INSALUD en Avda. Otero.
b) Definir alineaciones y rasantes tanto en la Plaza Nicaragua donde se pretende realizar dicho proyecto como un Ufapance donde se pretende construir un Centro Docente (equipamiento escolar).
c) Delimitar el Ámbito Ajardinado existente en la zona de la C/. Romero de Córdoba, mediante la definición de alineaciones y rasantes de la calle peatonal prevista en la misma por el P.G.O.U.
d) Delimitar el Ámbito de protección de los restos de las Murallas Merinidas, definiendo las alineaciones y rasantes de todo el vial que recorre longitudinalmente los terrenos Arroyo Paneque, uniendo la Barriada San José con la Avda. de España.
e) Definir alineaciones y rasantes en la esquina de Avda. de España con el nuevo vial, antes citado, para que se puedan materializar las actuaciones urbanísticas y edificaciones previstas en la zona.
f) Resolver el cruce a distinto nivel que se produce entre los dos viales principales que se proponen:
Por un lado el que une Bda. de San José con Avda. de Otero (longitudinal) y por el otro Avda. de Otero con Bda. del Rocío y Pedro Lamata (transversal).
Durante el plazo de un mes podrá examinar el expediente y formular las alegaciones que procedan.
Asimismo, le comunico que el sistema de gestión será el de expropiación, regulado en los arts. 194 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Gabriel
Ramos Gallego, en los
términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se
hace pública la anterior resolución.
Ceuta, 13 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Sampietro Casarramona.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
901.- La Instructora del Expediente Sancionador que se sigue contra D. José M.ª Lara Gómez, por Infracción Urbanística, ha dictado con fecha 1 de febrero de 2000, la siguiente Propuesta de Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 14-07-98, la 5.ª Sección del Estado Mayor de Ceuta, denuncia a D. José M.ª Lara Gómez, con D.N.I. nº 45.089.650 y domicilio en Bda. Postigo nº 13, por la realización de obras sin la preceptiva licencia. El 21-07-98 el Técnico Municipal emite el Informe nº 1.641/98, cuyo tenor literal es el siguiente: "DESCRIPCION OBRA: Nueva construcción de una habitación y hueco de escalera sobre la planta baja con material tradicional de obra. VALORACION OBRA: 600.000 Ptas.- SITUACION URBANISTICA: S.U. Zona 4. AR-1. III. INFORME: Para su legalización el interesado deberá aportar Proyecto Técnico Visado de Reforma y/o Ampliación, realizado por Técnico Competente, así como solicitar licencia de obra mayor". El 18-11-99 por Decreto del Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, se incoan Expedientes de Protección de la Legalidad Urbanística y Sancionador, con un plazo de alegaciones de 15 días.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Art. 225 de la Ley del Suelo de 1976 relacionado con el Art. 228 de la misma Ley, en cuanto que D. José M.ª Lara Gómez, es responsable de la Infracción Urbanística en concepto de promotor. Art. 90 del R.D.U., por lo que respecta a la graduación de la sanción (hasta el 5% del valor de lo ejecutado). Decreto de la Presidencia de 01-09-99, en cuanto a las competencias del Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda.
PROPUESTA
Procede imponer a D. José M.ª Lara Gómez una multa de 18.000. Ptas. (3% del valor de la obra)".
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. José M.ª Lara Gómez, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.
Lo que le traslado indicándole la puesta de manifiesto del procedimiento, para lo que se acompaña una relación de los documentos obrantes en el Expediente, a fin de que pueda obtener las copias de los que estime convenientes, concediéndole un plazo de 15 días para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes ante el Instructor del Procedimiento de acuerdo con lo previsto en el Art. 19 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto.
Ceuta 13 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Sampietro Casarramona.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
902.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda, D. Aurelio Mata Padilla, por su Decreto de fecha uno de febrero de dos mil, ha dispuesto lo siguiente:
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902 B. O. C. CE. - 3.887 Viernes 17 de marzo de 2000
ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 25-01-2000, D. José M.ª Lara Gómez, interpone escrito de alegaciones contra el Decreto de la Consejería de Fomento, Urbanismo y Vivienda de 18-11-99, recibido por el interesado el 15-12-99, al amparo de lo previsto en el Art. 35.e) de la Ley 30/92. En dicho escrito y contenida en la alegación 1.ª, solicita nulidad de las actuaciones por vulneración del Art. 42.4 párrafo 2º de la L.R.J.A.P. y P.A.C. y subsidiariamente (alegación 2ª), ratificación por parte de los funcionarios actuantes en la denuncia que de origen al Expediente. Del pliego expuesto por el Sr. Lara Gómez, se desprenden las siguientes conclusiones: a) las alegaciones a que se refiere el Art. 35.e) de la Ley 30/92, tienen la consideración de derecho genérico del administrado en sus relaciones con las Admones. Públicas, y se refieren a cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia. Por el contrario, el plazo a que alude la Parte Dispositiva del derecho (15 días), se refiere a lo previsto en el Art. 16 del R.Dto. 1398/93, por el que se desarrolla el Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, plazo que como el propio Reglamento explicita, se entiende sin perjuicio del derecho genérico contenido en el Art. 3 del mismo, que éste sí se incardina con el Art. 35.e) de la L.R.J.A.P. y P.A.C.- Por lo tanto, al impugnar la nulidad del Art. 62.1.a), en realidad se está intentando desvirtuar el auténtico sentido del escrito, que es hacer pasar desapercibido el hecho de que no ha comparecido el interesado en el plazo de los 15 días, que prevé el Art. 16 del Reglamento regulador de la Potestad Sancionadora. b) por lo que respecta a la alegación 2.ª y aún cuando la relación de documentos sólo es preceptiva en el trámite de audiencia del Art. 19 del Reglamento, el objeto de obtener copias y formular alegaciones en el plazo de 15 días, no existe inconveniente en remitirle en este momento copia del Expediente. En cuanto a la ratificación de los funcionarios, por lo que se refiere a los dependientes del Ministerio de Defensa, esta Ciudad Autónoma no tiene competencia para solicitarla, y en cuanto al personal propio, es el Expedientado el que debe efectuar la recusación del mismo razonada si lo estima oportuno. Consta en el Expediente Informe Jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Art. 16 del R.Dto. 1398/93, en cuanto concede al interesado un plazo de alegaciones de 15 días, a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación de iniciación del procedimiento. Decreto de la Presidencia de 01-09-99, en cuanto a las competencias del Consejero de Fomento, Urbanismo y Vivienda.
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se desestiman las alegaciones presentadas por D. José Lara Gómez, por haber sido presentadas fuera de plazo, y aún entrando en su consideración, no desvirtuar al fondo del asunto. 2.- Remítase al interesado copia de los documentos obrantes en el Expediente".
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. José M.ª Lara Gómez, en los términos del Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo
previsto en el Art. 107.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati
vo Común, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, que cabrá fundar en
cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad, previstos en los Arts. 62 y 63 de
dicha Ley ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de 1 mes, o ser impugnada
directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo
de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación
(Arts. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de
julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro Recurso que estime procedente.
Ceuta 13 de marzo de 2000.- V.º B.º EL PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Sampietro Casarramona.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
903.- El Excmo. Sr. Consejero de Administración Pública y Gestión Interna, D. Juan José Rosales Fernández, por su Decreto de fecha 16-02-2000, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 4 de febrero de 2000, el Director E.F.O. remite parte de asistencia de alumnos del Programa de Garantía Social (Albañilería), en el que figura que D. Antonio Vázquez Visiedo, Alumno Trabajador, con D.N.I. 45.096.233, no asistió al Centro de Trabajo durante los días 1, 2, 3 y 4 de febrero de 2000, sin causa justificada.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
1º.- El art. 36 de la Ley 30/91 de Presupuestos Generales del Estado, dispone que la diferencia en cómputo mensual, entre la jornada reglamentaria de trabajo y la efectivamente realizada por el trabajador dará lugar, salvo justificación, a la correspondiente deducción proporcional de haberes. 2º.- Para el cálculo del valor del día aplicable a dicha deducción se tomará como base la totalidad de las retribuciones íntegras mensuales que perciba el trabajador dividida por 30. 3º.- Por Decreto de fecha 01-09-99 del Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, se delegan genéricamente en el Consejero de Administración Pública y Gestión Interna, las competencias en materia de todo el personal de la Ciudad de Ceuta, así como las referidas a la gestión interna, entendiendo incluidas las de ornato y conservación del Palacio de la Asamblea.
PARTE DISPOSITIVA
Procédase a la deducción proporcional de haberes de D. Antonio Vázquez Visiedo, Alumno Trabajador, por no asistir al Centro de Trabajo durante los días 1, 2 3 y 4 de febrero de 2000."
Lo que le comunico significándole que contra la presente resolución podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante esta administración, con arreglo a lo dispuesto en los arts. 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 27 de noviembre y art. 69 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Asimismo, podrá interponer cualesquiera otros recursos que estime convenientes a sus derechos."
No habiendo sido posible la notificación del presente acto, se publica el mismo en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 10 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
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Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 906
904.- No siendo posible practicar la notificación a D. Mohamed Chaib Saidi en
relación con el expediente núm. 15224/2000, se publica el presente anuncio para
acreditar que con fecha 02-03-2000, el Excmo. Sr. Presidente, ha dispuesto la siguiente
Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
La Policía Local por su escrito nº 15224/2 de fecha 22/02/2000, denuncia que D. Mohamed Chaib Saidi, titular del D.N.I. nº 45093190, con domicilio en C/.Vicedo Martínez nº 23, se encontraba efectuando transporte de mercancías peligrosas en C/. Alcalde Victori Goñalóns s/n, con el vehículo matrícula CE-0549-G, marca Peugeot 106, careciendo de la correspondiente licencia de Servicio Público.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Los hechos relatados en los antecedentes de este informe son constitutivos de una infracción administrativa, a tenor de lo previsto en los artículos 140 de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y 197.a) del Real Decreto 1211/90, de 28 de septiembre (Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres), donde se tipifica como infracción muy grave la realización de transportes públicos o actividades auxiliares o complementarias de los mismos, para los cuales la normativa reguladora de los transportes terrestres exija título administrativo habilitante, careciendo de la preceptiva concesión o autorización para el transporte o la actividad de que se trate. El órgano competente para resolver el expediente sancionador es el Presidente de la Ciudad, por su condición de Alcalde, a tenor de lo previsto en el art. 10.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto (procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora), y 13 del Reglamento de la Presidencia. Conforme determina el artº 8 del citado Real Decreto 1398/93 el presunto infractor puede reconocer voluntariamente su responsabilidad ante el Presidente. Es de aplicación el procedimiento sancionador previsto en el Real Decreto 1211/90, modificado también por Real Decreto 1772/94, de 5 de agosto, en cuya Disposición Adicional Unica establece que sin perjuicio de las peculiaridades previstas en el mismo y en los anexos que se aprueban, son de aplicación las normas correspondientes de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y, en su caso, las contenidas en las disposiciones que, con carácter general, regulen el procedimiento para el otorgamiento o extinción de las autorizaciones o el sancionador, según proceda.
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se incoa expediente sancionador a D. Mohamed Chaib Saidi, como presunto autor de
una infracción administrativa consistente en realizar transporte de mercancías
peligrosas en vehículo no autorizado, careciendo de la licencia de habilitación. 2º) Se
designa como Instructor al Viceconsejero de Servicios, D. José Manuel Gómez Roca, y
Secretario a D. Leopoldo Torroba López, Jefe de Negociado de la Consejería de
Presidencia y Relaciones Institucionales que podrán ser recusados en cualquier momento
del procedimiento. 3º) Se concede al expedientado un plazo de 15 días para aportar
cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso,
proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse". Lo que pongo en su
conocimiento significándole que el plazo concedido en esta Resolución comenzará a
contar a partir del día siguiente al de la recepción
de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el art. 13.2 del Real Decreto 1398/93,
de 4 de agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones, sobre el
contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo concedido, la iniciación podrá
ser considerada propuesta de resolución."
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, a 14 de marzo de 2000.- V.º B.º EL VICECONSEJERO DE SERVICIOS.- EL SECRETARIO LETRADO.
AUTORIDADES Y PERSONAL
905.- Con fecha veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, la Presidencia decretó la avocación temporal de las competencias asignadas a la Consejera de Turismo, la Excma. Sra. D.ª Aida Piedra Rubio por ausencia de la misma.
Habiéndose producido su reincorporación en el día de hoy trece de marzo de dos mil, y de conformidad con lo previsto en los arts. 14 de la L.R.J. y P.A.C. 30/92, y art. 17 del Reglamento del Consejo de Gobierno,
VENGO EN DISPONER
1º.- Quede sin efecto en el Decreto de ocho de marzo de dos mil, por asumir las competencias nuevamente su titular, la Excma. Sra. D.ª Aida Piedra Rubio, Consejera de Turismo, a partir de su incorporación en el día de hoy veintiocho de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Así lo provee manda y firma el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, D. Antonio Sampietro Casarramona, en Ceuta a trece de marzo de dos mil.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
906.- 1- Entidad Adjudicadora
a) Organismo: Ciudad de Ceuta
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de Expediente: 178/00
2- Objeto del Contrato: Subasta de bien Inmueble
a) Tipo de contrato: s.
b) Descripción del Contrato: Subasta de la parcela sita en Calle Mendoza Nº 9.
3- Tramitación, Procedimiento y Forma:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Subasta.
d) Plazo de presentación de ofertas: 26 días naturales.
e) Lugar de presentación: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 9:00 a 14:00 horas.
f) Precio de la licitación: 4.530.084 pesetas.
g) Garantía Provisional: 181.203 pesetas.
h) Garantía definitiva: 362.406 pesetas.
i) Lugar de apertura de Plicas: Sala de Juntas del Edificio Ceuta Center, al día siguiente del plazo de presentación de proposiciones.
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906 B. O. C. CE. - 3.887 Viernes 17 de marzo de 2000
En Ceuta a 14 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
907.- El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en sesión celebrada el día 10 de los corrientes, adoptó el siguiente acuerdo:
4.1.- Aprobación, si procede, de Propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Medio Ambiente relativa a designación de lugares de interés Comunitario.
Por el Secretario Letrado se da lectura a Propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Medio Ambiente que, copiada a la letra, es del siguiente tenor literal:
"Cumplimentando Real Decreto 1997/95, de 7 de diciembre (que trae causa de la Directiva 92/43/CEE, sobre la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre), se remitió a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza (Ministerio de Medio Ambiente) en febrero del pasado año una propuesta de lugares de importancia comunitaria (LICs) de la Ciudad, junto a la documentación preceptiva: formularios, cartografía de parámetros en formato digital.
La Dirección General de Conservación de la Naturaleza adjunta esta propuesta a la lista española de lugares, y es presentada la Comisión por la Representación Permanente de España ante la Unión Europea el 5/5/99.
Tras celebrar la primera ronda de Seminarios biogegráficos Red Natura 2000, la Comisión invita a los Estados Miembros a entregar una nueva lista que será objeto de estudio por el Centro Temático de París y posterior revisión en una segunda ronda de Seminarios.
Esta invitación responde a la representación insuficiente (a juicio de la Comisión) de una serie de tipos de hábitats y de taxones en las listas propuestas.
Con fecha 23-2-2000 el CERFEA emite un informe sobre las conclusiones de la Comisión a que nos referimos en el párrafo anterior, en el que concluye que "de acuerdo con nuestro criterio y tal y como nos ha expresado verbalmente el director del equipo técnico Red Natura 2000 de la D.G.C.N. la ciudad Autónoma de Ceuta ha cumplido fielmente con lo dispuesto en la Directiva 92/43/CEE y no a verse obligada a ampliar sus propuestas, ni en número ni en extensión territorial, caso contrario al de las ZEPA's..."
Finalmente, con fecha 2-3-2000 el referido Centro de Restauración Forestal y Educación Ambiental, emite un informe en el que se detalla el estado actual de la cuestión acerca de los lugares propuestos por la Viceconsejería de Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Se trata ahora de que el órgano competente apruebe la propuesta de LICs que ya en su día hiciera el Viceconsejero de Medio Ambiente, convalidando así todo lo actuado.
Los lugares que se propusieron por la Viceconsejería de Medio Ambiente para su inclusión en la lista de lugares de importancia Comunitaria de la Región Mediterránea, tienen una superficie de 638 hectáreas (32,5 % del ámbito territorial de la Ciudad), situándole como la tercera Comunidad del Estado español, en cuanto a porcentaje territorial a la lista, sólo superada por las Comunidades Autónomas de Madrid (39,71 %) y la Rioja (33,08 %).
Las características generales de estos dos lugares son las siguientes:
a) Benzú-Calamocarro.
- Código NUT: ES 6310001
- Superficie: 605 has.
- Nº de hábitats Anexo I: 13
- Nº de especies Anexo II: 11
- Nº de otras especies importantes: 164
b) Acantilados del Hacho.
- Código NUT: ES 6310002
- Superficie: 33 has.
- Nº de hábitats Anexo I: 2
- Nº de especies Anexo II: 0
- Nº de otras especies importantes: 55
Atendidas las funciones que se traspasan a la Ciudad por Real Decreto 2493/96 y lo previsto en el art. 4.b del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta, respecto al ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas, se propone a dicho órgano la adopción del siguiente acuerdo:
Aprobar la designación de los lugares de Interés Comunitario (LICs) propuestos en su día por la Viceconsejería de Medio Ambiente de esta Ciudad, para su inclusión en la lista de lugares de importancia Comunitaria de la Región Mediterránea, convalidando todo lo actuado en esta materia."
Conocida la Propuesta el Consejo de Gobierno por unanimidad ACORDO:
Aprobar la designación de los lugares de Interés Comunitario (LICs) propuestos en su día por la Viceconsejería de Medio Ambiente de esta Ciudad, para su inclusión en la lista de lugares de importancia Comunitaria de la Región Mediterránea, convalidando todo lo actuado en esta materia."
Lo que le traslado a los efectos procedentes.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
908.- Por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número cuatro de Ceuta, en los autos de Juicio de Menor Cuantía 271/98 seguidos en este Juzgado a instancia de D. Francisco Márquez Flores representado por la Procuradora Sra. González Melgar contra Pro-Ceuta, S.A., de quién se ignora su domicilio y paradero, se acuerda requerir a la referida demandada para que en el plazo de 10 días comparezca en la notaría de la ciudad de Ceuta a fin de elevar a público el contrato de compraventa objeto del presente procedimiento, procediéndose, en caso contrario, de oficio por el Juzgado.
Y para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, y que sirva de requerimiento a la demandada Pro-Ceuta, S.A. expido el presente que firmo en Ceuta a 7 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
909.- 1- Entidad Adjudicadora:
a) Organismo: Ciudad de Ceuta
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
480
Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 910
c) Número de Expediente: 100/00
2- Objeto del Contrato: Contratación del servicio de limpieza en los edificios de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
a) Tipo de contrato: Concurso.
b) Descripción del Contrato: Servicio de limpieza en los edificios de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
3- Tramitación, Procedimiento y Forma:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso, con declaración de urgencia.
d) Plazo de presentación de ofertas: 13 días naturales.
e) Lugar de presentación: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 9:00 a 14:00 horas.
f) Precio de la licitación: 24.161.000 pesetas.
g) Garantía Provisional: 483.220 pesetas.
h) Garantía definitiva: 966.440 pesetas.
i) Lugar de apertura de Plicas: Sala de Juntas del Edificio Ceuta Center, al día siguiente del plazo de presentación de proposiciones.
En Ceuta a 14 de marzo de 2000.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
910.- RESOLUCION DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y DEPORTES, POR LA QUE SE CONVOCA EXAMENES PARA LA OBTENCION DE TITULOS PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO PARA EL AÑO 2000.
La Ley Orgánica 1/1995 de 13 de marzo del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta en su artículo 21.17 establece que ejercerá competencias en la "Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio".
Por Real Decreto 34/99 de 15 de enero de 1.999, se hace efectivo el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta, en materia de enseñanzas náutico-deportiva, subacuático-deportiva y buceo profesional, y que por Decreto de fecha 1 de septiembre de 1.999 del Presidente de la Ciudad de Ceuta, le son atribuidas a la Consejera de Educación y Deportes.
La Orden de 17 de junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, define los títulos para el gobierno de estas embarcaciones y establece las normas generales que regulan las atribuciones y condiciones de la expedición de los mismos. Por Resolución de 30 de diciembre de 1997 se desarrolla la mencionada Orden y por Resolución de 17 de noviembre de 1.998 se modifica la misma.
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas
VENGO EN DISPONER
1º.- Fijar dos convocatorias de exámenes para la obtención de las titulaciones de Patrón de Embarcaciones de Recreo y Patrón de Navegación Básica para el año 2000, con arreglo al siguiente calendario:
- Primera Convocatoria para el 13 de mayo de 2000.
- Segunda Convocatoria para el 28 de octubre de 2000.
Ambas convocatorias se regirán por las bases que figuran en el anexo I de la presente Resolución.
2º.- Publicar la presente Resolución en el B.O.C.CE.
Ceuta, 9 de marzo de 2.000.- LA CONSEJERA DE EDUCACION Y DEPORTES.- Fdo.: Ana Mary Fernández Blanco.
ANEXO I
CONVOCATORIA DE EXAMENES PARA LA OBTENCION DE TITULOS PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO PARA EL AÑO 2000.
PRIMERA.- Requisitos de los aspirantes.
1º.- Los aspirantes que se presenten a la convocatoria de exámenes para los títulos de embarcaciones de recreo deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos dieciocho años de edad.
Podrán concurrir a los exámenes los menores de edad que hayan cumplido dieciséis años, siempre que tengan el consentimiento de sus padres o tutores.
b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida la expedición, renovación o convalidación de cualquiera de los títulos mencionados de acuerdo con la normativa Estatal vigente en la materia.
2º.- Estos requisitos deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la obtención de los correspondientes títulos.
SEGUNDA.- Convocatorias y Solicitudes.
1º.- Se establece como fechas de convocatorias para la obtención de las titulaciones de Patrón para la Navegación Básica y Patrón de Embarcaciones de Recreo las siguientes:
- Primera Convocatoria para el 13 de mayo de 2.000.
- Segunda Convocatoria para el 28 de octubre de 2000.
2º.- Las solicitudes de participación en las respectivas convocatorias habrán de formularse necesariamente por duplicado en el modelo de instancia que se acompaña como anexo II a la presente Resolución.
3º.- Las solicitudes dirigidas a la Excma. Sra. Consejera de Educación y Deportes, se presentarán en el registro del citado Instituto, o a través de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante los siguientes periodos:
- Primera Convocatoria del 20 de marzo al 21 de abril de 2000
- Segunda Convocatoria del 28 de agosto al 6 de octubre de 2.000
4º.- Los derechos de examen para la participación en la presente convocatoria deberán abonarse en cualquier sucursal de Caja Madrid, mediante ingreso en la cuenta corriente 2038 9881 53 6200003390, indicando "DERECHOS DE EXAMEN-P.E.R." o "DERECHOS DE EXAMEN-P.N.B.", según proceda.
La cuantía de los derechos de examen son los siguientes:
- Para Patrón de Navegación Básica 5.000 ptas.
- Para Patrón de Embarcación de Recreo 6.000. - Ptas.
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La acreditación del pago de los derechos de examen se justificará adjuntando a la
solicitud el resguardo bancario del ingreso. La falta de acreditación del pago de los
derechos de examen determina la exclusión del solicitante.
En ningún caso, la presentación y pago ante la entidad bancaria supondrá· sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación de acuerdo con lo previsto en esta convocatoria.
TERCERA.- Documentación.
1º.- A las solicitudes deberá adjuntarse un "sobre de matrícula", que se facilitar· en el Instituto Ceutí de Deportes, conteniendo la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Una fotografía a color tamaño carnet, en la que figurará al dorso el nombre y apellidos del solicitante.
c) Resguardo acreditativo de haber pagado los derechos de examen regulado en la base segunda apartado 4, cuya falta determinará la exclusión del aspirante.
d) Certificado médico oficial (según resolución de 30 de diciembre de 1997 de la Dirección General de la Marina Mercante, publicada en B.O.E. de 9 de enero de 1998, modificada por Resolución de 17 de noviembre de 1998 de la Dirección General de la Marina Mercante, B.O.E. de 11 de diciembre de 1998) o, en su defecto, fotocopia compulsada del permiso de conducir en vigor junto con un informe de un médico o diplomado Óptico en el que se certifique que el interesado cumple con el criterio 1.3 de anexo I de la citada Resolución, o fotocopia de tarjeta acreditativa del título anterior del candidato si la ha obtenido o renovado en un tiempo inferior a cinco años a la fecha de la convocatoria que solicita.
En lugar de la fotocopia compulsada de la licencia de conducción podrá· presentarse el documento expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores, de los regulados por el Real Decreto 2272/1985, de 4 de diciembre, que acredite haber superado el reconocimiento médico necesario para la obtención de la licencia de conducción. Cuando dicho documento acredite asimismo que el interesado cumple con el criterio 1.3 del anexo I no será preciso acompañar el informe médico o de diplomado en Óptica a que hace referencia el párrafo anterior.
2º.- En el supuesto regulado en la base Primera a) de la presente convocatoria deberá acompañarse documento acreditativo del consentimiento de los padres o tutores.
CUARTA.- Admisión de aspirantes.
1º.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Consejería de Educación y Deportes dictará Resolución declarando aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y las causas de exclusión, la cual se expondrá· de forma simultanea en el Tablón de Anuncios de la Ciudad de Ceuta y en el del Instituto Ceutí de Deportes.
2º.- Los aspirantes deberán comprobar, no solo que no figuran en la relación de excluidos, sino, además que sus nombres constan en la relación de admitidos. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la Resolución, para subsanar ante el Órgano convocante los defectos que haya motivado su exclusión u omisión de la lista de admitidos y excluidos.
3º.- Transcurrido el plazo establecido la Consejería de educación Deportes, dictará
Resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos que se
expondrán en los mismos lugares a los que hace referencia en el apartado 1º de esta
base. Aquellos aspirantes que resulten definitivamente excluidos tendrán derecho a la
devolución de los derechos de examen recogidos en la base segunda apartado.
4º.- Contra la Resolución de la Consejería de Educación y Deportes que excluya definitivamente a algún aspirante, que agota la vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá· interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo Órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contenciono-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo nº 1 de Ceuta, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su exposición simultánea en los tablones de anuncios de la Ciudad de Ceuta y del Instituto Ceutí de Deportes.
La Consejería de Educación y Deportes indicar· los centros o instalaciones en las que se efectuarán las pruebas de la convocatoria, así como su horario, siendo expuestas en los tablones de anuncio de la Ciudad de Ceuta y del Instituto Ceutí de Deportes y haciéndolo público en el mismo anuncio de la resolución que apruebe la lista definitiva de los aspirantes.
Los exámenes se celebrarán siempre que el número de candidatos lo justifique. Cuando el número de candidatos no justifique la realización del examen la Consejería de Educación y Deportes, con una antelación mínima de siete días naturales antes de la realización del examen teórico podrá· suspender la realización del mismo.
SEXTA.- Tribunales.
1º.- Se nombrarán Tribunales Calificadores por cada una de las titulaciones de embarcaciones de recreo. Dichos Tribunales Calificadores serán designados por la Excma. Sra. Consejera de Educación y Deportes.
2º.- Los Tribunales Calificadores, cuyos miembros deberán poseer titulación náutica profesional y/o titulación superior media con competencias en los temas de examen, estarán compuestos por un Presidente, un Secretario, que actuará con voz y sin voto en las deliberaciones, y dos vocales como mínimo.
3º.- Se nombrarán el mismo número de miembros suplentes de los Tribunales Calificadores con los requisitos establecidos en el apartado anterior.
4º.- El nombramiento de los miembros titulares y suplentes de los Tribunales Calificadores se hará· público en el mismo anuncio a que hace referencia el apartado 1º de la base cuarta de la presente convocatoria. En este anuncio se hará público asimismo la fecha de constitución de los Tribunales.
5º-. La constitución de los Tribunales Calificadores no ser· válida sin la presencia de, al menos, tres de sus miembros.
6º.- Los miembros de los Tribunales Calificadores deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Consejería de Educación y Deportes, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas para la obtención de titulaciones de Patrón de Navegación Básica o Patrón de Embarcaciones de Recreo en los dos años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
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Viernes 17 de marzo de 2000 B. O. C. CE. - 3.887 910
7º.- Los Presidentes de los Tribunales Calificadores podrán exigir a los miembros del
mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el
punto anterior.
Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales Calificadores cuando concurran las circunstancias previstas en el citado punto.
8º.- A efectos de comunicaciones y demás incidencias se determinará como sede de los Tribunales Calificadores el Instituto Ceutí de Deportes, sito en Plaza Rafael Gibert, 27 1º, 51001 Ceuta, teléfono 956-519242.
9º.- Los Tribunales calificadores elaborarán las pruebas que han de realizar en cada ejercicio y determinarán los criterios y la resolución de cuantas consultas y discrepancias puedan surgir en el desarrollo de los ejercicios para la obtención de las titulaciones de embarcaciones de recreo.
10º.- Cada uno de los Tribunales Calificadores contará con la asistencia de colaboradores o vigilantes de las pruebas que considere oportuno, con funciones de mera colaboración y vigilancia.
11º.- Los Tribunales Calificadores exhortarán a los colaboradores y vigilantes que respeten el tiempo otorgado para la realización de los ejercicios, prohibiéndose ceder cualquier tiempo adicional que supere el establecido con carácter general.
SEPTIMA.- Proceso selectivo.
1º.- Queda totalmente prohibido llevar teléfonos móviles o cualquier otro objeto de telefonía móvil a cualquiera de los ejercicios para la obtención de las titulaciones de gobierno para embarcaciones de recreo. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros de los Tribunales Calificadores, colaboradores o vigilantes con la finalidad de que acrediten dicho extremo, así como su identidad.
2º.- Si durante el desarrollo de los ejercicios llegara a conocimiento de los tribunales Calificadores que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, será excluido de los mismos, previa audiencia del interesado, poniéndose en conocimiento del Órgano convocante y, en su caso, del Ministerio Fiscal si se apreciase que pudieran incurrir en infracción penal ante las declaraciones formuladas en las instancias para concurrir a las pruebas. La exclusión de cualquier opositor se comunicar· inmediatamente a la Consejería de Educación y Deportes a los efectos legales oportunos.
3º.- Se efectuar· un solo llamamiento para cada ejercicio, exigiéndose la identificación de cada uno de los aspirantes al acceder al aula de examen.
4º.- Una vez concluidos todos los ejercicios para la obtención de las correspondientes titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, los Tribunales Calificadores publicarán con carácter provisional en los tablones de anuncios de la Ciudad de Ceuta y del Instituto Ceutí de Deportes, las listas con las calificaciones de los aspirantes presentados a cada uno de los exámenes.
5º.- Contra estas relaciones los aspirantes podrán presentar alegaciones ante los Tribunales Calificadores en el plazo de quince días naturales a partir de su publicación en los lugares anteriormente mencionados.
6º.- Vistas y resueltas las alegaciones, los Tribunales Calificadores harán pública la relación definitiva de aprobados por cada una de las titulaciones de embarcaciones de recreo, para su exposición con el DNI, tarjeta de residencia o pasaporte y puntuación en cada uno de los ejercicios.
7º.- Contra este acto, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los aspirantes podrán interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo Órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-admnistrativo nº 1 de Ceuta, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su exposición simultánea en los tablones de anuncios de la Ciudad de Ceuta y del Instituto Ceutí de Deportes.
OCTAVA.- Solicitud de expedición de títulos.
1º.- En el plazo máximo de dieciocho meses contados a partir de la exposición del listado definitivo de aprobados, los aspirantes que figuren en la misma presentarán directamente en el registro del Instituto Ceutí de Deportes o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, solicitud de títulos y de la tarjeta de identidad marítima correspondiente acompañando la siguiente documentación:
a) Un sobre conteniendo una fotografías de tamaño carnet, en las que figurará al dorso el nombre y apellidos del solicitante.
b) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, tarjeta de residencia o pasaporte.
c) Resguardo original del abono de los derechos de expedición de título, mediante ingreso en cualquier oficina de Caja Madrid.
d) Certificado de prácticas de seguridad y navegación de acuerdo con la normativa vigente en la materia o en su caso, certificación del Tribunal Calificador de haber superado el examen práctico correspondiente. En el supuesto de que los aspirantes no opten por la realización del examen práctico, las prácticas básicas de seguridad y navegación para la obtención de las correspondientes titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, se realizarán en la embarcación de una escuela u organismo, debidamente homologado o autorizado por la Consejería de Educación y Deportes o cualquier entidad con competencias en la materia, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal vigente en la materia.
e) Certificado original de haber aprobado el examen teórico correspondiente.
NOVENA.- Impugnaciones.
Cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DECIMA.-
En todo lo no regulado por la presente Resolución se estará a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Fomento de 17 de junio de 1.997, y demás disposiciones concordantes.
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Anexo III
Documentos, materiales y útiles que deberán aportar los candidatos para las pruebas:
a) Todos los candidatos a la obtención de las titulaciones reseñadas deberán ir provistos de:
* DNI, tarjeta de residencia o pasaporte.
* Lápiz, goma, bolígrafo, transportador, compás, regla, escuadra y cartabón.
* Calculadora básica.
b) El Tribunal Calificador facilitará a cada aspirante un ejemplar en facsimil de la
carta del Estrecho para la realización de los ejercicios de navegación.