BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXIV Viernes 20 de agosto de 1999 Número 3.827
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.774.- Atendido que no ha podido practicarse la notificación de resolución a Mercancías Martínez SLU con NIF: B11963287, se publica ésta de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
"El Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, por su Decreto de fecha 18 de mayo de 1999, ha dispuesto:
ANTECEDENTES DE HECHO
Mercancías Martínez S.L.U. con NIF: B-11963287, solicita la bonificación en la cuota del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a la actividad de "Transporte de mercancías por carretera" (Epg.722), con domicilio en C/ Gran Vía nº 8, declarando como fecha de inicio de la misma el 30 de julio de 1997, Rfa. 845700650018-0.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El artículo 83.3 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, establece que los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de actividades empresariales clasificadas en la Sección 1ª de las tarifas del Impuesto, cuando el número de empleados afectos a la actividad de que se trate no exceda de veinte, disfrutarán de una bonificación en la cuota.
La citada bonificación es de naturaleza reglada y tendrá carácter rogado, debiendo ser concedida expresamente a los sujetos pasivos que reúnan las condiciones requeridas y previa solicitud de éstos.
PARTE DISPOSITIVA
Se concede al sujeto pasivo una bonificación en la cuota del Impuesto de Actividades Económicas, con arreglo al cuadro siguiente:
Año 1997 .............. 75%
Año 1998 .............. 50%
Año 1999 .............. 25%
Contra esta resolución podrá interponer recurso de reposición ante la Presidencia en el plazo de un mes contado a partir de la recepción de la presente notificación, según establecen los arts. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 14 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre. EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Luis Ragel Cabezuelo.
Ceuta, 12 de agosto de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.775.- 1.- Entidad adjudicataria:
a) Organismo: Ciudad de Ceuta
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de Expediente: 568/99
2.- Objeto del contrato:
a) Descripción del contrato: Suministro de cinco vehículos con destino a la Policía de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Lugar de entrega: Ceuta
3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto
c) Forma: Concurso.
4.- Presupuesto base de licitación:
Importe Total: 11.250.000 pesetas, I.P.S.I. incluido, (67.613,86 Euros).
5.- Garantías:
a) Provisional: 225.000 Pesetas, (1.352,27 Euros)
b) Definitiva: 450.000 Pesetas, (2.704,55 Euros).
6.- Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Negociado de contratación, Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Domicilio: C/. Padilla. Edificio Ceuta Center s/n.
c) Localidad y Código Postal: 51001, Ceuta.
d) Teléfono: 956 52 82 53 - 54.
e) Fecha límite de obtención de documentos e información; veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el B.O.C.
7.- Requisitos específicos del contratista:
Los establecidos en el pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
8.- Presentación de Ofertas:
a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales siguientes al de la fecha del anuncio en el B.O.C.
b) Documentación a presentar: la especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de Presentación:
1º Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 9,00 a 14,00 horas.
2º Domicilio; Plaza de Africa, s/n.
3º Localidad y Código Postal: 51001.
d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: el determinado en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
9.- Apertura de Ofertas:
a) Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta
b) Domicilio: Consejería de Economía y Hacienda. Edificio Ceuta Center. C/. Padilla s/n.
c) Fecha y hora: a las 12 horas del día siguiente al que finalice el plazo de presentación de ofertas.
10.- Otras informaciones:
a) Gastos de anuncios: A cargo del adjudicatario.
Ceuta, a once de agosto de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
1.505
2.776 B. O. C. CE. - 3.827 Viernes 20 de agosto de 1999
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Gestión Tributaria
2.776.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:
Apellidos y Nombre o Razón Social N.I.F. Impuestos Concepto Tributario
Alcántara Trujillo, Francisco 45.042.452B Mod. 130 EJ. 97 4 T/ NPGT SANCIONES
Mohamed Haltout, Mohamed 45.085.347B Mod. 130 Ej. 98 1 T/ NPGT SANCIONES
Naval Ivorne y Asociados, S.L. B11.962.099 Mod. 110 Ej. 97 2 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099500001387
García García-Fresca, Ignacio 18.167.214C Mod. 131 Ej. 97 4 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099500001300
Alejandro Alcázar Publicidad, S.L. B11.959.004 Mod. 110 Ej. 97 3 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099500001266
Estructuras y Construcciones Anju, S.L. B11.958.485 Mod. 110 Ej. 97 2 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099500001178
Mohamed Mohamed, Abdelasis 45.082.414E Mod. 131 Ej. 97 2 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099500001134
Mohamed Mohamed, Abdelasis 45.082.414E Mod. 131 Ej. 97 3 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099500001145
Mohamed Mohamed, Abdelasis 45.082.414E Mod. 131 Ej. 97 4 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099500001156
Moreno Torres, Manuel 45.020.044M Mod. 300 Ej. 97 3 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099510000277
Estructuras y Construcciones Anju B11.958.485 Mod. 110 Ej. 97 2 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099510000112
Naval Ivorne y Asociados, S.L. B11.962.099 Mod. 110 Ej. 97 2 T/ Liquidación en Voluntaria
Liquidación A5560099510000299
Instalación Telefónica de Ceuta B11.961.513 Mod. 300 Ej. 97 4 T/ NPGT SANCIONES
Sastre Cousillas, Eider K55.100.07N Mod. 390 EJ. 98 PROPUESTA DE LIQUIDACION
Fernández Bolaños, Santiago 10.152.35Z Mod. 390 REQTO. CIDA 390 EJ. 98
Morilla Ramírez, José Luis 45.022.855X Mod. 390 REQTO. CIDA 390 EJ. 98
Bendayan Mergui, Mercedes 45.064.841K Mod. 180 REQTO. CIDA 180 EJ. 98 Rivera González, José 45.047.317T Mod. 180 REQTO. CIDA 180 EJ. 98
Hamido Mohamed, Mohamed-Rabeh 45.076.975B Mod. 190 REQTO. CIDA 190 EJ. 98
Silva Rivas, Juan Manuel 45.092.256C Mod. 190 REQTO. CIDA 190 EJ. 98
En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Tributaria de Ceuta, sita en C/. Serrano Orive núm. 2, al efecto de practicar la notificación del citado acto.
Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, a 10 de agosto de 1999.- Vº Bº LA DELEGADA DE LA A.E.A.T..- Fdo.: Ana Ester Benito Ruiz.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE GESTION TRIBUTARIA.- Fdo.: José Luis Granadino Ordóñez.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.777.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha cuatro de junio de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
El Ministerio de Defensa, Ejército de Tierra, Zona Militar de Ceuta, denuncia que D.
Jadduch Mohamed Ali Susi está ejecutando obras sin licencia en Bda. Ppe. Alfonso -
Agrupación Fuerte nº 277.- Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio
Ambiente informan con fecha 31 de Oc
1.506
Viernes 20 de agosto de 1999 B. O. C. CE. - 3.827 2.778
tubre de 1.997 (Nº 1.899/97), indicando que las obras que se ejecutan son:
"Demolición de barraca de chapa y madera. Construcción de garaje de mampostería,
de ladrillo y cubierta azotea. Superficie: 32,50 m2".- Se valoran tales obras en
1.462.500.- Ptas.- Los Servicios Administrativos de la citada Consejería emiten informe
con fecha 3 de noviembre de 1.997, que D. Jadduch Mohamed Ali Susi, no ha solicitado
licencia.- Las obras se encuentran afectadas por el PR4-AR14, todavía sin redactar, y por
tanto estas actuaciones están prohibidas en el Art. 7.1.5.1 de las Normas Urbanísticas
del PGOU.- Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El Art. 185 TRLS/76 establece que si no hubieran transcurrido 4 años desde la terminación de las obras ejecutadas sin licencia, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que en el plazo de 2 meses solicite licencia.- Si la licencia no pudiera concederse por ser contraria al planeamiento urbanístico, el Ayuntamiento acordará la demolición. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de Disciplina Urbanística, por Decreto del Presidente de 11-12-96. Los hechos relatados en los antecedentes de esta resolución son constitutivos de Infracción Urbanística, a tenor del Art. 225 TRLS/76 en relación con el 178 del mismo Texto, susceptible en sanción con multa de hasta el 5% del valor de las obras (Art. 90 Reglamento Disciplina Urbanística), resultando responsable D. Jadduch Mohamed Ali Susi, como promotor de aquéllas. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia Sancionadora por desconcentración del Presidente, efectuada mediante Bando de 07-08-96, publicado en el BOCCE nº 3.645, de 15 de agosto de 1.996.
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se incoa Expediente de Protección de la Legalidad Urbanística a D. Jadduch Mohamed Ali Susi, concediéndole un plazo de audiencia de 15 días. 2º) Se incoa Expediente Sancionador a D. Jadduch Mohamed Ali Susi, como presunto autor de una Infracción Urbanística, consistente en la ejecución de obras sin licencia en Bda. Ppe. Alfonso - Agrupación Fuerte nº 277, designándose como Instructor a la Jefa de Sección de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, Dª. Josefina Alvarez González, y Secretaria a la Jefa de Negociado del mismo Sector, Dª. Raquel Ruas Levy, que podrán ser recursadas en cualquier momento del procedimiento, concediéndole al interesado un plazo de 15 días para que aporte cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse".
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. Jadduch Mohamed Ali Susi, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Lo que le traslado significándole que los plazos concedidos en esta Resolución, comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación, ésta podrá ser considerada propuesta de resolución.
Ceuta 11 de agosto de 1.999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús Cayetano Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
2.778.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha veinte de mayo de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
El Ministerio de Defensa, Ejército de Tierra, Zona Militar de Ceuta, denuncia que D. Hassan Baddad Maimon está ejecutando obras sin licencia en Bda. Ppe. Alfonso- Agrupación Fuerte s/n. Los Servicios Administrativos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan con fecha 22 de enero de 1998, que D. Hassan Baddad Maimon, no ha solicitado licencia. Los Servicios Técnicos de la citada Consejería emiten informe con fecha 5 de febrero de 1998 (Nº 214/98), indicando que las obras que se ejecutan son: "Hormigón armado en muro de contención de 25 m de longitud, altura variable desde 2,00 m a 7,00 m y 0,50 de espesor, incluso p.p. de cimentación.
Superficie: 56,25 m3. Construcción de una planta de forjado alzada sobre edificación existente, realizada con estructura de hormigón armado y cerramiento de F.L. Superficie: 49,00 m2. Construcción de un gallinero de chapa y madera. Superficie: 32,00 m2". Se valoran tales obras en 3.000.000.- Ptas.- Las obras se encuentran afectadas por el PR4-AR14, todavía sin redactar, y por tanto estas actuaciones están prohibidas en el Art. 7.1.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU. Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El Art. 185 TRLS/76 establece que si no hubieran transcurrido 4 años desde la terminación de las obras ejecutadas sin licencia, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que en el plazo de 2 meses solicite licencia. Si la licencia no pudiera concederse por ser contraria al planeamiento urbanístico, el Ayuntamiento acordará la demolición. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de Disciplina Urbanística, por Decreto del Presidente de 11-12-96. Los hechos relatados en los antecedentes de esta resolución son constitutivos de Infracción Urbanística, a tenor del Art. 225 TRLS/76 en relación con el 178 del mismo Texto, susceptible en sanción con multa de hasta el 5% del valor de las obras (Art. 90 Reglamento Disciplina Urbanística), resultando responsable D. Hassan Baddad Maimon, como promotor de aquéllas. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia Sancionadora por desconcentración del Presidente, efectuada mediante Bando de 07-08-96, publicado en el BOCCE nº 3.645, de 15 de agosto de 1996.
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se incoa Expediente de Protección de la Legalidad Urbanística a D. Hassan Baddad
Maimon, concediéndole un plazo de audiencia de 15 días.- 2º) Se incoa Expediente
Sancionador a D. Hassan Baddad Maimon, como presunto autor de una Infracción
Urbanística, consistente en la ejecución de obras sin licencia en Bda. Ppe.
Alfonso-Agrupación Fuerte s/n, designándose como Instructor a la Jefa de Sección de la
Consejería de Fomento y Medio Ambiente, Dª. Josefina Alvarez González, y Secretaria a
la Jefa de Negociado del mismo Sector, Dª. Raquel Ruas Levy, que podrán ser recursadas
en cualquier momento del procedimiento, concediéndole al interesado un plazo de 15 días
para que aporte cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y
1.507
2.778 B. O. C. CE. - 3.827 Viernes 20 de agosto de 1999
en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse".
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. Hassan Baddad Maimon, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Lo que le traslado significándole que los plazos concedidos en esta Resolución, comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación, ésta podrá ser considerada propuesta de resolución.
Ceuta 11 de agosto de 1.999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús Cayetano Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
2.779.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha veinticinco de mayo de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
El Ministerio de Defensa, Ejército de Tierra, Zona Militar de Ceuta, denuncia que Dª. Mina Ahmed Mohamed está ejecutando obras sin licencia en Bda. Ppe. Alfonso-Agrupación Fuerte s/n. Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan con fecha 18 de Julio de 1.997 (Nº 1.176/97), indicando que las obras que se ejecutan son: "Construcción de vaquerizas y corrales, de cerramiento de bloques y cubierta de forjado de rasillón, con nervios de H.A. Superficie: 48,00 m2. Construcción de vivienda habitación, con estructura de H.A., cerramientos de fábrica de bloques ya denunciado anteriormente. Superficie: 72,00 m2".- Se valoran tales obras en 6.000.000 Ptas. Los Servicios Administrativos de la citada Consejería emiten informe con fecha 18 de julio de 1.997, que Dª. Mina Ahmed Mohamed, no ha solicitado licencia. Las obras se encuentran afectadas por el PR4-AR14, todavía sin redactar, y por tanto estas actuaciones están prohibidas en el Art. 7.1.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU.- Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El Art. 185 TRLS/76 establece que si no hubieran transcurrido 4 años desde la terminación de las obras ejecutadas sin licencia, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que en el plazo de 2 meses solicite licencia. Si la licencia no pudiera concederse por ser contraria al planeamiento urbanístico, el Ayuntamiento acordará la demolición. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de Disciplina Urbanística, por Decreto del Presidente de 11-12-96.- Los hechos relatados en los antecedentes de esta resolución son constitutivos de Infracción Urbanística, a tenor del Art. 225 TRLS/76 en relación con el 178 del mismo Texto, susceptible en sanción con multa de hasta el 5% del valor de las obras (Art. 90 Reglamento Disciplina Urbanística), resultando responsable Dª. Mina Ahmed Mohamed, como promotor de aquéllas. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia Sancionadora por desconcentración del Presidente, efectuada mediante Bando de 07-08-96, publicado en el BOCCE nº 3.645, de 15 de agosto de 1.996.
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se incoa Expediente de Protección de la Legalidad Urbanística a Dª. Mina Ahmed Mohamed, concediéndole un plazo de audiencia de 15 días. 2º) Se incoa Expediente Sancionador a Dª. Mina Ahmed Mohamed, como presunto autor de una Infracción Urbanística, consistente en la ejecución de obras sin licencia en Bda. Ppe. Alfonso-Agrupación Fuerte s/n, designándose como Instructor a la Jefa de Sección de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, Dª. Josefina Alvarez González, y Secretaria a la Jefa de Negociado del mismo Sector, Dª. Raquel Ruas Levy, que podrán ser recursadas en cualquier momento del procedimiento, concediéndole al interesado un plazo de 15 días para que aporte cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse".
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a Dª. Mina Ahmed Mohamed, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Lo que le traslado significándole que los plazos concedidos en esta Resolución, comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación, ésta podrá ser considerada propuesta de resolución.
Ceuta 11 de agosto de 1.999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús Cayetano Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
2.780.- Desconociéndose el paradero de Dª. Inmaculada Alcázar Baeza, y figurando como sujeto pasivo del Impuesto Municipal sobre Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana, con motivo de la transmisión de la finca sita en Real, 47 Atico C y Sotano 1 B a D. SAUL YUBERO HIERRO, mediante escritura pública número de protocolo 2.227/1.996 otorgada por el Sr. Notario D. Miguel V.Almazán P.Petinto, el pasado 10/12/1.996, y existiendo prueba del hecho imponible del mismo, pongo en su conocimiento que, a través de la presente comunicación se inician las actuaciones inspectoras respecto del citado impuesto y al ejercicio 1.996.
Asimismo, al amparo de lo previsto en los artículos 11.3 y 11.4 del Real Decreto 939/1986, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección de los Tributos el alcance de esta actuación es parcial.
Igualmente, pongo en su conocimiento que en el plazo de Quince días, a contar desde el siguiente a la publicación de esta comunicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, podrá a través del Registro General de la Ciudad de Ceuta:
- Solicitar que la referida comprobación tenga carácter general respecto del Tributo y ejercicio afectado por la actuación, sin que dicha solicitud interrumpa las actuaciones en curso, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes y;
- Presentar las alegaciones que estime oportunas en relación con el expediente de referencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la precitada Ley 1/1998, y al amparo de lo preceptuado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 12 de agosto de 1999.- LA INSPECTORA JEFA ACCTAL.- Fdo.: Susana García Martín.
1.508
Viernes 20 de agosto de 1999 B. O. C. CE. - 3.827 2.782
ANUNCIOS
CIUIDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.781.- 1- Entidad Adjudicataria:
a) Organismo: Ciudad de Ceuta
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación
c) Número de Expediente: 538/99
2- Objeto del contrato:
a) Descripción del contrato: Servicios de Excavación Arqueológica en el Peri Recinto Sur.
b) Lugar de ejecución: Ceuta.
3- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Urgente.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4- Presupuesto base de licitación:
Importe de licitación: 4.205.000 pesetas, IPSI incluido, (25.543,01 EUROS).
5- Garantías:
a) Provisional: 85.000 pesetas (510,86 EUROS).
b) Definitiva: 170.000 pesetas (1.021,72 EUROS).
6- Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Negociado de Contratación, Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Domicilio: Edificio Ceuta Center, C/ Padilla s/n.
c) Localidad y Código Postal: 51001, Ceuta.
d) Teléfono y FAX: 956528253-54.
e) Fecha límite de obtención de documentos e información: 26 días naturales siguientes al de la publicación del anuncio en el B.O.C.CE.
7- Requisitos específicos del contratista:
Los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
8- Presentación de ofertas:
a) Fecha límite de presentación: 13 días naturales siguientes al de la fecha de publicación de este anuncio en el BOC.
b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación:
1º) Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 9,00 a 14,00 horas.
2º Domicilio: Plaza de Africa, s/n.
3º Localidad y Código Postal: Ceuta 51001
d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta:
El determinado en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
9- Apertura de Ofertas:
a) Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Domicilio: Consejería de Economía y Hacienda. Edificio Ceuta Center. C/ Padilla s/n.
c) Localidad: Ceuta.
d) Fecha y hora: a las 12 horas del día siguiente al que finalice el plazo de presentación de ofertas.
10- Otras informaciones:
a) Gastos del anuncio: A cargo del adjudicatario.
En Ceuta a, 18 de agosto de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
Recaudación
2.782.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.
Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:
Transcurrido el plazo de ingreso señalado en el artículo 108 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/90, de 20 de diciembre), sin que hayan sido satisfechos los créditos, por la presente se le notifica que en cumplimiento de la providencia de embargo dictada por la que se ordena el embargo de bienes del deudor en cantidad suficiente para cubrir el crédito perseguido, el recargo de apremio, intereses y costas que se hayan causado o causen, se le ha embargado el crédito que tenía contra la A.E.A.T. por el concepto de I.R.P.F./98:
N.I.F. Deudor Objeto Deuda F.Pv.Emb. Imp. Embargado
45.087.486B Ahmed Ahmed, Sohora O. Ilegal 04-05-95 16.862
25.689.919T Domínguez Orellana, Yolanda Inf. F.P.Nue.Rec. 08-04-99 2.071
45.074.880D Laarbi Moh.Moh., Laarbi N.At.Req.Integ. 29-01-97 13.131
45.080.063V Moh. Moh., Mohamed L. Bas. S.Tenen. Estaci. 26-02-96 52.928
52.158.055N Montane Folch, Marcos D.N/S. de. F.Pla. 26-04-99 12.000
1.509
2.782 B. O. C. CE. - 3.827 Viernes 20 de agosto de 1999
N.I.F. Deudor Objeto Deuda F.Pv.Emb. Imp. Embargado
45.058.033K Sevilla Gómez, Antonio Inf.F.P.N.Recar. 07-05-99 11.048
10.151.747F Tagarro Tagarro, J. María Impa. vivienda 08-02-99 305.632
Bien embargado: Devolución 200 - Sociedades
N.I.F. Deudor Objeto Deuda F.Pv.Emb. Imp. Embargado
B11.952.231 Alta Cocina J. Muñsz., S.L. S. Tráf. I.Demora 21-04-98 100.675
Rein. Subv.I.L.Soc.
Recurso y Suspensión del Procedimiento:
Recursos: de reposición, en el plazo de quince días ante la Dependencia de Recaudación o Reclamación Económico-Administrativa, en el plazo de quince días ante el Tribunal de dicha jurisdicción, ambos días contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso solo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.
Liquidación de intereses de demora:
con posterioridad a la cancelación total de la duda (principal, recargo de apremio y costas que haya originado el procedimiento), la Administración girará la correspondiente liquidación de intereses de demora de acuerdo con la legislación vigente.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 9 de agosto de 1999.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.
Delegación del Gobierno en Ceuta
2.783.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Guardia Civil
Denunciado: Hamido Mohamed Mohamed, D.N.I.: 45.085.720.
Hechos Imputados: Desobedecer los mandatos de la autoridad, el día 7-5-99, cuando se encontraba en el control de Benzú.
Calificación: Infracción Leve
Precepto Infringido: Art. 26 h) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Seguridad Ciudadana.
Sanción que pudiera corresponder: De 0 a 50.000 de Ptas.
Organo Competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de diez días desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 25.000 Ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93 de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la Sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar
Ríos Calvo y D.ª M.ª del Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación
del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el
artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común.- EL DELEGADO DEL
GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
2.784.- En la unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de la Constitución nº 2 (11071 Cádiz) se encuentra el siguiente documento:
Pliego de cargos
Expte.: 1999/2074 a nombre de:
Jimena Jimena, Antonio (39.136.315)
Avda. Polígono de Africa, 35 4 1
51001 - CEUTA
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 4 de agosto de 1999.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Cantos Aberasturi.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
Agencia Tributaria de Cueta
Recaudación
2.785.- Se comunica, en relación con los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondientes a 1999, y cuando se trate de cuotas nacionales y provinciales, cuya gestión recaudatoria corresponde a la Administración Tributaria del Estado, lo siguiente:
Plazo para efectuar el ingreso:
1.510
Viernes 20 de agosto de 1999 B. O. C. CE. - 3.827 2.787
es así si no causa daño ni entraña peligro para terceros. El Consejero de Fomento y
Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística por asignación
efectuada por el Presidente en Decreto de 10-7-99.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se requiere a D. Agustín Martos Hernández o sus herederos que proceda a la demolición de la cubierta para evitar desplomes que afectarían al resto de las viviendas colindantes y, clausurar los huecos y accesos al interior, una vez demolidos todos los elementos posibles sin afectar a la vivienda medianera, de manera que se impida la reutilización de la vivienda declarada en ruina y evitar riesgos a personas. 2º.- La orden anterior habrá de cumplirla en el plazo de 1 mes, con apercibimiento de ejecución subsidiaria, debiendo comunicarlo al Arquitecto Municipal para que compruebe la ejecución de la misma."
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/92. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de Noviembre y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio).
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a sus destinatarios (Herederos de D. Agustín Martos Hernández) en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, 11 de agosto de 1.999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
Delegación del Gobierno en Ceuta
2.787.- En relación con la solicitud que tiene presentada de Concesión de Tarjeta de Identidad y Residencia par sus hijos D. Badar y D. Kautar El Khammar, le comunico que a la vista de la documentación aportada y de acuerdo con lo previsto en el art. 105. c) de la Constitución Española y el 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concede un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación, para que pueda presentar cuantos documentos justificaciones o alegaciones estimen pertinentes que entienda convienen a su derecho e intereses, para lo que durante dicho plazo tendrá a su disposición el procedimiento en la dependencia oficial, Oficina de Extranjeros de esta Delegación del Gobierno, durante el horario de oficinas.
Una vez transcurrido dicho plazo se procederá a la resolución del procedimiento respecto a su solicitud.- LA JEFA DE LA OFICINA DE EXTRANJEROS.- Fdo.: Ana M.ª Fernández De Loaysa Romeu.
Del 15 de septiembre hasta el 22 de noviembre de 1999 (Resolución Nº 23/1999, de 1 de
julio, del Director del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria).
Lugar de Pago
- Cuotas nacionales.
A través de las Entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito) situadas en el ámbito territorial de la provincia donde tenga su domicilio fiscal el sujeto pasivo.
- Cuotas provinciales.
A través de las entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito) situadas en el ámbito territorial de la provincia donde se desarrollen las actividades.
Los ingresos se podrán efectuar en el horario de atención al público de dichas Entidades.
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del periodo ejecutivo, el devengo de recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley General Tributaria.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
2.786.- El Excmo Sr. Consejero de Fomento y Patrimonio, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
Por Decreto del Presidente de la Ciudad se ordena al propietario de la finca sita en C/ Vista Alegre nº 20 que proceda a la demolición de la misma en el plazo de 1 mes, al haber sido declarada en ruina por Decreto del Consejero de Fomento y Medio Ambiente de 22-2-99.
El titular de la vivienda ha fallecido, según informa Dª Josefa Martos Ortega, sobrina del mismo, que, en comparecencia de 28-7-99 manifiesta que se está tramitando la declaración de herederos de su tío y que advierte de la imposibilidad de ejecutar la demolición sin afectar a la finca colindante (C/ Vista Alegre nº 16), por lo que propone como medida alternativa tabicar la puerta de entrada u otros actos que impidan el acceso al interior del inmueble. Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Patrimonio informan el 3-8-99 (nº 1.813) que "dado el estado físico en que se encuentra la cubierta de la vivienda sita en C/ Vista Alegre nº 20, se deberá al menos demoler la misma a fin de evitar un posible desplome que afectara al resto de viviendas colindantes, asimismo se tendría que clausurar los huecos y accesos al interior, una vez demolidas todos los elementos posibles sin afectar a la vivienda medianera del nº 16, de manera que se impida la reutilización de la vivienda declarada en ruina y evitar posibles riesgos a personas."- Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El art. 140.1.a) de la O.R.D.U. permite la orden de demolición de las fincas
declaradas en ruina. No obstante ésto
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