Formato PDF

BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA

Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo

Año LXXIV Martes 16 de marzo de 1999 Número 3.782


S U M A R I O

AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

733.- Asunción de la Presidencia Acctal. por parte del Excmo. Sr. D. Juan Antonio García Ponferrada, hasta regreso del Presidente titular.

760.- Nombramiento de nuevo Vocal Titular en el Tribunal Calificador para la provisión en propiedad de 4 plazas de Cabo de la Policía Local.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

734.- Información pública en expediente de licencia de apertura de local sito en Zona de Servicio, sector F, nº 87, dedicado a Exposición, Venta y reparación de embarcaciones y motocicletas, solicitada por D. Juan José Luque Ruiz, en representación de Luque Import, S. L.

735.- Información pública en expediente de licencia de apertura de local sito en Pueblo Marinero nº 28, para dedicarlo a Hamburguesería, Baguetería y Pizzería, solicitada por D. Antonio León Fernández.

736.- Información pública en expediente de licencia de apertura de local sito en Avda. Martínez Catena nº 72, para dedicarlo a Bar-Restaurante, solicitada por D. Abdelkader Ahmed Madani.

737.- Información pública en expediente de licencia de apertura de local sito en C/ Salud Tejero nº 1, para dedicarlo a Café-Bar, solicitada por D. Alejandro Anaya Fernández.

748.- Notificación a D. José Ruiz Pozo, en expediente de licencia de apertura de local sito en C/ General Serrano Orive nº 15, para dedicarlo a Bar-Cafetería, solicitada por D. José A. Merino Díaz.

750.- Declaración de vacante del puesto F-40 del Mercado Central.

751.- Notificación a D. Francisco José Fernández García, en solicitud de información urbanística sobre instalación de una pensión en C/ Velarde nº 7.

752.- Notificación a D. Antonio Matres Herrero, en expediente sancionador 25/99.

753.- Notificación a D. Jesús Javier García Roldán, en expediente sancionador 7/99.

754.- Notificación a D.ª M.ª José Luz Peña, en expediente contradictorio de ruina del edificio sito en C/ Vista Alegre nº 20.

755.- Notificación a Dª. Hida Dadi Amar, en expediente de solicitud de licencia de obras en C/ Santos Vilela nº 2.

756.- Notificación a D. Vidal Báñez de la Bastida y a Dª. Mª. Angeles Gutiérrez Manchón, en expediente de declaración de ruina inminente del inmueble sito en Avda. Regulares nº 7.

757.- Notificación a D. Rafael Montero Avalos y a JOMA, en expediente de orden de ejecución de obras en el edificio sito en c/ Alvarez nº 1.

758.- Declaración de vacante del puesto A-10 del Mercado Central.

759.- Declaración de vacante de puesto nº 2 del Mercado San José.

Delegación del Gobierno en Ceuta

739.- Notificación a Dª. Josefa Ordóñez Gutiérrez, relativa a solicitud de asistencia jurídica gratuita.

740.- Notificación a Dª. Hadduch Mohamed Abdel-Lah Mehdi, relativa a solicitud de asistencia jurídica gratuita.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Area de Fomento

772.- Información pública de la solicitud de D. Juan Olmedo Alguacil, en nombre y representación de Sociedad Cooperativa del Mar de Ceuta, de otorgamiento de concesión administrativa para el calamento de la Almadraba Aguas de Ceuta, en la Bahía Sur de nuestra ciudad.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Tráfico

742.- Relación de notificaciones por infracciones de Tráfico.

741 B. O. C. CE. - 3.782 Martes 16 de marzo de 1999



Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Dirección Provincial de Ceuta

741.- Notificación a D. Louay Taieb Rekaina, en expediente S-019/98.

743.- Relación de notificaciones a empresas y trabajadores, relativas a actas levantadas por la Inspección de Trabajo.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto de Migraciones y Servicios Sociales

738.- Notificación a Dª. Fatima Mohamed Ahmed y a D. José Fernando Vidal Pereira, en expedientes 51/17/I/98 y 51/202/I/98, respectivamente.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Audiencia Provincial de Cádiz

Sección Sexta

761.- Notificación a Dª Eva María del Río Lorenzo, en Rollo de Apelación 9/99-JF, dimanante del Juicio de Faltas 252/96.

762.- Notificación a D. Mohamed Abselam, en Rollo de Apelación 9/99-JF, dimanante del Juicio de Faltas 447/97.

Juzgado de lo Social de Ceuta

747.- Notificación a Multiservicios Financieros Ceutí, S. L., en autos 838/98 y 851/98.

749.- Notificación a Vicentino, S. L., en Ejecución 36/99 dimanante de autos 40/97.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

763.- Citación a D. Chaid Beallis y a D. Hamed Ali, en Juicio de Faltas 369/97.

764.- Notificación a D. Mohamed Mohamed Mohamed, en Juicio de Faltas 340/97.

765.- Notificación a D. Miguel Cara Baeza, en autos de Ejecutoria 14/94.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

769.- Citación a D. Orsino 300 Innovaciones, S. L. y a D. Ramón Carabante, en Juicio Declarativo de Menor Cuantía 304/98-A.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

766.- Notificación y emplazamiento a D. José Luis Pérez Fernández, en Juicio de Menor Cuantía 35/99.

767.- Notificación a D. Youssef Rektouti, en Juicio de Faltas 170/98.

770.- Notificación y emplazamiento a D. José Luis Pérez Fernández, en Juicio de Menor Cuantía 35/99.

771.- Notificación y emplazamiento a D. Yamal Mohamed Abselam, en Juicio de Menor Cuantía 221/98.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

744.- Citación a D. Haresh Matharani Ghanshamji y a D. Bhoori Jeswani, en Juicio Ejecutivo 336/97.

745.- Citación a D. Ramón Varela Varela, en Juicio Ejecutivo 306/97.

746.- Citación a D. Mariano Palomar Escarcena, en Juicio Verbal 160/97.

768.- Emplazamiento a D. Carlos Ignacio Pareja González, en Juicio de Cognición 126/97.
I N F O R M A C I O N




PALACIO MUNICIPAL:  Plaza de Africa s/n. - Telf. 52 82 00

- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.

- Oficina de Información Horario de 9 a 14 h.

- Registro General Horario de 9 a 14 h.

SERVICIOS FISCALES:   Avda. Africa s/n. - Telf. 528236. Horario de 9 a 14 h. y de 16 a 18 h.

ASISTENCIA SOCIAL:   Juan de Juanes s/n. - Telf. 504652. Horario de 10 a 14 h.

BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 513074. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.

LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 514228

FESTEJOS:  Paseo de las Palmeras s/n. - Telf. 518022

JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 518844

POLICIA MUNICIPAL:  Avda. de España s/n. - Telfs. 528231 - 528232

BOMBEROS:  Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 528355 - 528213

375
Martes 16 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.782 739



AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

733.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta D. Jesús Cayetano Fortes Ramos, por su Decreto de fecha diez de marzo de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:

"Debiéndome ausentar de la Ciudad, por motivos oficiales, a partir de las 08,00 horas del Miércoles día 17 de marzo de 1999, hasta mi regreso , y visto lo dispuesto en el art. 10 del Reglamento de la Presidencia y demás disposiciones concordantes del Régimen Local.

VENGO EN DISPONER.- Que asuma la Presidencia Accidentalmente el Excmo. Sr. D. Juan Antonio García Ponferrada, Diputado de la Asamblea, a partir de las 08,00 horas del Miércoles día 17 marzo del año en curso, hasta mi regreso.

Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta."

Lo que le traslado a los oportunos efectos.

Ceuta, a 10 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

734.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Exposición, Venta y Reparación de Embarcaciones y Motocicletas, en Avda. Cañonero Dato, Z. Servicio Puerto, Sec. F, Número 87, a instancia de D. Juan José Luque Ruiz, D.N.I. 45.073.310, en representación de Luque Import, S. L.

En cumplimiento de lo previsto en el art. 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.

Ceuta, a 11 de marzo de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

735.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Hambur-guesería, Baguetería y Pizzería, en Marina Española, Pueblo Marinero, n.º 28, a instancia de D. Antonio León Fernández, D.N.I. 45.066.352.

En cumplimiento de lo previsto en el art. 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.

Ceuta, a 11 de marzo de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

736.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Bar-Restau
rante, en Avda. Martínez Catena, n.º 72, a instancia de D. Abdelkader Ahmed Madani, D.N.I. 45.080.751.

En cumplimiento de lo previsto en el art. 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.

Ceuta, a 11 de marzo de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

737.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Café-Bar, en Salud Tejero, n.º 1, a instancia de D. Alejandro Anaya Fernández, D.N.I. 45.104.803.

En cumplimiento de lo previsto en el art. 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.

Ceuta, a 11 de marzo de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Instituto de Migraciones y Servicios Sociales

738.- La Dirección Provincial del Imserso de Ceuta en la tramitación de expedientes indicados a continuación ha intentado notificar la citación de los interesados, para realizar los trámites indispensables para su resolución, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27).

Expediente: 51/17/I/98

Apellidos y Nombre: Mohamed Ahmed, Fatima.

Expediente: 51/202/I/98

Apellidos y Nombre: Vidal Pereíra, José Fernando.

Se advierte a los interesados que transcurridos tres meses se producirá la caducidad de los expedientes con archivo de las actuaciones practicadas (art. 92 de la Ley 30/92).

Ceuta, 1 de marzo de 1999.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.

Delegación del Gobierno en Ceuta

739.- Vista la solicitud de asistencia jurídica gratuita, presentada en octubre de mil novecientos noventa y ocho ante el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados de Ceuta, formulada por D.ª Josefa Ordóñez Gutiérrez, al amparo de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita (BOE nº 11, de 12-1-96) y en el artículo 15 del Real Decreto 2103/1996, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita (BOE nº 231, de 24-9-96), y analizada la documentación que se acompaña a la solicitud, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Ceuta en la reunión

376
739 B. O. C. CE. - 3.782 Martes 16 de marzo de 1999


celebrada el día 23 de noviembre de mil novecientos noventa y ocho Ha Resuelto:

Confirmar la decisión provisional adoptada por el Colegio de Abogados de Ceuta y, en consecuencia, denegar el reconocimiento del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita, instado por la solicitante, por haber quedado acreditado que los recursos e ingresos económicos por unidad familiar de la solicitante superan los establecidos en el artículo 3º de la Ley 1/1996.

La presente resolución podrá ser impugnada, dentro de plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante el órgano judicial que esté tramitando el proceso para el cual se solicitó el derecho a la asistencia jurídica gratuita, o ante el Juez decano de la localidad si el proceso no se hubiera iniciado (artículo 20 de la Ley 1/1996). El escrito de interposición del recurso podrá ser presentado ante la Secretaría de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.

Ceuta, a treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: José Luis Puerta Martí.- EL SECRETARIO.- Fdo.: Esteban Pachá Vicente.

740.- Vista la solicitud de asistencia jurídica gratuita, presentada en octubre de mil novecientos noventa y ocho ante el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados de Ceuta, formulada por D.ª Hadduch Mohamed Abdel-Lah-Mehdi, al amparo de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita (BOE nº 11, de 12-1-96) y en el artículo 15 del Real Decreto 2103/1996, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita (BOE nº 231, de 24-9-96), y analizada la documentación que se acompaña a la solicitud, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Ceuta en la reunión celebrada el día 23 de noviembre de mil novecientos noventa y ocho Ha Resuelto:

Confirmar la decisión provisional adoptada por el Colegio de Abogados de Ceuta y, en consecuencia, denegar el reconocimiento del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita, instado por la solicitante, por haber quedado acreditado que la pretensión a defender es de tipo administrativo no contencioso.

La presente resolución podrá ser impugnada, dentro de plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante el órgano judicial que esté tramitando el proceso para el cual se solicitó el derecho a la asistencia jurídica gratuita, o ante el Juez decano de la localidad si el proceso no se hubiera iniciado (artículo 20 de la Ley 1/1996). El escrito de interposición del recurso podrá ser presentado ante la Secretaría de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.

Ceuta, a treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: José Luis Puerta Martí.- EL SECRETARIO.- Fdo.: Esteban Pachá Vicente.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Dirección Provincial de Ceuta

741.- D. Manuel Díez de Castro, Secretario General de la Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales de Ceuta,

Certifica: Que la Subdirección General de Recursos ha dictado las siguientes Resoluciones, en relación con actas levantadas por la Inspección de Trabajo a las empresas y/o trabajadores que a continuación se relacionan, que no han podido ser notificadas al haberse agotado sin resultado el trámite usual de los previstos en el art. 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admones. Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/92, de 26-11-92.

Expte.: S-019/98; Empresa: Louay Taieb, Rekaina; Sanción: 50.500 Ptas.

Se advierte a las empresas y/o trabajadores que las presentes resoluciones agotan la vía administrativa, pudiendo no obstante, si se desean impugnar, interponer en el plazo de dos meses, recurso Contencioso-Administrativo ante la correspondiente sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Y para que conste, expido y firmo la presente certificación en Ceuta, a veinticuatro de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- Vº Bº EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Rafael Sánchez de Nogués.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Tráfico

742.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

Ceuta, 26-2-1999.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

ART= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto; SUSP= Meses de Suspensión.

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040437920 A. Bouchazi X21.286.49E V. I La Gelt. 13-11-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040437797 H. Baharaoui X09.858.87S Bilbao 01-12-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

377
Martes 16 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.782 742


Cuantía

Expediente Denunciado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040438066 A. Chakir X25.544.93K Burgos 28-11-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040438110 M. Riani CA010141 Algeciras 01-12-98 30.000 180,30 RDL 339/90 061.3

510040438030 M. Fkih X11.695.17J Algeciras 21-11-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040394129 M. Oliva 31.785.082 Algeciras 20-11-98 50.000 300,51 1 RD 13/92 056.2

510040438960 B. El Bachir X14.817.910 Alcollarín 25-01-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040456410 Precosan, S.L. B11.950.672 Ceuta 28-01-99 35.000 210,35 RDL 339/90 061.3

510040456421 Precosan, S.L. B11.950.672 Ceuta 28-01-99 15.000 90,15 RDL 339/90 061.4

510040455659 F. Bannoudi CE 4252 Ceuta 21-12-98 5.000 30,05 RDL 339/90 059.3

510040438583 M. Saban X14.535.43N Ceuta 17-01-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040456172 M. González 45.018.540 Ceuta 11-01-99 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040445320 L. Medina 45.035.287 Ceuta 07-11-98 50.000 300,51 1 RD 13/92 056.3

510040455350 E. Vázquez 45.063.199 Ceuta 12-12-98 50.000 300,51 1 RD 13/92 087.1 A

510040456007 M. Mohamed 45.064.515 Ceuta 09-01-99 15.000 90,15 RDL 339/90 061.4

510040455994 M. Mohamed 45.064.515 Ceuta 09-01-99 15.000 90,15 RDL 339/90 061.4

510040438418 F. Ahmed 45.078.242 Ceuta 04-12-98 20.000 120,20 RDL 339/90 061.3 510040445472 M. Mohamed 45.079.203 Ceuta 29-12-98 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040456275 J. Hidalgo 45.079.288 Ceuta 12-01-99 35.000 210,35 RD 13/92 091.2

510040444935 M. Mohamed 45.079.315 Ceuta 12-11-98 Ley 30/1995

510040411826 I. Mohamed 45.079.565 Ceuta 29-01-99 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040455090 S. Mohamed 45.080.098 Ceuta 11-12-98 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040455118 D. Sufian 45.080.098 Ceuta 11-12-98 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040445538 S. Mohamed 45.082.636 Ceuta 28-01-99 Ley 30/1995

510040455660 M. Mohamed 45.083.530 Ceuta 21-12-98 20.000 120,20 RDL 339/90 061.3

510040438649 A. Mohamed 45.083.607 Ceuta 15-12-98 15.000 90,15 RD 13/92 154.

510040446233 M. Abdelkader 45.085.446 Ceuta 20-11-98 50.000 300,51 2 RD 13/92 003.1

510040450182 S. Abdeselam 45.087.592 Ceuta 30-01-99 Ley 30/1995

510040450017 E. Ahmed 45.088.780 Ceuta 27-01-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040438078 L. Mustafa 45.090.555 Ceuta 28-11-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040455106 Y. Mohamed 45.093.661 Ceuta 11-12-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040455131 Y. Mohamed 45.093.661 Ceuta 11-12-98 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040438996 M. Ahmed 45.096.975 Ceuta 29-01-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040455787 M. Fattah 45.103.967 Ceuta 21-12-98 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040455799 M. Fattah 45.103.967 Ceuta 21-12-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040455805 M. Fattah 45.103.967 Ceuta 21-12-98 50.000 300,51 2 RD 13/92 003.1

510040450110 J. Jordan 45.104.052 Ceuta 17-01-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040385608 M. Abdelkader 45.105.388 Ceuta 31-12-98 50.000 300,51 1 RD 13/92 003.1

510040457024 A. García 50.532.374 Ceuta 02-02-99 20.000 120,20 RDL 339/90 061.3

510040446336 M. Abderraha. 99.012.502 Ceuta 07-12-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040438534 A. Hajaouej X19.757.65L Madrid 06-01-99 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040438613 M. Chabib X13.754.434B Málaga 14-12-98 15.500 93,16 RDL 339/90 061.1

510040447160 I. González 72.035.698 Santander 10-12-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Ordinario dentro del plazo de un mes, contado a partir del día de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Ceuta, 26-2-1999.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

ART= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto; SUSP= Meses de Suspensión.

378
742 B. O. C. CE. - 3.782 Martes 16 de marzo de 1999


Cuantía

Expediente Sancionado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040455647 F. Bannoudi CE 4252 Ceuta 21-12-98 15.000 90,15 RD 13/92 117.1

510040442021 A. Ahmed 45.076.582 Ceuta 14-11-98 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040442781 A. Mohamed 45.079.429 Ceuta 19-10-98 20.000 120,20 RDL 339/90 061.1

510040445368 A. Abdeselam 45.081.948 Ceuta 08-11-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040435521 M. Mustafa 45.083.963 Ceuta 19-11-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040444455 H. Mohamed 45.084.077 Ceuta 24-10-98 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040448266 M. Maimón 45.085.740 Ceuta 28-10-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040448758 A. Mohamed 45.088.956 Ceuta 08-11-98 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040455775 M. Mohamed 45.095.647 Ceuta 21-12-98 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040443815 H. Alí 45.095.968 Ceuta 13-10-98 50.000 300,51 2 RD 13/92 003.1

510040455969 A. Molina 45.099.319 Ceuta 23-12-98 10.000 60,10 RD 13/92 012.1

510040444522 A. Mohamed 45.103.730 Ceuta 20-10-98 75.000 450,76 RDL 339/90 061.1

510040440814 R. Mohamed 99.014.337 Ceuta 27-09-98 10.000 60,10 RD 13/92 012.1

510040440826 R. Mohamed 99.014.337 Ceuta 27-09-98 15.000 90,15 RD 13/92 118.1

510040440644 S. Jurado 34.022.192 Puente Genil 25-09-98 15.500 93,16 RDL 339/90 062.1

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Dirección Provincial de Ceuta

743.- Manuel Díez de Castro, Secretario General de la Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales de Ceuta,

Certifica: Que ésta Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales ha dictado las siguientes Resoluciones, en relación con actas levantadas por la Inspección de Trabajo a las empresas y/o trabajadores que a continuación se relacionan, que no han podido ser notificadas al haberse agotado sin resultado el trámite usual de los previstos en el art. 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admones. Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/92, de 26-11-92.

Exptes.: Empresa: Sanción:

E-111/98 Anisa Lahsen, Hidar 500.500

E-008/99 Juegos Hadu, S.L. 500.100

S-068/98 José María, Gallego Sánchez 50.100

S-067/98 Ceuta Center, C.B. 50.100

Se advierte a las empresas y/o trabajadores que en el plazo de un mes, contado a partir del mismo día de su notificación de éste documento, pueden presentar Recurso Ordinario con las mismas, ante el Ilmo. Sr. Director General competente, en ésta Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales o a través de la Subdirección General de Recursos, de acuerdo con el art. 14 de la Ley 30/92, de 26.11, de Régimen Jurídico de las Admones. Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Y para que conste, expido y firmo la presente certificación en Ceuta, a veinticuatro de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- Vº Bº EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Rafael Sánchez de Nogués.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

744.- La Ilma. Sr. D.ª María Otilia Martínez Palacios, Magistrada Juez de Primera Instancia Número Cuatro de los de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se sigue procedimiento de Juicio Ejecutivo, bajo el núm. 336/97, promovido por la Procuradora D.ª Ingrid Herrero Jiménez, en
nombre y representación de Banco Urquijo S.A., contra D. Haresh Matharani y D. Bhoori Jeswani Sobhrajmal, sobre reclamación de 324.892 pesetas de principal, más otras 130.000 pesetas presupuestadas inicialmente para costas e intereses.

Y, encontrándose actualmente en paradero desconocido, por medio del presente se le hace saber que se ha practicado embargo, sin el previo requerimiento de pago, por ignorarse su paradero, concediéndole el término de nueve días para que se persone en autos y se oponga a la ejecución, si le conviniere, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, bajo apercibimiento de que si no lo verifica, será declarado en rebeldía.

Es por lo cual que extiendo la presente como citación de remate en forma al referido demandado D. Haresh Matharani Ghanshamji y D. Bhoori Jeswani, en Ceuta a 24 de febrero de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.

745.- La Ilma. Sr. D.ª María Otilia Martínez Palacios, Magistrada Juez de Primera Instancia Número Cuatro de los de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se sigue procedimiento de Juicio Ejecutivo, bajo el núm. 306/97, promovido por la Procuradora D.ª Ingrid Herrero Jiménez, en nombre y representación de Caja Postal de Ahorros, contra D. Ramón Varela Varela, sobre reclamación de 71.225 pesetas de principal, más otras 50.000 pesetas presupuestadas inicialmente para costas e intereses.

Y, encontrándose actualmente en paradero desconocido, por medio del presente se le hace saber que se ha practicado embargo, sin el previo requerimiento de pago, por ignorarse su paradero, concediéndole el término de nueve días para que se persone en autos y se oponga a la ejecución, si le conviniere, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, bajo apercibimiento de que si no lo verifica, será declarado en rebeldía.

Es por lo cual que extiendo la presente como citación de remate en forma al referido demandado D. Ramón Varela Varela, en Ceuta a 24 de febrero de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO.

746.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado se sigue autos de Juicio Verbal con el número 160/97, a instancia de Comercial Galo, S.A. representado por el Procurador Sr. Javier Sánchez

379
Martes 16 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.782 751


Pérez contra D. Mariano Palomar Escarcena.

Y por resolución del día de la fecha he acordado citar a D. Mariano Palomar Escarcena, para que comparezca ante este Juzgado para la celebración del Juicio Verbal el día 15 de abril a las 11 horas de su mañana.

Y para que sirva de citación a D. Mariano Palomar Escarcena, cuyo domicilio se desconoce, expido el presente en Ceuta a 24 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

Juzgado de lo Social de Ceuta

747.- D. Juan Arturo Pérez Morón, Secretario Titular del Juzgado de lo Social de Ceuta.

Hago saber: Que en el procedimiento de este Juzgado núm. 838 y 851/98, seguidos a instancia de D.ª Encarnación Ruiz Cuadrado y D. Antonio Sánchez Cañete, contra la empresa Multiservicios Financieros Ceutí, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia cuyo tenor literal del fallo es el siguiente:

Que estimando parcialmente las demandas que encabezan las presentes actuaciones, debo condenar y condeno a la empresa demandada Multiservicios Financieros Ceutí, S.L. a que abone a cada uno de los actores las siguientes cantidades: A D.ª Encarnación Ruiz Cuadrado: 792.000 Ptas y a D. Antonio Sánchez Cañete: 552.784 Ptas., por los conceptos reclamados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación, advirtiendo al demandado que caso de no recurrir deberá consignar el importe de la condena más la cantidad de 25.000 Ptas. para el recurso, en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en el B.B.V. de esta Ciudad.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la empresa demandada Multiservicios Financieros Ceutí, S.L. actualmente en ignorado paradero, expido la presente que firmo y sello en Ceuta, a cinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

748.- En cumplimiento a lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica a D. José Ruiz Pozo, que D. José Antonio Merino Díaz, solicita licencia de apertura de local sito en C/ General Serrano Orive nº 15, para ejercer la actividad de Bar-Cafetería.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta,
dado que no se ha podido practicar la notificación a D. José Ruiz Pozo.

Ceuta, a 8 de marzo de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

Juzgado de lo Social de Ceuta

749.- D. Juan Arturo Pérez Morón, Secretario del Juzgado de lo Social de Ceuta.

Hago Saber: Que en este Juzgado se tramita ejecución 36/99 dimanante de los autos 40/97 instados por D. Mohamed Ahmed Mohamed contra la empresa Vicentino, S.L.

Por providencia de fecha 5 del actual se acordó despachar ejecución contra la empresa referida por cuantía de trescientas cincuenta y siete mil novecientas noventa y ocho ptas. (357.998) de principal más 35.799 calculadas para costas.

Por auto de fecha 10 del actual se acordó ampliar la insolvencia de la empresa, que ya tenía declarada en anteriores ejecuciones, para cubrir el crédito del actor D. Mohamed Ahmed Mohamed, ascendente a la suma anteriormente mencionada.

Y para que sirva de notificación en forma a la empresa demandada Vicentino, S.L. cuyo paradero actual se desconoce, se publica la presente en el Boletín Oficial de esta ciudad y se expide en Ceuta a diez de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

750.- Por Decreto de la Concejalía Delegada de Mercados y Cementerios de fecha 08-03-99, se declara vacante el puesto F-40 del Mercado Central. Por tanto se abre un plazo de 15 días contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta para la presentación de solicitudes a dicho puesto, debiendo realizarse las mismas a través del Registro General del Ayuntamiento.

Caso de no recibirse ninguna solicitud en el plazo anteriormente señalado, se ampliará el mismo durante 15 días más, y así sucesivamente.

Ceuta, a 11 de marzo de 1999.- EL CONCEJAL DELEGADO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: Enrique García-Conde Sánchez.

751.- El Sr. Secretario Letrado Acctal. de la Ciudad de Ceuta, con fecha 25 de enero de 1999 comunica que:

"En relación con su solicitud de información urbanística de fecha 19 de enero de 1999, sobre la instalación de una Pensión en C/ Velarde nº 7, he de comunicarle que los Técnicos Municipales, con fecha 22-01-99, emiten el siguiente informe:

"El emplazamiento de la actividad pretendida se hace en un área de reparto afectado por las Ordenanzas de zona 1: Edificación en Manzana Cerrada.

Dado que el uso de Pensión se encuadra dentro del uso económico terciario, clase C, categoría B: Hostelería, Servicio de Hospedaje y en zona 1 el uso económico terciario es compatible en todas sus clases y situaciones, siempre y cuando se cumpla con toda la normativa de adecuación que le es de aplicación, no existe inconveniente en la implantación de la actividad.

No consta en los archivos de esta Consejería de Fomento y Medio Ambiente que la edificación en C/ Velarde nº 7
380
751 B. O. C. CE. - 3.782 Martes 16 de marzo de 1999



se encuentre declarada en ruina."

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Francisco José Fernández García.

Ceuta, a 8 de marzo de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

752.- No siendo posible practicar la notificación a D. Antonio Matres Herrero, en relación al expediente sancionador nº 25/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 23-02-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D. Antonio Matres Herrero, por abandono de un turismo, marca VOLKSWAGEN, modelo GOLF, matrícula CE-5786-C, número de bastidor WVWZZZ19Z-GW339878, cometiéndose la infracción el día 16 de febrero de 1999 a las 10,00 horas en Finca "Berrocal" Zona Fronteriza.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art. 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados.

En el art. 12 de la misma Ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión.

El art 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas.

En el art. 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas.

El R.D. 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia".

El art. 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey".

En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los
miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D. Antonio Matres Herrero reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese expediente sancionador a D. Antonio Matres Herrero por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca VOLKSWAGEN, modelo GOLF, matricula CE-5786-C, número de bastidor WVWZZZ1-9ZGW339878, apreciándose el hecho el día 16 de febrero de 1999 en Finca "Berrocal" Zona Fronteriza a las 10,00 horas.

Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, sin perjuicio de posibilidad de recusación de los mismos conforme el art 29 de la Ley 30/92 LRJ-PAC.

Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 4 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

753.- No siendo posible practicar la notificación a D. Jesús Javier García Roldán, en relación al expediente sancionador nº 7/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 29-01-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410.ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D. Jesús Javier García Roldán, por abandono de un turismo marca SEAT FIAT, modelo PANDA 45, matrícula CE-8088-B, número de bastidor ZFA141A00-09547027, cometiéndose la infracción el día 19 de enero de 1999 a las 12,00 horas en Cría Caballar, Loma Larga.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art
381
Martes 16 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.782 754



3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados.

En el art. 12 de la misma Ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión.

El art. 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas.

En el art 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas.

El RD 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia".

El art. 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que:

"En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes".

En el caso de la ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey".

En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D. Jesús Javier García Roldán reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando las medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese expediente sancionador a D. Jesús Javier García Roldán por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca SEAT FIAT, modelo PANDA 45, matricula CE-8088-B, número de bastidor ZFA141A00-09547027, apreciándose el hecho el día 19 de enero de 1999 en Cría Caballar, Loma Larga a las 12,00 horas.

Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda
valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 4 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

754.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha veintidós de febrero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"Por Decreto de esta Consejería de 21-12-98 se incoa expediente contradictorio de ruina del edificio sito en C/ Vista Alegre nº 20. Durante el trámite de audiencia no ha comparecido el expedientado.

Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan del estado en que se encuentra la vivienda, de las reparaciones que sería preciso llevar a cabo (1.550.220 Ptas.) y del valor de la construcción (884.851 Ptas.), proponiéndole declaración de ruina, tipo ruina económica, estimando un plazo de desalojo de un mes.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* El art. 183.2 del R.D. 1346/76, de 9 de abril, establece que se declarará el estado ruinoso de una finca, cuando (apartado b) el coste de la reparación sea superior al 50% del valor actual del edificio o plantas afectadas.

* El procedimiento aparece regulado en el art. 20 del Reglamento de Disciplina Urbanística así como en el 134 y ss de la Ordenanza de Disciplina Urbanística.

* El art. 140.1.a) de la precitada Ordenanza permite la declaración de ruina de la totalidad de la finca, lo que ocasiona la obligación de demoler por parte del propietario.

* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se declara en estado de ruina (tipo ruina económica) la finca sita en C/ Vista Alegre nº 20.

2º.- Se ordena a los ocupantes que desalojen la vivienda en el plazo de un mes.

3º.- Se ordena al propietario que proceda a la demolición de la finca en el plazo de quince días a partir del desalojo."

Atendido que ha podido practicarse la notificación de esta resolución a Dª. Mª. José Luz Peña, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Significándole que podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses desde la publicación de este Anuncio, de
382
754 B. O. C. CE. - 3.782 Martes 16 de marzo de 1999



acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

No obstante podrá presentar cualquier otro recurso que estime más oportuno para una mejor defensa de sus derechos.

Ceuta, a 4 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

755.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha 17-2-99, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"Dª. Hiba Dadi Amar solicita licencia para realizar obras en C/ José Santos Vilela nº 2-1º, consistentes en 3,00 Ud. Sustitución de ventana, con un presupuesto de 30.000 Ptas. (180,30 Euros).

Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan el 16-2-99 (nº 380) que no existe inconveniente de orden técnico en acceder a lo solicitado.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* El art. 178 de la Ley del Suelo de 1976 sujeta este tipo de actos a previa licencia.

* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de licencias urbanísticas de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se concede a Dª. Hiba Dadi Amar (D.N.I. nº 45.088.643) la licencia de obras solicitada.

2º.- Esta licencia se concede salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.

3º.- Se comunicará a la interesada que habrá de respetar lo previsto en el Título V de la Ordenanza de Limpieza, respecto de la recogida, transporte y vertido de tierras y escombros, para lo que se le remite copia de dicha norma.

4º.- Se comunicará asimismo a la interesada que la presente licencia queda condicionada al cumplimiento de la Ordenanza Municipal sobre emisión de ruidos, vibraciones y otras formas de energía, remitiéndose copia de la misma.

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a Dª. Hida Dadi Amar, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, 4 de Marzo de 1.999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

756.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"D. José Luis Gutiérrez Manchón denuncia el estado en que se encuentra el edificio sito en Avda. Regulares nº 7 de esta Ciudad, solicitando la declaración de ruina inminente del inmueble.

Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan el 24-2-99 (nº 466) que se ha perdido la capacidad portante de toda la estructura del edificio y sobre la cubierta.

Indican que los pilares en última planta están abiertos y desplomados hacia la vía pública, y los paramentos totalmente agrietados con peligro inminente de desprendimiento, estando las fábricas de ladrillo y pilastras reventadas, habiéndose producido abultamiento y roturas de forjados en todo el interior de la casa, por lo que propone declarar el inmueble en ruina inminente y desalojar inmediatamente la vivienda.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* El art. 26 del Reglamento de Disciplina Urbanística autoriza al Alcalde para adoptar medidas en orden a la habitabilidad de un inmueble en estado de ruina inminente.

* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística por asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se declara en ruina inminente la finca sita en C/ Avda. Regulares nº 7.

2º.- Se ordena a los ocupantes del inmueble que lo desalojen en el plazo de 24 horas, con apercibimiento de lanzamiento.

3º.- Se requiere al propietario del inmueble para que en el plazo de 15 días, contados a partir del desalojo, proceda a la demolición del mismo, con apercibimiento de ejecución subsidiaria."

Atendido que ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Vidal Báñez de la Bastida y a Dª. Mª. Angeles Gutiérrez Manchón, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Significándole que podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses desde la publicación de este Anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

No obstante podrá presentar cualquier otro recurso que estime más oportuno para una mejor defensa de sus derechos.

Ceuta, 4 de Marzo de 1.999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

757.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha 11-2-99, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

Por Decreto de esta Consejería de 28-12-98 se incoa expediente relativo a orden de ejecución de obras a realizar en edificio sito en C/ Alvarez, nº 1, concediendo a los interesados un plazo de audiencia de 10 días.

Durante la fase de información se recibe un informe del Servicio de Extinción de Incendios (4-2-99) indicando el mal estado de los balcones del inmueble.

Como consecuencia se realiza una nueva visita de inspección y los Servicios Técnicos de la Consejería emiten
383
Martes 16 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.782 761



un nuevo informe concluyendo por un lado la necesidad de adoptar medidas cautelares con carácter urgente (2 días) mientras se sustancia el expediente de orden de ejecución, y por otro, describiendo las obras de restauración que es necesario ejecutar en el inmueble, que se encuentra catalogado en el nivel 2 por el PGOU.

Las obras a ejecutar son:

* Reparación de los balcones y vuelos en mal estado.

* Reparación de las cerrajerías de los balcones.

* Lijado y pintado de las carpinterías de madera devolviendo a todas las mismas condiciones de color y formas originales.

* Picado y reparación de las grietas existentes en fachada.

* Rascado, reparación y pintado de las fachadas.

* Montaje y desmontaje de andamios y medios auxiliares y de protección.

Los trabajos descritos deberán ser realizados bajo dirección de técnico facultativo y en base al correspondiente proyecto de ejecución.

Estas obras tienen un presupuesto estimado de 2.452.320 Ptas.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* El art. 19 de la Ley 6/98, de 13 de abril, establece la obligación de los propietarios de toda clase de construcciones de mantenerlas en condiciones de seguridad, salubridad y ornato pública. En igual sentido el art. 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística.

* El art. 10.2 RDU faculta a los Ayuntamientos para ordenar la ejecución de obras necesarias para conservar las condiciones mencionadas en el párrafo anterior, concediendo a los propietarios un plazo que estará en razón a la magnitud de las mismas, para que procedan al cumplimiento de lo acordado.

* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Queda sobreseído expediente de orden de ejecución de obras incoado por Decreto de esta Consejería el 28-12-98, atendido el empeoramiento sufrido por el edificio en los últimos meses.-

2º.- Se incoa expediente de orden de ejecución de obras por valor de 2.452.320 Ptas., concediendo a los interesados un plazo de audiencia de 10 días.

3º.- Se ordena al propietario del inmueble sito en C/ Real nº 74-Alvarez 1, que ejecute las siguientes medidas cautelas en el plazo de 2 días: Desprender todos los fragmentos de balcones y picado de los vuelos en mal estado para evitar su caída, así como su transporte a vertedero, advirtiéndole que de no hacerlo lo llevará a cabo la Ciudad por ejecución subsidiaria (47.424 Ptas.)".

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Rafael Montero Avalos y JOMA, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, 4 de Marzo de 1.999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

758.- Por Decreto de la Concejalía Delegada de Mercados y Cementerios de fecha 08-03-99, se declara vacante el puesto A-10 del Mercado Central. Por tanto se abre un plazo de 15 días contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta para la presentación de solicitudes a dicho puesto, debiendo realizarse las mismas a través del Registro General del Ayuntamiento.

Caso de no recibirse ninguna solicitud en el plazo anteriormente señalado, se ampliará el mismo durante 15 días más, y así sucesivamente.

Ceuta, a 8 de marzo de 1999.- EL CONCEJAL DELEGADO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: Enrique García-Conde Sánchez.

759.- Por Decreto de la Concejalía Delegada de Mercados y Cementerios de fecha 09-03-99, se declara vacante el puesto n.º 2 del Mercado San José. Por tanto se abre un plazo de 15 días contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta para la presentación de solicitudes a dicho puesto, debiendo realizarse las mismas a través del Registro General del Ayuntamiento.

Caso de no recibirse ninguna solicitud en el plazo anteriormente señalado, se ampliará el mismo durante 15 días más, y así sucesivamente.

Ceuta, a 11 de marzo de 1999.- EL CONCEJAL DELEGADO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: Enrique García-Conde Sánchez.

AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

760.- Como consecuencia de la revocación del Decreto del Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad de Ceuta de fecha 1-3-99 por el cual se nombraba a D. Angel Javier Gómez Prieto, Jefe de la Policía Local, como Vocal Titular en el Tribunal Calificador para la provisión en propiedad de cuatro plazas de Cabo de la Policía Local, se hace público el nuevo nombramiento de Vocal Titular designado por la Corporación a través de la Viceconsejería de Recursos Humanos en la mencionada convocatoria:

- Vocal Titular (designado por la Corporación): D. Alfonso Vega Vega, Sargento de la Policía Local

- Vocal Suplente (designado por la Corporación): D. Francisco Javier Díaz Rodríguez, Técnico de Administración General.

El Tribunal se constituirá el día 22 de marzo de 1999, a las 10,30 horas en la Sala de Comisiones Anexa a la Presidencia.

El primer ejercicio se realizará el día 7 de abril de 1999, a las 10,00 horas en el Palacio de la Asamblea.

Este nuevo nombramiento podrá ser recusado en la forma y por aquellas personas que determina el art. 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común y concordante del R.D. 364/95, de 10 de marzo, si concurren las circunstancias previstas en los mismos.

Ceuta, a 12 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Audiencia Provincial de Cádiz

Sección Sexta 761.- Por resolución del día de la fecha se ha acordado notificar, por medio de la presente, a D.ª Eva María del

384
761 B. O. C. CE. - 3.782 Martes 16 de marzo de 1999


Río Lorenzo, que se halla en ignorado paradero, la sentencia recaída en el Rollo de Apelación número 9/99-JF, dimanante del Juicio de Faltas número 252 de 1996, sobre desobediencia, del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, dictada con fecha 24 de febrero de 1999 y que contiene el Fallo del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, contra la Sentencia que en fecha 10-9-97, dictó el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de los de esta Ciudad en el Juicio de Faltas nº 252/96, debo declarar y declaro la nulidad procedimiento retrotrayendo las actuaciones al momento de la citación para el juicio de las partes, a fin de que la misma se practique de acuerdo con lo dispuesto en la Ley.

Notifíquese esta resolución a las partes, y a su debido tiempo, remítase el expediente original, junto con certificación de esta sentencia al referido Juzgado para su conocimiento y cumplimiento, debiendo acusar recibo.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, juzgando en segunda instancia la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido la presente en Ceuta a uno de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

762.- Por resolución del día de la fecha se ha acordado notificar, por medio de la presente, a D. Mohamed Abselam, que se halla en ignorado paradero, la sentencia recaída en el Rollo de Apelación número 9/99-JF, dimanante del Juicio de Faltas número 447/97, sobre hurto, del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta, dictada con fecha 24 de febrero de 1999 y que contiene el Fallo del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, contra la Sentencia que en fecha 25-2-98, dictó el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de los de esta Ciudad en el Juicio de Faltas nº 447/97, debo declarar y declaro la nulidad de la sentencia impugnada, debiendo retrotraerse las actuaciones al momento procesal que permita al Sr. "Juez a quo", teniendo en cuenta los datos con que cuente, desplegar en una nueva sentencia, suficiente motivación en orden a la cuantificación de la pena de multa.

Notifíquese esta resolución a las partes, y a su debido tiempo, remítase el expediente original, junto con certificación de esta sentencia al referido Juzgado para su conocimiento y cumplimiento, debiendo acusar recibo.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, juzgando en segunda instancia la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido la presente en Ceuta a tres de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

763.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Hago Saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio de Faltas con nº 369/97, seguidos por una falta de Hurto y Resistencia, contra D. Chaid Beallis y D. Hamed Alí, se ha acordado en providencia de fecha 3-3-99 que sea citado D. Chaid Beallis y D. Hamed Alí en calidad de denunciados, a fin de que comparezca el día 12 de mayo de 1999 a las 13,00
horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, para la celebración del correspondiente juicio de faltas, advirtiéndoles que deberán concurrir al acto con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse en juicio así como si lo estiman oportuno podrán venir asistidos de Letrado.

Y para que sirva de citación en forma de D. Chaid Beallis y D. Hamed Alí, expido el presente que firmo en Ceuta, a tres de marzo de 1999.- EL SECRETARIO.

764.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Hace Saber: En los autos de Juicio de Faltas número 340/97, seguidos contra D. Mohamed Mohamed Mohamed, por una falta de Malos Tratos e Insultos, se ha dictado la siguiente resolución:

Dada cuenta; se acuerda notificar la sentencia de fecha 3-3-99 a D. Mohamed Mohamed Mohamed el fallo a tenor literal siguiente:

Fallo Que Absuelvo a D. Haddú Alí Abselam y D. Mohamed Mohamed Mohamed de responsabilidad penal por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este Juicio.

Y para que sirva de cédula de notificación del denunciado D. Mohamed Mohamed Mohamed, expido la presente en Ceuta a 4 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

765.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Hago Saber: que en este Juzgado se siguen autos de Ejecutoría con número 14/94 seguidos por delito de amenazas, resistencia y atentado, contra D. Miguel Cara Baeza y otros, se ha acordado por auto en el día de hoy la siguiente parte dispositiva.

Se declara definitivamente extinguida la responsabilidad penal derivada de la condena impuesta a D. Miguel Cara Baeza a quien se le hará saber esta resolución.

Y para que sirva de Notificación en forma de D. Miguel Cara Baeza, expido el presente que firmo en Ceuta.

Ceuta, a 2 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

766.- En autos de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Providencia Magistrado-Juez D. Jesús Martínez-Escribano Gómez.

En Ceuta, a cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

Dada cuenta ,el anterior escrito presentado por el Procurador D. Francisco Javier Sánchez Pérez, únase a los autos de su razón se tiene por cumplimentado el requerimiento efectuado al mismo en resolución de fecha 22-2-99 y se tiene como parte en el presente procedimiento a D. Juan Escamen De Haro y en su nombre al Procurador D. Francisco Javier Sánchez Pérez, entendiéndose con el referido Procurador las sucesivas diligencias en el modo y forma previsto en la Ley.

Se admite a trámite la demanda, que se sustanciará de conformidad con lo preceptuado por el artículo 680 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, entendiéndose dirigida la misma frente a D. José Luis Pérez Fernández a quien, y dado su paradero desconocido y tal como solicita la parte, se emplazará en legal forma para que, si le conviniere, dentro del término de diez días se persone en los autos por medio de

385
Martes 16 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.782 718


Abogado que le defienda y Procurador que le represente, bajo apercibimiento que de no verificarlo será declarado en situación legal de rebeldía procesal, dándose por precluido el trámite de contestación.

Para que tenga lugar, publíquense Edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, y tablón de anuncios del Juzgado.

Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado D. José Luis Pérez Fernández se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento en Ceuta cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL/LA SECRETARIO/A.

767.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Tres de Ceuta.

Doy Fe y Testimonio:

Que en el Juicio de Faltas nº 170/1998 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Que debo condenar y condeno a D. Youssef Rektouti, como autor de una falta contra el orden público ya descrita, a la pena de multa de un mes, fijándose el importe de cada cuota diaria en 1.000 Ptas., habiéndose de satisfacer la suma de una sola vez, y al pago de las costas de este Juicio.

Notifíquese esta resolución a los interesados de conformidad a lo dispuesto en el art. 248.4 de la LOPJ. Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos, pasando el original al Libro de Sentencias. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación; debiendo ser formalizado por escrito en el que se hará constar las razones por las que no se considera adecuada a derecho la presente resolución.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a D. Youssef Rektouti, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido la presente en Ceuta a tres de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- EL/LA SECRETARIO/A.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

768.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de los de Ceuta.

Hago Saber: Que por proveído del día de la fecha, en el procedimiento de Juicio de Cognición 126/97, que se sigue en este Juzgado a instancia de D. Juan García Chicón representado por el Procurador Sr. Javier Sánchez, he acordado la publicación del presente a fin de que en el plazo de nueve días comparezca el demandado en autos y si comparece se le concederán tres días para constar a la demanda, apercibiéndole que caso de no verificarlo se declarará su rebeldía teniéndose por contestada la demanda.

Y para que sirva de emplazamiento a D. Carlos Ignacio Pareja González, expido el presente en Ceuta a 24 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

769.- D.ª María Begoña Cuadrado Galache, Magistrada-Juez de Primera Instancia Número Dos de los de Ceuta.

Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se
sigue procedimiento de Juicio Declarativo de Menor Cuantía, bajo el núm. 304/98-A, promovido por el Procurador D. Francisco Javier Sánchez Pérez, en nombre y representación de D. José Manuel Vaquera Delgado, contra la Mercantil "Orsino 300 Innovaciones, S.L., y D. Ramón Carabante de la Plaza, sobre reclamación de 600.000 pesetas de principal, más otras 250.000 pesetas presupuestado para intereses y costas.

Y habiéndose señalado para que tenga lugar la confesión judicial de D. Ramón Carabante de la Plaza de primera, para el próximo día 23 de marzo, a sus 12 horas y en su defecto, de segunda, para el siguiente, 24 de marzo a las misma hora, y encontrándose actualmente en paradero desconocido referido demandado, por medio del presente se le cita a dicho acto, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y en el tablón de anuncios de este Juzgado, bajo apercibimiento de que si no lo verifica, será declarado confeso con la sentencia definitiva que se dicte.

Es por lo cual que extiendo la presente como citación de remate forma a referido demandado, en Ceuta a veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- LA MAGISTRADA JUEZ.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Tres de Ceuta

770.- En autos de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Providencia del Magistrado Juez D. Jesús Martínez-Escribano Gómez.

En Ceuta, a cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

Dada cuenta, el anterior escrito presentado por el Procurador D. Francisco Javier Sánchez Pérez, únase a los autos de su razón se tiene por cumplimentado el requerimiento efectuado al mismo en resolución de fecha 22-2-99 y se tiene como parte en el presente procedimiento a D. Juan Escamen De Haro y en su nombre al Procurador D. Francisco Javier Sánchez Pérez, entendiéndose con el referido Procurador las sucesivas diligencias en el modo y forma previsto en la Ley.

Se admite a trámite la demandada, que se sustanciará de conformidad con lo preceptuado por el artículo 680 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, entendiéndose dirigida la misma frente a D. José Luis Pérez Fernández a quien, y dado su paradero desconocido y tal como solicita la parte, se emplazará en legal forma para que, si le conviniere, dentro del término de diez días se persone en los autos por medio de Abogado que le defienda y Procurador que le represente, bajo apercibimiento que de no verificarlo será declarado en situación legal de rebeldía procesal, dándose por precluido el trámite de contestación.

Para que tenga lugar, publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y tablón de anuncios del Juzgado.

Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado D. José Luis Pérez Fernández se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento en Ceuta a cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve. EL/LA SECRETARIO/A.

771.- En autos de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Providencia Magistrado Juez D. Jesús Martínez-Escribano Gómez.

En Ceuta, a veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

386
771 B. O. C. CE. - 3.782 Martes 16 de marzo de 1999


Dada cuenta, el anterior escrito presentado por el Procurador D. Francisco Javier Sánchez Pérez, únase a los autos de su razón. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo y tal como solicita emplácese al demandado en legal forma para que, si le conviniere, dentro del término de diez días se persone en los autos por medio de Abogado que le defienda y Procurador que le represente, bajo apercibimiento que de no verificarlo será declarado en situación legal de rebeldía procesal, dándose por precluido el trámite de contestación. Para que tenga lugar, publíquense Edictos en el Boletín Oficial de Ceuta, y Tablón de anuncios del Juzgado.

Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado D. Yamal Mohamed Abselam se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento en Ceuta a veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL/LA SECRETARIO/A.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

Area de Fomento

772.- D. Juan Olmedo Alguacil, en nombre y representación de la Sociedad Cooperativa del Mar de Ceuta, ha
presentado en este Centro documentación y solicitud de otorgamiento de concesión administrativa para el calamento de la Almadraba Aguas de Ceuta, en la Bahía Sur de nuestra Ciudad. La situación de este calamento está determinada entre los puntos coordenadas:

A: 1 35º 52,5', L 005º 19,7W

B: 1 35º 52,9', L 005º 18,6W

E: 1 35º 52,5', L 005º 19,1W

En cuyo punto C se sitúa el pesquero.

A fin de cumplimentar lo dispuesto en el capítulo VI, Sección 2ª, artículo 146 del Reglamento General para desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas (R.D. 1471/1989 de 1 de diciembre), se abre período de información pública por un período de veinte días a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta para que las personas o entidades a quiénes pueda interesar formulen por escrito ante esta Area funcional, las reclamaciones que estimen pertinentes, advirtiéndose que la documentación presentada está de manifiesto y a disposición de quiénes deseen examinarla, durante el indicado plazo en las oficinas de la Unidad de Costas de la Delegación del Gobierno en Ceuta, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Ceuta, a 10 de marzo de 1999.- EL DIRECTOR DEL AREA FUNCIONAL DE FOMENTO.- Fdo.: Esteban Pacha Vicente.

387