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BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA

Dirección y Administración: PALACIO MUNICIPAL - Archivo

Año LXXIV Jueves 18 de febrero de 1999 Número 3.776


S U M A R I O


DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

411.- Aprobación inicial del Estudio de Detalle "Vaguada del Chorrillo".

422.- Exposición pública de la Cuenta General de la Ciudad, ejercicio 1997.

482.- Exposición pública del Padrón Fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y periodo de cobro correspondiente al ejercicio 1999.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Dirección Provincial de Ceuta

430.- Convenio Colectivo del Sector de Hostelería de Ceuta, para el año 1999, en expte. 3/99.

431.- Convenio Colectivo de la empresa "Servicios Tributarios de Ceuta, S.L" para el año 1999, en expte. 2/99.

AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

418.- Asignación al Ilmo. Sr. D. Jacinto León Ruíz, Viceconsejero de Educación y Cultura, de las materias otorgadas en Deporte y enseñanza naútico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional.

419.- Asunción de la Presidencia Acctal. por parte del Excmo. Sr. D. Antonio García Ponferrada, hasta regreso del Presidente titular.

420.- Asignación a la Ilma. Sra. Dª Adelaida Alvarez Rodríguez, Viceconsejera de Sanidad y Bienestar Social, las materias de Protección y tutela de menores y Departamento de Menores.

516.- Oferta de Empleo para 1.999, mediante el sistema de concurso.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Estatal Tributaria

Administración de Aduanas de Algeciras

473.- Notificación a D. Mohamed Mohamed Abdelkader y a D. Yasir Abdelkader Buhayani, en expedientes E.C. 316/98 y E.C. 452/98, respectivamente.

Agencia Tributaria de Ceuta

Dependencia de Recaudación

417.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

504.- Relación de notificaciones que no han podido efectuarse directamente.

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

406.- Notificación a D. Mohamed Hassan Hamed, en expediente de licencia de apertura de local sito en Bda. Juan Carlos I nº 45, para dedicarlo a Vídeo Club.

407.- Información Pública en expediente de licencia de apertura de local sito en C/ Pedro de Meneses nº 5, solicitada por D. Tuhami Abdeselam Mohamed, para ejercer la actividad de Cafetería.

408.- Notificación a los herederos de D. Sedik Rivera, en expediente de incumplimiento de orden de ejecución de obras.

409.- Notificación a Agreyra S.L., en Acta de Disconformidad 31/98.

410.- Notificación a D. José María Mazofra González, en expediente de orden de ejecución de obras en Plazoleta Alfau nº 2.

421.- Notificación a Inmobiliaria Hacho, S.L., en Acta de Disconformidad 91/98.

432.- Relación de Multas de Tráfico impuestas por la Policía Local.

433 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



433
.- Notificación a D. José, a D. Ildefonso, a D. Félix, a D. Antonio Javier, a D. Miguel Angel y a D. Ricardo García Fraga, en expediente de orden de ejecución en edificio sito en c/ Isabel Cabral, 1.

458.- Notificación a D. Angel Torres Ramos, en pliego de descargo.

483.- Notificación a D. Sixto Santamaría Pacheco, en solicitud de licencia de obras en c/ Góngora nº 12.

488.- Notificación a D. Manuel Carneiro Cantoral, en expediente de ejecución de obras en el inmueble sito en c/ Canalejas nº 25.

489.- Notificación a D. Antonio Joaquín Gómez y a D. Carlos Fernández Invierte, en expediente de ejecución de obras en c/ Alvarez nº 1.

490.- Notificación a D. Antonio Moreno Sánchez, en expediente sancionador 1/99.

491.- Notificación a D. Mohamed Enfeddal Abdeselam, en expediente sancionador 3/99.

492.- Notificación a D. Jesús Pareja Lopera, en expediente de licencia de obras de adecuación a Actividad Recreativa, sito en Playa Benítez s/n, solicitada por D. Mohamed Rabeh Hamido Mohamed.

493.- Notificación a Dª Fabiola Giménez Rodríguez, en expediente de apertura sin licencia incoado a D. José Mª. Gallego Sánchez, por ejercer la actividad de Aparcamiento Subterráneo, en local sito en C/ Padilla s/n, Edificio Ceuta Center.

494.- Notificación a D. Juan Gabriel Espinosa Gallardo, en expediente sancionador 83/98.

495.- Notificación a D. Hossain Ali Laakel, en expediente sancionador 8/99.

496.- Notificación a Dª. Naima Mohamed Mohamed, en expediente sancionador 9/99.

497.- Notificación a Dª. Nasiha Amar Hamed, en expediente sancionador 15/99.

498.- Notificación a D. Hossain Ali Laakel, en expediente sancionador 14/99.

499.- Notificación a D. Miguel Morales García, en expediente sancionador 19/99.

500.- Notificación a Dª. Hortensia Cebey Soler, en pliego de descargo.

501.- Relación de notificaciones de liquidaciones por el concepto del Impuesto sobre actividades económicas, que no han podido efectuarse directamente.

502.- Notificación a D. Ali Lahsen Mohamed, relativa a la concesión de puestos en el Mercado Príncipe Alfonso.

514.- Notificación a D. Ali Lahasen Mohamed, relativos a los puestos números 18 y 19 del Mdo. Príncipe Alfonso.

515.- Notificación a D. Hichan Mohamed Chairi-Salah, relativa al puesto nº 20 del Mdo. Príncipe Alfonso.

Delegación del Gobierno en Ceuta

471.- Notificación a D. Fernando Palomanes Ferreiro, relativa a la solicitud de asistencia jurídica gratuita.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Transportes Terrestres

503.- Notificación a la empresa Precosan S.L., en expediente CE-077/98-T.

Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Tráfico

476.- Relación de notificaciones por infracciones de Tráfico.

Dirección General de la Marina Mercante

Capitanía Marítima en Ceuta

469.- Notificación a D. Mohamed Taieb Ahmed, a D. Laarbi Taieb Ahmed, y a D. Mohamed Taieb Ahmed, en expedientes sancionadores 99-340-0013, 99-340-0014 y 99-340-0019, respectivamente.

470.- Notificación a D. Mohamed Amin Mohamed Abdelkrim y a D. Antonio Haro Verela, en expedientes sancionadores 98-340-0073 y 99-340-0011, respectivamente.

Ministerio de Defensa

Gobierno Militar de Ceuta

412.- Notificación a D. Mustafa Mohamed Mohamed, en expediente de Construcción de obras sin autorización 25/98.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General de la Seguridad Social

472.- Relación de notificaciones de créditos incobrables a deudores no localizados.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Tribunal Militar Territorial Segundo

474.- Notificación a D. Mustafa Taieb Mohamed en Diligencias Preparatorias 26/10/98.

475.- Notificación a D. Farid Mohamed Mustafa, en Sumario 26/9/98.

Audiencia Provincial de Cádiz

Sección Sexta en Ceuta

478.- Notificación a D. Juan Alvarado Benítez, en Rollo de Apelación Civil 179/98.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

405.- Notificación a D. Antonio Anillo Blanco, en Juicio Ejecutivo 92/98.

413.- Notificación y requerimiento a Proceuta S.A., en Juicio Hipotecario 338/95.

414.- Citación a Dª. Coral Print Mil y una Pinturas S.L., en Juicio Ejecutivo 156/98.

477.- Citación a D. Mohamed Mouafiq, en Juicio de Faltas 510/98.

479.- Citación a D. Dominique Boleslaw Zukowiki, en Juicio de Faltas 525/98.

481.- Notificación a D. José María Gallego Sánchez y a D.ª Aurelia Cabrera Lendinez, en Juicio de Menor Cuantía 123/98.

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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 464



506
.- Notificación a D. Mohamed Amar Mohtar, en Juicio de Menor Cuantía 42/98.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

416.- Requisitoria a D. Mostafa Kamal, en P. Abreviado 193/98-R.

423.- Requisitoria a D. Abdelhak Moujib, en P. A. 192/98-R.

429.- Requisitoria a Dª. María de las Nieves González Perea, en P.A. 134/98-R.

480.- Notificación a D. Abdelkader Attia, en Juicio de Faltas 426/98.

505.- Notificación a Dª. Malika Ambrich, en Juicio de Faltas 422/98.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

415.- Notificación a Dª. Hamida Bakkali Tahiri, en autos de Divorcio 6/98.

424.- Citación a D. Khalil Ouazzani, en Juicio de Faltas 409/98.

425.- Citación a D. Abdeselam Mohamed Barhon Roshdi, en Juicio de Faltas 433/98.

426.- Citación a Dª. Yolanda Elizondo Ruíz de Almirón, en Juicio de Faltas 334/97.

427.- Citación a D. Fadel Buarta, en Juicio de Faltas 285/97.

428.- Citación a D. Ahmed Benzian, a D. Elouali El Alami y a D. Abselam Hayou, en Juicio de Faltas 554/98.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

435.- Procesa.- Devolución de fianza a D. Pedro Sánchez Carrillo, C.B, por contratación de los servicios de explotación de los establecimientos sitos en la primera pérgola en la ampliación del Paseo de la Marina Española.

436.- Procesa.- Adjudicación a Construcciones Jomasa, S.L., de la obras contenidas en el proyecto de "Reparaciones en la fachada principal de la UNED".

437.- Devolución de fianza a D. Miguel Angel Mena Sedeño, por la colocación protección junto a vivienda Carretera del Serrallo nº 8, en expte. 69/97.

438.- Devolución de fianza a D. Miguel Angel Mena Sedeño, por la reparación de la red de saneamiento en Bda. Varela junto al nº 16, en expte. 131/97.

439.- Devolución de fianza a D. Miguel Mena Sedeño, por la reparación red saneamiento en c/ Mendoza junto al nº 6 y confluencia en c/ Ingenieros con c/ Camoens, en expte. 145/97.

440.- Devolución de fianza a Construmar S.L., por la reparación en la red de saneamiento en Bda. San Daniel junto a la salida de la Vaguada, en expte. 96/97.

441.- Devolución de fianza a Construmar. S.L., por la reparación de saneamiento en Pasaje Recreo Alto, junto a la mezquita, en expte. 262/97.

442.- Devolución de fianza a Construmar S.L., por reparaciones vertido aguas fecales en c/ García, junto a los Baños Arabes, en expte. 379/97.

443.- Devolución de fianza a Construmar S.L., por reparación vertido aguas fecales en c/ Castillo Hidalgo, en expte. 377/97.

444.- Devolución de fianza a Construmar Ceuta S.L., por las obras de mejora de acceso al Recinto Sur junto al nº 58, en expte. 351/97.

445.- Devolución de fianza a Construmar S.L., por reparaciones red saneamiento en Pasaje Recreo Bajo 17, en expte. 365/97.

446.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por reparación saneamiento en c/ Mateo Alvarez, en expte. 332/97.

447.- Devolución de fianza a Construmar S.L., por reparación vertido aguas fecales en c/ Canalejas nº 27, en expte. 380/97.

448.- Devolución de fianza a D. José Baena González, por pavimentación en c/ Machado, en expte. 354/97.

449.- Devolución de fianza a Construmar Ceuta S.L., por la reparación de vertidos de aguas fecales en Jaral, en expte. 373/97.

450.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por reparación deficiencias en distintos puntos de la Ciudad, en expte. 70/97.

451.- Devolución de fianza a D. Miguel Angel Mena Sedeño, por reparación saneamiento en c/ Tte. Coronel Gautier, junto al Mdo. San José, en expte. 152/97.

452.- Devolución de fianza a D. Miguel Angel Mena Sedeño, por reparación saneamiento en Avda. Bada Requena, en expte. 153/97.

453.- Devolución de fianza a Construcciones Promoza S.L., por reparación red saneamiento en c/ Córdoba junto al final de escalera, en expte. 130/97.

454.- Devolución de fianza a Construmar S.L., por reparación red saneamiento y aguas pluviales en Alto de las Heras, en expte. 391/97.

455.- Devolución de fianza a Construmar S.L., por reparación de acometida de la red saneamiento alrededor del taller Carrilero, en expte. 381/97.

456.- Devolución de fianza a D. José Baena González, por reparación de cornisas y aleros de la cubierta del Colegio Público Lope de Vega, en expte. 397/97.

457.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por pavimentación de la calle junto al Centro Penitenciario de los Rosales, en expte. 207/97.

459.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por reparación de socavón en la parte trasera del bloque nº 18 de Bda. Manzanera, en expte. 339/97.

460.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por reparación de sumidero obstruido en c/ Marina Española confluencia c/ Alfau, en expte. 311/97.

461.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por sustitución de instalación de red de aguas pluviales en calle lateral al Centro Penitenciario de los Rosales, en expte. 295/97.

462.- Devolución de fianza a D. José Baena González, por la instalación de barandillas de protección en Bda. Doce de Diciembre, en expte. 384/97.

463.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por reparación del muro de separación entre los bloques nº 2 y nº 3 de la Bda. Los Rosales, en expte. 247/97.

464.- Devolución de fianza a Borrás y Ballesteros S.A., por el suministro de un vehículo con destino al Parque Móvil, en expte. 122/98.

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465 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



465
.- Devolución de fianza a D. Miguel Angel Mena Sedeño, por reparaciones en el Parque de Bomberos, en expte. 78/97.

466.- Devolución de fianza a Conserman S.L. por reparación de escaleras en Bda. Manzanera, en expte. 149/97.

467.- Devolución de fianza a Gabitec Instalaciones S.L. por instalación de contadores en el nuevo Mercado Central, en expte. 79/97.

468.- Devolución de fianza a Construcciones Promoza S.L., por reposición de escaleras entre antiguos y nuevos bloques de Bermudo Soriano, en expte. 74/97.

484.- Devolución de fianza a Conserman S.L., por la ampliación pavimentación anexos de la Cárcel, en expte. 350/97.

485.- Devolución de fianza a Cubiertas y Mzov S.A. por suministro de una caracola para ubicación funcionarios IPSI en el puerto, en expte. 141/97.

486.- Devolución de fianza a Almina Construcciones por repasos e impermeabilizaciones en la zona de cubierta del Mercado Central, en expte. 400/97.

487.- Devolución de fianza a Hermanos Martín, por la instalación alumbrado público en Arcos Quebrados, en expte. 23/98.

507.- Devolución de fianza a Gimnasio Atheneo Sport S.L., por el suministro de diverso material con destino al Gimnasio de la Policía Local, en expte. 140/98.

508.- Devolución de fianza a Construmar Ceuta S.L., por las obras de reparación de vertidos de aguas fecales en c/ Capitán Claudio Vázquez nº 54, en expte. 331/97.

509.- Devolución de fianza a Construmar Ceuta S.L., por las obras de reparación de perdida de agua desde aljibe (trasera vivienda Juan de Austria), en expte. 254/97.

510.- Devolución de fianza a Construmar Ceuta S.L., por las obras de reparación de obstrucción de la acometida de varias viviendas en c/ Viñas nº 54, en expte. 226/97.

511.- Devolución de fianza a Trinitas S.A., por los trabajos de desempolvado y limpieza de dorado en instalaciones de la Policía Local, en expte. 219/97.

512.- Contratación mediante concurso, de una persona encargada de la Dirección del Centro Dramático para el año 1999, en expte. 729/98.

513.- Contratación mediante concurso para el suministro de cuatro columnas móviles electromecánicas, en expte. 23/99.

PARTICULARES

Dª. María de las Nieves Sarabia Moreno

434.- Extravío del Titulo de Formación Profesional de Peluquería y Estética, de Dª. María de las Nieves Sarabia Moreno.
I N F O R M A C I O N




PALACIO MUNICIPAL:  Plaza de Africa s/n. - Telf. 52 82 00

- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.

- Oficina de Información Horario de 9 a 14 h.

- Registro General Horario de 9 a 14 h.

SERVICIOS FISCALES:   Avda. Africa s/n. - Telf. 528236. Horario de 9 a 14 h. y de 16 a 18 h.

ASISTENCIA SOCIAL:   Juan de Juanes s/n. - Telf. 504652. Horario de 10 a 14 h.

BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 513074. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.

LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 514228

FESTEJOS:  Paseo de las Palmeras s/n. - Telf. 518022

JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 518844

POLICIA MUNICIPAL:  Avda. de España s/n. - Telfs. 528231 - 528232

BOMBEROS:  Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 528355 - 528213

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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 408



ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

405.- D. Rafael Rosel Marín del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Ceuta.

Hago Saber: que en este Juzgado se siguen autos de Juicio Ejecutivo 92/98, seguidos a instancia de: Unicaja contra: D. Antonio Anillo Blanco y D.ª Carmen Toro Blanco Por proveído del día de la fecha he acordado la publicación del presente edicto a fin de notificar al demandado anteriormente mencionado la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

Que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante por la cantidad reclamada a los demandados D. Antonio Anillo Blanco y D.ª Carmen Toro Blanco haciendo trance y remate de los bienes embargados y demás que fueren necesarios, propiedad de los mismos y, con su producto pagar al actor Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Málaga, Almería y Antequera (Unicaja) la cantidad Pactada de 823.083 como principal más la suma de 400.000, que se presupuestó para intereses y Costas y las que se causen hasta su efectivo pago que sería de abono por los demandados.

Por la rebeldía del demandado Sr. Anillo Blanco, notifíquese esta sentencia en la forma prevenida en el artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, caso de no solicitarse la notificación personal dentro del segundo día, y a las partes personadas notifíquese también, haciendo a todos saber que esta sentencia es recurrible en Apelación mediante escrito presentado en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado cuyo domicilio se desconoce, expido el presente en Ceuta a Uno de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

406.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, con fecha veinte de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, ha dictado el siguiente Decreto:

ANTECEDENTES

"D. Mohamed Hassan Hamed, con fecha 27/8/98, solicita licencia de apertura de establecimiento sito en Bda. Juan Carlos I nº 45, para ejercer la actividad de Vídeo Club.

Por Decreto del Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, de fecha 31/8/98, se requiere al interesado para que en el plazo de 15 días presente proyecto técnico visado y por triplicado, adecuado a las prescripciones del RAMINP y NN.UU. del P.G.O.U., con apercibimiento de que si no lo hiciere se archivará su petición sin más trámite.

Transcurrido el plazo concedido, el interesado no se persona en el expediente al objeto de presentar el proyecto técnico debidamente visado.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El art. 156.2 ROF dispone que si el documento pre
sentado a Registro no reuniera los datos exigidos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común o faltara el reintegro debido, se requerirá a quien lo hubiera firmado para que en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, si así no lo hiciere se archivará sin más trámite.

El desempeño de las funciones en materia de licencia de apertura corresponde al Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, por Decreto del Presidente de la Ciudad de fecha 11/12/96.

PARTE DISPOSITIVA

Archivar la solicitud de licencia de apertura presentada por D. Mohamed Hassan Hamed, para ejercer la actividad de Vídeo Club, en Bda. Juan Carlos I n.º 45."

Lo que le comunico, significándole que contra esta resolución y previa comunicación al órgano que dictó el acto impugnado (art. 110.3 LRJAP y PAC) podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la presente notificación, ante la sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según autoriza el art. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Asimismo podrá utilizar cualesquiera otros recursos que estime conveniente a sus derechos.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, por no haberse podido practicar la notificación a D. Mohamed Hassan Hamed.

Ceuta, a 8 de febrero de 1999.- EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

407.- Esta Ciudad Autónoma tramita licencia de apertura de un establecimiento para dedicarlo a Cafetería, en Pedro de Meneses, Número 5, a instancia de D. Tuhami Abdeselam Mohamed, D.N.I. 45072721.

En cumplimiento de lo previsto en el art. 30.2.a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, se da a conocer la apertura de un plazo de información pública, por término de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que quienes consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes.

Ceuta, a 10 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

408.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha dos de febrero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"Por Decreto de esta Consejería de 11/12/98 se incoa expediente sancionador a los herederos de Sedik Rivera, por incumplimiento de orden de ejecución efectuada por Decreto de este mismo Consejero el 4/9/98.

Se concede al interesado un plazo de 15 días para aportar alegaciones con advertencia de que en otro caso la iniciación del procedimiento podría ser considerado propuesta de resolución.

No han comparecido los expedientados.

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408 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



FUNDAMENTOS JURIDICOS

* Dispone el art. 126 de la Ordenanza Reguladora de la Disciplina Urbanística que "cuando hubiera transcurrido el plazo previsto en el art. 122.2 de la presente Ordenanza (referente al plazo de ejecución) sin haberse ejecutado los trabajos, se procederá a la incoación de expediente sancionador, según lo dispuesto en el art. 10.3 del R.D.U. y de acuerdo con el procedimiento regulado por el R.P.F.P.S."

* En tal sentido, indicar que los hechos relatados en los antecedentes son constitutivos de infracción urbanística (art. 225 del T.R.L.S. de 1976) y 3.4.11 de las NN.UU. del P.G.O.U.) susceptibles de sanción con multa del 10 al 20 por 100 del valor de las obras (art. 88 del R.D.U.), resultando responsable de la infracción el propietario de la parcela.

* A tenor de lo establecido en el art. 226 de la Ley del Suelo de 1976, la infracción podría ser calificada como leve.

* De conformidad con lo dispuesto en el Bando del presidente de la Ciudad de 7 de agosto de 1996, publicado en el B.O.C. nº 3.645, de 15 de agosto, la competencia corresponde al Consejero de Fomento y Medio Ambiente, quien nombrará instructor y, en su caso, secretario del expediente, pudiendo el presunto responsable reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos previstos en el art. 8 del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.

PARTE DISPOSITIVA

1º) Se sanciona a los herederos de Sedik Rivera con multa del 15% del valor de las obras (15% de 1.000.000 Ptas. = 150.000 Ptas.).

2º) Se requiere a los herederos de Sedik Rivera para que en el plazo de 15 días lleven a cabo las obras ordenadas por Decreto de 4/9/98, con apercibimiento de ejecución subsidiaria."

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a los herederos de Sedik Rivera, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución. Significándoles que esta resolución no es definitiva en vía administrativa, pudiéndose interponer recurso ordinario ante la Presidencia de la Ciudad en el plazo de un mes, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro que estime procedente.

Ceuta, a 29 de enero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE ACCTAL.- Fdo.: Juan A. García Ponferrada.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

409.- Desconociéndose el paradero de AGREYRA, S. L., con D.N.I. n.º B-41.639.030 a los efectos de notificar el Acta de Disconformidad número 31/98, por el concepto tributario de Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin haberse podido llevar a efecto. De conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art. 105 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, modificado por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, se le concede un plazo de diez días, a contar del siguiente a la publicación de este anuncio, para que comparezca en el Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad Autónoma de Ceuta, sito en la Avda. de Africa, s/n. (Edificio Polifuncional), a los efectos de practicar la referida notificación.

La Inspección comunica al interesado, que una vez finalizado dicho plazo, se considera notificada el Acta aludida, advirtiéndole de su derecho a presentar ante este servicio
las alegaciones que considere oportunas, previa puesta de manifiesto del expediente si lo desea, dentro del plazo de quince días siguientes al séptimo posterior a la finalización del plazo expuesto en el párrafo anterior, sirviendo asta el referido acta para la iniciación del expediente a que se refiere el apartado primero del artículo 146 de la Ley General Tributaria.

La Inspección advierte asimismo al interesado que el Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Ceuta dentro del mes siguiente al término del plazo para formular alegaciones, dictará el acto administrativo que corresponda o bien acordará que se complete el expediente en cualquiera de sus extremos, practicándose por la Inspección las actuaciones que procedan en un plazo no superior a tres meses.

El acta 31/98, tendrá el valor probatorio que proceda de acuerdo con el artículo 62 del Real Decreto 939/1986, de 25 de abril por el que se aprueba el Reglamento General de Inspección de los Tributos.

Ceuta, a 8 de febrero de 1999.- EL INSPECTOR JEFE.- Fdo.: Emilio Lozano García.

410.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha doce de enero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"Por Decreto del Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente de 13 de julio de 1998, se acuerda incoar expediente de orden de ejecución de obras en la fachada principal del edificio sito en Plazoleta de Alfau nº 2, concediendo a los interesados un plazo de alegaciones de 15 días.

Comparece en el expediente Fincas Valriberas, administrador de la finca manifestando que se ha solicitado presupuesto para ejecutar las obras señaladas en el informe técnico.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El art. 19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones dispone que los propietarios de toda clase de terrenos y construcciones deberán destinarlos a usos que no resulten incompatibles con el planeamiento urbanístico y mantenerlos en condiciones de Seguridad, Salubridad y Ornato Público.

La competencia en materia de disciplina urbanística corresponde al Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente por Decreto de fecha 11-12-1996.

PARTE DISPOSITIVA

1º) Se ordena al propietario la realización de las obras en la fachada principal del edificio sito en Plazoleta de Alfau nº 2, según informe técnico nº 1.441/98.

2º) Los trabajos deberán realizarse en el plazo de un mes, apercibiéndole que en caso contrario se procederá a incoar el correspondiente expediente sancionador.-"

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. José María Mazorra González, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución. Significándole que podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses desde la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 8
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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 413



de la Ley 2/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá presentar cualquier otro recurso que estime más oportuno para una mejor defensa de sus derechos.

Ceuta, a 8 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

411.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha doce de enero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"Por Decreto del Consejero de Fomento y Medio Ambiente de fecha 19/11/98 se encarga al Arquitecto D. Fernando Céspedes Rivas la consultoría y asistencia del Estudio de Detalle de la Vaguada Arroyo Chorrillo.

El objeto del encargo según consta en la Memoria del ED presentada por su redactor, es la definición de las alineaciones y rasantes del vial de nueva apertura que transcurrirá por la vaguada del Chorrillo desde las proximidades del Cruce de la Avda. de Africa con la C/. General Bda. Requena hasta el Llano de las Damas.

Analizado el documento presentado, los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente lo informan favorablemente el 18/12/98 (nº 2897), proponiendo la derogación del Estudio de Detalle aprobado por el pleno el 17/4/96 ("Estudio de Detalle de Alineaciones y Rasantes de Nueva Apertura y Solar sito entre Avda. de Africa y Arroyo del Chorrillo), así como aprobación inicial del Estudio de Detalle "Vaguada del Chorrillo".

La mención que se hace a la "derogación" viene motivado porque el nuevo documento contempla una parcela (Area Z2) que fue objeto del ED aprobado el 17/4/96, instado por PROMOCEUTA.

Este instrumento se vería afectado ahora en las alineaciones que contempla el mismo a excepción de la alineación de la calle de nueva apertura y la ocupación en planta baja de la edificación, que es de 830,30 m².

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* Los Estudios de Detalle tienen por objeto el señalamiento de alineaciones y rasantes (art. 14.2.a TRLS 1976).

* La Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transportes de 15/7/92 sobre aprobación del P.G.O.U. de Ceuta recomienda la redacción de Estudios de Detalle en los casos en que las alineaciones existentes deban retocarse para mejorar la trama viaria existente, o de las condiciones edificatorias.

* El procedimiento de tramitación de Estudios de Detalle aparece reflejado en el art. 40.2 del Texto Refundido de la Ley del Suelo 1976, que nos remite al art. 41 del mismo.

La competencia para la aprobación inicial corresponde al Presidente, de acuerdo con la Ley 7/97, de 14 de abril (art. 21.1.m de la Ley 7/85, de 2 abril).

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle "Va
guada del Chorrillo", que modifica a su vez, Estudio de Detalle de Alineaciones y Rasantes de nueva apertura y solar sito entre Avda. de Africa y Arroyo del Chorrillo, aprobado por el Pleno el 17/4/96.-

2º.- Se abre un periodo de información pública de 1 mes.-"

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución al Sr. Presidente Comunidad de Propietarios de Avda. de Africa nº 17 (Residencial Don Alfonso) y a la Comunidad Musulmana de Ceuta, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, a 8 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Ministerio de Defensa

Gobierno Militar de Ceuta

412.- D. Carlos Luis Casado Arenas, Instructor del Negociado de Expedientes Administrativos núm. 17 de Ceuta.

Hace Saber: Que no habiéndose podido efectuar la notificación reglamentaria a D. Mustafa Mohamed Mohamed, provisto de D.N.I. nº 45.107.734 de conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que en el expte. nº 25/98 (2/1021/98), se le instruye por la presunta falta de "Construcción sin autorización", por el presente se le notifica en relación con el expediente que me encuentro tramitando se persone este Negociado de Expedientes Administrativos nº 17, sito en el Organo de Apoyo al Comandante Militar, Avda. de la Marina Española s/n, (Gobierno Militar), en el plazo de ocho días a partir del día siguiente de la publicación al objeto de efectuar el Trámite de Audiencia, advirtiéndole que, en caso de que no comparezca se le declarará decaído en su derecho al trámite para el que es citado, conforme a lo dispuesto en el art. 76.3 de la Ley 30/92, continuándose con el procedimiento.

Ceuta, a 9 de febrero de 1999.- EL CAPITAN INSTRUCTOR.- Fdo.: Carlos Casado Arenas.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

413.- D. Rafael Rosel Marín, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Ceuta.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio Hipotecario nº 338/95 a instancias de Caja Madrid contra en "Proceuta, S.A." en la que por resolución de esta fecha se ha acordado requerir a la entidad demandada para que en el plazo de 15 días desaloje dejando libre y expedita la finca litigiosa objeto del presente procedimiento bajo apercibimiento de que si no lo verifica se procederá su lanzamiento sin consideración y a su costas, pudiendo quedar los enseres en la vía pública.

Y para que sirva de notificación y requerimiento a "Proceuta, S.A", expido el presente en Ceuta a tres de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL MAGISTRADO JUEZ.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

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414 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



414
.- En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha, en los autos de referencia, por la presente se cita de remate al referido demandado Coral Print Mil y Una Pinturas, S.L. a fin de que dentro del término improrrogable de nueve días hábiles se oponga a la ejecución contra el mismo despachada, si le conviniere, personándose en los autos por medio de Abogado que le defienda y Procurador/a que le represente, apercibiéndole que de no verificarlo será declarado en situación de rebeldía procesal parándole con ello el perjuicio a que hubiere lugar en Derecho. Se hace constar expresamente que, por desconocerse el paradero del demandado, se ha practicado embargo sobre bienes de su propiedad sin previo requerimiento de pago.

Principal: 280.800, Gastos de Protesto: 17821

Intereses, Gastos y Costas: 200.000

En Ceuta a cuatro de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL/LA SECRETARIO/A.

Citado de Remate: D./D.ª Coral Print Mil y Una Pinturas, S.L. Calle nº 1 - Ceuta.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

415.- D.ª M.ª Cruz Landaluce Callejas Secretaria del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de los de Ceuta.

Hago Saber: Que en los autos de divorcio núm. 6/98, seguidos en este Juzgado a instancia de D. Hassan Amar Mohamed representado por el procurador D. Javier Sánchez Pérez contra D.ª Hamida Bakkali Tahini, declarada en situación de rebeldía, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Las presentes actuaciones-constitutivas del Juicio de Divorcio Núm. 6/98 del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de esta Ciudad-, fueron promovidas como Parte actora por D. Hassan Amar Mohamed-a la sazón representado por el Sr. Procurador ante los Tribunales del Ilustre Colegio de Procuradores de Ceuta D. Javier Sánchez Pérez y defendido por el Sr. Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta D. Francisco Concepción Catarecha-, tanto contra aquella otra parte demandada D.ª Hamida Bakkali Tahiri como contra el Ministerio Fiscal, de forma que examinado su contenido por su Ilmo. Sr. Magistrado-Juez titular D. José Manuel Ramírez Sineiro con arreglo a los siguientes.

Que procede estimar aquella demanda de divorcio otrora interpuesta y se declara en consecuencia disuelto aquel
matrimonio otrora contraído por D. Hassan Amar Mohamed y D.ª Hamida Bakkali Tahiri y concluida aquella sociedad legal de gananciales otrora al efecto vigente, entendiéndose también revocados los consentimientos y poderes que en su día pudieran haberse otorgado a sus oportunos efectos, ratificándose en consecuencia aquellas medidas personales y económicas hasta la fecha vigentes y otrora adoptadas en aquella precedente y precitada resolución jurisdiccional de separación en su día jurisdiccionalmente establecida, sin que proceda especial imposición de costas. Manda y además de las consiguientes costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las Partes y signifíqueseles su derecho de interponer oportuno recurso de apelación en ambos efectos en el plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente a su correspondiente notificación, ante ese mismo Organo jurisdiccional "a quo" ahora sentenciador y para ante la Audiencia Provincial con sede en Cádiz.

Así por esta Sentencia, lo pronuncia, manda y firma "a quo" S.Sª.

Y para que sirva de notificación en forma a la demandada D.ª Hamida Bakkali Tahiri extiendo el presente en Ceuta a dos de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

416.- D. Mostafa Kamal hijo de Mohamed y de Alima nacido en Casablanca, Marruecos el 5-5-70, de nacionalidad marroquí, con pasaporte nº F081523, con paradero desconocido comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/. Serrano Orive S/N, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Practicar Diligencias nº PA 193/98-R, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado rebelde, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la guardia Civil y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.

En la Ciudad de Ceuta, a 4 de febrero de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Agencia Tributaria de Ceuta

Dependencia de Recaudación

417.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, así como en los lugares destinados al efecto en las Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.

Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la Relación que a continuación se inserta no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la A.E.A.T. o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:

Se notifica a los deudores conforme al artículo 103 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990 de 20 de diciembre), que no habiendo sido satisfecha la deuda de referencia en el plazo de ingreso en periodo voluntario en virtud de lo establecido en el artículo 127 de la Ley General Tributaria EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION ha acordado:

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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 417



En uso de las facultades que me confieren los artículos 100,106 y 169 del Reglamento General de Recaudación, liquido el recargo de apremio por el 20% del importe de la deuda pendiente y dicto providencia de Apremio para que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio o garantías de los deudores, en caso de no producirse el ingreso en los plazos señalados en el artículo 108 del citado Reglamento.

N.I.F. Nombre y Apellidos O. Deuda C. Liquidación Importe

E11961489 A Mar CB Ing. F.P.Rq.CR A5560098500006941 3.006

45.088.621L Abdel Lah Tahar, Mo. S. Tráfico K1610198053639802 60.000

45.083.721H Abdelaziz Brahin, Bra. S. Tráfico K1610198053640594 60.000

45.083.721H Abdelazia Brahin, Bra. S. Tráfico K1610198053254692 60.000

45.103.887J Abdelhalak Hamed, M. S. Tráfico K1610198051937673 30.000

45.103.887J Abdelhalak Hamed, M. S. Tráfico K1610198051937410 30.000

45.103.076F Abdelham Moh.,Sels. S. Tráfico K1610198053639550 60.000

45.077.862R Abdelk. Hamed, Jalid S. Tráfico K1610198053641023 60.000

45.085.447L Abdelk. Moh., Sel Lam S. Tráfico K1610198053641353 60.000

99.010.314Y Abdel.Mo.Lem., Hafida S. Tráfico K1610198051232782 30.000

99.008.803J Abderrha. Moh., Moh. S. Tráfico K1610198053641221 60.000

45.100.576Z Abdes. Duas, R. Karim S. Tráfico K1610198053640847 60.000

45.100.576Z Abdes. Duas, R. Karim S. Tráfico K1610198053639725 30.000

45.068.140P Abse. Kaddur, Abdelila S. Tráfico K1610198053640803 30.000

45.073.651E Abselm Maate, Moh. S. Tráfico K1610198053641100 60.000

45.084.051A Ahmed Abdes., Yamal S. Tráfico K1610198053641200 18.000

45.084.051A Ahmed Abdes., Yamal S. Tráfico K1610198053641199 12.000

45.086.543B Ahmed Brahim, Latifa S. Tráfico K1610198053640726 30.000

45.097.646M Ahmed Buyemaa, Moh. S. Tráfico K1610198053010195 60.000

45.094.400W Ahmed Dris, Said S. Tráfico K1610198053640704 60.000

45.088.620H Ahmed Moh., Mustafa S. Tráfico K1610198053640033 60.000

45.092.605R Ahnouch Mus., Yousf. S. Tráfico K1610198053639660 60.000

45.087.623X Alcántara Oliva, C.Ab. S. Tráfico K1610198053259158 60.000

45.087.623X Alcántara Oliva, C.Ab. S. Tráfico K1610198053248280 60.000

45.080.842Z Alcántara Oliva, I. Dar. S. Tráfico K1610198053640979 18.000

45.080.842Z Alcántara Oliva, I. Dar. S. Tráfico K1610198053640891 18.000

45.080.842Z Alcántara Oliva, I. Dar. S. Tráfico K1610198053640968 18.000

45.080.842Z Alcántara Oliva, I. Dar. S. Tráfico K1610198053640957 24.000

45.085.567R Alí Laakel, Hossain S. Tráfico K1610198053641386 30.000

45.085.030Q Alí Lahsen, Abselam S. Tráfico K1610198053640760 60.000

45.094.713Q Baraka Taher, Moh. Ta. S. Tráfico K1610198053639956 60.000

45.107.816D Chellof Baali, Abdellah S.Tráfico K1610198052800425 60.000

45.107.816D Chellof Baali, Abdelilah S. Tráfico K1610198053639880 48.000

B11.956.877 Construc. Jaserba, S.L. N.At.R CIDA A5560098500000506 30.000

B11.950.318 Construc. Magal, S.L. N.At.R.CIDA A5560098500000176 30.000

45.099.516N Cortés Heredia, Anto. S. Tráfico K1610198053267375 60.000

B11.952.850 EuroCeuta, S.L. N.At.R.CIDA A5560098500000220 30.000

X19.187.23V Frans Drooghaag S. Tráfico K1610198052800623 120.000

45.101.011N García Casado, Loren. S. Tráfico K1610198053639824 60.000

45.079.191L García Moh., Agustín S. Tráfico K1610198053640242 60.000

20.018.203S Gimeno García, Fer. S. Tráfico K1610198053572691 180.000

45.095.558X González Fdez., Serg. S. Tráfico K1610198053641287 60.000

45.084.939V Hosain Moh., Abdelm. S. Tráfico K1610198053640990 60.000

45.061.634B Ibáñez Becerra, Flor. 130/131 N.P. A5560098500000968 4.973

45.080.637Q Lahbib Hamed, Abdel. I.Reg. Armas M1600198550002712 60.006

45.096.218A León Gil, Melchor S. Tráfico K1610198053258993 180.000

45.082.049W López Agudo, Fco.J. S. Tráfico K1610198053533465 18.000

00647038W Maiztegui Baranda, X. S. Tráfico K1610198052838310 36.000

45.073.403G Malia Jiménez, Agus. J. S. Tráfico K1610198052873564 36.000

45.101.481E Marcos Tierra, Gema S. Tráfico K1610198053019655 60.000

45.105.843Z Mesaud Laarbi, Absel. S. Tráfico K 1610198053639868 60.000

45.093.684E Moh. Abdelk., Anuar S. Tráfico K1610198051233365 60.000

42.106.059M Moh.Buyimha, Ahmed Drogas M1600198550002085 60.006

45.089.484P Moh. el Ghazi, Alí S. Tráfico K1610198053640132 60.000

45.082.240D Moh. Moh., Abderraher S. Tráfico K1610198053011438 90.000

45.092.061D Moh. Moh., Abselam S. Tráfico K1610198053017422 60.000

45.092.061D Moh. Moh., Abselam S. Tráfico K1610198053017411 18.000

45.093.616T Moh. Moh., Karim S. Tráfico K1610198053640044 60.000

45.096.664N Moh. Moh., Mohamed S. Tráfico K1610198053640924 24.000

45.093.409T Moh. Seddati Moh., Ta. S. Tráfico K1610198053639967 60.000

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417 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



N.I.F. Nombre y Apellidos O. Deuda C. Liquidación Importe

45.081.241E Must. Hamadi, Abdelh. S. Tráfico K1610198053640858 60.000

B11.959.038 Nuevo Diario, Ceuta SI N.A.R.CIDA A5560098500000363 30.000

B11.959.368 O.M.M. Ceuta, S.L. N.A.R.CIDA A5560098500005830 30.000

45.081.147C Ortíz Tuhami, Jorge S. Tráfico K1610198050473342 30.000

45.104.785Z Parres Pérez, Alexis S. Tráfico K1610198053640430 60.000

45.101.479C Paz González, Emilio S. Tráfico K1610198053000988 18.000

45.101.421P Pérez Gimez., J. Manu. S. Tráfico K1610198053639989 60.000

B11.957.677 RC Africa Import, S.L. N.A.R.CIDA A5560098500000385 30.000

45.080.020C Sadik Hamad, Said S. Tráfico K1610197053640935 60.000

45.075.680G Sánchez Moh., Eva 130/131 N.P. A5560098500001067 6.179

45.075.680G Sánchez Moh., Eva 130/131 N.P. A5560098500001078 6.179

45.086.729J Taieb Moh., Moh. S. Tráfico K1610198053640946 60.000

45.100.597N Taieb Moh., Mustafa S. Tráfico K1610198053641496 60.000

B11.902.947 Vicentino, S.L. N.A.R.CIDA A5560098500000473 30.000

Recursos y Suspensión del procedimiento:

Recurso de Reposición ante el órgano que ha dictado la Providencia de Apremio, en el plazo de 15 días a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación o Reclamación Económico-Administrativa, ante el Tribunal competente de dicha jurisdicción, en el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

El procedimiento de Apremio podrá impugnarse por los siguientes motivos (Art. 138.1 de la Ley General Tributaria y Art. 99.1 del Reglamento General de Recaudación).

- Pago o extinción de la deuda.

- Prescripción.

- Aplazamiento.

- Falta de notificación de la liquidación o anulación o suspensión de la misma.

- Defecto formal en el Título expedido para la ejecución.

El procedimiento de Apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el art. 101 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/1990, de 20 de diciembre).

Solicitud de Aplazamiento:

Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en periodo ejecutivo.

La presentación de las solicitudes de Aplazamiento o Fraccionamiento se efectuará en la Delegación o Administración de la A.E.A.T. del territorio en que se deba efectuar el pago.

Lugar de Pago:

En la entidad que presta el servicio de caja de la Delegación Administración de la A.E.A.T.

Intereses de Demora:

Las cantidades adeudadas, excluido el recargo de apremio, devengarán intereses de Demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda en periodo voluntario hasta la fecha de su ingreso. El tipo de interés se fijará de acuerdo con lo establecido en los artículos 58 de la Ley General Tributaria y 36 de la Ley General Presupuestaria, según se trate de deudas tributarias o no tributarias respectivamente.

Costas:

En caso de no producirse costas en el procedimiento, la Administración repercutirá su importe al Deudor, conforme a lo establecido en los artículos 153 y 157 del R.G.R.

Plazos para efectuar el Ingreso:

(Art. 108 del Reglamento General de Recaudación).

a) Recibida la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.

b) Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.

La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta, C/. Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, 4 de febrero de 1999.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.

AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

418.- El Excmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura, D. Juan Jesús Barroso Calderón, por su Decreto de fecha cuatro de febrero mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha catorce de enero de mil novecientos no
venta y siete, este Consejero en uso de sus atribuciones, asignó competencias en materia de Juventud y Deportes al Ilmo. Sr. D. Jacinto León Ruiz, Viceconsejero de Educación y Cultura. El día 15 de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, se firmó el segundo paquete de transferencias a la Ciudad Autónoma de Ceuta, dentro de las cuales se encuentran las relativas a cultura y deporte y a enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas u buceo profesional. Se hace necesaria por tanto la adecuación de la asignación de competencias al Viceconsejero de conformidad con la nueva situación creada y el incremento de funciones.

174
Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 422



FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 22 del Reglamento del Consejo de Gobierno, en cuanto establece las competencias de los Consejeros. Art. 114.3 del Reglamento de la Asamblea: "El Presidente podrá nombrar Viceconsejeros, que sustituirán a los Consejeros... y desempeñarán las funciones que les delegue o desconcentre el titular." Art. 114.5: "Los Viceconsejeros podrán ser miembros de la Asamblea o personas que no tengan tal condición.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se asigna al Ilmo. Sr. D. Jacinto León Ruiz, Viceconsejero de Educación y Cultura, además de las materias atribuidas con anterioridad, las otorgadas en Deporte, a tenor de lo previsto en el R.-Dto. 31/99, así como las que en materia de enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional establece el R.Dto.-34/99. 2.- La asignación se efectuará con los condicionamientos y requisitos explicitados en los fundamentos jurídicos. 3.- Dése cuenta del presente Decreto al Pleno de la Asamblea de la Ciudad. 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta."

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

419.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta D. Jesús Cayetano Fortes Ramos, por su Decreto de fecha once de Febrero de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:

"Debiéndome ausentar de la Ciudad, por motivos oficiales, a partir de las 08:00 horas del Sábado 13 de febrero de 1999, hasta mi regreso, y visto lo dispuesto en el art. 10 del Reglamento de la Presidencia y demás disposiciones concordantes del Régimen Local.

VENGO EN DISPONER.

Que asuma la Presidencia Accidentalmente el Excmo. Sr. D. Juan Antonio García Ponferrada, Diputado de la Asamblea, a partir de las 08:00 horas del Sábado día 13 de Febrero del año en curso, hasta mi regreso.

Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta."

Lo que le traslado a los oportunos efectos.

Ceuta, a 11 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

420.- La Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Bienestar Social, D.ª M.ª Dolores Linares Díaz, por su Decreto de fecha cuatro de febrero de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha veinticinco de mayo de mil novecientos noventa y ocho, esta Consejera en uso de sus atribuciones, asignó competencias en Materia de Asistencia Social, a la Ilma. Sra. D.ª Adelaida Alvarez Rodríguez, Viceconsejera de Sanidad y Bienestar Social. El día 15 de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, se firmó el segundo paquete de transferencias a la Ciudad Autónoma de Ceuta, dentro de las cuales se encuentran las relativas a Asistencia Social. Se hace necesaria por tanto la adecuación de la asignación de competencias a la Viceconsejera, de conformidad con la nueva situación creada y el incremento de funciones.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 22 del Reglamento del Consejo de Gobierno, en cuanto establece las competencias de los Consejeros. Art. 114.3 del Reglamento de la Asamblea:" El Presidente podrá nombrar Viceconsejeros, que sustituirán a los Consejeros y desempeñarán las funciones que les delegue o desconcentre el titular:. Art. 114.5: "Los Viceconsejeros podrán ser miembros de la Asamblea o personas que no tengan tal condición..."

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se asigna a la Ilma. Sra. D.ª Adelaida Alvarez Rodríguez, Viceconsejera de Sanidad y Bienestar Social, además de las que tenía atribuidas con anterioridad la gestión de las siguientes materias: - Protección y tutela de menores, en el sentido establecido por la L.O. 1/96 (15-01) y L.O. 4/92 (05-06). - Funciones correspondientes al Departamento de Menores y las que se desarrollan en los siguientes centros; Centro de Menores "Mediterráneo", Centro de reforma de menores "Punta Blanca", Residencia para personas mayores "Ntra. Sra. Africa" Centro de Alimentación Infantil Guardería Infantil "S. Ildefonso" Guardería Infantil I Guardería Infantil II "Juan Carlos I", Materias referentes a las familias numerosas. Concesión de ayudas urgentes -Concesión y gestión de subvenciones para entidades y centros para personas mayores, minusválidos, primera infancia, marginados, alcohólicos y drogadictos. 2.- La asignación se efectuará con los condicionamientos y requisitos explicitados en los fundamentos jurídicos. 3.- Dése cuenta del presente Decreto al Pleno de la Asamblea de la Ciudad.- 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Lo que le traslado a los oportunos efectos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

421.- Desconociéndose el paradero de INMOBILIARIA HACHO, S.L., con N.I.F. nº A-11901790 y a los efectos de notificar la Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Ceuta de veinticinco de enero de mil novecientos noventa y nueve, relativa al Acta de Disconformidad número 91/98, por el concepto tributario de Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. De conformidad con los establecido en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Adm. Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 105 de la Ley 230/1963, de 28 de Diciembre, General Tributaria, modificado por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, se le concede un plazo de diez días, a contar del siguiente a la publicación de este anuncio, para que comparezca en el Servicio de Inspección de Tributos de la Ciudad Autónoma de Ceuta, sito en la Avda. de Africa, s/n (Edificio Polifuncional), a los efectos de practicar la notificación de dicha Resolución.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL INSPECTOR JEFE.- Fdo.: Emilio Lozano García.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

422.- La Comisión Especial de Cuentas en sesión
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422 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



celebrada el día 8 de febrero de 1999 ha informado favorablemente la Cuenta General de la Ciudad para 1997.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 193.3 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales, se expone la misma al público por un plazo de quince días durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones.

Ceuta, 8 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

423.- D. Abdelhak Moujib hijo de Mohamed y de Malika nacido el 22-10-70 en Casablanca, Marruecos con nacionalidad marroquí con documento de identificación nº 854071, con paradero desconocido comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/. Serrano Orive S/N, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Practicar Diligencias nº PA 192/98-R, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado rebelde, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la guardia Civil y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.

En la Ciudad de Ceuta, a 4 de febrero de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Cuatro de Ceuta

424.- D.ª María de la Cruz Landaluce Calleja la Secretaria del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.

Hace Saber: En los autos de Juicio de faltas núm. 409/98 seguidos contra D. Khalil Ouazzani por una falta de imprudencia, se ha dictado la siguiente cédula de citación:

En el expediente de Juicio de faltas, seguido en este Juzgado por una falta de imprudencia, bajo el número 409/98, el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, ha acordado en providencia de este día, sea citado D. Khalil Ouazzani, a fin de que el día 2 de marzo de 1999, a las 10,00 horas de su mañana, comparezca ante la Sala de Audiencias de este Juzgado, a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas, advirtiéndole que debe concurrir con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse, así como si lo estima oportuno puede venir asistido de Abogado, apercibiéndole que caso de no comparecer incurrirá en multa de hasta 100 ptas. que determina la Ley.

Y para que se lleve a efecto dicha citación, firmo la presente en Ceuta, a uno de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

Y para que sirva la cédula de notificación del denunciado, expido la presente en Ceuta, a 1 de febrero de 1999.- LA SECRETARIA JUDICIAL.

425.- D.ª María de la Cruz Landaluce Calleja la Secretaria del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.

Hace saber: En los autos de Juicio de faltas núm. 433/98 seguidos contra D. Abselam Mohamed Barhon Roshdi por una falta de injurias y amenazas, se ha dictado la siguiente
cédula de citación:

En el expediente de Juicio de Faltas, seguido en este Juzgado por una falta de injurias y amenazas, bajo el número 433/98, el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, ha acordado en providencia de este día, sea citado D. Abselam Mohamed Barhon Roshdi, a fin de que el día 9 de febrero de 1999, a las 11,30 horas de su mañana, comparezca ante la Sala de Audiencias de este Juzgado, a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas, advirtiéndoles que deben concurrir con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse, así como si lo estima oportuno puede venir asistido de Abogado, apercibiéndole que caso de no comparecer incurrirán en multa de hasta 100 ptas. que determina la Ley.

Y para que se lleve a efecto dicha citación, firmo la presente en Ceuta, a 2 de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

Y para que sirva la cédula de notificación del denunciado, expido la presente en Ceuta, a 2 de febrero de 1999.- LA SECRETARIA JUDICIAL.

426.- D.ª María de la Cruz Landaluce Calleja la Secretaria del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.

Hace Saber: En los autos de Juicio de faltas núm. 334/97 seguidos contra D.ª Yolanda Elizondo Ruiz por una falta de lesiones, se ha dictado la siguiente cédula de citación:

En el expediente de Juicio de Faltas, seguido en este Juzgado por una falta de desobediencia, bajo el número 334/98, el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, ha acordado en providencia de este día, sea citada D.ª Yolanda Elizondo Ruiz de Almirón, a fin de que el día 2 de marzo de 1999, a las 12,50 horas de su mañana, comparezca ante la Sala de Audiencia de este Juzgado, a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas, advirtiéndoles que deben concurrir con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse, así como si lo estima oportuno puede venir asistido de Abogado, apercibiéndole que caso de no comparecer incurrirán en multa de hasta 100 ptas. que determina la Ley.

Y para que se lleve a efecto dicha citación, firmo la presente en Ceuta, a 1 de febrero de 1999.

Y para que sirva la cédula de notificación del denunciado, expido la presente en Ceuta, a 1 de febrero de 1999.- LA SECRETARIA JUDICIAL.

427.- D.ª María de la Cruz Landaluce Calleja la Secretaria del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.

Hace saber: En los autos de Juicio de faltas núm. 285/97 seguidos contra D. Fadel Buarta por una falta de lesiones, se ha dictado la siguiente cédula de citación:

En el expediente de Juicio de Faltas, seguido en este Juzgado por una falta de lesiones, bajo el número 285/97, el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, ha acordado en providencia de este día, sea citado D. Fadel Buarta, a fin de que el día 2 de marzo de 1999, a las 11,10 horas de su mañana, comparezca ante la Sala de Audiencias de este Juzgado, a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas, advirtiéndoles que deben concurrir con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse, así como si lo estima oportuno puede venir asistido de Abogado, apercibiéndole que caso de n o comparecer incurrirán en multa de hasta 100 ptas. que determina la Ley.

Y para que se lleve a efecto dicha citación, firmo la presente en Ceuta, a 1 de febrero de 1999.

Y para que sirva la cédula de notificación del denunciado, expido la presente en Ceuta, a 1 de febrero de 1999.- LA SECRETARIA JUDICIAL.

428.- D.ª María de la Cruz Landaluce Calleja la Secretaria del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Ceuta.

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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 430



Hace saber: En los autos de Juicio de Faltas núm. 554/98 seguidos contra D. Ahmed Benzian, D. Eloualí El Alami y D. Abselam Hayou por una falta de lesiones y resistencia a agentes de la autoridad, se ha dictado la siguiente cédula de citación:

En el expediente de Juicio de Faltas, seguido en este Juzgado por una falta de lesiones y resistencia a agentes de la autoridad, bajo el número 554/98, el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, ha acordado en providencia de este día, sea citado, a fin de que el día 9 de marzo de 1999, a las 10,00 horas de su mañana, comparezca ante la Sala de Audiencias de este Juzgado, a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas, advirtiéndoles que deben concurrir con los testigos y demás pruebas de que intenten valerse así como si lo estima oportuno puede venir asistido de Abogado, apercibiéndole que caso de no comparecer incurrirán en multa de hasta 100 ptas. que determina la Ley.

Y para que se lleve a efecto dicha citación, firmo la presente en Ceuta, a 2 de febrero de 1999.

Y para que sirva la cédula de notificación del denunciado, expido la presente en Ceuta, a 2 de febrero de 1999.- LA SECRETARIA JUDICIAL.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

429.- D.ª María de las Nieves González Perea, hija de Francisco y de María, nació en Jimena de la frontera, Cádiz el 21-12-59 con D.N.I. nº 31.829.582 con paradero en C/. Alejandro Farnesio número 28, (Algeciras), comparecerá dentro del término de diez días en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ceuta, sito en el Palacio de Justicia de esta Ciudad, C/. Serrano Orive S/N, a responder de los cargos que le resultan en la causa de Practicar Diligencias nº PA 134/98-R, bajo apercibimiento de que de no verificarlo, será declarado rebelde, y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Al propio tiempo se ruega y encarga a todas las Autoridades de la Nación, Fuerzas de la Guardia Civil y demás agentes de la Policía Judicial, procedan a la busca y captura de dicho procesado, poniéndolo en caso de ser habido, a disposición de este Juzgado de Instrucción en la mencionada causa por autos de esta fecha.

Ceuta, a 8 de febrero de 1999.- EL MAGISTRADO JUEZ.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Dirección Provincial de Ceuta

430.- Visto el texto del Acta de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo del Sector de "Hostelería de Ceuta", para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1999 a 31 de diciembre de 1999, suscrito por su comisión negociadora el día 26 de enero de 1999, y no estimándose que exista infracción alguna a norma de derecho necesario, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del R. D. Leg. 1/95, de 24 de marzo, Ley del Estatuto de los Trabajadores y el art. segundo del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, esta Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales, Acuerda: Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos
Sociales, con notificación de ello a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Ceuta, a 1 de enero de 1999.- EL DIRECTOR PROVINCIAL. Fdo.: Rafael Sánchez de Nogués.

ASISTENTES

Por CC.OO.:

D. Ahmed Alí Taieb

D. Antonio Gálvez Gálvez

Por U.G.T.:

D. Eloy Verdugo Guzmán

Por CECE:

D. Armando Díaz Ramos

D. Pedro A. Contreras López (como asesor)

En Ceuta, siendo las 20,00 horas del día 26 de enero de 1999, se reúnen los señores arriba reseñados en funciones de Comisión Paritaria, al objeto de proceder, entre otros, a fijar el aumento salarial estipulado para 1999, conforme a lo establecido en el artículo 3º del vigente Convenio Colectivo de Hostelería para la Ciudad de Ceuta.

1º.- Habiendo resultado a 31-12-98 un I.P.C. del 1,4%, e incrementado en 0,5 puntos, tal y como se señala en el artículo referido, las partes acuerdan por unanimidad que los salarios para 1999, se incrementen en un 1,9%, con efectos retroactivos desde 01/01/99, como se refleja en la tabla que se acompaña.

2º.- Habiéndose observado error en el apartado 2º del artículo 44 del presente Convenio, las partes acuerdan que la redacción del mismo sea la siguiente:

2ª) "Al término de los seis primeros meses, podrán prorrogarse antes de su terminación por acuerdo de las partes, por un período de hasta siete meses y medio, sin que en ningún caso el tiempo acumulado, incluido el de la prórroga o prórrogas, puede exceder de los trece meses y medio".

Las partes acuerdan igualmente, notificar esta modificación al INEM, para que tengan cumplida constancia de la misma.

3º.- En aplicación de lo dispuesto en el R.D. 2720/1998, de 18 de diciembre, B.O.E. 8/1/99, por el que desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los trabajadores, en materias de contratos de duración determinada, se establece que aquellos contratos eventuales por circunstancias de la producción, celebrados posteriormente a 08/01/99, y que conforme al vigente Convenio Colectivo de Hostelería, pueden tener una duración máxima de hasta 13 meses y medio, y que se concierten por un plazo inferior a la duración máxima referida, podrán prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato puede exceder dicha duración máxima de 13 meses y medio.

Si más, las partes aprueban los presentes acuerdos por unanimidad, siendo las 21,00 horas del día señalado "ut supra."

Nivel Sueldo B. Residencia Transporte Quebranto Total

I 99.805 24.951 3.568 1.784 130.108

II 93.956 23.489 3.568 1.784 122.797

III 88.703 22.176 3.568 1.784 116.231

IV 83.169 20.792 3.568 1.784 109.313

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430 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999


* NOTA: El quebranto de moneda sólo se abonará en aquellos casos contemplados en el artículo 32 del presente Convenio.

P. Compensación: 470 Pesetas

Si excede 24 H: 2.089 Ptas.

Comp. func. Convenio:

Si excede 2,00 H: 3.394 Ptas.

Bolsa Vacaciones: 7.311 Pesetas

SERVICIOS EXTRAS

Servicios más de 3 ten./Estr. 3 Ten. menos

De menos de 3 horas 3.082 Ptas. 2.716 Ptas.

De 3 a 6 horas 5.431 Ptas. 4.345 Ptas.

Las horas extraordinarias que superen el máximo de las 6 horas se abonarán en todos los casos y establecimientos a razón de 1.019 Pesetas.

431.- Visto el texto del Acta del Convenio Colectivo de la Empresa "Servicios Tributarios de Ceuta, S.L.", para el período comprendido entre el 1 de enero de 1999 a 31 de diciembre de 1999, suscrito por su comisión negociadora el día 14 de enero de 1999, y no estimándose que exista infracción alguna a norma de derecho necesario, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del R.D. Leg. 1/95, de 24 de marzo, Ley del Estatuto de los Trabajadores y el art. segundo del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, esta Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales, Acuerda:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales, con notificación de ello a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 29 de enero de 1999.- EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Rafael Sánchez de Nogués.

En Ceuta, cuando son las 10 horas del día 14 de enero de 1999, se reúnen en la sede social de la Sociedad Municipal "Servicios Tributarios de Ceuta, S.L.", situada en la Plaza de la Constitución, nº 1, de una parte el Sr. Isidro Bernabé Hurtado de Mendoza, como Administrador Unico de la Sociedad, y de la otra D. Juan José Lara Rodríguez como delegado de personal representante de los trabajadores que prestan servicios en la empresa.

Los reunidos tras distintas intervenciones de las dos partes, y con el fin de adaptar las categorías profesionales de los trabajadores con las tareas realmente desempeñadas, y al objeto de equiparar los derechos sociales de los citados trabajadores con el resto de personal dependiente de empresas de titularidad de esta Ciudad Autónoma, Acuerdan aprobar el siguiente:

CONVENIO COLECTIVO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Ambito funcional.

El presente Convenio Colectivo vincula a la empresa Servicios Tributarios de Ceuta, S.L., y es de aplicación a todos los trabajadores que prestan sus servicios a la empresa.

Artículo 2.- Ambito Temporal.

El presente convenio tendrá vigencia con efectos 01/01/99 y hasta el 31/12/99.

El Convenio se prorrogará de forma automática de año en año, salvo que hubiera denuncia expresa de alguna de las partes con, al menos, un mes de antelación a la fecha de finalización.

Artículo 3.- Comisión Paritaria.

Se constituirá una comisión paritaria de control y vigilancia para el cumplimiento del presente Convenio por ambas partes. Dicha comisión estará formada por tantos trabajadores como representantes aporte la empresa.

Artículo 4.- Catálogo de puestos de trabajo.

La plantilla de la Sociedad por descripción de puestos de trabajo es la siguiente:

- 1 Director-Técnico.

- 3 Técnicos Tributarios Superiores.

- 1 Técnico Tributario de Grado Medio.

- 3 Oficiales de Tributos.

- Administración

- Voluntaria.

- Ejecutiva

- 5 Oficiales de Segunda de Tributos.

- I.P.S.I.

- Base de Datos

- Ejecutiva

- Administración.

- Jefe de Caja.

- 17 Auxiliares de Tributos.

- 2 I.P.S.I. (Algeciras).

- 7 I.P.S.I. (Importaciones)

- 5 Recaudación.

- 2 Caja (I.P.S.I.)

- 3 Caja (Voluntaria-Ejecutiva)

- 3 Administración.

- 1 Ordenanza-Notificador.

CAPITULO II

CONDICIONES LABORALES

Artículo 5.- Jornada Laboral.

1.- Los trabajadores contratados para tareas de Servicios de Recaudación, tendrán una jornada laboral de 35 horas semanales.

1.1.- La jornada laboral se establece con el horario de 8,00 a 15,00 horas, de lunes a viernes.

1.2.- Durante los meses de junio, julio y agosto, el horario será de 8,00 a 14,00 horas de lunes a viernes.

1.3.- Durante la semana de Fiestas Patronales, el horario laboral será de 9,00 a 14,00 horas.

2.- Los trabajadores con la categoría de Auxiliar de Tributos, se sujetarán a los siguientes horarios en función del servicio al que estén adscritos.

- Servicio de Administración:

Jornada de siete horas al día, de lunes a viernes, en turno de mañana o tarde.

- Servicio de Recaudación e IPSI (Operaciones Interiores):

178
Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 431


Jornada de siete horas al día de lunes a viernes, en turnos de mañana.

en caso de necesidades del Servicio, se podrán prestar en jornada partida.

- Servicio de Colaboración IPSI (Importaciones):

Servicio distribuido en tres turnos semanales, de los cuales dos son de siete horas al día en turnos de mañana de lunes a viernes y uno de tarde de seis horas al día de lunes a viernes y cinco horas el sábado: dichos turnos irán rotando semanalmente.

- Servicio de Algeciras:

Servicio distribuido en dos turnos, en jornada de tarde, de los cuales uno es de siete horas al día de lunes a viernes y el otro turno de 6 horas al día de lunes a viernes y cinco horas el sábado; dichos turnos irán rotando semanalmente.

2.1.- Con el fin de compensar la jornada estival establecida en artículo 5.1.2, que antecede, el personal recogido en este apartado que no goce de la misma, verá incrementado su periodo vacacional a 40 días al año, siendo su disfrute distribuido entre todo el personal de forma rotativa a lo largo de todo el ejercicio.

2.2.- Se acuerda expresamente que la prestación de los servicios se podrán desarrollar indistintamente en los centros de trabajo de Ceuta y Algeciras, según las necesidades del servicio de la empresa, sin que ello suponga incremento salarial alguno.

Artículo 6.- Incompatibilidades.

Aplicar el régimen de incompatibilidades al Director Técnico de la Sociedad, para el desarrollo de cualquier trabajo como profesional libre fuera de su jornada de trabajo, dedicándose por tanto en exclusividad a la misma, salvo autorización expresa del Administrador de la Sociedad.

Artículo 7.- Licencia retribuida para el desayuno.

Todo el personal afectado por el presente Convenio disfrutará de quince minutos diarios entre las 8,00 y las 10,00 de la mañana, retribuidos para el desayuno.

Artículo 8.- Calendario Laboral.

El calendario laboral aplicable a la empresa afectada por el presente Convenio será el que determine la Autoridad laboral. Los días 3 de mayo, 24 y 31 de diciembre, quedará cerrada la oficina de esta Sociedad. En caso de que alguno de los días anteriormente mencionados fueran sábado o domingo, serán sustituidos por el día hábil inmediatamente anterior o posterior.

Artículo 9.- Vacaciones.

1º.- El periodo de vacaciones anuales retribuidas será de 30 días naturales. Se disfrutará preferentemente entre los meses de junio, julio, agosto y septiembre de cada año.

2º.- También se podrá disfrutar parcialmente las vacaciones en periodo de siete o quince días seguidos, a petición del trabajador, y siempre que las necesidades de la empresa lo permitan.

Artículo 10.- Licencia Retribuidas.

Los trabajadores afectados por el presente Convenio tendrán derecho, previo aviso y justificación, a las licencias retribuidas en los siguientes casos y con la duración que se
señala:

1. Por contraer matrimonio, quince días naturales.

2. Por el nacimiento de un hijo, tres días, siendo de cinco días si se necesita desplazamiento a otra Ciudad.

3. Por enfermedad grave de parientes de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, dos días naturales y seis días en caso de que necesite desplazamiento a otra Ciudad.

4. Por fallecimiento de parientes de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, tres días naturales y cinco días en caso de que necesite desplazamiento a otra Ciudad.

5. Por el tiempo necesario para la realización de exámenes de enseñanzas de carácter oficial, dos días, debiendo justificarse su asistencia.

6. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de deber inexcusable de carácter público y personal.

7. Por matrimonio, comunión o bautizo de hijos y hermanos, el día de su celebración, añadiéndose el día anterior o posterior en caso de que se necesite desplazamiento a otra Ciudad.

8. Por traslado de domicilio, dos días.

9. Para atender la lactancia de un hijo menor de diez meses, el trabajador tendrá derecho a una hora diaria, que podrá dividirse en dos fracciones o sustituirse por un descuento en la jornada laboral.

10. A lo largo del año los trabajadores tendrán derecho a siete días laborales de licencia o permiso por asuntos particulares, no incluidos en los puntos anteriores de este apartado. Tales días no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas. El disfrute de los mismos deberá comunicarse con el tiempo suficiente de antelación para la consiguiente regulación del servicio.

11. Cuando por razones del servicio los días citados en el punto anterior no pudieran ser disfrutados por los trabajadores en el ejercicio, deberán concederse en los primeros quince días del mes de enero del ejercicio siguiente.

Artículo 11.- Licencias No Retribuidas.

Se concederán permisos sin retribución alguna a los trabajadores, siempre que no causen detrimento al servicio y que la acumulación total de estos no supere los seis meses dentro del año natural.

Si se solicitara excedencia, estas estarán a lo dispuesto en la legislación vigente.

CAPITULO III

CONDICIONES SOCIALES

Artículo 12.- Premio por Natalidad y Matrimonio.

Se establece con carácter general una ayuda por natalidad de 18.000 pesetas por el nacimiento de un hijo y de 23.000 pesetas por contraer matrimonio, debiéndose justificar tales hechos.

Artículo 13.- Ayuda Escolar.

Los trabajadores de la Sociedad, percibirán por cada hijo en edad escolar, las siguientes ayudas económicas:

- Educación Primaria, quince mil pesetas

- Educación Secundaria y Bachiller, veinte mil pesetas.

- Estudios Universitarios y Carreras oficiales, cincuenta mil pesetas.

- Estudios Universitarios y Carreras oficiales cursadas fuera de Ceuta, sesenta mil pesetas.

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Todos los trabajadores de esta Sociedad, con hijos a su cargo, hasta la edad escolar, tendrán derecho a una ayuda de 3.000 pesetas mensuales para gastos de guardería y el 50% del gasto de la matricula anual.

Para recibir las anteriores ayudas será necesario aportar junto con la solicitud de la ayuda los justificantes originales de los gastos.

Artículo 14.- Compensación por enfermedad.

En caso de enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo o enfermedad profesional, el personal en situación de incapacidad laboral transitoria percibirá, con cargo a la empresa, la diferencia hasta el 100% del salario íntegro.

Artículo 15.- Subvenciones por hijos minusválidos o disminuidos.

Los trabajadores con hijos disminuidos físicos o psíquicos, percibirán mensualmente, la cantidad de 28.500 pesetas por cada hijo minusválido, siempre que los citados casos estén debidamente justificados.

Artículo 16.- Prótesis.

Todos los trabajadores, sus cónyuges e hijos, tendrán derecho a que se les abones el 50% de los gastos realizados en conceptos de prótesis, entendiendo por tales las ortopédicas, permanentes o temporales, las dentarías y las especiales (gafas, lentillas, corsés), con un límite máximo de 35.000 pesetas por trabajador y año, previa presentación de la correspondiente factura.

Artículo 17.- Dietas

El importe de las dietas para viajes se establece, con carácter general, pro importe de 24.000 pesetas diarias; 15.000 pesetas por alojamiento y 9.000 por manutención.

Artículo 18.- Socorro por defunción

En caso de fallecimiento de un trabajador, se concederá a la viuda, viudo, descendientes o ascendientes, en concepto de socorro por gastos, la cantidad de 370.000 pesetas.

Artículo 19.- Ayuda por mejora o acceso a la propiedad de la vivienda.

Se harán las gestiones necesarias para fomentar la posibilidad de que los trabajadores puedan acceder a la compra o mejora de una vivienda en nuestra Ciudad. A tal efecto se facilitará una ayuda de 750.000 pesetas a devolver en 50 meses sin intereses, no pudiéndose solicitar anticipos reintegrables en el transcurso de este tiempo.

Artículo 20.- Anticipos reintegrables.

Los trabajadores a quienes afecta el presente Convenio, podrán solicitar anticipos, reintegrables en 30 meses, hasta un importe de 600.000 pesetas.

No se podrá acceder a nueva petición hasta tanto no se haya cancelado el anticipo anterior. En caso de fallecimiento o situaciones críticas, la empresa resolverá la forma de reintegro de los anticipos solicitados.

CAPITULO IV

FORMACION Y PROMOCION PROFESIONAL

Artículo 21.- Formación.

La formación profesional del trabajador, se realizará mediante cursos especializados, tanto de carácter público, como privado, y/o estudios realizados en centros oficiales, previa petición a la Dirección de la Empresa.

Se podrá conceder autorización a los trabajadores para la realización de cursos organizados por organismos públicos o privados, y sufragando los gastos que conlleven, de acuerdo con las siguientes modalidades:

21.1.- Cursos en Comisión de Servicio, que serán aquellos que estén relacionados con el puesto de trabajo desempeñado en el momento de la petición: incluyen gastos de matrícula, desplazamientos y dietas.

21.2.- Los solicitados en el ámbito personal y relacionados con el puesto de trabajo que se desempeñe en el momento de la petición: incluyen el 100% de la matrícula, los gastos de desplazamiento y hasta tres días de dietas, con un límite máximo de 100.000 pesetas.

21.3.- Cursos de perfeccionamiento profesional: se concederá permiso retribuido hasta 40 horas; periodos no retribuidos de una duración máxima de tres meses.

21.4.- Estudios oficiales homologados por el Ministerio de Educación y Ciencias, solicitados de forma personal por el trabajador y que pudieran ser útiles dentro de la empresa: Se concederá el 100% de la matrícula y el 20% de la misma en concepto de materiales, con un límite de 100.000 pesetas. Esta cantidad será abonada al acreditar la superación de los mismos.

En caso de matrícula gratuita, el 50% de los materiales, previa justificación del gasto y superación de los mismos.

Artículo 22.- Reclasificación.

El presente Convenio supone un proceso de reclasificación de puestos de trabajo del personal al objeto de que sean titulares de las categorías profesionales realmente desempeñadas. Por ello, las modificaciones retributivas que se fijan respecto del anterior acuerdo regulador, responden y son consecuencia de dicho proceso de reclasificación que se refleje en el catálogo de puestos de trabajo, que figura en el artículo 4 del presente Convenio.

Artículo 23.- Trabajos de inferior categoría.

Los trabajadores realizarán trabajos propios de la categoría profesional que ostenten.

En los casos en que la necesidad del servicio, así lo aconsejen, los trabajadores realizarán trabajos de inferior o superior categoría según la indicación de la Dirección de la empresa.

Artículo 24.- Trabajos de superior categoría.

Cuando los trabajadores desarrollen trabajos de superior categoría durante un período superior a un mes, percibirán las diferencias de las retribuciones totales entre la categoría que ostenta y la desempeñada.

Artículo 25.- Promoción Interna.

Todas las plazas de personal que se produzcan se

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cubrirán, en primera instancia, mediante la promoción interna entre el personal de esta Sociedad que reúna los requisito correspondientes a través del sistema que en cada caso se acuerde por la Comisión Paritaria. Efectuada la promoción interna y caso de mantenerse alguna plaza, ésta se cubrirá mediante oferta pública.

CAPITULO V

DERECHOS SINDICALES

Artículo 25.- Asambleas y reuniones de trabajo.

Los trabajadores podrán celebrar en los locales de la empresa, asambleas y reuniones fuera de las horas de trabajo avisando con 24 horas de antelación.

Artículo 26.- Tablón de Anuncios

La empresa está obligada a instalar un tablón de anuncios en un sitio visible para la información sindical de los trabajadores.

Artículo 27.- Garantías Sindicales.

La empresa respetará el derecho de todos los trabajadores a sindicarse libremente. No podrán sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que se afilie o renuncie.

CAPITULO VI

CONDICIONES ECONOMICAS

Artículo 28.- Salario Base.

Los trabajadores afectados por el presente Convenio percibirán un salario base mensual según lo dispuesto en Tabla Salarial que figura como Anexo I del Presente Convenio.

Artículo 29.- Plus de Residencia.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente el salario base de cada trabajador se verá incrementado en un 25% como indemnización por tener residencia en Ceuta.

Artículo 30.- Incentivos

Cada trabajador afectado por el presente Convenio percibirá, como reconocimiento de valoración de la función desempeñada, unos incentivos que se especifican en la Tabla Salarial que figura como Anexo I al presente Convenio.

Artículo 31.- Pagas Extraordinarias.

Cada trabajador percibirá, anualmente, cuatro pagas extraordinaria, dos de ellas consistentes en una mensualidad compuesta, cada una, por el salario Base, Antigüedad y Residencia de las retribuciones de acuerdo con la categoría del trabajador, que se abonarán los días 15 de junio y diciembre; las otras dos pagas consistirán cada una en la mitad del importe de las anteriormente reseñadas y se abonarán los día 15 de marzo y octubre.

Artículo 32.- Cláusula de revisión salarial.

En caso de que al 31 de diciembre de cada año, el
I.P.C. experimentase una subida superior al porcentaje en que se hubiese incrementado la tabla salarial, se practicará una revisión sobre todos los conceptos de la tabla y por la diferencia entre la subida experimentada en ese ejercicio y el incremento real del I.P.C. según el I.N.E.. Los atrasos devengados por la aplicación de la revisión salarial se abonarán en la nómina del mes siguiente a aquel en que se publique oficialmente el incremente del I.P.C. del año.

Artículo 33.- Tabla Salarial.

Durante los próximos años de Convenio, la tabla salarial vigente será la resultante de incrementar la que figura como Anexo I del presente Convenio una vez practicada la revisión del artículo 32 si hubiera lugar y las correspondiente en cada ejercicio por aplicación de este mismo artículo 33 en el tanto por ciento correspondiente al incremento del I.P.C. constatado a 31 de diciembre del año anterior.

Artículo 34.- Antigüedad.

Todo el personal afectado por el presente Convenio tendrá derecho a percibir un complemente por antigüedad correspondiente al 5% del salario base por cada trienio de antigüedad en la empresa.

Artículo 35.- Personal Eventual.

La empresa podrá realizar contratos de trabajo, al amparo del R.D. 2546/94 art. 3.2.b), es decir por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. Estos contratos podrán tener una duración máxima de 13,5 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas, de conformidad con el artículo 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el artículo 1.4 de la Ley 63/1997.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Los trabajadores con contrato temporal en vigor que se encuentren ocupando puestos de trabajo de carácter permanente, al día 1 de enero de 1999, pasarán a tener una relación laboral indefinida con esta Sociedad.

Segunda.- En caso de disolución de la Sociedad, la Ciudad Autónoma de Ceuta absorberá al personal en plantilla de la misma. El trabajador, voluntariamente, podrán elegir entre la indemnización que legalmente le corresponda o integrarse al puesto de trabajo que le facilite la Ciudad, que deberá ser similar al que venía desempeñando, en sus derechos y obligaciones.

Tercera.- Una vez firmado el presente Convenio caso de ser necesaria la regulación de cualquier prestación, interpretación de cualquier artículo, inclusión o modificación de cualquier concepto detallado en él, se negociará en la Comisión Paritaria.

ANEXO I

TABLA SALARIAL

Categoría Puesto Salario Incentivos

Trab. Base

Director-Técnico Director-Técn. 315.847 307.604

Téc. Tribut. Sup. Téc. Trib. Sup. 195.605 152.928

Téc. Tribu. Medio Téc. Trib. Med. 171.043 133.794

Oficial de Tributos Administración 146.482 114.659

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Categoría Puesto Salario Incentivos

Trab. Base

Oficial de Tributos Voluntaria 146.482 114.659

Oficial de Tributos Ejecutiva 146.482 114.659

Oficial 2ª de Trib. IPSI 131.836 106.417

Oficial 2ª de Trib. Base de Datos 131.836 106.417

Oficial 2ª de Trib. Ejecutiva 131.836 101.109

Oficial 2ª de Trib. Administración 131.836 101.109

Oficial 2ª de Trib. Jefe de Caja 131.836 101.109

Aux. de Tributo IPSI 117.070 87.803

Categoría Puesto Salario Incentivos

Trab. Base

Aux. de Tributo Recaudación 117.070 87.803

Aux. de Tributo Administración 117.070 87.803

Ordenanza Notificador 92.284 71.373

El Administrador Único.- Fdo.: Isidro Bernabé Hurtado de Mendoza.- EL DELEGADO DE PERSONAL.- Fdo.: Juan José Lara Rodríguez.- TESTIGO.- Fdo.: José María Caminero Fernández.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

432.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaidas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad Sancionadora, a las personas o entidades sancionadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notifiación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el B.O.C. y previa comunicación a esta Presidencia-Alcaldia, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

El importe de la multa deberá ser hecho efectivo dentro de los quince dias hábiles siguientes a la firmeza de esta Resolución (art.84 R.D.L. 339/90) transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha, se exigirá por vía de apremio con el recargo del 20% (art. 100 del Reglamento General de Recaudación).

Ceuta, a 12 de enero de 1999.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.

Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

78792 LOPEZ HIDALGO, RAF. RAMON 45075203X 29-04-1998 5.000 93 RGC

78790 PINO ALCANTARA, FRANCISCO 45064764J 30-04-1998 5.000 93 RGC

78807 LOPEZ HIDALGO, RAF. RAMON 45075203X 08-05-1998 5.000 93 RGC

78497 ABDESALAM MOHAMED, MOHAMED 45088350R 18-05-1998 15.000 154 01 RGC

78507 DAOUDI AHMED, ABDELAZIZ 45095866L 19-05-1998 15.000 154 01 RGC

78781 MARIN RODRIGUEZ, FCO. JAVIER 45062930L 19-05-1998 5.000 93 RGC

78577 ABDERRAZAK MOHAMED, MELKELTUM 45081957W 26-05-1998 15.000 94 C 04 RGC

78567 ABDESELAM MOHAMED, MOHAMED 45075339P 27-05-1998 15.000 154 01 RGC

78581 ORTIZ SOSA, ENRIQUE MAN. 45090684N 27-05-1998 15.000 94 C 04 RGC

78600 BRUNO PEREZ, CARMEN 45086968E 27-05-1998 15.000 118 01 RGC

78629 BRUNO PEREZ, CARMEN 45086968E 27-05-1998 10.000 12 02 RGC

78589 ABDESELAM MOHAMED, MOHAMED 45075339P 28-05-1998 15.000 94 C 04 RGC

78802 PINO ALCANTARA, FRANCISCO 45064764J 29-05-1998 5.000 93 RGC

78837 ABDESELAM MOHAMED, MINA 45082551K 05-06-1998 15.000 154 01 RGC

78848 DOMINGUEZ REAL, CELSO 44429733N 05-06-1998 15.000 94 C 04 RGC

78906 SOTO LEONCIO, AFRICA 45073353T 05-06-1998 10.000 94 B 08 RGC

78882 ABDESELAM KADDUR, JAYAD 45105743Y 08-06-1998 10.000 94 01 RGC

79516 JULIA NICOLAS, CRISTINA O. 45078396Y 08-06-1998 5.000 93 RGC

78876 LEON RODRIGUEZ, MIGUEL 45086563P 10-06-1998 15.000 118 01 RGC

78889 SCHIAFFINO MAZA, FRANCISCA 45052900V 10-06-1998 10.000 94 01 RGC

79517 RAMOS OLIVA, DOMINGO ONOF. 45069403Y 12-06-1998 5.000 93 RGC

78936 AHMED AHMED, MOHAMED 45096670H 15-06-1998 15.000 154 01 RGC

78966 ABDESADAK HADDU, MINA SANAY 45099459R 15-06-1998 15.000 159 01 RGC

79005 ZURITA SANTANA, FCO. JOSE 45069822B 16-06-1998 15.000 154 01 RGC

78981 HAMIDO HASSAN, KARIM 45091527G 18-06-1998 15.000 154 01 RGC

78983 ORTEGA DOTOR, M. PILAR 45069390Q 18-06-1998 15.000 154 01 RGC

78984 GUERRERO TALAYA, FCO. JAVIER 45075927K 18-06-1998 15.000 154 01 RGC

78985 GALLARDO GALLARDO, MIGUEL 45008251B 18-06-1998 15.000 154 01 RGC

79038 GONZALEZ RUIZ, JOSE 45103988E 25-06-1998 15.000 118 01 RGC

79189 DRAGADOS Y CONSTRUCCION, S.A. 28013654E 26-06-1998 15.000 154 01 RGC

79305 MESAUD SOLIMAN, RAHMA 45065146G 27-06-1998 15.000 118 01 RGC

182
Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 432



Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

79322 SANCHEZ CUADRO, FRANCISCO L. 45105874E 27-06-1998 15.000 118 01 RGC

79177 GARCIA MOLINA, FLORIAN 45066812Z 29-06-1998 15.000 154 01 RGC

79275 MOHAMED LAYACHI, MUSTAFA 45091705K 29-06-1998 15.000 152 02 RGC

79276 MOHAMED LAYACHI, MUSTAFA 45091705K 29-06-1998 15.000 12 01 RGC

79289 AJUELOS ISRAEL, LEON 45072418P 29-06-1998 10.000 94 01 RGC

79290 MOHAMED ABDESELAM, ABDELKADER 45082366C 29-06-1998 10.000 94 01 RGC

79325 MARTIN GOMEZ, FERNANDO 45073831H 29-06-1998 15.000 118 01 RGC

79343 AHMED AMAR, MUSTAFA 45088802Q 30-06-1998 10.000 94 01 RGC

79504 JIMENEZ MOLINA, JUAN JESUS 45035323N 30-06-1998 5.000 93 RGC

79185 JIMENEZ MOLINA, JUAN JESUS 45035323N 01-07-1998 15.000 154 01 RGC

79242 FERNANDEZ GUTIERREZ, JOSE M. 45068403H 01-07-1998 15.000 154 01 RGC

79266 CONEJO ALMENDRO, MONICA 45081888W 01-07-1998 10.000 171 03 RGC

79418 MOHAMED MOHAMED, FADEL 45085533J 01-07-1998 15.000 118 01 RGC

79416 MOHAMED AL-LAL, MOHAMED 45098013G 02-07-1998 15.000 118 01 RGC

79218 MOHAMED ABDERRAHAMAN, ZAAIMI 45089021M 04-07-1998 15.000 154 01 RGC

79229 MUSTAFA LAHASEN, MOHAMED 45093487D 04-07-1998 15.000 154 01 RGC

79265 ASIAN AOMAR, TURIA 45091151L 06-07-1998 10.000 171 03 RGC

79467 AHMED MOHAMED, HAMIDO 45092613D 06-07-1998 15.000 146 01 RGC

79231 MOHAMED MOHAMED, MUSTAFA 45060367D 07-07-1998 15.000 154 01 RGC

79366 MOHAMED LAHASEN, RACHID 45093385E 08-07-1998 15.000 94 C 04 RGC

79353 CALVO FONTECHA, AGAPITO 00227468K 09-07-1998 15.000 94 C 04 RGC

79582 AHMED TUHAMI, ABDELASIS 45089510B 14-07-1998 15.000 94 C 04 RGC

79534 RAMIRO NICOLAS, FERNANDO 45094219M 16-07-1998 15.000 154 01 RGC

79587 FERNANDEZ SCHWEIGHAUSE, MANUEL 28741776X 16-07-1998 15.000 94 C 04 RGC

79535 MOHAMED MOHAMED, IKRAM 45078224H 17-07-1998 15.000 154 01 RGC

79536 HAMIDO ABDELKADER, MOHAMED 45091309Q 17-07-1998 15.000 154 01 RGC

79541 ENFED-DAL MOHAMED, IMAN 45091986A 17-07-1998 15.000 154 01 RGC

79573 AHMED AMAR, OMAR 45085793C 17-07-1998 10.000 94 01 RGC

79612 MOHAMED ABSELAM, HAMED 45096103A 17-07-1998 15.000 118 01 RGC

79639 MOHAMED SALAH, HAFIDA 45085421Q 17-07-1998 10.000 171 03 RGC

79785 CARRASCO HUERTAS, JUAN 45053808M 17-07-1998 5.000 93 RGC

79544 MARTINEZ SELVA, PATRICIA ARA 45077351L 19-07-1998 15.000 154 01 RGC

79545 PERALBO VEGA, JOSE MARIA 45062648J 19-07-1998 15.000 154 01 RGC

79554 MOHAMED LAHASEN, RACHID 45093385E 20-07-1998 15.000 154 01 RGC

79706 BUXTA TUHAMI, HATIN 45085846G 21-07-1998 10.000 94 01 RGC

79652 GARAGE AFRICA, S.A. A11903044 22-07-1998 15.000 154 01 RGC

79655 LAGUILLO BASTANTE, JAVIER FCO. 13670604W 22-07-1998 15.000 154 01 RGC

79666 TROYANO MARTINEZ, ANTONIO 45069031W 23-07-1998 15.000 154 01 RGC

79771 PINO ALCANTARA, FRANCISCO 45064764J 23-07-1998 5.000 93 RGC

79711 MOHAMED AMAR, AHMED 45080829R 24-07-1998 10.000 94 01 RGC

79723 MOHAMED MOHAMED, IKRAM 45078224H 24-07-1998 15.000 146 01 RGC

79742 DRIS MOHAMED, YUSEF 45089275Y 24-07-1998 10.000 110 01 RGC

79685 ABDERRAHAMAN LAYACHI, KARIN 45098576S 25-07-1998 15.000 154 01 RGC

79710 LAHCEN BACHIR, MOHAMED 45089909L 25-07-1998 10.000 94 01 RGC

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, a las que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura de la Policía Local, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince dias habiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictaran las oportunas Resoluciones.

Ceuta, a 12 de enero de 1999.- EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.

Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

79945 ABDEL-LAH HAMED, MOHAMED 45080099F 08-08-1998 15.000 94 C 04 RGC

81420 ABDELATIF AL-LAL, ISMAIL 45094966Q 05-10-1998 15.000 118 01 RGC

80789 ABDELATIF AL-LAL, MUSTAFA 45095794Q 17-09-1998 15.000 146 01 RGC

80863 ABDELHUAJED MOHAMED, HICHAN 45087375S 18-09-1998 15.000 118 01 RGC

183
432 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

80076 ABDELKADER ABDESELAM, AIXA 45093983E 13-08-1998 25.000 3 01 RGC

80629 ABDELKADER AHMED, AHMED CH. 45083097S 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80778 ABDELKADER AHMED, AHMED CH. 45083097S 16-09-1998 15.000 146 01 RGC

80783 ABDELKADER AHMED, AHMED CH. 45083097S 16-09-1998 15.000 146 01 RGC

81306 ABDELKADER ENFEDDAL, MOHAMED 45079014A 28-09-1998 15.000 118 01 RGC

80196 ABDELKADER HAMU EL HAY., MALIKA 45079398L 12-09-1998 10.000 110 01 RGC

80223 ABDELKADER HAMU EL HAY., MALIKA 45079398L 04-09-1998 5.000 93 RGC

80793 ABDELKADER HAMU EL HAY., MALIKA 45079398L 14-09-1998 15.000 146 01 RGC

80944 ABDELKADER HAMU EL HAY., MALIKA 45079398L 23-09-1998 15.000 118 01 RGC

79993 ABDELKADER MEKI, MUDTAFA 45082725B 07-08-1998 5.000 93 RGC

81108 ABDELKADER MOHAMED, ABSELAM 45082461T 25-09-1998 15.000 146 01 RGC

80995 ABDELKADER MOHAMED, MOHAMED 45085446H 27-09-1998 15.000 118 01 RGC

81068 ABDELKADER MOHAMED, MUSTAFA 45084189A 22-09-1998 15.000 146 01 RGC

81121 ABDELKADER MOHAMED, SEL-LAM 45085447L 28-09-1998 15.000 146 01 RGC

81088 ABDELKADER SAYAT, MOHAMED 45088770F 24-09-1998 15.000 146 01 RGC

79834 ABDELKADER SEDIK, FATIMA 45090836A 30-07-1998 15.000 154 01 RGC

80912 ABDESELAM AHMED, SOHORA 45086939Q 19-09-1998 15.000 94 C 04 RGC

80956 ABDESELAM AL-LUCH, YAMAL 45089797E 24-09-1998 15.000 118 01 RGC

80282 ABDESELAM ALI, MOHAMED 45090527Q 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

80343 ABDESELAM AMAR, ABDELMOHASEN 45092606W 04-09-1998 15.000 154 01 RGC

79887 ABDESELAM KADDUR, JAYAD 45105743Y 03-08-1998 15.000 154 01 RGC

81199 ABDESELAM LIAZID, NAIMA 45080888Z 22-09-1998 15.000 159 01 RGC

81603 ABDESELAM MOHAMED, MOHAMED 45091577P 05-10-1998 15.000 94 C 04 RGC

80024 ABDESELAM MOHAMED, MOHAMED-LAR. 45073259K 14-08-1998 10.000 171 01 RGC

80747 ABDESELAM MOHAMED, SAMIR 45089872M 15-09-1998 15.000 146 01 RGC

80999 ABDESELAM MOHAMED, SAMIR 45089872M 21-09 1998 15.000 118 01 RGC

81399 ABDESELAM MOHAMED, SAMIR 45089872M 06-10 1998 15.000 118 01 RGC

81384 ABDESELAM MOHAMED, SOHORA 45080086V 06-10 1998 15.000 118 01 RGC

80424 ABDESELAM MUSTAFA CH., MOHAMED N. 45083699L 12-09 1998 15.000 118 01 RGC

81433 ABDESELAM MUSTAFA CH., MOHAMED N. 45083699L 05-10 1998 15.000 118 01 RGC

80339 ABSELAM AHMED, ABDELKADER 45094255H 04-09 1998 15.000 154 01 RGC

80172 ABSELAM AHMED, RACHID 45084968T 27-08 1998 15.000 146 01 RGC

81173 AFNOCOM, S.L. B11963337 27-09 1998 10.000 110 01 RGC

81687 AGZIEL NOUR, IDDIN X1292974Y 22-09 1998 15.000 154 01 RGC

80153 AHMED ABDESELAM, FADUA 45080311N 28-08 1998 15.000 159 01 RGC

81093 AHMED AHMED, MOHAMED 45078164G 24-09 1998 15.000 146 01 RGC

80365 AHMED ARDUN, MOHAMED 45084542B 11-09 1998 15.000 154 01 RGC

80652 AHMED DAHMAN, MILUDI 45081468L 16-09 1998 15.000 118 01 RGC

81323 AHMED DAHMAN, MILUDI 45081468L 28-09 1998 15.000 118 01 RGC

80171 AHMED EL ALAMI, ABDELKADER 45097485M 27-08-1998 15.000 146 01 RGC

81442 AHMED ENFEDAL, MOHAMED 45081757D 07-10-1998 15.000 118 01 RGC

80466 AHMED HACHMI, NORDIN 45091224T 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80378 AHMED HADDU, MOHAMED 45086481H 14-09-1998 15.000 154 01 RGC

80193 AHMED LAARBI, YAMAL 45084327A 12-09-1998 10.000 110 01 RGC

80842 AHMED MOHAMED, ABDENOR 45100208Z 16-09-1998 15.000 152 02 RGC

80897 AHMED MOHAMED, ABDENOR 45100208Z 20-09-1998 15.000 118 01 RGC

80937 AHMED MOHAMED, ABDENOR 45100208Z 23-09-1998 15.000 118 01 RGC

81371 AHMED MOHAMED, ABDENOR 45100208Z 06-10-1998 15.000 118 01 RGC

81527 AHMED MOHAMED, ABDENOR 45100208Z 12 10-1998 15.000 118 01 RGC

81365 AHMED MOHAMED, BRAHIM 45100650L 30-09-1998 15.000 118 01 RGC

80367 AHMED MOHAMED, KARIM 99012739 11-09-1998 15.000 154 01 RGC

81118 AHMED MOHAMED, MOHAMED 45082114K 03-10-1998 15.000 146 01 RGC

81258 AHMED MOHAMED, MOHAMED 45082114K 03-10-1998 15.000 118 01 RGC

81424 AHMED MOHAMED, MOHAMED 45082114K 05-10-1998 15.000 118 01 RGC

81463 AHMED MOHAMED, MOHAMED 45082114K 07-10-1998 15.000 118 01 RGC

81255 AHMED ZACLUL, HISSAN 45096050L 02-10-1998 15.000 118 01 RGC

81682 AHNOUCH MUSTAFA, RACHID 45092767W 21-09-1998 15.000 154 01 RGC

81648 AL-LAL KADDUR, MOHAMED 45089910C 06-10-1998 15.000 154 01 RGC

79976 ALCAIDE ALMAGRO, FRANCISCO 45058533S 30-07-1998 5.000 93 RGC

79995 ALCAÑIZ BARROETA, ALEJANDRO 45007368W 10-08-1998 5.000 93 RGC

80677 ALCARAZ SOLER, DAVID 45099340C 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

80992 ALI AHMED, MOHAMED 45085501G 27-09-1998 15.000 118 01 RGC

81009 ALI AHMED, MOHAMED 45085501G 23-09-1998 15.000 118 01 RGC

81120 ALI HOSSEIN, ABDELAZIZ 45084708Q 28-09-1998 15.000 146 01 RGC

184
Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 432



Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

79904 ALMACENES MOHNI, S.L. B11955879 06-08-1998 15.000 154 01 RGC

79988 ALMODOVAR RUIZ, FRANCISCO 45085791H 07-08-1998 5.000 93 RGC

80220 ALMODOVAR RUIZ, FRANCISCO 45085791H 09-09-1998 5.000 93 RGC

80377 AMADO ORDOÑEZ, MARIANO 45066475E 12-09-1998 15.000 154 01 RGC

79939 AMAR AYAD, MALIKA 45080419M 06-08-1998 15.000 159 01 RGC

80345 AMAR HAMED, NASIHA 45087809N 04-09-1998 15.000 154 01 RGC

81136 AMAR MIZZIAN, RACHID 45080735E 29-09-1998 15.000 146 01 RGC

81470 AMAR MOHAMED, ABDESELAM 45090050E 07-10-1998 15.000 118 01 RGC

80597 ANAYA AVILES, JOSE ENRIQUE 45073937D 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

81308 ARIAS PEREZ, JUAN CARLOS 45088786T 28-09-1998 15.000 118 01 RGC

81073 BAGLIETO CANILLA, OTILIA 45046554L 22-09-1998 15.000 146 01 RGC

81358 BARBANCHO SANZ, ELOISA A. 45096499P 30-09-1998 15.000 118 01 RGC

80126 BARREDO CAMPOAMOR, GONZALO 09364107W 21-08-1998 15.000 154 01 RGC

80421 BARRERO LARA, CARLOS M. 45100751M 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

81490 BARRERO LARA, CARLOS M. 45100751M 09-10-1998 15.000 118 01 RGC

80051 BARROSO MORA, JOSE LUIS 45069762C 20-08-1998 15.000 154 01 RGC

80131 BARROSO MORA, M. DOLORES 45072519V 20-08-1998 15.000 154 01 RGC

80645 BECERRA BLASCO, SERAFIN 45090412Q 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80240 BECERRA GARCIA, ILDEFONSO 45080769X 17-08-1998 5.000 93 RGC

80276 BECERRA GARCIA, ILDEFONSO 45080769X 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

80203 BELAID MAIMON, AHMED 45088792Y 31-08-1998 10.000 94 01 RGC

80335 BELAID MAIMON, AHMED 45088792Y 01-09-1998 15.000 154 01 RGC

80796 BELOSO MENDEZ, JUAN JOSE 32600977H 17-09-1998 15.000 146 01 RGC

80825 BELTRAN MATEO, CONCEPCION 31596441F 17-09-1998 15.000 152 02 RGC

81604 BENEDITO GIMENO, VICENTE 18868316J 06 10 1998 15.000 94 C 04 RGC

80679 BERLANGA MELGAR, SANDRA M. 45104565R 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80341 BERMUDEZ RODRIGUEZ, M. VICTORIA 45066829P 04-09-1998 15.000 154 01 RGC

80135 BERRUEZO QUIÑONERO, RAFAEL 45009698D 26-08-1998 15.000 154 01 RGC

81385 BLANCO GARCIA, ANGEL 45075186Q 06-10-1998 15.000 118 01 RGC

81197 BLANCO JIMENEZ, MIGUEL 45028606B 23-09-1998 15.000 159 01 RGC

80419 BLASCO MARTINEZ, ALVARO 45103419M 11-09-1998 15.000 118 01 RGC

80535 BLAYA GIL, DIEGO 45107609D 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80781 BORRAS BALLESTEROS, JUAN JOSE 45024978V 16-09-1998 15.000 146 01 RGC

81448 BORREGO ALMANZA, JOSE TOMAS 45096213K 07-10-1998 15.000 118 01 RGC

80923 BOUKHOBZA, HAFID 18-09-1998 15.000 94 C 04 RGC

80845 BRAVO TROYANO, JUAN JESUS 45095847T 18-09-1998 15.000 118 01 RGC

80384 BUXTA TUHAMI, MOHAMED 45080552T 09-09-1998 15.000 154 01 RGC

80469 CABEZA ROMERO, JOSE JOAQUIN 45074795Q 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80607 CADENAS LOPEZ, MARIA CARMEN 45076833F 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80228 CALLEJA PINILLA, M. CECILIA 45072972X 15-08-1998 5.000 93 RGC

80404 CALVO FONTECHA, AGAPITO 00227468K 10-09-1998 15.000 154 01 RGC

80275 CAMPOS MARQUEZ, FCO. MIGUEL 45088425F 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

79833 CANO MATEOS, ANA MARIA 45075153Y 30-07-1998 15.000 154 01 RGC

80609 CARDONA CASTILLO, ANTONIO 45099060Q 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

79814 CARMONA ALMAGRO, INMACULADA 45068253Y 23-07-1998 15.000 154 01 RGC

81670 CARMONA GARCIA, JOSE DAMIAN 45067790A 23-09-1998 15.000 154 01 RGC

80713 CASADO MARTIN, FCO. MANUEL 45082003W 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

80736 CASTAÑO CHACON, IGNACIO 45071606R 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

81427 CATARECHA COSGAYA, BLAS 45010598N 05-10-1998 15.000 118 01 RGC

81094 CAYUELA FERNANDEZ, VICENTE E. 45103293V 24-09-1998 15.000 146 01 RGC

80150 CERDAN SALAS, VICTORIANO M. 45072270K 01-09-1998 15.000 154 01 RGC

81396 CHICON DURAN, GEMA TERESA 45087430R 06-10-1998 15.000 118 01 RGC

80602 CONTRERAS HIDALGO, MARIA JESUS 45096560T 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

81640 CONTRERAS HIDALGO, MARIA JESUS 45096560T 01-10-1998 15.000 154 01 RGC

80113 CONTRERAS RIVERA, JOSE ANTONIO 45072402S 24-08-1998 15.000 154 01 RGC

81446 CUBO BAREA, JOSE MARIA 45078751Q 07-10-1998 15.000 118 01 RGC

80875 CUETO BAÑOS, FERNANDO 42625630Y 18-09-1998 15.000 118 01 RGC

80247 DE LA TORRE SANCHEZ, RAMON 26483407B 06-08-1998 5.000 93 RGC

80848 DOMINGUEZ SAUCEDO, CLAUDIO A. 45101172N 18-09-1998 15.000 118 01 RGC

80746 DONCEL ZUMAQUERO, FRANCISCO 45063995A 15-09-1998 15.000 146 01 RGC

80071 DOULATRAM DHANWANI, ASHOK 45065569J 16-08-1998 15.000 159 01 RGC

79925 DRIS ABDELNEBI, MOHAMED 45078447B 03-08-1998 15.000 146 01 RGC

80186 DRIS HAMMU, HASSAN 45085256N 05-09-1998 10.000 171 03 RGC

80447 DRIS LAHSEN, YAMAL 45077748N 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

185
432 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

80550 DRIS LAHSEN, YAMAL 45077748N 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

79937 DRIS MOHAMED, DRIS 45095189D 06-08-1998 15.000 159 03 RGC

79886 DRIS MOHAMED, YUSEF 45089275Y 03-08-1998 15.000 154 01 RGC

80263 DURAN GALAN, FRANCISCO 45093262Z 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

80388 DURAN SANCHEZ, ISABEL MARIA 45077974K 09-09-1998 15.000 154 01 RGC

81654 EL UADI AMAR, BOUCHTA 45100671V 07-10-1998 15.000 154 01 RGC

80983 ESPINOSA CABRERA, CARLOS ANT. 45069604T 27-09-1998 15.000 118 01 RGC

79816 ESPINOSA NAVARRO, ANTONIO 45035425E 23-07-1998 15.000 154 01 RGC

80486 EXPOSITO SUAREZ, JOSE MANUEL 42046480L 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80687 FERNANDEZ ALMAGRO, NURIA 43527875F 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

79980 FERNANDEZ ARQUEROS, MANUELA TRIN 27269946L 29-07-1998 5.000 93 RGC

79983 FERNANDEZ ARQUEROS, MANUELA TRIN 27269946L 08-08-1998 5.000 93 RGC

80236 FERNANDEZ ARQUEROS, MANUELA TRIN 27269946L 17-08-1998 5.000 93 RGC

80134 FERNANDEZ DOCE, JESUS 76417312L 25-08-1998 15.000 154 01 RGC

80048 FERNANDEZ MARTIN, JOSE 24740285J 20-08-1998 15.000 154 01 RGC

80391 FERNANDEZ MONTES, ROSA MARIA 31251588Q 11-09-1998 15.000 154 01 RGC

81536 FERNANDEZ ORTIZ, FCO. JESUS 45103195B 10-10-1998 15.000 118 01 RGC

81661 FERNANDEZ VIDAL, DAVID 50430275S 07-10-1998 15.000 154 01 RGC

79848 FERNANDEZ VILLALBA, MARIA TERESA 31192151B 29-07-1998 10.000 94 B 08 RGC

81643 FERNANDEZ-C. FERBEUF, JORGE 45075724W 05-10-1998 15.000 154 01 RGC

80768 FLORES MOLINA, JOSE RUBEN 45082048R 15-09-1998 15.000 146 01 RGC

81602 FONTALBA FONTALBA, RAFAEL 45022263Q 05-10-1998 15.000 94 C 04 RGC

80520 FORES MORALES, DANIEL 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

81436 GALET ALOMARES, CARLOS 45076674D 05-10-1998 15.000 118 01 RGC

79978 GARCIA CONTRERAS, GEMA 45085458F 29-07-1998 5.000 93 RGC

80253 GARCIA CONTRERAS, GEMA 45085458F 25-08-1998 5.000 93 RGC

81160 GARCIA DURAN, FRANCISCO 45052774Y 30-09-1998 15.000 94 C 04 RGC

79972 GARCIA FERNANDEZ, GABRIEL 45064038T 31-07-1998 5.000 93 RGC

80170 GARCIA GARCIA, FCO. JAVIER 45098004H 27-08-1998 15.000 154 01 RGC

80844 GARCIA OSUNA, JUAN ANTONIO 45100910A 18-09-1998 15.000 118 01 RGC

80852 GARCIA OSUNA, JUAN ANTONIO 45100910A 19-09-1998 15.000 118 01 RGC

80721 GARCIA RODRIGUEZ, FRANCISCO J. 45065579T 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

79910 GARCIA RUIZ, CARLOS JAV. 45092638B 29-07-1998 10.000 171 03 RGC

79974 GARCIA SANTIAGO, ROSA MARIA 45065047C 31-07-1998 5.000 93 RGC

79986 GARCIA SANTIAGO, ROSA MARIA 45065047C 03-08-1998 5.000 93 RGC

80003 GARCIA SANTIAGO, ROSA MARIA 45065047C 12-08-1998 5.000 93 RGC

79998 GASCON FONSECA, LUIS FERNAN. 07831815Q 12-08-1998 5.000 93 RGC

80368 GODOY GALAN, JOSE FCO. 45061592S 11-09-1998 15.000 154 01 RGC

81165 GOMEZ PEREZ, AMALIA PILAR 45069170A 27-09-1998 10.000 110 01 RGC

80070 GOMEZ PRO, FCO. JOSE 45071433N 16-08-1998 15.000 159 01 RGC

80340 GOMEZ PRO, FCO. JOSE 45071433N 04-09-1998 15.000 154 01 RGC

81428 GOMEZ VAZQUEZ, MIGUEL 45043899D 05-10-1998 15.000 118 01 RGC

79843 GONZALEZ ARANDA, ANTONIO Y OT 45067496P 29-07-1998 15.000 94 C 04 RGC

79944 GONZALEZ ARANDA, ANTONIO Y OT 45067496P 08-08-1998 15.000 94 C 04 RGC

79846 GONZALEZ GALLARDO, JOSE 45048688Z 27-07-1998 10.000 94 B 08 RGC

81545 GONZALEZ RUBIO, ENRIQUE JAV. 45065688V 12-10-1998 15.000 118 01 RGC

81458 GUERRA CORTES, LORENA F. 45104678E 07-10-1998 15.000 118 01 RGC

80730 GUERRERO SANCHEZ, JOSE 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

79836 GUTIERREZ FERNANDEZ, JAVIER 13715361R 28-07-1998 10.000 171 03 RGC

80349 HACHMI AL-LUCH, MOHAMED 45086472D 27-08-1998 15.000 154 01 RGC

81634 HAMIDO MOHAMED, MOHAMED-RAB. 45076975B 13-10-1998 15.000 154 01 RGC

80117 HAYON GUTIERREZ, ISAAC 45075562R 24-08-1998 15.000 154 01 RGC

80826 HEREDIA HERNANDEZ, JUAN JESUS 52854160E 17-09-1998 10.000 171 03 RGC

81641 HEREDIA HERNANDEZ, JUAN JESUS 52854160E 01-10-1998 15.000 154 01 RGC

81247 HEREDIA ZAPATA, ANGEL DAVID 45094311M 02-10-1998 15.000 118 01 RGC

81674 HOSSAIN ABDELKADER, ABDELKADER 45081160X 23-09-1998 15.000 154 01 RGC

81390 HOSSAIN ALI, MOHAMED 45075005L 06-10-1998 15.000 118 01 RGC

80467 IGLESIAS VIRUEZ, ISIDORO 31994523M 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80916 INDIMACO INTERNACION., S.L. B81538266 12-09-1998 15.000 154 01 RGC

80361 JIMENEZ GARCIA, MANUEL 45069526Z 07-09-1998 15.000 154 01 RGC

80800 JIMENEZ LEON, EDUARDO 45075929T 15-08-1998 10.000 94 01 RGC

81639 JIMENEZ MELGAR, VICTOR MAN. 45095451H 01-10-1998 15.000 154 01 RGC

80458 JIMENEZ RIVAS, ANTONIO T. 45083023X 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80538 JORDAN SOUSA, CRISTINA 45105074G 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

186
Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 432



Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

79973 JULIA CELAYA, SILVIA 45079810V 31-07-1998 5.000 93 RGC

80225 JULIA CELAYA, SILVIA 45079810V 07-09-1998 5.000 93 RGC

79982 JULIA NICOLAS, CRISTINA O. 45078396Y 27-07-1998 5.000 93 RGC

80125 LAARBI M. OTOMANI, OTMAN 45078284D 21-08-1998 15.000 154 01 RGC

80552 LACHMI MESAUD, MUSTAFA 45084683Z 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80931 LACHMI MESAUD, MUSTAFA 45084683Z 22-09-1998 15.000 118 01 RGC

81437 LACHMI MESAUD, MUSTAFA 45084683Z 05-10-1998 15.000 118 01 RGC

81110 LAYACHI ABDELKRIM, FARIDA 45083428R 25-09-1998 15.000 146 01 RGC

81460 LEON CALVO, SERGIO 45090741T 07-10-1998 15.000 118 01 RGC

80949 LEON GONZALEZ, GABRIEL 45067546N 23-09-1998 15.000 118 01 RGC

80075 LIAZID HADDU, HAMIDO 45086953F 13-08-1998 15.000 159 03 RGC

80675 LOPEZ CORRALES, JULIAN D. 45084059B 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

79906 LOPEZ FERNANDEZ, JOSE MARIA 45082714T 06-08-1998 15.000 154 01 RGC

80831 LOPEZ LOPEZ, M. PILAR 45049948D 15-09-1998 15.000 159 01 RGC

80167 LOPEZ MAYEN, FCO. JAVIER 45080188G 27-08-1998 10.000 94 01 RGC

80491 LOPEZ NIETO, YOLANDA 45075704M 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80676 LOPEZ NIETO, YOLANDA 45075704M 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

80241 MACIAS BENITEZ, JOSE S. 45067486K 17-08-1998 5.000 93 RGC

80948 MACIAS LOZANO, JAVIER 45098281L 24-09-1998 15.000 118 01 RGC

79153 MAHBOUB, HABIBA X0743441N 13-07-1998 15.000 154 01 RGC

80764 MAIMON AHMED, LAILA 45096630R 15-09-1998 15.000 146 01 RGC

81087 MAIMON AMAR BELUATI, MOHAMED 45087507D 24-09-1998 15.000 146 01 RGC

80522 MARQUEZ DE LA RUBIA, FERNANDO 45071429P 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80577 MARQUEZ DE LA RUBIA, FERNANDO 45071429P 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

79902 MARTIN CONEJO, FCO. JAVIER 45100774M 02-08-1998 15.000 154 01 RGC

80370 MARTIN JIMENEZ, M. ISABEL 45065942H 11-09-1998 15.000 154 01 RGC

81089 MARTIN MILLON, JOSEFA 45078380J 24-09-1998 15.000 146 01 RGC

79914 MARTIN PUERTA, MIGUEL ANGEL 45065735H 03-08-1998 15.000 159 01 RGC

80725 MARTINEZ FERNANDEZ, JUAN JOSE 45100843M 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

80457 MARTINEZ HEREDIA, FRANCISCO 45091499E 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80271 MARTOS SALAS, M. AFRICA 45067793Y 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

81659 MENA DEL RIO, PEDRO 24697610A 08-10-1998 15.000 154 01 RGC

81100 MENA RIVAS, JESUS 45091814S 24-09-1998 15.000 146 01 RGC

81194 MENDOZA SEPULVEDA, EMILIO 45079949H 03-10-1998 15.000 159 01 RGC

80838 MESAUD LAARBI, ABSELAM 45105843 16-09-1998 20.000 62 02 RGC

80451 MESAUD SOLIMAN, RAHMA 45065146G 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

81328 MESAUR LAARBI, MOHAMED 45092680F 29-09-1998 15.000 118 01 RGC

80372 MIGUEL GARCIA, EDUARDO DE 12201627N 11-09-1998 15.000 154 01 RGC

80188 MILUDI AHMED, ABDOLMOTALIB 45077909W 08-09-1998 15.000 159 01 RGC

80206 MILUDI AHMED, KARIM 45077911G 09-09-1998 10.000 94 01 RGC

80657 MIRANDA HERNANDEZ, AGUSTIN 45100281H 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

81546 MIRANDA HERNANDEZ, AGUSTIN 45100281H 12-10-1998 15.000 118 01 RGC

80356 MOHAMED ABDELKADER, MALIKA 45083907C 01-09-1998 15.000 154 01 RGC

80305 MOHAMED ABDELKADER, MOHAMED L. 45078058J 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

81426 MOHAMED ABDELKADER, MOHAMED L. 45078058J 05-10-1998 15.000 118 01 RGC

81114 MOHAMED ABDESELAM, ABDELKRIN 45090055G 03-10-1998 15.000 146 01 RGC

80998 MOHAMED ABDESELAM, ALI 45090280E 21-09-1998 15.000 118 01 RGC

81235 MOHAMED ABDESELAM, ALI 45090280E 02-10-1998 15.000 118 01 RGC

81103 MOHAMED ABDESELAM, HIMAD 45079796A 27-09-1998 15.000 146 01 RGC

80706 MOHAMED ABDESELAM, OSDI 45081075V 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

81397 MOHAMED ABDESELAM, RACHID 45105807R 06-10-1998 15.000 118 01 RGC

80390 MOHAMED ABDESELAM, RADI 45083577N 10-09-1998 15.000 154 01 RGC

81637 MOHAMED ABDESELAM, RADI 45083577N 01-10-1998 15.000 154 01 RGC

80757 MOHAMED AHMED, ANISA 45078470B 15-09-1998 15.000 146 01 RGC

79877 MOHAMED AHMED, MOHAMED 45084236G 30-07-1998 15.000 94 C 04 RGC

80262 MOHAMED AHMED, MOHAMED B. 45106592G 13-09-1998 15.000 118 01 RGC

80511 MOHAMED AHMED, MOHAMED B. 45106592G 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80889 MOHAMED AHMED, YONES 45081203F 20-09-1998 15.000 118 01 RGC

81189 MOHAMED ALI, HAMIDO 45084405N 18-09-1998 15.000 154 01 RGC

80786 MOHAMED ALI, NORDIN 99011037 16-09-1998 15.000 146 01 RGC

80197 MOHAMED AMAR, KARIM 45081457P 26-08-1998 15.000 159 01 RGC

80878 MOHAMED AMAR, MOHAMED 45081459X 18-09-1998 15.000 118 01 RGC

80882 MOHAMED AMAR, MOHAMED 45081459X 18-09-1998 15.000 118 01 RGC

79936 MOHAMED ER REHOUNY, MOHAMED 45095602P 06-08-1998 15.000 159 03 RGC

187
432 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

80215 MOHAMED HADDU, LABIA 45085989D 12-09-1998 15.000 143 02 RGC

80270 MOHAMED HADDU, LABIA 45085989D 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

80415 MOHAMED HADDU, LABIA 45085989D 11-09-1998 15.000 118 01 RGC

80769 MOHAMED MAIMON, HAMED 45092250Z 15-09-1998 15.000 146 01 RGC

81092 MOHAMED MAIMON, HAMED 45092250Z 24-09-1998 15.000 146 01 RGC

81086 MOHAMED MOHAMED, AHMED 45084607F 28-09-1998 15.000 146 01 RGC

79829 MOHAMED MOHAMED, ARHIMO 45085700L 30-07-1998 15.000 154 01 RGC

80397 MOHAMED MOHAMED, BENAIXA 45081321X 14-09-1998 15.000 146 01 RGC

81626 MOHAMED MOHAMED, BENAIXA 45081321X 30-09-1998 15.000 154 01 RGC

79331 MOHAMED MOHAMED, ELMARAN 45092649E 26-06-1998 15.000 154 01 RGC

80655 MOHAMED MOHAMED, HASSAN 45085964F 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80795 MOHAMED MOHAMED, LAILA 45083911R 17-09-1998 15.000 146 01 RGC

80354 MOHAMED MOHAMED, NAIMA 45090206V 04-09-1998 15.000 154 01 RGC

80945 MOHAMED SEDIK, MOHAMED 99012376 23-09-1998 15.000 118 01 RGC

80454 MOJTAR MOHAMED, MOHAMED 45103041H 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80040 MOLINA GOMEZ, ALEJANDRO 77314072D 17-08-1998 15.000 154 01 RGC

80461 MOLINA SANCHEZ, EVA MARIA 45090863F 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80201 MORILLA BELLON, OSCAR 45098222Y 07-09-1998 10.000 94 01 RGC

81150 MORON LOPEZ, JOAQUIN 45074875G 25-09-1998 15.000 94 C 04 RGC

81614 MUÑIZ QUINTANA, SONIA 45080779C 02-10-1998 15.000 154 01 RGC

80432 MUSTAFA ABDELKADER, MUSTAFA 45077906E 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

80211 MUSTAFA AHMED, FUHAD 45091109T 05-09-1998 25.000 3 01 RGC

81141 MUSTAFA MOHAMED, IMAN 45079326Q 02-10-1998 15.000 159 01 RGC

81664 MUSTAFA MOHAMED CHAI MOHA., LAAR 45090157Z 22-09-1998 15.000 154 01 RGC

79984 NIETO CONDE, ALVARO 45084597C 01-08-1998 5.000 93 RGC

80489 NUÑEZ DIAZ, JUAN LUIS 45076031X 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80280 OCAÑA ALVAREZ, ANTONIO 45107679X 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

80574 ONCINA FERRER, SALVADOR 24746206T 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

79831 ORTEGA DOTOR , M. PILAR 45069390Q 30-07-1998 15.000 154 01 RGC

80084 OUINA ABDESELAM, NORDIN 45088886P 03-08-1998 10.000 94 01 RGC

79801 PACHECO AMADOR, M. VICTORIA 45066567E 27-07-1998 15.000 154 01 RGC

81133 PACHECO MARTIN, FCO. JAVIER 45086260G 29-09-1998 15.000 146 01 RGC

81389 PAJARES LARA, SERGIO 45091888C 06-10-1998 15.000 118 01 RGC

79981 PARTIDA SOBRINO, ANTONIO 45014239L 27-07-1998 5.000 93 RGC

81638 PEÑA ASENSIO, JUAN JOSE 45063907F 01-10-1998 15.000 154 01 RGC

78637 PEÑA COZAR, ANDRES 45063143W 15-05-1998 15.000 152 02 RGC

79825 PEÑA COZAR, ANDRES 45063143W 29-07-1998 15.000 154 01 RGC

81113 PERALTA PULIDO, MOISES 18051432C 02-10-1998 15.000 146 01 RGC

81445 PERALTA PULIDO, MOISES 18051432C 07-10-1998 15.000 118 01 RGC

80819 PEREIRA RIVERA, MANUEL 76396890K 09-08-1998 15.000 159 01 RGC

80043 PEREZ MATRES, PEDRO ISIDRO 45086080P 19-08-1998 15.000 154 01 RGC

80994 PEREZ ROMAN, MANUEL A. 45096761V 27-09-1998 15.000 118 01 RGC

80146 PEREZ SALAS, MARIA PILAR 25716747X 25-08-1998 15.000 154 01 RGC

80806 PEREZ SOLER, GUILLERMO 45053390R 15-08-1998 15.000 154 01 RGC

80807 PEREZ SOLER, GUILLERMO 45053390R 15-08-1998 15.000 154 01 RGC

81196 PEREZ VEGA, JOSE 45068392F 03-10-1998 15.000 159 01 RGC

80031 PEREZ VIRUEL, JOSE LUIS 45055676X 15-08-1998 15.000 154 01 RGC

80346 PINA OLIVARES, FRANCISCO 04946859L 04-09-1998 15.000 154 01 RGC

79968 PINO ALCANTARA, FRANCISCO 45064764J 30-07-1998 5.000 93 RGC

79996 PINO ALCANTARA, FRANCISCO 45064764J 11-08-1998 5.000 93 RGC

80242 PINO ALCANTARA, FRANCISCO 45064764J 18-08-1998 5.000 93 RGC

79971 PIÑEIRO RICO, M.ELENA Y OT 45077405G 31-07-1998 5.000 93 RGC

80000 PIÑEIRO RICO, M.ELENA Y OT 45077405G 12-08-1998 5.000 93 RGC

79891 PIRES, JOSE LUIS X2368803X 01-08-1998 15.000 154 01 RGC

81688 PIRES, JOSE LUIS X2368803X 22-09-1998 15.000 154 01 RGC

80840 PITA BARROS, FELIPE 32682003S 15-09-1998 15.000 159 03 RGC

80128 POBLACION PALOMO, LUIS JAVIER 01166740L 04-08-1998 15.000 154 01 RGC

80119 PODADERA BENITEZ, JUAN JOSE 45072622M 24-08-1998 15.000 154 01 RGC

80073 QUEROL GUTIERREZ, M. CRISTINA 45072477K 17-08-1998 15.000 159 01 RGC

80198 QUIREZA ABDEL-LAH, ISMAEL 45084267N 09-09-1998 15.000 159 01 RGC

80376 RAHAL AMAR, MOHAMED 45088268B 14-09-1998 15.000 154 01 RGC

80598 RAMIREZ DIAZ, SEBASTIANA L 45094459S 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

80717 RAMIREZ LOPEZ, JUAN J. 45030211Y 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

80129 RAMOS OLIVA, DOMINGO ONOF. 45069403Y 25-08-1998 15.000 154 01 RGC

188
Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 433



Fecha

N.º Exp. Nombre Conductor D. N. I. Infracción Importe Código Infr. Ref. Legal

79927 REDONDO LIGERO, CRISTOBAL 45094256L 02-08-1998 15.000 146 01 RGC

81624 RIFFI MOHAMED, ABSELAM 45104034E 30-09-1998 15.000 154 01 RGC

80218 ROCHA BOGAS, AURELIO 30464801J 19-08-1998 5.000 93 RGC

81319 RODRIGUEZ PASTOR, ELISA ISABEL 45097690A 28-09-1998 15.000 118 01 RGC

79979 RODRIGUEZ PICHACO, JOSE 44031468S 29-07-1998 5.000 93 RGC

80001 RODRIGUEZ PICHACO, JOSE 44031468S 12-08-1998 5.000 93 RGC

80221 RODRIGUEZ PICHACO, JOSE 44031468S 09-09-1998 5.000 93 RGC

80246 RODRIGUEZ PICHACO, JOSE 44031468S 13-08-1998 5.000 93 RGC

80023 RODRIGUEZ RIOS, ALFONSO 45067569N 15-08-1998 15.000 154 01 RGC

80189 RODRIGUEZ RIVAS, FCO. JAVIER 45069614X 08-09-1998 15.000 159 01 RGC

80885 RODRIGUEZ SANCHEZ, JOSE LUIS 45080449N 20-09-1998 15.000 118 01 RGC

80074 RODRIGUEZ SANCHEZ, JUAN ANTONIO 45080450J 17-08-1998 15.000 94 C 04 RGC

80693 RODRIGUEZ VILLALTA, RAMON 45086371T 17-09-1998 15.000 118 01 RGC

80936 ROMAN CASTRO, OSCAR 45102276N 23-09-1998 15.000 118 01 RGC

80488 ROMAN DURAN, JESUS 45094398T 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

80620 ROMERO BERNARDO, FCO. MIGUEL 45086976F 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

81676 ROMINGUERA ALVAREZ, M. ANGELES 45065115L 23-09-1998 15.000 154 01 RGC

79919 ROSUA MORENO, BLAS 45045952S 03-08-1998 15.000 154 01 RGC

80588 RUIZ CABEZON, DAVID 45101605P 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

79878 SADIK HAMADI, SOHORA 45075492T 06-08-1998 15.000 94 C 04 RGC

80988 SALGUERO SANTO, OSCAR 45095057S 26-09-1998 15.000 118 01 RGC

80663 SALGUERO SANTOS, JUAN CARLOS 45074789X 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

81182 SALGUERO SANTOS, JUAN CARLOS 45074789X 25-09-1998 15.000 152 02 RGC

79815 SANCHEZ FERNANDEZ, JORGE 10890062E 29-07-1998 15.000 154 01 RGC

79896 SANCHEZ FERNANDEZ, JORGE 10890062E 06-08-1998 15.000 154 01 RGC

80660 SANCHEZ PASCUAL, JOSE ANTONIO 45076365E 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

81111 SEGLAR GUTIERREZ, JOSE LUIS 45058134F 21-09-1998 15.000 146 01 RGC

81615 SEGURA HERMIDA, JOSE M. Y OT 32022124Y 02-10-1998 15.000 154 01 RGC

80853 SEGURA SUAREZ, VICENTE E. 45107758C 19-09-1998 15.000 118 01 RGC

81508 SERRAN TAMAYO, ALBERTO 45093522K 09-10-1998 15.000 118 01 RGC

81528 SERRAN TAMAYO, ALBERTO 45093522K 12-10-1998 15.000 118 01 RGC

80651 SERRANO CADIZ, JESUS ANGEL 45073193R 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

79942 SILLERO TRAVERSO, M. DOLORES 45076928X 08-08-1998 15.000 159 01 RGC

81109 SUAREZ BATISTA, ANTONIO SEB. 45057101D 25-09-1998 15.000 146 01 RGC

80794 TOCON RODRIGUEZ, JOSE MANUEL 31836381B 17-09-1998 15.000 146 01 RGC

80359 TORRES VIVAS, JOSE ANTONIO 45057291S 07-09-1998 15.000 154 01 RGC

81054 TORROBA MORALES, BEATRIZ 45100370S 21-09-1998 15.000 118 01 RGC

80249 TUESTA BENITEZ, JUAN MANUEL 45076590V 26-08-1998 5.000 93 RGC

80428 TUESTA LEON, FCO. JAVIER 45082335N 12-09-1998 15.000 118 01 RGC

80320 VACA LOPEZ, FELIX 45107759K 07-09-1998 15.000 118 01 RGC

79992 VALDIVIA NIETO, ARACELI 45075956G 07-08-1998 5.000 93 RGC

80479 VALENCIA MERINO, MIGUEL ANGEL 45069916J 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

81249 VALENCIA MERINO, MIGUEL ANGEL 45069916J 02-10-1998 15.000 118 01 RGC

81651 VALENZUELA GUERRERO, FCO. JAVIER 45092091Q 07-10-1998 15.000 154 01 RGC

80775 VELA RUIZ, JOSE ANTONIO 45088160H 16-09-1998 15.000 146 01 RGC

79797 VERA VALLECILLO, SILVIA 45071051K 27-07-1998 15.000 154 01 RGC

80628 VILCHES ALIAGA, FCO. JAVIER 45086263F 16-09-1998 15.000 118 01 RGC

81183 WEIL RUS, ALBERTO 45066405K 22-09-1998 15.000 154 01 RGC

80476 ZAMORANO BARO, M. LUISA 45058126E 15-09-1998 15.000 118 01 RGC

433.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha 2-2-99 ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"Por Decreto del Alcalde-Presidente de 23-5-95 se procedió a la incoación de expediente relativo a orden de ejecución de obras a realizar en C/ Isabel Cabral nº 1, concediendo a los interesados un plazo de audiencia de 10 días, compareciendo Gestoría Albert solicitando aplazamiento de 4 meses.

Por Decreto del Consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de 17-1-96 se ordena a los pro
pietarios del citado inmueble que en el plazo de 4 meses llevaran a cabo las obras señaladas por los Servicios Técnicos de 17-5-95 (nº 714).

Por Decreto del Consejero de Fomento y Medio Ambiente de 16-6-98 se acuerda la ejecución subsidiaria de los trabajos ordenados en el inmueble.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía emite sentencia el 4-12-98, en recurso contencioso nº 480/96, promovido por D. Manuel García Moreno, estimando dicho recurso y declarando nulo el Decreto del Consejero de Ordena
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433 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



ción del Territorio, Urbanismo y Vivienda de 17-1-96, con retroacción de actuaciones a fin de que se cumplimente el trámite de audiencia previsto en el art. 84 de la Ley 30/92, en los términos que resulten de la fundamentación jurídica de esta resolución.

* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística mediante asignación de competencias por delegación del Presidente de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se retrotraen las actuaciones llevadas a cabo en este expediente al momento de la audiencia, se ordena dar traslado de la incoación del procedimiento de orden de ejecución de obras en C/ Isabel Cabral nº 1, a todos sus propietarios en la forma prevista en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, dándoles conocimiento de que se ha abierto un periodo de audiencia de 10 días.

2º.- Se dará traslado a los mismos del informe técnico nº 714 de 17-5-95, que fundamenta la incoación del expediente."

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a los señores D. José, D. Idelfonso, D. Félix, D. Antonio Javier, D. Miguel Angel y D. Ricardo García Fraga, por ser de domicilio desconocido, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, a 10 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

PARTICULARES

D.ª María de las Nieves Sarabia Moreno

434.- A las 12:40 horas del día de la fecha ha comparecido en la Oficina de Denuncias y Atención al Ciudadano de esta Comisaria Provincial, quien dijo ser mediante la presentación del D.N.I. número 45.076.077-X acredita ser y llamarse María de las Nieves Sarabia Moreno en Ceuta el 18-05-1969 hija de Santiago de Santiago y Ana con domicilio en la C/. Bda. Juan Carlos I, número 31 puerta 8, manifestando que extravió lo siguiente: Título de F.P. (Formación Profesional Primer Grado) de Peluquería y Estética.

Caso de ser hallado/s dicho/s documento/s o efecto/s, se comunicaría al interesado y/o denunciante.

Ceuta 11 de febrero de 1999.- EL FUNCIONARIO.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

435.- Habiéndose producido la renuncia a la adjudicación, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de la fianza definitiva impuesta para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

-Expediente: Contratación de los servicios de explotación de los establecimientos sitos en la primera pérgola en la ampliación del Paseo de la Marina Española.

El plazo de presentación será de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL. Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

436.- Resolución de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, de 28 de diciembre de 1998, por la que se adjudican las obras contenidas en el proyecto de obras de "Reparaciones en la fachada principal de la UNED".

Entidad contratante:

Organismo: Ciudad de Ceuta

Dependencia que tramite el expediente: Sociedad de Fomento PROCESA.

Número de expediente: 56/98

Objeto del contrato: Ejecución de las obras.

Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

Tramitación: Urgente

Procedimiento: Negociado sin publicidad

Precio de adjudicación: 8.211.061 pesetas, (49.349,47 euros), IPSI incluido.

Adjudicación:

Fecha: 28 de diciembre de 1998.

Adjudicatario:" Construcciones Jomasa S.L."

Ceuta, 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

437.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 69/97.- Miguel Angel Mena Sedeño: Colocación Protección junto a Vivienda Carretera del Serrallo, n.º 8.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

438.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 131/97.- Miguel Angel Mena Sedeño: Reparación de la Red de Saneamiento en la Bda. Varela, junto al n.º 16.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

439.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 145/97.- Miguel Angel Mena Sedeño: Reparación Red de Saneamiento C/. Mendoza, junto al n.º 6 y confluencia C/. Ingenieros con C/. Camoens.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

440.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones ten
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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 450



dentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 96/97.- Construmar, S. L.: Reparación en la Red de Saneamiento en la Bda. San Daniel, junto a la salida de la vaguada.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

441.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 262/97.- Construmar, S. L.: Reparación de Saneamiento en Pasaje Recreo Alto, junto a Mezquita.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

442.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 379/97.- Construmar, S. L.: Reparaciones vertido aguas fecales en C/. García, junto a Baños Arabes.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

443.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 377/97.- Construmar Ceuta, S. L.: Reparación vertido aguas fecales en C/. Castillo Hidalgo.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

444.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 351/97.- Construmar Ceuta, S. L.: Obras mejora acceso al Recinto Sur, junto al n.º 58.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

445.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones ten
dentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 365/97.- Construmar, S. L.: Reparación Red Saneamiento en Pasaje Recreo Bajo, 17.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

446.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 335/97.- Consermal S. L.: Reparación Saneamiento en C/. Mateo Alvarez.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

447.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 380/97.- Construmar Ceuta, S. L.: Reparación vertido aguas fecales en C/. Canalejas, 27.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

448.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 354/97.- José Baena gonzález: Pavimen-tación de la Calle Machado.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

449.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 373/97.- Construmar Ceuta, S. L.: Reparación vertidos de aguas fecales en Jaral.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

450.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de
191
450 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 70/97.- Conserman, S. L.: Reparación deficiencias en distintos puntos de la Ciudad.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

451.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 152/97.- Miguel Angel Mena Sedeño: Reparación saneamiento en C/. Teniente Coronel Gautier, junto a Mercado San José.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

452.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 153/97.- Miguel Angel Mena Sedeño: Reparación saneamiento en Avda. Bda. Requena.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

453.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 130/97.- Construcciones Promoza, S. L.: Reparación Red Saneamiento en C/. Córdoba, junto al final de escalera.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

454.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 391/97.- Construmar, S. L.: Reparación en Red Saneamiento y aguas pluviales en Alto de las Heras.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

455.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones ten
dentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 381/97.- Construmar, S. L.: Reparación de acometida de la Red de Saneamiento en alrededores del Taller Carrilero.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

456.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 397/97.- José Baena González: Reparación cornisas y aleros de la cubierta del Colegio Público Lope de Vega.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

457.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 207/97.- Conserman, S. L.: Pavimentación de la Calle junto al Centro Penitenciario de Los Rosales.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

458.- En cumplimiento de lo dispuestos en el art. 13.2 del Reglamento de procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación como instructor del expediente sancionador, incoado por infracción de norma de tráfico, ha formulado la propuesta de resolución que a continuación se transcribe.

"Visto escrito de alegaciones formulado con fecha 29/10/1998 por D. Angel Torres Ramos, en relación con Boletín de Denuncia nº 338.309 de fecha 20/8/98, por infracción de norma de tráfico, art. 93 del Reglamento General de Circulación expediente nº 80.226.

RESULTANDO que dado traslado de las alegaciones al denunciante este se ratifica en el hecho denunciado e informa que: "el vehículo CE-5884-D, efectivamente cometió la infracción especificada en la denuncia: El agente que suscribe tiene el deber de informar a V.I. que el vehículo arriba reseñado carecía del correspondiente tickets, que contesto a las segundas alegaciones comunicándole que el agente de la autoridad pudo comprobar los hechos, que me ratifico en la denuncia formulada.

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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 466



CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.

En su consecuencia:

Procede a juicio de este Instructor desestimar las alegaciones, y elevar propuesta de imposición de multa confirmando la cuantía que figura en la notificación de la denuncia".

Lo que le notifico haciéndole saber, que contra la misma podrá formular, de acuerdo con lo establecido en el art. 13.2 del citado Reglamento, las alegaciones que estime pertinentes y acompañar los documentos que considere oportunos en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que durante el mismo plazo, directamente o por medio de representante que reúna los requisitos exigidos en el art. 32 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92) podrá examinar el indicado expediente.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

459.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 339/97.- Conserman, S. L.: Reparación de socavón en la parte trasera del bloque n.º 18 Bda. Manzanera.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

460.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 311/97.- Conserman, S. L.: Reparación de sumidero obstruido en C/. Marina Española, confluencia C/. Alfau.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

461.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 295/97.- Conserman, S. L.: sustitución de instalación de Red de aguas pluviales, en C/. lateral al Centro Penitenciario Los Rosales.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles
contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

462.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 384/97.- José Baena González: Instalación de barandillas de protección en Bda. 12 de Diciembre.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

463.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 247/97.- Conserman, S. L.: Reparación del muro de separación entre los bloques 2 y 3 de la Bda. Los Rosales.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

464.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 122/98.- Borrás y Ballesteros, S. A.: Suministro de un vehículo con destino al Parque Móvil.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

465.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 78/97.- Miguel Angel Mena Sedeño: Reparaciones en el Parque de Bomberos.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

466.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 149/97.- Conserman, S. L.: Reparación de escaleras en Bda. Manzanera.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anun
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cio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

467.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 79/97.- Gabitec Instalaciones, S. L.: Instalación de Contadores en el nuevo Mercado Central.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

468.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 74/97.- Construcciones Promoza, S. L.: Reposición de escaleras entre antiguos y nuevos bloques de Bermudo Soriano.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Dirección General de la Marina Mercante

Capitanía Marítima en Ceuta

469 .-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta notifica a los interesados que a continuación se relacionan, aquellas notificaciones que han resultado infructuosas en los domicilios expresados, correspondientes a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítimo tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la Ley 30/92 citada, no se publica en su integridad informando asimismo el derecho de audiencia que les asiste en el procedimiento, que puede ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.

Número de Expediente: 99-340-0013

Nombre y Apellidos: Mohamed Taieb Ahmed

Domicilio: Bda. Juan Carlos I, 32 P-4

Tipo de acto: Acuerdo iniciación de expediente

Fecha del acto: 8 de febrero de 1999.

Número de Expediente: 99-340-0014

Nombre y Apellidos: Laarbi Taieb Ahmed

Domicilio: Bda. Juan Carlos I, 32 P-4

Tipo de acto: Acuerdo iniciación de expediente

Fecha del acto: 8 de febrero de 1999.

Número de Expediente: 99-340-0019

Nombre y Apellidos: Mohamed Taieb Ahmed

Domicilio: Bda. Juan Carlos I, 32 P-4

Tipo de acto: Acuerdo iniciación de expediente

Fecha del acto: 8 de febrero de 1999.

Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.

Ceuta a 8 de febrero de 1999- EL CAPITAN MARITIMO.- Fdo.: Pedro J. Fernández de Barrena y Artazcoz.

470 .-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, la Capitanía Marítima en Ceuta notifica a los interesados que a continuación se relacionan, aquellas notificaciones que han resultado infructuosas en los domicilios expresados, correspondientes a incoaciones de expedientes administrativos sancionadores por presuntas infracciones a la legislación marítimo tipificadas en la vigente Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Se señala que los interesados disponen del expediente completo en la Capitanía Marítima en Ceuta, que en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la Ley 30/92 citada, no se publica en su integridad informando asimismo del derecho de audiencia que les asiste en el procedimiento, que puede ejercitarse en el plazo de 15 días desde la publicación del presente anuncio.

Número de Expediente: 98-340-0073

Nombre y Apellidos: Mohamed Amin Mohamed Abdelkrim

Domicilio: Bda. El Sarchal, 122

Tipo de acto: Propuesta de Resolución

Fecha del acto: 28 de enero de 1999.

Número de Expediente: 99-340-0011

Nombre y Apellidos: Antonio Haro Verela

Domicilio: Polígono Virgen de Africa, 12,2 A

Tipo de acto: Acuerdo iniciación de expediente

Fecha del acto: 8 de febrero de 1999.

Lo que se hace público para los efectos reglamentarios.

Ceuta a 8 de febrero de 1999- EL CAPITAN MARITIMO.- Fdo.: Pedro J. Fernández de Barrena y Artazcoz.

Delegación del Gobierno en Ceuta

471 .-Vista la solicitad de asistencia gratuita, presentada en 29 de julio de mil novecientos noventa y ocho ante el Juzgado Decano de Ceuta, formulada por D. Fernando Palomanes Ferreiro, al amparo de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita (BOE Nº 11 de 12-01-96), y en el artículo 15 del Real Decreto 2103/1996, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita (BOE nº 231, de 24-9-96), y analizada la documentación que se acompaña a la solicitud, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Ceuta en la reunión celebrada el día 23 de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

Ha resuelto: Confirmar la decisión provisional adoptada por el Colegio de Abogados de Ceuta y, en consecuencia, denegar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita, instado por el solicitante, por no ser preceptiva la intervención de letrado.

La presente resolución podrá ser impugnada, dentro
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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 472



del plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante el órgano judicial que está tramitando el proceso para el cual se solicitó el derecho a la asistencia jurídica gratuita, o ante el Juez decano de la localidad si el proceso no se hubiera iniciado (artículo 20 de la Ley 1/1996). El escrito de interposición
del recurso podrá ser presentado ante la Secretaría de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.

Ceuta a treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. VºBº EL PRESIDENTE.- Fdo.: José Luis Puerta Martí.- EL SECRETARIO.- Fdo.: Esteban Pacha Vicente.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Tesorería General de la Seguridad Social

472 .-Edicto de notificación del Crédito Incobrable de Deudores no localizables.

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ceuta, de la que es titular, D. Juan Manuel Ruiz Galdón.

Hace saber: Que en los expedientes administrativos de apremio por débitos en el pago de cuotas de Seguridad Social, seguidos contra los deudores más abajo relacionados, se han dictado sendas resoluciones por las que se declaran incobrables los créditos en favor de esta Tesorería. Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 126 de la Orden de 22-2-96 (BOE 29-2-96), se procede a publicar el presente anuncio.

RAZON SOCIAL C.C.C. EXPTE. IMPORTE

Recubrimientos Ceuta, S.A. 51/1000922-72 97/28754 21.350.185

Alce Diseño Decorac, S.L. 51/1000622-63 94/56658 2.438.013

Conf. La Argentina S.L. 51/1000499-37 94/61409 3.428.559

Conf. La Argentina S.L. 51/1000501-39 94-61510 2.021.252

Ceyme, S.L. 51/0004352-06 93/43901 2.233.968

García Zamora, Julio 51/0004757-23 88/75789 11.267

Le Diplomatic España, S.L. 51/1000586-27 95/11623 823.562 Le Diplomatic España, S.L. 51/1000587-28 95/24454 10.936 Le Diplomatic España, S.L. 51/1000653-94 95/24555 25.873

Restaurante Lebrón, S.A.L. 51/0006562-82 91/01407 143.832

Mercantil Ceuta Molina, S.A. 51/0004991-63 88/75989 4.883.314

Fernández García, José 51/0006632-54 91/25554 2.296.673

Bricolages Ugarte, S.L. 51/0007105-43 93/58146 1.129.116

Achucha Seslam Karrub 51/0005906-08 90/18352 100.224

Benoliel Benarroch, Sultana 51/1001385-50 96/33777 157.123

Benoliel Benarroch, Sultana 51/1001395-60 96/33878 80.533

Benoliel Benarroch, Sultana 51/1001266-28 96/33979 4.713.339

Ceuta Televisión, S.L. 51/1001748-98 97/22286 4.705.594

Gaets 92, S.A. 51/0006864-93 92/05070 4.834.052

Gestión y Ases. Prof., S.L. 51/0006842-71 93/21972 2.151.563

Ambulancias Mesauri S.L. 51/1000369-04 94/07956 1.723.937 Osuna Ruiz, Cesar Daniel 51/1000621-62 95/16067 289.995

Transmobil Puerto Ceuta, S.L. 51/1000877-27 95/27181 3.222.964

Salem Ahmed, Abdelkader 51/0003793-29 95/26777 2.610.980

Aridos Muraba, S.L. 51/1000311-43 96/24279 2.991.263

Anaya Paniagua, Enrique D. 51/0005339-23 93/33591 283.760

Agencia Arnal S.L. 51/0004999-71 93/37736 4.638.826

Mohamed Haddu, Abdeselam 51/0006814-43 91/48994 103.829

Mohamed Haddu, Abdeselam 51/0006812-41 92/08205 183.206

Construcciones Conce, S.A.L. 51/0006462-79 89/40149 3.783.865

Malaka de Ferralados, S.L. 51/1001785-62 97/27340 254.612

Serviman, S.A 51/0006296-10 91/31012 44.852

Transceuta, S.A. 51/0004776-42 91/29796 3.019.150

National Service, C.I.A. 51/0006374-88 89/36008 10.709.242

Hidracon, S.A. 51/0006581-04 91/34951 223.917

Mohamed Hamido, Hamido 51/0006523-62 90/19362 44.870

Mohamed El Hadi, Ahmed 51/0006647-70 91/48792 65.286

Barroso López, Juan Carlos 51/0006342-56 91/34648 268.639

Gestiones y Cobros, S.L. 51/1000306-38 94/60395 2.708.889

Gestiones y Cobros, S.L. 51/1000435-70 96/08115 3.270.471

Cia. Restauradora V. de Frades 51/1000759-06 95/16774 10.848

Cia. Restauradora V. de Frades 51/1000543-81 94/61712 2.382.774

O.M.M. Ceuta, S.L. 51/1001113-69 96/11953 8.464.493

Construcciones Magal 51/0006845-74 92/06585 3.815.140

Contratas y Obras de Cieza, S.L. 51/0007183-24 93/00552 10.399.050

Centro Médicos y Enfermería 51/1000276-08 94/55850 2.363.756

Nuevo Diario de Ceuta, S.L. 51/1000990-43 95/27888 10.138.482

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472 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



RAZON SOCIAL C.C.C. EXPTE. IMPORTE

Estruct. y Contratas Anju, S.L. 51/1000913-63 96/11852 13.524.807

Huevos Ceuta, S.L. 51/10001396-61 96/30141 432.317

Campaña García, Juan C. 51/0006826-55 91/35456 4.517.797

Grupo Cerga, S.A. 51/0006852-81 91/35759 695.614

Grupo Cerga, S.A. 51/0005108-83 89/04682 12.879.415

Segado Alonso, José 51/0005704-00 93/36423 12.754

Canal 3, S.L. 51/0006050-55 88/10618 1.515.282

Apellidos y Nombre Nº Afiliación Expte. Importe

Pino Pérez, José 41/00739770-60 91/15450 948.426

Ferrero Ramírez, Mercedes 51/00046810-52 90/26234 806.032

Campaña García, Juan C. 51/00024088-28 88/23954 3.547.613

Ahmed Hassan, Fatima 51/10003173-08 96/31353 1.057.869

Aragón Aragón, Manuel 51/00027859-16 89/24183 474.270

Abselam Abdelkader, Mohamed 51/00032194-83 91/13632 131.709

Mohamed Haddu, Abdeselam 51/00045996-14 93/18134 2.643.789

González Calderón, José 51/00035948-54 91/09992 1.161.793

Mendoza Bolorino, Francisco 51/00026078-78 91/12521 709.011

Traverso Rodríguez, Dolores 51/00023821-52 89/31863 1.601.088

Ayala Ocaña, Sebastián 03/00623296-08 95/10411 604.355

Laarbi Lahacen, Hamido 51/00049558-84 91/17571 602.619

López Rodríguez, Mª Pilar 51/00047367-27 91/11713 33.986

Herrerías Barranco, Angel 51/00047754-26 94/33016 1.290.087

Alí Abdeselam, Abselam 51/00052647-69 94/12505 735.287

Dris Hammu, Abdelmalik 51/10004944-33 97/09152 1.235.223

Mohamed Moh. Bach, Mustafa 51/00038310-88 91/51523 468.793

Abraldez Martínez, Juan M. 51/00040439-83 91/44045 2.820.568

Mehihen Mehihen, Naziha 51/00053142-79 91/48287 175.434

Guerrero Pizarro, Manuel 51/00042048-43 89/22163 3.261.257

Tortillol Martín, Rafael 03/00734042-77 90/06733 45.933

Segado Alonso, José 46/01141374-76 89/26005 1.528.247

Abdeselam Ahmed, Abdelaziz 51/00045105-93 89/10847 1.021.790

EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Juan Manuel Ruiz Galdón.

Agencia Estatal Tributaria

Administracion de Aduanas de Algeciras

473.- Por medio del presente, y de conformidad con lo establecido en el apartado 6, del art. 105 de la Ley General Tributaria en su redacción actual dada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, se cita a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan y por los procedimientos tributarios que se expresan para que comparezcan en la Sección de Expedientes de la Aduana de Algeciras, sita en dicha ciudad, Avda. de la Hispanidad nº 1, en horario de atención al público (de 9 a 14 h.).

NIF Nombre Procedimiento

45.096.177 Mohamed Mohamed, Abdel. E.C. 316/98

45.085.944 Yasir Abdelkader, Buhayani E.C. 452/98

El plazo para comparecer es de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.

La no comparecencia en el plazo indicado implica que la notificación del acto que corresponda se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Algeciras, a 19-1-99.- Vº Bº EL JEFE DE LA DEPENDENCIA.- Fdo.: Jesús Pinilla Alemán.- LA JEFA DE SECCION.- Fdo.: Carmen Prieto Seisdedos.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Tribunal Militar Territorial Segundo

474.- El Secretario Relator del Tribunal Militar Territorial Segundo con sede en Sevilla.

Hace Saber: Que por resolución de este Tribunal de fecha 19-1-99 en el Diligencias Preparatorias 26-10-98 seguido a D. Mustafa Taieb Mohamed por el presunto delito de se ha acordado, a tenor de lo previsto en el art. 109 de la Ley Procesal Militar, la notificación de Auto de Rebeldía.

Emplazándole para que en el término de diez días, a contar desde la presente, comparezca ante este Tribunal Militar y exprese lo que a su derecho convenga; caso contrario se le dará por notificado.

El presente edicto, de conformidad con lo establecido en el art. 178 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal deberá publicarse en el Boletín Oficial de esa Provincia.

Sevilla, a 25 de enero de 1999.- EL SECRETARIO RELATOR.

475.- El Secretario Relator del Tribunal Militar Territorial Segundo con sede en Sevilla.

Hace saber: Que por resolución de este Tribunal de fecha 20-1-99 en el Sumario 26/9/98 seguido a D. Farid Mohamed Mustafa por el presunto delito de insulto a superior se ha acordado, a tenor de lo previsto en el art. 109 de la Ley Procesal Militar, la notificación de Auto de Rebeldía.

Emplazándole para que en el término de diez días, a
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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 476



contar desde la presente, comparezca ante este Tribunal Militar y exprese lo que a su derecho convenga; caso contrario se le dará por notificado.

El presente edicto, de conformidad con lo estableci
do en el art. 178 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Sevilla, 25 de enero de 1999.- EL SECRETARIO RELATOR.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Tráfico

476.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

Ceuta, 8-2-1999.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

ARTº= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto; SUSP= Meses de suspensión. Cuantía

Expediente Denunciado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040413185 T. El Aamery X1298190R El Ejido 16-11-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040438420 M. Al Bakali X1416670P Viladecans 07-12-1998 50.000 300.51 RDL 339/90 060.1

510040445897 J. García 45.002.934 Ceuta 18-11-1998 LEY 30/1995

51004038054 E. del Río 45.012.887 Ceuta 26-11-1998 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040445204 J. Ruiz 45.043.570 Ceuta 26-11-1998 LEY 30/1995

510040446129 L. Taieb 45.075.791 Ceuta 19-11-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040446993 I. Alcántara 45.080.842 Ceuta 08-12-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040416435 S. Abdeselam 45.087.592 Ceuta 27-11-1998 50.000 300.51 2 RD 13/92 003.1

510040438017 B. Mohamed 45.088.215 Ceuta 26-11-1998 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040428479 M. Mohamed 45.089.110 Ceuta 07-12-1998 25.000 150,25 RDL 339/90 061.3

510040447705 S. Nieto 45.091.142 Ceuta 09-12-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040445952 S. Ahmed 45.094.400 Ceuta 12-11-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040443669 A. Bouchta 45.100.077 Ceuta 12-11-1998 LEY30/1995

510040445459 M. Ahitour 45.103.937 Ceuta 15-12-1998 25.000 150,25 RDL 339/90 060.1

510040416496 N. Ahitour 45.103.952 Ceuta 27-11-1998 50.000 300,51 2 RD 13/92 003.1

510040447018 M. Ahmed 45.104.337 Ceuta 17-12-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040449040 R. Bernal 45.105.616 Ceuta 27-11-1998 LEY 30/1995

510040449878 K. Mohamed 45.106.972 Ceuta 05-12-1998 5.000 30,05 RDL 339/90 059.3

510040449209 K. Mohamed 45.106.972 Ceuta 05-12-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040442392 F. Ramos 75.180.384 Ceuta 10-12-1998 15.500 93,16 RDL 339/90 061.1

510040448620 A. Mohamed 99.013.923 Ceuta 21-11-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

ARTº= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto; SUSP= Meses de suspensión.

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

510040445502 K. Mohamed 99.014.265 Ceuta 20-11-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040438327 A. Ouakki X1305432K Palafrugell 29-11-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040437955 S. El Ayadi X0989290Z Alcorcón 13-11-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040438121 B. Abdessamad X1362678C A. Campoo 01-12-1998 50.000 300.51 RDL 339/90 060.1

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en

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476 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999


el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso Ordinario dentro del plazo de un mes, contado a partir del día de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntarios dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacer, o se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Ceuta, 8-2-1999.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

ARTº= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto; SUSP= Meses de suspensión.

Cuantía

Expediente Denunciado/a Identificación Localidad Fecha Pesetas Euros Susp. Precepto Art.

519040426977 A. Mesaud 45.078.179 Ceuta 19-10-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 072.3

510040441790 A. Mohamed 45.084.140 Ceuta 12-11-1998 20.000 120,20 RDL 339/90 061.3

510040441387 M. Mohamed 45.086.702 Ceuta 18-10-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040404482 R. Mohamed 45.087.176 Ceuta 01-10-1998 2.000 12,02 RDL 339/90 059.3

510040419965 R. Mohamed 45.087.176 Ceuta 12-11-1998 2.000 12,02 RDL 339/90 059.3

510040445381 N. Abdel Lah 45.087.414 Ceuta 07-11-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040444698 Y. Mohamed 45.095.036 Ceuta 06-11-1998 50.000 300,51 2 RD 13/92 003.1

510040449805 S. Prem 45.102.552 Ceuta 05-12-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040433159 A. Barga X1357138T Majadahonda 17-08-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

510040426416 A. El Hadri X1268746C Ulldecona 20-08-1998 50.000 300,51 2 RD 13/92 003.1

510040433329 H. Berouhi X2242581N Valencia 03-09-1998 50.000 300,51 RDL 339/90 060.1

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

477.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Doy fe y Testimonio:

Que en el Juicio de Faltas nº 510/1998 se ha acordado citar a: D. Mohamed Mouafq en calidad de implicado, para comparecer a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas para el próximo día 14 de abril de 1999 a las 10,20 horas.

Y para que conste y sirva de citación a D. Mohamed Mouafiq, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Ceuta, expido el presente en Ceuta a cinco de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

Audiencia Provincial de Cádiz

Sección Sexta en Ceuta

478.- La Sección 6ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, con sede permanente en Ceuta, compuesta por el Presidente D. Fernando Tesón Martín, D. Luis Alfredo De Diego Díez y D.ª Silvia Baz Vázquez, en virtud de lo acordado en el Rollo de Apelación Civil núm. 179/98, siendo la parte apelante D. Antonio García Barrones representado por la Procuradora Sra. Susana Román y asistido del Letrado Sr. Renato Pulido contra la parte apelada D. Juan Alvarado Benítez no personado en dicha apelación, ordenado notificar a D. Juan Alvarado Benítez la sentencia dictada en segunda instancia con fecha 23 de enero de 1999 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

1.- Sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas de esta alzada, estimamos íntegramente el recurso de apelación interpuesto por D. Antonio García Barrones contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Ceuta en los autos de juicio de desahucio por falta de pago 58/
98, seguidos contra D. Juan Alvarado Benítez.

2.- En consecuencia, revocamos totalmente la Sentencia de la primera instancia, cuyo fallo queda redactado del siguiente tenor:

A) Con imposición de costas al demandado, D. Juan Alvarado Benítez, estimamos íntegramente la demanda rectora de esta litis.

B) Acordamos la resolución del contrato arrendaticio suscrito el 1 de noviembre de 1995 entre actor y demandado y referido a la vivienda sita en la Calle General Aranda núm. 10, 3º derecha de esta ciudad.

C) Decretamos el desahucio de dicha vivienda, condenando al demandado a ponerla a disposición del actor, con apercibimiento de que, si no lo hace en el plazo legal, se procederá a su lanzamiento.

Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido el presente en Ceuta a 9 de enero de 1999.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

479.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Instrucción Número Uno de Ceuta.

Doy Fe y Testimonio:

Que en el Juicio de Faltas nº 525/1998 se ha acordado citar a: D. Dominique Oleslaw Zukowiki en calidad de denunciado a comparecer a la celebración del correspondiente Juicio de Faltas señalado para el próximo día 14 de abril a las 10,15 horas.

Y para que conste y sirva de citación a D. Dominique Boleslaw Zukowiki, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Ceuta, expido el presente en

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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 482


Ceuta a cinco de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

480.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta en virtud de lo acordado en el J. de Faltas 426/98 sobre hurto notificar a D. Abdelkader Attia la sentencia dictada con fecha 1 de febrero de 1999 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

Fallo Que debo absolver y absuelvo libremente a D. Abdelkader Attia, de los hechos a que se contraria el presente Juicio, declarando de oficio las costas causadas en el mismo. Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte, librándose para ello los despachos necesarios. Unase la presente al Libro de Sentencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón. Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de la última notificación que de la misma se haga.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad, expido la presente en la ciudad de Ceuta a 9 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

481.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Ceuta.

Hago Saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Menor Cuantía al número 123/98 seguidos a instancia de: D.ª Regina Pizones Sánchez y otros contra: D. José M.ª Gallego Sánchez y D.ª Aurelia Cabrera Lendinez.

Por proveido del día de la fecha he acordado la publicación del presente edicto a fin de notificar al demandado anteriormente mencionado la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

Que estimando las pretensiones planteadas por el actor en los autos civiles de Juicio de Menor Cuantía número 123/98, seguidos ante este Juzgado a instancia de D.ª Regina Marta Pizones Sánchez, D. Francisco Javier Muñoz García, D.ª Rogelia Aparicio Román, D.ª Silvia Vivo Pozo, D. José María Pérez Pestana, D.ª Elena Ferrón González, D.ª Cristina Díaz Moreno, D. Juan Carlos González Guerra, D.ª Ana María Moronta Méndez, D.ª María del Mar García Quiñonero Fernández, D. Juan Carlos Cuadra Rouco, D.ª Estrella Martínez Bagur, D.ª Irene Martínez Bagur, D. Francisco Vega Niorodo y D.ª Irene Toro Martín, cuya representación es ostentada por el Procurador D. Angel Ruiz Reina y su asistencia jurídica es dirigida por el Letrado D. Jorge Martín Amaya, contra D. José María Gallego Sánchez y D.ª Aurelia Cabrera Lendinez declarados en rebeldía procesal, declaro la resolución de los contratos firmados por los demandados con D.ª Elena Ferrón González el 29 de octubre de 1996, con D.ª Cristina Díaz Moreno y D. Juan Carlos González Guerra el 5 de noviembre de 1996, con D.ª Ana María Moronta Méndez el 7 de noviembre de 1996, con D.ª María del Mar García Quiñonero y D. Juan Carlos Cuadra Rouco el 29 de enero de 1997 con D. Marta Regina M. Pizones Sánchez el 14 de febrero de 1997, con D. Francisco Javier Muñoz García y D.ª Rogelia Aparicio Román el 8 de abril de 1997, con D.ª Silvia Vivo Pozo y D. José María Pérez Pestana el 10 de septiembre de 1997 y con D. Francisco Vega Morodo y D.ª Irene Toro Martín en octubre de 1996 por incumplimiento de las obligaciones condenando a los demanda
dos a la devolución de las cantidades por los demandantes entregadas y las que se encuentran pendientes de abonar como consecuencia del pago de las letras de cambio que se encuentran en circulación y que asciende a la suma de 30.166.364 pesetas/181.303,5 Euros, con sus respectivos intereses desde la fecha de su entrega.

Por último, declaro que las costas de la primera instancia sean abonadas en su totalidad por la parte demandada.

La presente resolución no es firme, y es susceptible de ser recurrida en apelación, para ante la Audiencia Provincial de Cádiz y dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su reconocimiento.

Y para que sirva de notificación en forma a los demandados rebeldes D. José María Gallego Sánchez y D.ª Aurelia Cabrera Lendinez se expide el presente en la ciudad de Ceuta a 20 de enero de 1999.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

482.- El Padrón Fiscal del concepto tributario "IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA" correspondiente al ejercicio de 1999, estará al cobro durante el siguiente periodo:

- Del 1º de marzo al 5 de mayo de 1999.

Dicho Padrón Fiscal conteniendo las cuotas a pagar y los elementos determinantes de las mismas, se expondrán al público durante el plazo de un mes, que estará a disposición de los interesados en las Dependencias de Gestión Tributaria, planta baja del nuevo edificio del Gobierno de esta Ciudad.

LUGAR DE PAGO:

- Oficina de Servicios Tributarios de Ceuta S.L. (antigua Recaudación municipal).

- Horario de 9 a 14 horas (de lunes a viernes).

MEDIOS DE PAGO:

De acuerdo con lo establecido en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación, en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria, los medios de pago son: dinero en curso legal o cheque nominativo a favor de la Ciudad de Ceuta/Ayuntamiento, conformados o certificados por la Entidad librada.

RECURSOS:

Contra la exposición pública de los padrones podrá formularse recurso de reposición ante la Presidencia, en el plazo de un mes, previo al contencioso-administrativo, a contar desde la fecha de finalización del periodo de exposición pública del anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y Tablón de anuncios.

Transcurrido el periodo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 de la Ley General Tributaria. Se satisfará el recargo de apremio del 10 al 100 hasta que haya sido notificada la providencia de apremio. Después de esta fecha, se exigirá el recargo del 20 por 100 del importe de la deuda no ingresada y los intereses de demora.

En Ceuta, a quince de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- EL CONSEJERO.- Fdo.: Isidro B. Hurtado de Mendoza López.

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OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

483.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, por su Decreto de fecha quince de enero de mil novecientos noventa y nueve ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"D. Sixto Santamaría Pacheco solicita licencia municipal para realizar obras en C/ Góngora nº 12.

Los Servicios Técnicos de la Consejería informan el 13-1-99 (nº 40) que deberá clarificar el interesado las unidades de ejecución que pretende ejecutar.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* El art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, establece que si la petición no reúne los requisitos preceptivos, se requerirá al interesado para que en 10 días lo subsane.

* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de licencias urbanísticas, de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

Se requiere a D. Sixto Santamaría Pacheco para que en el plazo de 10 días aporte documentación donde clarifique las unidades de ejecución que pretende ejecutar, con apercibimiento de archivo de su petición en otro caso."

Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta resolución a D. Sixto Santamaría Pacheco, en los términos del art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por el presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.

Ceuta, a 10 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

484.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 350/97.- Conserman, S. L.: Ampliación pavimentación anexos de la Carcel.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

485.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de
los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 141/97.- Cubiertas y Mzov., S. A.: Suministro de una caracola para ubicación Funcionarios IPSI en el Puerto.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

486.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 400/97.- Almina Construcciones: Repasos e impermeabilizaciones en la zona de cubierta Mercado Central.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

487.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 23/98.- Hermanos Martín: Instalación alumbrado público en Arcos Quebrados.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

DISPOSICIONES GENERALES

CIUDAD DE CEUTA

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

488.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente por su Decreto de fecha 14 de enero de 1999 ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"Por Decreto del Presidente Acctal. de 28-1-98 se ordena a los propietarios del inmueble sito en C/ Canalejas nº 25 la ejecución de determinadas obras en el plazo de dos meses. Las obras aparecen detalladas en informe nº 1898/96, de 29-11-94, al que se refería un anterior requerimiento efectuado por Decreto de 24-1-96.

Al mismo tiempo se ordenaba (en Dto. de 28-1-98) que se instalara una visera de protección en el perímetro de la fachada con sus correspondientes redes de protección, todo ello con apercibimiento de ejecución subsidiaria.

La ejecución subsidiaria de la instalación de la citada visera fue acordada por Dto. de 18-2-98, adjudicándose a Construmar, S.L. Esta Empresa comunica el 5-6-98 que no es necesaria la instalación porque las obras se han iniciado. El inicio de las obras fue comprobado por los Servicios Técnicos de la Consejería el 14-7-98 (nº 1.569).

El 16-10-98 Dª Irene Alvarez Francisco denuncia la
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paralización de las obras de reparación de la fachada del inmueble y el estado en que se encuentra el mismo, comunicando la constitución de la Comunidad de Propietarios.

Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan el 9-11-98 (nº 2.547) que las obras han sido iniciadas pero se encuentran paradas, que se ha reparado en parte una fachada que representa el 20% del total a reparar y que existen 2 cuerpos de andamios de entre 10,00 y 12,00 metros de alto, unidos por paños de paso en su parte superior, se encuentran ancladas a fachada por medio de tornillos Hilting y alambres de sujeción, sin que en principio represente un peligro de vuelco a la vía pública, no obstante no posee ninguna señalización, protección y paso para peatones o vehículos, dado que invade en unos 30/40 cm la calzada. Proponen dichos Servicios Técnicos:

1º.- Conceder un plazo de 5 días para que reinicien los trabajos.

2º.- Que en el mismo plazo se dote de las protecciones al andamio colocado.

* baliza de señalización.

* acera provisional al paso.

* valla de protección al peatón.

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* El art. 10 Reglamento de Disciplina Urbanística faculta a la Admón. para que ordene la ejecución de obras necesarias para que los edificios mantengan las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato.

De acuerdo con este precepto procedería la incoación de expediente sancionador a la Comunidad de Propietarios por incumplir la orden de ejecución de obras que debían haberse realizado en el plazo de 2 meses.

* No obstante se reconoce en el expediente que parte de las obras se han ejecutado y el resto se encuentra actualmente paralizadas, por lo que no habría inconveniente en otorgar un nuevo plazo conforme proponen los Servicios Técnicos para el inicio de tales obras, cuyo incumplimiento llevaría aparejado la tramitación del expediente sancionador, con imposición de multa y nuevo requerimiento para la ejecución de las obras bajo apercibimiento de ejecución subsidiaria.

* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística mediante asignación de competencias por delegación del Presidente de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se concede a los propietarios del inmueble sito en C/. Canalejas nº 25 un plazo de 5 días para que inicien los trabajos ordenados en Decreto de 28-1-98, que habrán de ser ejecutadas en el plazo de 2 meses con apercibimiento de tramitación de expediente sancionador, en otro caso.

2º.- Se ordena como medida cautelar la realización de las siguientes protecciones:

* Baliza de señalización.

* Acera provisional al paso.

* Valla de protección al peatón.

Estas obras se ejecutarán en 5 días bajo apercibimiento de ejecución subsidiaria."

Atendido que intentada la notificación a D. Manuel Carneiro Cantoral esta no pudo llevarse a cabo, se hace pública la anterior resolución en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, significando que podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta, en el plazo de 2 meses
desde la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en la letra d) del art. 8 de la Ley 29/1998, de 14 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Pudiendo presentar cualquier otro recurso que estimen más oportunos para una mejor defensa de sus derechos.

Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

489.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente por su Decreto de fecha 28 de diciembre de 1998 ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES

"La Policía Local informa del estado en que se encuentra el inmueble sito en C/. Alvarez nº 1.

Los Servicios Técnicos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente informan el 21-12-98 (nº 2.907) que el inmueble sufre un estado de deterioro en las partes inferiores de algunos balcones del edificio con peligro de desprendimiento hacia la vía pública.

Propone dichos técnicos que se hace necesario dictar orden de ejecución de obras de reparación de los desperfectos, indicando que las obras a ejecutar, cuyo valor asciende a 106.080 Ptas., son las siguientes: "Colocación de cuerpos de andamios para efectuar un picado general de las zonas deterioradas, cepillado de armaduras y posterior reenfoscado, y el pintado general de las ménsulas afectadas con pintura pétrea previa mano de imprimación. El estado general de la fachada es bueno ya que no hace mucho se reparó, por lo que las obras a efectuar ahora son de mero mantenimiento. En total son 3 balcones los que hay que reparar".

Consta asimismo informe jurídico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

* El art. 19 de la Ley 6/98, de 13 de Abril, establece la obligación de los propietarios de toda clase de construcciones de mantenerlas en condiciones de seguridad, salubridad y ornato pública. En igual sentido el art. 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística.

* El art. 10.2 RDU faculta a los Ayuntamientos para ordenar la ejecución de obras necesarias para conservar las condiciones mencionadas en el párrafo anterior, concediendo a los propietarios un plazo que estará en razón a la magnitud de las mismas, para que procedan al cumplimiento de lo acordado.

* El Consejero de Fomento y Medio Ambiente ostenta competencia en materia de disciplina urbanística de acuerdo con la asignación de funciones efectuada por el Presidente en su Decreto de 11-12-96.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Se incoa expediente relativo a orden de ejecución de obras a realizar en edificio sito en C/ Alvarez nº 1.

2º.- Se concede a propietarios y moradores un plazo de audiencia de 10 días para que formulen alegaciones.

3º.- Remitir a los interesados copia del informe elaborado por los Servicios Técnicos de esta Consejería."

Atendido que intentada la notificación a D. Antonio Joaquín Gómez y a D. Carlos Fernández Invierte ésta no pudo llevarse a cabo, se hace pública la anterior resolución en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

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Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

490.- No siendo posible practicar la notificación a D. Antonio Moreno Sánchez, en relación al expediente sancionador nº 1/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 12-01-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410.ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D. Antonio Moreno Sánchez, por realizar la acción de cazar sin poseer un contrato de Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, cometiéndose la infracción el día 10 de diciembre de 1998 a las 9,20 horas en la Pista "LA LASTRA"

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El Real Decreto 63/94, de 21 de enero regula el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria y en el art. 1.1 prescribe que "Todo cazador con armas deberá, durante la acción de cazar, estar asegurado por un contrato de seguro de responsabilidad civil del cazador, adaptado al presente Reglamento". La Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza en su art 48.1 h, establece como infracción administrativa el incumplimiento de la obligación de tener contratado y vigente el seguro obligatorio. El Reglamento de desarrollo de la ley de caza aprobado por Decreto 506/1971 de 25 de marzo tipifica como infracción leve en el articulo 48.3.53) "cazar no teniendo contratado y vigente el seguro obligatorio" y será castigado con multa hasta 2.000 pesetas.

El RD 1398/93 "Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora", en el art 11 recoge la forma de iniciación de los procedimientos sancionadores; de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia. En su art. 13 establece el contenido mínimo de la iniciación de los procedimientos sancionadores. La ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta en el art. 21.1.8. La Ciudad de Ceuta ejercerá competencias en materia de caza y comprenderá las facultades de administración, inspección y sanción. Esta competencia en materia de caza se atribuye a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente mediante Decreto de Presidencia de fecha 11/12/1996 y en virtud del Bando fecha 7/8/96 publicado en el BOCE nº 3645 se desconcentra la función de resolución de procedimientos sancionadores en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición de concejal, pudiendo D. Antonio Moreno Sánchez reconocer voluntariamente su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción. En cuyo caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese expediente sancionador a D. Antonio Moreno Sánchez por la comisión una infracción administrativa de caza consistente en realizar la acción de cazar sin poseer un contrato de Seguro de la Responsabilidad Civil del Cazador, apreciándose el hecho el día 10 de diciembre de 1998 en la
Pista "LA LASTRA" a las 9,20 horas, desígnese Instructor a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora. Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 9 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

491.- No siendo posible practicar la notificación a D. Mohamed Enfeddal Abdeselam, en relación al expediente sancionador nº 3/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 29-01-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 12-01-99 se procedió a incoar expediente sancionador a D. Mohamed Abdeselam Abdelkader, por quemar residuos sólidos (maleza) en la vía pública, apreciándose la infracción el día 1 de diciembre a las 17,00 horas en la calle Claudio Vázquez. Notificada la iniciación del procedimiento al Sr. Mohamed Enfeddal Abdelkader se informa por el Agente Notificador que es desconocido, trasladada a la Policía Local se informa que cuando se efectuó la denuncia existió un error administrativo, por el que se cambió el segundo apellido, resultando ser el denunciado D. Mohamed Enfeddal Abdeselam.

Estos hechos son imputables a D. Mohamed Enfeddal Abdeselam y con independencia del resultado de la instrucción tiene la consideración de falta leve recogida en el art. 135 A). 1 de la Ordenanza de Limpieza, en el que se prohíbe tirar y abandonar en la vía pública toda clase de productos en estado sólido, líquido o gaseoso, en los términos establecidos en el art. 8 párrafos del 1 al 9, pudiendo ser sancionadas con multa de 10.000 pesetas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El art. 135.A).1 de la Ordenanza de Limpieza por lo que se refiere a la clasificación de la infracción y el art. 136 que señala la sanción aplicable. El art. 8.1 de la misma donde se prohíbe tirar y abandonar en la vía publica toda clase de productos en estado sólido, líquido o gaseoso. Los residuos sólidos de pequeño formato como papel, envoltorios y similares deberán depositarse en las papeleras instaladas al efecto. El art 13 del Reglamento para el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que recoge la iniciación de procedimiento. El órgano competente para la resolución del expediente es la Alcaldía por aplicación de lo dispuesto en el artículo 21.1.k de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régi
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men Local. En virtud del Bando de fecha 7-8-96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición de Concejal, pudiendo D. Mohamed Enfeddal Abdeselam reconocer voluntariamente su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Ante la existencia de un error administrativo, queda sobreseído el expediente sancionador incoado a D. Mohamed Enfeddal Abdelkader.

2º.- Se incoa expediente sancionador a D. Mohamed Enfeddal Abdeselam por la comisión de una falta consistente en quemar residuos sólidos en la vía pública, apreciándose la infracción el día 1 de diciembre a las 17,00 horas en la calle Claudio Vázquez.

3º.- Se designa Instructora a Dª. María José Expósito González, Licenciada en Derecho y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado proponer, en cualquier momento del expediente, recusación contra los mismos.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 9 de Febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

492.- En cumplimiento a lo dispuesto en el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas e Instrucciones complementarias, se le notifica a D. Jesús Pareja Lopera, que D. Mohamed Rabeh Hamido Mohamed, solicita licencia de obras de adecuación a Actividad Recreativa, sito en Playa Benítez, s/n.

En su calidad de vecino inmediato al lugar de la apertura de dicha actividad, se le participa que durante un plazo de diez días a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio, podrá examinar en las Oficinas Municipales, el expediente incoado y presentar las reclamaciones u observaciones que estime pertinentes, significándole que transcurrido el plazo indicado sin que hubiera presentado el oportuno escrito de reclamación se entenderá que está conforme en que se conceda la licencia solicitada.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Jesús Pareja Lopera.

Ceuta, a 11 de febrero de 1999.- Vº.Bº. EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

493.- El Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, D. Alfonso Conejo Rabaneda, con fecha dos de febrero de mil novecientos noventa y nueve dictó el siguiente Decreto:

ANTECEDENTES

Por Decreto del Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente de fecha 29 de diciembre de 1998, se archiva la solicitud de licencia de apertura presentada por D. José Mª. Gallego Sánchez, en representación de Comunidad de Propietarios Edificio Comercial y Oficinas denominada "Ceuta Center", para ejercer la actividad de Aparcamiento Subterráneo, en C/ Padilla s/n.- El Jefe de la Policía Local remite informe nº 60.361, de fecha 27 de enero de 1999, por el que comunica que el citado local se encuentra abierto al público, ejerciendo la actividad de aparcamiento Subterráneo.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Según el art. 22.3 R.S.C.L. estará sujeta a licencia la apertura de establecimientos industriales y mercantiles. Este precepto se completa con el art. 3 de la instrucción por lo que se dictan normas para la aplicación del Reglamento de actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, de 30 de noviembre de 1961 y que dispone lo siguiente:

Toda instalación, apertura y funcionamiento de actividades estén o no incluidas en el Reglamento, requiere la licencia municipal correspondiente cuya expedición será competencia de los Alcaldes de los municipios donde hayan de ser ubicadas o ejercidas, cuando tales actividades sean de la clase de las molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

En los casos de carencia de licencia, al faltar el control previo de la Administración, la clausura podría acordarse sin más trámite que acreditar la inexistencia de la licencia, pero con la audiencia del interesado prevista en el art. 84 LRJAP y PAC y 105 c) de la CE, puesto que se va a alterar una situación de hecho existente. La audiencia será imprescindible, salvo, naturalmente, en el caso de existencia de peligro.

Por Decreto del Presidente de fecha 11/12/96 se delega en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente la competencia para resolver expedientes de licencias de apertura, por lo que debe incluirse la clausura de los establecimientos que carecen de ella.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Incoar expediente de apertura sin licencia a D. José Mª. Gallego Sánchez, por ejercer la actividad de Aparcamiento Subterráneo en local sito en C/ Padilla s/n, Edificio Ceuta Center.

2º.- Conceder al titular de la actividad un plazo de audiencia de 10 días para que por escrito presente los documentos y alegaciones que estime pertinentes a la defensa de sus derechos."

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, dado que no se ha podido practicar la notificación a Dª. Fabiola Giménez Rodríguez.

Ceuta, a 11 de febrero de 1999.- Vº. Bº. EL PRESIDENTE.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.

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494 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



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.- No siendo posible practicar la notificación a D. Juan Gabriel Espinosa Gallardo, en relación al expediente sancionador nº 83/98, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 1-02-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente, ha dispuesto la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 1 de diciembre de 1998 se dictó Decreto por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por el que se incoaba expediente sancionador a D. Juan Gabriel Espinosa Gallardo, por arrojar papeles a la vía pública, apreciándose la infracción el día 20 de noviembre, a las 18.15 horas, en el Paseo de las Palmeras.

En la misma resolución se designó Instructora a Doña María José Expósito González, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, sin que se haya presentado recusación contra los mismos. D. Juan Gabriel Espinosa Gallardo, ha presentado alegaciones manifestando que se le cayó el papel de la mano y que no tuvo intención de tirarlo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El art. 135.A)1 de la Ordenanza de Limpieza por lo que se refiere a la calificación de la falta y el art. 136 que señala la sanción aplicable.

El art. 8.1 de la misma donde se prohíbe tirar y abandonar en la vía pública toda clase de productos en estado sólido, líquido y gaseoso. Los residuos sólidos de pequeño formato como papel, envoltorios y similares deberán depositarse en las papeleras instaladas al efecto. Atendido lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común 30/92, en su artículo 131. 3 b), sobre la adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción y entendiendo que el perjuicio causado con el hecho no remite gravedad (principio de proporcionalidad).

Según el art. 20.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el órgano competente dictará resolución, que será motivada y decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del procedimiento.

El art. 21.1.K) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local que atribuye a la Alcaldía la potestad de sancionar las faltas por infracción de las Ordenanzas. En virtud del Bando de fecha 7-8-96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición de Concejal.

PARTE DISPOSITIVA

Se impone a D. Juan Gabriel Espinosa Gallardo, la sanción de 2.000 Ptas. de multa por la comisión de una falta leve consistente en arrojar papeles a la vía pública, atendido el principio de proporcionalidad, apreciándose la infracción el día 20 de noviembre de 1998, a las 18.15 horas, en el Paseo de las Palmeras.

Lo que le comunico, significándole que podrá interponer Recurso Ordinario ante el Presidente de la Ciudad, en el plazo de un mes contados a partir de la recepción de la presente notificación como autoriza el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común 30/92, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que el interesado estime procedentes.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art.
59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 10 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

495.- No siendo posible practicar la notificación a D. Hossain Alí Laakel, en relación al expediente sancionador nº 8/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 29-1-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D. Hossain Alí Laakel, por abandono de un turismo marca Ford, modelo Transit 100 L, matrícula CE-2217-C, número de bastidor CPOSRC13629, cometiéndose la infracción el día 19 de enero de 1999 a las 12,00 horas en Cría Caballar, Loma Larga.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art. 3. b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados. En el art. 12 de la misma ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión. El art. 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas. En el art. 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas. El RD 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia". El art. 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey." En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7-8-96, publicado en el BOCE nº 3645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D. Hossain Alí Laakel reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas
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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 496



alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

Incoése expediente sancionador a D. Hossain Alí Laakel por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca Ford, modelo Transit 100 L, matrícula CE 2217 C, número de bastidor CPOSRC13629, apreciándose el hecho el día 19 de enero de 1999 en Cría Caballar, Loma Larga a las 12,00 horas. Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los arts. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, 9 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL..- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

496.- No siendo posible practicar la notificación a D.ª Naima Mohamed Mohamed, en relación al expediente sancionador nº 9/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 29-01-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D.ª Naima Mohamed Mohamed, por abandono de un turismo marca Mitsubishi, modelo Lancer 1800 EL D, matrícula CE-7479-C, número de bastidor JMBSNC14AHU4802, cometiéndose la infracción el día 19 de enero de 1999 a las 12,00 horas en Cría Caballar, Loma Larga.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art. 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados. En el art. 12 de la misma ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión. El art 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas.

En el art 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas. El
RD 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia". El art 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art 15 de la Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey". En el art 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D.ª Naima Mohamed Mohamed reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando las medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese expediente sancionador a D.ª Naima Mohamed Mohamed por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca Mitsubishi, modelo Lancer 1800 EL D, matricula CE-7479-C, número de bastidor JMBSNC14AHU4802, apreciándose el hecho el día 19 de enero de 1999 en Cría Caballar, Loma Larga, a las 12,00 horas.

Nómbrese Instructora a doña María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 10 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

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497 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



497
.- No siendo posible practicar la notificación a D.ª Nasiha Amar Hamed, en relación al expediente sancionador nº 15/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 1-02-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D.ª Nasiha Amar Hamed, por abandono de un turismo marca Mitsubishi, modelo L 2004WD, matrícula CE-6153-E, número de bastidor JMBJNK340MP001662, cometiéndose la infracción el día 19 de enero de 1999 a las 12,00 horas en Cría Caballar, Loma Larga.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados. En el art 12 de la misma ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión. El art 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas. En el art. 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas. El RD 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia". El art. 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art 15 de la ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey".

En el art 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D.ª Nasiha Amar Hamed reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando las medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese expediente sancionador a D.ª Nasiha Amar Hamed por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca Mitsubishi, modelo L 2004WD, matricula CE-6153-E, número de bastidor JMBJNK340MP001662, apreciándose el hecho el día 19 de enero de 1999 en Cría Caballar, Loma Larga a las 12,00 horas.

Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 9 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

498.- No siendo posible practicar la notificación a D. Hossain Ali Laakel, en relación al expediente sancionador nº 14/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 1-02-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D. Hossain Ali Laakel, por abandono de un turismo marca Mercedes-Benz, modelo L 406 D, matrícula M-7371-BX, número de bastidor 37711410709440, cometiéndose la infracción el día 19 de enero de 1999 a las 12,00 horas en Cría Caballar, Loma Larga.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados. En el art 12 de la misma ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión. El art. 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas. En el art. 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas. El RD 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art. 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedi
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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 499



mientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia". El art. 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art. 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey". En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3.645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D. Hossain Ali Laakel reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese expediente sancionador a D. Hossain Ali Laakel por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca Mercedes-Benz, modelo L 406 D, matricula M-7371-BX, número de bastidor 37711410709440, apreciándose el hecho el día 19 de enero de 1999 en Cría Caballar, Loma Larga a las 12,00 horas. Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 9 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

499.- No siendo posible practicar la notificación a D. Miguel Morales García, en relación al expediente sancionador nº 19/99, se publica el presente anuncio para acreditar que con fecha 1-02-99, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente ha dictado la siguiente Resolución:

ANTECEDENTES DE HECHO

El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la 410ª Comandancia de la Guardia Civil, remite denuncia contra D. Miguel Morales García, por abandono de un turismo marca Nissan, modelo Vanette, matrícula CE-8683-C, número de bastidor VSKBEC220X0927602, cometiéndose la infracción el día 19 de enero de 1999 a las 12,00 horas en Restaurante La Huerta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Ley 10/98 de Residuos, de 21 de abril en el art. 3.b incluye dentro de la categoría de residuos urbanos o municipales a los vehículos abandonados. En el art. 12 de la misma ley se establece "Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión. El art. 34.3b) del mismo cuerpo legal tipifica como infracción grave "el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas. En el art. 35.1.b establece la sanción aplicable en el caso de infracciones graves, siendo la cuantía mínima de la multa 100.001 pesetas y la máxima 5.000.000 de pesetas. El RD 1398/93, de 4 de agosto "Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora", en el art 11.1 establece las formas de iniciación del procedimiento "Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia". El art 13 del citado R.D. establece el contenido mínimo de la iniciación del procedimiento sancionador. En relación a la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 10/98 dispone en el art 37.2 que: "En el supuesto regulado en el artículo 34.3b), cuando se trata de residuos urbanos, la potestad sancionadora corresponderá a los alcaldes". En el caso de la Ciudad Autónoma de Ceuta será competente el Presidente de la misma en virtud del art. 15 de la ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta que establece "El Presidente, ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de Ceuta entre sus miembros y nombrado por el Rey". En el art. 14.2 del mismo cuerpo legal prescribe "El Presidente nombra y separa a los Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo" y así en virtud del Bando de fecha 7/8/96, publicado en el BOCE nº 3645, se delegaba la imposición de sanciones en materia de Fomento y Medio Ambiente en el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente en su condición, de Concejal, pudiendo D. Miguel Morales García reconocer voluntariamente, su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá de forma inmediata la sanción que proceda. En cualquier caso, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando las medios de que pretenda valerse.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese expediente sancionador a D. Miguel Morales García por la comisión de una infracción grave consistente en abandono de un turismo, marca Nissan, modelo Vanette, matrícula CE-8683-C, número de bastidor VSKBEC220X0-927602, apreciándose el hecho el día 19 de enero de 1999 en Restaurante La Huerta a las 12,00 horas.

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499 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



Nómbrese Instructora a D.ª María José Expósito González, Licenciada en Derecho, y Secretario a D. Juan Antonio Osuna Díaz, Administrativo, pudiendo el interesado presentar recusación contra los mismos en cualquier momento del procedimiento.

Lo que le comunico significándole que durante el plazo de 15 días podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer, pruebas concretando los medios de que pretenda valerse.

Asimismo, se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado anteriormente, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, a 9 de febrero de 1999.- Vº Bº EL PRESIDENTE.- Fdo.: Jesús C. Fortes Ramos.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Luis Ragel Cabezuelo.

500.- El Excmo. Sr. Presidente, en su Decreto de fecha 4 de diciembre de 1998 ha dictado la siguiente Resolución:

"Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente nº 80.338 incoado a Dª. Hortensia Cebey Soler, así como el contenido de la propuesta de resolución que me eleva el Consejero de Gobernación, como órgano instructor, a la vista de las alegaciones formuladas dentro del plazo reglamentario por el interesado y el informe dado por el agente ratificándose en el hecho denunciado.

En uso de la competencia que me ha sido conferida de conformidad con lo establecido en el art. 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, vengo en imponer al expedientado la multa correspondiente en la cuantía inicialmente fijada, aprobando dicha propuesta de resolución que fue debidamente notificada. El importe de la multa deberá ser hecha efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución (art. 84 R.D.L. 339/90). Transcurrido el plazo de cobro sin haber sido satisfecha la multa el importe de la misma se exigirá por vía de apremio, con el recargo del 20% art. 100 del Reglamento General de Recaudación.

La Presente resolución Sancionadora se entiende definitiva y, desde su notificación firme en la vía administrativa".

Lo que le traslado significándole, que contra la misma puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde la recepcicón de la misma y, previa comunicación a la Alcaldía, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime conveniente.

Ceuta, a 16 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO.

501.- No siendo posible la notificación de las liquidaciones por el concepto del "IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS" a los sujetos pasivos abajo relacionados, por ser desconocidos, o bien intentada la notificación ésta no ha sido posible, se publica este edicto a efectos de notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59
de la Ley 3/92, de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RECURSOS: De reposición ante la Presidencia en el plazo de un mes a partir de la publicación de este edicto en el B.O.C.E.

PLAZOS DE INGRESO: Los establecidos en el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación.

Transcurridos dichos plazos la deuda se exigirá por vía de apremio.

NOMBRE Y APELLIDOS IMPORTE

BEN HADDU S.L. 13.337.-

ASESORAMIENTO Y EQUIPAMIENTO

DE CEUTA S.L. 4.608.-

Mª ANGELES BALLESTEROS VILLODRE 3.535.-

COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA

DE CEUTA 26.145.-

CONSTRUCCIONES INTECON

MEDITERRANEA S.L. 18.048.-

ESTRUCTURAS COBESAN, S.L. 24.064.-

MANUEL FERNANDEZ ORTIZ 3.450.-

MANUEL FERNANDEZ ORTIZ 4.405.-

JOSE MANUEL GONZALEZ NAVARRO 16.098.-

IVAN GUERRA BALONGO 4.658.-

INFORCRUCE S.L. 11.755.-

INFORCRUCE S.L. 5.468.-

KOKOUH IMPORT S.L. 12.816.-

FRANCISCO JAVIER MINGUEZ VARGAS 4.037.-

FRANCISCO JAVIER SANTAMARIA PACHECO 7.690.-

VENDING CEUTA S.L. 2.329.-

MOISES WAHNON WAHNON 12.032.-

Ceuta, a 12 de febrero de 1999.- EL CONSEJERO DE ECONOMIA Y HACIENDA.- Fdo.: Isidro B. Hurtado de Mendoza López.

502.- Ante la imposibilidad de notificación por esta Consejería a D. Ali Lahsen Mohamed, relativa a concesión de puestos en el Mercado Ppe. Alfonso, es por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común es por lo que se publica la siguiente notificación:

Estimado Sr.:

Por Decreto de fecha 30-09-98 se resolvió concederle autorización municipal para la ocupación con carácter provisional de los puestos nº 18 y 19 del Mercado Ppe. Alfonso.

Como quiera que hasta la fecha no ha comparecido para hacerse cargo de las llaves del referido puesto, le significo que caso de no estar interesado en el mismo, en el plazo improrrogable de diez días contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente comunicación deberá hacerse cargo del mismo, caso contrario se incoará el oportuno expediente sancionador.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.

Ceuta, a 16 de febrero de 1999.- EL CONCEJAL DELEGADO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: Enrique García-Conde Sánchez.

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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 504



Delegación del Gobierno en Ceuta

Jefatura Provincial de Transportes Terrestres

503.- Resolución del Procedimiento Sancionador Nº: CE-077/98-T iniciado por la Dirección del Area Funcional de Fomento de Ceuta a la empresa Precosan, S.L., D.N.I./C.I.F.: B11950672, con domicilio en Ceuta, Avd. Ejército Español, S/N.

Vistas las actuaciones practicadas por el Organo Instructor y teniendo en cuenta la Propuesta de Resolución y demás documentos obrantes en el Expediente, y comprobado que los trámites realizados se ajustan a Derecho, resulta lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: Con fecha 30-9-98 el Director Especial del Area Funcional de Fomento acordó la Iniciación del presente Procedimiento seguido contra Ud/s. como presuntamente responsable/s de una infracción al Art. 141 de la Ley 16/87 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (B.O.E. de 31/7).

Segundo: Seguido el Procedimiento con las formalidades reglamentarias preceptivas y mediante Publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de fecha 5-11-98, se le notificó el Acuerdo de Iniciación, concediéndole un plazo de quince días con el fin de formular alegaciones, y en su caso proponer la prueba.

Tercero: Transcurrido dicho plazo, y no figurando en el Expediente alegación alguna por parte del interesado, la Notificación recibida con fecha 5-11-98, del Acuerdo de Iniciación se ha considerado Propuesta de Resolución a los afectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora (B.O.E. de 27-11-92).

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero: Durante las actuaciones practicadas en el Procedimiento Sancionador instruido y analizados los documentos obrantes en el Expediente, han quedado demostrados los siguientes hechos:

La realización de un Transporte Privado Complementario de Mercancías, el pasado día 10-8-98, a las 18,00 horas, en la carretera N-354. Km. 1,1, dirección Ceuta, con el vehículo de su propiedad matrícula CE-0788-E, siendo denunciado por la Dotación de Tráfico de la Guardia Civil, por carecer de Autorización Administrativa.

Segundo: Estos hechos son constitutivos de una infracción de carácter grave, con la siguiente tipificación.

Normas Infringidas P. Sancionador Cuantía Sanción

Ley 16/87 Ley 16/87

Art. 141 b) Lott Art. 143 Lott.

103 Lott

50.000 Ptas.

R.D. 1211/90 R.D. 1211/90

Art. 198 b) Rgto Art. 201 Rgto.

158 Rgto.

Por razón de lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas a mi Autoridad por el Art. 204.1 del R.D. 1211/90 de 28 de septiembre, modificado por el R.D. 1772/1994 de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de Transportes a la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Acuerdo, Declarar a la empresa Precosan, S.L., responsable de la infracción de los fundamentos anteriores, imponiéndosele una sanción de 50.000 Ptas.

Contra esta Resolución, podrá interponer Recurso Ordinario ante el Excmo. Sr. Ministro de Fomento (Pso. de la Castellana, nº 67, 28071, Madrid), en el plazo de un mes, pudiendo presentarlo así mismo, para su elevación, en la Jefatura Provincial de Transportes Terrestres del Area Funcional de Fomento de Ceuta, de conformidad con lo establecido en el art. 21.2 del R.D. 1383/4 de 4 de agosto que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad Sancionadora, el Capítulo II del Título VII de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el supuesto de que no haga uso del derecho a recurrir, deberá hacer efectiva la sanción por alguno de los siguientes medios:

a) - Ingreso o Transferencia a través de la Caja Postal del importe en la c/c 9668876 (Agencia Urbana de la Plaza San Juan de la Cruz, S/N, Madrid, haciendo constar el nº de Expediente y remitiendo copia del resguardo a la Jefatura Provincial Transportes Terrestres Ceuta, sita en Muelle Cañonero Dato, S/N 11701).

b) - Entregando su importe en Papel de Pagos del Estado en la citada Jefatura Provincial de Ceuta.

Apercibiéndole de que si transcurrido el plazo previsto para el Recurso Ordinario, sin que el pago haya sido efectuado, se procederá a la ejecución forzosa de la sanción impuesta, mediante el Procedimiento de Apremio sobre su patrimonio.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO.- Fdo.: Luis Vicente Moro Díaz.

Agencia Tributaria de Ceuta

Dependencia de Recaudación

504.- El artículo 105 de la Ley 230/1963 General Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, establece en su apartado 6, que cuando sea desconocido en su domicilio el interesado o cuando intentada la notificación, no se hubiere podido practicar al interesado o su representante por causas no imputables a la Administración Tributaria, la misma se hará por medio de anuncios en el Boletín Oficial de la Ciudad, así como en los lugares destinados al efecto en la Delegaciones y Administraciones correspondientes al último domicilio conocido.

Por el presente Edicto, y debido a que los deudores comprendido en la relación que a continuación se inserta, no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la Administración Tributaria o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:

Se notifica a los deudores conforme al artículo 103 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990 de 20 de diciembre), que no habiendo sido satisfecha la deuda de referencia en el plazo de ingreso en período voluntario en virtud de
209
504 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



lo establecido en el artículo 127 de la Ley General Tributaria, el Jefe de la Dependencia de Recaudación han acordado:

"En uso de las facultades que me confieren los artículos 100, 106 y 169 del R.G.R., liquido el recargo de apremio por el 20% del importe de la deuda pendiente y dicto providencia de apremio para que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio o garantías de los deudores, en caso de no producirse el ingreso en los plazos señalados en el artículo 108 del citado Reglamento."

Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F.Pro.Ap.

45.093.005X S. Tráfico 510040410111 CE 0088 K1610198051232936 60.000 12-11-98

Abdeselam Ahmed, Ahmed

LG/ Príncipe Norte, 24 Ceuta

45.093.005X S. Tráfico 519040392074 CE 3767 K1610198051233167 60.000 12-11-98

Abdeselam Ahmed, Ahmed

LG/ Príncipe Norte, 24 Ceuta

45.093.005X S. Tráfico 510040387990 CE 0088 K1610198051233596 60.000 12-11-98

Abdeselam Ahmed, Ahmed

LG/ Príncipe Norte, 24 Ceuta

45.079.633R S. Tráfico 510040415017 CE 2991 K1610198050473463 60.000 12-11-98

Abdeselam Amar, Aomar

PJ/ Heras, 9 Ceuta

45.079.633R S. Tráfico 510040415029 CE 2991 K1610198050473474 60.000 12-11-98

Abdeselam Amar, Aomar

PJ/ Heras, 9 Ceuta

45.079.633R S. Tráfico 510040419655 CE 6907 K1610198052800227 60.000 12-11-98

Abdeselam Amar, Aomar

PJ/ Heras, 9 Ceuta

45.084.377F S. Tráfico 510040417932 CE 5044 K1610198053639934 60.000 12-11-98

Ahmed Mohamed Ahmed

BO/ Benzú Junto Cuar. Guard., Ceuta

45.094.190E S. Tráfico 510040394890 CE 4402 K1610198053641430 60.000 12-11-98

El Aduzi Abderrazak, Mohamed - La

CL/ Cap. Claudio Vázquez, 71 Ceuta

40.553.942C 100394 Intereses de Demora AEAT A5560098700000405 17.809 24-11-98

González Barquero, María Jesús Liquid. Intereses Demora (Art. 127 L.

BO/ Miramar, 2, Esc. B; A

45.093.511X S. Tráfico 510040385840 CE 9530 K1610198050472968 18.000 12-11-98

Hamido Alí, Mohamed

BO/ Benzú, 15 Ceuta

45.093.511X S. Tráfico 510040401055 CE 9530 K1610198051233520 60.000 12-11-98

Hamido Alí, Mohamed

BO/ Benzú, 15 Ceuta

45.098.861R S. Tráfico 510040409042 CE 1135 K1610198054427336 60.000 18-12-98

Mohamed Abderrahaman Hakin

CL/ Miramar Chorrillo, 4 Ceuta

45.095.426Q R.D. 374/89 (Obras Clandestinas) M1600198550003372 480.000 12-11-98

Mohamed Abselam, Naimi Abselam

PJ/ Recreo alto, 54 Ceuta

45.099.518Z S. Tráfico 110043703727 Carece K1610198053830916 60.000 18-12-98

Mustafa Ahmed, Abselam

CR/ Ctra. Monte Hacho, 10,

45.090.555K S. Tráfico 510040420116 CE 6645 K1610198053640715 60.000 12-11-98

Mustafa Mohamed, Larbi

LG/ Finca Guillén, 9 Ceuta

45.079.014A S. Tráfico 510040398380 Carece K1610198054427677 60.000 18-12-98

Abdelkader Enfeddal, Mohamed

CL/ Molino 40, S/N Ceuta

45.101.369W S. Tráfico 519040418415 CE 7462 K1610198053640121 60.000 12-11-98

Abdelkrim Mohamed, Nora

CL/ Sevilla, 10 Ceuta

45.087.374Z S. Tráfico 510040391207 Carece K1610198050472517 30.000 12-11-98

Abdeluahed Mohamed, Mohamed

GR/ Juan Carlos I 58 7 Ceuta

45.074.079J S. Tráfico 510040407409 CE 6673 K1610198053641089 60.000 12-11-98

Aragues Elias, Guillermo

PG/ Virgen de Africa, 16; 3-B Ceuta

45.108.202G S. Tráfico 510040418717 Carece K1610198052800073 30.000 12-11-98

Mehan Dadi, Nabil

GR/ Juan Carlos I, Barracones Ceuta

210
Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 505



Datos del Contribuyente Concepto/Descripción/Obj. Trib. Clave Liquidación Importe F.Pro.Ap.

45.098.916X S. Tráfico 510040420396 CE 1135 K1610198053640870 60.000 12-11-98

Mohamed Abderrahaman, Sumia

LG/ Miramar Chorrillo, 4 Ceuta

99.011.891L S. Tráfico 510040417970 CE 7789 K1610198054427567 60.000 18-12-98

Mohamed Aidor, Ahmed

CL/ Pasaje Recreo Bajo, 1 Ceuta

45.089.493V S. Tráfico 510040417944 CE 5044 K1610198053639945 12.000 12-11-98

Mohamed Douass, Rahma

BO/ Benzú junto Cuar. Guard. Ceuta

45.079.429G S. Tráfico 510040417798 CA 0695A K1610198053639879 60.000 12-11-98

Mohamed Mohamed, Alí

PJ/ Recreo Alto, 81 Ceuta

45.091.725H S. Tráfico 510040403519 CE 6068 K1610198053639736 60.000 12-11-98

Mustafa Mohamed, Abdelhuahed

LG/ Finca Guillén, 9 Ceuta

10.802.846E S. Tráfico 450401711570 CE 1876 K1610198053548062 36.000 12-11-98

Tenorio Villa, Bernardino

AV/ Adoratrices, 4, Esc. 4; C, Ceuta

Recursos y Suspensión del procedimiento:

Recurso de Reposición ante el órgano que ha dictado la Providencia de Apremio, en el plazo de 15 días a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación o Reclamación Económico-Administrativa, ante el Tribunal competente de dicha jurisdicción, en el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

El procedimiento de Apremio podrá impugnarse por los siguientes motivos (Art. 138.1 de la Ley General Tributaria y Art. 99.1 del Reglamento General de Recaudación).

- Pago o extinción de la deuda.

- Prescripción

- Aplazamiento

- Falta de notificación de la liquidación o anulación o suspensión de la misma.

- Defecto formal en el Título expedido para la ejecución.

El procedimiento de Apremio, aunque se interponga recuso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el art. 101 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/1990, de 20 de diciembre).

Solicitud de aplazamiento:

Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en periodo ejecutivo.

La presentación de las solicitudes de Aplazamiento o Fraccionamiento se efectuará en la Delegación o Administración de la A.E.A.T. del territorio en que se deba efectuar el pago.

Lugar de Pago:

En la entidad que presta el servicio de caja de la Delegación Administración de la A.E.A.T.

Intereses de Demora:

Las cantidades adeudadas, excluido el recargo de apremio, devengarán Intereses de Demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda en periodo voluntario hasta la fecha de su ingreso. El tipo de interés se fijará de acuerdo con lo establecido en los artículos 58 de la Ley General Tributaria y 36 de la Ley General Presupuestaria, según se trate de deudas tributarias o no tributarias respectivamente.

Costas:

En caso de producirse costas en el procedimiento, la Administración repercutirá su importe al Deudor, conforme a lo establecido en los artículos 153 y 157 del R.G.R.

Plazos para efectuar el Ingreso:

(Art. 108 del Reglamento General de Recaudación).

a) Recibida la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.

b) Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.

La notificación se realizará mediante comparecencia del interesado o su representante ante la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Ceuta C/. Beatriz de Silva, nº 12, en el plazo de 10 días desde la publicación del anuncio.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Ceuta, 4 de febrero de 1999.- EL JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION.- Fdo.: Fco. José López Moreno.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Dos de Ceuta

505.- El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Ceuta en virtud de lo acordado en el Juicio de Faltas 422/98 sobre hurto notificar a D.ª Malika
Ambrich la sentencia con fecha 1 de febrero de 1999 y que contiene el fallo del tenor literal siguiente:

Fallo, Que debo absolver y absuelvo libremente a D.ª Malika Ambrich, de los hechos a que se contraria el presente Juicio, declarando de oficio las costas causadas en el mismo. Notifíquese esta resolución a quienes, según el encabezamiento de la misma, han sido parte librándose para ello los despachos necesarios. Unase la presente al Libro de Sen
211
505 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



tencias de este Juzgado, y llévese testimonio de la misma a los autos de su razón. Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de 5 días, a partir de la última notificación que de la misma se haga.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, expido la presente en la ciudad de Ceuta a 9 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO.

Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Número Uno de Ceuta

506.- D. Manuel Pilar Gracia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Ceuta.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Menor Cuantía nº 42/98 seguidos a instancia de: Banco Exterior de España, S.A. contra D. Mohamed Amar Mohtar y D.ª Achucha Benaisa Hossain.

Por proveida del día de la fecha he acordado la publicación del presente edicto a fin de notificar al demandado anteriormente mencionado la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

Fallo Que estimando íntegramente las pretensiones planteadas en los autos civiles de Juicio de Menor Cuantía número 42/1998, seguidos ante este Juzgado a instancia de Banco Exterior de España, S.A. representado por la Procuradora D.ª Clotilde Barchilón Gabizón y asistida por la Letrada D.ª Marta Sancho Lora contra D. Mohamed Amar Mohtar y D.ª Achucha Benaisa Hossain, declarados en rebeldía procesal, Declaro la obligación del demandado de abonar a la actora la suma de 2.582.372 pesetas más los intereses legales correspondientes. Por último, declaro que los demandados abonen las costas causadas.

La presente resolución, contenida en el anverso de cuatro folios, notifíquese a las partes en legal forma, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz y dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos y se conservará su original en el Libro oportuno, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado cuyo domicilio se desconoce, expido el presente en Ceuta a tres de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

ANUNCIOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

507.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 140/98.- Gimnasio Atheneo Sport, S. L.: Suministro de diverso material con destino al Gimnasio de la Policía Local.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

508.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 331/97.- Construmar Ceuta, S. L.: Obras de reparación de vertidos de aguas fecales en C/. Capitán Claudio Vázquez, n.º 54.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

509.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 254/97.- Construmar Ceuta, S. L.: Obras de reparación de pérdida de agua desde aljibe (trasera viviendas Juan de Austria).

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

510.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 226/97.- Construmar Ceuta, S. L.: Obras de reparación de obstrucción de la cometida de varias viviendas en C/. Viñas, 54.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

511.- Transcurrido el plazo de garantía establecido al efecto, quienes se consideren con algún derecho exigible contra el adjudicatario, pueden presentar reclamaciones tendentes al embargo de las fianzas impuestas para responder de los trabajos que a continuación se relacionan:

- Expte. 219/97.- Trinitas, S. A.: Trabajos de desempolvado y limpieza de dorado en instalaciones de la Policía Local.

El plazo para presentarlas será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

512.- Por decreto del Excmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura de fecha veinticinco de enero de mil novecientos noventa y nueve, se aprueba la contratación de una persona encargada de la Dirección del Centro Dramático para el año 1999, con declaración de urgencia.

1. ENTIDAD ADJUDICATARIA

a) Organismo: Ciudad de Ceuta.

b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.

212
Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 514



c) Número de expediente: 729/98.

2. OBJETO DEL CONTRATO

a) Descripción del contrato: Contratación de una persona encargada de la Dirección del Centro Dramático para el año 1999, con declaración de urgencia.

b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.

3. TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.

a) Tramitación: Urgente.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION

Importe de licitación: 3.000.000 Ptas.. (18,030,36 EUROS).

5. GARANTIAS

Provisional: 60.000 Ptas.. (360,61 EUROS).

Definitiva: 120.000 Ptas.. (721,22 EUROS).

6. OBTENCION DE DOCUMENTACION E INFORMACION

a) Entidad: Ciudad de Ceuta.

b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

c) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.

d) Teléfono: 956-528203.

e) Telefax: 956514470.

f) Fecha límite de obtención de documentos e información: trece días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio.

7. PRESENTACION DE OFERTAS

a) Fecha límite de presentación: trece días naturales siguientes al de la publicación de éste anuncio.

b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de presentación:

1º) Entidad: Ciudad de Ceuta.

2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

3º) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.

8. APERTURA DE OFERTAS

A) Entidad: Ciudad de Ceuta.

b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

c) Localidad: Ceuta.

d) Fecha: Al día siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de ofertas.

9. GASTOS DEL ANUNCIO:

A cargo del adjudicatario

Ceuta, a 15 febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

513.- Por decreto del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas de fecha ocho de febrero de mil novecientos noventa y nueve, se aprueba la contratación del suministro de cuatro columnas móviles electromecánicas elevadoras con destino al Parque Móvil de la Ciudad.

1. ENTIDAD ADJUDICATARIA

a) Organismo: Ciudad de Ceuta.

b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación.

c) Número de expediente: 23/99.

2. OBJETO DEL CONTRATO

a) Descripción del contrato: Suministro de cuatro columnas móviles electromecánicas.

b) Lugar de entrega: Ciudad de Ceuta.

3. TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION

Importe de licitación: 3.060.000 Ptas.. (18.390,97 EUROS).

5. GARANTIAS

Provisional: 61.200 Ptas.. (367,82 EUROS).

Definitiva: 122.400 Ptas.. (735,64 EUROS).

6. OBTENCION DE DOCUMENTACION E INFORMACION

a) Entidad: Ciudad de Ceuta.

b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

c) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta.

d) Teléfono: 956-528203.

e) Telefax: 956514470.

f) Fecha límite de obtención de documentos e información: veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio.

7. PRESENTACION DE OFERTAS

a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales siguientes al de la publicación de éste anuncio.

b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de presentación:

1º) Entidad: Ciudad de Ceuta

2º) Domicilio: Plaza de Africa s/n

3º) Localidad y Código Postal: 51001 Ceuta

8. APERTURA DE OFERTAS

a) Entidad: Ciudad de Ceuta.

b) Domicilio: Plaza de Africa s/n.

c) Localidad: Ceuta.

d) Fecha: Al día siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de ofertas.

9. GASTOS DEL ANUNCIO:

A cargo del adjudicatario.

Ceuta, a 15 febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.

OTRAS DISPOSICIONES

Y ACUERDOS

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

514.- Ante la imposibilidad de notificación por esta Consejería a D. Ali Lahasen Mohamed, relativo a los puestos nº 18 y 19 del Mercado Príncipe Alfonso, es por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común es por lo que se publica la siguiente notificación:

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514 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



"Le comunico que tras reunión mantenida en esta Consejería, y acogiéndonos a los artículos 40.2 y 45.e) del Reglamento de Mercados, en el cual se especifica que serán faltas muy graves, el cierre del puesto durante tres meses, salvo causa justificada apreciada desde la Consejería de Sanidad, se van a declarar vacantes los puestos nº 18 y 19 del Mercado Príncipe Alfonso, de los cuales Vd. es titular, no obstante, se le concede un plazo de dos días para que se persone por esta Consejería, en caso de que desee proceder a la apertura de los mismos y mantener la titularidad de los puestos, lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos".

Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- EL CONCEJAL DELEGADO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: Enrique García-Conde Sánchez.

515.- Ante la imposibilidad de notificación por esta Consejería a D. Hichan Mohamed Chairi-Salah, relativo al puesto nº 20 del Mercado Príncipe Alfonso, es por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común es por lo que se publica la siguiente notificación:

"Le comunico que tras reunión mantenida en esta Consejería, y acogiéndonos a los artículos 40.2 y 45.e) del Reglamento de Mercados, en el cual se especifica que serán faltas muy graves, el cierre del puesto durante tres meses, salvo causa justificada apreciada desde la Consejería de Sanidad, se van a declarar vacante el puesto nº 20 del Mercado Príncipe Alfonso, de los cuales Vd. es titular, no obstante, se le concede un plazo de dos días para que se persone por esta Consejería, en caso de que desee proceder a la apertura de los mismos y mantener la titularidad de los puestos, lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos".

Ceuta, a 15 de febrero de 1999.- EL CONCEJAL
DELEGADO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: Enrique García-Conde Sánchez.

AUTORIDADES Y PERSONAL

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

516.- El Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, con fecha 10 de febrero de 1999, en Sesión Ordinaria, acordó aprobar la Oferta de Empleo para 1999, con las plazas que a continuación se relacionan, mediante el sistema de concurso:

1 plaza Animador Socio-Cultural.

1 plaza Arquitecto.

2 plazas Arquitecto Técnico.

1 plaza Conductor.

4 plazas Controlador de Recogida de Basuras y Limpieza Viaria.

1 plaza Guarda Depósito de Vehículos.

1 plaza Licenciado en Derecho.

1 plaza Matarife.

2 plazas Operario.

2 plazas Ordenanza-Tanatorio.

3 plazas Ordenanza-Repartidor.

5 plazas Peón.

2 plazas Peón de Cementerio.

5 plazas Vigilante-Cuidador.

1 plaza Director E.F.O.

1 plaza Técnico de Laboratorio.

1 plaza Encargado de Colaboración Social.

Ceuta, a 16 de febrero de 1999.- EL SECRETARIO LETRADO ACCIDENTAL.- Fdo.: Luis Ragel Cabezuelo.
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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 3



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3 B. O. C. CE. - 3.776 Jueves 18 de febrero de 1999



I N F O R M A C I O N




PALACIO MUNICIPAL:  Plaza de Africa s/n. - Telf. 52 82 00

- Administración General Horario de 9 a 13,45 h.

- Oficina de Información Horario de 9 a 14 h.

- Registro General Horario de 9 a 14 h.

SERVICIOS FISCALES:   Avda. Africa s/n. - Telf. 528236. Horario de 9 a 14 h. y de 16 a 18 h.

ASISTENCIA SOCIAL:   Juan de Juanes s/n. - Telf. 504652. Horario de 10 a 14 h.

BIBLIOTECA: Avda. de Africa s/n. - Telf. 513074. Horario de 10 a 14 h. y de 17 a 20 h.

LABORATORIO: Avda. San Amaro - Telf. 514228

FESTEJOS:  Paseo de las Palmeras s/n. - Telf. 518022

JUVENTUD: Avda. de Africa s/n. - Telf. 518844

POLICIA MUNICIPAL:  Avda. de España s/n. - Telfs. 528231 - 528232

BOMBEROS:  Avda. de Barcelona s/n. - Telfs. 528355 - 528213

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Jueves 18 de febrero de 1999 B. O. C. CE. - 3.776 3



Normas de suscripción:

Las inscripciones al B.O.C.CE. deberán ser solicitadas mediante instancia dirigida al Excmo. Sr. Presidente. Archivo Central. Plaza de Africa s/n. 51001. Ceuta.

Las inscripciones al B.O.C.CE. serán por años naturales indivisibles. No obstante, para las solicitudes de alta, comenzado el año natural, podrán hacerse por el semestre o trimestre natural que reste.

El pago se realiza antes de los 15 días naturales contados a partir de la notificación. No se aceptarán talones nominativos ni transferencias bancarias.

Las suscripciones se considerarán renovadas si no se comunica su cancelación antes del 15 de enero del mismo año.

Las tarifas vigentes, según acuerdo plenario de 18 de diciembre de 1998, son de:

- Ejemplar 260 pts.

- Suscripción anual 11.000 pts.

- Anuncios y Publicidad:

1 plana 6.500 pts. por publicación

1/2 plana 3.250 pts. por publicación

1/4 plana 1.650 pts. por publicación

1/8 plana 900 pts. por publicación

Por cada línea 80 pts.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

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