BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXIV Viernes 2 de abril de 1999 Número 3.787
S U M A R I O
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
977.- Extracto del acta de la sesión pública extraordinaria, celebrado por el Pleno de la Asamblea el día 24-3-1999.
978.- Extracto del acta de la sesión pública extraordinaria, celebrada por el Pleno de la Asamblea el día 24-3-1999.
AUTORIDADES Y PERSONAL
950.- Decreto dejando sin efecto al de fecha 4-3-1999, por asumir las competencias nuevamente su titular, el Excmo. Sr. D. Antonio García Bastida, Consejero de Turismo, Ferias y Fiestas.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
971.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
946.- Notificación al propietario del edificio sito en Avda. de Regulares nº 25, en expediente de ejecución de obras.
947.- Notificación a D. José Luis Jiménez Gómez, en expediente sancionador 27/99.
948.- Notificación a Dª. María Josefa Fernández Ramírez, en expediente sancionador 29/99.
949.- Notificación a D. Mustafa Mohamed Mohamed, en expediente sancionador 32/99.
957.- Notificación a D. Francisco Javier Jiménez Alcaide, relativa a la cuota del Impuesto de Actividades Económicas.
960.- Notificación a D. Francisco José Moya Santos, relativa a la denegación de bonificación en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
974.- Notificación a D. Mohamed Mohamed Abdel-Lah, en pliego de descargo.
975.- Notificación a Dª. María del Carmen Luque Pozo, en pliego de descargo.
Consejería de Economía y Hacienda
Servicio de Insdustria y Energía
982.- Autorización administrativa y declaración de utilidad pública del C.T. "Teniente Arrabal" y alimentación a 15 KV.
Delegación del Gobierno en Ceuta
983.- Notificación a D. Brahim Mohamed Mohamed, en Acuerdo de Iniciación de Exp. Sancionador 6/99.
984.- Notificación a D. Brahim Mohamed Mohamed, en Acuerdo de Iniciación de Exp. Sancionador 9/99.
985.- Notificación a D. Pedro José Casanova Navarro, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 11/99.
986.- Notificación a Dª. Malika Abdeselam Mohtar, en Acuerdo de Iniciación Exp. Sancionador 24/99.
Dirección General de la Marina Mercante
Capitanía Marítima en Ceuta
962.- Notificación a D. Abdel-Lah Hamed y a D. Mohassen Mohamed Enfeddal, en expedientes 99-340-0015 y 99-340-0018, respectivamente.
963.- Notificación a D. Amar Mohamed Mohamed y a D. Karim Mohamed Mohtar, en expedientes 99-340-0012 y 99-340-0021, respectivamente.
973.- Notificación a D. Amar Mohamed Mohamed y a D. Karim Mohamed Mohtar, en expedientes 99-340-0012 y 99-340-0021, respectivamente.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
972.- Notificación a D. Francisco Santiago Nieto, en expediente 5838/98.
979 B. O. C. CE. - 3.787 Viernes 2 de abril de 1999
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Penal Número Dos de Ceuta
979.- Citación a Dª. Sahana Yamahi, en Rollo 221/97-M.
980.- Citación al Representante legal de Construcciones Jaserba S.A., en P. A. 53/98.
Juzgado de lo Social de Ceuta
969.- Notificación al Instituto Social de la Marina, a Carranza de Ceuta y a las siguientes embarcaciones de pesca: Herminio, Neli, Guarte, Yolanda, José Antonio y Ana María, en Procedimiento Laboral 92/99.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
951.- Citación a D. José y D. Jesús Pérez Cazalla, en Juicio Ejecutivo 49/98.
952.- Citación a D. Blabel Aldelkader, en Juicio de Faltas 530/98.
965.- Notificación a D. Abdelkader Abdel-Lah Mohamed Aisa u Ali, en Juicio de Faltas 184/98.
967.- Notificación a D. Abdelah Abderrayat Laarbi, en Juicio de Faltas 693/96.
968.- Notificación a D. Rafael García Ibáñez, en Juicio de Faltas 480/98.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
953.- Notificación a D. Rahma Channa, en JF 136/99-L.
954.- Notificación a D. Fuad Laarmachi y a D. Mohamed Bel-Hacha, en Juicio de Faltas 206/98.
955.- Notificación a D. Abdelali Yahyaqui, en Divorcio 66/98-A.
961.- Requisitoria a D. Baich Kada Djemel, en P.A. 5/99-R.
964.- Emplazamiento a Dª María Lourdes Herrera Borrego, en Juicio de Cognición 314/98.
970.- Requisitoria a D. Juan José García Jaén, en Diligencias Previas 1604/98.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
956.- Notificación a D. Juan Alvarado Benítez, en Juicio de Desahucio 58/98.
981.- Notificación a D. Mustafa M. Mohamed y a D. Abdelaziz Tuhami Tuhami, en Juicio de Faltas 32/97-A.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
966.- Citación a D. Juan Manuel Pérez Cazalla, en Diligencias Preparatorias de Ejecución 61/97.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
958.- Contratación mediante concurso abierto, para el suministro de un chasis de camión con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en expte. 145/99.
959.- Contratación mediante concurso abierto, para el suministro de vestuario con destino al servicio de Parque Móvil, en expte. 144/99.
976.- Contratación mediante concurso abierto, para el suministro de diverso
vestuario con destino de la Policía Local, en expte. 576/98.
I N F O R M A C I O N
PALACIO MUNICIPAL: Plaza de Africa s/n. - Telf. 52 82 00
- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.
- Oficina de Información Horario de 9 a 14 h.
- Registro General Horario de 9 a 14 h.
SERVICIOS FISCALES: Avda. Africa s/n. - Telf. 528236. Horario de 9 a 14 h. y de 16 a 18 h.
ASISTENCIA SOCIAL: Juan de Juanes s/n. - Telf. 504652. Horario de 10 a 14 h.
BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 513074. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.
LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 514228
FESTEJOS: Paseo de las Palmeras s/n. - Telf. 518022
JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 518844
POLICIA MUNICIPAL: Avda. de España s/n. - Telfs. 528231 - 528232
BOMBEROS: Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 528355 - 528213
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Viernes 2 de abril de 1999 B. O. C. CE. - 3.787 947
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
946.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente por su Decreto de fecha 17 de marzo de 1999 ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
"Por Decreto de 14-11-88 se declaró en estado de ruina el edificio sito en Avda. Regulares nº 25.
Por Decreto de esta Consejería de 18-8-98 se ordena a la propiedad la ejecución de las siguientes obras:
a) Apuntalado de la vivienda ocupada por el Sr. Ríos Arrabal, en el tramo afectado (cocina y dormitorio) mediante la colocación de tableros, sopandas, puntales y durmientes de sección suficiente.
b) Apuntalamiento de la zona de escalera ya que en cualquier momento puede desprenderse material cerámico del entrevigado y caer en el tramo de escalera por donde acceder los ocupantes del inmueble, valoradas en 300.000 Ptas.
Con fecha 15-3-99 informan los Servicios Técnicos de la Consejería que "No se ha apuntalado aún la vivienda por el Sr. Ríos Arrabal ni tampoco algunos puntos similares que requieren el apuntalamiento, por lo que la orden de ejecución no se considera cumplimentada.
Por parte del Servicio de Extinción de Incendios ya se argumenta en su escrito que el estado de las viviendas en general es muy malo, por lo que debe optarse por la ejecución subsidiaria de las medidas urgentes de apuntalamiento ya expuestas en los informes obrantes en el expediente."
Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
* El art. 98 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, establece que habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado.
* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda la ejecución subsidiaria de las obras señaladas en los antecedentes de esta resolución, debiendo pasar a Contratación a los efectos oportunos."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al ser el propietario de domicilio desconocido, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución, significando que podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses desde la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 8 de la Ley 29/1998, de 14 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Pudiendo presentar cualquier otro recurso que estimen más oportunos para una mejor defensa de sus derechos.
Ceuta, a 24 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.-
EL SECRETARIO
LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
947.- No siendo posible practicar la notificación a D. José Luis Jiménez Gómez, en relación al expediente sancionador nº 27/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 10-03-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D. José Luis Jiménez Díaz, por abandono de un camión, marca PEGASO, modelo 1095 A, matrícula CE-2745-A, cometiéndose la infracción el día 23 de febrero de 1999 a las 9,00 horas en inmediaciones Barranco La Palma, Carretera de la Frontera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La Ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art. 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados.
En el art. 12 de la misma ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión.
El art. 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas.
En el art 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas.
El R.D. 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia".
El art. 13 del citado R.D., establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la Ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey".
En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7-8-96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D. José Luis Jiménez Díaz reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda.
En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar
cuantas alegaciones, documentos o
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947 B. O. C. CE. - 3.787 Viernes 2 de abril de 1999
informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios
de que pretenda valerse.
PARTE DISPOSITIVA
Incóese expediente sancionador a D. José Luis Jiménez Díaz por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un camión, marca PEGASO, modelo 1095 A, matricula CE-2745-A, apreciándose el hecho el día 23 de febrero de 1999 en las inmediaciones Barranco La Palma, Carretera de la Frontera, a las 9,00 horas.
Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.
Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.
Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, a 16 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
948.- No siendo posible practicar la notificación a D.ª María Josefa Fernández Ramírez, en relación al expediente sancionador nº 29/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 10-03-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D.ª María Josefa Fernández Ramírez, por abandono de un turismo, marca DAIHATSU, modelo 55 WIDE S65V, matrícula CE-1003-C, número de bastidor JDA00565V00921123, cometiéndose la infracción el día 24 de febrero de 1999 a las 9,00 horas en Cochinera del Sarchal.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La Ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art. 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados.
En el art. 12 de la misma Ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión.
El art. 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas.
En el art. 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas.
El R.D. 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia".
El art. 13 del citado R.D., establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la Ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey".
En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D.ª María Josefa Fernández Ramírez reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando las medios de que pretenda valerse.
PARTE DISPOSITIVA
Incóese expediente sancionador a D.ª María Josefa Fernández Ramírez por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca DAIHATSU, modelo 55 WIDE S65V, matricula CE-1003-C, número de bastidor JDA00565V00921123 apreciándose el hecho el día 24 de febrero de 1999 en Cochinera del Sarchal, a las 9,00 horas.
Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.
Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.
Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Viernes 2 de abril de 1999 B. O. C. CE. - 3.787 951
Ceuta, a 16 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL
SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
949.- No siendo posible practicar la notificación a D. Mustafa Mohamed Mohamed Fistali, en relación al expediente sancionador nº 32/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 10-03-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 2 de marzo de 1999 el negociado de Apertura de Establecimiento, comunica mediante escrito de la misma fecha a esta Viceconsejería que debido a la actividad de chatarrería realizada por D. Mustafa Mohamed Mohamed Fistali la cual ha sido clausurada por ser ejercida sin la correspondiente licencia, y al ser ejecutada en la vía pública (Arroyo de las Colmenas, s/n.), existe como consecuencia de la misma, chatarras allí depositadas que deben ser retiradas.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
La Ley 10/98, de 21 de abril, de Residuos establece en su art. 12.2 "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión". En el mismo cuerpo legal se tipifica como infracción grave en el art. 34.3b) "El abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas".
En el art. 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas.
El art. 36.1 de la misma ley prescribe que "Sin perjuicio de la sanción administrativa que se imponga, los infractores estarán obligados a la reposición o restauración de las cosas al ser y estado anteriores a la infracción cometida". En el punto 3º del mismo precepto se realicen las operaciones de la limpieza y recuperación de los suelos contaminados, podrá procederse a la ejecución subsidiaria por cuenta del infractor y a su costa".
En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que:
"En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la Ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey".
En el art. 10.3 "in fine" del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por Real Decreto 1.398/1993, establece la posibilidad de desconcentrar el ejercicio de la potestad sancionadora en la Comisión de Gobierno y en los Concejales y así en virtud del Bando de fecha 7-8-96, publicado en el BOCE nº 3.645, se desconcentraba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Señor Consejero de Fomento y Medio Ambiente, asumiendo así mismo la competencia en materia de disciplina urbanística.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Incóese expediente sancionador a D. Mustafa Mohamed Mohamed Fistali por la comisión de una infracción grave en base al art. 34.3b de la Ley 10/98.
2º.- Dese traslado del expediente al Negociado de Urbanismo, al objeto de que se incoe expediente de Orden de ejecución de limpieza de la zona Arroyo de las Colmenas, previo informe de los Servicios Técnicos Municipales donde se especifique el coste del servicio para el supuesto de ejecución subsidiaria por la Administración.
Nómbrese instructora a D.ª María José Expósito Gómez, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, sin perjuicio de posibilidad de recusación de los mismos conforme el art 29 de la Ley 30/92 LRJ-PAC.
Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.
Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, a 24 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
AUTORIDADES Y PERSONAL 950.- Con fecha cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve, la Presidencia decretó la avocación temporal de las competencias asignadas al Consejero de Turismo, Ferias y Fiestas, el Excmo. Sr. D. Antonio García Bastida por ausencia del mismo.
Habiéndose producido su reincorporación en el día de hoy 22 de marzo de mil novecientos noventa y nueve, y de conformidad con lo previsto en los arts. 14 de la L.R.J. y P.A.C. 30/92, y art. 17 del Reglamento del Consejo de Gobierno, Vengo a Disponer:
1º.- Quede sin efecto el Decreto de cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve, por asumir las competencias nuevamente su titular, el Excmo. Sr. D. Antonio García Bastida, Consejero de Turismo, Ferias y Fiestas, a partir de su incorporación en el día de hoy veintidós de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Así lo provee, manda y firma el Excmo. Sr. Presidente Accidental de la Ciudad Autónoma de Ceuta, D. Alfonso Conejo Rabaneda, en Ceuta a veintidós de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
951.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno
551
951 B. O. C. CE. - 3.787 Viernes 2 de abril de 1999
de Ceuta.
Hace Saber: Que en este Juzgado se tramita autos de Juicio Ejecutivo nº 49/98, a instancia de Weil Ceuta, S.L. contra D. José y D. Jesús Pérez Cazalla en los que se acordó citar de remate a dichos demandados por edictos, al encontrarse ambos en paradero desconocido, para que en el plazo de nueve días, se personen en autos y se opongan a la ejecución despachada, bajo apercibimiento de que si no lo verifican se decretará su rebeldía sin hacerle otras notificaciones ni citaciones que las previstas en la Ley. Se les hace saber que la demanda se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que se les ha embargado bienes a resultas del procedimiento reseñado, el pasado cuatro de febrero, en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de citación de remate en forma a los demandados D. José y D. Jesús Pérez Cazalla, expido el presente en Ceuta a veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
952.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.
Hago Saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio de Faltas con nº 530/98, seguidos por una falta de hurto, contra D. Blabel Abdelkader, se ha acordado en providencia de fecha 17-3-99 que sea citado D. Blabel Aldelkader en calidad de denunciado, a fin de que comparezca el día 9 de junio de 1999, a las 10,25 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndole que deberá concurrir al acto con los testigos y demás pruebas de que intente valerse en juicio así como si lo estima oportuno podrá venir asistido de Letrado.
Y para que sirva de citación en forma del denunciado, expido el presente que firmo en Ceuta, a 17-3-1999.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
953.- El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta en virtud de lo acordado en el procedimiento J. Faltas 936/99-L, sobre Imprudencia notificar a D.ª Rahma Channa el auto dictado con fecha 12 de marzo de 1999 y que contiene la parte dispositiva del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Se decreta el Sobreseimiento de las presentes actuaciones, con expresa reserva de acciones civiles a los perjudicados. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas así como al Ministerio Fiscal instruyéndole que contra la misma cabe interponer recurso de reforma en el plazo de 3 días ante este Juzgado.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 23 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO.
954.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta en virtud de lo acordado en el J. Faltas 206/98 sobre hurto notificar a D. Fuad Laarmachi y D. Mohamed Bel-Hacha la sentencia dictada con fecha 18 de marzo de 1999 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:
Fallo: Que debo absolver y absuelvo libremente a D. Fuad Laarmachi y D. Mohamed
Bel-Hacha de los hechos a
que se contraria el presente juicio, declarando de oficio las costas causadas.
Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido
parte, librándose para ello los despachos necesarios. Unase la presente al Libro de
Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón.
Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma.
Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de la última
notificación que de la misma se haga.
Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la Ciudad de Ceuta a 23 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO.
955.- D.ª María Begoña Cuadrado Galache, Magistrada Juez de Primera Instancia Número Dos de los de Ceuta.
Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se sigue procedimiento de divorcio, bajo el núm. 66/98-A, promovido por el Procurador D. Moisés Israel Laredo, en nombre y representación de D.ª Nadia Meki Septavi, contra D. Abdelali Yahyaqui, con intervención del Ministerio Fiscal, habiendo recaído sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Fallo: Que, estimando la demanda interpuesta, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por D.ª Nadia Meki Septani Boazza y D. Abdelali Hahyaqui por divorcio, con los restantes pronunciamientos contenidos en la fundamentación jurídica de esta resolución y que se dan por reproducidas, y sin especial pronunciamiento sobre las costas procesales.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, ante este Juzgado.
Firme esta resolución, comuníquese al Encargado del Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio de los litigantes.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Asimismo, se dictó auto de aclaración, en los siguientes términos:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
De conformidad con lo establecido en el art. 267 de la L.O.P.J., procede rectificar la sentencia recaída en autos en atención al error mecanográfico en que se incurrió, debiendo constar tanto en el encabezamiento como en la parte dispositiva de la misma como apellido de la actora, el de SEPTAUI.
En atención a lo expuesto, Dispongo: Debo aclarar y aclaro la sentencia dictada en autos en el sentido que consta en la fundamentación jurídica de esta resolución y que se da por reproducido.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo, doy fe.
Y, encontrándose actualmente en paradero desconocido D. Abdelali Yahyaqui, por medio del presente se le notifica dicha sentencia y posterior auto de aclaración, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y en el Tablón de Anuncios de este juzgado.
Es por lo cual que extiendo la presente como notificación en forma a referido demandado, en Ceuta a once de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- LA MAGISTRADA JUEZ.- EL SECRETARIO.
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Viernes 2 de abril de 1999 B. O. C. CE. - 3.787 958
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
956.- En virtud de lo acordado en autos sobre deshaucio nº 58/1998 por la presente se notifica a D. Juan Alvarado Benítez a fin de que desaloje la vivienda en el plazo de ocho días apercibiéndole que en caso de no verificarlo será lanzado de la misma sin consideración de ningún género y a su costa. Y para que sirva de notificación en forma al demandado D. Juan Alvarado Benítez que se encuentra en ignorado paradero líbrole a V.I. en Ceuta a once de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.- Fdo.: Manuel Pilar Gracia.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
957.- Atendido que no ha podido practicarse la notificación de resolución a D. Francisco Javier Jiménez Alcaide con NIF: 45.085.789-Q, se publica ésta de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
"El Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, por su Decreto de fecha 13 de enero de 1999, ha dispuesto:
ANTECEDENTES DE HECHO
D. Francisco Javier Jiménez Alcaide con NIF: 45.085.789-Q, solicita la bonificación en la cuota del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a la actividad de "Reparaciones bicicletas y ciclomotores" (Epg.691.2), con domicilio en C/ Galea nº 5, declarando como fecha de inicio de la misma el 30 de julio de 1998, Rfa. 845800352495-0.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El artículo 83.3 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, establece que los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de actividades empresariales clasificadas en la Sección 1ª de las tarifas del Impuesto, cuando el número de empleados afectos a la actividad de que se trate no exceda de veinte, disfrutarán de una bonificación en la cuota.
La citada bonificación es de naturaleza reglada y tendrá carácter rogado, debiendo ser concedida expresamente a los sujetos pasivos que reúnan las condiciones requeridas y previa solicitud de éstos.
PARTE DISPOSITIVA
Se concede al sujeto pasivo una bonificación en la cuota del Impuesto de Actividades Económicas, con arreglo al cuadro siguiente:
Año 1998 .............. 75%
Año 1999 .............. 50%
Año 2000 .............. 25%
Contra esta resolución podrá interponer recurso de reposición ante la Presidencia en el plazo de un mes contado a partir de la recepción de la presente notificación, según establecen los arts. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 14 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre. EL SECRETARIO LETRADO.- Don Rafael Lirola Catalán.
Ceuta, a 26 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
958.- Por Decreto del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas de fecha 8 de marzo de mil novecientos noventa y nueve, se aprueba la contratación del suministro de un chasis de camión con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
1. ENTIDAD ADJUDICATARIA
a) Organismo: Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de expediente: 145/99.
2. OBJETO DEL CONTRATO
a) Descripción del contrato: Suministro de un chasis de camión con destino al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.
3. TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
Importe de licitación: 7.100.000 Ptas. (42.671,85 EUROS).
5. GARANTIAS
Provisional: 142.000 Ptas. (853,43 EUROS).
Definitiva: 284.000 Ptas. (1.706,87 EUROS).
6. OBTENCION DE DOCUMENTACION E INFORMACION
a) Entidad: Negociado de Contratación.
b) Domicilio: Edificio Ceuta Center, calle Padilla.
c) Localidad y Código Postal: Ceuta 51001.
d) Teléfono: 956 52 82 53.
e) Fecha límite de obtención de documentos e información: veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio.
7. PRESENTACION DE OFERTAS
a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio.
b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación:
1º) Entidad: Ciudad de Ceuta.
2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
3º) Localidad y Código Postal: Ceuta 51001.
8. APERTURA DE OFERTAS
a) Entidad: Ciudad de Ceuta.
b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
c) Localidad: Ceuta.
d) Fecha: El día siguiente hábil a aquél en que finalice el plazo de presentación de ofertas.
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958 B. O. C. CE. - 3.787 Viernes 2 de abril de 1999
9. GASTOS DEL ANUNCIO
A cargo del adjudicatario.
Ceuta, A 22 marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
959.- 1.- Entidad Adjudicataria:
a) Organismo: Ciudad de Ceuta
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de Expediente: 144/99.
2.- Objeto del contrato:
a) Descripción del contrato: Suministro de vestuario con destino al servicio de Parque Móvil.
b) Lugar de ejecución: Ceuta
3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento; Abierto
c) Forma: Concurso
4.- Presupuesto base de licitación:
Importe total; 1.975.000 pesetas (11.869,98 Euros), IPSI incluido.
5.- Garantías:
a) Provisional: 39.500 pesetas (237,39 Euros)
b) Definitiva: 79.000 pesetas (474,79 Euros)
6.- Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Negociado de Contratación, Ciudad Autónoma de Ceuta,
b) Domicilio: Plaza de Africa s/n,
c) Localidad y Código Postal: 51001, Ceuta
d) Teléfono y Fax: 956 52 82 03
e) Fecha límite de obtención de documentos e información: 26 días naturales siguientes al de la publicación del anuncio en el B.O.C.CE.
7.- Requisitos específicos del contratista:
Los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
8.- Presentación de ofertas:
a) Fecha límite de presentación: 26 días naturales siguientes al de la fecha de publicación de este anuncio.
b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación: Ciudad de Ceuta.
1º.- Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 9,00 a 14,00 horas.
2º.- Domicilio: Plaza de Africa, s/n
3º.- Localidad y Código Postal: 51001
d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: el determinado en la ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
9.- Apertura de Ofertas:
a) Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Domicilio: Sede de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, Plaza de Africa, s/n.
c) Localidad: Ceuta
d) Fecha y hora: A las 12 horas del día siguiente al que finalice el plazo de presentación de ofertas.
10.- Otras informaciones:
a) Gastos de anuncios: A cargo del adjudicatario.
Ceuta a dieciséis de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
960.- Atendido que no ha podido practicarse la notificación de resolución a D. Francisco José Moya Santos con NIF: 31.852.621-J, se publica ésta de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
"El Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, por su Decreto de fecha 9 de marzo de 1999, ha dispuesto:
ANTECEDENTES DE HECHO
D. Francisco José Moya Santos con NIF: 31.852.621-J, solicita la bonificación en la cuota del Impuesto de Actividades Económicas para iniciar la actividad profesional de "Veterinario" (Epígrafe 013), clasificada en la Sección 2ª de las tarifas del impuesto.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
El artículo 83.3 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, establece que los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de actividades empresariales clasificadas en la Sección 1ª de las tarifas del Impuesto (requisito que no cumple el solicitante al incluirse en la Sección 2ª de las tarifas).
PARTE DISPOSITIVA
Se deniega la bonificación en el "Impuesto sobre Actividades Económicas" solicitada." Contra esta resolución podrá interponer recurso de reposición ante la Presidencia en el plazo de un mes contado a partir de la recepción de la presente notificación, según establecen los arts. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 14 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre. EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Don Luis Ragel Cabezuelo.
Ceuta, a 26 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
961.- D. Baich Kada Djemel, hijo de Bachir y de Gela, nació en 1978 en Argelia, con nacionalidad argelina, indocumentado, con paradero desconocido, comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/ Serrano Orive s/n, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Practicar Diligencias nº PA 5/99-R, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado rebelde, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las auto
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Viernes 2 de abril de 1999 B. O. C. CE. - 3.787 966
ridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.
En la Ciudad de Ceuta a 24 de marzo de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Dirección General de la Marina Mercante
Capitanía Marítima en Ceuta
962.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta, notifica a los interesados que a continuación se relacionan, aquellas notificaciones que han resultado infructuosas en los domicilios expresados, correspondientes a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítima tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el art. 61 de la Ley 30/92 citada, no se publica en su integridad, informando asimismo del derecho de audiencia que les asiste en el procedimiento, que puede ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.
Número de Expediente; 99-340-0015
Nombre y Apellidos: Abel-Lah Hamed
Domicilio: Bda. Benzú, junto a Cuartel de la Guardia Civil.
Tipo de Acto: Propuesta de Resolución.
Fecha del acto: 25-03-99.
Número de Expediente; 99-340-0018
Nombre y Apellidos: Mohassen Mohamed Enfeddal
Domicilio: Bda. Ppe. Alfonso, 305
Tipo de Acto: Propuesta de Resolución.
Fecha del acto: 25-03-99.
Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.
Ceuta, a 25 de marzo de 1999.- EL CAPITAN MARITIMO.- Fdo.: Pedro J. Fdez. de Barrena y Artazcoz.
963.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta, notifica a los interesados que a continuación se relacionan, aquellas notificaciones que han resultado infructuosas en los domicilios expresados, correspondientes a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítima tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía
Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el art. 61 de la Ley 30/92
citada, no se publica en su integridad, informando asimismo del derecho de audiencia que
les asiste en el procedimiento, que puede
ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.
Número de Expediente: 99-340-0012
Nombre y Apellidos: Amar Mohamed Mohamed
Domicilio: C/ General Sanjurjo, 15-2
Tipo de Acto: Acuerdo Iniciación de Expediente
Fecha del acto: 08-02-99.
Número de Expediente; 99-340-0021
Nombre y Apellidos: Karim Mohamed Mohtar
Domicilio: C/ Argentina, 72
Tipo de Acto: Acuerdo Iniciación de expediente
Fecha del acto: 08-02-99.
Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.
Ceuta, a 26 de marzo de 1999.- EL CAPITAN MARITIMO.- Fdo.: Pedro J. Fdez. de Barrena y Artazcoz.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción Número Dos de los de Ceuta
964.- En virtud de lo acordado en autos 314/1998 sobre Juicio de Cognición, a instancias de D. Enrique Navas Guerrero, representado por la Procuradora Sra. D.ª Luisa Toro Vílchez, y asistida de la Letrado Sra. D.ª Adela Nieto Sánchez, contra D.ª María Lourdes Herrera Borrego, se emplaza a esta última a fin de que se persone en forma en autos, en el término de 9 días, bajo apercibimiento de que de no comparecer le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
Y para su inserción y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido y firmo el presente en Ceuta a dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción Número Uno de los de Ceuta
965.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta.
Hace Saber: Que en los autos de Juicio de Faltas número 184/98, seguidas por Lesiones y Daños contra D.ª Fatima Chairi Kachaf, se ha dictado la siguiente resolución:
Dada cuenta se acuerda notificar la sentencia de fecha 3-2-99 al denunciante, D. Abdelkader Abdel-Lah Mohamed Aisa u Alí a tenor literal del siguiente fallo:
Que absuelvo a D. Chairi Kachaf de responsabilidad penal por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este juicio.
Y para que sirva de notificación del denunciante D. Abdelkader Abdel-Lah Mohamed Aisa u Alí, expido la presente en Ceuta a 25 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
966.- D. José Antonio Martín Robles, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Cuatro de esta Ciudad.
Hace Saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Diligencias Preparatorias de Ejecución Núm.. 61/97 a instan
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966 B. O. C. CE. - 3.787 Viernes 2 de abril de 1999
cia del Banco Bilbao Vizcaya representada por la Procuradora D.ª Luisa Toro Vílchez contra D. Juan Manuel Pérez Cazalla de quien se ignora su domicilio y paradero, se acuerdo citar al demandado por segunda y tercera vez, para las audiencias de los próximos días 22 de abril a las 10,00 horas al objeto de que comparezca ante este Juzgado a reconocer la firma que obra en el documento privado y en caso de no comparecer el día 29 de abril a las 10,00 horas, bajo el apercibimiento de ser declarado confeso en la legitimidad de aquella para los efectos de la ejecución.
Y para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, y que sirva de citación a D. Juan Manuel Pérez Cazalla, expido el presente que firmo en Ceuta a 22 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción Número Uno de Ceuta
967.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta.
Hace Saber: En los autos Juicio de Faltas número 693/96, seguidos contra D. Abdelah Abderrayat Laarbí por una falta de lesiones y daños, se ha dictado la siguiente resolución:
Dada cuenta se acuerda notificar la sentencia de fecha 3 de marzo de 1999 a D. Abdelah Abderrayat Laarbi a tenor literal siguiente:
Fallo: Que absuelvo a D. Hamido Lahsen Bachir y a D. Abdelah Abderrayat Laarbi de responsabilidad penal por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este Juicio.
Y para que sirva de cédula de notificación de D. Abdelah Abderrayat Laarbí expido la presente en Ceuta a 24 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO.
968.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta.
Hace Saber: En los autos de Juicio de Faltas número 480/98, seguidos contra D. Jorge Manuel Aguera Pecino, D. Gumersindo Asencio Jiménes, y D. Antonio Sánchez Durán por una falta de amenazas se ha dictado la siguiente resolución:
Dada cuenta se acuerda notificar la sentencia de fecha 10 de marzo de 1999 a D. Rafael García Ibáñez a tenor literal siguiente:
Fallo: Que absuelvo a D. José Manuel Aguera Pecino, D. Gumersindo Asencio Jiménez y D. Antonio Sánchez Durán de responsabilidad penal por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este Juicio.
Y para que sirva de cédula de notificación del denunciante D. Rafael García Ibáñez expido la presente en Ceuta a 24 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO.
Juzgado de lo Social de Ceuta
969.- D. Juan Arturo Pérez Morón, Licenciado en derecho y Secretario Titular del Juzgado de lo Social de Ceuta.
Hago saber: Que en este Organo Judicial se tramita procedimiento Laboral registral al número 92/99, sobre Cantidad, seguidos a instancia de D. Luis Lozano Perpen, contra Instituto Social de la Marina y ocho más, en el que S.S.ª Ilma. El Magistrado Juez de lo Social ha dictado Resolución cuyo tenor literal dice:
Providencia del Magistrado Juez de lo Social. Sr. Domínguez Berrueta de Juan.- En Ceuta a veinticinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve. Dada cuenta; intentada sin efectos las notificaciones a las empresas demandadas Herminio, Neli, Guarte, Yolanda, José Antonio y Ana María, todas ellas embarcaciones de pesca, como también se encuentra en paradero desconocido la empresa Carranza de Ceuta, S.A., la cédula de citación al acto de juicio señalado para el día veintidós de abril-99, a las diez y diez horas así como cédula de citación para prestar Confesión Judicial a los representantes legales de las mismas, por encontrarse todas ellas en paraderos desconocidos según constan en diligencias practicadas por el Agente Judicial; cítese mediante Edicto a través del Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta a la empresa demandad y al representante legal de las mismas para que comparezcan en este Juzgado el día y hora señalada para la celebración del acto de juicio y prestar Confesión Judicial. Notifíquese. Así lo acuerda S.S.ª Ilma. Doy Fe. Ante mí. Firmado y rubricado.
Y para que así conste y sirva de legal forma y notificación a todas las empresas anteriormente reseñadas y al legal representante de las mismas para prestar confesión Judicial, libro el presente que firmo y sello con el de este Juzgado en Ceuta a veinticinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción Número Dos de Ceuta
970.- D. Juan José García Jaén hijo de Rafael y de Juana, nació el 14-7-66, con nacionalidad española, con D.N.I. nº 45.073.819, con último paradero conocido en Avda. Otero nº 11-1º-D, Ceuta, comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/ Serrano Orive s/n, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Diligencias Previas nº 1604/98, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado rebelde, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.
En la Ciudad de Ceuta a 23 de marzo de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.
OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
971.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación a los interesados o sus representantes por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración
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Viernes 2 de abril de 1999 B. O. C. CE. - 3.787 973
Tributaria, se pone de manifiesto mediante el presente anuncio que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:
Apellidos y Nombre o Razón Social N.I.F. Impuesto Concepto Tributario
Benítez González, Francisco 45.059.446P IRPF Tram. Audiencia M-131 1 T/1998
Ahmed Alí, Abdelatif 45.083.638G IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Castillo Torres, Carlos Javier 45.082.042H IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Salem Ahmed, Abdelkader 45.095.875M IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Mohamed Taieb, Nordin 45.094.971K IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Mohamed Chaib Abdelatif 45.085.215V IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Mohamed Abdeselam, Mina 45.102.620B IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Abdelkader Mohamed, Mohamed 45.085.446H IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Zarzuela Hurtado, J. Antonio 45.031.898Z IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Sánchez Baglieto, Daniel 45.065.702P IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Gómez Maese, J. Francisco 45.069.469Y IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Delgado Téllez, Antonio 45.061.829E IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Sel Lam Mohamadi, Abdelaziz 45.096.991V IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Schiaffino Maza, M.ª José 45.051.444X IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Sanz Salinas, Luis 45.035.679T IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Sánchez Mohamed, Eva 45.075.680G IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Hidalgo Morillo, José Luis 24.817.050G IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Gaspar Díaz, José 25.027.276X IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Benítez González, Francisco 45.059.446P IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Ahmed Alí, Abdelatif 45.083.638G IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Castillo Torres, Carlos Javier 45.082.042H IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Salem Ahmed, Abdelkader 45.095.875M IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Mohamed Taieb, Nordin 45.094.971K IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Mohamed Taieb, Abdelatif 45.085.215V IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Abdelkader Mohamed, Mohamed 45.085.446H IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Zarzuela Hurtado, J. Antonio 45.031.898Z IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Sánchez Baglieto, Daniel 45.065.702P IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Gómez Maese, J. Francisco 45.069.449Y IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Delgado Téllez, Antonio 45.061.829E IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Sel Lam Mohamadi, Abdelaziz 45.096.991V IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Schiaffino Maza, María José 45.051.444X IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Sanz Salinas, Luis 45.035.679T IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Sánchez Mohamed, Eva 45.075.680G IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Hidalgo Morillo, José Luis 24.817.050G IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Gaspar Díaz, José 25.027.276X IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Benítez González, Francisco 45.059.446P IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Cortizo Espinosa, Rosario 45.019.660N IRPF Liq.en Voluntaria Mod. 131 2T/98
A5560099130000283
En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Unidad de Gestión de Módulos de la Delegación de la Agencia Tributaria de Ceuta, sita en C/ Serrano Orive núm. 2, al efecto de practicar la notificación del citado acto.
Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, a 11 de marzo de 1999.- Vº Bº EL DELEGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo.: Patricio Terry Esquivias.- LA JEFA DE LA UNIDAD DE GESTION DE MODULOS.- Fdo.: María del Carmen Algaba Ros.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
972.- En la unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en el Plaza de la Constitución nº 2 (11071) se encuentra el siguiente documento:
Resolución.
Expte.: 1998/5838 a nombre de:
Santiago Nieto, Francisco
Bda. Juan Carlos I, nº 44
51001-CEUTA
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el
art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26
de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el
citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 9 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José Antonio Cantos Aberasturi.
Dirección General de la Marina Mercante
Capitanía Marítima en Ceuta 973.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administra
557
973 B. O. C. CE. - 3.787 Viernes 2 de abril de 1999
ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta, notifica a los interesados que a continuación se relacionan, aquellas notificaciones que han resultado infructuosas en los domicilios expresados, correspondientes a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítima tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el art. 61 de la Ley 30/92 citada, no se publica en su integridad, informando asimismo del derecho de audiencia que les asiste en el procedimiento, que puede ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.
Número de Expediente; 99-340-0012
Nombre y Apellidos: Amar Mohamed, Mohamed
Domicilio: C/ General SanJurjo, 15-2
Tipo de Acto: Acuerdo de Iniciación de Expte.
Fecha del acto: 08-02-99.
Número de Expediente; 99-340-0021
Nombre y Apellidos: Karim Mohamed, Mohtar
Domicilio: C/ Argentina, 72
Tipo de Acto: Acuerdo de Iniciación de Expte.
Fecha del acto: 08-02-99.
Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.
Ceuta, a 25 de marzo de 1999.- EL CAPITAN MARITIMO.- Fdo.: Pedro J. Fdez. de Barrena y Artazcoz.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
974.- En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento de procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación como instructor del expediente sancionador, incoado por infracción de norma de tráfico, ha formulado la propuesta de resolución que a continuación se transcribe.
"Visto escrito de alegaciones formulado con fecha 6-11-98 por D. Mohamed Mohamed Abdel-Lah, en relación con Boletín de Denuncia nº 81.384 de fecha 14-9-98 por infracción de norma de tráfico, art. 1.461 del Reglamento General de Circulación expediente nº 80.745
RESULTANDO que dado traslado de las alegaciones al denunciante éste se ratifica en el hecho denunciado e informa que: "el vehículo CE-6947-E efectivamente cometió la infracción especificada en la denuncia: El agente que suscribe se ratifica en la denuncia formulada, que el vehículo arriba reseñado fue denunciado por no respetar la luz roja del semáforo, que lo alegado deberá justificar con documentación que de fe del hecho ocurrido.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de
marzo, las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigi
lancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos
denunciados, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos
probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.
En su consecuencia:
Procede a juicio de este Instructor desestimar las alegaciones, y elevar propuesta de imposición de multa confirmando la cuantía que figura en la notificación de la denuncia".
Lo que le notifico haciéndole saber, que contra la misma podrá formular, de acuerdo con lo establecido en el art. 13.2 del citado Reglamento, las alegaciones que estime pertinentes y acompañar los documentos que considere oportunos en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que durante el mismo plazo, directamente o por medio de representante que reúna los requisitos exigidos en el art. 32 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) podrá examinar el indicado expediente.
Ceuta, a 30 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
975.- En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento de procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación como instructor del expediente sancionador, incoado por infracción de norma de tráfico, ha formulado la propuesta de resolución que a continuación se transcribe.
"Visto escrito de alegaciones formulado con fecha 15-1-99 por Dª. María del Carmen Luque Pozo, en relación con Boletín de Denuncia nº 92.229 de fecha 16-9-98 por infracción de norma de tráfico, art. 1.181 del Reglamento General de Circulación expediente nº 80.599.
RESULTANDO que dado traslado de las alegaciones al denunciante éste se ratifica en el hecho denunciado e informa que: "el vehículo CE-2618 efectivamente cometió la infracción especificada en la denuncia: Que efectivamente la denuncia fue realizada en ruta pero no tengo duda alguna en la toma de los datos de la placa del ciclomotor por lo que me ratifico en la denuncia formulada.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.
En su consecuencia:
Procede a juicio de este Instructor desestimar las alegaciones, y elevar propuesta de imposición de multa confirmando la cuantía que figura en la notificación de la denuncia".
Lo que le notifico haciéndole saber, que contra la misma podrá formular, de acuerdo
con lo establecido en el art. 13.2 del citado Reglamento, las alegaciones que estime
pertinentes y acompañar los documentos que considere oportunos en el plazo de diez días,
contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente notificación,
advirtiéndole que durante el mismo plazo, directamente o por medio de representante que
reúna los requisitos exigidos en el art. 32 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
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Viernes 2 de abril de 1999 B. O. C. CE. - 3.787 981
Común (B.O.E. 27-11-92) podrá examinar el indicado expediente.
Ceuta, a 30 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
976.- 1.- Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ciudad de Ceuta.
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de contratación.
c) Número de expediente: 576/98.
2.- Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Contrato de suministro.
b) Descripción del objeto: "Suministro de diverso vestuario con destino a la Policía Local."
c) Boletín Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: B.O.C.CE de 17 de diciembre de 1998.
3.- Tramitación, procedimiento y forma.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4.- Presupuesto base de licitación.
Importe Total: 10.213.288 pesetas.
5.- Adjudicación.
a) Fecha: 15 de febrero de 1999.
b) Contratista: EL CORTE INGLES S.A.
c) Importe de adjudicación: 9.829.604 ptas.
Ceuta a veinticinco de marzo de 1999.- EL SECRETARIO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
977.- Extracto del Acta de la Sesión Pública Extraordinaria, Celebrada en Primera Convocatoria por el Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta el día veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
- Crear una Comisión Especial para la reforma del Estatuto de Autonomía, integrada por un representante de cada grupo político con representación en la Asamblea de Ceuta, con la finalidad de analizar y, en su caso consensuar, de acuerdo con la representación que cada uno de los miembros de la misma ostenta, qué aspectos de nuestro Estatuto de Autonomía, puedan ser susceptibles de promover su reforma.
Se levantaba la Sesión a las once horas tres minutos.
Ceuta, 26 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
978.- Extracto del Acta de la Sesión Pública Extraordinaria, Celebrada en Primera Convocatoria por el Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta el día veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
- Concertar una operación de crédito a largo plazo
por importe de 1.269.000.000 de Ptas. con objeto de Financiar las inversiones y
transferencias incluidas en los capítulos VI y VII del Presupuesto de 1999 que requieren
esa forma de financiación.
Se levantaba la Sesión a las nueve horas cuarenta y cinco minutos.
Ceuta, a 26 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Penal Número Dos de Ceuta
979.- Magistrado Juez Juzgado Penal Número Dos de Ceuta.
Hace Saber: Que en éste Juzgado se sigue el Rollo 221/97-M dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de esta ciudad, por el supuesto delito de Imprudencia Temeraria entre otros particulares se ha acordado:
Citar: Mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a D.ª Sahana Yamahi al objeto de que comparezca ante este Juzgado, C/. Serrano Orive s/n, a fin de asistir a la vista del Juicio Oral, que se celebrará el próximo día 28 de abril a las 10, 20 horas.
No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma al testigo anteriormente mencionado, expido el presente en Ceuta a 18 de marzo de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
980.- Magistrado Juez D. José Silva Pacheco.
Hago Saber: Que en éste Juzgado se sigue el Rollo P.A. 53/98 dimanante del procedimiento instruido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de esta ciudad, por el supuesto delito de Apropiación indebida entre otros particulares se ha acordado:
Citar: Mediante el presente Edicto y en calidad de testigo a Repres. legal Construcciones Jaserba, S.A. al objeto de que comparezcan ante este Juzgado, C/. Serrano Orive s/n, a fin de asistir a la vista del Juicio Oral, que se celebrará el próximo día 27-4-99 a las 10,30 horas.
No habiendo nada más que hacer constar y para que sirva el presente de citación en forma al testigo anteriormente mencionado, expido el presente en Ceuta a 15 de marzo de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
981.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de los de Ceuta, en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas núm. 32/97-A seguido por lesiones ha ordenado notificar a D. Mustafa M. Mohamed y D. Abdelaziz Tuhami Tuhami la sentencia dictada con fecha 3-12-98 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:
Fallo que debo absolver y absuelvo libremente a D. Jalid Abdelatif Al-Lal, D. Abdelaziz Tuhami Tuhami, y D. El Hossain Boudjaj de la falta de lesiones, de que venía siendo acusado, declarando de oficio las costas de este juicio.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de cinco días desde su notificación, debiendo ser formalizado por escrito en el que se hará constar las razones por las
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981 B. O. C. CE. - 3.787 Viernes 2 de abril de 1999
que no se considera adecuada a derecho la presente resolución.
Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para su inserción en el "Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido la presente en Ceuta, a 17 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Consejería de Economía y Hacienda
Servicio de Insdustria y Energía
982.- Visto el expediente tramitado en el Servicio de Industria y Energía de esta Consejería a petición de D. Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A., con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva, nº 2, solicitando autorización y declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación de un centro de transformación y su alimentación a 15 KV, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas.
Esta Consejería, en ejercicio de las competencias asignadas por el Decreto 2502/1996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:
1º.-: Autorizar la instalación del centro de transformación "Teniente Arrabal" y su línea eléctrica de alimentación a 15 KV, cuyas características son los siguientes:
a) Lugar donde se van a establecer las instalaciones: El centro de transformación irá en un edificio de nueva construcción ubicado en la intersección de las calles Teniente Arrabal y Simoa con la calle Galea, a nivel de calle, con acceso desde la calle Teniente Arrabal. La línea eléctrica de 15 KV partirá del centro de transformación "25 años de Paz" y finalizará en el centro de transformación "Borrás". El centro de transformación en proyecto se intercalará en esta línea.
b) Finalidad de las instalaciones: Dotar de energía eléctrica en baja tensión a las edificaciones situadas próxima s a la calle Teniente Arrabal.
c) Características principales: El centro de transformación irá dotado de dos transformadores trifásicos de hasta 630 KVA, refrigerados por aceite, para transformación de 15.000 V a 380/220V.
La línea eléctrica será subterránea y estará constituida por 3 cables tipo RHVFAV entubados, con sección de 70 mm2 de cobre. Longitud total de la línea: 260 metros, distribuidos en dos tramos: C.T. 25 años de Paz" - C.T. "Teniente Arrabal": 110 m. y C.T. "Teniente Arrabal" - C.T. "Borrás"" 150 m. Intensidad máxima admisible: 243 Amperios.
2º.-: Declarar, en concreto, la utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se autorizan, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento de aplicación, de 20 de octubre de 1966.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Ceuta en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 29 de enero de 1999.- LA VICECONSEJERA DE ECONOMIA Y HACIENDA.- Fdo.: Regina Pizones Sánchez.
Delegación del Gobierno en Ceuta
983.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Comisaría de Policía
Denunciado: Brahim Mohamed Mohamed
Hechos Imputados: Portar un bate de beisball y un palo de grandes dimensiones, el pasado día 7-12-98, cuando se encontraba en la Vía Pública.
Calificación: Infracción Leve
Precepto Infringido: Art. 26j) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero.
Sanción que pudiera Corresponder: De 0 a 50.000 de Ptas.
Organo Competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno [artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92].
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de diez días desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 40.000 ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.
984.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Comisaría de Policía
Denunciado: Brahim Mohamed Mohamed
Hechos Imputados: Portar un bate de beisball y un palo de grandes dimensiones, el pasado día 7-12-98, cuando se encontraba en la Vía Pública.
Calificación: Infracción Leve
Precepto Infringido: Art. 26j) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero.
Sanción que pudiera Corresponder: De 0 a 50.000 de Ptas.
Organo Competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno [artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92].
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de diez días desde el siguiente a la recepción de
560
Viernes 2 de abril de 1999 B. O. C. CE. - 3.787 986
este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 25.000 ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.
985.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Guardia Civil.
Denunciado: Pedro José Casanova Navarro.
Hechos Imputados: originar desorden en la vía Pública (Aduana de El Tarajal), el pasado día 1-12-98.
Calificación: Infracción Leve
Precepto Infringido: Art. 26 i) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero.
Sanción: que pudiera corresponder: De 0 a 50.000 Ptas.
Organo Competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno [artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92].
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de diez días desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 25.000 Ptas., considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la
resolución, supondrá la termina
ción del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos
procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación al régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.
986.- Con esta misma fecha el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno ha acordado la iniciación de un procedimiento sancionador contra Ud. como presunto responsable de los siguientes hechos:
Denunciante: Guardia Civil
Denunciado: Malika Abdeselam Mohtar
Hechos imputados: Desobedecer los mandatos de la autoridad, el pasado día 18-12-98, cuando se encontraba en la Aduana Hispano-Marroquí.
Calificación: Infracción Leve.
Precepto infringido: Art. 26 h) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Seguridad Ciudadana.
Sanción que pudiera corresponder: De 0 a 50.000 Ptas.
Organo Competente: Excmo. Sr. Delegado del Gobierno (artículo 29.1 d) Ley Orgánica 1/92).
Lo que se le comunica al objeto de que presente alegaciones y aporte cuantos documentos estime convenientes en el plazo de diez días desde el siguiente a la recepción de este escrito, advirtiéndole que en caso de no formular alegaciones que desvirtúen los hechos denunciados, la sanción a imponer será de 25.000 Ptas, considerándose en ese caso el presente acuerdo como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/93, de 4 de agosto.
En el supuesto de que voluntariamente reconozca su responsabilidad, el expediente se resolverá con la imposición de la sanción.
El pago voluntario del importe de la multa, en cualquier momento anterior a la resolución, supondrá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.
Se designan instructora y secretaria de este expediente a D.ª M.ª del Mar Ríos Calvo y D.ª M.ª Carmen Amores Campoy, funcionarias de esta Delegación del Gobierno, a quienes son de aplicación el régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.
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B. O. C. CE. - 3.787 Viernes 2 de abril de 1999
I N F O R M A C I O N
PALACIO MUNICIPAL: Plaza de Africa s/n. - Telf. 52 82 00
- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.
- Oficina de Información Horario de 9 a 14 h.
- Registro General Horario de 9 a 14 h.
SERVICIOS FISCALES: Avda. Africa s/n. - Telf. 528236. Horario de 9 a 14 h. y de 16 a 18 h.
ASISTENCIA SOCIAL: Juan de Juanes s/n. - Telf. 504652. Horario de 10 a 14 h.
BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 513074. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.
LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 514228
FESTEJOS: Paseo de las Palmeras s/n. - Telf. 518022
JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 518844
POLICIA MUNICIPAL: Avda. de España s/n. - Telfs. 528231 - 528232
BOMBEROS: Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 528355 - 528213
588
Viernes 2 de abril de 1999 B. O. C. CE. - 3.787
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Las inscripciones al B.O.C.CE. deberán ser solicitadas mediante instancia dirigida al Excmo. Sr. Presidente. Archivo Central. Plaza de Africa s/n. 51001. Ceuta.
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El pago se realiza antes de los 15 días naturales contados a partir de la notificación. No se aceptarán talones nominativos ni transferencias bancarias.
Las suscripciones se considerarán renovadas si no se comunica su cancelación antes del 15 de enero del mismo año.
Las tarifas vigentes, según acuerdo plenario de 18 de diciembre de 1998, son de:
- Ejemplar 260 pts.
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