BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA
Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo
Año LXXIV Viernes 5 de marzo de 1999 Número 3.779
S U M A R I O
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
624.- Extracto del Acta de la sesión pública ordinaria, celebrada por el Pleno de la Asamblea el día 10-2-1999.
674.- Traslado de acuerdo adoptado por el Ilustre Pleno de la Asamblea de Ceuta, en sesión ordinaria celebrada el día 10-2-1999.
696.- Aprobación inicial de la modificación del P.G.O.U. de la Ciudad.
AUTORIDADES Y PERSONAL
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
640.- Asunción de la Presidencia Acctal. por parte del Excmo. Sr. D. Alfonso Conejo Rabaneda, hasta regreso del Presidente titular.
658.- Elevación a definitiva de la relación de aspirantes admitidos y excluidos, en la convocatoria para la provisión de 4 plazas de Cabo de la Policía Local, composición del Tribunal Calificador y fecha del primer ejercicio.
667.- Composición del Tribunal Calificador para la convocatoria de 12 plazas de Policía Local, mediante el sistema de Oposición-Libre.
668.- Aprobación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para cubrir 12 plazas de Policía Local, mediante el sistema Oposición-Libre.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
630.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
641.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
642.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
643.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Recaudación
644.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
645.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
646.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
675.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
627.- Información pública del expediente de licencia para la colocación de 2 anuncios luminosos en c/ Real nº 51, solicitada por D. Alejandro Bel Blesa.
629.- Notificación a Comercial Alif, S.A., en expediente de solicitud de compensación de deuda.
632.- Notificación a D. José Antonio Torres López, en pliego de descargo.
633.- Notificación a D. Francisco Figuieredo Guerrero, en pliego de descargo.
634.- Notificación a D. Francisco Javier García Mateo, en pliego de descargo.
635.- Notificación a D. Mariano Morales Ramos, en pliego de descargo.
636.- Notificación a Dª. María León León, en expediente de solicitud de ampliación de actividad del puesto nº 58 del Mdo. San José.
651.- Información pública en expediente de licencia de apertura de un establecimiento dedicado a Almacén-Transformación de Material de Construcción en Carretera Circunvalación de Monte Hacho, a solicitud de D. Antonio Cruces Ruiz, en representación de Cristalería Cruces, S.A.
652.- Información pública en expediente de licencia de apertura de un establecimiento dedicado a Obrador de Panadería y Punto Caliente, en Doctor Marañón s/n, a instancia de D. Manuel Sánchez García.
653 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
653.- Notificación a D. Pedro Miranda Hernández, en expediente de solicitud de
licencia de obras en Bda. Juan Carlos I, 52-pta. 5.
654.- Información pública en expediente de licencia de apertura de un establecimiento dedicado a Bar-Pub, en Pueblo Marinero, Módulo 18, a solicitud de D. José Antonio García Pastor.
655.- Notificación a D.ª Anillat Abdeselam Mohtar, en relación con el puesto F-30 del Mercado Central.
656.- Notificación a Dª. Rosario Gil García y a Dª. Remedios Guerrero Sánchez, en expediente contradictorio de ruina de la finca sita en C/. Padre Feijoo nº 27.
657.- Notificación a D. Juan Bonitch Moñasco y a D. Luis Santiago Rodríguez, en expediente de declaración de ruina del inmueble sito en C/. Queipo de Llano nº 2.
662.- Notificación a D. Sixto Santamaría Pacheco, en expediente de solicitud de licencia de obras en C/. Góngora nº 12.
664.- Notificación a los propietarios del edificio sito en C/. Molino nº 25, en expediente de declaración de ruina inminente de dicho edificio.
666.- Notificación al propietario del edificio sito en C/. Vista Alegre nº 20, en expediente contradictorio de ruina de dicho edificio.
669.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, relativa a liquidaciones de diferentes conceptos.
670.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, relativas a infracciones de diversas Ordenanzas Municipales.
671.- Notificación a D. Abdelkader Ahmed Kurisusi, en expediente sancionador 17/99.
672.- Notificación a D. Angel José Ruíz Santiago, en expediente sancionador 63/98.
673.- Información pública en expediente de licencia de apertura de local sito en C/. Calderón de la Barca nº 5, para ejercer la actividad de Despacho de Hamburguesería y Asador de Pollos, solicitada por D. Abdeselam Solaimani.
695.- Notificación a D. Fernando Vázquez Fernández, en expediente de ejecución de obras en C/. López Utor nº 2.
Comandancia Militar de Marina de Ceuta
684.- Subasta pública de una embarcación, en expediente de Hallazgo 80/98.
Consejería de Economía y Hacienda
Oficina Liquidadora de Estepona
659.- Notificación a D. Antonio M. Delgado Corral, en expte. 2112/96, liq. 673/97 T.P.
Delegación del Gobierno en Ceuta
681.- Notificación a D. Abdeselam Alami Mohamed, en Resolución de P. Ordinarios 154/98.
Dirección Provincial de Economía y
Hacienda de Ceuta
625.- Notificación a D. Manuel Muñoz Gallardo, en Reintegro de ejercicio cerrado en época corriente-100.380. Reintegro de Subsidio.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Instituto de Migraciones y Servicios Sociales
685.- Notificación a D. Mohamed Laarbi Abselam Mohamed, en expediente 51/240/I/98.
686.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
687.- Notificación a D. José Fernando Vidal Pereira, en expediente 51/202/I/98.
688.- Notificación a D.ª Josefa Tebar Gubar, en expediente 51/5/I/99.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General de la Seguridad Social
689.- Notificaciones a D.ª Rosa María Maese López, que no han podido efectuarse directamente.
690.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
691.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.
692.- Notificación a D. Juan Lara Mancilla, en expediente 51/01-99/01.
693.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente, a trabajadores en régimen general y régimen de especial autónomos.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
680.- Notificación a D. Nestor Martín Iglesias, en expediente 1998/5041.
694.- Notificación a D. Mohamed Bujjmha Ahmed, en expediente 1998/5303.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
Dependencia de Agricultura y Pesca
679.- Notificación a D. Abdeslam Ahmed Abdelah, en expediente sancionador 11-CA-220/98.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Audiencia Provincial de Cádiz
Sección Tercera
647.- Subasta pública de 375 prendas deterioradas de cuero que se encuentran depositadas en Intervención del Registro del Territorio Franco de Ceuta (Aduana), en Rollo 1/88 dimanante del Sumario 1/88 del Juzgado Número 1 de los de Ceuta.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
628.- Requerimiento a D. Mohamed Amar Mohtar y a Dª. Achucha Benaisa Hossain, en autos de Embargo Preventivo 45/98.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
648.- Subasta pública promovida por Gruas Ordóñez, C.B., en Subasta Voluntaria Judicial 247/97-A.
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Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
649.- Notificación a D. Eduardo Lorenzo Sánchez Viloria, en Juicio de Desahucio 44/98.
650.- Citación a D. Mohamed El Attar, en Juicio de Faltas 434/98.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
626.- Citación a Dª. Gema Rodríguez Mora, en Juicio de Desahucio 351/98.
676.- Citación a D. Frangorio Alex Jules, a D. Jalo Ousmone y a D. Giles Sanko, en Juicio de Faltas 446/97.
677.- Citación a D. Mohamed Dahma, en Juicio de Faltas 450/97.
678.- Citación a D. Luis Sanz Salinas, en Juicio Ejecutivo 376/97.
Tribunal Militar Territorial Segundo
683.- Emplazamiento a D. Mohamed Nabil Ali Mohamed, en Sumario 26/1/97.
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Contencioso Administrativo
Sección Primera
682.- Notificación a Dª Eva Lozano Fernández, en Recurso 227/98.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
631.- Adjudicación a Portal de Ceuta S.L., del suministro y decoración de las dependencias de Economía y Hacienda en el Edificio Ceuta-Center, en expte. 660/98.
637.- Contratación mediante concurso, del servicio de seguridad del Ceuta-Center por periodo de un año, en expte. 57/99.
638.- Contratación mediante concurso, del suministro de equipamiento informático con destino a los distintos servicios de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en expte. 90/99.
639.- Contratación mediante concurso, del suministro de un carrozado de bomba urbana pesada para el Servicio de Extinción de Incendios, en expte. 84/99.
660.- Devolución de fianza a Borrás y Ballesteros, por el suministro de vehículo Peugeot 306, con destino al Parque Móvil de la Asamblea de la Ciudad, en expte. 25/98.
661.- Devolución de fianza a Borrás y Ballesteros, por el suministro de 8 vehículos con destino a la Policía Local, en expte. 24/98.
663.- Devolución de fianza a Borrás y Ballesteros, por el suministro de vehículo Peugeot 306, con destino al Parque Móvil de la Asamblea de la Ciudad, en expte. 26/98.
665.- Contratación mediante concurso, del Servicio de mantenimiento de Hardware
y del Software del Parque informático de la Asamblea de la Ciudad, del 1 de abril al 31
de diciembre de 1999, en expte. 92/99.
I N F O R M A C I O N
PALACIO MUNICIPAL: Plaza de Africa s/n. - Telf. 52 82 00
- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.
- Oficina de Información Horario de 9 a 14 h.
- Registro General Horario de 9 a 14 h.
SERVICIOS FISCALES: Avda. Africa s/n. - Telf. 528236. Horario de 9 a 14 h. y de 16 a 18 h.
ASISTENCIA SOCIAL: Juan de Juanes s/n. - Telf. 504652. Horario de 10 a 14 h.
BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 513074. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.
LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 514228
FESTEJOS: Paseo de las Palmeras s/n. - Telf. 518022
JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 518844
POLICIA MUNICIPAL: Avda. de España s/n. - Telfs. 528231 - 528232
BOMBEROS: Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 528355 - 528213
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624 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
624.- Extracto del Acta de la sesión pública Ordinaria, celebrada en primera convocatoria por el Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta el día 10 de febrero de 1999.
Aprobar borrador del Acta de la Sesión Extraordinaria y Urgente celebrada por el Pleno de la Asamblea el día 24/09/98.
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA
Aprobar las siguientes conclusiones de la Comisión Especial creada para la Investigación de la existencia de presuntos malos tratos a menores indocumentados cuando son detenidos por miembros de la Policía Local:
1ª) «En ningún momento se ha producido por ningún miembro de la Policía Local agresiones físicas o psíquicas, ni trato vejatorio o humillante a menores inmigrantes procedentes de Marruecos.»
2ª) «El procedimiento realizado, tanto en la identificación como en la puesta a disposición de las autoridades competentes, se efectúa de acuerdo con el informe de la Fiscalía Provincial de Cádiz, así como el Abogado del Estado de la Delegación del Gobierno de Ceuta, y el deber de colaboración con el Cuerpo Nacional de Policía.»
3ª) «Recomendamos iniciar expediente administrativo a los Sres. que celebraron la rueda de prensa en Málaga, en funciones a lo vertido en ella y recogido en el documento facilitado por ADEME.»
4ª) «Lamentamos la actuación de la Cadena de Televisión Tele-5 que reproduciendo sus declaraciones clandestinas, que realizó unas acusaciones injustas contra el Cuerpo de Policía Local, y contra la Ciudad, implicando a ambas instituciones en gravísimos delitos sin prueba alguna para ello.
En consecuencia, consideramos necesario proceder judicialmente, si el asesor legal especialmente contratado al efecto así lo estima, contra la citada cadena de televisión promoviendo la correspondiente querella.»
CONSEJERIA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE
- 1º) a) Aprobar la interpretación que en esta cuestión realiza el Arquitecto Municipal, expuesta en el cuerpo de esta propuesta.
b) Conceder licencia a Luvalsa S.L. para la construcción de un edificio de viviendas, locales y garajes en C/ Real 75, 77 y 79, de acuerdo con proyecto redactado por D. Jaime Antón-Pacheco García, con un presupuesto de 247.840.408 Ptas.
c) La eficacia de esta licencia queda suspendida y condicionada a la posterior obtención del correspondiente permiso de inicio de obras, una vez presentado y aprobado el proyecto de ejecución completo, en el plazo de seis meses, transcurrido el cual perderá validez la licencia caducando a todos los efectos.
- 2º) Denegar la petición de Dª Nabila Abderra-haman Ahmed de aprobación de ED nº 7 «Cría Caballar».
CONSEJERIA DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL
- 1º) a) Aprobar inicialmente el proyecto de Reglamento del Salario de Garantía Social aceptando todas las precisiones y aclaraciones contenidos en los informes económico y jurídico que obran en el expediente.
b) Modificar la composición de las Comisiones de Valoración y Seguimiento que figuran en los artículos 12 y 14 del proyecto, quedando compuestas de la siguiente forma:
* Comisión de Valoración del Salario de Garantía Social:
a) Presidente: Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Bienestar Social y en su defecto y por delegación la Ilma. Sra. Viceconsejera de Servicios Sociales.
b) Vocales:
b.1. Un miembro del Gobierno de la Ciudad de Ceuta.
b.2. Un Diputado de uno de los partidos políticos con representación en el Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, que no forme parte del equipo de Gobierno.
c) Secretario: el Técnico de Administración General adscrito al Centro Asesor de la Mujer o persona que designe la Presidencia de la Comisión.
* Comisión de Seguimiento:
a) Presidente: Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Bienestar Social y en su defecto y por delegación la Ilma. Sra. Viceconsejera de Servicios Sociales.
b) Un Diputado de uno de los partidos políticos con representación en la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Ceuta, que no forme parte del equipo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta.
c) Un representante de una de las Organizaciones no Gubernamentales con sede en Ceuta.
Los miembros de la Comisión de seguimiento, que son de carácter indefinido, sólo podrán ser separados por las entidades que los hayan nombrado.
c) Someter el proyecto de Reglamento a un período de información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
d) Como consecuencia de los acuerdos anteriores se ordena el sobreseimiento y archivo del procedimiento aprobado inicialmente el 17 de abril de 1996.
ASUNTOS DE URGENCIA
- 1º) a) Aprobar la contratación de las obras de urbanización de la contraguardia del Revellín de San Javier y Rehabilitación en el ángulo de San Pablo.
b) Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares a regir en la contratación de referencia, y que dicha contratación sea por el sistema de procedimiento abierto y concurso.
c) Facultar a la Presidencia a fin de llevar a cabo todos los trámites necesarios para el efectivo cumplimiento de lo acordado.
- 2º) a) Aprobar definitivamente el Reglamento de desarrollo del Real Decreto 1186/1998 de 12 de junio, aceptando la alegación presentada por la Dirección General de la Vivienda.
b) Publicar el acuerdo y texto íntegro del Reglamen
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to en el B.O.C.E. de acuerdo con el art. 70.2 LRBRL.
- 3º) a) Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Disciplina Urbanística.
b) Abrir un período de información pública y audiencia a los interesados de treinta días para la presentación de reclamación y sugerencia.
- 4º) Informar favorablemente la propuesta del Consejo Escolar del C.P. «Prácticas Mixto» de cambio de denominación del Centro por el de «José Acosta», teniendo en cuenta que el mismo responde al nombre de un ex-profesor de dicho Colegio que prestó sus servicios en él durante veinticuatro años, siendo una persona muy querida y apreciada en el seno de la comunidad docente tal y como se desprende de la documentación que consta en el expediente.
- 5º) a) Iniciar expediente para la creación de un Organismo Autónomo o figura jurídica que sea legalmente procedente para la prestación del servicio público de enseñanza de idiomas partiendo de la realidad existente de un Centro de Lenguas Modernas, anteriormente Instituto de Idiomas, con el que esta Ciudad ha venido manteniendo una relación de patrocinio desde sus inicios hace ya veinticinco años.
b) crear una Comisión Informativa especial integrada por los portavoces de cada grupo político representado en la asamblea con voto ponderado, asistido por el Secretario General o funcionario en quien delegue, el Interventor o funcionario en quien delegue y el Coordinador de Programas de PROCESA.
c) Facultar al Consejero de Educación y Cultura para cuantos actos sean necesarios en desarrollo del presente acuerdo.
- 6º) Aprobar inicialmente el Reglamento del Servicio de Museos de la Ciudad de Ceuta.
- 7º) a) Dejar sin efecto la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico.
b) Crear la Comisión de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Ceuta como órgano consultivo de ésta en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico.
c) Aprobar inicialmente el Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Ceuta.
- 8º) Aprobar inicialmente la modificación de los Estatutos del Instituto Ceutí de Deportes en el sentido de añadir a su art. 3 un nuevo apartado del siguiente tenor:
«f) Todos aquellos que sean consecuencia de los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de deporte y, concretamente, los derivados del R.D. 31/99 y 34/99, de 15 de enero, sobre traspasos de funciones y servicios en materia de deporte y en materia de enseñanza náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional».
- 9º) a) Aprobar la conversión en fijos de los siguientes puestos de trabajo temporales: Director de E.F.O., Encargado de Colaboración Social, dos de Ordenanza-Repartidor y 1 de Técnico de Laboratorio.
b) Los citados puestos de trabajo, junto con los veintinueve ya convertidos en fijos en la aprobación de los Presupuestos para 1998, forman parte del Plan de Empleo o de la Oferta de Empleo de la ciudad, debiéndose efectuar la provisión de los mismos a través del sistema de Concurso.
- 10º) Constituir en Ceuta oficial y formalmente una Junta Electoral Provincial
independiente de la Junta Electoral
de Zona cada cual con su sede respectiva, la primera en la de la sección de la Audiencia
y la segunda en la de los Juzgados, de esta forma Ceuta tendría los mismos órganos
jerarquizados que cualquier otro pueblo de España.
- 11º) Instar al Gobierno de la Ciudad para que de forma urgente adopte las medidas necesarias para paliar el déficit de aparcamientos que están provocando las obras de remodelación de las vías urbanas de la zona centro.
Se levantaba la Sesión a las veinte horas cuarenta y cinco minutos.
Ceuta, 24 de Febrero de 1.999.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Dirección Provincial de Economía y Hacienda de Ceuta
625.- Relación de Notificaciones que no se han podido realizar Directamente.
Sujeto Pasivo: Manuel Muñoz Gallardo.
N.I.F.: 45.012.788-V
Domicilio: Calle Murillo, nº 27. Ceuta (51002)
Oficina/ Nº Liquidación: 00055199900001541, Imserso (Dir. Gral. Tesoro y P.F.)
Concepto: Reintegro de ejercicio cerrado en época corriente - 100. 380.
Reintegro de Subsidio.
Importe: 950.954 Ptas.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
626.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Ceuta.
Hace Saber: Que en este juzgado se siguen autos de Juicio de Deshaucio en Local de Negocio nº 351/98 a instancias de D. Luis Oro Aranda contra D.ª Gema Rodríguez Mora:
Y por resolución del día de la fecha he acordado citar a D.ª Gema Rodríguez Mora para que comparezca ante este juzgado para la Audiencia del día 18 de marzo a las 12,00 horas en la primera citación, y en caso de no comparecer se señala en segunda citación el día 26 de marzo a la misma hora; debiendo comparecer asistida de Letrado y Procurador.
Y para que sirva de citación a D.ª Gema Rodríguez Mora; cuyo domicilio se desconoce, expido la presente en Ceuta a 18 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
627.- En atención a la solicitud del expediente nº 12.225/99 de licencia
para la colocación de DOS (2) letreros
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627 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
luminosos (uno adosado y otro en banderola), para instalarlo en Calle Real, nº 51 - 2º,
presentado por D. Alejandro Bel Blesa, se pone en conocimiento de todos los propietarios,
arrendatarios o usuarios de locales situados a menos de 10 m. del anuncio y 20 m. si lo
tuvieran en enfrente, que durante el plazo de 7 días podrán comparecer en el expediente
y manifestar su disconformidad con la instalación, todo ello en cumplimiento de lo
prevenido en el art. 9.11.21 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación
Urbana de Ceuta.
Ceuta, a 24 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.
administracion de justicia
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Uno de Ceuta
628.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ceuta.
Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos sobre Embargo Preventivo nº 45/98 a instancias del Banco Exterior de España, S.A. contra D. Mohamed Amar Mohtar y D.ª Achucha Benaisa Hossain en los cuales se ha dictado resolución cuyo tenor es el siguiente:
Propuesta de Providencia del Secretario Sr. Pilar Gracia.
En Ceuta a doce de enero de mil novecientos noventa y nueve.
Por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Visto el contenido del mismo, se accede a lo solicitado y, en su consecuencia, se acuerda requerir a los demandados para que en el plazo de tres días presenten en este Juzgado los títulos en virtud de los cuales ocupan el local comercial sito en esta ciudad, C/ Reyes Católicos nº 23, por haberse embargado los derechos de traspaso, frutos y rentas del mismo.
Así lo propongo y firmo. Doy Fe.
Y para que sirva de requerimiento en forma a los demandados D. Mohamed Amar Mohtar y D.ª Achucha Benaisa Hossain, expido el presente en Ceuta a diecinueve de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
629.- Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución
a COMERCIAL ALIF, S.A., con domicilio en Avd. Martínez Catena nº 72, se publica ésta de
acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 27 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administra
ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
"Pongo en su conocimiento que el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda en su Decreto de fecha veintidós de los corrientes ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
D. Ahmed Amar Ayad, en representación de COMERCIAL ALIF, S. A. solicita la "cuarta" compensación entre la deuda que la Sociedad tiene con la Ciudad como consecuencia de las cantidades pendientes de autoliquidación en concepto de impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación en la Ciudad de Ceuta, que asciende a 2.799.395 Ptas. y las cantidades dominantes de la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía favorable a COMERCIAL ALIF S.A. y cuya cuantía se eleva a 13.816.360 Ptas.
Las anteriores conpensaciones a las que hace referencia el interesado, no han tenido lugar por los mismos motivos que a continuación se exponen.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La Sentencia del Tribunal Supremo de 13 junio de 1998 por la que se casa la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 14 de enero de 1997 y se declara válida la Ordenanza Fiscal del Arbitrio sobre la Producción e Importación de la Ciudad de Ceuta.
La doctrina del enriquecimiento injusto, que se produciría en el supuesto de devolver las cantidades ingresadas por el solicitante, ya que ésta han sido repercutidas en los adquirentes de los bienes objeto de gravamen.
La consideración de que el arbitrio es un coste más que forma parte del precio del producto y que se repercute y se integra en el precio de venta al público.
PARTE DISPOSITIVA
Se desestima la solicitud de COMERCIAL ALIF, S. A. de compensación de deudas, dado que la anulación de las liquidaciones producidas por las Sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no genera un derecho a favor de COMERCIAL ALIF, sino que para proceder a la devolución, es preciso determinar previamente las personas que han satisfecho el arbitrio con ocasión de la adquisición de los productos gravados.
Lo que le comunico, significándole que contra la presente resolución podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, ante la Presidencia en el plazo de un mes contado a partir de la recepción de la presente notificación, según autoriza el art. 108 de la Ley 7/85 y el art. 14 de la Ley 39/88.
Asimismo, podrá utilizar cualesquiera otros recursos que estime conveniente a su derecho.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
Agencia Tributaria de Ceuta
630.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que se haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 633
Apellidos y Nombre o Razón Social N.I.F. Impuesto Concepto Tributario
Guerrero Sánchez, José 45.022.062-E IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
Lara Mancilla, Juan 45.029.935-Y IRPF Tram. Audiencia M-131 2 T/1998
Lara Mancilla, Juan 45.029.935-Y IRPF Tram. Audiencia M-131 3 T/1998
En virtud de lo anterior que los sujetos pasivos, obligados indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Unidad de Gestión de Módulos de la Delegación de la Agencia Tributaria de Ceuta, sita en C/ Serrano Orive núm. 2, al efecto de practicar la notificación del citado acto.
Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, a 22 de febrero de 1999.- Vº Bº EL DELEGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo.: Patricio Terry Esquivias.- EL JEFE DE LA UNIDAD DE GESTION DE MODULOS.- Fdo.: María del Carmen Algaba Ros.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
631.- ANUNCIO
1.- Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ciudad de Ceuta.
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de contratación.
c) Número de expediente: 660/98.
2.- Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Contrato de suministro.
b) Descripción del objeto: "Suministro del mobiliario y decoración de las dependencias de Economía y Hacienda en el Edificio Ceuta Center."
c) Boletín Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: B.O.C.CE de 3 de diciembre de 1998.
3.- Tramitación, procedimiento y forma.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4.- Presupuesto base de licitación.
Importe Total: 13.000.000 pesetas.
5.- Adjudicación.
a) Fecha: ocho de febrero de 1998.
b) Contratista: PORTAL DE CEUTA S.L.
c) Importe de adjudicación: 12.280.000 ptas.
Ceuta, a veinticuatro de febrero de 1999.- EL SECRETARIO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
632.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 10 de diciembre de 1998 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente nº 81.684 incoado a D. José Antonio Torres López, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Gobernación, como órgano instructor, sin que hayan sido formuladas alegaciones ni aportado prueba alguna, dentro del plazo reglamentario.
En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía inicialmente fijada, aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90). Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% art. 100 del Reglamento General de Recaudación.
La Presente resolución Sancionadora se entiende definitiva y, desde su notificación firme en la vía administrativa".
Lo que le traslado significándole, que contra la misma puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde la recepción de la misma y, previa comunicación a la Preisdencia, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la interposición de cualquiera otro que estime conveniente.- EL SECRETARIO LETRADO-ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
633.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 15 de diciembre de 1998 ha dictado la siguiente Resolución:
"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente nº 79.280 incoado a D. Francisco Figuieredo Guerrero, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Gobernación, como órgano instructor, sin que hayan sido formuladas alegaciones ni aportado prueba alguna, dentro del plazo reglamentario.
En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía inicialmente fijada, aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90). Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% art. 100 del Reglamento General de Recaudación.
La Presente resolución Sancionadora se entiende definitiva y, desde su notificación firme en la vía administrativa.
319
633 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
Lo que le traslado significándole, que contra la misma puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses contados desde la recepción de la misma, de conformidad con lo establecido en el art. 8.1 e) de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, sin perjuicio de la interposición de cualquiera otro que estime conveniente.- EL SECRETARIO LETRADO.- Fdo.: Rafael Lirola Catalán.
634.- En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento de procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Víal, el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación como instructor del expediente sancionador, incoado por infracción de norma de tráfico, ha formulado la propuesta de resolución que a continuación se transcribe.
Visto escrito de alegaciones formulado con fecha 12-11-98 por D. Francisco Javier García Mateo, en relación con Boletín de Denuncia nº 81331 de fecha 28-9-98, por infracción de norma de tráfico, art. 1181 del Reglamento General de Circulación expediente nº 81.320.
Resultando que dado traslado de las alegaciones al denunciante este se ratifica en el hecho denunciado e informa que: "el vehículo CE 4749-F efectivamente cometió la infracción especificada en la denuncia: El agente que suscribe no tiene la menor duda que el vehículo denunciado cuya matrícula arriba se indica, cometió la infracción especificada en la denuncia: El agente que suscribe no tiene la menor duda que el vehículo denunciado cuya matrícula arriba se indica, cometió la infracción señalada, por lo cual me ratifico en presente denuncia.
Considerando
Que de conformidad con el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posible sobre el hecho denunciado.
En su consecuencia:
Procede a juicio de este instructor desestimar las alegaciones, y elevar propuesta de imposición de multa confirmando la cuantía que figura en la notificación de la denuncia".
Lo que le notifico haciéndole saber, que contra la misma podrá formular, de acuerdo con lo establecido en el art. 13.2 del citado Reglamento, las alegaciones que estime pertinentes y acompañar los documentos que considere oportunos en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que durante el mismo plazo, directamente o por medio de representante que reúna los requisitos exigidos en el art. 32 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92) podrá examinar el indicado expediente.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
635.- En cumplimiento de lo dispuestos en el art. 13.2 del Reglamento de procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación como instructor del expediente sancionador, incoado por infracción de norma de tráfico, ha formulado la propuesta de resolución que a continuación se transcribe.
"Visto escrito de alegaciones formulado con fecha 3/11/98 por D. Mariano Morales Ramos, en relación con Boletín de Denuncia nº 71219 de fecha 18/12/98, por infracción de norma de tráfico, art. 154 del Reglamento General de Circulación expediente nº 80.500
RESULTANDO que dado traslado de las alegaciones al denunciante este se ratifica en el hecho denunciado e informa que: "el vehículo CE-5544-G efectivamente cometió la infracción especificada en la denuncia: en relación al pliego de descargo presentado por D. Mariano Morales Ramos, en el que alega que se encontraba tanto el como su motocicleta en su domicilio, este agente tiene del deber de informar a V.I. que puesto que no presenta prueba alguna de lo alegado, tengo el deber de informar que no tengo duda de que se tratase de dicha motocicleta cuyo conductor carecía del casco de protección, que me ratifico en la denuncia formulada.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.
En su consecuencia:
Procede a juicio de este Instructor desestimar las alegaciones, y elevar propuesta de imposición de multa confirmando la cuantía que figura en la notificación de la denuncia".
Lo que le notifico haciéndole saber, que contra la misma podrá formular, de acuerdo con lo establecido en el art. 13.2 del citado Reglamento, las alegaciones que estime pertinentes y acompañar los documentos que considere oportunos en el plazo de DIEZ DIAS, contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que durante el mismo plazo, directamente o por medio de representante que reúna los requisitos exigidos en el art. 32 de la Ley 30/1.992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92) podrá examinar el indicado expediente.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO-ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
636.- Ante la imposibilidad de notificación por esta Consejería a Dª. María León León, relativo al puesto nº 58 del Mercado San José, es por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común es por lo que se publica la siguiente notificación:
Estimada Sra:
Se ha recibido en esta Concejalía de Mercados, solicitud de D. Antonio Jesús López Rodríguez de ampliación de actividad del puesto nº 58 del Mercado San José de venta de pescados a venta de pescados y caracoles.
Por la presente se le comunica, que las solicitudes relativas a los puestos de mercados, deben ser realizadas por los titulares de los mismos, dado lo cual es imposible tramitar dicha petición.
Para que sea posible, el trámite deberá cursar a través de Registro General, nueva solicitud realizada por Vd.
320
Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 638
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- EL CONCEJAL DELEGADO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.:
Enrique García-Conde Sánchez.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
637.- Por decreto del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas de fecha diez de febrero de mil novecientos noventa y nueve, se aprueba la contratación del Servicio de Seguridad del Edificio Ceuta Center, por un periodo de un año.
1. ENTIDAD ADJUDICATARIA
a) Organismo: Ciudad de Ceuta.
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de expediente: 57/99.
2. OBJETO DEL CONTRATO
a) Descripción del contrato: Servicio de seguridad del Ceuta Center por un periodo de un año.
b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.
3. TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
Importe de licitación: 3.263.040 Ptas. (19.611,27 EUROS)
5. GARANTIAS
Provisional: 65.260 Ptas. (392,22 EUROS)
Definitiva: 130.520 Ptas. (784,44 EUROS)
6. OBTENCION DE DOCUMENTACION E INFORMACION
a) Entidad: Ciudad de Ceuta.
b) Domicilio: Plaza de Africa, s/n.
c) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.
d) Teléfono: 956 52 82 03.
e) Telefax: 956 51 44 70.
f) Fecha límite de obtención de documentos e información: veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio.
7. PRESENTACION DE OFERTAS
a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de éste anuncio.
b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación:
1º) Entidad: Ciudad de Ceuta.
2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
3º) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.
8. APERTURA DE OFERTAS
a) Entidad: Ciudad de Ceuta.
b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
c) Localidad: Ceuta.
d) Fecha: El día siguiente hábil a aquél en que finalice el plazo de presentación de ofertas.
9. GASTOS DEL ANUNCIO
A cargo del adjudicatario.
Ceuta, a 25 febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
638.- Por acuerdo del Iltre. Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta de fecha veintidós de febrero de mil novecientos noventa y nueve, se aprueba la contratación del SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO INFORMATICO CON DESTINO A DISTINTOS SERVICIOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA.
1. ENTIDAD ADJUDICATARIA
a) Organismo: Ciudad de Ceuta.
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de expediente: 90/99.
2. OBJETO DEL CONTRATO
a) Descripción del contrato: Suministro de equipamiento informatico con destino a los distintos servicios de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.
3. TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
Importe de licitación: 3.197.350 Ptas. (19.216,46 EUROS)
5. GARANTIAS
Provisional: 63.947 Ptas. (384,33 EUROS)
Definitiva: 127.894 Ptas. (768,66 EUROS)
6. OBTENCION DE DOCUMENTACION E INFORMACION
a) Entidad: Ciudad de Ceuta.
b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
c) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.
d) Teléfono: 956-528203.
e) Telefax: 956514470.
f) Fecha límite de obtención de documentos e información: veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio.
7. PRESENTACION DE OFERTAS
a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de éste anuncio.
b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación:
1º) Entidad: Ciudad de Ceuta.
2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
3º) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.
8. APERTURA DE OFERTAS
a) Entidad: Ciudad de Ceuta.
b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
c) Localidad: Ceuta.
d) Fecha: El día siguiente hábil a aquél en que finalice el plazo de presentación de ofertas.
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638 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
9. GASTOS DEL ANUNCIO
A cargo del adjudicatario.
Ceuta, a 25 febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
639.- 1. ENTIDAD ADJUDICATARIA
a) Organismo: Ciudad Autónoma de Ceuta.
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de expediente: 84/99.
2. OBJETO DEL CONTRATO
a) Descripción del contrato: Contratación del suministro de un carrozado de bomba urbana pesada para el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento.
b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.
3. TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
Importe Total: 14.500.000 Ptas. (87.146,75 EUROS) IPSI incluido.
5. GARANTIAS
a) Provisional: 2% del importe del presupuesto: 290.000 Ptas. (1.742,94 EUROS)
Definitiva: 4 % del importe del presupuesto: 580.000 Ptas. (3.485,87 EUROS)
6. OBTENCION DE DOCUMENTACION E INFORMACION
Negociado de Contratación del Ayuntamiento de Ceuta.
7. PRESENTACION DE OFERTAS
a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de éste anuncio.
b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación:
1º) Entidad: Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 9,00 a 13,00 horas.
2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
3º) Localidad y Código Postal: Ceuta 51001.
8. APERTURA DE OFERTAS
a) Entidad: Ciudad de Ceuta.
b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
c) Localidad: Ceuta.
d) Fecha: El día siguiente hábil en que finalice el plazo de presentación de ofertas.
9. GASTOS DEL ANUNCIO
A cargo del adjudicatario.
Ceuta, a 25 febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
AUTORIDADES Y PERSONAL
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
640.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta D. Jesús Cayetano Fortes Ramos, por su Decreto de fecha uno de marzo de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:
"Debiéndome ausentar de la Ciudad, por motivos oficiales, a partir de las 08:00 horas del miércoles día 3 de marzo de 1999, hasta mi regreso , y visto lo dispuesto en el art. 10 del Reglamento de la Presidencia y demás disposiciones concordantes del Régimen Local.
VENGO EN DISPONER
Que asuma la Presidencia Accidentalmente el Excmo. Sr. D. Alfonso Conejo Rabaneda, Diputado de la Asamblea, a partir de las 08:00 horas del miércoles día 3 de marzo del año en curso, hasta mi regreso.
Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta."
Lo que le traslado a los oportunos efectos
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Agencia Tributaria de Ceuta
641.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, según la redacción dada por el artículo 28. Uno de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican a continuación:
Lugar
NIF Nombre o Razón Social Concepto Organo Responsable Comparecencia
B-11.905.668 Agencia Martínez Ceuta, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.904.851 Almacenes Almadraba, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
A-11.903.747 Almacenes El Estrecho, S.A. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.950.375 Almacenes Rogobeco, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
A-11.954.385 Almina Fish, S.A. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
322
Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 642
Lugar
NIF Nombre o Razón Social Concepto Organo Responsable Comparecencia
A-11.905.536 Alquileres y Servicios Inmo., S.A. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
A-11.906.336 Asiatic, S.A. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.073.780 Cabezos Motes, Francisco Javier Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.956.174 Cemagal, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
11.755.091 Centeno Centeno, Jesús Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
E-11.950.656 Ceuta Center CB Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.902.087 Ceuta y Melilla de Comercio, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.961.927 Construcciones Feranco, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
G-11.954.682 Construcciones Lain Sa-Texsa sa Ute Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.954.633 Construcciones Troya e Hijos, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.954.641 Divadavi, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
10.817.429 Fernández Fernández, José Enrique Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.953.916 Galerías Cado, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.270.561 Jhamandas Lalchandani, Nermelu Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.050.205 López Planas, Antonio Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.954.120 Magut, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.022.855 Morilla Ramírez, José Luis Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.954.658 P y Ch Asociados, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.952.884 Pronasa Promociones Naviera, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
A-11.904.323 Residencial de Inversiones, S.A. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
X-14.578.66-B Rhilani Mohamed, Ben Mohamed Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.076.301 Río Ruiz, Juan Carlos Del Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
10.599.681 Suárez Montes, José Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.950.938 Ti Como, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
A-11.950.201 Transarena, S.A. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.958.402 Transmóvil Puerto de Ceuta, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
01.740.306 Vallejo Díaz Caneja, Félix Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
32.021.086 Vázquez Partal, Francisco Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.070.965 Abdel Lah Mohamed, Mohamed Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
A-11.900.743 Agro Industria Hércules, S.A. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.959.418 Huevos Ceuta, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.068.234 León López, Alfonso Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.072.673 Mohamed Abdeselam, Hamed Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.093.051 Mohamed Ahmed, Habiba Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.085.347 Mohamed Haltout, Mohamed Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
22.008.997 Reverte Pozo, Francisco Carlos Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
74.989.661 Sánchez Rivas, Antonio Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.088.347 Lahsen Hidar, Anisa Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.952.991 Bricolages Ugarte, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
B-11.963.436 La Huerta Ceuta, S.L. Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
45.093.182 Rodríguez Cuenca, José Cristian Req. Integral 2 Trim/98 Gestión Tributaria Delegación Ceuta
En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la Dependencia de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria de Ceuta, sita en C/. Serrano Orive, núm. 2, al efecto de practicar la notificación del citado acto.
Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento señalado para comparecer.
Ceuta, 22 de febrero de 1999.- Vº Bº EL DELEGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo: Patricio Terry Esquivias.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE GESTION TRIBUTARIA.- Fdo.: José Luis Granadino Ordóñez.
642.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado de un procedimiento o, cuando intentaba la notificación, no se hubiese podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el tablón de Edictos del Ayuntamiento o en Boletín de la Ciudad, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.
Los apellidos y nombre, D.N.I. concepto impositivo y deuda tributaria de los contribuyentes dados por desconocidos ausentes o que han rehusado la notificación son los siguientes:
Núm. Liquid. Apellidos y Nombre D.N.I. Conp. Trib.
559901000153-Y T.M. Producciones B-11959897 Liqu. Vol. (J.M.)
323
642 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
Núm. Liquid. Apellidos y Nombre D.N.I. Conp. Trib.
559801001453-M Mohamed Amar Mohamed 45.081.459-X Liqu. Vol. (J.)
559801001456-P Hassoun Mohamed X-2015397-E Liqu. Vol. (J.)
559901000026-C Artiles Sánchez, Isidoro 42.669.499-Z Liqu. Vol. (J.)
559801001933-J Electrónica Elven, S.L. B-11.955.317 Liqu. Vol. (L)
559801001958-J Recubrimientos Ceuta, S.L. B-11.958.675 Liqu. Vol. (L.)
559801001957-N Recubrimientos Ceuta, S.L. B-11.958.675 Liqu. Vol. (L.)
559801002364-T Blanco Batista Francisco M. 45.068.435-G Liqu. Vol. (L.)
559901000117-T Soto Alonso, María 31.066.045-Z Liqu. Vol. (L.)
559901000087-W T.M. Producciones, S.L. B-11.959.897 Liqu. Vol. (L.)
559901000082-C Pascual García Margarita 45.066.574-Y Liqu. Vol. (L.)
559901000079-V Digipack, S.A. A-11.960.069 Liqu. Vol. (L.)
559901000075-P Serfer Ceuta, Naval Sdad. Coop. F-11.960.176 Liqu. Vol. (L.)
559901000073-B Ramsaf, S.L. B-11.954.872 Liqu. Vol. (L.)
559901000072-X Pagan Rivera, Mercedes 45.066.638-R Liqu. Vol. (L.)
559901000071-P P y CH Asociados, S.L. B-11.954.658 Liqu. Vol. (L.)
559901000069-F Muna, S.L. B-11.902.624 Liqu. Vol. (L.)
559901000067-M Merrouni, S.L. B-11.954.492 Liqu. Vol. (L.)
559901000051-N Calzados Sebti, S.L. B-11.954.161 Liqu. Vol. (L.)
559901000136-H Alcántara Trujillo, Francisco 45.042.452-B Liqu. Vol. (L.)
559901000143-V Oliva Quintana, Manuel 45.058.575-B Liqu. Vol. (L.)
559801002240-Z Delgado Téllez, Antonio 45.061.829-E Liqu. Vol. (L.)
Plazo de Ingreso:
Las liquidaciones notificadas del 1 al 15 de cada mes pueden ser ingresadas hasta el día 5 del mes siguiente. Las publicadas entre los días 16 y último de cada mes, pueden serlo hasta el día 20 del mes siguiente. Finalizados los plazos anteriores se exigirá el cobro por vía de apremio con recargo del 20%.
Contra estas liquidaciones puede interponerse, ante la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Ceuta, recurso de reposición en el plazo de quince días, o, reclamación económico/administrativa ante el Tribunal correspondiente de Ceuta, en el plazo de quince días, también, computados desde el siguiente a aquel en que estas notificaciones sean públicas, no pudiendo simultanear ambos recursos.
Ceuta, a 22 de febrero de 1999.- Vº Bº EL DELEGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo: Patricio Terry Esquivias.- P.P.- Fdo: José L. Granadino Ordóñez.
643.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963 General Tributaria, de 28 de diciembre, en su nueva redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que se haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados y conceptos tributarios se especifican a continuación:
Apellidos y Nombre o Razón Social N.I.F. Impuesto Concepto Tributario
López Hidalgo, Antonio 45.071.591-D Mod. 190 Ej. 97 PR. Liq.Req.Falta L. CA
Carpa E Hijos Industrias de la Mad. B-11.950.920 Mod. 190 Ej. 97 PR. Liq.Req.Falta L. CA
Muna, S.L. B-11.902.624 Mod. 202 98-2T Notif. Trámite Audiencia
Mohamed y Dris, S.L. B-11.961.703 Mod. 202 98-2T Notif. Trámite Audiencia
Comercial Alif, S.A. A-11.906.450 Mod. 202 98-2T Notif. Trámite Audiencia
García Ramírez, Antonio 31.676.294 Mod. 100 Prop.Liq.Req.Falta L.
Muñiz Pereda, Luis Agustín 13.691.085-J Mod. 100 97-0A IRPF 97 Prop.Liq.
Fontalba Bonilla, Jesús 45.069.156-N Mod. 101 97-0A IRPF 97 Prop. Liq.
Bolado Rodrigo, José Pablo 13.756.826-C Mod. 100 97-0A IRPF 97 Prop. Liq.
Cousillas Larrañaga, Manuela E. 15.956.270-C Mod. 101 97-0A IRPF 97 Prop. Liq.
Sánchez Arias, María Modesta 10.013.875-C Mod. 103 97-0A IRPF 97 Prop. Liq.
Cosgaya Cosgaya, José Vicente 13.719.979-L Mod. 101 97-0A IRPF 97 Prop. Liq.
Quero Soto, Juan 29.827.392 Mod. 101 97-0A IRPF 97 Prop. Liq.
Enriquez Barona, María Con. 17.092.267-R Mod. 103 97-0A IRPF 97 Prop. Liq.
Pérez Bravo, Lucía B-11.954.658 Mod. 201 94-0A NPGT Noti. Sanciones
Pérez Bravo, Lucía B-11.954.658 Mod. 201 95-0A NPGT Noti. Sanciones
Benoliel Benzadon, Donna 45.073.036-M Mod. 130 97-1T NPGT Noti. Sanciones
Benoliel Benzadon, Donna 45.073.036-M Mod. 130 97-2T NPGT Noti. Sanciones
Agencia Martínez Ceuta, S.L. B-11.905.668 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Abdel Hakim Kharraz X-2.431.011 Mod. 130 98-2T NPGT Noti. Sanciones La Huerta Ceuta, S.L. B-11.963.436 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Friforal, S.L. B-11.962.404 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Gaets 92, S.A. A-78.592.755 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
García Gutiérrez, Aurelia 45.002.500-X Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
324
Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 644
Apellidos y Nombre o Razón Social N.I.F. Impuesto Concepto Tributario
Gobindran Pehlwani, Jatkishin X-20.555.20-X Mod. 100 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Gómez Moya, José Luis 45.019.009-M Mod. 130 98-1T NPGT Noti. Sanciones
Gómez Moya, José Luis 45.019.009-M Mod. 130 98-2T NPGT Noti. Sanciones
López Hidalgo, Antonio 45.071.591-D Mod. 130 97-2T NPGT Noti. Sanciones
López Hidalgo, Antonio 45.071.591-D Mod. 110 97-2T NPGT Noti. Sanciones
Martínez Huertas, Begoña 26.477.724-D Mod. 130 97-2T NPGT Noti. Sanciones
Mérida Ramos, Francisco 45.052.471-W Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Refrigeración Quirós, S.L. B-11.905.411 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Sastre Cousillas, Eider K-55.100.07-N Mod. 101 94-0A NPGT Noti. Sanciones
Transporte Regular Algeciras, Ceuta B-11.960.259 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Contreras Segura, Luis 45.054.552-J Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Fezzaga Abdelwahid X-10.506.29-N Mod. 100 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Guerrero Aparicio, Jesús 23.656.436-Q Mod. 300 98-2T NPGT Noti. Sanciones
Levantadera, S.L. B-11.961.620 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Mendoza Bolorino, Francisco 45.057.136-K Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Musytur Ceuta, S.L. B-11.958.469 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Santiago Manciño, Francisco 45.034.902-M Mod. 100 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Lahsen Hidar, Anisa 45.088.347-K Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Recubrimientos Ceuta, S.L. B-11.958.675 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Naval Ivorne y Asociados, S.L. B-11.962.099 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Ceucaracol, S.L. B-11.959.855 Mod. 190 97-0A NPGT Noti. Sanciones
Ceucaracol, S.L. B-11.959.855 Mod. 300 97-2T NPGT Noti. Sanciones
Ceucaracol, S.L. B-11.959.855 Mod. 190 97-3T NPGT Noti. Sanciones
Ceucaracol, S.L. B-11.959.855 Mod. 190 97-1T NPGT Noti. Sanciones
Ceuta y Melilla de Comercio B-11.902.087 Mod. 190 96-0A NPGT Noti. Sanciones
Viuda e Hijos de Miguel González E-11.900.966 Mod. 190 96-0A NPGT Noti. Sanciones
Viuda e Hijos de Miguel González E-11.900.966 Mod. 190 95-0A NPGT Noti. Sanciones
En virtud de lo anterior que los sujetos pasivos, obligados indicados anteriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en la dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Tributaria de Ceuta, sita en C/ Serrano Orive núm. 2, al efecto de practicar la notificación del citado acto.
Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, a 22 de febrero de 1999.- Vº Bº EL DELEGADO DE LA A.E.A.T.- Fdo: Patricio Terry Esquivias.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE GESTION TRIBUTARIA.- Fdo.: José Luis Granadino Ordóñez.
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Recaudación
644.- El Artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.
Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:
Transcurrido el plazo de ingreso señalado en el artículo 108 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/90, de 20 de diciembre, sin que hayan sido satisfechos los créditos, por la presente se le notifica que en cumplimiento de la providencia de embargo dictada por la que se ordena el embargo de bienes del deudor en cantidad suficiente para cubrir el crédito perseguido, el recargo de apremio, intereses y costas que se hayan causado o causen, se le ha embargado el crédito que tenía contra la A.E.A.T. por el concepto del I.R.PF./97:
N.I.F. Deudor Objeto Deuda F.Pv.Emb. Imp.Emb.
45.078.164-G Ahmed Ahmed, Mohamed S. Tráfico 02-07-96 2.344
45.078.164-G Amar Mohamed, Fatoma Obra Ilegal 21-02-94 65.233
45.083.612-R Amar Mohtar, Mohamed S. Tributarias 11-09-92 300.000
B-11.957.313 Antonio Molina Ceuta, S.L. S. Tributarias 20-11-98 4.738
45.057.727-Z Carmona García, Juan 94 OA II.EE. 10-07-95 347.918
31.800.089-J Huercano Correro, José I.R.P.F. 16-01-98 114.400
45.092.403-Y Mohamed Alí Chahar, Abdes. Obra Ilegal 21-02-94 55.556
24.742.280-F Montañez Bernal, Antonio S. Tráfico 21-07-98 24.000
325
644 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
N.I.F. Deudor Objeto Deuda F.Pv.Emb. Imp.Emb.
22.694.318-B Gregorio Morillas, Cantero S. Tráfico 20-05-98 9.727
45.085.033-L Mustafa Benaida, Karim M. Realiz. y Costas 13-05-97 51.905
11.809.377-G Pérez Chica, Rafael Javier S. Tráfico 30-11-98 19.200
45.081.683-G Ramos Herrerías, Pedro S. Tráfico 20-05-98 18.000
Recurso y Suspensión del Procedimiento:
Recursos: de Reposición, en el plazo de quince días ante la Dependencia de Recaudación o Reclamación Económico-Administrativa, en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso solo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.
Liquidación de intereses de demora:
Con posterioridad a la cancelación total de la duda (principal, recargo de apremio y costas que haya originado el procedimiento), la Administración girará la correspondiente liquidación de intereses de demora de acuerdo con la legislación vigente.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 19 de febrero de 1999.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.
645.- El Artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.
Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:
Transcurrido el plazo de ingreso señalado en el artículo 108 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/90, de 20 de diciembre, sin que hayan sido satisfechos los créditos, por la presente se le notifica que en cumplimiento de la providencia de embargo dictada por la que se ordena el embargo de bienes del deudor en cantidad suficiente para cubrir el crédito perseguido, el recargo de apremio, intereses y costas que se hayan causado o causen, se le ha embargado de los saldos c/c que tienen abiertas en la entidad y por el importe a continuación relacionados:
N.I.F. Deudor O. Deuda F.Pv. Emb. Entidad Importe
45.082.698-F Abselam Moh. Arbia O. Clandestina 21-07-98 2038 26.224
45.072.450-V Alcántara Oliva, Mariano S. Tráfico 18-08-98 0008 211
45.072.450-V Alcántara Oliva, Mariano S. Tráfico 18-08-98 0008 680
45.087.122-S Alí Laarbi, Rabea M. Realiza. D. 25-09-96 1302 471
45.010.882-C Cubo Ruiz, Antonio I.R.P.F. 18-08-98 2038 358
11.937.627-Y Gato Morals, Miguel Angel S. Tráfico 13-01-97 2031 53.936
20.395.352-X Giménez Heredia, Vicente M. I.R.P.F. 18-08-98 3082 1.000
B-11.953.262 Instalaciones y Conserv. Ceuta, S.L. S. Paralelas 15-04-97 0075 7.703
45.081.429-A Lahsen Mohamed, Hamido S. Tráfico 19-10-98 2038 6.573
45.078.456-C Martínez Wancenlen S. Tráfico 21-04-98 2038 7.720
45.057.136-K Mendoza Bolorino, Francisco I.R.P.F. 21-09-98 1302 1.005
22.008.997-K Reverte Pozo, F.C. S. Tributaria 16-10-96 0127 2.025
45.062.430-W Seslam Karrub, Achucha I. Leyes Soc. 18-05-93 1302 170
40.431.229-N Suárez Guitart, Fernando P. Públicos 21-02-94 2094 12.272
Recursos y Suspensión del procedimiento:
Recursos: de Reposición, en el plazo de quince días ante la Dependencia de Recaudación o Reclamación Económico-Administrativa, en el plazo de quince días ante el Tribunal de dicha jurisdicción, ambos días contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso solo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.
Liquidación de intereses de demora:
Con posterioridad a la cancelación total de la duda (principal, recargo de apremio y costas que haya originado el procedimiento), la Administración girará la correspondiente, liquidación de intereses de demora de acuerdo con la legislación vigente.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
326
Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 646
Ceuta, 22 de febrero de 1999.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.
646.- El Artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.
Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:
Se notifica a los deudores conforme al artículo 103 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990 de 20 de diciembre), que no habiendo sido satisfecha la deuda de referencia en el plazo de ingresos en periodo voluntario en virtud de lo establecido en el artículo 127 de la Ley General Tributaria EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION ha acordado:
En uso de las facultades, que me confieren los artículos 100, 106 y 169 del Reglamento General de Recaudación, liquido el recargo de apremio por el 20% del importe de la deuda pendiente y dicto Providencia de Apremio para que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio o garantías de los deudores, en caso de no producirse el ingreso en los plazos señalados en el artículo 108 del citado Reglamento.
N.I.F. Nombre y Apellidos O. Deuda C. Liquidación Importe
45.103.764-M Abdelkader Abdel Lah, A. S. Tráfico K1610198053640869 60.000
45.103.521-S Ahmed Moh., Ahmed S. Tráfico K1610198054427435 60.000
45.088.654-Y Ahmed Moh., Mohamed S. Tráfico K1610198053641012 60.000
45.105.499-S Alí Hamed, Alí S. Tráfico K1610198050473166 60.000
B-11.955.440 Ambulancias Mesauri, S.L. AutoTaxis A5560098800000844 47.746
45.099.060-Q Cardona Castillo, Anto. S. Tráfico K1610198048303724 30.000
B-11.957.388 Sai Baba, S.L. S. Tributaria A5560098500000407 30.000
45.100.067-B González León, Ezequiel S. Tráfico K1610198053639604 60.000
08.105.89-T Guerra Librero, Gómez D. S. Tráfico K1610198053876907 12.000
08.105.89-T Guerra Librero, Gómez D. S. Tráfico K1610198053876786 24.000
A-11.950.714 Hayad Trade's Compa. S.A. Imp. Soc. A5560098220000137 254.306
79.020.756-R Hernández Pallarés Andri. S. Tráfico K1610198053244979 30.000
79.020.456-R Hernández Pallarés, Andri. S. Tráfico K1610198053256045 30.000
45.098.426-A Hita Pérez, Jesús S. Tráfico K1610198053641507 60.000
45.090.067-Q Kaddur Moh., Mohamed S. Tráfico K1610198054428040 60.000
45.105.843-Z Mesaud Laarbi, Abselam S. Tráfico K1610198054427578 60.000
45.097.817-S Moh. Abdeselam, Moh. S. Tráfico K1610198054427996 60.000
45.079.572-D Moh. Amar Adelmal. Alí S. Tráfico K1610198053641529 30.000
45.086.315-J Mohamed Taieb, Farid S. Tráfico K1610198054428117 24.000
45.027.11-B Núñez Acedo, José S. Tráfico K1610198053077890 24.000
45.076.921-A Núñez Santiago, Juan S. Tráfico K1610198053833237 18.600
28.884.685-Q Pérez Rodríguez, Manuel S. Tráfico K1610198054288923 18.000
28.884.685-Q Pérez Rodríguez, Manuel S. Tráfico K1610198054288934 18.000
B-11.952.884 Pronasa Pro. Naviera, S.L. I.A.E. A5560098800000503 112.078
A-11.906.492 Recreativo Siete Colinas I.A.E. A5560098800000525 223.187
45.056.059-W Reus Herdez., M. Carmen S. Tráfico K1610198054052016 24.000
45.080.020-C Sadik Hamad, Said S. Tráfico K1610198054428271 18.000
45.058.033 Sevilla Gómez, Antonio S. Tributa. A5560098520001894 11.048
45.068.962-W Sieres del Valle, Carmen I.R.P.F. A5560098560000040 17.959
45.068.962-W Sieres del Valle, Carmen I.R.P.F. A5560098560000040 18.067
X21.671.84-D Zain Mohamed S. Tráfico K1610198053641298 60.000
X21.671.84-D Zain Mohamed S. Tráfico K1610198053641232 18.000
Recursos y Suspensión del procedimiento:
Recurso de Reposición ante el órgano que ha dictado la Providencia de Apremio, en el plazo de 15 días a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación o Reclamación Económico-Administrativa, ante el Tribunal competente de dicha jurisdicción, en el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos recursos.
El procedimiento de Apremio podrá impugnarse por los siguientes motivos (Art. 138.1 de la Ley General Tributaria y Art. 99.1 del Reglamento General de Recaudación).
- Pago o extinción de la deuda
- Prescripción
- Aplazamiento
- Falta de notificación de la liquidación o anulación suspensión de la misma
- Defecto formal en el Título expedido para la ejecución.
327
646 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
El procedimiento de Apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el art. 101 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/1990, de 20 de diciembre).
Solicitud de Aplazamiento:
Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en periodo ejecutivo.
La presentación de las solicitudes de Aplazamiento o Fraccionamiento se efectuará en la Delegación o Administración de la A.E.A.T. del territorio en que se deba efectuar el pago.
Lugar de Pago:
En la entidad que presta el servicio de caja de la Delegación Administración de la A.E.A.T.
Intereses de Demora:
Las cantidades adeudadas, excluido el recargo de apremio, devengarán Intereses de Demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda en periodo voluntario hasta la fecha de su ingreso. El tipo de interés se fijará de acuerdo con lo establecido en los artículos 58 de la Ley General Tributaria y 36 de la Ley General Presupuestaria, según se trate de deudas tributarias o no tributarias respectivamente.
Costas:
En caso de producirse costas en el porcedimiento, la Administración repercutirá su importe al Deudor, conforme a lo establecido en los artículos 153 y 157 del R.G.R.
Plazos para efectuar el Ingreso:
(Art. 108 del Reglamento General de Recaudación).
a) Recibida la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.
b) Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/ Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 23 de febrero de 1999.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Audiencia Provincial de Cádiz
Sección Tercera
647.- El Presidente de la Audiencia Provincial de Cádiz Sección Tercera.
Hace Saber: Que en esta Sección se sigue con el número 1/88 Rollo Dimanante del Sumario 1/88 del Juzgado Número Uno de los de Ceuta, se anuncia la venta en pública subasta, por término de ocho días, los bienes muebles intervenidos, que han sido valorados en la cantidad de 225.000 pesetas. Cuyo remate tendrá lugar en la Sala de Audiencia de esta Sección en la forma siguiente:
En primera Subasta, el día 16 de marzo de 1999 a las 11,00 horas de la mañana, por el tipo de tasación.
En segunda subasta, caso de no quedar rematados los bienes en la primera, con rebaja del veinticinco por ciento del tipo el día 5 de abril de 1999 a las 11,00 horas.
Y en Tercera Subasta, si no se remata en ninguna de las anteriores, el día 26 de abril de 1999 a las 11,00 horas, sin sujeción a tipo pero con las demás condiciones de la segunda.
Se advierte: Que no se admitirá postura, en primera ni en segunda subasta, que no cubran las dos terceras partes de los tipos de licitación, que para tomar parte deberán consignar previamente los licitadores en la mesa de esta Sección o en el establecimiento designado al efecto una cantidad igual o superior al veinte por ciento de los respectivos tipos de licitación; que las subastas se celebrarán en forma de pujas a la llana, si bien, además, hasta el día señalado para el remate podrán hacerse posturas, por escrito en sobre cerrado; no podrán licitarse en calidad de ceder a un tercero, cesión que sólo podrá hacerse previa o simultáneamente a la consignación del precio; que a instancia del actor, podrán reservarse los depósitos de aquellos postores que hayan cubierto el tipo de subasta y lo admitan, a efectos de que si el primer adjudicatario no cumpliese sus obligaciones, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por orden de sus respectivas posturas; que así mismo estarán de manifiesto los autos.
Los bienes objetos de licitación son los siguientes: 375 prendas deterioradas de cuero que se encuentran depositadas en Intervención del Registro del Territorio Franco de Ceuta (Aduana).
Dado en Cádiz, a veintidós de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Dos de Ceuta
648.- D.ª María Begoña Cuadrado Galache, Magistrada Juez de Primera Instancia Número dos de los de Ceuta.
Hace Saber: Que, en este Juzgado de mi cargo, se sigue procedimiento sobre solicitud de celebración de Subasta Voluntaria Judicial, bajo el núm. 247/97-A, promovido por la Procuradora D.ª Clotilde Barchilón Gabizón, en nombre y representación de la Comunidad de Bienes "Grúas Ordóñez, C.B.", en los que, por resolución de esta fecha, he acordado sacar a venta en pública subasta por primera y, en su caso, segunda y tercera vez, para el supuesto de que no hubiera postores en la anterior, por término de veinte días cada una de ellas, los bienes de la clase y valor que luego se dirán, sirviendo de tipo como mínimo el valor que se adeuda a la entidad demandante en concepto de gastos ocasionados por el depósito de los mismos, a la primera; rebaja del 25% para la segunda; y sin sujección a tipo, la tercera.
Las subastas tendrán lugar en la Sala-Audiencia de este Juzgado, sito en C/ Serrano Orive s/n, primera planta, a sus once horas, con los siguientes señalamientos:
Primera Subasta: el día 26 de marzo.
Segunda Subasta: El día 26 de abril
Tercera Subasta: El día 26 de mayo, y bajo las siguientes Condiciones:
Primera.- Para la primera y segunda subasta, no se admitirán posturas que no cubran las 2/3 partes del avalúo que les sirve de tipo; pudiéndose hacer a calidad de ceder el remate a un tercero.
Segunda.- Los licitadores, para tomar parte en la pri
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 653
mera y segunda subasta, deberán consignar en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en el Banco Bilbao-Vizcaya, con el núm. 1309/0000/17/0247/97, el 20% por lo menos del valor de los bienes que sirva de tipo para la subasta, sin cuyo requisito no serán admitidos, a excepción del ejecutante si concurriere. En la tercera subasta, el depósito consistirá en el 20% del tipo fijado para la segunda. Dichas cantidades se devolverán a los licitadores, salvo la que corresponda al mejor postor.
Tercera.- En las subastas, desde su anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, depositando en la mesa del juzgado junto aquel, el importe de la consignación fijada en la condición segunda, o acompañando resguardo de haberlo efectuado en el establecimiento destinado al efecto. Los pliegos contendrán la aceptación expresa de las obligaciones señaladas en la condición siguiente.
Cuarta: Las cargas o gravámenes anteriores, y los preferentes si los hubiere al crédito del actor, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.
Bienes que se subastan:
- Vehículo marca Mercedes 300 E, matrícula 91/31397, por un importe de 1.922.000 Ptas.
- Vehículo marca Mercedes 300 C, matrícula 9131397, por un importe de 1.929.000 Ptas.
En Ceuta, a veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- LA MAGISTRADA JUEZ.- EL SECRETARIO.
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Tres de Ceuta
649.- En virtud de lo acordado en autos de Juicio de Deshaucio número 44/98, que se siguen en este Juzgado a instancia de D. Jaime Wahnon Hassan representado en autos por la Sra. Procuradora de los Tribunales Sra. Barchilón Gabizón contra D. Eduardo Lorenzo Sánchez Viloria por el presente se notifica al demandado D. Eduardo Lorenzo Sánchez Viloria, que se encuentra en ignorado paradero líbrole a V.I. en Ceuta a veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.- Fdo.: Manuel Pilar Gracia.
650.- En virtud de lo acordado por el Magistrado-Juez de Instrucción Número
Tres en el Juicio de Faltas que se siguen en este juzgado bajo el nº 434/98 por carencia
de seguro obligatorio, por la presente le cito a fin de que comparezca ante este Juzgado
el día 13 de mayo de 1999 a las 10,00 horas de su mañana y en calidad de Denunciado al
objeto de que asista a Juicio Oral con el apercibimiento a las partes y testigos de que si
no concurrieren ni alegasen justa causa para dejar de hacerlo, se les podrá imponer una
multa en la cuantía legalmente establecida conforme a lo dispuesto en el art. 966 de la
L.E.Crim. El presunto culpable de una falta si reside fuera de la circunscripción del
Juzgado, no tiene la obligación de acudir al acto de juicio y podrá dirigir escrito a
este Juzgado en su defensa y podrá apoderar persona que presente en el acto de Juicio las
pruebas de descargo que tenga, conforme a lo dispuesto en el art. 970 de la referida Ley
procesal. Debiendo comparecer al acto del Juicio todas las partes con los medios de
pruebas de que intenten valerse, y pudiendo ser asisti
das en dicho acto por el Abogado que designen al efecto si lo estiman oportuno.
En Ceuta, a 23 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
651.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Almacén-Transformación Material de Construcción, en Carretera Monte Hacho, Carretera de circunvalación, a instancia de D. Antonio Cruces Ruiz, D.N.I. A-11.904.885, en representación de Cristalería Cruces, S. A.
En cumplimiento de lo previsto en el articulo 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.
Ceuta, a 26 de febrero de 1999.- Vº.Bº. EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.
652.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Obrador de Panadería y Punto Caliente, en Avda. Doctor Marañón, Puerta s/n., a instancia de D. Manuel Sánchez García, D.N.I. 45.070.873-G.
En cumplimiento de lo previsto en el articulo 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.
Ceuta, a 24 de febrero de 1999.- Vº.Bº. EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.
653.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha 17-12-98, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
D. Pedro Miranda Hernández solicita licencia para realizar obras de conservación y mantenimiento en Bda. Juan Carlos I, Bloque 52-Pta. 5, consistentes en 25 M de alicatado de cuarto de baño y cocina, con un presupuesto de 240.000 Ptas.
Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan el 15-12-98 (nº 2.870) que no existe inconveniente en acceder a lo solicitado.
Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
* El art. 178 de la Ley del Suelo de 1976 sujeta este tipo de actos a previa licencia.
329
653 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de licencias
urbanísticas de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su
Decreto de 11-12-96.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se concede a D. Pedro Miranda Hernández (D.N.I. nº 45.076.744-C) la licencia solicitada, debiendo comunicarse al interesado que si va a realizar vallado o instalar andamios u otros elementos que ocupen la vía pública, habrá de solicitar la oportuna licencia.
2º.- De conformidad con lo establecido en el artículo 9º.1.2. de la Ordenanza fiscal reguladora del I.C.O., está obligado a practicar la autoliquidación en el impreso habilitado al efecto que se adjunta, dentro del plazo máximo de un mes a partir de esta notificación.
3º.- Esta licencia se concede salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.
4º.- Se comunicará al interesado que habrá de respetar lo previsto en el Título V de la Ordenanza de Limpieza, respecto de la recogida, transporte y vertido de tierras y escombros, para lo que se le remite copia de dicha norma.
5º.- Se comunicará asimismo al interesado que la presente licencia queda condicionada al cumplimiento de la Ordenanza Municipal sobre emisión de ruidos, vibraciones y otras formas de energía, remitiéndose copia de la misma".
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Pedro Miranda Hernández, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, a 26 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
654.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Bar-Pub, en Marina Española, Pueblo Marinero, Módulo 18, a instancia de D. José Antonio García Pastor, D.N.I. 45.086.040.
En cumplimiento de lo previsto en el articulo 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.
Ceuta, a 26 de febrero de 1999.- Vº.Bº. EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.
655.- Ante la imposibilidad de notificación a Dª Anillat Abdeselam Mohtar, en relación con el puesto F-30 del Mercado Central, es por lo que de conformidad con el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:
El Ilmo. Sr. Concejal Delegado de Mercados y Cementerios, con fecha 18-02-99, promulgó el siguiente Decreto:
ANTECEDENTES DE HECHO
Dª. Anillat Abdeselam Mohtar, tiene solicitado el puesto F-30 del Mercado Central para
la venta de frutas y verduras. Se han recibido los informes del Encargado Adminis
trador Acctal. de Mercados y del Inspector Veterinario.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Ley Orgánica 1/95 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta (EAC).
Ley 7/85 de 2 de abril de 1985, reguladora de las Bases de Régimen Local (LrBRL).
Real Decreto 781/86 de 18 de abril, que aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL).
Real Decreto 1372/86 de 13 de junio, que aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RB).
Decreto de 17 de junio de 1955, que aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (RSCL).
Acuerdo Plenario de 21 de enero de 1998, que aprueba el Reglamento de Mercados (RM).
Decreto de la Presidencia de la Ciudad de 25 de mayo de 1998 (DP).
El art. 30 EAC señala que "La Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo... concesiones... por lo establecido, con carácter general, por la Legislación del Estado sobre Régimen Local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto".
El art. 74.2 TRRL, en conexión con el artículo 4 RB, señala que "son bienes de servicio público los destinados al cumplimiento de fines públicos de responsabilidad de las Entidades Locales, tales como... mercados...".
El art. 74.2 RB señala que "el uso de los bienes de servicio público se regirá, ante todo, por las normas del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales y subsidiariamente por las del presente".
El art. 30 RSCL señala que "las Corporaciones Locales tendrán plena potestad para constituir, organizar, modificar y suprimir los servicios de su competencia, tanto en el orden personal como en lo económico en cualesquiera otros aspectos con arreglo a la Ley de Régimen Local y sus Reglamentos y demás disposiciones de aplicación".
El art. 11 RM señala que " 1) La utilización de los puestos de venta, en cuanto implican un uso privativo, estará sujeto a concesión administrativa. 2) La forma de adjudicación de la concesión será el concurso, que se tramitará de acuerdo a la legislación administrativa aplicable en cada caso. 3) El plazo de la concesión será de 25 años, pudiendo ser prorrogado de acuerdo con la legislación vigente. La concesión de los puestos otorga a sus titulares un derecho al uso y disfrute de los mismos en orden a la venta de géneros o artículos alimenticios de la clase previamente señalados, sin que se pueda variar la misma sin autorización expresa de la Presidencia o Consejería delegada. 4) Excepcionalmente, podrá concederse autorización provisional para la ocupación de los puestos, sin que genere derechos subjetivos para el beneficiario, hasta tanto se tramite el procedimiento general de adjudicación".
El art. 21.1 LrBRL, en relación con el artículo 15 EAC, señala que "el Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta, en todo caso, las siguientes atribuciones: d) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales".
El DP señala "Nómbrese Concejal Delegado de Mercados y Cementerios al Ilmo. Sr. D. Enrique García-Conde Sánchez".
PARTE DISPOSITIVA
Denegar la solicitud de D.ª Anillat Abdeselam Mohtar para acceder a la titularidad del
puesto F-30 del Mer
330
Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 657
cado Central.
Ante esta resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Junta de Andalucía (Sevilla) en el plazo de dos meses a contar desde la notificación o publicación del acto impugnado o cualesquiera otros que estime pertinentes.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
656.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha 23-2-99, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
"Por Decreto de 27-1-99 se incoa expediente contradictorio de ruina de la finca sita en C/ Padre Feijoo nº 27, concediendo a los interesados un plazo de audiencia de 15 días.
Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan el 11-2-99 (nº 326) que la finca de referencia ha sido demolida. Requeridos dichos Servicios al respecto informan verbalmente que la demolición ha sido llevada a cabo por EMVICESA previo el desalojo por sus ocupantes.
Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística por asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.
PARTE DISPOSITIVA
Queda sobreseido el expediente contradictorio de ruina incoado.-"
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a Dª. Rosario Gil García y Dª. Remedios Guerrero Sánchez, por ser de domicilio desconocido, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, a 26 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Juan Antonio García Ponferrada.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
657.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Antonio L. Francia Maeso, por su Decreto de fecha 14-2-99 ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
Por Decreto del Consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de
15-2-96 se incoó expediente contradictorio de ruina del inmueble sito en C/ Queipo de
Llano nº 2 y se concedió un plazo de 15 días para que los interesados presentasen
documentos y justificaciones que estimen pertinentes a la defensa de sus derechos. La
incoación de hacía a instancia de Oscar Internacional, S.A. que aportaba dictamen
pericial del Arquitecto D. Fernando Rodríguez Ibáñez. A la vista de las alegaciones
presentadas por los Sres. Fco. Sánchez Cariñanos, D. Rafael Canto Castillo, D. Jaime
Cohén Loya, D.ª Encarnación Sánchez del Río, D. Joaquín Morón de
la Rubia, D. Antonio Pareja Ruiz, D.ª M.ª Carmen Bernet Espí y D. Argunkumar
Kukwani Kukwani, que se amparan en dictamen técnico firmado por el Ingeniero D. Desiderio
Morga Terrero, se emite dictamen pericial por parte de los Servicios Técnicos de la
Consejería (informe nº 1.310/96) que concluye pronunciándose por la inexistencia de
ruina. Por Decreto de 22-8-96 se concede al propietario del edificio un plazo de
alegaciones de 10 días, compareciendo el 13-9-96 oponiéndose al informe del Arquitecto
Municipal, y proponiendo la elaboración de un diagnóstico por parte de Laboratorio
Homologado. Con fecha 21-3-97 se aporta el citado estudio, elaborado por Enypsa, Ensayos y
Proyectos, S.A.. en el que concluye que la "rehabilitación del edificio supondría
la práctica construcción de una nueva estructura, quedando la estructura existente como
mero cerramiento. Los Servicios Técnicos informan el 6-8-98 (informe nº 1.776) tras las
visitas de inspección al inmueble así como tras el análisis de la documentación que
consta en el expediente, concluyendo que se dan las condiciones necesarias para considerar
en ruina económica al edificio en cuestión. Añade que no hay que tomar medidas de
seguridad inmediatas, pero sí proceder al desalojo y derribo de la edificación en un
plazo máximo de 8 meses, estimándose un presupuesto de demolición de 8.632.400 Ptas.
Por Decreto de 11-8-98 se desestima la situación de ruina inminente del edificio
solicitado por la propiedad, y se ordena el traslado de los estudios, informes y
dictámenes a los interesados concediendo un plazo de 15 días para que se presenten
documentos en defensa de sus derechos. Comparecen en el expediente: Oscar Internacional,
S.A. (14-9-98) solicitando la declaración de ruina inminente. D.ª Estrella Garzón
Abudarhan (18-9-98) solicitando una ampliación de informe en el sentido de si es posible
conservar parte de la edificación en pie, demoliendo sólo las zonas presumiblemente
ruinosas con independencia estructuras puesto que se trata de un inmueble de varias
plantas con viviendas independientes. D. Jaime Cohén Loya (18-9-98) designando como
representante a D. Santiago Pérez Mª Cospedal. Oscar Internacional, S.A. (22-10-98)
aportando sentencia de desahucio de D. Jaime Cohén Loya. Consta asimismo informe
Jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
De acuerdo con lo regulado en el Reglamento de Disciplina Urbanística, todas las partes han sido oídas en el expediente, y se ha emitido el dictamen pericial previsto en el art. 21 R.D.U. que posibilita la resolución del mismo. Las alegaciones presentadas en el último trámite no desvirtúan las conclusiones presentadas en el informe del Arquitecto Municipal de fecha 6-8-98. Al amparo del art. 23.1.a) el expediente puede resolverse con el pronunciamiento de declarar el inmueble en estado de ruina, ordenando la demolición.
El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística por asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se declara el inmueble sito en C/ Queipo de Llano nº 2 en estado de ruina, tipo ruina económica, de acuerdo con lo informado por el Arquitecto Municipal el 6-8-98.
2.º.- Se ordena a los ocupantes que desalojen el inmueble en el plazo de seis meses.
3.º.- Se ordena al propietario la demolición del edificio en el plazo de dos meses a partir del desalojo.
Atendido que no ha podido practicarse la notifica
331
657 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
ción de esta resolución a D. Juan Bonitch Moñasco y D. Luis Santiago Rodríguez, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior Resolución.
Significándole que podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses desde la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 8 de la Ley 2/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante podrá presentar cualquier otro recurso que estime más oportuno para una mejor defensa de sus derechos.
Ceuta, 26 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
AUTORIDADES Y PERSONAL
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
658.- En cumplimiento de lo dispuesto en la Convocatoria anunciado en el Boletín Extraordinario de la Ciudad de Ceuta nº. 2, de fecha 26-02-98 para la provisión en propiedad, por el sistema de Concurso- Oposición, de CUATRO plazas de CABO DE LA POLICIA LOCAL, se anuncia lo siguiente:
1º.- Se eleva a definitiva la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, anunciada en el Boletín Oficial de la Ciudad núm. 3.734 de 30-04-98.
2º.- La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:
- Presidente: Excmo. Sr. D. Jesús C. Fortes Ramos, Presidente de la Ciudad, como Titular y el Excmo. Sr. D. Antonio Luis Francia Maeso, Consejero de Presidencia y Gobernación, como suplente.
- Secretario: D. Luis Ragel Cabezuelo, Secretario Letrado Accidental, como Titular y D. Juan Manuel de la Torre González, Técnico de Admón. Gral., como suplente.
- Vocales: D. Angel Javier Gómez Prieto, Jefe de la Policía Local, como Vocal Titular y D. Francisco Javier Díaz Rodríguez, Técnico de Administración General, como Vocal Suplente.
- D. Oscar Miras Pouso, Funcionario, como Vocal Titular y D. Manuel Gómez Tendero, Funcionario, como Vocal Suplente, designados por la Administración del Estado.
- Dª. Nieves López García, Auxiliar de Admón. Gral., como Vocal Titular y Dª. Consolación López Chuecos, Administrativo, como Vocal Suplente, designados por la Junta de Personal.
- D. Emilio Barranco Cazalla, Funcionario, como Vocal Titular y D. Adolfo Blanco Díaz, Delineante, como Vocal Suplente, designados por la Junta de Personal.
3º.- El Tribunal se constituirá el día 16 de marzo de 1999, a las 10,30 horas en la Sala de Comisiones Anexa a la Presidencia.
4º.- El primer ejercicio se realizará el día 29 de marzo de 1999, a las 10,00 horas en el Palacio de la Asamblea.
El nombramiento de cualquiera de los miembros del Tribunal Calificador que ha de valorar las pruebas selectivas, podrán ser recusados en la forma y por aquellas personas que determina el art. 29 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y concordante del Real Decreto 364/95 de 10 de marzo, si concurren las circunstancias previstas en los mismos.
Ceuta, a 2 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Consejería de Economía y Hacienda
Oficina Liquidadora de Estepona
659.- Por esta oficina liquidadora de Estepona se ha intentado por dos veces la notificación de actos de gestión de tributos cedidos por el Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que haya sido posible su realización por causas ajenas a la voluntad de esta Administración Tributaria.
En aplicación de lo dispuesto en el apartado 6 del Artículo 105 y en el apartado 5 del artículo 124 de la Ley General Tributaria 230/1963, de 28 de diciembre, en la redacción introducida por el artículo 28 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, Administrativas y del Orden Social (B.O.E. nº 313, de 31 de diciembre de 1997) se cita, por medio de este anuncio, a los interesados que se relacionan, o a sus representantes, para ser notificados por comparecencia en esta misma oficina liquidadora sita en C/. Real 99, Edf. Don Vicente, 2ª Planta, Estepona (Málaga), en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación en el B.O.J.A. del presente anuncio.
Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Comprobación de valor y liquidaciones
Expte. 2112/96 Antonio M. Delgado Corral
Liq. 673/97 T.P. Importe; 8.014
V. Declarado: 800.000 V. Comprobado: 984.480
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
660.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte. 25/98.- Borras y Ballesteros: Suministro de vehículo Peugeot 306 con destino al Parque Móvil de la Asamblea de la Ciudad.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
661.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte. 24/98.- Borras y Ballesteros, S. A.: Adquisición de 8 vehículos con destino a la Policía Local.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente
al de inserción del presente anun
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 664
cio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 26 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
662.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha veintinueve de enero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
"D. Sixto Santamaría Pacheco solicita licencia para ejecutar obras de conservación y mantenimiento en C/ Góngora nº 12, por importe de 121.680 Ptas. (731,31 Euros).
Consisten las obras en "Apertura de 6 metros de 20 X 20 X 20 para colocar vigas y hacer un altillo de madera en garaje".
Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan el 26/1/99 (nº 191) de forma favorable a la petición, aclarando verbalmente que se trata de estanterías para almacenar cajas de escasa envergadura.
Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
* El art. 179 TRLS de 1976 exige para este tipo de actos la previa licencia urbanística.
* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de licencias urbanísticas de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se concede a D. Sixto Santamaría Pacheco (D.N.I. nº 32.027.362-T) licencia de obras solicitada.
2º.- Esta licencia se concede salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.-
3º.- Se comunicará al interesado que habrá de respetar lo previsto en el Título V de la Ordenanza de Limpieza, respecto de la recogida, transporte y vertido de tierras y escombros, para lo que se le remite copia de dicha norma.
4º.- Se comunicará asimismo al interesado que la presente licencia queda condicionada al cumplimiento de la Ordenanza Municipal sobre emisión de ruidos, vibraciones y otros formas de energía, remitiéndose copia de la misma."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Sixto Santamaría Pacheco, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Ceuta, a 26 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
663.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se
consideren con algún derecho exigible
contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las
fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:
Expte. 26/98.- Borras y Ballesteros: Suministro de vehículo Peugeot 306 con destino al Parque Móvil de la Asamblea de la Ciudad.
El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
664.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
"Por Decreto de esta Consejería de 10/12/98 se declaró en ruina inminente la finca sita en c/ Molino nº 25, finca catastral 24.4201119, atendido el estado de deterioro en que se encontraba dicho inmueble.
En la referida resolución se instaba a los ocupantes para que desalojaran sus viviendas en el plazo de 24 horas, bajo apercibimiento de lanzamiento, en caso contrario.
Los Servicios de la Policía Local informan el 21/12/98 que a pesar del requerimiento al desalojo, algunas viviendas del inmueble siguen ocupadas.
Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
* El art. 26 del Reglamento de Disciplina Urbanística, permite en lo casos de ruina inminente que el Alcalde acuerde el desalojo de ocupantes y adopte las medidas referidas a la seguridad de la construcción. En igual sentido el art. 134.3 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Disciplina Urbanística.
* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de Disciplina Urbanística, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por la Presidencia en su Decreto de 11-12-96.
PARTE DISPOSITIVA
1º) Se ordena el lanzamiento de los ocupantes de la finca sita en c/ Molino nº 25 (Finca catastral 24.4201119), que fue declarada en ruina inminente por Decreto de 10-12-98.
2º) Se comunica a los interesados que el lanzamiento se llevará a cabo el próximo día 3 de marzo (Miércoles) a las 9,00 horas.
3º) Se comunica a la Policía Local que miembros de dicho Cuerpo se personarán en el lugar y fecha indicadas, al objeto de llevar a efecto el citado lanzamiento, debiendo elaborar un inventario de muebles y enseres que se encuentren en el referido inmueble.
4º) Se comunicará al Parque Móvil que miembros y vehículos de dicho Servicios se
personarán en el lugar y fecha indicados para hacer efectivo el lanzamiento, trasladando
el
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664 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
mobiliario y enseres inventariados al Almacén Municipal.
5º) Se comunicará a la Brigada de Conservación que miembros de dicho Servicio se personarán en el lugar y fecha indicados para hacer efectivo el lanzamiento.-"
Atendido que los propietarios de dicho inmueble son desconocidos, se hace pública la anterior resolución en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución. Significándole que podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses desde la notificación de la esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante podrá presentar cualquier otro recurso que estime más oportuno para una mejor defensa de sus derechos.
Ceuta, a 26 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
ANUNCIOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
665.- Por decreto del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de fecha veintidós de febrero de mil novecientos noventa y nueve, se aprueba la contratación del servicio de mantenimiento del Hardware y del Sotfware del Parque Informático de la Asamblea de la Ciudad, del 1 de abril al 31 de diciembre de 1999.
1. ENTIDAD ADJUDICATARIA
a) Organismo: Ciudad de Ceuta.
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.
c) Número de expediente: 92/99.
2. OBJETO DEL CONTRATO
a) Descripción del contrato: Servicio de mantenimiento de Hardware y del Software del Parque informático de la Asamblea de la Ciudad del 1 de abril al 31 de diciembre de 1999.
b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.
3. TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
a) Tramitación: Urgente.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
Importe de licitación: 10.549.543 Ptas. (63.404,03 EUROS)
5. GARANTIAS
Provisional: 210.991 Ptas. (1.268,08 EUROS)
Definitiva: 421.982 Ptas. (2.536,16 EUROS)
6. OBTENCION DE DOCUMENTACION E INFORMACION
a) Entidad: Ciudad de Ceuta.
b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
c) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.
d) Teléfono: 956-528203.
e) Telefax: 956514470.
f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio.
7. PRESENTACION DE OFERTAS
a) Fecha límite de presentación: Trece días naturales siguientes al de la publicación de éste anuncio.
b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación:
1º) Entidad: Ciudad de Ceuta.
2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
3º) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.
8. APERTURA DE OFERTAS
a) Entidad: Ciudad de Ceuta.
b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.
c) Localidad: Ceuta.
d) Fecha: El día siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de ofertas.
9. GASTOS DEL ANUNCIO:
A cargo del adjudicatario
Ceuta, Marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
666.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha veintidós de febrero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
"Por Decreto de esta Consejería de 21-12-98 se incoa expediente contradictorio de ruina del edificio sito en C/ Vista Alegre nº 20. Durante el trámite de audiencia no ha comparecido el expedientado.
Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan del estado en que se encuentra la vivienda, de las reparaciones que sería preciso llevar a cabo (1.550.220 Ptas.) y del valor de la construcción (884.851 Ptas.), proponiéndole declaración de ruina, tipo ruina económica, estimando un plazo de desalojo de un mes.
Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
* El art. 183.2 del R.D. 1346/76, de 9 de abril, establece que se declarará el estado ruinoso de una finca, cuando (apartado b) el coste de la reparación sea superior al 50% del valor actual del edificio o plantas afectadas.
* El procedimiento aparece regulado en el art. 20 del Reglamento de Disciplina Urbanística así como en el 134 y ss de la Ordenanza de Disciplina Urbanística.
* El art. 140.1.a) de la precitada Ordenanza permite la declaración de ruina de la totalidad de la finca, lo que ocasiona la obligación de demoler por parte del propietario.
* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina
urbanística, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presi
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 668
dente en su Decreto de 11-12-96.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se declara en estado de ruina (tipo ruina económica) la finca sita en C/ Vista Alegre nº 20.
2º.- Se ordena a los ocupantes que desalojen la vivienda en el plazo de un mes.
3º.- Se ordena al propietario que proceda a la demolición de la finca en el plazo de quince días a partir del desalojo."
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al ser de el propietario de domicilio desconocido, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución. Significándole que podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses desde la publicación de esta Anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, podrá presentar cualquier otro recurso que estime más oportuno para una mejor defensa de sus derechos.
Ceuta, a 25 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Juan A. García Ponferrada.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
AUTORIDADES Y PERSONAL
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
667.- En cumplimiento de lo dispuesto en la Convocatoria anunciado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta nº. 3.757, de fecha 08-10-98 para la provisión en propiedad, por el sistema de Oposición-Libre, de DOCE plazas de POLICIA LOCAL, se anuncia lo siguiente:
1º.- Composición del Tribunal Calificador:
- Presidente: Excmo. Sr. D. Jesús C. Fortes Ramos, Presidente de la Ciudad, como Titular y el Excmo. Sr. D. Antonio Luis Francia Maeso, Consejero de Presidencia y Gobernación, como suplente.
- Secretario: D. Luis Ragel Cabezuelo, Secretario Letrado Accidental, como Titular y D. Juan Manuel de la Torre González, Técnico de Admón. Gral., como suplente.
- Vocales: D. Angel Javier Gómez Prieto, Jefe de la Policía Local, como Vocal Titular y D. Francisco Javier Díaz Rodríguez, Técnico de Administración General, como Vocal Suplente.
- Dª. María del Valle Guerrero Orduña, Auxiliar de Admón. Gral., como Vocal Titular, y D. Francisco Manuel Navarro Catarecha, Auxiliar de Admón. Gral, como Vocal Suplente.
- D. José Antonio Artiel Lara, Funcionario, como Vocal Titular y D. José Luis Fernández Peire, Funcionario, como Vocal Suplente, designados por la Administración del Estado.
- D. Elio Soto Vázquez, Policía Local, como Vocal Titular y D. José Mata Terrón, Bombero, como Vocal Suplente, designados por la Junta de Personal.
- D. José Antonio Alarcón Caballero, Director de la Biblioteca Municipal, como Vocal Titular y D.ª Rocío Valriberas Acevedo, Encargada Archivo, como Vocal Suplente, designados por la Junta de Personal.
- D. José Delicado Canalejas, Policía Local, como
Vocal Titular y D. Manuel Peña Curado, Policía Local, como Vocal Suplente.
2º.- El Tribunal se constituirá el día 18 de marzo de 1999, a las 10,30 horas en la Sala de Comisiones Anexa a la Presidencia.
3º.- El reconocimiento médico se realizará el día 5 de marzo de 1999 a las 10,00 horas en el Palacio de la Asamblea.
El nombramiento de cualquiera de los miembros del Tribunal Calificador que ha de valorar las pruebas selectivas, podrán ser recusados en la forma y por aquellas personas que determina el art. 29 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y concordante del Real Decreto 364/95 de 10 de marzo, si concurren las circunstancias previstas en los mismos.
Ceuta, a 2 de marzo de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
668.- ANTECEDENTES DE HECHO
Terminado el plazo de reclamaciones para subsanar los motivos de la exclusión en la lista provisional de admitidos y excluidos para la provisión en propiedad de doce plazas de Policía Local publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta Extraordinario n.º 2 de 22-1-99, se ha presentado en el Negociado de Personal la documentación de dos aspirantes que figuran como excluidos.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
De conformidad con la Base 5.2 de la Convocatoria, contra la resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, podrá interponerse, previa comunicación a la Ciudad de Ceuta, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
PARTE DISPOSITIVA
Se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para cubrir doce plazas de Policía Local, de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales.
ADMITIDOS
Aguilar Camúñez, Miguel Angel 45.086.141
Aguilar Pérez, Antonio José 25.685.064
Ahmed Benaixa, Yusef 45.079.374
Ahmed Mohamed, Abdel-Lah 45.084.702
Ahmed Mohamed, Hossain 45.094.526
Aliaga Ruiz, Marco Antonio 45.088.218
Alvarez Torres, Rafael 45.080.652
Antúnez González, José Miguel 45.093.668
Baeza García, Juan Antonio 45.089.513
Bandera Peláez, David 45.082.983
Barrios Vigo, Oscar 45.088.344
Borbolla García, Francisco 45.098.292
Cajal Martín, Julio Juan 45.089.123
Carmona Ruiz, David 45.090.659
Castillo Rodas, Francisco Luis 45.079.641
Cla Cárdenas, Susana 31.866.131
Creo Muñoz, José Manuel 45.076.275
335
668 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
ADMITIDOS
Cuadra Ben-Tail, Jorge 45.086.320
Cuadra Merino, Manuel Javier 45.096.906
Delgado Santiago, Marco Antonio 45.090.230
Díaz González, Joaquín 45.085.363
Doncel Doncel, Francisco Javier 45.082.028
Escotto Durán, José 45.655.312
Espinosa Ramírez, Pedro Luis 45.077.502
Fernández Güelfo, Juan Carlos 45.075.355
Fuentes Reyes, José Domingo 45.073.875
Fuentes Rosas, Miguel Angel 45.077.489
García García, Francisco Javier 45.086.622
García Guirado, Francisco Javier 45.087.515
García Heredia, Francisco Javier 45.088.850
Gaspar Pineda, Francisco Javier 53.684.249
Gil Gordo, Juan Antonio 45.091.294
Gómez Duarte, Juan Carlos 45.092.945
González Calvo, Francisco Javier 45.090.364
González González, Moises 45.090.826
González Reyes, Francisco Javier 45.080.591
Gordillo Roldán, Francisco Javier 45.080.734
Guerrero Almenta, Manuel 45.094.040
Gutiérrez Pacheco, Enrique 45.080.702
Heredia Zapata, Victor 45.086.117
Jiménez Canca, Joaquín 45.078.883
Jiménez Nieves, David 45.090.504
Jiménez Rivas, Francisco Javier 45.077.441
Jiménez Rojas, Juan Antonio 45.086.996
Juan Morente, Pedro de 45.071.244
León Calvo, José María 45.090.885
López Castro, Germán 45.098.653
Luna Rodríguez, Carlos de 45.080.323
Luque Díaz, Pedro 45.074.782
Marín Macías, José María 45.088.212
Márquez Orta, Jonathan 45.089.480
Martí Muñoz de Arenillas, J. Antonio 45.076.160
Martínez Vargas, Pedro José 32.048.790
Marugán Gallardo, Carlos 45.086.615
Mateo Bautista, José 45.078.326
Mateo Pitalúa, Rogelio 45.082.040
Mateo Zaballos, Luis María 45.294.073
Meléndez Duarte, Agustín 45.082.569
Mohamed Mohamed, Yusef 45.093.941
Moreno Dorado, Francisco Javier 45.094.184
Moreno Lara, Roberto 45.084.808
Moreno Soto, Juan Antonio 75.753.198
Morón López, Alfonso 45.076.680
Muñoz de la Calle, Fernando Benito 45.089.841
Muñoz Camino, Javier Hugo 45.085.984
Murcia Pacheco, Manuel 45.076.398
Naranjo García, Salvador 45.087.271
Nepomuceno Moreno, Juan 45.082.247
Oliva Sánchez, Daniel 45.093.344
Pacheco Corbacho, Manuel 45.096.341
Palacios Guerrero, Antonio Luis 45.094.104
Pérez Gómez, Juan Enrique 45.075.921
Pérez Vallejo, Rafael Manuel 45.079.722
Pino Rodríguez, José Antonio 45.076.775
Postigo Vera, Jesús Germán 45.084.495
Quero Muñoz, Carlos José 45.082.644
Quintana Ruiz, Antonio 25.673.694
Rodríguez Ruiz, Manuel Jesús 45.090.409
Rodríguez Zamora, Jorge Luis 45.081.461
Roldán Cortés, Luis Antonio 45.086.658
Rosa Rodríguez, Antonio María 45.092.252
Ruiz Sánchez, José Ramón 45.092.104
ADMITIDOS
Salguero Santos, Francisco José 45.076.327
Sánchez Merino, Mateo 45.091.389
Sánchez Sánchez, Ernesto 45.086.803
Sánchez Vallejo, Antonio Javier 45.084.528
Segura García, Agustín 45.081.149
Tizón García, Carlos Francisco 45.077.630
Toledo Pardo, Oscar Juan 45.082.809
Vargas Crespo, Manuel Jesús 45.075.887
Vázquez Visiego, Francisco 45.096.231
Vera Cabillas, José Luis 45.098.058
EXCLUIDOS
Fernández Aranda, Carmen 53.689.459
No presentar certificado médico en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas y sanitarias para la realización de los ejercicios físicos.
Morales Tomé, Miguel 38.085.316
No presentar certificado médico en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas y sanitarias para la realización de los ejercicios físicos.
Moreno Camacho, Manuel 25.092.039
No presentar certificado médico en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas y sanitarias para la realización de los ejercicios físicos.
Sandoval Lozano, Guillermo 25.681.124
No presentar certificado médico en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas y sanitarias para la realización de los ejercicios físicos.
Así lo prevee, manda y firma, la Ilma. Sra. Viceconsejera de Presidencia, D.ª Carolina Pérez Gómez.
En Ceuta, a 2 de marzo de 1999.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
669.- No siendo posible la notificación de las liquidaciones relacionadas a los sujetos pasivos abajo relacionados por ser desconocidos, o bien intentada la notificación ésta no ha sido posible, se publica este edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y se expone en el tablón de edictos de este Ayuntamiento a efectos de notificación de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 27 de noviembre de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
Recursos: De reposición ante la Presidencia Alcaldía en el plazo de un mes a partir de la publicación de este edicto en el B.O.C.
Plazos de ingreso: Los establecidos en el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación.
Transcurridos estos plazos la deuda se exigirá por vía de apremio.
Sujeto Pasivo Concepto Importe
Hijos de Amar Ayad S.A. I.I.V.T. 11.803
Manuel Guerrero Ruiz I.I.V.T. 1.926
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 671
Sujeto Pasivo Concepto Importe
Francisco J. Diaz García I.I.V.T. 4.532
Alberto Arlindo T.A. 8.553
Alberto Arlindo T.A. 602
Alberto Arlindo T.A. 3.826
Alberto Arlindo T.A. 24.421
Alberto Arlindo I.B.I. 89.809
Alberto Arlindo I.B.I. 3.159
Alberto Arlindo I.B.I. 20.085
Alberto Arlindo I.B.I. 128.211
Alberto Arlindo I.B.I. 19.892
Alberto Arlindo T.A. 3.789
Carmen Cárdenas Pujazón I.I.V.T. 5.612
Abdelmalik Mohamed Lahasen I.I.V.T. 4.738
Erhimo Mohamed Dudoh Anyeri I.I.V.T. 2.231
Angelines de Luque Rodríguez I.I.V.T. 20.520
Sebastiao Correa Lima I.I.V.T. 33.436
Laarbi Hamed Meeki I.I.V.T. 14.612
Promoban del Estrecho S.L. I.C.O. 6.300
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- EL CONSEJERO DE ECONOMIA Y HACIENDA.- Fdo.: Isidro Hurtado de Mendoza López.
670.- No siendo posible la notificación de requerimientos de pago de sanciones por infracciones a diversas Ordenanzas municipales a los sujetos pasivos abajo relacionados por ser desconocidos, o bien intentada la notificación ésta no ha sido posible, se expone este edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta a efectos de notificación de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 27 de noviembre de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
Plazos de ingreso: Los establecidos en el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación.
Transcurridos estos plazos la deuda se exigirá por vía de apremio:
Requerido Importe Infracción
Sadek Dris Mohamed 61.250 Inf. Urbanística
Malika Aiachi Mohamed 190.000 Daños
Mohamed Mohamed Abselam 7.000 Reg. Mercados
Abdelkader Ahmed Maimon 7.000 Idem
Catalina Reviriego Pérez 150.000 Inf. Urbanística
Javier López Aguilar 12.500 Ord. Limpieza
Mamas Lahjioui 27.745 Daños
Mohamed Abdeselam Mohamed 103.648 Idem
Amar Mohamed Hamadi 15.000 Ord. Limpieza
David Guirado Ocaña 1.000 Normas incendios
Antonio López Heredia 160.393 Inf. Urbanística
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- EL CONSEJERO DE ECONOMIA Y HACIENDA.- Fdo.: Isidro Hurtado de Mendoza López.
671.- No siendo posible practicar la notificación a D. Abdelkader Ahmed Kurisusi, en relación al expediente sancionador nº 17/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 1-02-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D. Abdelkader Ahmed Kurisusi, por abandono de un turismo marca RENAULT, modelo 4F, matrícula CE-6477-D, número de bastidor VS5210B00L0001978, cometiéndose la infracción el día 19 de enero de 1999 a las 12,00 horas en Camino Acceso, Loma Larga.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados.
En el art. 12 de la misma ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión.
El art. 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas.
En el art. 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas.
El RD 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia". El art. 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador.
En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes".
En el caso de la ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art 15 de la ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey".
En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D. Abdelkader Ahmed Kurisusi reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando las medios de que pretenda valerse.
PARTE DISPOSITIVA
Incóese expediente sancionador a D. Abdelkader Ahmed Kurisusi por la comisión de una
infracción grave con
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671 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
sistente en abandono de un turismo, marca RENAULT, modelo 4 F, matricula CE-6477-D,
número de bastidor VS5210B00L0001978, apreciándose el hecho el día 19 de enero de 1999
en Camino de Acceso, Loma Larga a las 12,00 horas.
Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.
Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.
Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
672.- No siendo posible practicar la notificación a D. Angel José Ruiz Santiago, en relación al expediente sancionador nº 63/98, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 15-02-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, ha dispuesto la siguiente Resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 28 de octubre se dictó Decreto por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por el que se incoaba expediente sancionador a D. Angel José Ruiz Santiago por, abandono de un turismo, apreciándose la infracción el día 28 de septiembre a las 10,37 horas en la Barriada de San Antonio.
En la misma resolución se designó Instructora a D.ª María José Expósito González, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo sin que se haya presentado recusación contra los mismos.
Notificada la misma a D. Angel José Ruiz Santiago, éste alega que dicho vehículo fue dado de baja y entregado en el depósito de vehículos "Ordóñez", con fecha anterior a la denuncia.
Remitidas las manifestaciones al "SEPRONA", el agente denunciante se ratifica en la misma, toda vez que el vehículo en cuestión no fue entregado por su propietario en el depósito de vehículos Ordóñez, y que dicho recibo fue expedido sin tener entrada el vehículo en el mencionado depósito.
Trasladada la propuesta al Sr. Ruiz Santiago, éste se reitera en que entregó el vehículo al propietario de Grúas Ordóñez, poniendo de testigos a su esposa y a un vecino.
Citado el representante de "Grúas Ordóñez" dentro de las pruebas incoadas
por el Instructor, éste manifiesta que expidió un certificado al vehículo objeto de
abandono, por amistad con D. Andrés Vallecillo y que no conoce al Sr. Ruiz Santiago,
indicándole el Sr. Vallecillo que era para darlo de baja en tráfico y que posteriormente
le avisaría para que fuera a retirar el vehículo en cuestión, hecho que jamás
ocurrió, aun
que tuvo conocimiento de que el coche se encontraba en una propiedad privada en San
Antonio. Ratificándose en que nunca tuvo entrada el mencionado vehículo en su depósito.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados.
En el art. 12 de la misma ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión.
El art. 34.3b) del mismo cuerpo legal legal tipificado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas.
En el art 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la Máxima 5.000.000 de pesetas.
El RD 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento."
Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia".
El art. 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador.
En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la ley 10798 dispone en el art 37.2 que: "En el supuesto regulado en el articulo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes".
En el caso de la ciudad Autónoma de Ceuta sera competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, sera elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey".
En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal.
PARTE DISPOSITIVA
Se impone a D. Angel José Ruiz Santiago, una sanción de 100.001 pesetas de multa, por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca Toyota, modelo Carina, matrícula CE-0380-C, apreciándose la infracción el día 28 de septiembre a las 10,37 horas en Barriada San Antonio.
Lo que le comunico, significándole que podrá interponer Recurso Ordinario ante el Presidente de la Ciudad, en el plazo de un mes contados a partir de la recepción de la presente notificación como autoriza el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común 30/92, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que el interesado estime procedentes.
Lo que le comunico, significándole que, de confor
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 674
midad con lo establecido en el art. 29 en relación con el art. 31 de la Ordenanza General
de gestión, recaudación e inspección de los tributos y otros ingresos de Derecho
Público Locales de la Ciudad de Ceuta, en aplicación del art. 20 del Reglamento General
de Recaudación, deberá hacer efectivo el importe de dicha sanción en la Caja Municipal
de acuerdo con los siguientes plazos:
a.- Si ha sido notificada entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el posterior inmediato hábil posterior.
b.- Si ha sido notificada entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Transcurridos dichos plazos sin que la sanción se haya hecho efectiva, se exigirá por el procedimiento de apremio.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de 2 meses contados a partir de la recepción de la presente notificación, según autoriza el art. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956. Igualmente podrá ejercitar cualquiera otros recursos que estime conveniente a sus derechos.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
673.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Despacho de Hamburguesas y Asador de Pollos, en Calderón de la Barca, n.º 5, a instancia de D. Abdeslam Solaimani, D.N.I. X-2.036.749-F.
En cumplimiento de lo previsto en el articulo 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- Vº.Bº. EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
674.- A los efectos oportunos se da traslado del Acuerdo que más abajo se transcribe, adoptado por el Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta en Sesión Ordinaria celebrada el pasado día 10 de febrero de 1999, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del Acta correspondiente a dicha sesión.
Ceuta, 17 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
6.2. Propuesta presentada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D.
Alfonso Conejo Rabaneda, relativa a aprobación definitiva del Reglamento 1/98 de
financiación de las actuaciones protegidas en materia de
vivienda y suelo del Plan 1998-2001.
Por el Sr. Secretario Letrado accidental se daba lectura a la siguiente Propuesta:
"Por acuerdo del Ilustre Pleno de la Asamblea, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 12 de noviembre de 1998, se aprobó inicialmente el Reglamento de desarrollo del Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio.
Sometido a información Pública sólo se presenta una alegación por parte de la propia Dirección General de la Vivienda.
Constan en el expediente informe jurídicos conformados por el Sr. Secretario Letrado.
En consecuencia y de acuerdo con los arts. 21.1.1ª y 12 del EA de la Ciudad de Ceuta y el art. 97 del Reglamento de la Asamblea, al Pleno propone la adopción de los siguientes Acuerdos:
1º.- Aprobar definitivamente el Reglamento de desarrollo del Real Decreto 1186/1998 de 12 de junio, aceptando la alegación presentada por la Dirección General de la Vivienda.
2º.- Publicar el acuerdo y texto íntegro del Reglamento en el B.O.C.E. de acuerdo con el art. 70.2 L.R.B.R.L."
Seguidamente se procedía a dar lectura a la alegación presentada por la Dirección General de la Vivienda, cuyo tenor era como sigue:
El Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, en la sesión celebrada el pasado 12 de noviembre de 1998, acordó aprobar inicialmente el citado Reglamento y someterlo a un período de información pública, por plazo de treinta días desde el día siguiente a la publicación del anuncio (BOCCE de 3-12-98).
Se considera oportuno incluir en el art. 6 de dicho reglamento el período de duración del Régimen de protección de las viviendas calificadas al amparo del mismo, así como la posibilidad de descalificación voluntaria de dichas viviendas. Por ello se propone una nueva redacción del artículo 6 del modo siguiente:
Artículo 6.- Viviendas Protegidas.
1. Podrán ser calificadas protegidas, en el ámbito de la Ciudad de Ceuta, aquéllas viviendas de nueva construcción o ya existentes que contando con una superficie útil de hasta 90 metros cuadrados útiles, cumplan con las condiciones de destino, uso y precio que se establecen en el presente Reglamento y demás condiciones previstas en las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Ceuta.
2.- El Régimen aplicable a las viviendas calificadas al amparo del presente capítulo tendrá una duración igual al de los préstamos cualificados que en su caso sean obtenidos para su financiación, y en todo caso, estarán sometidos a dicho régimen por un plazo de 10 años contados desde la fecha en que se obtenga la calificación definitiva de vivienda protegida.
3.- No obstante lo establecido en el párrafo anterior sobre la duración del régimen aplicable a las viviendas señaladas, los titulares podrán solicitar y obtener la descalificación de viviendas protegidas, a cuyo efecto será de aplicación lo señalado en el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial para la descalificación de VPO.
Defendida la urgencia por el Excmo. Sr. Conejo Rabaneda, el Ilustre Pleno de la Asamblea acordaba, por unanimidad de las presentes, que implica mayoría absoluta, aprobar el carácter urgente de la Propuesta.
Acto seguido, el Ilustre Pleno de la Asamblea por unanimidad de los presentes, que implica mayoría absoluta, Acordó:
1º.- Aprobar definitivamente el Reglamento de desa
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rrollo del Real Decreto 1186/1998 de 12 de junio, aceptando la alegación presentada por la Dirección General de la Vivienda, quedando como seguidamente se transcribe.
2º.- Publicar el acuerdo y texto íntegro del Reglamento en el B.O.C.E. de acuerdo con el art. 70.2 LRBRL.
Reglamento 1/98 de desarrollo del Real Decreto 1186/1998 de 12 de junio sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del plan 1998-2001.
Preámbulo
El Real Decreto 1186/1998 de 12 de junio permite su adaptación a cada uno de los territorios autonómicos, posibilitando la participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla en la gestión del citado Plan.
La Ciudad de Ceuta, en uso de la potestad normativa atribuida por el Artículo 12.1.a) del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 1/95 de 13 de marzo, y en ejercicio de las competencias que en materia de vivienda le otorga el artículo 21 del mismo, dicta el presente Reglamento de desarrollo, adaptándolo a las necesidades y características diferenciales del territorio de la Ciudad de Ceuta respecto del resto de los territorios que compone el Estado Español.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Ambito de Aplicación.
Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento serán de aplicación a las actuaciones a que hace referencia el art. 1 del R.D. 1186/1998 de 12 de junio que se desarrollen en Ceuta.
Artículo 2.- Condiciones generales para el acceso por los adquirentes, adjudicatarios y promotores individuales para uso propio a la financiación cualificada establecida en el R.D. 1186/1998 de 12 de junio.
Las condiciones generales serán las que se establecen en el art. 3º del R.D. 1186/1998 con las siguientes salvedades:
a) Para acceder a la financiación cualificada prevista será necesario acreditar ingresos familiares anuales cuya cuantía implique que el abono de las cuotas del préstamo solicitado no superen el 30% de dichos ingresos.
b) La superficie útil se computará de acuerdo con lo que dispone al efecto el art. 4 del R.D. 3148/1978 de 10 de noviembre y demás normas vigentes en materia de viviendas de Protección Oficial, excluyéndose de dicho cómputo la superficie resultante de las terrazas con una anchura media menor o igual a 1,20 metros. La superficie del resto de terrazas, cubiertas o no, se computará de acuerdo con lo que se establece en el citado Real Decreto.
Artículo 3.- Efectos por incumplimiento.
Además de los efectos previstos en el art. 4 del R.D. 1186/1998 para los casos de incumplimiento que se prevén en el mismo, el incumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento, conllevará, asimismo, el reintegro de las cantidades, que, en concepto de subvención hubieran sido abonadas por la Ciudad de Ceuta.
Artículo 4.- Precios máximos de venta.
1.- A efectos de determinar el precio máximo de venta y renta por metro cuadrado de
superficie útil de las distintas
actuaciones contempladas en el R.D. 1186/1998, el precio básico que se establece en la
Disposición Adicional Segunda será incrementado en un 15% de acuerdo con lo que se
dispone en el Art. 8 de la citada norma.
2.- El precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas incluidas en el párrafo b) del artículo 15 del R.D. 1186/1998 será el que resulte de incrementar en un 25% el precio máximo de venta resultante de lo establecido en el número anterior.
Artículo 5.- Determinación de los ingresos.
Los ingresos, a los efectos previstos en el R.D. 1.186/1998 y el presente Reglamento, se determinarán de acuerdo con lo que establece el art. 14 del citado Real Decreto, aplicándose a la cuantía de la base o bases imponibles acreditadas el coeficiente corrector determinado en función de las siguientes circunstancias;
1.- A las personas no integradas en una unidad familiar se les aplicará el coeficiente corrector igual a la unidad.
2.- En atención al número de miembros de la unidad familiar, incluyéndose las uniones de hechos inscritas en el Registro de Uniones de Hecho de la Ciudad de Ceuta el coeficiente corrector se aplicará de la forma siguiente:
Nº de miembros Coeficiente
2 0,97
3 0,95
4 0,91
5 0,87
6 o más 0,83
3.- Se aplicará el coeficiente corrector siguiente al que hubiera correspondido en los supuestos de que en la misma unidad familiar, unión de hecho o futuro matrimonio así declarado por los solicitantes y en los términos en la legislación de Viviendas de Protección Oficial, concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a.- Que exista en la unidad familiar algún miembro con minusvalía en las condiciones que determine la legislación sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
b.- Que el adquirente, adjudicatario o promotor para uso propio sea menor de 35 años o mayor de 65. Tratándose de una unidad familiar que ambos cónyuges tengan edades inferiores a 35 años o superiores a 65 años.
c.- Que haya más de un perceptor de ingresos en la unidad familiar que aporte, al menos, el 20% de los ingresos brutos totales acreditados.
Si concurren dos o más de las circunstancias citadas, se aplicará el 2º siguiente al que hubiera correspondido.
CAPITULO II
VIVIENDAS PROTEGIDAS
Artículo 6.- Viviendas Protegidas.
1. Podrán ser calificadas protegidas, en el ámbito de la Ciudad de Ceuta, aquéllas viviendas de nueva construcción o ya existentes que contando con una superficie útil de hasta 90 metros cuadrados útiles, cumplan con las condiciones de destino, uso y precio que se establecen en el presente Reglamento y demás condiciones previstas en las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Ceuta.
2.- El régimen aplicable a las viviendas calificadas al amparo del presente capítulo tendrá una duración igual al de los préstamos cualificados que en su caso sean obtenidos para su financiación, y en todo caso, estarán sometidos a di
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 675
cho régimen por un plazo de diez años contados desde la fecha en que se obtenga la calificación definitiva de vivienda protegida.
3.- No obstante lo establecido en el párrafo anterior sobre la duración del régimen aplicable a las viviendas señaladas, los titulares podrán solicitar y obtener la descalificación de viviendas protegidas, a cuyo efecto será de aplicación lo señalado en el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial para la descalificación de VPO.
Artículo 7.- Destino y uso.
Las viviendas calificadas protegidas de acuerdo con lo que dispone el artículo anterior tendrán el destino y uso que se establece en el art. 3 del R.D. 3148/1978 de 10 de noviembre y el art. 12 del R.D. 1186/1998.
Artículo 8.- Precio máximo de venta.
El precio máximo de venta de las viviendas calificadas protegidas será el que se establece en el art. 4.2 del presente Reglamento.
CAPITULO III
ACTUACIONES DE REHABILITACION
Artículo 9.- Cuantía mínima del presupuesto protegido.
Para obtener la calificación de rehabilitación de cualquiera de las actuaciones previstas en el art. 27 del R.D. 1186/1998, de 12 de junio, el importe del presupuesto protegido de cada una de ellas definidos en el artículo 28 del citado Real Decreto, deberá rebasar las siguientes cuantías mínimas.
a) Para actuaciones de rehabilitación de viviendas: 1.000.000 pesetas.
b) Para actuaciones de rehabilitación de edificios, 100.000 ptas. por vivienda siempre que el presupuesto de la actuación supere la cantidad de 2.000.000 Ptas.
Artículo 10.- Actuación predominante
A los efectos previstos en el art. 44 se entenderá actuación predominante aquella a la que corresponda un presupuesto cuya cuantía sea superior con respecto al presupuesto total.
Artículo 11.- Calificaciones sucesivas
A los efectos previstos en el Art. 33.1.a) del R.D. 1186/1998, de 12 de junio, las
viviendas que ya hayan obtenido calificación de rehabilitación y al amparo de las mismas
hubiera obtenido financiación cualificada o subvención personal, no podrán obtener
nueva calificación de actuación protegible hasta transcurridos 10 años desde la fecha
de califi
cación de declaración definitiva, o dos años si se trata de una actuación de
rehabilitación que prevea la realización de obras no contempladas en la actuación
anterior.
Artículo 12.- Prohibiciones y limitaciones a la facultad de disponer.
Las viviendas rehabilitadas para uso propio, cuyo promotor haya obtenido subvenciones públicas se someterán al régimen establecido en el art. 12 del Real Decreto 1186/1998 de 12 de junio, excepto en lo referente al precio máximo de venta. Dichas limitaciones serán objeto de inscripción preventiva en el Registro de la Propiedad correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 26.2 de la Ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1946.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- Sujetos de atención preferente.
Las personas que, en aplicación de lo establecido en la Disposición Transitoria segunda de la Ley 29/94 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, se vean privadas del derecho a la subrogación "mortis causa" que le reconocía el Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos aprobado por Decreto 4104/1964 de 24 de diciembre, serán sujeto preferente de los programas de ayudas públicas para el acceso a la vivienda, siempre que cumplan con los requisitos que en cuanto a ingresos máximos establece el Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio.
Segunda.- Límite de actuaciones
Sólo podrán ser objeto de calificación protegida a financiar mediante ayudas estatales, durante cada año de vigencia del Plan de Vivienda 1998-2001, el número de actuaciones de cada tipo previsto en el Convenio que se suscriba al efecto con el Ministerio de Fomento, de acuerdo con lo que dispone el art. 50 del R.D. 1186/1998, de 12 de junio.
Tercera.- Orden de prelación
Para la calificación de actuaciones protegidas establecidas en el presente Reglamento y en el R.D. 1186/1998 de 12 de junio se atenderá a las solicitudes por su orden de presentación, a excepción de las solicitudes presentas por las personas afectadas por lo establecido en la Disposición Adicional Primera del presente Reglamento, que serán atendidas preferentemente siempre que en el momento de la solicitud exista cupo y la actuación se refiera a la adquisición de vivienda.
Disposición Final.-
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
Agencia Tributaria de Ceuta
Dependencia de Recaudación
675.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad, así como en los lugares destinados al efectos en la Delegaciones y
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Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.
Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:
Transcurrido el plazo de ingreso señalado en el artículo 108 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/90, 20 de diciembre), sin que hayan sido satisfechos los créditos, por la presente se le notifica que en cumplimiento de la providencia de embargo dictada por la que se ordena el embargo de bienes del deudor en cantidad suficiente para cubrir el crédito perseguido, el recargo de apremio, intereses y costas que se hayan causado o causen, se le ha embargado los bienes muebles a continuación relacionados:
NIF Deudor O. Deuda F.Prov.Emb. Impo. Pente Matrícula
45.075.125R Abdelkader Kassen, Moh. S. Tráfico 23-04-98 108.520 CE-3453F
45.075.125R Abdelkader Kassen, Moh. S. Tráfico 23-04-98 108.520 CE-6894F
45.079.617P Abdeselam Mohtar, Abdes. S. Tráfico 03-12-97 259.815 CE 3691E
45.104.767L Ahmed Ahmed, Hicham S. Tráfico 10-08-98 180.000 CE 6124F
45.083.638G Ahmed Alí, Abdelatif S. Tráfico 21-09-98 120.520 CE 3397G
45.080.996F Ahmed Hassan, Abdelkader S. Tráfico 21-07-97 360.747 CE 4730F
45.080.996F Ahmed Hassan, Abdelkader S. Tráfico 21-07-97 360.747 CE 3615F
45.080.842Z Alcántara Oliva, Iván Darío S. Tráfico 15-04-97 126.520 CE 0942G
45.080.842Z Alcántara Oliva, Iván Darío S. Tráfico 15-04-97 126.520 CE 8831E
45.080.842Z Alcántara Oliva, Iván Darío S. Tráfico 15-04-97 126.520 MA 2941BP
99.012.276J Alí Laarbi, Alí S. Tráfico 23-04-98 132.880 CE 3727E
45.084.046K Al Lal Abdel Lah, Mustafa S. Tráfico 15-04-97 451.337 CE 3352G
B11.957.578 Canal Ceuta, S.L. S. Tributa. 18-06-97 230.576 CE 5310D
B11.957.578 Canal Ceuta, S.L. S. Tributa. 18-06-97 230.576 CE 2740F
A11.906.765 Chacomi, S.A. Inf. Ley.Soc. 15-11-94 489.346 CE 7096E
45.079.561K Hossain Alí, Karim S. Tráfico 18-08-98 119.999 CE 6474F
45.106.438B Moh. Moh., Rachid S. Tráfico 19-06-98 120.520 CE 5603E
45.079.693S Moh. Mohtar, Tarek S. Tráfico 18-08-98 126.119 CE 6142F
45.876.762S Reyes Jiménez, Fco. Javier de los S. Tráfico 24-09-97 121.648 CE 4865F
NIF Deudor O. Tributario F.P.Emb. Imp.Pte. Matríc. Embarcac.
45.094.190E El Aduzi Abderr. Moh. Larbi S. Tráfico 12-08-96 337.698 7-CU-1-27-97
45.094.190E El Aduzi Abderr. Moh. Larbi S. Tráfico 12-08-96 337.698 7-CU-1-25-97
Recursos y Suspensión del procedimiento:
Recursos: de Reposición, en el plazo de quince días ante la Dependencia de Recaudación o Reclamación Económico-Administrativa, en el plazo de quince días ante el Tribunal de dicha jurisdicción, ambos días contados a partir del día siguiente al recibo de esta notificación.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso solo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.
Liquidación de intereses de demora:
Con posterioridad a la cancelación total de la duda (principal, recargo de apremio y costas que haya originado el procedimiento), la Administración girará la correspondiente liquidación de intereses de demora de acuerdo con la legislación vigente.
La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Ceuta, 24 de noviembre de 1998.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número Cuatro de Ceuta
676.- D. José Antonio Martín Robles el Secretario Accidental del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.
Hace Saber: En los autos de Juicio de faltas núm. 446/97 seguidos contra D. Hamed Al-Lal Mustafa por una falta de lesiones, se ha dictado la siguiente cédula de citación:
En el expediente de Juicio de Faltas, seguido en este Juzgado por una falta de
lesiones, bajo el número 446/97, el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, ha acordado en providencia
de este
día, sean citados D. Frangorio Alex Jules D. Jalo Ousmone y D. Giles Sanko, a fin de que
el día 20 de abril de 1999, a las 11,00 horas de su mañana, comparezca ante la Sala de
Audiencias de este Juzgado, a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas,
advirtiéndoles que deben concurrir con los testigos y demás pruebas de que intenten
valerse, así como si lo estima oportuno puede venir asistido de Abogado, apercibiéndole
que caso de no comparecer incurrirán en multa de hasta 100 Ptas. que determina la Ley.
Y para que se lleve a efecto dicha citación, firmo la presente en Ceuta, a 22 de febrero de 1999.
Y para que sirva la cédula de notificación del denunciado, expido la presente en Ceuta, a 22 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
342
Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 679
677.- D. José Antonio Martín Robles el Secretario Accidental del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.
Hace Saber: En los autos de Juicio de faltas núm. 450/97 seguidos contra D. Mohamed Dahma por una falta de contra la propiedad, se dictado la siguiente cédula de citación:
En el expediente de Juicio de Faltas, seguido en este Juzgado por una falta de contra el orden público, bajo el número 450/97, el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, ha acordado en providencia de este día, sea citado D. Mohamed Dahma, a fin de que el día 20 de abril de 1999, a las 10, 40 horas de su mañana, comparezca ante la Sala de Audiencias de este Juzgado, a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas, advirtiéndoles que deben concurrir con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse, así como si lo estima oportuno puede venir asistido de Abogado, apercibiéndole que caso de no comparecer incurrirá en multa de hasta 100 Ptas. que determina la Ley.
Y para que se lleve a efecto dicha citación, firmo la presente en Ceuta, a 22 de febrero de 1999.
Y para que sirva la cédula de notificación del denunciado, expido la presente en Ceuta, a 22 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.
678.- La Ilma. Sra. D.ª M.ª Otilia Martínez Palacios, Magistrada Juez de Primera Instancia Número Cuatro de los de Ceuta.
Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se sigue procedimiento de Juicio Ejecutivo, bajo el núm. 376/97, promovido por el Procurador D. Angel Ruiz Reina, en nombre y representación de Baeza, S.A., contra D. Luis Sanz Salinas, sobre reclamación de 3.304.328 pesetas de principal, más otras 1.800.000 pesetas presupuestadas inicialmente para costas e intereses.
Y, encontrándose actualmente en paradero desconocido, por medio del presente se le hace saber que se ha practicado embargo, sin el previo requerimiento de pago, por ignorarse su paradero, concediéndole el término de nueve días para que se persone en autos y se oponga a la ejecución, si le conviniere, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y en el Tablón de anuncios de este Juzgado, bajo apercibimiento de que si no lo verifica, será declarado en rebeldía.
Es por lo cual que extiendo la presente como citación de remate en forma al referido demandado D. Luis Sanz Salinas, en Ceuta a 23 de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- LA MAGISTRADA JUEZ.- EL SECRETARIO.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
Dependencia de Agricultura y Pesca
679.- Propuesta de Resolución del Expediente Sancionador nº 11-CA-220/98 por presunta infracción del pesquero marroquí "Sakina-uno", matrícula 7ªCU-1-41-1998, recogida en el acta de denuncia nº 379 formulada por el Sargento Comandante de la Patrullera GC-L09, del servicio marítimo Provincial de la Guardia Civil, con D.N.I. 74.331.153, por presunta infracción en materia de pesca marítima.
En el expediente instruido contra D. Yamal Abyouyanen Vega, con D.N.I. 02.913.750,
Patrón, D. Mohamed Ale Taieb, con DNI 45.089.875, Buceador, D. Mohamed Mohamed Sadik, con
carta de Residencia en Ceuta
nº 12.376, Buceador y subsidiariamente contra D. Abdeslam Ahmed Abdelah, con DNI
45.105.914, Armador de la embarcación "Sakina-Uno" Matrícula 7ªCU-1-41-1998,
que fue motivado por los siguientes hechos:
El motivo del mismo son los hechos acaecidos en fecha veintiuno de julio de mil novecientos noventa y ocho que figuran recogidos en el Acta de Denuncia nº 379 formulada por el Sargento Comandante de la Patrullera GC-L09 del servicio Marítimo Provincial de la Guardia Civil, con D.N.I. 74.331.153, que fundamentalmente son los siguientes:
En el día de la fecha, a 1,5 millas al este de Estepona (Málaga) como consecuencia de un rescate-auxilio por avería de la embarcación cuando se hallaban practicando la pesca submarina, se les solicitó exhibiera la licencia y DNI, careciendo de ambos documentos, por lo que se extiende la presente denuncia.
Las alegaciones quedan desestimadas dado que es reconocido que el día de los hechos carecían de la licencia.
Por lo que el Instructor del mismo hace la siguiente Propuesta de Resolución:
Una vez se consideran probados los hechos reseñados en el Acta de Denuncia nº 379 Formulada por el Sargento Comandante de la Patrullera GC-L09, del servicio Marítimo Provincial de la Guardia Civil, con DNI 74.331.153. El hecho es calificado como grave, según lo tipifica el artículo 7, apartado 1-a) de la Ley 14/1998, de 1 de junio, por el que se establece el régimen de control para protección de los recursos pesqueros (BOE núm. 131, de 02-06-98.), en aplicación de los arts. 13.2 de la Ley 14/1998 podría corresponderle una sanción de 50.001 a 10.000.000 para la grave respectivamente, por lo que se hace responsable de tales infracciones a D. Yamal Abyouyanen Vega, con DNI 02.913.750, Patrón, D. Mohamed Ale Taieb, con DNI 45.089.875, Buceador D. Mohamed Mohamed Sadik, con carta de Residencia en Ceuta nº 12.376, Buceador y Subsidiariamente contra D. Abdeslam Ahmed Abdelah, con DNI 45.105.914, Armador de la embarcación "Sakina-Uno".
Por lo que se propone una sanción de: 50.001 pesetas, cincuenta mil una por la Grave, a cada uno de los Buceadores:
D. Yamal Abyouyanen Vega, con DNI 02.913.750, Patrón, D. Mohamed Ale Taieb, con DNI 45.089.875, Buceador, D. Mohamed Mohamed Sadik, con Carta de Residencia en Ceuta nº 12.376, Buceador y subsidiariamente contra D. Abdeslam Ahmed Abdelah.
La resolución del procedimiento, por ser la infracción principal Grave corresponde al Ilmo. Sr. Secretario General de Pesca Marítima según se estipula en el art. 18, Aptdo. c) de la Ley 14/1998.
Se le comunica que a partir de la fecha, el expediente se encuentra a su disposición en la Oficina de esta Dependencia de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, con el contenido que se relaciona en documento adjunto, concediéndosele un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes ante el Instructor del procedimiento.
Cádiz, a 4 de febrero de 1999.- EL INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE.- Fdo.: Jesús Miguel Padillo Rivademar.
Destinatarios:
D. Yamal Abyouyanen Vega.
C/. Melchor Fernández Almagro, 52.
28029 Madrid.
D. Mohamed Ale Taieb.
Barriada La Libertad, Grupos Varela, 15
11702 Ceuta.
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679 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
D. Mohamed Mohamed Sadik.
Poblado de Regulares, Calle B-6.
11702 Ceuta.
Armador: D. Abdeslam Ahmed Abdelah.
Barriada Principe Alfonso Fuerte, 92
11701 Ceuta.
ANEXO I
Acta de Denuncia nº 379 Formulada por el Sargento Comandante de la Patrullera GC-L09, del servicio Marítimo Provincial de la Guardia Civil, con D.N.I. 74.331.153, de fecha 21-07-98.
Documento núm. 2: Hoja Asiento del B/P "Sakina Uno" Enviada por la Capitanía Marítima de Ceuta, de fecha 09-09-98.
Documento Núm. 3: Certificación de Despacho del B/P "Sakina Uno" Enviado por el Jefe de Despacho de Buques, de Fecha 9-9-98.
Documento Núm. 4: Acuerdo de Iniciación de Expediente Administrativo Sancionador nº 11-CA-220/98 del Delegado del Gobierno en Ceuta, de fecha 9-12-98
Documento Núm. 5: Alegaciones al Acuerdo de Iniciación de Expediente Sancionador nº CA-220/98, de D. Mohamed Mohamed Sadik de Fecha 22-12-98.
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
680.- En la unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de la Constitución nº 2 (11071-Cádiz) se encuentra el siguiente documento:
Resolución.
Expte.: 1998/5041 a nombre de:
Martín Iglesias, Néstor (45.100.931)
Pol. Virgen de Africa, 25-3-1
51001-Ceuta
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 17 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Antonio Fdez. Ruiz de Villegas.
Delegación del Gobierno en Ceuta
681.- ANTECEDENTES
Primero: Con fecha 25-9-98 el Delegado del Gobierno acordó la iniciación del presente expediente sancionador ordinario a D. Abdeselam Alami, Mohamed, presuntamente responsable de una infracción al Art. 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, de Seguridad Ciudadana.
Segundo: Seguido el procedimiento con las formalidades reglamentarias preceptivas, se notificó con fecha 19-10-98 el acuerdo de iniciación al inculpado, concediéndole un plazo de 15 días, con el fin de formular alegaciones, y en su caso, proponer prueba.
Tercero: Transcurrido este plazo y no presentadas las correspondientes alegaciones, el acuerdo de iniciación se consideró propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el art. 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero: Durante las actuaciones practicadas en el procedimiento sancionador instruido, han quedado plenamente demostrados los siguientes hechos: tenencia de 6 grs de Haschish, el pasado día 19-3-98,cuando se encontraba en la vía pública.
Segundo: Estos hechos son constitutivos de una infracción de carácter grave, tipificada en el art. 25.1 de la L.O. 1/92, de 21 de febrero, de Seguridad Ciudadana.
En su virtud, Acuerdo:
Declarar a D. Abdeselam Alami Mohamed, autor de la infracción expresada en los fundamentos anteriores, imponiéndosele una sanción de 56.000 Ptas.
Contra esta resolución, podrá interponer recurso ordinario ante el Ministro del Interior en el plazo de un mes, pudiendo presentarlo en este Centro o ante el superior jerárquico citado, de conformidad con lo establecido en el art. 21.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, y en el capítulo II del Título VII de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el supuesto de que no haga uso del derecho a recurrir, deberá hacer efectiva la sanción en esta Delegación del Gobierno en el plazo anteriormente citado, apercibiéndole de que, transcurrido dicho término sin que el pago haya sido efectuado, se procederá a la ejecución forzosa de la sanción impuesta, mediante el procedimiento de apremio sobre patrimonio.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Contencioso Administrativo
Sección Primera
682.- En el Recurso 227/98, seguidos en la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a instancia de D.ª Eva Lozano Fernández contra acuerdo de la Consejería de Educación y Ciencia, se ha dictado resolución de fecha 3-9-98, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Se confiere traslado a la Sra. Eva Lozano Fernández para que, dentro del plazo de 15 días, formule la demanda dejando de manifiesto el expediente en Secretaría.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, y sirva de notificación en forma a D.ª Eva Lozano Fernández en ignorado paradero; dicha inserción deberá ser gratuita, al ser ordenada de oficio por la Sala, expido el presente que firmo en Sevilla, a 13 de enero de 1999.- LA SECRETARIA.
Tribunal Militar Territorial Segundo
683.- El Secretario Relator del Tribunal Militar Territorial Segundo con sede en Sevilla.
Hace saber: Que por resolución de este Tribunal de fecha 4-2-99 en el Sumario 26-1-97 seguido a D. Mohamed Nabil Alí Mohamed por el presunto delito de insulto a superior se ha acordado, a tenor de lo previsto en el art. 109 de la Ley Procesal Militar, la notificación de Auto de Rebeldía.
Emplazándole para que en el término de diez días, a contar desde la presente, comparezca ante este Tribunal Militar y exprese lo que a su derecho convenga; caso contrario se
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 688
le dará por notificado.
El presente edicto, de conformidad con lo establecido en el art. 178 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal deberá publicarse en el Boletín Oficial de esa Provincia.
Sevilla, 11 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO RELATOR.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
Comandancia Militar de Marina de Ceuta
684.- D. José Miguel Llach Suárez, Capitán de Corbeta (RNA), Instructor del expediente de Hallazgo núm. 80/98, de la Comandancia Militar de Marina de Ceuta.
Hago Saber: Que ante esta Comandancia se sigue expediente de Hallazgo número 80/98, de la Zona Marítima del Estrecho, a instancias de lo ocurrido en la Playa del Tarajal de esta Plaza, el día 25 de marzo del año 1998, de una embarcación de recreo con cabina de las siguientes características:
- Embarcación color azul, con superestructura blanca, de 10,28 metros de eslora y 3,40 metros de manga, en el espejo tiene inscrito "Kittihawk Portsmouth", con equipos propulsores diesel, depositada dicha embarcación en el Club Náutico C.A.S. de Ceuta, bajo la custodia de esta Comandancia Militar de Marina.
Lo que se hace público por medio del presente Edicto, para las personas que se interesen sobre la Subasta Pública del efecto hallado, tengan conocimiento que la misma se celebrará en esta Comandancia Militar de Marina de Ceuta el día 1 de marzo del presente año a las 12,00 horas de su mañana.
Ceuta a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve.
Ministerio de Trabayo y Asuntos Sociales
Instituto de Migraciones y Servicios Sociales
685.- La Dirección Provincial del Imserso de Ceuta en la tramitación de expedientes indicados a continuación ha intentado notificar la citación de los interesados, para realizar los trámites indispensables para su resolución, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27).
Expedientes Apellidos y Nombre
51/240/I/98 Abselam Mohamed, Mohamed Laarbí
Se advierte a los interesados que transcurridos tres meses se producirá la caducidad de los expedientes con archivo de las actuaciones practicadas (art. 92 Ley 30/92).
Ceuta, 17 de febrero de 1999.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
686.- La Dirección Provincial del Imserso de Ceuta en la tramitación de
expedientes indicados a continuación, ha intentado notificar la citación de los
interesados, para la realización de los trámites indispensables para su resolución, sin
que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art.
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento
Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992).
Expedientes Apellidos y Nombre
51/1001948-M/89 Mohamed Abdeselam H. Aicha
51/1003535-M/91 Sánchez Jiménez, José Enrique
51/1005283-M/93 Castro Burgos, M.ª Antonia
51/1007316-M/98 Pérez Martín, Francisco
51/1006550-M/96 Cano Toledo, José Fidel
51/1007353-M/98 Hossain Alí Jamis, Musa
51/1006094-M/95 Mohamed Mohamed Chergui, Abdel Lah
51/1006119-M/95 Haachi Mohamed-Urriagli, Azeddin
51/1002625-M/91 Gallardo Ortíz, Victoria
51/1005529-M/94 Ruiz López, Jorge
Se advierte a los interesados que transcurridos tres meses se producirá la caducidad de los expedientes con archivo de las actuaciones (art. 92 de la Ley 30/1992).
Ceuta, 5 de febrero de 1999.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
687.- La Dirección Provincial del Imserso de Ceuta en la tramitación de expedientes indicados a continuación ha intentado notificar la Resolución indicada a continuación, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de la Administración Pública y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27).
Expedientes Apellidos y Nombre
51/202/I/98 Vidal Pereira, José Fernando
Se advierte a los interesados que podrán interponer reclamación previa a la vía judicial social, ante esta Dirección Provincial, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, de conformidad a lo dispuesto en el art. 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto Legislativo 2/95, de 7-4-95 (B.O.E. del 11).
Ceuta, a 3 de febrero de 1999.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
688.- La Dirección Provincial del Imserso de Ceuta en la tramitación de expedientes indicados a continuación ha intentado notificar la Resolución indicada a continuación, sin que se haya podido practicar, procediéndose de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de la Administración Pública y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27).
Expedientes Apellidos y Nombre
51/5/I/99 Tebar Gubar, Josefa
Se advierte a los interesados que podrán interponer reclamación previa a la vía judicial social, ante esta Dirección Provincial, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, de conformidad a lo dispuesto en el art. 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto Legislativo 2/95, de 7-4-95 (B.O.E. del 11).
Ceuta, a 9 de febrero de 1999.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Fernando Jimeno Jiménez.
345
689 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Tesorería General Seguridad Social
689.- D.ª María Dolores Casas Moreno, Jefe del Servicio Técnico de Notificaciones e Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Cádiz, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92), y en el artículo 105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del sistema de la Seguridad Social, a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación que se acompaña y epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29/6/94), según la redacción dada al mismo por los artículos 29 de la Ley 42/1994 y el 34 de la Ley 66/97, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-97), ambas de idéntica denominación de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, y en el artículo 105.2 del Reglamento General de Recaudación, deberán hacerse efectivas según los siguientes plazos:
A) Hasta el último día del mes siguiente a la presente publicación las Reclamaciones emitidas hasta el año 1997 inclusive y las emitidas con posterioridad siempre que el tipo de documento sea acta de liquidación, acta de infracción, Reclamación de Deuda por capital coste o Reclamaciones de Deuda por prestaciones indebidamente percibidas.
B) El resto de las Reclamaciones de Deuda deberán hacerse efectivas en el siguiente plazo:
a) Si la presente publicación se produce entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.
b) Si la presente publicación se produce entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.
Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley citada anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el Artículo 27 de la mencionada Ley.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, podrá interponerse recurso ordinario, conforme se establece en el Artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el Artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social de 20-6-94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la citada Ley 42/1994.
En Cádiz, a 18 de enero de 1999.- LA JEFA DEL SERVICIO TECNICO DE NOTIFICACIONES E IMPUGNACIONES.- Fdo.: M.ª Dolores Casas Moreno.
Número de Identificador P. Liquid.
Reclamación del S.R. Nombre/Raz. Social Domicilio C.P./Localidad desde hasta Importe
11 02 98 015107410 10 11102954547 Maese López, R. María C/ Santander, 19 51001 Ceuta 05 98 05 98 92.899
11 02 98 016352444 10 11102954547 Maese López, R. María C/ Santander, 19 51001 Ceuta 06 98 06 98 92.899
11 02 98 016733370 10 11102954547 Maese López, R. María C/ Santander, 19 51001 Ceuta 07 98 07 98 92.899
690.- D. José García Rubio, Director de la Administración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27/11/92), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación que se acompaña y epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 42/1994, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31/12/94), hasta el último día hábil del mes siguiente a esta publicación, podrán acreditar ante esta Administración de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas objeto de la presente reclamación o bien presentar el oportuno recurso ordinario, en manera y plazos que más abajo se indican.
Se previene de que, en caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley citada anteriormente, se incidirá automáticamente en la situación de apremio, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, podrá interponerse recurso ordinario, conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social de 20/06/94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la citada Ley 42/1994.- EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION.- Fdo.: José García Rubio.
Régimen: 01 Régimen General , Sector: 11 Régimen General
Número de Identificador P. Liquid.
reclamación del S. R. Nombre / Raz. social Domicilio C.P. Localidad Desde Hasta Importe
51 03 98 010319955 10 51000384278 García Jiménez, Juan José CL Peligros, 3 51001 Ceuta 07 98 07 98 756.612
51 03 98 010216083 10 51000488554 Molymar S.A. ZZ Muelle Cañonero D 51001 Ceuta 05 98 05 98 276.343
346
Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 690
Número de Identificador P. Liquid.
reclamación del S. R. Nombre / Raz. social Domicilio C.P. Localidad Desde Hasta Importe
51 03 98 010297121 10 51000488554 Molymar, S.A. ZZ Muelle Cañonero D 51001 Ceuta 06 98 06 98 276.343
51 03 98 010320460 10 51000488554 Molymar, S.A. ZZ Muelle Cañonero D 51001 Ceuta 07 98 07 98 276.343
51 02 99 010000541 10 51000488554 Molymar, S.A. ZZ Muelle Cañonero D 51001 Ceuta 09 98 09 98 33.786
51 03 98 010216184 10 51000511085 Ag. Martínez S.L. CL. Marina Española, 1 51002 Ceuta 05 98 05 98 84.646
51 03 98 010297222 10 51000511085 Ag. Martínez S.L. CL. Marina Española, 1 51002 Ceuta 06 98 06 98 84.646
51 03 98 010320561 10 51000511085 Ag. Martínez S.L. CL. Marina Española, 1 51002 Ceuta 07 98 07 98 84.646
51 03 98 010297323 10 51000514523 Alm. Florido S.L. C.L. El Greco, 8 51002 Ceuta 06 98 06 98 92.070
51 02 98 010332786 10 51000654060 Blindasur, S.L. Avd. Africa, 17 51002 Ceuta 08 98 08 98 194.232
51 02 99 010000945 10 51000654060 Blindasur, S.L. Avd. Africa, 17 51002 Ceuta 09 98 09 98 187.968
51 03 98 010217194 10 51000667501 José M. Gallego Sánchez CL. Padilla edif. 51001 Ceuta 05 98 05 98 339.617
51 03 98 010299141 10 51000667501 José M. Gallego Sánchez CL. Padilla edif. 51001 Ceuta 06 98 06 98 375.559
51 03 98 010322480 10 51000667501 José M. Gallego Sánchez CL. Padilla edif. 51001 Ceuta 07 98 07 98 404.692
51 02 98 010332887 10 51000676389 Com. Hostel. Anaya CL. Real, 90 51001 Ceuta 08 98 08 98 108.323
51 02 99 010001046 10 51000676389 Com. Hostel. Anaya CL. Real, 90 51001 Ceuta 09 98 09 98 104.828
51 03 98 010217295 10 51000679019 Carpa e Hijos Ind. Mader. PG. Indust. Albor. 51003 Ceuta 05 98 05 98 384.224
51 03 98 010299242 10 51000679019 Carpa e Hijos Ind. Mader. PG. Indust. Albor. 51003 Ceuta 06 98 06 98 543.432
51 03 98 010322581 10 51000679019 Carpa e Hijos Ind. Mader. PG. Indust. Albor. 51003 Ceuta 07 98 07 98 678.605
51 04 98 980003794 10 51000693365 Pino Alcántara, Fco. BD Juan Carlos I 51002 Ceuta 02 98 02 98 150.000
51 02 98 010333089 10 51000709634 Cosipo, S.A. CL Daoiz, 3 51001 Ceuta 08 98 08 98 137.424
51 02 99 010001248 10 51000709634 Cosipo, S.A. CL Daoiz, 3 51001 Ceuta 09 98 09 98 137.424
51 03 98 010217905 10 51100017504 Gallego Sánchez José M. CL. Padilla Edif. 51001 Ceuta 05 98 05 98 72.247
51 03 98 010194562 10 51100026800 Mohamed Moh. Abdelmalik BD. Poblado Sanidad 4 51002 Ceuta 04 98 04 98 98.010
51 03 98 010218006 10 51100026800 Mohamed Moh. Abdelmalik BD. Poblado Sanidad 4 51002 Ceuta 05 98 05 98 98.010
51 02 98 010333594 10 51100034880 Jhamandas Lalchandani Arj. PZ del Tte. Ruiz 51001 Ceuta 08 98 08 98 110.465
51 02 99 010001652 10 51100034880 Jhamandas Lalchandani Arj. PZ del Tte. Ruiz 51001 Ceuta 09 98 09 98 110.465
51 03 98 010218410 10 51100093282 Alm. Ntra. Sra. Africa ZZ Explan. Dique 51002 Ceuta 05 98 05 98 272.275
51 03 98 010301262 10 51100093282 Alm. Ntra. Sra. Africa ZZ Explan. Dique 51002 Ceuta 06 98 06 98 272.275
51 03 98 010324807 10 51100093282 Alm. Ntra. Sra. Africa ZZ Explan. Dique 51002 Ceuta 07 98 07 98 272.275
51 02 98 010333800 10 51100095306 Comerc. Maquinaria Host. CL. Pino Gordo 1 51001 Ceuta 08 98 08 98 57.590
51 02 99 010001854 10 51100095306 Comerc. Maquinaria Host. CL. Pino Gordo 1 51001 Ceuta 09 98 09 98 55.733
51 03 98 010218511 10 51100109349 Pérez Vallejo Juan AV Muelle Cañonero D. 51002 Ceuta 05 98 05 98 50.544
51 03 98 010301363 10 51100109349 Pérez Vallejo Juan AV Muelle Cañonero D. 51002 Ceuta 05 98 05 98 67.392
51 03 98 010301767 10 51100153506 Nayim Sport, S.L. Avd. Africa 7 51001 Ceuta 06 98 06 98 19.656
51 03 98 010325514 10 51100153506 Nayim Sport, S.L. Avd. Africa 7 51001 Ceuta 07 98 07 98 19.656
51 02 98 010335416 10 51100207460 La Huerta Ceuta S.L. ZZ Cuesta Hacho la H. 51005 Ceuta 08 98 08 98 218.606
51 02 99 010002965 10 51100207460 La Huerta Ceuta S.L. ZZ Cuesta Hacho la H. 51005 Ceuta 09 98 09 98 218.606
51 03 98 010219319 10 51100211201 Maimon Ismael Hamed CL Galea 4 51001 Ceuta 05 98 05 98 19.429
51 03 98 010219925 10 51100230904 Multiservicios Financieros C CL Alcalde Sánchez P. 51001 Ceuta 05 98 05 98 468.684
51 03 98 010303181 10 51100230904 Multiservicios Financieros V CL Alcalde Sánchez P. 51001 Ceuta 06 98 06 98 430.189
51 02 98 010338841 10 51000654060 Blindasur, S.L. Av. Africa, 17 51002 Ceuta 07 98 07 98 194.232
51 02 98 010308942 10 51000676389 Comerc. Hostelera Anaya E C.L Real, 90 51001 Ceuta 07 98 07 98 108.323
51 03 98 010157883 10 51000693365 Pino Alcántara, Francisco BD Juan Carlos I, blo 51002 Ceuta 02 98 02 98 180.414
51 03 98 010175263 10 51000693365 Pino Alcántara, Francisco BD Juan Carlos I, blo 51002 Ceuta 03 98 03 98 180.414
51 03 98 010193653 10 51000693365 Pino Alcántara, Francisco BD Juan Carlos I, blo 51002 Ceuta 04 98 04 98 179.026
51 02 98 010309144 10 51000709634 Cosipo, S. A. CL Daoiz, 3 51001 Ceuta 07 98 07 98 137.716
51 02 98 010309649 10 51100034880 Jhamandas Lalchandani Arj. PZ del Teniente Ruiz 51001 Ceuta 07 98 07 98 110.465
51 03 98 010158994 10 51100091363 Estructuras y Construcciones BD Zurrón, 35 51004 Ceuta 02 98 02 98 447.898
51 03 98 010195168 10 51100091363 Estructuras y Construcciones BD Zurrón, 35 51004 Ceuta 04 98 04 98 174.182
51 02 98 010309952 10 51100095306 Comercial de Maquinaria H. CL Pino Gordo, 1 51001 Ceuta 07 98 07 98 57.590
51 02 98 010310255 10 51100109349 Pérez Vallejo, Juan AV Muelle C. Dato 51002 Ceuta 07 98 07 98 21.929
51 02 98 010311669 10 51100207460 La Huerta Ceuta, S. L. ZZ Cuesta Hacho L H 51005 Ceuta 07 98 07 98 218.606
51 02 98 010287522 10 51100215342 Gavira Ariza, Ismael CL García, 2 51001 Ceuta 06 98 06 98 55.082
51 02 98 010312174 10 51100215342 Gavira Ariza, Ismael CL García, 2 51001 Ceuta 07 98 07 98 56.918
51 02 98 010312578 10 51100250001 Kimatrai Pozo, Francisco J. CL Padilla 51001 Ceuta 07 98 07 98 30.606
51 02 98 010207902 10 51100250304 Kimatrai Pozo, Francisco J. CL Padilla 51001 Ceuta 05 98 05 98 15.793
51 02 98 010208104 10 51100255455 Martínez Borrás, José María CL Cervantes, 14 51001 Ceuta 05 98 05 98 79.571
51 03 98 010326827 10 51100230904 Multiservicios Financieros C CL Alcalde Sánchez P. 51001 Ceuta 07 98 07 98 408.192
51 04 98 980010060 10 51100230904 Multiservicios Financieros C CL Alcalde Sánchez P. 51001 Ceuta 01 98 01 98 50.001
51 02 98 010312376 10 51100231510 Boronat Seco, José Luis CL Polígono Alborán 51003 Ceuta 07 98 07 98 111.584
51 02 98 010336022 10 51100231510 Boronat Seco, José Luis CL Polígono Alborán 51003 Ceuta 08 98 08 98 111.584
51 09 98 010357038 10 51100234035 Glassguard Europa, S. L. ZZ Polígono Industrial 51003 Ceuta 04 98 06 98 19.024
51 03 98 010220430 10 51100235954 Glassguard Europa, S. L. PG El Tarajal, 33 51001 Ceuta 05 98 05 98 66.125
51 03 98 010303686 10 51100235954 Glassguard Europa, S. L. PG El Tarajal, 33 51001 Ceuta 06 98 06 98 37.094
51 03 98 010327332 10 51100238782 Abila Brimbau, S. L. PZ Mina Edificio Gue 51001 Ceuta 07 98 07 98 424.972
347
690 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
Número de Identificador P. Liquid.
reclamación del S. R. Nombre / Raz. social Domicilio C.P. Localidad Desde Hasta Importe
51 02 98 010288128 10 51100239085 Hamed Alí, Said CL Avda. Lisboa, 30 51002 Ceuta 06 98 06 98 93.984
51 02 98 010336325 10 51100251112 Camúñez Pajares, M. Jesús ZZ Mercado Central, 4 51001 Ceuta 08 98 08 98 97.116
51 02 99 010004177 10 51100251112 Camúñez Pajares, M. Jesús ZZ Mercado Central, 4 51001 Ceuta 09 98 09 98 93.984
51 03 98 010303888 10 51100251617 Boronat Seco, José Luis CL Paseo de las Palmeras 51001 Ceuta 06 98 06 98 63.180
51 03 98 010220834 10 51100251920 Enfeddal Ahmed, Erhimo BD Príncipe Alfonso 51003 Ceuta 05 98 05 98 64.163
51 02 98 010336931 10 51100270310 El Marrouti, no consta, H. CL Doctor Marañón, 3 51002 Ceuta 08 98 08 98 53.989
Régimen: 08 Régimen Especial del Mar Sector: 11 R. E. Mar (C. Aj. Gr. I)
Número de Identificador P. Liquid.
reclamación del S. R. Nombre / Raz. social Domicilio C.P. Localidad Desde Hasta Importe
51 03 98 010180317 10 51002150183 Isleña de Navegación, S.A. CL Muelle Cañonero 51001 Ceuta 03 98 03 98 2.610.624
51 03 98 010198101 10 51002150183 Isleña de Navegación, S.A. CL Muelle Cañonero 51001 Ceuta 04 98 04 98 2.994.968
51 02 98 010208306 10 51002150183 Isleña de Navegación, S.A. CL Muelle Cañonero 51001 Ceuta 05 98 05 98 2.026.486
51 02 98 010289340 10 51002150183 Isleña de Navegación, S.A. CL Muelle Cañonero 51001 Ceuta 06 98 06 98 331.408
51 02 98 010313285 10 51002150183 Isleña de Navegación, S.A. CL Muelle Cañonero 51001 Ceuta 07 98 07 98 94.876
51 02 98 010337436 10 51002150183 Isleña de Navegación, S.A. CL Muelle Cañonero 51001 Ceuta 08 98 08 98 94.876
51 02 98 010054419 10 51002960135 Pontonas Frigoríficas, S.A. CL Marina Española, 1 51001 Ceuta 12 97 12 97 107.053
51 02 98 010169203 10 51002960135 Pontonas Frigoríficas, S.A. CL Marina Española, 1 51001 Ceuta 03 98 03 98 109.301
51 02 98 010188094 10 51002960135 Pontonas Frigoríficas, S.A. CL Marina Española, 1 51001 Ceuta 04 98 04 98 109.301
51 02 98 010208508 10 51002960135 Pontonas Frigoríficas, S.A. CL Marina Española, 1 51001 Ceuta 05 98 05 98 109.301
51 02 98 010289542 10 51002960135 Pontonas Frigoríficas, S.A. CL Marina Española, 1 51001 Ceuta 06 98 06 98 109.301
51 02 98 010313487 10 51002960135 Pontonas Frigoríficas, S.A. CL Marina Española, 1 51001 Ceuta 07 98 07 98 109.301
51 02 98 010337537 10 51002960135 Pontonas Frigoríficas, S.A. CL Marina Española, 1 51001 Ceuta 08 98 08 98 109.301
51 02 98 010054520 10 51003080171 Almina Fish, S.A. CL Independencia, 7 51001 Ceuta 12 97 12 97 185.462
51 02 98 010169304 10 51003080171 Almina Fish, S.A. CL Independencia, 7 51001 Ceuta 03 98 03 98 265.720
51 02 98 010188195 10 51003080171 Almina Fish, S.A. CL Independencia, 7 51001 Ceuta 04 98 04 98 281.270
51 02 98 010208609 10 51003080171 Almina Fish, S.A. CL Independencia, 7 51001 Ceuta 05 98 05 98 281.270
51 02 98 010289643 10 51003080171 Almina Fish, S.A. CL Independencia, 7 51001 Ceuta 06 98 06 98 281.270
51 02 98 010313588 10 51003080171 Almina Fish, S.A. CL Independencia, 7 51001 Ceuta 07 98 07 98 281.270
51 02 98 010337739 10 51003080171 Almina Fish, S.A. CL Independencia, 7 51001 Ceuta 08 98 08 98 280.679
Régimen: 05 R. E. Trabajadores Cta. Prop. o Autónomos Sector: 21 Rég. Esp. Autónomos
Número de Identificador P. Liquid.
reclamación del S. R. Nombre / Raz. social Domicilio C.P. Localidad Desde Hasta Importe
51 02 98 010224369 07 110060999219 Sánchez Baglieto, Daniel CL Molino, 25 51001 Ceuta 01 98 04 98 150.211
51 02 98 010225177 07 250048846833 Mohamed Roustoumi, Adil BD Príncipe Alfonso 51003 Ceuta 01 98 06 98 225.317
51 02 98 010253166 07 510005161608 Rodríguez Zamora, Pablo Poblado Sanidad G II 51002 Ceuta 01 98 04 98 75.106
51 02 98 010265391 07 511000989133 Layasi Abdeselam, Erhimo CL Bermudo Soriano, 2 51002 Ceuta 05 98 06 98 70.330
51 03 98 010273879 07 510004353979 León López, Alfonso CL Avd. Manzanera, 12 51002 Ceuta 01 98 04 98 150.211
691.- Edicto de notificación de la providencia de apremio a deudores no localizados.
El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social, cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente:
Providencia de apremio: En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94), y el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. de 24-10-95), ordeno la ejecución forzosa contra el patrimonio del deudor.
Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor, y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta correspondiente.
La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúa
el pago de la deuda en el plazo de quince días, ante la correspondiente Unidad de
Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en el caso contrario se procederá al
embargo de los bienes del deudor, en cantidad bastante para el pago de la deuda por
principal, recargo de apremio, intereses en su caso y costas del procedimiento de apremio,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación,
así como para solicitar su comparecencia en el plazo de 8 días, por sí o por medio de
su representante, con la advertencia de que, si ésta no se produce, se le tendrá por
notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del
procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer, conforme dispone el
artículo 109.4 del
348
Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 693
citado Reglamento General.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse oposición al apremio dentro del plazo de los quince días siguientes al de su notificación, ante el mismo órgano que lo dictó, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.2 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución de la oposición.
Asimismo, y dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, podrá interponerse recurso ordinario ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, que no suspenderá el procedimiento de apremio, salvo que se realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con aval suficiente, o se consigne su importe, incluido el recargo de apremio y el 3% a efectos de la cantidad a cuenta de las costas reglamentarias establecidas, a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 34.4 de la citada Ley General de la Seguridad Social.
Ceuta, a 10 de febrero de 1999.- EL JEFE DEL SERVICIO TECNICO DE NOTIFICACIONES E IMPUGNACIONES P.D. (Art. 16 Ley 30/92).- EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION.- Fdo.: José García Rubio.
Administración: 01 Rég. / Sector: 0111 - Régimen General
Número de Identificador Importe Periodo
Prov. apremio del S. R. Nombre / Raz. social Domicilio C.P. Localidad reclamado Liquidación
51 1998 970011178 10 51100147240 Ceuta Lux, S. L. Virgen de Africa, 31 51002 Ceuta 300.000 08 97 08 97
51 1998 970006229 10 51100174825 Ceuta Televisión, S. L. Cervantes, 14, 2º Dcha 51001 Ceuta 180.000 12 96 01 97
Administración: 01 Rég. / Sector: 0811 - R. E. Mar (C. Aj. Gr)
Número de Identificador Importe Periodo
Prov. apremio del S. R. Nombre / Raz. social Domicilio C.P. Localidad reclamado Liquidación
51 1998 010073011 10 51002700154 Inmarco, S. L. Echegaray, 10 51001 Ceuta 77.065 01 98 01 98
Administración: 01 Rég. / Sector: 0521 - Régimen Especial Autónomos
Número de Identificador Importe Periodo
Prov. apremio del S. R. Nombre / Raz. social Domicilio C.P. Localidad reclamado Liquidación
51 1998 010230534 07 510002399835 Román Lebrón, Manuel Juan Carlos I, 15-10 51002 Ceuta 168.988 01 98 04 98
51 1998 010130403 07 510003032355 Chaib El Bokrivi Mulud Tte. Díaz Traiter, 128 35600 Pto del Rosar 108.443 07 97 09 97
51 1998 010130403 07 510003079643 Mohamed Chaib, Abdel. B. Soriano, Bl. A 51002 Ceuta 168.998 01 98 04 98
51 1998 010241648 07 510004031657 Vega Gutiérrez, Lucas Bda. Zurrón, 29 2 D. 51002 Ceuta 168.988 01 98 04 98
692.- D. José García Rubio, Director de la Administración, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
(B.O.E. de 27-11-92), a los sujetos responsables en la relación que se acompaña y
epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en que se encuentran
inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de
comunicarles el escrito de petición de documentación de fecha 19-1-99, se les hace saber
que deberán personarse en esta Administración de la Seguridad Social en el plazo de diez
días hábiles siguientes al de la publicación de la siguiente notificación, según
establece el art. 18 de la Orden de 22 de febrero de 1996, por la que se desarrolla el
Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social,
aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre indicándole que en el caso de no
personarse y no presentar la documentación que se le requiere en anexo adjunto, se le
tendrá por desistida su solicitud, procediéndose a su archivo sin más trámite.- EL
DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION.- Fdo.: José García Rubio.
Solicitud de aplazamiento extraordinario
Expte: 51/01-99/01
Sujeto responsable: Juan Lara Mancilla
Domicilio: Calle Real, 105
Régimen: Autónomos
N.A.F.: 510001852995
Documentación solicitada:
Plan de amortización para el pago de la deuda con la Seguridad Social.
Documentación acreditativa de las causas alegadas en la solicitud.
La solicitud no refleja la deuda correspondiente a los periodos de:
marzo a diciembre 1991 229.668 ptas.
enero a diciembre 1992 308.448 ptas.
junio de 1998 42.247 ptas.
693.- Notificación: Habiendo resultado infructuoso el intento de notificación a los interesados de las altas, bajas, modificaciones o anulaciones de alta, tramitadas de oficio, en el Régimen General y Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, como consecuencia de la actuación de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, o en base a datos obrantes en esta Dirección Provincial y de acuerdo con lo previsto en el art. 13.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, así como el art. 1.º del Real Decreto 1.314/84, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado de 11-7-84), por el presente anuncio, se procede a la notificación de dichos actos, a las empresas y a los trabajadores que a continuación se relacionan.
349
693 B. O. C. CE. - 3.779 Viernes 5 de marzo de 1999
Contra esta Resolución podrá interponerse reclamación previa a la vía jurisdiccional,
dentro del plazo de treinta días siguientes a la fecha de esta notificación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Texto Articulado de la Ley de
Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril
(Boletín Oficial del Estado de 11-4-95).
Y para que así conste, expido el presente edicto en Ceuta, a once de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION.- Fdo.: José García Rubio.
Régimen General
Razón social
C.C.C. Domicilio/localidad Trabajador N.º afiliación F.R. Alta F.E. Alta F.R. Baja F.E. Baja
51/1000990-43 Nuevo Diario de Ceuta Antonio Martín García 51/10010687-53 20-02-95 20-02-95 19-02-96 19-02-96
Marina Española s/n - 51001 Ceuta
51/1002410-08 David Stevens Bald. Santiago Rguez. 51/10009249-70 06-02-98 06-02-98 14-05-98 14-05-98
(Cafetería Atlante)
Paseo de las Palmeras s/n - 51001 Ceuta
511002840-50 Tarik Mohamed Moh. Alí Mohamed Hamed 51/10010914-86 26-08-98 26-08-98
Los Rosales, Huerta s/n Abdes. Ahmed Abdes. 51/10010915-87 26-08-98 26-08-98
51002 Ceuta Omar Mohamed Ahmed 51/10010711-77 26-08-98 26-08-98
Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos
N.º Filiación Trabajador Domicilio / Localidad F.R. Alta F.E. Alta F.R. Baja F.E. Baja
51/10004796-79 Abdelkader Hamido Abdelkader Teniente Cnel. Gautier, 59 - 51002 Ceuta 09-02-98 01-02-98
51/10009754-90 Abdeselam Abdelkader Abdeselam Aymat González, 16 - 51002 Ceuta 01-01-98 01-01-98
Subdelegación del Gobierno en Cádiz
694.- En la unidad de infracciones administrativas de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de la Constitución n.º 2 (11071-Cádiz) se encuentra el siguiente documento:
Resolución
Expte: 1998/5303 a nombre de D. Mohamed Bujjmha Ahmed, con D.N.I. 45.106.059, domiciliado en Bda. Príncipe Norte n.º 55, 51001 Ceuta.
Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado como último domicilio conocido.
Cádiz, a 18 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Antonio Fdez. Ruiz de Villegas.
OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
695.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha diecinueve de enero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
" La Policía Local denuncia el estado en que se encuentra el inmueble sito en C/ López Utor nº 2.
Los Servicios Técnicos de la Consejería informan el 16-11-98 (nº 2.625) que
"Encima de la cocina de dicha vivienda existe un pequeño patio sobre el que se
encuentra un depósito de aguas de PVC de 200 litros, siendo el estado de
impermeabilización del mismo muy deficiente, por lo que se han producido filtraciones en
la cocina mencionada afectando
al falso techo de la misma, no corriendo de momento peligro de derrumbamiento. Debiera por
tanto de dictarse orden de ejecución para con el propietario del edificio, D. Salvador
Bentolila Alfón, con domicilio en C/ Alcalde Sánchez Prados nº 14, 1º, con
apercibimiento de ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento, al objeto de que se
efectúen las reparaciones aludidas del falso techo y las tendentes a evitar las
filtraciones de agua, cuyo presupuesto estimativo asciende a la cantidad de 100.000 Ptas.
(CIEN MIL PESETAS) siendo el plazo de ejecución de dicha reparación de cuatro
días."
Consta asimismo informe jurídico.
FUNDAMENTO JURIDICO
* El art. 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística establece la obligación de los propietarios de edificaciones de mantenerlas en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, habilitando a los Ayuntamientos para ordenar la ejecución de las obras necesarias para que mantengan aquellas condiciones.
* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística mediante asignación de competencias por delegación del Presidente de 11-12-96.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Se incoa expediente de orden de ejecución de obras a ejecutar en C/ López Utor nº 2.
2º.- Se concede a los interesados un plazo de audiencia de 10 días.-"
Atendido que ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Fernando Vázquez Fernández, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
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Viernes 5 de marzo de 1999 B. O. C. CE. - 3.779 696
DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD DE CEUTA
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
696.- El Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta en Sesión Ordinaria celebrada el día 20 de enero de 1999, adoptó el siguiente acuerdo:
"3.2.- Prestar conformidad, si procede, al Dictamen de la Comisión Informativa de Fomento y Medio Ambiente relativo a modificación del PGOU de la Ciudad, al objeto de hacer posible la implantación de un Hospital en el ámbito de ordenación del Plan parcial "Loma Colmenar" y aprobación inicial del nuevo texto del Plan parcial "Loma Colmenar" prestado por SEPES.
Se sometía a la consideración del Pleno de la Asamblea el siguiente Dictamen, que copiado literalmente dice: "La Comisión Informativa de Fomento y Medio Ambiente en su reunión Extraordinaria en primera convocatoria de fecha quince de enero de mil novecientos noventa y nueve, bajo la presidencia del Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda y con la asistencia de los siguientes miembros de la Comisión: El Excmo. Sr. D. Antonio Francia Maeso, el Ilmo. Sr. D. Jacinto León Ruiz, el Excmo. Sr. D. Juan Antonio García Ponferrada, el Ilmo. Sr. D. Juan Hernández Lozano, como titulares, el Ilmo. Sr. D. Enrique García Conde y el Ilmo. Sr. D. José Luis Fernández Medina como suplentes, con la asistencia del Secretario Letrado D. Rafael Lirola Catalán, y el Sr. Interventor D. Juan Manuel Bruzón Perpén, asiste en calidad de asesor D. Javier Arnaiz Seco, Arquitecto Municipal, se estudió expediente sobre: "Aprobación inicial de la modificación del P.G.O.U. de la Ciudad, al objeto de hacer posible la implantación de un Hospital en el ámbito de ordenación del Plan Parcial "Loma Colmenar" y aprobación inicial del nuevo texto del Plan Parcial "Loma Colmenar" presentado por SEPES."
Atendida Propuesta formulada por D. Alfonso Conejo Rabaneda, Consejero de Fomento y Medio Ambiente, en el sentido siguiente: "Por Decreto de esta Consejería de Fomento y Medio Ambiente de fecha seis de septiembre de mil novecientos noventa y seis, se aprobó inicialmente el Plan Parcial "Loma Colmenar", acordando la apertura de un trámite de información pública.
Estudiadas las alegaciones presentadas, se elabora por parte de SEPES un Texto Refundido del Plan Parcial para el que se abre un nuevo trámite de información pública de un mes.
Ante la necesidad de construir un Hospital por los órganos competentes dentro de los terrenos del ámbito del referido Plan Parcial, la Entidad SEPES presenta un nuevo ejemplar del mismo adaptándolo a los nuevos condicionantes planteados.
Los Servicios Técnicos de la Consejería informan que la ubicación del Centro Sanitario propuesto supone modificaciones sustanciales del Plan General de Ordenación Urbana vigente, así como una nueva ordenación de las características específicas del Plan parcial en tramitación.
El Plan Parcial que propone SEPES recoge el nuevo Sistema General de Equipamiento Comunitario (Hospital) que no altera la superficie máxima edificable en tanto que se mantiene el aprovechamiento tipo (0,75 m²/m²) y las edificables máximas, residencial (200.000 m²) e industrial (120.000 m²).
Por todo lo anterior propone al Pleno de la Asam
blea la adopción de los siguientes acuerdos:
1º) Aprobar inicialmente modificación del P.G.O.U. de la Ciudad, al objeto de hacer posible la implantación de un Hospital en el ámbito de ordenación del Plan Parcial "Loma Colmenar", abriéndose un plazo de información pública de un mes.
2º) Poner fin al procedimiento iniciado por Decreto de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de 6/9/96 (aprobación inicial PP "Loma Colmenar"), por desistimiento, atendidas las nuevas circunstancias acontecidas con la posibilidad de ubicar en el ámbito de ordenación de dicho Plan Parcial un nuevo Hospital.
3º) Aprobar inicialmente el nuevo texto del Plan Parcial "Loma Colmenar", presentado por SEPES, abriéndose un periodo de información pública de un mes.
Acto seguido, por la Presidencia, se somete a votación a Propuesta indicada:
P.P.- (3) Afirmativo.
P.F.C.- (2) Afirmativo.
CEU.- (1) Afirmativo.
P.S.O.E.- (1) Afirmativo.
Los reunidos, por tanto, acuerdan por unanimidad dictaminar favorablemente la propuesta". Durante el debate del punto, se ausentaba de la Sesión el Excmo. Sr. Presidente.
Entrados en la votación del Dictamen, éste arrojaba el siguiente resultado:
Votos a favor: veintidós (PP, PFC, CEU, PSPC, PDSC y Grupo Mixto).
Votos en contra: ninguno.
Abstenciones: Una (Excmo. Sr. Fortes Ramos, ausente).
Por lo que el Ilustre Pleno de la Asamblea, por mayoría absoluta, ACORDÓ:
1º) Aprobar inicialmente modificación del P.G.O.U. de la Ciudad, al objeto de hacer posible la implantación de un Hospital en el ámbito de ordenación del Plan Parcial "Loma Colmenar", abriéndose un plazo de información pública de un mes.
2º) Poner fin al procedimiento iniciado por Decreto de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de 6/9/96 (aprobación inicial PP "Loma Colmenar"), por desistimiento, atendidas las nuevas circunstancias acontecidas con la posibilidad de ubicar en el ámbito de ordenación de dicho Plan Parcial un nuevo Hospital.
3º) Aprobar inicialmente el nuevo texto del Plan Parcial "Loma Colmenar", presentado por SEPES, abriéndose un periodo de información pública de un mes.-"
Atendido que ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Ahmed Chaib Abdeselam, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Que contra el acuerdo que pone fin al procedimiento indicado por Decreto de 6/9/96 podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses desde la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, podrá presentar cualquier otro recurso que estime más oportuno para una mejor defensa de sus derechos.
Ceuta, a 1 de marzo de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.-
EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
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