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BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA

Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo

Año LXXIV Martes 13 de julio de 1999 Número 3.816


CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.387.- No siendo posible la notificación de las liquidaciones por los conceptos "Impuesto sobre bienes inmuebles" (IBI), "Tasa sobre el alcantarillado" (TA), "Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana" (IIVT), y "Tasa por ocupaciones de la via pública (TOVP) a los sujetos pasivos abajo relacionados por ser desconocidos, o bien intentada la notificación ésta no ha sido posible, se publica este edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad y se expone en el tablón de edictos de este Ayuntamiento a efectos de notificación de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 27 de noviembre de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

Recursos: De reposición ante la Presidencia Alcaldía en el plazo de un mes a partir de la publicación de este edicto en el B.O.C.

Plazos de ingreso: Los establecidos en el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación.

Transcurridos estos plazos la deuda se exigirá por vía de apremio.

Sujeto Pasivo Concepto Importe

Auixa Abdel-lah Moh. I.B.I. 23.939

Auixa Abdel-lah Moh. T.A. 4.560

Gescoce XXI S.L. T.A. 4.154

Gescoce XXI S.L. I.B.I. 43.619

Fouzia Zarli Mohamed I.B.I. 1.283

Fouzia Zarli Mohamed T.A. 244

F. Bueno Navarro I.B.I. 18.872

F. Bueno Navarro T.A. 4.321

Juan A. Holgado Seijas I.I.V.T. 605

Fed. Fuentes Hernández I.I.V.T. 10.340

Fed. Fuentes Hernández I.I.V.T. 37.418

Almacenes Florido S.L. I.B.I. 52.342

Almacenes Florido S.L. T.A. 4.985

Mohamed Amar Mohtar T.O.V.P. 37.440

Maimon Ahmed Otomani I.B.I. 9.119

Maimon Ahmed Otomani T.A. 868

J. C. Buitrago Camúñez I.I.V.T. 5.615

F. Lara Ragel I.I.V.T. 3.846

I. Raimundo Ojeda I.I.V.T. 2.018

Manuel Recio González I.I.V.T. 18.062

Pro. I. Septem Frates S.L. I.C.O. 754.356

Pro. I. Septem Frates S.L. T.O.V.P. 9.360

Pro. I. Septem Frates S.L. T.O.V.P. 17.600

Ceuta, 6 de julio de 1999.- EL CONSEJERO DE ECONOMIA Y HACIENDA.- Fdo.: Isidro Hurtado de Mendoza López.

OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

2.388.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:

Apellidos y Nombre o Razón Social N.I.F. Impuesto Concepto Tributario

Gómez López, Luis 45.065.677Y IRPF Liquidación en Voluntaria

M-131 1T/ EJ. 1998

Gómez López, Luis 45.065.677Y IRPF Liquidación en voluntaria

M-131 2T/ EJ. 1998

Gómez López, Luis 45.065.677Y IRPF Liquidación en voluntaria

M-131 3T/ EJ. 1998

Blanco Romero, Miguel 31.998.164N IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Varela Varela, Ramón 35.442.781K IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Nava Ludeña, Manuel 29.301.239K IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Molina Rodríguez, Rosa 31.197.286V IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

García Zumaquero, Antonio 31.806.370S IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Pujol Holland, Eduardo 31.072.593F IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Martín Armario, Juan Antonio 45.066.413Y IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

González Martínez, Fernando Luis 45.085.702K IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Sánchez Martín, Javier 81.125.64G IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

López Luna, Antonio 50.448.56J IRPF 96 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s) Ortíz López, Antonio 45.053.612Q IRPF 95 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Domínguez Zapater, Amancio 45.077.560K IRPF 95 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Moñino Merino, Antonio 21.835.967C IRPF 95 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

Benchoami Villar, Ismael 45.064.030S IRPF 95 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s)

García Dueñas, Manuel 45.036.019H IRPF 95 Prop. Liquid. Req. Falta Liquid. (s) Cid Fernández, José Luis 25.892.600M IRPF 93,94,95,96 y 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

López Luna, Antonio 50.448.56J IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Lázaro Solis, Raquel 31.855.971M IRPF 96 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

1.255
2.388 B. O. C. CE. - 3.816 Martes 13 de julio de 1999



Castillejo Portillo, María del Mar 45.080.121Y IRPF 96 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Mobio Moisés X21.184.985P IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

García Rodríguez, Manuel José 44.025.603S IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

García Jiménez, José Wesceslao 28.424.240N IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Alcántara Oliva, Mariano 45.072.450V IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Stevens David X22.009.21M IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Rujas Morales, José Luis 28.825.90T IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Nava Ludeña, Manuel 29.301.239K IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Pérez Ortigosa, Wladimiro 45.082.297C IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Pujol Holland, Eduardo 31.072.593F IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Blanco Romero, Miguel 31.998.164N IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Dris Hamadi, Mohamed 45.087.149L IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Alvaez Torregrosa, F. Javier 21.383.556L IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

García Zumaquero, Antonio 31.806.370S IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Sánchez Duarte, Ivan Manuel 45.100.189H IRPF 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Mohamed Butahar, Hassan 45.083.012E IRPF 94 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560098110000291(s)

Bernabeu García, F. Javier 51.383.972V IRPF 94,95,96 y 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Jurado López, José Miguel 38.076.235B IRPF 94,95,96 y 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Torrado López, María Isabel 45.065.073T IRPF 93,94,95,96 y 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Noriega Díaz, Audomaro 45.035.671S IRPF 94,95,96 y 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Qintero Córdoba, Gregorio 38.323.038R IRPF 93,94,95,96 y 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Bustos Saiz, Carlos Aurelio 13.091.090L IRPF 93,94,95,96 y 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Valbuena Gómez, Jesús 56.303.11A IRPF 93,94,95,96 y 97 Emisión Reqto. Falta Liquid. (s)

Alcaide Almagro, Francisco 45.058.533S Mod. 347 EJ. 96 NPGT Notif. Sanciones

García Casado, María Elena 45.076.545H Mod. 390 EJ. 97 NPGT Notif. Sanciones

Tendero Barreiro, José Luis 45.084.872L IRPF NPGT Notif. Sanc.Mod. 130 98 4T/

Alcántara Trujillo, Francisco 45.042.452B IRPF NPGT Notif. Sanc.Mod. 130 98 1T/

SCI Suministradores y Corredores B11.962.263 Mod. 390 Ej. 96 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A55600995000014861

Mesa González, Julia 43.256.952R Mod. 190 EJ. 95 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099500001475

Transportes JJ. Junior Ceuta, S.L. B11.960.788 Mod. 347 EJ 96 NPGT Notif. Sanciones

Hayad Trade's Company, S.A. A11.950.714 ISS 97 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A55600995000000969

Hamed Alí Hach Omar 45.075.035A IRPF 95 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A55600995000005951

Linares Pérez, María Pilar 30.653.67L IRPF 96 NPGT Notificción Sanciones

Hermanos Villanueva Garrigos, S.A. A11.906.856 IVA NPGT NOTIF. Sanciones Mod. 300

4 T/ EJ. 98

Navas Naranjo, María de Africa 45.044.685J IRPF 96 NPGT NOTIF. Sanciones

Mohamed Ahmed, Husein 45.078.674P IRPF 97 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099150000747

Abdeselam Mohamed, Abdelasis 45.085.253D IRPF 97 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000047

Abecasis Azarraf, Biba 45.038.658D IRPF 98 M-131 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000058

Ahmed Alí, Rachid 45.089.759F ITP y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000091

Barco Montero, César 14.499.687G IVA 98 M-300 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000267

Barranquero Moreno, Enrique 45.037.316G IRPF 98 M-115 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000278

Ceuta Multicines, S.L. B11.963.956 IRPF 97 M-110 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000454

Cocerri Compañía Ceutí de Riesgo, S.L. B11.961.372 IRPF 98 M-110 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000542

Comercial Alif, S.A. A11.906.450 IRPF 98 M-110 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000553

Compás Montero, Camilo 45.056.521G IRPF 98 M-110 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000575

Domínguez Torres, José 75.434.623M ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000707

Domínguez Torres, José 75.434.623M ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000718

1.256
Martes 13 de julio de 1999 B. O. C. CE. - 3.816 2.389



Hamed Mohamed, Habiba 45.094.801N ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000795

Fernández Zapater, Mariano 45.054.418V IRPF ISS 98 M-115 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520000840

Hamed Alí Hach, Omar 45.075.035A ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001015

Hamed Meeki, Laarbi 45.055.801C ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001059

Hayoui Said X11.799.12N IRPF 96 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001070

Hijos de Amar Ayad, S.A. A11.905.734 ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001081

Hijos de Amar Ayad, S.A. A11.905.734 IRPF ISS 98 M-115 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001092

Hijos de Amar Ayad, S.A. A11.905.734 IRPF ISS 98 M-115 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001103

Hijos de Amar Ayad, S.A. A11.905.734 IRPF 98 M-11 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001114

Martín Contreras, Rafael 44.252.121Y IVA 98 M-300 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001378

Martínez Marco, Rafael 25.150.698Z ITP y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001389

Mohamed Milud, Malika 45.086.859M IRPF 98 M-131 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001620

Mohamed Milud, Malika 45.086.859M IRPF 98 M-131 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001631

Mohamed Mohamed, Abderrahaman 45.087.227M IRPF 98 M-131 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001642

Mohamed Mohamed, Abderrahaman 45.087.227M IRPF 98 M-131 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001653

Mohamed Mohamed Adu-Gali 45.092.258E ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001664

Mohamed y Dris, S.L. B11.961.703 ISS 97 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001708

Ortega Real, Isabel 45.051.721B ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001873

Pérez Lerena, Antonio 45.038.408S IRPF 97-M-110 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001939

Orellana Crespo, Lourdes 45.076.806A IRPF 98 M-131 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520001830

Rodríguez Carmona, José 25.917.865Q IRPF 98 M-130 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A55600995200011994

Sierra Yuste, María del Carmen 45.051.459W IPT Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520002159

Sierra Yuste, María del Carmen 45.051.459W ITP Y AJD Liquidación en Voluntaria

Liquidación A5560099520002160

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia de Gestión Tributaria de Ceuta, sita en C/. Serrano Orive núm. 2, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, a 29 de junio de 1999.- Vº Bº EL DELEGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo.: Patricio Terry Esquivias.- LA JEFA DE LA DE LA DEPENDENCIA DE GESTION TRIBUTARIA.- Fdo.: Rosa Carmen Rodríguez Lallena.

Agencia Tributaria de Ceuta

Dependencia de Recaudación

2.389.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.

Por el presente Edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la relación que a continuación se inserta, no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la Administración Tributaria o que se han alegado distintas causas para no
1.257
2.389 B. O. C. CE. - 3.816 Martes 13 de julio de 1999



recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:

Se notifica a los deudores conforme al artículo 103 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990 de 20 de diciembre), que no habiendo sido satisfecha la deuda de referencia en el plazo de ingreso en período voluntario en virtud de lo establecido en el artículo 127 de la Ley General Tributaria el Jefe de la Dependencia de Recaudación ha acordado:

En uso de las facultades que me confieren los artículos 100, 106 y 169 del R.G.R., liquido el recargo de apremio por el 20% del importe de la deuda pendiente y dicto providencia de apremio para que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio o garantías de los deudores, en caso de no producirse el ingreso en los plazos señalados en el artículo 108 del citado Reglamento.

Datos del contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F.Prov. Apr.

X18.065.06V 100109 I.R.P.F. Actas de Inspección A5560098020000414 1.401.436 06-04-99

Abdenbi Maklouf Actas de Inspección

C/. Delgado Serrano, 4, Ceuta

X18.065.06V 100109 I.R.P.F. Actas de Inspección A5560098020000425 787.274 06-04-99

Abdenbi Maklouf Actas de Inspección

C/. Delgado Serrano, 4, Ceuta

45.082.529E Sanción Tráfico 519040410180 CE0752 K1610199056446101 60.000 16-03-99

Abdeselam Mohamed, Tarek

C/. Rayo Romero, 9

45.042.452B Sanción Tráfico 510040398720 CE4987 K1610199056446310 30.000 16-03-99 Alcántara Trujillo, Francisco

PG/ Ntra. Sra. de Arica, 1; 3, Ceuta

45.054.552J 100398 Sanciones Tributarias A5560098500008118 18.000 22-03-99

Contreras Segura, Luis Dec. 19x-34x F.P. 96-190

BO/ La Libertad-Gral. Varela, 1, Ceuta

24.663.464N Sanción Tráfico 290044353767 MA3640B K1610199056110304 18.000 16-03-99

Gerlich Diercks Veit

C/. Agustina de Aragón, 2, Ceuta

20.395.352X 100108 IRPF Sanciones Paralelas A5560098500008822 42.449 22-03-99

Giménez Heredia, V. Manuel A. Ing. Desc. Cuota 95-100

C/. Esperanza, 17, Canals

45.096.911Y Sanción Tráfico 510040429399 Carece K1610199056445793 18.000 16-03-99

Milud Amar, Hossain

C/. Chorrillo Miramar, 28, Ceuta

45.096.911Y Sanción Tráfico 510040429405 Carece K1610199056445826 30.000 16-03-99

Milud Amar, Hossain

C/. Chorrillo Miramar, 28, Ceuta

45.098.861R Sanción Tráfico 110043707526 CE1917 K16101990559009908 60.000 16-03-99

Mohamed Abderrahaman, Hakim

C/. Miramar Chorrillo, 4, Ceuta

45.082.240D Sanción Tráfico 110044172833 CA7707A K1610199055904956 60.000 16-03-99 Mohamed Mohamed, Aberraher

B/. Sarchal, 64, Ceuta

45.082.822Q Sanción Tráfico 510040417520 CE1389 K1610199056446190 60.000 16-03-99

Mohamed Pérez, Mohamed Nabil

C/. Claudio Vázquez 73, S/N, Ceuta

45.103.973F Sanción Tráfico 510040428425 Carece K1610199055753156 18.000 15-03-99

Santiago Nieto, Carlos

LG/. Muelle Alfau Varadero, S/N, Ceuta

45.096.991V Sanción Tráfico 510040429223 Carece K1610199055751814 18.000 11-02-99

Sel Lam Mohamadi, Abdelaziz

C/. Hermanos Lahulet, 8, Ceuta

45.103.671G 100203 Transmis. Liqs. Practic. Admo. A5560098150001923 58.772 22-03-99

1.258
Martes 13 de julio de 1999 B. O. C. CE. - 3.816 2.389



Alamí Mohamed, Rachid Nuevo Valor Embarcación

C/. Barriada Sarchal, 62, Ceuta

45.103.671G Sanción Tráfico 510040422666 CE5507 K1610199056445771 36.000 16-03-99

Alamí Mohamed, Rachid

C/. Barriada Sarchal, 62, Ceuta

45.083.430A Sanción Tráfico 510040440231 CE6382 K1610199056446585 18.000 16-03-99

Amar Abdel-Lah, Abselam

C/. Sevilla Pj. Heras, 9, Ceuta

02.808.808W 100108 IRPF Sanciones Paralelas A5560098500009141 50.251 22-03-99

Díez Díez, M.ª Angeles DEV/Ing. Des. Cuo. 95-101

AV/ Regulares, 13, 5B-18, Ceuta

45.104.765V Sanción Tráfico 510040416370 CE9409 K1610199055752090 60.000 15-03-99

García Díaz, Vanesa

GR/. Juan XXIII 4 4F, S/N, Ceuta

45.098.215E Sanción Tráfico 110043360344 CA0391A K1610199054615492 60.000 15-03-99

García Fuentes, E. José

C/. García Morato, 60, Ceuta

X1.179.912N 100100 IRPF Declaración Ordinaria A5560098560000105 48.922 22-03-99

Hayooui Said 100-IRPF- DEC. Or. Ejer: 1997 Per:Anua

C/. Soldado Valle Almazán, 5, Ceuta

45.102.073Q Sanción Tráfico 290044720624 K1610199055433122 12.000 15-03-99

Herrero Vallejo, Carlos

Ur/ Urb Monte Hacho 10 B, S/N, Ceuta

99.012.164Q Art. 25 LO 1/92 M1600199550000700 66.000 15-03-99

Mohamed Buselam, Rachid

C/. Alvarez Alonso, 7, Ceuta

45.088.613B 100108 IRPF Sanciones Paralelas A5560098500009317 26.413 22-03-99

Moh. Mohamed-Assas Amina A ING. DESC. CUOTA 95-101

C/. Hernán Cortés, 3, 3-I, Ceuta

50.028.079C Sanción Tráfico 280055459820 CE 6234 K1610199056063940 12.000 16-03-99

Octavio Herrera, Marco Antonio

AV/. Africa, 3, Esc. 04; Dr, Ceuta

X0.653.086R Sanción Tráfico 510040389950 CE 6782 K1610199055054271 18.000 15-03-99

Ousama Laasri

C/. Castillo Hidalgo, 1, Ceuta

X2.368.803X Sanción Tráfico 040400992888 CE 2386 K1610199055796078 24.000 16-03-99

Pires, José Luis

Av/ Africa Res. D. Alfonso, 1, Ceuta

Recursos y Suspension del procedimiento:

Recurso de Reposición ante el órgano que ha dictado providencia de Apremio, en el plazo de 15 días a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación o Reclamación Económico-Administrativa, ante el Tribunal competente de dicha jurisdicción, en el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

El procedimiento de apremio podrá impugnarse por los siguientes motivos (Art. 138.1 de la Ley General Tributaria y Art. 99.1 del Reglamento General de Recaudación).

- Pago o extinción de la deuda

- Prescripción

- Aplazamiento

- Falta de notificación de la liquidación o anulación o suspensión de la misma

- Defecto formal en el título expedido para la ejecución

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el art. 101 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/1990 de 20 de diciembre).

Solicitud de Aplazamiento:

1.259
2.389 B. O. C. CE. - 3.816 Martes 13 de julio de 1999



Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en periodo ejecutivo.

La presentación de las solicitudes de Aplazamiento o Fraccionamiento se efectuará en la Delegación o Administración de la A.E.A.T. del territorio en que se deba efectuar el pago.

Lugar de Pago: En la entidad que presta el servicio de caja de la Delegación Administración de la A.E.A.T.

Intereses de Demora:

Las cantidades adeudadas, excluido el recargo de apremio, devengarán intereses de demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda en periodo voluntario hasta la fecha de su ingreso. El tipo de interés se fijará de acuerdo con lo establecido en los artículos 58 de la Ley General Tributaria y 36 de la Ley General Presupuestaria, según se trate de deudas tributarias o no tributarias respectivamente.

Costas: En caso de producirse costas en el procedimiento, la Administración repercutirá su importe al Deudor, conforme a lo establecido en los artículos 153 y 157 del R.G.R.

Plazos para efectuar el Ingreso:

(Art. 108 del Reglamento General de Recaudación).

a) Recibida la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.

b) Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.

La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, 29 de junio de 1999.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.

2.390.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.

Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:

Se notifica a los deudores conforme al artículo 103 del Reglamento General de Recaudación, (Real Decreto 1684/1990 de 20 de diciembre), que no habienod sido satisfecha la deuda de referencia en el plazo de ingreso en periodo voluntario en virtud de lo establecido en el artículo 127 de la Ley General Tributaria El Jefe de la Dependencia de Recaudación ha acordado:

En uso de las facultades que me confieren los artículos 100, 106 y 169 del Reglamento General de Recaudación, liquido el recargo de apremio por el 20% del importe de la deuda pendiente y dicto providencia de apremio para que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio o garantías de los deudores en caso de no producirse el ingreso en los plazos señalados en el artículo 108 del citado Reglamento.

NIF Nombre y Apellidos O. Deuda C. Liquidación Importe

45.092.877C Abdelk. Mohamed, Moh. S. Tráfico K1610199055752683 60.000

45.089.401V Castillo Galván, Modesto S. Tráfico K1610199055752991 18.000

B11902.087 Ceuta y Melilla de Comerc. Liq. Falta. Ing. A5560098410000035 210.505

45.077.139Z Elizondo Ruiz Amirón Y. S. Tráfico K1620299054690644 24.000

11.657.915C Fontanillo Merino, Enrique S. Tributaria A5560098500002299 30.000

45.073.703M Gámez Alvarez J. Isidro S. Tráfico K1610199055722430 60.000

K5.510.020W Gómez Boutouil, Yasmina Donación A5560098150000670 297.432

K5.510.020W Gómez Boutouil, Yasmina Donación A5560098150000669 297.432

45.089.076Z González Vázquez, A. Luis IRPF A5560098100001192 98.500

A11.950.284 Inmobiliaria Vaquero, S.A. Liq. N. Present. A5560098500009834 53.192

B11.951.449 Maquinaria de Ceuta, S.L. N. Aten. R. Inte. A5560098500001551 30.000

31.787.368B Martín Díaz, Antonio S. Tráfico K1610199054641420 36.000

22.694.318B Morillas Cantero J. Grgo. IRPF A5560098100001126 1.622.952

B11.956.059 Nayim Sport, S.L. S. Paralela A5560098500009977 92.260

X10.452.96S Oulak Abdelmalik, Ahmed O. Clandestina M1600199550001635 3.000.000

Recursos y Suspensión del Procedimiento:

Recurso de Reposición ante el órgano que ha dictado la Providencia de Apremio, en el plazo de 15 días a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación o Reclamación Económico-Administrativa, ante el Tribunal competente de dicha jurisdicción, en el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

El procedimiento de Apremio podrá impugnarse por los siguientes motivos (Art. 138.1 de la Ley General Tributaria y art. 99.1 del Reglamento General de Recaudación).

- Pago o extinción de la deuda

1.260
Martes 13 de julio de 1999 B. O. C. CE. - 3.816 2.391



- Prescripción

- Aplazamiento

- Falta de notificación de la liquidación o anulación o suspensión de la misma

- Defecto formal en el Título expedido para la ejecución

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el art. 101 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/1990, de 20 de diciembre).

Solicitud de Aplazamiento:

Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en periodo ejecutivo.

La presentación de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento se efectuará en la Delegación o Administración de la A.E.A.T del territorio en que se deba efectuar el pago.

Lugar de Pago:

En la entidad que presta el servicio de caja de la Delegación Administración de la A.E.A.T.

Intereses de Demora:

Las cantidades adeudadas, excluido el recargo de apremio, devengarán intereses de demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda en periodo voluntario hasta la fecha de su ingreso. El tipo de interés se fijará de acuerdo con lo establecido en los artículos 58 de la Ley General Tributaria y 36 de la Ley General Presupuestaria, según se trate de deudas tributarias o no tributarias respectivamente.

Costas: En caso de producirse costas en el procedimiento, la Administración repercutirá su importe al Deudor, conforme a lo establecido en los artículos 153 y 157 del R.G.R.

Plazos para efectuar el Ingreso:

(Art. 108 del Reglamento General de Recaudación).

a) Recibida la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.

b) Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.

La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, 29 de junio de 1999.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Tráfico

2.391.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.

Ceuta, 25-6-99.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO ACCTAL.- Fdo.: José Antonio Fdez. García.

ART= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto, SUSP= Meses de suspensión

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040484866 Ramsaf, S.L. B11.954.872 Ceuta 22-05-99 Ley 30/1995

510040490234 A. Oulad X14.571.42T Ceuta 29-04-99 37.500 225,38 RDL 339/90 062.2

510040483011 Y. Abyouaden 29.131.750 Ceuta 19-05-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040493375 M. Buyema 45.073.096 Ceuta 23-05-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040480083 H. Mohamed 45.079.692 Ceuta 15-05-99 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040483047 S. Mohamed 45.080.098 Ceuta 17-05-99 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040484763 M. Mohamed 45.081.927 Ceuta 20-05-99 Ley 30/1995

510040451976 H. Abdeselam 45.083.033 Ceuta 04-04-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040484003 B. Mustafa 45.083.964 Ceuta 19-05-99 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040484477 E. Enfeddal 45.084.217 Ceuta 21-05-99 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040484090 M. Mojtar 45.085.436 Ceuta 15-05-99 Ley 30/1995

510040493363 A. Mehand 45.086.058 Ceuta 23-05-99 10.000 60,10 RD 13/92 010.1

1.261
2.391 B. O. C. CE. - 3.816 Martes 13 de julio de 1999


510040493545 M. Amar 45.088.742 Ceuta 23-05-99 5.000 30,05 RDL 339/90 059.3

510040493521 M. Amar 45.088.742 Ceuta 23-05-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040493557 M. Amar 45.088.742 Ceuta 23-05-99 5.000 30,05 RDL 339/90 059.3

510040491536 R. Mustafa Moh. 45.090.158 Ceuta 20-05-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040484611 M. Hassan 45.090.479 Ceuta 22-05-99 5.000 30,05 RDL 339/90 059.3

510040484544 M. Ahmed 45.090.614 Ceuta 24-05-99 Ley 30/1995

510040484556 M. Ahmed 45.090.614 Ceuta 24-05-99 RDL 339/90 059.3

510040447535 A. Lahacen 45.092.054 Ceuta 09-04-99 Ley 30/1995

510040482237 M. Mohamed 45.092.625 Ceuta 25-04-99 Ley 30/1995

510040451988 A. Mohamed 45.092.760 Ceuta 04-04-99 Ley 30/1995

510040492577 M. Abdelkader 45.092.877 Ceuta 23-04-99 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040480370 R. Dris 45.095.997 Ceuta 11-05-99 Ley 30/1995

510040452488 A. Mohamed 45.097.790 Ceuta 06-04-99 Ley 30/1995

510040484623 M. Mohamed 45.097.817 Ceuta 21-05-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040484519 A. Ahmed 45.100.208 Ceuta 23-05-99 Ley 30/1995

510040484532 A. Ahmed 45.100.208 Ceuta 23-05-99 75.000 450,76 RDL 339/90 061.1

510040484520 A. Ahmed 45.100.208 Ceuta 23-05-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040484209 J. Bernal 45.100.402 Ceuta 16-05-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040480400 J. Oliva 45.105.548 Ceuta 16-05-99 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040482365 A. Mohamed 45.109.140 Ceuta 27-04-99 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040484301 A. Navarro 78.526.177 Ceuta 20-05-99 Ley 30/1995

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido esta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso de Alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Ceuta, 25-6-99.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO ACCTAL.- Fdo.: José Antonio Fdez. García.

ART= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto, SUSP= Meses de suspensión

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040436770 M. El Hasnaoui X20.935.96K Ceuta 10-04-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040452737 J. Boronat 21.650.161 Ceuta 08-03-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040462949 J. Boronat 21.650.161 Ceuta 12-03-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040463644 M. Ruiz 45.063.094 Ceuta 10-04-99 20.000 120,20 RDL 339/90 061.3

510040411838 M. Almedina 45.066.130 Ceuta 06-03-99 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040453067 M. Abdelmalik 45.079.572 Ceuta 20-03-99 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040388970 A. Mohamed 45.079.694 Ceuta 27-02-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

519040442442 I. Alcántara 45.080.842 Ceuta 12-04-99 50.000 300,51 RDL 339/90 072.3

510040481300 L. Bello 45.082.228 Ceuta 16-04-99 30.000 180,30 RDL 339/90 062.1

510040394129 A. Heredia 45.088.248 Ceuta 20-11-98 50.000 300,51 1 RD 13/92 056.2

510040463360 M. Mohamed 45.090.281 Ceuta 17-03-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040450765 A. Mohamed 45.092.450 Ceuta 25-03-99 5.000 30,05 RDL 339/90 059.3

510040436549 M. Mohamed 45.093.002 Ceuta 23-03-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040460217 A. Abdeselam 45.093.891 Ceuta 10-03-99 30.000 180,30 RDL 339/90 062.1

510040482675 J. Heredia 52.854.160 Ceuta 12-05-99 10.000 60,10 Ley 30/1995

510040462925 C. Arroyo 45.282.800 Melilla 14-03-99 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040413150 M. Aboura X13.528.20Y Calafell 09-11-98 50.000 300,51 RDL339/90 060.1

1.262
Martes 13 de julio de 1999 B. O. C. CE. - 3.816 2.394


De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/19992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común (B.O.E.. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones de Recurso Ordinario recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por el Ilmo. Director General de tráfico en uso de las facultades delegadas en esta Dirección General por Orden de 6 de junio de 1996 (B.O.E. 138, de 7 de junio), a las personas o entidades sancionadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrán interponerse, previa comunicación a la Dirección General de Tráfico, de conformidad con el artículo 100.3 en concordancia con la Disposición Adicional Undécima de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 66 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con el artículo 57 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y planta judicial, y artículos 10 y 11 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, reguladora de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes contados a partir del día de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Local de Tráfico.

Ceuta, 25-6-99.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO ACCTAL.- Fdo.: José Antonio Fdez. García.

ART= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto, SUSP= Meses de suspensión

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040429120 F. J. Marín Palma 45.084.814 Ceuta 24-07-98 15.000 90.15 RD 13/92 117.1

510040442859 Fro. Buades Sanz 45.091.332 Ceuta 24-09-98 50.000 300,51 01 RDL 339/90 056.2

Ministerio de Fomento

Capitanía Marítima de Ceuta

2.392.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta Notifica a el interesado que a continuación se relaciona, aquella notificación que ha resultado infructuosa en el domicilio expresado, correspondiente a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítima tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la Ley 30/92 citada, no se publica en su integridad, informando asimismo del derecho de audiencia que les asiste en el procedimiento, que puede ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.

Número de Expediente: 99-340-0076

Nombre y Apellidos: Francisco J. López Ramos

Domicilio: C/ Colombia, 3

Tipo de Acto: Acuerdo iniciación de expediente

Fecha del Acto: 10-06-99

Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.

Ceuta a 30 de junio de 1999.- EL CAPITAN MARITIMO.- Fdo.: Pedro J. Fernández de Barrena y Artazcoz.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General de la S.S.

2.393.- Por esta Dirección Provincial se está procediendo a revisar la situación laboral en la que se encuentran los trabajadores del Régimen Especial de Autónomos, solicitando documentación acreditativa de seguir reuniendo los requisitos que dieron lugar a su inclusión en el citado Régimen, ya que los mismos han dejado de cotizar a la Seguridad Social.

Como quiera que esa petición de documentos no ha podido ser notificada y una vez transcurrido el plazo de 10 días que establece el artículo 76.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (B.O.E. de 27/11/92), se ha procedido a cursar baja de oficio al no acreditar documentalmente seguir ejerciendo la actividad que dio lugar a su inclusión en el citado Régimen.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Juan Manuel Ruiz Galdón.

Relación de Trabajadores de Régimen Especial Autónomos los cuales no han podido ser notificados por causas varias.

Apellidos y nombre D.N.I.

Ferrer Peña, Joaquín 45.035.917

Ahmed Hach Abdeselam, Mustafa 45.086.561

Extremera García, José A. 45.090.503

Abdelkader Mohamed, Selam 45.085.447

Mohamed Milud, Hamido 45.081.319

2.394.- Por esta Dirección Provincial se está procediendo a revisar la situación laboral en la que se encuentra el trabajador del Régimen Especial de Autónomos, solicitando documentación acreditativa de seguir reuniendo los requisitos que dieron lugar a su inclusión en el citado Régimen, ya que los
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2.394 B. O. C. CE. - 3.816 Martes 9 de julio de 1999



mismos han dejado de cotizar a la Seguridad Social.

Como quiera que esa petición de documentos no ha podido ser notificada y una vez transcurrido el plazo de 10 días que establece el artículo 76.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (B.O.E. de 27/11/92), se ha procedido a cursar baja de oficio al no acreditar documentalmente seguir ejerciendo la actividad que dio lugar a su inclusión en el citado Régimen.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Juan Manuel Ruiz Galdón.

Relación del Trabajador de Régimen Especial Autónomos el cual no han podido ser notificado por causas varias.

Apellidos y nombre D.N.I.

Peña Cano, José A. 32.854.420

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de Ceuta

2.395.- El Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de los de Ceuta, en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas número 450/98-A, seguido por Lesiones, ha ordenado notificar a D. John Onusu y D.ª Halima Sanhajy, la sentencia dictada con fecha 15-04-99, y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

"Fallo que debo absolver y absuelvo libremente a D. John Onusu y D.ª Halima Es-Sanhayi, de la falta de lesiones, de que venían siendo acusados, declarando de oficio las costas de este juicio.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de cinco días, desde su notificación, debiendo ser formalizado por escrito en el que se hará constar las razones por las que no se considera adecuada a derecho la presente resolución.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta expido el presente en Ceuta a 29 de junio de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

2.396.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de los de Ceuta, en virtud de lo acordado en el Juicio de faltas núm. 67/99-A, seguido por lesiones imprudentes ha ordenado notificar a D. Ayachi Milud, la sentencia dictada con fecha 17-6-99 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

Fallo que debo absolver y absuelvo libremente a D. Mohamed Laarbi Mohamed Maati, de la falta de lesiones imprudentes, de que venía siendo acusado, declarando de oficio las costas de este juicio.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de cinco días, desde su notificación, debiendo ser formalizado por escrito en el que se hará constar las razones por las que no se considera adecuada a derecho la presente resolución.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en Ceuta a veintinueve de junio de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta

2.397.- D. Abdelazi Afazaz hijo de Ahmed y de Rahma nació en 1961 en Beni Iajor, (Marruecos), con DNI nº K-222257, con último domicilio en Tetuán, comparecerá dentro del término de diez días ante en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/. Serrano Orive S/N, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Diligencias Previas nº 79/99, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado en rebeldía y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil, y demás Agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndole en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.

En la Ciudad de Ceuta, a 29 de junio de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de Ceuta

2.398.- En los autos de Juicios Verbal número 177/98, que se siguen en este Juzgado a Instancia de D. Luis García Cortes, contra Grúas Costa del Sol S.L. y Grugespa S.L., se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 42/99: Fallo: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Luis García Cortes, debo condenar y condeno a Grúas Costa del Sol S.L., a pagar al acto la suma de Treinta y Siete Mil Ochocientas Diecinueve Pesetas (37.819), más los intereses legales desde la fecha de esta sentencia; absolviendo libremente a Grugespa, S.L. de los pedimientos deducidos de contrario. En cuanto a las costas de este procedimiento Grúas costa del Sol, S.L. satisfará las causadas a la actora, y éstas las causadas a Grugespa, S.L.

Notifíquese esta resolución a los interesados haciéndoles saber que es firme y que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos pasando al original al Libro de Sentencias.

Y para que sirva de notificación en forma a la entidad demandada Grúas Costa del Sol, S.L. expido el presente que firmo en Ceuta a uno de julio de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

2.399.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha 1-7-99 ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

El Director General de Vivienda, Urbanismo y Arquitectura advierte del riesgo de derrumbe de la vivienda sita en C/ Bermudo Soriano nº 2, sobre la que pesa orden de ejecución de obras que se está tramitando. Los servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente con fecha 22-6-99 (nº 1.482) informan lo siguiente: "Analizado el expediente y girada nueva visita de inspección y reconocimiento, el técnico que suscribe estima, dado el estado tan avanzado de deterioro, derrumbe de la cubierta y el abandono del inmueble, la ruina técnica y económica del mismo, considerando los gastos de reposición muy por encima del 50% del valor de la finca. Por
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Martes 13 de julio de 1999 B. O. C. CE. - 3.816 2.403



todo ello cabe la declaración de ruina económica y técnica así como ordenar al propietario de la demolición de la casa, limpieza y posterior vallado del solar con apercibimiento de ejecución subsidiaria caso de incumplimiento y previa incoación del expediente sancionador correspondiente. Para proceder a la demolición deberá previamente presentar proyecto técnico visado por Colegio Profesional y en el que se asuma la dirección de dichas obras.- El plazo de ejecución para el comienzo del derribo se estima en dos meses y medio durante el cual deberá presentar el proyecto aludido".- Con fecha 28-6-99 (nº 1.517) emiten nuevo informe del siguiente tenor: "La edificación en cuestión se encuentra con la mitad de la cubierta derrumbada en su interior, no siendo posible la entrada a la finca, por lo que se estima conforme a esta situación el valor de la vivienda en 200.000.-Ptas. correspondiente al cerramiento exterior que aún queda en pie. Se considera pues la vivienda en ruina técnica y por tanto ruina económica ya que el valor de las obras de reposición a efectuar consistirían en la demolición de lo existente y ejecución de una nueva vivienda, lo que supone obras por valor muy por encima del 50% del inmueble".

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El art. 183 TRLS/76 en su apartado Dos recoge los supuestos de ruina técnica y económica. El art. 20.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística establece la necesidad de poner de manifiesto el expediente a propietarios, moradores y titulares de derechos reales sobre el inmueble, dándoles traslado literal de los informes técnicos para que en un plazo no superior a 10 días ni superior a 15, aleguen y presenten por escrito los documentos y justificantes que estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos. En igual sentido el art. 136 de la Ordenanza Reguladora de la Disciplina Urbanística. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística por asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Dejar sobreseído expediente relativo a orden de ejecución de obras incoado por Decreto de esta Consejería de 28-9-98.- 2º.- Se incoa expediente contradictorio de ruina de la finca sita en C/ Bermudo Soriano nº 2.- 3º.- Se concede a los interesados un plazo de audiencia de 15 días."

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Firot Jiménez Alonso, por ser de domicilio desconocido, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución, .

Ceuta, 7 de julio de 1.999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Alfonso Conejo Rabaneda.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta

2.400.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número uno de Ceuta.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio de Cognición 73/99 seguidos a instancia de Credsa, S.A. representado por el procurador D. Angel Ruiz REina contra D. Mulud Chaib El Bokrivi.

Habiendo acordado en el día de la fecha citar al demandado para la prueba de confesión la Audiencia del próximo día 19 de julio de 1999 a las 11,15 horas de su mañana y en caso
de no comparecer a este primer llamamiento se señala para el día 20 de julio de 1999 a las 11,15 horas de su mañana, bajo apercibimiento que de no comparecer a esta prueba podrá ser declarado confeso.

Y para que sirva de citación al demandado D. Mulud Chaib El Bokrivi expido el presente en Cuta a 6 de julio de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta

2.401.- En el procedimiento de Tercería de dominio que bajo el número 301/98-A se sigue en este Juzgado, a instancia de D.ª Amina Mimón Amar, contra "Electricidad Capa, S.A.", y "Suministros y Contratas del sur, S.L.", se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Que debo declarar y declaro la nulidad total de actuaciones con el alcance contenido en la fundamentación jurídica de esta resolución, acordadno la inadmisión a trámite de la demanda y el archivo del procedimiento.

Y como consecuencia del ignorado paradero de "Suministros y Contratas del Sur, S.L.", se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación en forma.

Ceuta, a seis de julio de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

2.402.- En el procedimiento de Tercería de dominio que bajo el número 300/98-A se sigue en este Juzgado, a instancia de D.ª Amina Mimón Amar, contra " D. Desiderio Morga Terrera y Contratas del Sur, S.L.", se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Que debo declarar y declaro la nulidad total de actuaciones con el alcance contenido en la fundamentación jurídica de esta resolución, acordadno la inadmisión a trámite de la demanda y el archivo del procedimiento.

Y como consecuencia del ignorado paradero de "Suministros y Contratas del Sur, S.L.", se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación en forma.

Ceuta, a seis de julio de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

Delegación del Gobierno en Ceuta

Area de Trabajo y Asuntos Sociales

2.403.- En cumplimiento del Art. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que en este Organismo, el día 29-3-99, han sido depositados la modificación de los Estatuos de la "Asociación de Economistas de Ceuta a la que le correspondió el nº 80/97/51, cuyo ámbito territorial y profesional son la Ciudad Autónoma de Cueta, siendo los firmantes del Acta de Constitución los siguientes señores:

D. José E. Roviralta Ostalé, D. José M.ª Mas Vallejo, D. Juan M. Ruiz Galdón, D.ª Magdalena Moreno Molina, D. Javier Flores Domínguez, D. Sony Vashdew Lalwani y D.ª Esmeralda de Vierna Llombet.

Ceuta, a 7 de julio de 1999.- EL DIRECTOR DEL AREA DE TRABAJO Y AA.SS.- Fdo.: Rafael Sánchez de Nogués.
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