Formato PDF

BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA

Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo

Año LXXIV Viernes 11 de junio de 1999 Número 3.807


OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.867.- No habiéndose podido notificar la presente comunicación a D. Antonio Ruiz Lazo mediante este anuncio, se pone en su conocimiento, que finalizado el plazo de alegaciones, le ha sido instruido expediente Inspector número 26/99, por el concepto del Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana correspondiente al ejercicio 1996, por la venta de la finca sita en Bda. Postigo, 3, según escritura del Sr. Notario D. Antonio Fernández Naveiro, protocolo 433, citándole para que el próximo 08-07-1999, comparezca en la oficinas del Servicio de Inspección de Tributos, sitas en la calle Padilla, 3 2ª Planta de esta Ciudad, al objeto de proceder a la firma del acta correspondiente.

En el caso de comparecer mediante representante legal, éste deberá acreditar la representación conforme a lo establecido en el artículo 43.2 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre.

No atender el presente requerimiento sin causa justificada se entenderá que se niega a suscribir el acta, según dispone el artículo 56.1 del Real Decreto 939/1986, de 25 de abril. Tramitándose como un acta de disconformidad, remitiéndose al interesado en los tres días siguientes a la finalización del plazo anteriormente citado, por alguno de los medios previstos en las disposiciones vigentes, al amparo de lo prevenido en el artículo 56.2 del mencionado Real Decreto.

EL INSPECTOR JEFE.- Fdo.: Emilio Lozano García.

1.868.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha veintiuno de mayo de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

Los Servicios de la Policía Local, denuncia que D. Mohamed Ahmed Laarbi y D. Mohamed Ahmed Abdeselam están ejecutando obras sin licencia en La Almadraba - Subida Cooperativa del Taxi. Los Servicios Administrativos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan con fecha 9 de diciembre de 1997 que D. Mohamed Ahmed Laarbi y D. Mohamed Ahmed Abdeselam no han solicitado licencia.

Los Servicios Técnicos de la citada Consejería emiten informe con fecha 11 de diciembre de 1997 (nº 2.136/97), indicando que las obras que se ejecutan son: "Cerramiento de fábrica de bloque de hormigón de aproximadamente 24 m de largo y 2 m de alto, con tres filas perpendiculares de unos 4,50 m por 2 m de altura, formando una "E" en planta. Se valoran tales obras en 217.500.- Ptas.- Las obras se encuentran efectuadas por el Plan Especial de la Almadraba, todavía sin redactar, y por tanto estas actuaciones están prohibidas en el art. 7.1.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU.- Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El art. 185 TRLS 76 establece que si no hubieran transcurrido 4 años desde la terminación de las obras ejecutadas sin licencia, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que en el plazo de 2 meses solicite licencia. Si la licencia no
pudiera concederse por ser contraria al planeamiento urbanístico, el Ayuntamiento acordará la demolición. El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística por Decreto del Presidente de 11-12-96. Los hechos relatados en los antecedentes de esta resolución son constitutivos de infracción urbanística a tenor del art. 225 TRLS 76 en relación con el 178 del mismo texto, susceptible en sanción con multa de hasta el 5% del valor de las obras (art. 90 Reglamento Disciplina Urbanística).- El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia sancionadora por desconcentración del Presidente efectuada mediante Bando de 7-8-96 publicado en el BOCCE nº 3.645, de 15 de agosto de 1996.

PARTE DISPOSITIVA

1º) Se incoa expediente de protección de la legalidad urbanística a D. Mohamed Ahmed Laarbi y D. Mohamed Ahmed Abdeselam, concediéndole un plazo de audiencia de 15 días. 2º) Se incoa expediente sancionador a D. Mohamed Ahmed Laarbi y D. Mohamed Ahmed Abdeselam como presunto autor de una infracción urbanística consistente en la ejecución de obras sin licencia en La Almadraba - Subida Cooperativa del Taxi, designándose como Instructor a la Jefa de Sección de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente Dª. Josefina Alvarez González, y Secretaria a la Jefa de Negociado del mismo Sector, Dª. Raquel Rúas Levy, que podrán ser recursados en cualquier momento del procedimiento, concediéndole al interesado un plazo de 15 días para que aporte cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse".

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al ser de domicilio desconocido en la dirección citada a D. Mohamed Ahmed Laarbi y D. Mohamed Ahmed Abdeselam, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Lo que le traslado significándole que los plazos concedidos en esta Resolución comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la recepción de este escrito. En cumplimiento de lo previsto en el art. 13.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación ésta podrá ser considerada propuesta de resolución.

Ceuta 4 de junio de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús Cayetano Fortes Ramos.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.869.- Extracto del Acta de la Sesión Pública extraordinaria y urgente, celebrada en primera convocatoria por el Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, el día 1 de junio de 1999.

1º) Estimar el carácter urgente de la Sesión.

2º) Proclamar Vicepresidente 1º de la Asamblea a D. Enrique García-Conde Sánchez (PP), y Vicepresidente 2º a D. José Antonio Querol Postigo (CEU).

Se levantaba la Sesión a las diez horas veinticinco
1.025
1.869 B. O. C. CE. - 3.807 Viernes 11 de junio de 1999



minutos.

Ceuta, a 4 de junio de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

1.870.- Extracto del acta de la Sesión Pública extraordinaria y urgente, celebrada en primera convocatoria por el pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta el día veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

1º) Estimar el carácter urgente de la Sesión.

2º) El Ilustre Pleno de la Asamblea quedaba enterado de informe trimestral de la Empresa "Servicios Tributarios de Ceuta, S.L."

3º) a) Aceptar la alegación presentada por las centrales sindicales Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores, relativa a la equiparación salarial de los empleados al servicios de la Ciudad, incrementando la petición en la cantidad necesaria para alcanzar la misma.

b) Desestimar la alegación presentada por la Junta de Personal Docente.

c) Desestimar la alegación presentada por Comisiones Obreras de Ceuta.

d) Aprobar definitivamente el expediente de modificación de créditos financiados con cargo al Remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del Presupuesto de 1998, junto con las Enmiendas presentadas por los Ilmos. Sres. Aróstegui Ruiz y Vallejo Escribano.

4º) Reconocer, a favor de Corsán, la cantidad de 36.541.944 Ptas., importe del exceso de obras ejecutado en las de acondicionamiento de zonas deportivas y feria en los bajos de la Marina Española, por tratarse de obras realizadas.

5º) Aprobar incialmente el Reglamento regulador del Procedimiento de Concesión y control de las Cédulas de Habitabilidad, así como de las condiciones mínimas que deben reunir las viviendas.

b) Someter dicho Reglamento a un período de información pública y Audiencia a los interesados por un plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

c) Facultar a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para la adopción de cuantos actos sean necesarios para llevar a buen fin lo acordado.

6º) Ceder gratuitamente a Emvicesa una parcela de terreno sito en Avda. de Lisboa de esta Ciudad (FR 6263), para destinarla a la construcción de viviendas de protección pública.

7º) a) Desestimar las alegaciones presentadas por los interesados durante la tramitación del expediente, en base a lo informado por los Servicios correspondientes de esta Consejería, aceptando la información de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A., y asumiendo lo informado por el Ministerio de Defensa respecto de las propiedades afectas al mismo.

b) Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle "Vaguada del Chorrillo", que modifica a su vez el Estudio de Detalle de Alineaciones y Rasantes de nueva apertura y solar sito entre Avda. de Africa y Arroyo del Chorrillo, aprobado por el Pleno el 17-4-96.

c) Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Bocce.

8º a) Aprobar definitivamente E.D. C/. Real 108 presentado por Construcciones Lahoz Soto, S.A., que modifica el E.D. aprobado por silencio el 19-12-95.

b) Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Bocce.

9º) Ceder gratuitamente a la Iglesia Católica 1.800
m2 de parcela propiedad de la Ciudad sita en Loma Margarita (FR 17.948), para destinarla a la construcción de un edificio de ayuda espiritual de encuentros y convivencias.

10º) Aceptar la adquisición de la parcela cedida gratuitamente sin restricción alguna, a la Ciudad por parte de la Comunidad de Bienes denominada " D. José Robles Velasco, D.ª Trinidad Gracia Barquero, D. José Trinitario Robles Gracia y D.ª Mercedes Robles Gracia."

11º) a) Desestimar las alegaciones presentadas por la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A., asumiendo el contenido del informe técnico del Arquitecto Municipal, del que se dará traslado a la citada Entidad, al objeto de que tenga conocimiento de que la ordenación presentada cumplimenta la normativa en materia de electricidad.

b) Aprobar definitivamente la modificación del PGOU de la Ciudad, a fin de hacer posible la implantación de un Hospital en el ámbito de ordenación del Plan Parcial "Loma Colmenar".

c) Aprobar definitivamente el nuevo texto del Plan Parcial "Loma Colmenar" presentado por SEPES.

Se levantaba la Sesión a las once horas veinte minutos.

Ceuta, 4 de junio de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.871.- En virtud de lo acordado en autos 78/1999 sobre Verbal Civil, a instancias de Credsa, S.A., representado por el Procurador D. Angel Ruiz Reina, y asistido del Letrado D. Jorge Gil Pacheco, contra D. Abdelazis Mohamed Ahmed, se cita a este último a fin de que se persone en forma en autos para la práctica de Juicio Verbal, señalado para el próximo día veintinueve de junio de mil novecientos noventa y nueve a las diez horas apercibiéndole que de no comparecer le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Y para su inserción y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido y firmo el presente en Ceuta a veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

1.872.- D. Gallistus Ngoka hijo de Obwin y de Josephine nacido el 5-5-74 en Freeto, indocumentado con paradero en Selasgos nº uno Plaza de la Victoria, comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/. Serrano Orive s/n, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Practicar Diligencias nº PA 48/99-R, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado en rebeldía, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil, y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.

En la Ciudad de Ceuta a 31 de mayo de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.

1.026
Viernes 11 de junio de 1999 B. O. C. CE. - 3.807 1.882



ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.873.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 302/98- D. Rafael González Gil. Trabajos de Elaboración de un estudio de Impacto Medio Ambiental para la implantación de un campo de Golf.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 3 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.874.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 572/98 D.ª Almudena Mónica Lara Ostio. Trabajos de Animadora Socio-Cultural.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 3 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: D. Rafael Flores Mora.

1.875.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 69/94.- Cubiertas y Mzov, S.A.- Obras de Demolición de Aseos del Palacio Municipal en la planta Baja.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 3 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.876.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 533/98. Gabitec Instalaciones, S.L., Instalación de Alumbrado Público de la plaza de los Trinitarios.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 3 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO .- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.877.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 571/98.-. D.ª Susana Bermúdez Paredes. Trabajos de Animadora Socio-Cultural.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 3 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.878.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte:186/97. Almina Construcciones, S.L..- Obras de instalación de Barandillas en la parte trasera del bloque San Daniel nº 5.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.879.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte:304/97- Almina Construcciones, S.L.- Obras de Reparación del Embolsamiento de aguas de lluvia y riego en la plazoleta padre Salvador Cervos, en Barriada Príncipe Alfonso.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.880.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte:147/97. Almina Construcciones, S.L.- Obras de Vallado en Calle Serrano Orive.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.881.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 144/97- Almina construcciones, S.L.- Obras de Reparación de Escaleras en Calle Santander.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.882.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte:363/97- Almina Construcciones, S.L.- Obras de Reparación de Arqueta que mana aguas fecales junto al bloque nº 14 en la Barriada Juan Carlos I.

1.027
1.882 B. O. C. CE. - 3.807 Viernes 11 de junio de 1999



El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.883.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 15/98. Almina Construcciones S.L.- Obras de Reparación de vertido de aguas fecales en agrupación Este nº 410.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.884.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte:483/97. Almina Construcciones, S.L.- Obras de Reparación de vertidos de aguas fecales junto al número 159 de agrupación Este.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.885.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 295/96. Almina Construcciones, S.L.- Obras de Rehabilitación de local cedido a la Asociación Juvenil "La Unión".

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.886.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 505/97. Almina Construcciones, S.L.- Obras de Reparación de vertidos de aguas fecales junto al número 2 de la Agrupación Fuerte.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.887.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 17/98. Almina Construcciones, S.L.- Obras de Reparación de Avería de la Red de Saneamiento que discurre junto a la plazoleta de la barriada Príncipe Alfonso.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.888.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 16/98. Almina Construcciones, S.L.- Obras de Vertido de Aguas Fecales en Agrupación Este Número 397.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

1.889.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 75/98. Almina Construcciones, S.L.- Obras de Reparación de Ramal de Saneamiento junto a los números 363 y 364 de la Agrupación Este de la Barriada Príncipe Alfonso.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 4 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

1.890.- En virtud de lo acordado en autos 278/1998 sobre Juicio de Cognición, a instancias de Banco Santander Central Hispano, S.A., representado por la Procuradora D.ª Ingrid Herrero Jiménez, y asistida del Letrado D. Manuel de la Rubia Nieto, contra D. Alfredo Rebollo García y D.ª María Carmen Acosta Noguera, se emplaza a estos últimos a fin de que se personen en forma en autos en el término de nueve días apercibiéndole que de no comparecer la parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Y para su inserción y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido y firmo el presente en Ceuta a dos de junio de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

1.891.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas 159/99 sobre desobediencia agente de la Autoridad Ha acordado notificar a D. Abdelkader Alamí Mohamed la sentencia dictada contiene el fallo del tenor literal siguiente:

Fallo: Que debo condenar y condeno a D. Abdelkader Alami Mohamed como autor de una falta del artículo 634, imponiéndole la pena de dos meses de multa a razón de una cuota diaria de 200 Ptas y con aplicación subsidiaria de lo

1.028
Viernes 11 de junio de 1999 B. O. C. CE. - 3.807 1.897


dispuesto en los 53 y con expresa imposición de costas procesales. Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios. Unase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón. Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de la última notificación que de la misma se haga.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 2 de junio de 1999.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

1.892.- D. Jerónimo León Rodríguez hijo de Jerónimo y de Dolores nació el 12-10-70 en Ceuta, con D.N.I. nº 45.073.872 con paradero desconocido, comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/. Serrano Orive s/n, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Robo confuerza en las cosas nº PA 46/98, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado en rebeldía, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil, y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.

En la Ciudad de Ceuta a 26 de mayo de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.

1.893.- D. Antonio Daganzo González hijo de César y de Carmen nacido el 7-11-64 en Segovia, indocumentado con paradero en desconocido, comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/. Serrano Orive s/n, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Robo con fuerza en las cosas P. A. nº 160/98, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado en rebeldía, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil, y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.

En la Ciudad de Ceuta a 26 de mayo de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.

1.894.- D. Rafael López de la Cruz hijo de José y de Lucía nacido el 2-10-57 en Jerez de la Frontera, Cádiz, con D.N.I. nº 31.320.134 con paradero desconocido, comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/. Serrano Orive s/n, a responder de los cargos que le resultan en la causa C.S.P. y contrabando nº PA 97/98, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado en rebeldía, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil, y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.

En la ciudad de Ceuta a 26 de mayo de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.

1.895.- En el procedimiento de Juicio Ejeuctivo nº 54/1993 se ha dictado resolución cuyo tenor literal es el siguiente:

Propuesta de Providencia del Secretario Judicial D. Manuel Pilar Gracia.

En Ceuta, a veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

Por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Visto el contenido del mismo, se accede a lo solicitado y, en su consecuencia, notifíquese a la demandada "Suministros Ceutíes, S.A." la designación de perito por la parte actora en la entidad de Tasamadrid y en concreto en la persona de D. Juan Antón Pacheco, a través de Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Ciudad, para que en el término de dos días proceda a nombrar perito por su parte, con el apercibimiento de que de no verificarlo se entenderá su conformidad con el designado por la parte actora.

Lo que así se propone y firma, doy fe.

Conforme, EL SECRETARIO D. Manuel Pilar Gracia.- EL MAGISTRADO JUEZ.- Fdo.: Rafael Rosel Marín.

Y para que sirva de notificación en forma a la entidad "Suministros Ceutíes, S.A." expido el presente en Ceuta a 28 de mayo de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.896.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 142/97.- Cubiertas y Mzov, S.A.- Obras de Instalación de Depósitos de aguas en las caracolas instaladas en el Puerto con destino en Oficina I.P.S.I.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 3 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: Rafael Flores Mora.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta 1.897.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio de Cognición nº 222/98, seguidos a instancia de Comercial Navas, S.L. contra D. Domingo Alonso Núñez.

Habiendo acordado en el día de la fecha citar al demandado para la prueba de confesión la Audiencia del próximo día 21 de junio/99 a las 10,45 horas de su mañana y en caso de no comparecer a este primer llamamiento se señala para el día 22 de junio del 99 a las 10,45 horas de su mañana,

1.029
1.897 B. O. C. CE. - 3.807 Viernes 11 de junio de 1999


bajo apercibimiento que de no comparecer a esta prueba podrá ser declarado confeso.

Y para que sirva de citación al demandado D. Domingo Alonso Núñez, de ignorado paradero expido el presente en Ceuta a 31 de mayo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

1.898.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio de Cognición nº 48/99, seguidos a instancia de CC.PP./
Santander nº 25 contra D. Regino Amores Araujo y D.ª Leonor Corzo Muñoz.

Habiendo acordado en el día de la fecha citar a los demandados para la prueba de confesión la Audiencia del próximo día 21 de junio/99 a las 10,30 horas de su mañana y en caso de no comparecer a este primer llamamiento se señala para el día 22 de junio del 99 a las 10,30 horas de su mañana, bajo apercibimiento que de no comparecer a esta prueba podrán ser declarados confesos.

Y para que sirva de citación a los demandados D. Regino Amores Araujo y D.ª Leonor Corzo Muñoz, expido el presente en Ceuta a 31 de mayo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

1.899.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:

Apellidos y Nombre o Razón Social N.I.F. Impuesto Concepto Tributario

Cafés Bebidas y Complementos, S.L. B11.958.311 Mod. 180 Reqto. Cida 180 Res. Anual 98

Domínguez García de la Moncloa, Eli 27.545.623 Mod. 180 Reqto. Cida 180 Res. Anual 98

Casa Marañes, S.L. B11.901.733 Mod. 193 Reqto. Cida 193 Res. Anual 98

Troyano Martínez, Juan Carlos 45.078.428 Mod. 347 Reqto. Cida 347 Dec. Anual 97

Suárez Montes, José 10.599.681 Mod. 347 Reqto. Cida 347 Dec. Anual 97

Ceuta-Lux, S.L. B11.959.905 Mod. 347 Reqto. Cida 347 Dec. Anual 97

Estructuras y Construcciones Anju B11.958.485 Mod. 347 Reqto. Cida 347 Dec. Anual 97

Moreno Torres, Manuel 45.020.044M Iva 97 Liq.Vol. M-300 3 T/EJ. 97

Liquidación A55600995000012221

Transportes JJ Junior Ceuta, S.L. B11.960.788 Mod. 347 Reqto. Cida 347 Res. Anual 97

Agencia Martínez Ceuta, S.L. B11.905.668 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Promociones Aixa, S.A. A11.950.466 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Nayim Sports, S.L. B11.956.059 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Cafes Bebidas y Complementos, S.L. B11.958.311 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Construcciones Agoscán, S.L. B11.959.525 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

La Volea de Ceuta, S.L. B11.960.168 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Mohamed y Dris, S.L. B11.961.703 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Marruecos Express, S.L. B11.964.749 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Comercial Sánchez y Sánchez Ceuta B11.956.919 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Domínguez Barba, José Antonio 31.626.125 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Motonáutica Ceuta, S.L. B11.961.51 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Restaurante la Fragua, CB E11.962.610 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Mercadespan, S.L. B11.963.311 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Hormigones y Aridos Crevillente, S.L. B11.966.116 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Said Abdelkrim, Fatma 45.090.128 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Díaz Lara, Antonio 3.200.772N IRPF 97 Emis. Req.Falta Liquidación

Bustamante Fernández, Rafaela 24.080.340F IRPF 97 Emis. Req.Falta Liquidación

Abselam Layachi, Fatima 45.097.234F IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Ahmed Ahmed, Mohamed 45.086.756V IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Gómez Mata, Josefa 45.067.835W IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Mohamed Hachach, Rahma 45.087.506P IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Martín Pérez, Emilio 16.552.217Z IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Alvarez Segura, Francisco Javier 45.071.944V IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Payato González, Eladio Manuel 45.071.739L IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Mohamed Maati Mohamed-Larbi 45.075.872N IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Abdeselam Ahmed, Ahmed 45.070.646F IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Abdelkader Mohamed, Axida 45.057.806R IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Varela Varela, Ramón 35.422.781K IRPF 97 Emis. Req.Falta Liquidación

1.030
Viernes 11 de junio de 1999 B. O. C. CE. - 3.807 1.899


Apellidos y Nombre o Razón Social N.I.F. Impuesto Concepto Tributario

Ortíz Rodríguez, Eduardo 44.290.880X IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Márquez Ramos, Manuel 8.919.891P IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Siles Márquez, Francisco 19.456.314Q IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Benazzouz Nourdine X2.001.494B IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Hernández y Gómez, Rodolfo 79.576.697 IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Bilbao Carrasco, M. Nieves 14.342.344G IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Mohamed Mohamed Milud 45.091.672B IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Mustafa Mohamed, Nayat 45.080.865Z IRPF 96 Emis. Req.Falta Liquidación

Carpa e Hijos Industrias de la Madera B11.950.920 Mod. 190 97 Liq. Voluntaria Expte. Sancionad.

Liquidación A55600994100000801

Abderrahamán Alí, Abdelaziz 45.092.379M IRPF 94 Liquidación en voluntaria

Liquidación A55600981100002801

Mohamed Mohan-Riffi, Mustafa 45.087.130T IRPF 95 Liquidación en Voluntaria

Liquidación A55600981100003241

Muna, S.L. B11.902.624 ISS 98 Liq. Vol. 2 T/Mod. 202 EJ. 98

Liquidación A556009922000127 1

Gálvez Ubric, Vicente 22.830.568D IRPF 95 Propuesta Liquidación

Requerimientos Falta liquidación

Rojas Sánchez, Adulfo Juan 19.796.685 IRPF 95 Propuesta Liquidación

Requerimiento Falta liquidación

Martín Alameda Maestre, Avelino 1.903.614L IRPF 97 Trámite Audiencia

Propuesta Liquidación 97

Robles Velasco, José 22.367.757G IRPF 97 Trámite Audiencia

Propuesta Liquidación 97

Beardo Cervera, María del Carmen 31.384.958D IRPF 97 Dec. Anual Reqto. Incompleta

Kursun Zeki X1.877.128Y IRPF 97 Dec. Anual Reqto. Incompleta

Muna, S.L. B11.902.624 ISS 98 Trámite Audiencia Mod. 202 98-3T

Mohamed y Dris, S.L. B11.961.703 ISS 98 Trámite Audiencia Mod. 202 98-3T

Pre 23, S.L. B11.958.709 ISS 98 Trámite Audiencia Mod. 202 98-3T

Caviñano Barrientos, Ramón 45.064.626J IRPF 97 Devol. Transferencia IRPF

Ahmed Dudoch, Brahim 45.091.145J IRPF 97 Devol. Transferencia IRPF

Godoy Galán, José Francisco 45.061.592S IRPF 97 Devol. Transferencia IRPF

Marruecos Express, S.L. B11.964.749 IVA 98 Devol. Transferencia IVA

Navarro Mayorga, Esperanza 45.068.655 Mod. 180 Reqto. cita 180 Res. Anual 98

Cons-Gemanci, S.L. B11.964.152 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Promotora Catalano-Ceutí, Procecat B11.964.558 Mod. 190 Reqto. Cida 190 Res. Anual 98

Postigo Bernal, José Marcelino 24.900.001V IRPF Liq. Volunt. M-131 4/ T EJ. 98

Inicio Expte. Sancionador

Mohamed Chaib Abdeltif 45.085.215V IRPF Liq. Volunt. M-131 4 T/Ej. 98

Inicio Expte. Sancionador

Abdelkader Mohamed, Abdelmalid 45.093.010S IRPF Liq. Volut. M-131 4 T/Ej. 98

Inicio Expte. Sancionador

Guerrero Sánchez, José 45.022.062E IRPF Liq. Volunt. M-131 3 T/EJ. 98

Inicio Expte. Sancionador

Extremera García, José Antonio 45.090.503S IRPF Liq. Volunt. M-131 2 T/EJ. 98

Inicio Expte. Sancionador

Extremera García, José Antonio 45.090.503S IRPF Liq. Volunt. M-131 3 T/EJ. 98

Inicio Expte. Sancionador

Extremera García, José Antonio 45.090.503S IRPF Liq. Volunt. M-131 4 T/EJ. 98

Inicio Expte. Sancionador

Said Abdelkrim, Fatma 45.090.128P IRPF Liq. Volunt. M-131 4 T/EJ. 98

Lara Mancilla, Juan 45.029.935Y IRPF Liq. Volunt. M-131 2 T/EJ. 98

Lara Mancilla, Juan 45.029.935Y IRPF Liq. Volunt. M-131 3 T/EJ. 98

Inicio Expte. Sancionador

Laghzaoui El Azrak, Ahmed M5.500.025N ITP y AJD Comprobación de Valores

Laghzaoui El Azrak, Ahmed M5.500.025N ITP y AJD Propuesta liquidación

Abdeselam Kassen, Aixa 45.098.920Z ITP y AJD Comprobación de Valores

Abdeselam Kassen, Aixa 45.098.920Z ITP y AJD Propuesta liquidación

Burgos Sánchez, Manuel Claudio 45.065.770F ITP y AJD Comprobación de Valores

Burgos Sánchez, Manuel Claudio 45.065.770F ITP y AJD Propuesta liquidación

Fernández Delgado, M. Carmen 45.059.453S ITP y AJD Complementaria Fianza

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia de

1.031
1.899 B. O. C. CE. - 3.807 Viernes 11 de junio de 1999


Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Tributaria de Ceuta, sita en C/. Serrano Orive núm. 2, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, a 31 de mayo de 1999.- Vº Bº EL DELEGADO DE LA A.E.A.T. - Fdo.: Patricio Terry Esquivias.- LA JEFA DE LA DEPENDENCIA DE GESTION TRIBUTARIA.- Fdo.: Rosa Carmen Rodríguez Lallena.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.900.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 570/98. D.ª Matilde Miaja Montes. Trabajos de Animadora Socio-Cultural.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 3 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo: D. Rafael Flores Mora.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.901.- No siendo posible practicar la notificación a D. Manuel Parra Arroyo, en relación al expediente sancionador nº 34/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 18-05-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, ha dispuesto la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 7 de abril pasado, se dictó Decreto por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por el que se incoaba expediente sancionador a D. Manuel Parra Arroyo, por depositar escombros en un lugar no autorizado, apreciándose la infracción el día 22 de marzo pasado a las 20,00 horas en la Explanada la Almadraba. En la misma resolución se designó Instructora a Dª. María José Expósito González, Licenciada en Derecho y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, sin que se haya presentado recusación contra los mismos. D. Manuel Parra Arroyo, no ha presentado alegaciones, por lo que procede redactar la resolución, que será motivada y decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El art. 135.C) 5 de la Ordenanza de Limpieza, por lo que se refiere a la clasificación de la falta y el art. 136 que señala la sanción aplicable. El art. 75 de la misma según el cual: "La intervención municipal en materia de tierras y escombros tendrá por objeto evitar que, a consecuencia de las actividades expresadas, se produzca: 1.- El vertido incontrolado de dichos materiales o efectuado de forma inadecuada. 2.- El vertido en lugares no autorizados. 3.- La ocupación indebida de terrenos o bienes de dominio público. 4.- El deterioro de los pavimentos y restantes elementos estructurales de la Ciudad. 5.- La suciedad de la vía pública y demás superficies de la Ciudad y del término municipal". El art. 90.1 de la misma
reglamentación prescribe: "En lo que respecta al libramiento y vertido de tierras y escombros, se prohíbe: d) Vertidos en terrenos de propiedad particular o pública, excepto cuando se disponga de autorización expresa del titular del dominio, que deberá acreditarse ante la autoridad municipal. En los terrenos de propiedad particular o pública a que hace referencia el apartado d) anterior, se prohibirá el vertido, aunque se disponga de autorización del titular, cuando: a) Pueden producirse alteraciones sustanciales de la topografía del terreno, salvo que se haya otorgado previa licencia municipal. b) Pueden producirse daños a terceros o al medio ambiente o afecte a la higiene pública u ornato de la ciudad, a consecuencia de las operaciones de descarga y vertido de dichos materiales. En el art. 135. apartado c de la Ordenanza tipifica como infracción muy grave: 5. Todo aquello que contravenga lo dispuesto en los arts. 8.10,22,25,32,55.3 y 90, así como la reincidencia en falta grave. En el art. 136 se establece la sanción aplicable a las infracciones muy graves que será de 15.000 pesetas. El R.D.1398/93 "Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora", en el art. 11 recoge la forma de iniciación de los procedimientos sancionadores; de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia. En el art. 13 de dicho reglamento se establece el contenido mínimo de la iniciación de los procedimientos sancionadores. El órgano competente para la resolución del expediente es la Alcaldía por aplicación de lo dispuesto en el art. 21.1 K de la ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local. Según el art. 20.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el órgano competente dictará resolución, que será motivada y decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del procedimiento. El art. 21.1.K) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local que atribuye a la Alcaldía la potestad de sancionar las faltas por infracción de las Ordenanzas. En virtud del Bando de fecha 7-8-96, publicado en el BOCE nº 3645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición de Concejal.

PARTE DISPOSITIVA

Se impone a D. Manuel Parra Arroyo una sanción de 15.000. pesetas de multa, por la comisión de una falta muy grave consistente en depositar escombros en un lugar no autorizado para ello, apreciándose la infracción el día 22 de marzo pasado a las 20,00 horas en Explanada la Almadraba.

Lo que le comunico, significándole que podrá interponer Recurso de Alzada ante el Presidente de la Ciudad, en el plazo de un mes que se computará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la presente notificación en virtud del art 114.1 y 115.1 de la LRJPAC 30/92 modificado por Ley 4/1999, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, 4 de junio de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO GE
1.032
Viernes 11 de junio de 1999 B. O. C. CE. - 3.807 1.907



NERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.902.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

Expte: 561/98. D.ª Juana Albarracín Castillo. Trabajos de Animadora Socio-Cultural.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta a 3 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo: Rafael Flores Mora.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.903.- El Pleno de la Asamblea en sesión celebrada el día veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en relación con expediente relativo a aprobación definitiva de la modificación del P.G.O.U. de la Ciudad a fin de hacer posible la implantación de un Hospital en el ámbito de ordenación del Plan Parcial "Loma Colmenar", adoptó los siguientes acuerdos:

1º.- Desestimar las alegaciones presentadas por la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A., asumiendo el contenido del informe técnico del Arquitecto Municipal, del que se dará traslado a la citada Entidad, al objeto de que tenga conocimiento de que la ordenación presentada cumplimenta la normativa en materia de electricidad.

2º.- Aprobar definitivamente la modificación del PGOU de la Ciudad, a fin de hacer posible la implantación de un Hospital en el ámbito de ordenación del Plan Parcial "Loma Colmenar".

3º.- Aprobar definitivamente el nuevo texto del Plan Parcial "Loma Colmenar" presentado por SEPES.

Lo que se hace público a tenor de lo previsto en el art. 134 del Reglamento de Planeamiento.

Ceuta, 3 de junio de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

1.904.- El Pleno de la Asamblea en sesión celebrada el día veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en relación con expediente relativo a E.D. "Vaguada del Chorrillo", adoptó los siguientes acuerdos:

1º.- Desestimar las alegaciones presentadas por los interesados durante la tramitación del expediente, en base a lo informado por los Servicios correspondientes de esta Consejería, aceptando la información de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A., y asumiendo lo informado por el Ministerio de Defensa respecto de las propiedades afectas al mismo.

2º.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle "Vaguada del Chorrillo", que modifica a su vez el Estudio de Detalle de Alineaciones y Rasantes de nueva apertura y solar sito entre Avda. de Africa y Arroyo del Chorrillo, aprobado por el Pleno el 17-4-96.

3º.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en
el BOCCE.

Ceuta, 3 de junio de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

1.905.- El Pleno de la Asamblea en sesión de veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en relación con expediente relativo a E.D. C/ Real 108, adoptó los siguientes acuerdos:

1º.- Aprobar definitivamente E.D. C/ Real 108 presentado por Construcciones Lahoz Soto, S.A., que modifica el E.D. aprobado por silencio el 19-12-95.

2º.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el BOCCE.

Lo que se hace público a tenor de lo previsto en el art. 140.6 del Reglamento de Planeamiento.

Ceuta, 3 de junio de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.906.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de la fianza definitiva impuesta para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expediente; Obras de Remodelación del Paseo de la Marina Española, 3ª Fase.

El plazo de presentación será de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Ceuta, a 8 de junio de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

Delegación del Gobierno en Ceuta

1.907.- Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 421/1991, de 5 de abril (BOE, 6), por el que se dictan normas reguladoras de los procesos electorales, esta Delegación del Gobierno adopta las disposiciones convenientes respecto del horario laboral del día 13 de junio de 1999, y los permisos retribuidos correspondientes a los trabajadores que no disfruten en dicho día del descanso semanal, pudiéndose utilizar los siguientes criterios:

1) Permisos retribuidos para los trabajadores que participen como electores (artículo 14.1 del Real Decreto 421/1991, de 5 de abril).

a) Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un período inferior a dos horas:

En estos supuestos no tendrán derecho a permiso retribuido.

b) Trabajadores cuyo horario coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales:

Disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.

c) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales.

Disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.

1.033
1.907 B. O. C. CE. - 3.807 Viernes 11 de junio de 1999



d) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales.

Disfrutarán de permiso retribuido de cuatro horas.

En todos los supuestos anteriores, cuando por tratarse de trabajadores contratados a tiempo parcial realizasen éstos una jornada inferior a la habitual en la actividad, la duración del permiso antes reseñado se reducirá en la proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollen y la jornada habitual de los trabajadores contratados a tiempo completo en la misma empresa.

Corresponderá al empresario la distribución, en base a la organización del trabajo, del período en que los trabajadores dispongan del permiso para acudir a votar.

2) Permisos retribuidos para trabajadores que tengan la condición de Presidentes o Vocales de mesas electorales, Interventores y Apoderados (artículo 14.2 y 3 del Real Decreto 421/1991, de 5 de abril).

Los Presidentes, Vocales e Interventores tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior. Cuando se trate de Apoderados, el permiso sólo corresponderá a la jornada correspondiente al día de la votación.

Si alguno de los trabajadores comprendidos en este apartado hubiera de trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición del interesado, deberá cambiarle el turno, a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación.

3) Retribuciones:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.3 d) del Estatuto de los Trabajadores, las reducciones de jornada derivadas de los permisos previstos en el Real Decreto 421/1991 y desarrollados en los anteriores apartados no supondrán merma de la retribución que por todos los conceptos vinieran obteniendo los trabajadores, sirviendo, como justificación adecuada, la presentación de certificación de voto o, en su caso, la acreditación de la mesa electoral correspondiente.

Estas normas regirán también íntegramente para los funcionarios de la Administración General del Estado y de la Seguridad Social.

Ceuta, a 8 de junio de 1999.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

Area de Fomento

1.908.- Como consecuencia de las actuaciones practicadas por la Inspección del Transporte Terrestre de la Administración del Estado del Area Funcional de Fomento de la Delegación del gobierno en la Ciudad Autónoma de Ceuta ha tenido conocimiento de la Comisión de los siguientes hechos:

Que el pasado día 15-3-99, a las 10,30 horas, en la Vía A-1, Km. 6, dirección Ceuta, la Dotación de Tráfico de la Guardia Civil, levantó Boletín de Denuncia al vehículo matrícula CE-0788-E, propiedad de la empresa Precosán, S.L., por realizar un Transporte Privado Complementario de Mercancías, careciendo de Autorización Administrativa.

Lo que motiva la iniciación del presente Expediente Sancionador Ordinario.

Por razón de lo expuesto y en uso de las competencias atribuidas al Director del Area Funcional de Fomento de
la Delegación del Gobierno en Ceuta, por el art. 204.1 del R.D. 1772/94 de 5 de agosto (B.O.E. de 20 de agosto), con fecha 24-5-99 la citada Autoridad acordó lo siguiente:

Primero: Incoar Expediente Sancionador a la empresa Precosán, S.L., C.I.F.: B11.950.672, con domicilio en Ceuta, Avd. Ejército Español, s/n, presuntamente responsable de los hechos anteriormente expuestos, emitiendo la oportuna designación del Instructor y Secretario, recayendo ambos nombramientos en D. Francisco Verdú Abellán y D.ª Rosa Ana Mendo Ruiz, respectivamente.

Significándole que le asiste el derecho a recusar a ambos funcionarios en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, en los términos que prevé el art. 29 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992).

Segundo: De probarse tales cargos podría haber incurrido en responsabilidad administrativa por la Comisión de una infracción con la siguiente tipificación.

N. Infringidas Naturaleza P. Sancionador Cuantía

Ley 16/87 Ley 16/87

Art. 141 b) Lott Art. 143 Lott

103 Lott Grave 50.000

R.D. 1211/90 R.D. 1211/90 Ptas.

Art. 198 b) Rgto. Art. 201 Rgto.

158 Rgto.

Tercero: De conformidad con lo dispuesto en el art. 8 del R.D. 1398/93 de 4 de agosto (B.O.E. de 9 de agosto), por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, se le comunica la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad, con el fin de resolver automáticamente el procedimiento con la imposición de la sanción que en su caso proceda.

El pago voluntario de la multa en cualquier momento anterior al escrito de Resolución del expediente, implicará la terminación del procedimiento sin perjuicio de interponer los recursos procedentes.

Cuarto; Se podrán formular alegaciones en cualquier momento del procedimiento con anterioridad al trámite de Audiencia, si procediera, significándole que el plazo será de quince días, una vez notificada la Propuesta de Resolución.

Quinto: sin perjuicio de lo establecido en el punto cuarto, dispone VD./s. de un plazo de quince días, a partir de la presente notificación, para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime conveniente, y en su caso proponer la práctica de la prueba concretando los medios de que pretenda valerse ante el Instructor (Jefatura Provincial de Transportes Terrestres, Muelle Cañonero Dato, s/n, 1ª planta 51001 Ceuta), advirtiéndole que de no efectuar alegaciones la presente notificación de acuerdo de iniciación, se considerará propuesta de Resolución, con los efectos previstos en los arts. 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora. Dicha Propuesta será elevada al Delegado del Gobierno en Ceuta, Autoridad competente para dictar Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el art. 146.1 de la Ley 16/87 de 30 de julio (B.O.E. de 31 de julio) de Ordenación de los Transportes Terrestres y Art. 204.1 del R.D. 1211/90 modificado por el R.D. 1772/94 de 5 de agosto (B.O.E. de 20 de agosto).

Sexto: De conformidad con lo dispuesto en la O.M. de 14-4-99 (B.O.E. de 23-4-99), se comunica que la fecha de Iniciación del Procedimiento es 24-5-99 y que el plazo para su Resolución notificada es de seis meses a partir de la citada fecha.- EL INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE.- Fdo.: Fran

1.034
Viernes 11 de junio de 1999 B. O. C. CE. - 3.807 1.909


cisco Verdú Abellán.

Nota Informativa: Ley 16/87 de 30 de julio (B.O.E. de 31/7) de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Real decreto 1211/90 de 28 de septiembre (B.O.E. de 8/10) del Reglamento de la Ley de Transportes Terrestres.

Caso de optar por el abono voluntario de la sanción con anterioridad a la Resolución del Procedimiento, podrá abonar la misma por uno de los siguientes medios:

a) Ingreso o Transferencia, a través de la Caja Postal, en la c/c nº 9668876 de la Caja Postal, Agencia Urbana de la Plaza de San Juan de la Cruz, s/n Madrid, haciendo constar expresamente la clave completa del nº del Expediente y remitiendo copia del resguardo de ingreso o transferencia efectuados, a la Jefatura Provincial del Area Funcional de Fomento de la Delegación del Gobierno en Ceuta, sita en Muelle Cañonero Dato, s/n, 1ª planta, 51001 Ceuta.

b) Entregando su importe en Papel de Pagos del Estado en la Jefatura Provincial de Transportes Terrestres del Area Funcional de la Delegación del Gobierno en Ceuta.

1.909.- De conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, adjunto le remito para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, Notificación nº CE-026/99-T, recaída en Expediente Sancionador instruido a D. Miguel Sánchez García, provisto de D.N.I. nº 45.073.725, al no haberse podido practicar la notificación del acto citado.

Asimismo, se solicita acuse de recibo del presente oficio, con indicación de la fecha de la práctica de la publicación del acto referenciado.- El Director del Area de Fomento de la Delegación de Gobierno EN CEUTA.- Fdo.: Esteban Pachá Vicente.

Como consecuencia de las actuaciones practicadas por la Inspección del Transporte Terrestre de la Administración del Estado del Area Funcional de Fomento de la Delegación del gobierno en la Ciudad Autónoma de Ceuta ha tenido conocimiento de la Comisión de los siguientes hechos:

Que el pasado día 12-3-99, a las 18,00 horas, en la Carretera n-352, Km. 5,00, dirección Ceuta, la Dotación de Tráfico de la Guardia Civil, levantó Boletín de Denuncia al vehículo matrícula CE-4173-G, del que es propiedad D. Miguel Sánchez García, por realizar un Transporte Privado Complementario de Mercancías, careciendo de Autorización Administrativa.

Lo que motiva la iniciación del presente Expediente sancionador Ordinario.

Por razón de lo expuesto y en uso de las competencias atribuidas al Director del Area Funcional de Fomento de la Delegación del Gobierno en Ceuta, por el art. 204.1 del R.D. 1772/94 de 5 de agosto (B.O.E. de 20 de agosto), con fecha 13-5-99 la citada Autoridad acordó lo siguiente:

Primero: Incoar Expediente Sancionador a D. Miguel Sánchez García, D.N.I: 45.073.725, con domicilio en Ceuta, Avd. Ejército Español, nº 2, 4º D, presuntamente responsable de los hechos anteriormente expuestos, emitiendo la oportuna designación del Instructor y Secretario, recayendo ambos nombramientos en D. Francisco Verdú Abellán y D.ª Rosa Ana Mendo Ruiz, respectivamente.

Significándole que le asiste el derecho a recusar a ambos funcionarios en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, en los términos que prevé el art. 29 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992).

Segundo: De probarse tales cargos podría haber in
currido en responsabilidad administrativa por la Comisión de una infracción con la siguiente tipificación.

N. Infringidas Naturaleza P. Sancionador Cuantía

Ley 16/87 Ley 16/87

Art. 141 b) Lott Art. 143 Lott

103 Lott Grave 50.000

R.D. 1211/90 R.D. 1211/90 Ptas.

Art. 198 b) Rgto. Art. 201 Rgto.

158 Rgto.

Tercero: De conformidad con lo dispuesto en el art. 8 del R.D. 1398/93 de 4 de agosto (B.O.E. de 9 de agosto), por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, se le comunica la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad, con el fin de resolver automáticamente el procedimiento con la imposición de la sanción que en su caso proceda.

El pago voluntario de la multa en cualquier momento anterior al escrito de Resolución del expediente, implicará la terminación del procedimiento sin perjuicio de interponer los recursos procedentes.

Cuarto: Se podrán formular alegaciones en cualquier momento del procedimiento con anterioridad al trámite de Audiencia, si procediera, significándole que el plazo será de quince días, una vez notificada la Propuesta de Resolución.

Quinto: sin perjuicio de lo establecido en el punto cuarto, dispone VD./s. de un plazo de quince días, a partir de la presente notificación, para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime conveniente, y en su caso proponer la práctica de la prueba concretando los medios de que pretenda valerse ante el Instructor (Jefatura Provincial de Transportes Terrestres, Muelle Cañonero Dato, s/n, 1ª planta 51001 Ceuta), advirtiéndole que de no efectuar alegaciones la presente notificación de acuerdo de iniciación, se considerará propuesta de Resolución, con los efectos previstos en los arts. 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora. Dicha Propuesta será elevada al Delegado del Gobierno en Ceuta, Autoridad competente para dictar Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el art. 146.1 de la Ley 16/87 de 30 de julio (B.O.E. de 31 de julio) de Ordenación de los Transportes Terrestres y Art. 204.1 del R.D. 1211/90 modificado por el R.D. 1772/94 de 5 de agosto (B.O.E. de 20 de agosto).

Sexto: De conformidad con lo dispuesto en la O.M. de 14-4-99 (B.O.E. de 23-4-99), se comunica que la fecha de Iniciación del Procedimiento es 17-5-99 y que el plazo para su Resolución notificada es de seis meses a partir de la citada fecha.- EL INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE.- Fdo.: Francisco Verdú Abellán.

Nota Informativa: Ley 16/87 de 30 de julio (B.O.E. de 31/7) de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Real decreto 1211/90 de 28 de septiembre (B.O.E. de 8/10) del Reglamento de la Ley de Transportes Terrestres.

Caso de optar por el abono voluntario de la sanción con anterioridad a la Resolución del Procedimiento, podrá abonar la misma por uno de los siguientes medios:

a) Ingreso o Transferencia, a través de la Caja Postal, en la c/c nº 9668876 de la Caja Postal, Agencia Urbana de la Plaza de San Juan de la Cruz, s/n Madrid, haciendo constar expresamente la clave completa del nº del Expediente y remitiendo copia del resguardo de ingreso o transferencia efectuados, a la Jefatura Provincial del Area Funcional de Fomento de la Delegación del Gobierno en Ceuta, sita en Muelle Cañonero Dato, s/n, 2ª planta, 51001 Ceuta.

1.035
1.909 B. O. C. CE. - 3.807 Viernes 11 de junio de 1999


b) Entregando su importe en Papel de Pagos del Estado en la Jefatura Provincial de Transportes Terrestres del Area Funcional de la Delegación del Gobierno en Ceuta.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

1.910.- FE DE ERRATA

En el anuncio publicado por la Junta Electoral de
Zona en el Bocce nº 3805 de 4 de junio de 1999, con el número 1822 se ha publicado por error:

Donde dice:

...a simple vista D. Antonio Sampietro Casarramona no induce a confusión respecto a D. Antonio Sampietro Casarramona.

Debiendo decir:

... a simple vista D. Antonio Sampietro Casarramona no induce a confusión respecto a D. Antonio Sampietro Casarromana.- LA ADMINISTRACION DEL BOCCE.

1.036